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EN LOS SIGLOS XIV Y XV

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ROSA LLUCH BRAMON

Universitat de Barcelona Índice Histórico Español, ISSN: 0537-3522, 127/2014: 61-84

RESUMEN

Desde la publicación a mediados del siglo XX de los trabajos de Jaume Vicens Vives sobre la historia de los remensas, mucho se ha investigado sobre el tema. En este artículo se analizan las nuevas aportaciones y se resumen los principales temas investigados sobre el campesinado servil catalán en la Baja Edad Media.

Palabras clave: remensas, servidumbre, libertad, guerras remensas, dife- renciación económica.

1. Este trabajo se ha realizado en el marco de los proyectos HAR2011-25077/HIST y HAR 2012-33755. Este trabajo tiene que entenderse como un complemento del artículo LLUCH BRAMON, Rosa. «Tot pensant en el confl icte remença: refl exions i propostes». Estudis d’Història Agrària, núm. 25, 2013, págs. 29-46, en el que planteo por dónde creo que deberían discurrir las investigaciones sobre los remensas a partir de ahora.

Fecha de entrega: 14 de octubre de 2014 Fecha de aceptación: 3 de noviembre de 2014

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SUMMARY

In the middle of the 20th century Jaume Vicens Vives published his funda- mental works on the history of the remensas. Since then, much has been investigated on this topic. In this article I analyze the new contributions and summarize the principal topics researched on the servile Catalan peasantry during the 14th and 15th centuries.

Key words: remensas, serfdom, freedom, peasant wars, economic differen- tiation.

ROSA LLUCH BRAMON

(Barcelona, 1969). Profesora titular del Departamento de Historia Medieval, Paleografía y Diplomática de la Universitat de Barcelo- na, anteriormente había sido profesora en el Departamento de His- toria e Instituciones Económicas de la UB y en la Facultad de Letras de la Universitat de Girona. Doctora en Historia por la Universi- tat de Girona (2003). Miembro del Institut de Recerca en Cultures Medievals (IRCVM) de la UB y del Centre de Recerca d’Història Rural (CRHR) de la Universitat de Girona. Ha publicado numero- sos trabajos y ha participado en congresos nacionales e internacio- nales. Sus investigaciones versan sobre el mundo rural catalán en los siglos XIV y XV, especialmente sobre los remensas, la servidum- bre, la libertad, la incidencia de los malos usos, la diferenciación económica y social, el confl icto remensa, etc. Directamente relacio- nado con esto, también ha trabajado sobre el hábitat y la organización del espacio rural agrario, sobre la organización y el funcionamien- to de los señoríos territoriales y sus contabilidades, etc. Asimismo, ha investigado sobre la asistencia a los pobres en la Gerona de los siglos XIV y XV, centrándose en la Almoina del Pa de la Catedral de Gerona.

En el año 2010 y en conmemoración del centenario del nacimiento y del cincuentenario del fallecimiento de Jaume Vicens Vives, se celebraron diversos seminarios, coloquios, jornadas, cursos, etc., sobre su fi gura, su legado y, también, su ingente labor como histo-

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riador.2 Desde ese mismo año se han venido publicando diversos trabajos que recogían algunas de las intervenciones en dichos ac- tos u otras publicaciones en las que se discuten las aportaciones de Vicens y se actualizan y se contrastan con las investigaciones de los historiadores posteriores.3

Los primeros estudios publicados por Vicens Vives tomaron como ámbito cronológico los siglos XIV y XV, por ello, ni que decir tiene que algunas de las revisiones de estos últimos años se han centrado, exclusivamente, en la valoración de las aportaciones de Vicens al conocimiento de los siglos medievales de Cataluña. Toda- vía más específi camente se han dedicado a la revisión de sus deter- minantes obras sobre la historia de los remensas.4 Pese a los años transcurridos, Vicens Vives sigue siendo un referente fundamental en nuestro conocimiento sobre los remensas, es decir los campesinos catalanes sometidos a la servidumbre, durante la Baja Edad Media.

Por ello, es imposible estudiar cualquier aspecto relacionado con la historia de los remensas que no parta, más o menos directa- mente, de las publicaciones de Vicens Vives. De hecho, a menudo da la sensación de que algunos trabajos tengan como objetivo re- batir, confi rmar, matizar, completar o ampliar las afi rmaciones o hipótesis que él planteó, hace ya más de sesenta años, en la etapa inmediatamente posterior a la Guerra Civil.5 P.H. Freedman, espe-

2. Puede consultarse la larga lista de actos en homenaje a Jaume Vicens Vives en la web http://pagines.uab.cat/anyvicensvives (fecha de consulta 24/09/2014).

3. Sin ánimo de ser exhaustiva, podría destacar CASALS, Àngel (coord.). Revisió histo- riogràfi ca de Jaume Vicens Vives. Cabrera de Mar: Galerada, 2010; FREEDMAN, Paul H. «El segle XV de Vicens Vives i la nostra época». Pedralbes, núm. 30, 2010, págs. 59-79; SERRA, Eva. «Vicens Vives i els remences. Tornar-hi a pensar». Pedralbes, núm. 30, 2010, págs. 107-119;

FELIU, Gaspar. «Rellegint la història dels remences de Jaume Vicens Vives». Butlletí de la Societat Catalana d’Estudis Històrics, núm. 22, 2011, págs. 33-64.

4. Véase fundamentalmente VICENS VIVES, Jaume. Historia de los remensas (en el si glo XV).

Barcelona: Vicens-Vives, 1978; El Gran Sindicato Remensa (1488-1508). Madrid: CSIC 1954;

Els Trastàmares (segle XV). Barcelona: Teide, 1956; así como los artículos y capítulos de libro que, más o menos, directamente, dedicó a los campesinos serviles catalanes.

5. A mi modo de ver, algunos de los historiadores que se muestran críticos con Vicens no valoran sufi cientemente que esta circunstancia determinó algunas de sus apreciaciones y no tienen en cuenta que, como decía Vilar, «el historiador está dentro de la historia». Sin duda, la sensación de derrota de Vicens le llevó a interpretar la cuestión remensa y, más concretamente, la victoria campesina en las guerras, de una determinada manera. Como indica, J.M. Muñoz, la Historia de los remensas es la única obra de investigación que publi-

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cialista, entre otros temas, en la servidumbre medieval catalana, afi rma en su, sin duda también fundamental libro sobre los orígenes y la evolución de la remensa campesina, que, «en muchos aspectos, mi estudio es una extensa nota de pie de página del capítulo inicial de la Historia de los remensas» de Vicens.6

En opinión de Gaspar Feliu, la historiografía catalana, apabulla- da por las obras (y el contenido) que Vicens Vives dedicó a los remen- sas, sigue sin atreverse a replantear la «estructura explicativa» de todo el proceso, razón por la cual esta «se mantiene casi intacta». A su modo de ver, los trabajos de Vicens sobre los remensas han llegado a considerarse casi incuestionables y casi sacralizados. Quizá por ello, y con contadas excepciones —en opinión de Feliu—, seguimos cono- ciendo lo fundamental de todo el confl icto remensa gracias a sus es- tudios y, también quizá por ello, nos hemos dedicado a los temas que Vicens no trató, no desarrolló en profundidad o solo apuntó.7

Realmente, y a pesar de coincidir a grandes rasgos con la opi- nión de Feliu, creo que en los últimos años nuestro conocimiento sobre los remensas en los siglos XIV y XV ha aumentado y ha me- jorado, especialmente desde el punto de vista cualitativo si bien es cierto que no tanto cuantitativa ni geográfi camente. A partir de fi nales de los años ochenta, sobre todo, se ha estudiado mucha más documentación y de muy distintas tipologías y procedencia, con lo que se ha superado con creces la que pudo trabajar Vicens. El aná- lisis de tan variada documentación ha aportado visiones e infor- maciones novedosas, especialmente en algunos aspectos que, estoy segura, sorprenderían gratamente al propio Vicens.

En mi opinión, la percepción mayoritaria que hoy tenemos de la servidumbre catalana en el siglo XIV e incluso con mayor

có durante «los años de ostracismo universitario» tras su depuración en octubre de 1941 y eso no puede olvidarse. Por ello, afi rma Muñoz, se trata «de la obra más importante de Vicens en los oscuros años cuarenta y la más querida por el autor [...] fruto de la decidida voluntad de mantener viva su actividad como investigador» (MUÑOZ LLORET, Josep Maria.

Jaume Vicens i Vives (1910-1960). Una biografi a intel·lectual. Barcelona: Edicions 62, 1997).

6. FREEDMAN, Paul H. Els orígens de la servitud pagesa a la Catalunya Medieval. Vic:

Eumo, 1993, pág. 14.

7. FELIU, Gaspar. «Parlant de Vicens». CASALS, Àngel (coord.). Revisió historiogràfi ca de Jaume Vicens Vives. Cabrera de Mar: Galerada, 2010, págs. 247-248.

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énfasis en el XV es mucho menos negativa. Hasta se podría afi r- mar que compartimos una visión más optimista de la servidum- bre, especialmente en lo que atañe a las condiciones y niveles de vida de los remensas, que a mediados del siglo pasado. Ahora bien, hay que ser cauteloso, pues para llegar a esta apreciación nos hemos centrado, especialmente, en aquellos mansos y campesi- nos que aparecen reiteradamente en la documentación escrita, es decir los que, en cierto modo, consiguieron sobresalir y mantener y mejorar su condición a lo largo del tiempo. Por todo ello, esta visión más optimista puede pecar también de cierta tergiversa- ción de la realidad, aunque sea en el sentido contrario de la visión que planteaban Vicens y algunos de sus antecesores y contempo- ráneos.

En mi opinión, hemos avanzado considerablemente y, por lo menos algunas de estas nuevas hipótesis exigen que volvamos a plantearnos los temas tratados por Vicens, especialmente la o las guerras remensas, los motivos de la lucha, la participación campe- sina, la implicación de los participantes, dirimir si había diferencias

—y cuáles eran— entre los campesinos cuyo señor ostentaba tanto el señorío territorial como el jurisdiccional de aquellos que depen- dían de dos señoríos distintos, y un largo etcétera que, por supues- to, implica también el replanteamiento tanto de la solución del confl icto armado como de la Sentencia Arbitral de Guadalupe.

No obstante es evidente que cuando, con calma y los conocimien- tos actuales, se releen los trabajos de Vicens, se constata que mu- chas de las novedades aportadas por la historiografía de los últimos años ya fi guran en su obra como hipótesis, excepciones o meras especulaciones.

Afortunadamente, en los últimos años diversos trabajos han ido ofreciendo nuevas perspectivas, datos y conocimientos sobre la servidumbre campesina catalana. Tanto en lo que respecta a su origen, con todo lo que ello conlleva, como a su evolución y situación posterior, hasta el periodo prebélico y también el pos- bélico.

Entre todos los trabajos publicados desde Vicens, destacan sobremanera las investigaciones históricas de Paul H. Freedman.

Especialmente su libro Els orígens de la servitud pagesa a la Cata-

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lunya Medieval.8 Esta obra supuso un importante paso adelante en el conocimiento de los remensas entre los siglos IX y XV y a los interrogantes de: cómo surgió la servidumbre, cómo fue evolucio- nando, cómo los señores feudales fueron sometiendo los remensas a los malos usos y qué exacciones conllevaba la servidumbre, cómo afectó la Peste Negra de 1348, y cómo, lentamente pero sin pausa, los remensas consiguieron su liberación defi nitiva tras las guerras y la Sentencia Arbitral de Guadalupe y cómo la legislación y los juristas contribuyeron a esta resolución.

Freedman trabajó a partir de abundante documentación inédi- ta, tanto real como señorial, así como opiniones de juristas, nota- rios e intelectuales bajomedievales. Como reconoce el propio his- toriador, su trabajo sigue la estela marcada e iniciada por Vicens, a pesar de que, en lo que atañe a los orígenes de la servidumbre, se inclina por las hipótesis de Pierre Bonnassie y, por ello, los remon- ta al siglo XI.9 Sin duda, esta es la única obra de investigación que, por el momento, ha planteado la cuestión remensa de forma global y a lo largo de los siglos, desde sus orígenes hasta la, según Freed- man, defi nitiva desaparición de la servidumbre de las tierras cata- lanas.10

Más recientemente, Gaspar Feliu11 ha publicado algunos de sus muchos artículos sobre el mundo rural catalán bajo el atractivo título de La llarga nit feudal. Así pues, en un solo volumen, nos ofrece su innovadora visión y análisis de los mil años de pugna entre señores y campesinos. Como él mismo reconoce, el hecho de no haber ejercido la docencia en un Departamento de la Facultad de Historia, le ha permitido investigar sin sentirse encorsetado por límites cronológicos. Por ello, y en todos sus trabajos, nos ha apor- tado una visión del campesinado a lo largo de los siglos, por des-

8. FREEDMAN, Paul H. Els orígens de la servitud pagesa a la Catalunya Medieval. Vic:

Eumo, 1993.

9. BONNASSIE, Pierre. Catalunya mil anys enrera (segles X-XI). Barcelona: Edicions 62, 2 vols., 1979-1981.

10. FREEDMAN, Paul H. «Peasant Servitude in Mediaeval Catalonia». Catalan Histori- cal Review, núm. 6, 2013, págs. 33-43.

11. FELIU, Gaspar. La llarga nit feudal. Mil anys de pugna entre senyors i pagesos. Va- lència: Publicacions de la Universitat de València, 2010.

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gracia poco habitual en la historiografía más reciente. Sin duda, sus aportaciones sobre la servidumbre, tanto sobre sus orígenes como su evolución, como «la liquidación de la sublevación remen- sa», son fundamentales y siempre estimulantes y con un punto transgresor, pero sin duda de lectura obligatoria. En el epílogo aprovecha para «poner orden» en sus ideas y, además, resume su interpretación sobre la evolución de la servidumbre, entre otras cuestiones, a partir del debilitamiento del Imperio romano en el siglo III.

En otro sentido, un trabajo de A. Riera y J. Fernández Trabal supone aggiornamento de nuestro conocimiento sobre los remen- sas, basándose en la bibliografía anterior. Me refi ero al capítulo

«La crisi econòmica i social al camp», de la obra de alta divulgación Història Agrària dels Països Catalans. En las páginas dedicadas a «Los remensas catalanes», se ofrece una excelente explicación de los orígenes, la evolución, la implicación campesina, los alza- mientos armados y su resultado fi nal, así como el determinante papel de la monarquía y los juristas. El contenido de estas páginas incluye buena parte de las aportaciones sobre los remensas publi- cadas en los últimos cincuenta años, especialmente los trabajos dedicados por ambos autores, más o menos, tangencialmente a la cuestión remensa.12

1. La importancia de los malos usos

Los remensas catalanes estaban sometidos a seis malos usos que los señoríos feudales habían ido imponiendo y exigiendo a las per- sonas sometidas a la servidumbre. En opinión de Pierre Bonnassie y de Lluís To,13 los señores idearon este sistema de adscripción ser-

12. FERNÁNDEZ TRABAL, Josep; RIERAI MELIS, Antoni. «La crisi econòmica i social al camp». GIRALT, Emili (dir.) y SALRACH, Josep Maria (coord.). Història Agrària dels Països Catalans. Edat Mitjana. Barcelona: Universitats dels Països Catalans / Fundació Catalana per a la Recerca, 2004, págs. 156-170.

13. BONNASSIE, Pierre. Catalunya mil anys enrera (segles X-XI). Barcelona: Edicions 62, 2 vols., 1979-1981; TO FIGUERAS, Lluís. Família i hereu a la Catalunya nord-oriental (segles X-

XII). Barcelona: Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 1997.

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vil para retener a los campesinos en la tierra, de forma que se ase- gurase que la tierra siempre sería trabajada y se pagarían las rentas, censos y otras exacciones a lo largo de las generaciones. Con el paso del tiempo y los cambios de coyuntura, los malos usos acabaron caracterizando a los campesinos de remensa. De hecho, el nombre que recibe el colectivo proviene del pago de la remensa, es decir, el mal uso que debía satisfacerse para comprar la propia libertad.

En la Baja Edad Media, los malos usos, como bien han demos- trado P.H. Freedman o G. Feliu, entre otros, indicaban, sin posi- bilidad de duda, la condición servil de aquellos que tenían que pagarlos o reconocerlos. Así pues, su exigencia es fundamental tan- to por lo que implicaban directamente como indirectamente. Como documentó profusamente Vicens Vives en sus investigaciones, los remensas focalizaron sus peticiones a la monarquía y a los señores en el problema de su sometimiento a los malos usos, a los que en diversas ocasiones califi can de «injustos y odiosos». Son los mismos campesinos los que, en repetidas ocasiones, solicitan, piden y exi- gen que los malos usos sean defi nitivamente suprimidos y de esta forma poder liberarse de la servidumbre y obtener la libertad per- sonal aunque conservando la propiedad útil de sus mansos y tie- rras. Sin duda, pues, los malos usos tienen un papel preponderante en todo el confl icto remensa.

Gaspar Feliu analizó el peso económico que estas exigencias serviles suponían para todos aquellos que estaban sujetos a la ser- vidumbre, basándose en documentación ofi cial que mostraba la teoría de los malos usos, si bien no su aplicación práctica.14 A esta cuestión dediqué buena parte de mi tesis doctoral, en la que estudié todos los malos usos aplicados y cobrados por un mismo señorío rural gerundense a partir de sus libros de cuentas conservados de los siglos XIV y XV.15 El estudio sistemático de los pagos por los malos usos en un mismo dominio ha permitido avanzar, descartar y plantear nuevas hipótesis.

14. FELIUI MONTFORT, Gaspar. «El pes econòmic de la remença i dels mals usos». Anua- rio de Estudios Medievales, núm. 22, 1992, págs. 145-160.

15. LLUCH BRAMON, Rosa. Els remences. La senyoria de l’Almoina de Girona als se- gles XIV i XV. Girona: AHR-UdG, 2005.

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La exacción servil más pagada, y con diferencia, es la remensa, a pesar de que la mayoría de los que compraban su libertad, inme- diatamente volvían a ser remensas de otro señorío.16 La llamada fi rma d’espoli forçada también se cobraba con asiduidad, si bien por lo menos en el caso de la Almoina de Gerona la pagaban solo aque- llos que se casaban con personas originarias de otro dominio feu- dal, de tal forma que más que afectar a todos los matrimonios, pe- nalizaría solo los exogámicos. La intestia y la eixorquia, los malos usos que gravaban la muerte del remensa, aparecen mucho menos documentados de lo que la coyuntura demográfi ca de la Baja Edad Media podría hacer suponer. Finalmente, no hay ni un solo ejemplo de la exigencia de la cugúcia y el àrsia, que afectaban al adulterio de la mujer remensa y la quema accidental de los bienes inmuebles. De hecho, de estos dos malos usos prácticamente no hay rastro de per- cepción alguna en ningún señorío de Cataluña.17

Por otra parte, este estudio sistemático de los malos usos per- mitió constatar que el peso económico de las exigencias serviles era muy inferior al montante de la renta de la tierra. De tal forma que habría que reevaluar el impacto económico que suponían en unas mermadas y, a menudo, complicadas economías campesinas. Los propios remensas tenían que ser conscientes de esta circunstancia puesto que, en el proyecto de concordia de 1462, afi rman que los malos usos «han molt pocha utilitat e es gran suiugatio als dits pa- gesos e a ells molt odios». Ahora bien antes de restar importancia a los malos usos hay que tener presentes también otros aspectos.

16. Si bien, en opinión de P. Freedman, la locución homines et femine qui non sunt re- dempti, que aparece en algunos documentos del monasterio de Sant Pere de Casserres, pa- rece indicar que era posible redimirse sin tener que irse a otro señorío ni a otra jurisdicción.

FREEDMAN, Paul. «Remences and the Lordship of Sant Pere de Casserres». La Corona Ca- talanoaragonesa, l’Islam i el Mediterrani. Estudis d’història medieval en homenatge a la doc- tora Maria Teresa Ferrer i Mallol. Barcelona: CSIC, 2013, págs. 277-282.

17. Por lo que respecta a la cugúcia que penalizaba únicamente a la mujer adúltera, se han localizado algunos ejemplos de su exigencia a hombres, sin duda, algunos señores in- tentaron intencionadamente benefi ciarse del comportamiento de algunos de sus hombres tergiversando la teoría de este mal uso. Xavier Puigvert ha localizado un ejemplo indudable de la aplicación de una cugúcia a una remensa que no solo había cometido adulterio sino que había tenido dos hijos, PUIGVERT, Xavier. «Un cas d’exigència de cugúcia al vescomtat de Bas (s. XIV)». Miscel·lània en honor de Josep Maria Marquès. Girona: Diputació de Giro- na, Barcelona: Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 2010, págs. 177-183.

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En primer lugar, conocemos los malos usos que fueron paga- dos, no aquellos que fueron exigidos. Por ejemplo, podemos cuan- tifi car el número de remensas que pudieron comprar su libertad para abandonar el dominio pero no cuántos no pudieron hacerlo, bien porque el señor no lo permitió bien porque el precio exigido era demasiado elevado, tal como sucede en el caso documentado por Pere Benito: en 1294, un remensa quería instalarse en el manso de otro dominio pero no pudo afrontar el elevado precio exigido por su señor.18 En segundo lugar, que la documentación no refl eje más ejemplos de pagos por malos usos no implica que los señores no lo intentaran. El señor, a través de estas exigencias que gravaban mo- mentos determinantes en la vida de los remensas, podía inmiscuir- se en su vida, en la de su familia, en su economía, en su funciona- miento interno, etc. Es imposible saber cuántas injerencias sufrieron los remensas que no acabaron generando ningún pago aunque sí mucha incomodidad, por califi carlo de forma suave.

Por otra parte, creo que los malos usos no solo indicaban la ser- vidumbre sino que marcaban otras diferencias entre los remensas y los hombres libres. Algunos de estos matices resultan difíciles de evaluar. Por ejemplo, las leyes emanadas de las Cortes de 1202 y 1283, entre otras, pretendían y consiguieron que nadie, ni siquiera el rey ni sus tribunales, pudiera inmiscuirse en los asuntos de los señoríos feudales, especialmente en la relación que mantenían con sus siervos.19 Esta desprotección jurídica debía resultar intolerable para todos los remensas y quizá todavía más para los más acomo- dados y, por tanto, los mejor posicionados socialmente, que perci- bían con claridad que su situación económica no evitaba su sumi- sión e indefensión frente a las arbitrariedades señoriales.

18. BENITO I MONCLÚS, Pere. Senyoria de la terra i tinença pagesa al comtat de Barce- lona (segles XI-XIII). Barcelona: CSIC, 2003, págs. 470-473.

19. TO FIGUERAS, Lluís. «Els remences i el desenvolupament de les viles catalanes a l’en- torn de 1200». En ASSIER-ANDRIEU, L.; SALA, R. (eds.). La ciutat i els poders / La ville et les pouvoirs. Actes du colloque du Huitième centenaire de la Charte de Perpignan 23-25 octobre 1997.

Perpignan: Presses universitaires de Perpignan, 2000; TO FIGUERAS, Lluís. «Servitude et mo- bilité paysanne: Les origines de la “remença” catalane (XIIe-XIIIe siècle)». Mélanges de l’École Française de Rome, Tome 112, 2000, págs. 827-865; LLUCH BRAMON, Rosa. «Les viles medie- vals: franqueses i mals usos». Butlletí de la Societat Catalana d’Estudis Històrics, núm. 19, 2008, págs. 9-28.

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A pesar de que probablemente en el siglo XV, incluso para los señores, los malos usos suponían un ingreso extraordinario no siem- pre muy elevado, gracias a estas exacciones tenían las tenencias y el dominio controlado y ordenado y cobraban las rentas ordinarias correspondientes. Suponían el instrumento necesario para admi- nistrar mejor sus dominios. En cambio, para los remensas, los ma- los usos simbolizaban su sumisión pero también sus derechos de propiedad sobre la tierra. De ahí que todos aceptaran la propuesta sobre los malos usos del Proyecto de Concordia de 1462 y la Sen- tencia Arbitral de Guadalupe de 1486. Como he dicho, los remensas pidieron muchas veces su desaparición.

La Sentencia declaraba abolidos los malos usos, si bien para libe- rarse defi nitivamente de ellos había que redimirlos mediante un úni- co pago de 60 sueldos o el pago de un censo anual de 3 sueldos. Por ello, Gaspar Feliu cree que sería más adecuado considerar que los malos usos fueron transformados en un pago económico relativamen- te moderado. Muchos remensas optaron por esta segunda opción (más cómoda y previsible) y prefi rieron seguir pagando (o recono- ciendo que tenían que pagar) 3 sueldos anuales por los malos usos contra los que tanto habían protestado sus predecesores ya que, en- tre otras cosas, constituían una señal inequívoca de servidumbre, en lugar de redimirlos en un único (y teóricamente más económico) pago.20 En el nuevo orden instaurado tras la Sentencia Guadalupe, el reconocimiento y el pago de los malos usos constituían una señal inequívoca de relación y de derechos sobre la tierra.

2. La monarquía y los remensas

Actualmente no hay duda de que en las villas y ciudades de realen- go, la servidumbre existió de igual modo que en el resto de los domi-

20. LLUCH BRAMON, Rosa. «El mas i la servitud en els segles XIV i XV. Una aproxima- ció». El mas medieval a Catalunya. Banyoles: CECB, 1998, págs. 85-94; GIFRE, Pere. «Servi- tuds i prestacions pageses a l’època moderna. L’exemple del domini de l’Almoina del Pa de la Seu de Girona (1486-1776)». Recerques, núm. 30, 1994, págs. 7-26; GIFRE, Pere. En la prehis- tòria dels hisendats. De senyors útils a propietaris (Vegueria de Girona, 1486-1720). Tesi Doc- toral. Universitat de Girona, 2009.

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nios señoriales. Como afi rma Gaspar Feliu, «los condes y los condes- reyes exigen los malos usos como un señor feudal más».21 Así lo ha demostrado Xavier Soldevila: en los registros notariales de Torro- ella de Montgrí aparecen diferentes redenciones de remensas con- cedidas por el rey o sus representantes.22 Por todo ello, y siguiendo a Lluís To, podemos afi rmar que los reyes no practicaban una po- lítica muy distinta de la del resto de los señoríos feudales y aceptaban gratamente el dinero proveniente de los malos usos de sus siervos.23 Por otra parte, en los últimos años algunos historiadores24 tam- bién nos hemos replanteado el papel de la monarquía y de sus repre- sentantes en todo el confl icto remensa, sobre todo desde fi nales del siglo XIV. Por ejemplo, J. Fernández Trabal ha prestado especial aten- ción a las demandas de los señores feudales referidas a la cuestión de los remensas, especialmente en las negociaciones entre el rey y los estamentos en las Cortes en las que negociaban las compensaciones a cambio de los donativos solicitados por el rey. Así ha observado cómo

21. FELIUI MONTFORT, Gaspar. «Els antecedents de la remença i els mals usos». Qua- derns de la Selva. Estudis en honor de Pons Guri, núm. 13, 2001, pág. 225.

22. SOLDEVILA, Xavier. «Masades i servituds a Torroella de Montgrí i la seva comarca (1290-1340)». CONGOST, Rosa; TO, Lluís. Homes, masos, història. La Catalunya del nord-est (segles XI-XX). Barcelona: Publicacions de l’Abadia de Montserrat, 1999, págs. 92-123.

23. TO FIGUERAS, Lluís. «Servitude et mobilité paysanne: Les origines de la “remença”

catalane (XIIe-XIIIe siècle)». Mélanges de l’École Française de Rome, Tome 112, 2000, págs. 852-853.

24. RIERA, Antoni. «El bisbat de Girona al primer terç del segle XV. Aproximació al context sòcio-econòmic de la sèrie sísmica olotina (1427-1428)». Anuario de Estudios Medie- vales, núm. 22, 1992, págs. 161-202; FERNÁNDEZ TRABAL, Josep. «El confl icte remença a la Catalunya del segle XV (1388-1486)», Afers, núm. 42-43, 2002; LLUCH BRAMON, Rosa. «1457:

supressió dels mals usos?». Estudis d’Història Agrària, núm. 16, 2003, págs. 101-120; FER-

NÁNDEZ TRABAL, Josep. «Els “capítols de justícia” de les Corts de 1429 i 1431, plasmació del programa conservador en el confl icte agrari català». Estudis d’Història Agrària, núm. 17, 2004; FERNÁNDEZ, Josep; RIERA, Antoni. «La crisi econòmica i social al camp». GIRALT, Emili (dir.) y SALRACH, Josep Maria (coord.). Història Agrària dels Països Catalans. Edat Mitjana. Barcelona: Universitat dels Països Catalans / Fundació Catalana per a la Recerca, 2004; SABATÉ, Flocel. «Confl ictes agraris i guerra civil a la Catalunya baixmedieval. Reali- tat i fi cció historiogràfi ca». Miscel·lània Ernest Lluch i Martín, Barcelona: Fundació Ernest Lluch, vol. II, 2007; CONGOST, Rosa; GIFRE, Pere; JOVER, Gabriel; LLUCH, Rosa. «“Que mos- trin els títols...”. Una relectura de les reivindicacions remences i de la Sentència Arbitral de Guadalupe». CONGOST, Rosa (ed.). Dels capbreus al registre de la propietat. Drets, títols i usos socials de la informació a Catalunya (segles XIV-XX). Girona: AHR-CRHR-UdG, 2008; RIE-

RA, Antoni. «La Diputació del General de Catalunya, 1412-1444. El desenvolupament d’una administració autonòmica medieval en un context confl ictiu». Acta historica et archaeolo- gica mediaevalia, núm. 30, 2010, págs. 153-249, entre otros.

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algunas de estas demandas afectaban directamente a la situación de los campesinos de remensa y cómo los señores acusaban al monarca de permitir que aumentara la contestación del campesinado.25

En función de las necesidades de la monarquía, esta se posicio- naba a favor de unos u otros colectivos. Por ejemplo, en 1455, tras una serie de peticiones por parte de los remensas, el rey Alfonso el Magnánimo derogó provisionalmente la prestación de los malos usos y las servidumbres, tal como demostraron Jaume Vicens y Santiago Sobrequés. Tras un breve paréntesis, el monarca volvió a proclamar la Sentencia Interlocutoria que los suspendía en 1457 y no volvió a revocarla.26 Así pues, la servidumbre fue abolida, a cambio de di- nero, antes del primer alzamiento armado. Parece que los señores acataron y cumplieron el contenido de la sentencia puesto que, des- pués de 1457, no encontramos exigencias de exacciones de este tipo en la documentación conservada. Tras el primer alzamiento en 1481, el rey Fernando II presionado por los señores y, de nuevo, a cambio de una elevada compensación económica señorial derogó la Senten- cia de 1455. Xavier Marcó documenta que en el Valle de Aro algu- nos remensas se comprometieron a satisfacer los malos usos y las prestaciones de homenajes si les eran exigidos.27

Actualmente hay que matizar mucho la visión pro remensa de la monarquía. En opinión de Víctor Farías, el confl icto entre la monarquía y la nobleza del siglo XIII es el factor clave para entender la difusión e institucionalización de la servidumbre.28 Sin duda, la monarquía veía en la supresión de los malos usos y el apoyo a la cau- sa remensa una forma de oposición política a los señores juris-

25. Mientras que los señores apostaban por «una salida autoritaria», que conseguiría

«una restauración de los principios de autoridad y de los derechos del dominio», FERNÁNDEZ

TRABAL, Josep. «Els “capítols de justícia” de les Corts de 1429 i 1431, plasmació del progra- ma conservador en el confl icte agrari català». Estudis d’Història Agrària, núm. 17, 2004.

26. LLUCH BRAMON, Rosa. «1457: supressió dels mals usos?». Estudis d’Història Agrària, núm. 16, 2003, págs. 101-120.

27. MARCÓ, Xavier. Homes, dones i masos de la vall d’Aro a la segona meitat del segle XV. Aproximació prosopogràfi ca a una comunitat rural en temps de guerra i de revolta. Treball de recerca, Departament de Geografi a, Història i Art, Universitat de Girona, 2007.

28. FARÍAS, Víctor. «Entre ofensiva monàrquica i resistència senyorial. Sobre els orí- gens de la “servitud” dels homes de mas a la Catalunya dels segles XII-XIV». Recerques, núm. 45-46, 2002-2003, págs. 139-170.

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diccionales que le mermaban poder.29 Probablemente por ello, los monarcas instrumentalizaron a los remensas siempre que les con- vino. Todo indica que, a menudo, los monarcas parecen más inte- resados en conseguir dinero fácil y rápido que en otras cuestiones más prosaicas o de justicia social. En este sentido, es bueno tener presente que la liquidación fi nal de todo el asunto remensa, como dice J. Fernández Trabal, derivó en una enorme operación fi scal y fi nanciera a favor de la monarquía, que sirvió para fi nanciar la política exterior de la Corona en Italia y en Granada.30

3. La complejidad de la servidumbre catalana

Actualmente tenemos una visión más compleja y —esperemos que—

más cercana a lo que realmente suponía la servidumbre. Hoy en día ya no es tan fácilmente asumible —por no decir imposible— equi- parar servidumbre con campesinado y con trabajo y hábitat agríco- la. Por el contrario, empezamos a considerar normal que hubiera remensas en todas partes y que se dedicaran a cualquier tipo de la- bores. La idea tradicional de que todos los remensas eran campesinos y de que todos los remensas vivían en y del campo ha sido muy ma- tizada. Sin duda, la mayoría de los remensas vivían en mansos o en comunidades agrarias y la mayoría se dedicaban al trabajo agríco- la pero no todos. Los registros notariales de numerosas villas y ciu- dades catalanas consignan homenajes y pagos de exacciones serviles prestados también por personas del ámbito urbano. En otras ocasio- nes, son los señoríos los que reclaman el homenaje o exigen que estos remensas «urbanos» regresen a sus mansos de origen.31

Así pues, había remensas que vivían, trabajaban y tenían ofi cio conocido en villas y ciudades, incluso durante más de dos genera-

29. TO, Lluís. «Vicens Vives. Els bons reis castellans i els remences». Revista de Girona, núm. 191, 1998.

30. FERNÁNDEZ TRABAL, Josep. «El confl icte remença a la Catalunya del segle XV (1388- 1486)», Afers, núm. 42-43, 2002.

31. LLUCH BRAMON, Rosa. Els remences. La senyoria de l’Almoina de Girona als se gles XIV

i XV. Girona: AHR-UdG, 2005; SUBIÑÀ, Enric. Argentona al segle XV. Terra de remences. Ar- gentona: Ajuntament d’Argentona, 2011, pág. 60, entre otros muchos casos.

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ciones. Además, y en el caso de la ciudad de Barcelona, por ejemplo, parece que a sus habitantes ni les sorprendía, ni mucho menos va- loraban negativamente, tener vecinos, parientes o amigos de con- dición servil.32 En las reuniones del sindicato remensa de 1448 se convocaron, dentro de la ciudad de Girona, a hombres de diferen- tes parroquias rurales, cabe pensar que si se les convocó allí y no en su parroquia de origen, era porque allí vivían y así era amplia- mente conocido.33 Se trata de una servidumbre «fuera del manso».

Una de las características de la servidumbre catalana es que no estaba regulada por las leyes, es decir, no hay leyes en las que se regule clara y directamente que comportaba ser siervo en la Cata- luña medieval. Así pues, nuestro conocimiento sobre el peso real de la remensa, de los malos usos y del resto de las exacciones ser- viles descansa en los ejemplos prácticos o en las demandas de los propios remensas.

Sin embargo, las Costumbres de Gerona ofrecen mucha infor- mación sobre lo que acostumbraba a suceder en esta diócesis o en otras, como la de Vic. Cierto es que nunca podremos asegurar con total rotundidad que lo que incluyen fuera de obligado cumplimiento, pero nos aportan mucha información sobre lo que debía suceder en realidad y, en algunos casos, podemos contrastar sus indicacio- nes con lo que realmente sucedía.34 La publicación de dichas Cos- tumbres por parte de J.M. Pons Guri reunió en un único volumen las distintas colecciones que se han conservado.35 Años más tarde, A. Cobos publicó la versión de las Costumbres de Gerona de Tomàs

32. VINYOLES, Teresa. «La vita quotidiana della gente di mare (esempi barcellonesi dei secoli XIV e XV)». Medioevo Saggi e Rassegne, núm. 21, 1996, págs. 9-35; OBRADORS, Caroli- na. «La integració de forasters a Barcelona: una aproximació a través dels informes de ciutadania, 1380-1420», XI Congrés d’Història de Barcelona. Barcelona: Institut de Cultura, Ajuntament de Barcelona, 2009.

33. HOMSI BRUGAROLAS, Maria Mercè. El sindicat remença de l’any 1448. Girona: Ajun- tament de Girona, 2005.

34. Así, por ejemplo, hoy por hoy, podemos afi rmar que las muchachas que querían liberarse para poder casarse, las tildadas de «vírgenes» tanto por las Costumbres de Gerona como por muchísima documentación señorial o notarial, pagaban 2 sueldos y 8 dineros por su libertad, así como que el pago por el mal uso de la fi rma d’espoli forçada equivalía, nor- malmente, al 10% del valor asegurado.

35. PONS GURI, Josep Maria. Les col·leccions de Costums de Girona. Barcelona: Fun- dació Noguera, 1988.

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Mieres, el gran jurista defensor de la causa remensa, en su versión original latina y la correspondiente versión al catalán.36 Gracias a ambas publicaciones, nuestro conocimiento sobre lo que podría- mos califi car de «teoría» de la servidumbre catalana ha aumentado mucho.

En un sentido similar, aunque en la otra cara de la moneda, creo necesario destacar la publicación de muchos libros de privilegios de distintas villas y ciudades catalanas.37 Eran privilegios para los habitantes urbanos, en teoría, todos libres, de ahí que consignen algunas de las características que distinguían a los libres de los no libres, así como qué libertades proporcionaban los núcleos urbanos a todos aquellos que consiguieran instalarse dentro de sus muros.

De modo parecido, la publicación de las cartas de población y fran- quicia de muchas villas catalanas, también permiten valorar qué benefi cios otorgaban a sus habitantes, muchos de ellos relacionados directamente con la condición jurídica de sus habitantes.38 Algu- nas de estas cartas de franquicia u otros acuerdos de carácter local

«neutralizaban» los malos usos.39

Muy brevemente quisiera apuntar otra cuestión en la que creo que todavía no se ha trabajado lo sufi ciente. La compleja red de los señoríos territoriales en la Cataluña Vieja difi culta la visión global de la cuestión remensa. En general, los historiadores tende- mos a observar los grandes señoríos, los de la nobleza, los de los principales monasterios u otras instituciones religiosas, los de la monarquía, etc. Lógicamente la conservación de la documentación nos facilita el trabajo y así podemos conocer a lo largo del tiempo el funcionamiento del señorío y las condiciones de vida y las vici-

36. COBOS FAJARDO, Antoni. Costums de Girona de Tomàs Mieres. Girona: AHR-UdG, 2001.

37. Fundamentalmente, gracias a la excelente labor de la Fundación Noguera que tiene una colección dedicada a los «Libros de Privilegios» y que se ha dedicado a su publicación sistemática.

38. FONTI RIUS, José María. Cartas de población y franquicia de Cataluña. Madrid- Barcelona: CSIC, Instituto Jerónimo Zurita y Escuela de Estudios Medievales, 2 vols. 1969 i 1983; LLUCH BRAMON, Rosa. «Les viles medievals: franqueses i mals usos». Butlletí de la Societat Catalana d’Estudis Històrics, núm. 19, 2008, págs. 9-28.

39. FELIU, Gaspar. La llarga nit feudal. Mil anys de pugna entre senyors i pagesos. Va- lència: Publicacions de la Universitat de València, 2010, pág. 336.

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situdes de los que en él habitaban. Otros trabajos se centran en territorios concretos, más o menos amplios, e intentan abarcar todos los dominios que tenían derechos en un mismo marco es- pacial, de tal forma que nos ofrecen una amplia visión no solo de todo el territorio sino también de todos sus habitantes.40 Pero, por ahora, nadie ha podido trabajar los pequeños señoríos, aque- llos que poseían pocos mansos. Así seguimos hablando de señoríos feudales en abstracto sin distinguir si en todas partes sucedía lo mismo.

4. La diferenciación económica

Desde hace tiempo, tenemos claro que a pesar de constituir un mismo grupo social por su condición jurídica, no todos los remensas te- nían el mismo potencial económico. Y, de hecho, las diferencias entre ellos tienen que estar en la base del confl icto; por lo menos, cuanto más avanzan las investigaciones, más nítida nos parece esta imagen.

La Peste Negra y sus consecuencias contribuyeron al incremento de la diferenciación económica de los supervivientes, o, tal vez, a que se percibiera con mucha más precisión. Hay que añadir, además, que los diferentes niveles de riqueza y de potencial económico no cesaron de aumentar con el paso tiempo, si bien es cierto que no de- tectamos la polarización social que aparecerá en tiempos moder- nos. Una de las mejores vías para evaluar las desigualdades econó- micas es el análisis de las dotes. Sus resultados son indudables: las diferencias en las dotes son, a menudo, más que notables.41

40. Como por ejemplo, M. Aventín en el Vallès, C. Cuadrada, P. Benito o M. Richou en el Maresme, J. Blanco en la zona de Amer, E. Mallorquí en las Gavarres y la región de Gerona, V. Farías en la zona de Peralada, X. Soldevila en Torroella de Montgrí o X. Marcó, L. To y P. Orti en el valle de Aro, entre otros.

41. TO, Lluís. «Estrategias familiares y demografía: una aproximación a partir de las fuentes catalanas». Demografía y Sociedad en la España Bajomedieval. Aragón en la Edad Media. Zaragoza: Universidad de Zaragoza, 2002; MARCÓ, Xavier. «Estructura familiar i estratègies matrimonials de la pagesia de mas de la vall d’Aro al segle XV». Família pagesa i economia rural. VII Congrés sobre sistemes agraris, organització social i poder local. Lleida:

Institut d’Estudis Ilerdencs / Diputació de Lleida, 2010, págs. 211-238; LLUCH, Rosa. «Las dotes y la diferenciación campesina: una aproximación a partir de la exacción servil del

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La imagen de unos campesinos desgraciados, miserables, en el límite de la pobreza y/o sin ninguna posibilidad de enriquecimien- to ni de participación en la comunidad queda cada vez más lejos de la realidad. Los mismos remensas, en diversas ocasiones, demos- traron ser conscientes de estas diferencias de potencial económico.

Algunas de sus actuaciones así lo demuestran. Por ejemplo, el líder remensa del primer alzamiento ordenó el cobro de una talla desti- nada a pagar el sueldo de los campesinos que lucharían en el con- fl icto bélico. Fijó que los hogares que pudieran pagarían 2 fl orines y otros pagarían menos. Tras la Sentencia Arbitral de Guadalupe, que —en teoría— acabó con el confl icto, los remensas se organiza- ron en un Gran Sindicato para reunir las 50.000 libras barcelonesas que habían sido condenados a pagar. Para establecer el repartimien- to entre hogares, se tuvieron en cuenta diversas exenciones, entre ellas las de los «miserables». Por ejemplo, el 12 de junio de 1495 dos vecinos de Olot prestaron juramento de que un manso debía ser excluido de la lista de remensas porque su propietario era «homa pobre y miserable».42 El mismo Vicens Vives afi rmaba que «casos de esta índole debían ser bastante frecuentes, sobre todo en las comarcas menos favorecidas por la fortuna» y por ello, considerant lur misèria, se «redujo a 35 los 41 mansos cotizables del valle de Amer».

Del mismo modo, y en distintos lugares de Cataluña, se do- cumentan ejemplos de remensas que podríamos califi car de ricos, remensas que poseían bienes caros y, en cierto modo, exclusivos y sorprendentes hace unos años. Había remensas propietarios de es- clavos: el padre de Francesc de Verntallat compró, en 1406, un «sier- vo o cautivo del género o raza negra» por 55 libras de Barcelona,43 cantidad que equivalía a algunas de las dotes más elevadas. Parece que la posesión de esclavos por parte de campesinos catalanes no

matrimonio» (en prensa). A. FURIÓ; F. GARCIA-OLIVER (eds.), Pautas de Consumo y niveles de vida en el mundo rural medieval. València: Publicacions de la Universitat de València, entre otros, 2008 (textos en línea).

42. Vicens Vives, Jaume. El Gran Sindicato Remensa (1488-1508). Madrid: CSIC, 1954, pág. 84.

43. FREIXA, Miquel. Francesc de Verntallat. Cabdill dels remences. Barcelona: Base, 2010, pág. 45.

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sería tan excepcional como podía parecer. J. Codina documentó en la parroquia de Sant Boi en el siglo XV, remensas y campesinos que no solo tenían mozos y pastores sino también algunos esclavos.44 Por su parte, X. Marcó ha localizado una familia y un manso re- mensa que también poseía un esclavo en el Valle de Aro.45 También Josep Maria Gironella ha exhumado un caso de un esclavo sarra- ceno en poder de una familia dependiente del monasterio de Sant Pere de Rodes.46 De igual modo, en la comarca del Maresme, al- gunos campesinos acomodados también poseían esclavos.47 Según Roser Salicrú, la posesión de esclavos en el entorno rural se pre- sentó como un elemento más de diferenciación y de ostentación social.48

La riqueza de algunos campesinos, no solo remensas, se obser- va también en otras circunstancias. Según J. Bolòs, en 1458 uno de los campesinos del monasterio de Santa Maria de Serrateix compró un censal muerto del monasterio, es decir, se convirtió en creditor de su propio señor. Este monasterio tuvo difi cultades en 1303, y por ello los monjes tuvieron que vender buena parte de las rentas que percibían. Los fi deiusores de la operación fueron «los campesinos más ricos de los dominios del monasterio».49 M. Richou describe la trayectoria de distintos mansos, algunos indudablemente remen- sas: compran tierras, mansos y otros bienes inmuebles, prestan di- nero a otros campesinos e invierten cantidades considerables de dinero comprando censales muertos de campesinos de sus mismas parroquias y de esta forma se van enriqueciendo.50

44. CODINA, Jaume. Els santboians de 1490. Com es vivia fa 500 anys a la vila de Sant Boi de Llobregat. Barcelona, 1990.

45. MARCÓ, Xavier. Homes, dones i masos de la vall d’Aro a la segona meitat del segle xv.

Aproximació prosopogràfi ca a una comunitat rural en temps de guerra i de revolta. Treball de recerca, Departament de Geografi a, Història i Art, Universitat de Girona, 2007.

46. Agradezco a J.M. Gironella que me haya comunicado esta noticia todavía inédita.

47. RICHOU, Montserrat. La terra, la família i la mort al Baix Maresme (1348-1486).

Barcelona: Fundació Noguera, 2012, págs. 116 y 149.

48. SALICRÚ, Roser. Esclaus i propietaris d’esclaus a la Catalunya del segle XV. L’Asse- gurança contra fugues. Barcelona: CSIC, 1998, pág. 78.

49. BOLÒS, Jordi. Diplomatari del Monestir de Santa Maria de Serrateix (segles X-XV).

Barcelona: Fundació Noguera, 2006.

50. RICHOU, Montserrat. La terra, la família i la mort al Baix Maresme (1348-1486).

Barcelona: Fundació Noguera, 2012, págs. 143-164.

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Lluís To y Pere Orti localizan mansos remensas que, entre otros objetos, poseían libros.51 Yo misma, he documentado remensas que tienen objetos de plata, de cobre y pieles de animales.52 Y con algu- nos de estos objetos pagan el precio del arrendamiento de la renta señorial, es decir, hay remensas que participan en el negocio de los arrendamientos señoriales de las parroquias en las que viven y en las que pagan no solo sus censos sino también sus malos usos. De tal forma que hay remensas que sacan un provecho económico in- directo de la servidumbre.53 Y no solo eso, sino que hay remensas que colaboran activa y voluntariamente con los señoríos en la ad- ministración y el control del dominio y de aquellos que son remen- sas como ellos.

Los remensas eran propietarios del dominio útil de sus mansos y tierras y con él podían actuar según sus necesidades, voluntades y estrategias, con la previa autorización del propietario del domi- nio directo y a cambio de unos pagos de «compensación». Cabe decir que en muchísimos capbreus de la Cataluña Vieja, hay man- sos tanto remensas como no remensas que reciben censos de otros mansos, tanto remensas como no remensas. Estos censos deben ser originados por el traspaso, más o menos, temporal del dominio útil de sus propiedades. Por citar solo un ejemplo, en la parroquia de Argentona (Barcelona), E. Subiñà, localiza un campesino re- mensa que, en el capbreu de su señorío, reconoce tener dieciséis tierras, aunque añade que once de ellas las ha subestablecido a otros campesinos y por ello cobra una serie de censos que también especifi ca.54

Ahora bien, no solo había campesinos que tenían el dominio útil de bienes inmuebles. Distintos historiadores han presentado casos

51. ORTI, Pere; TO, Lluís. «Serfdom and Standards of Living of the Catalan Peasantry before and after the Black Death of 1348». Schiavitù e servaggio nell’economia europea, secc. XI-XVIII. Firenze: Firenze University Press, págs. 155-172.

52. LLUCH BRAMON, Rosa. «Remences pauvres, remences riches: les inégalités écono- miques (Vieille Catalogne, XIV-XVI)». Schiavitù e servaggio nell’economia europea, secc. XI-

XVIII. Firenze: Firenze University Press, págs. 173-184.

53. LLUCH BRAMON, Rosa. «Becoming richer in medieval Catalonia: unfree peasants (XIV-XVI centuries)». European Social Science History conference. Viena, 2014.

54. SUBIÑÀ, Enric. Argentona al segle XV. Terra de remences. Argentona: Ajuntament d’Argentona, 2011, pág. 144.

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en los que campesinos —unos libres, otros remensas con absoluta seguridad y otros de condición jurídica incierta— tenían el domi- nio directo de tierras e incluso de mansos enteros. Así lo han hecho, por ejemplo, Cuvillier en la comarca de Osona,55 M. Aventín en la zona del Vallès56 o E. Subiñà también en el Maresme. En este caso un manso remensa a su vez era propietario del dominio directo de otro medio manso remensa.57 Freedman, analizando documentos publicados por Pons Guri también del Maresme, afi rma que algu- nos de estos campesinos recibían pagos como la exorquia y la re- dención, mientras ellos mismos también tenían que satisfacerlos.

A su modo de ver «esto es particularmente evidente entre los bailes»

que representaban a sus señores.58

En Gerona, he localizado mansos remensas que a pesar de no ostentar la bailía señorial tienen el dominio directo de más de un manso remensa y se comportan con sus habitantes como cual- quier señorío feudal. En más de una ocasión reciben homenajes y cobran por algún mal uso. Es decir, ahora podemos asegurar que había remensas que eran propietarios directos de mansos remensas y remensas que pertenecían a otros remensas, remensas que paga- ban malos usos y exacciones serviles y al mismo tiempo los co- braban.59 De tal forma que hay remensas que sacan un provecho económico directo de la servidumbre. Estos casos evidencian la gran complejidad de la servidumbre catalana.

55. CUVILLIER, J.P. «Les communautés rurales de la Plane de Vich (Catalogne) aux XIIIe et XIVe siècles». Mélanges de la Casa de Velázquez, núm. IV, 1968, pág. 78.

56. AVENTÍN, Mercè. La societat rural a Catalunya en temps feudals. Vallès oriental, segles XIII-XVI. Barcelona: Proa, 1996, pág. 100.

57. SUBIÑÀ, Enric. Argentona al segle XV. Terra de remences. Argentona: Ajuntament d’Argentona, 2011, pág. 62, 73.

58. FREEDMAN, P.H. Els orígens de la servitud pagesa a la Catalunya Medieval. Vic:

Eumo, 1993, pág. 167; BENITO, P. «Elites rurales et intermediaires de la seigneurie en Cata- logne XIIe-XIVe s.): fortunes et strategies d’acroissement». Les élites rurales méditerranéennes au Moyen Âge, Roma, 2012.

59. LLUCH BRAMON, Rosa. «Remences pauvres, remences riches: les inegalités écono- miques / Vicilla Catalogne, XIV-XVI)». Schiavitù e servaggio nell’economia europea, secc. XII-XVIII. Firenze: Firenze University Press, págs. 173-184.

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5. Las guerras remensas

Ciertamente sobre el alzamiento armado hemos trabajado menos y seguimos conociéndolo sobre todo gracias a Vicens Vives. Como muy bien dice J. Fernández Trabal, en un excelente y estimulante repaso al confl icto remensa, «carecemos de un estudio global de la confl ictividad campesina en los siglos bajomedievales».60 La menor productividad de la historiografía en este aspecto provoca que si- gamos, como decía G. Feliu, analizándolo bajo la estructura ex- plicativa de Vicens y que las aportaciones pivoten alrededor de sus teorías, bien para confi rmarlas, bien para refutarlas.

Ahora bien, hoy en día no hay una explicación que convenza a todos los historiadores sobre el alzamiento de los remensas ni sobre la Sentencia Arbitral de Guadalupe. Realmente, a mi modo de ver, todo depende de la cronología a la que cada uno se dedica. Eva Serra se preguntaba hace unos treinta años si las guerras del XV

fueron guerras remensas o guerras campesinas y respondía que, sin duda, eran campesinas, aunque su respuesta sigue sin convencernos de forma unánime. Si bien, actualmente, la participación de cam- pesinos no remensas y de remensas no campesinos en todo el con- fl icto está fuera de dudas. Por ejemplo, M. Freixa, en su biografía de Verntallat, opta por hablar de campesinos y no tanto de remen- sas, indicando que en todo el asunto, no solo en el armado, tanto unos como otros desempeñaron un papel fundamental. Además, afi r- ma que «algunos capitanes o subcapitanes eran campesinos, otros gentilhombres y, otros, ni una cosa ni la otra».61

Actualmente, tampoco hay unanimidad sobre quién ganó la guerra (si los remensas o los señores) así como sobre si la Sentencia Arbitral de Guadalupe certifi có el triunfo y el mayor benefi cio de unos o de otros. La historiografía ha mantenido y mantiene opi- niones absolutamente contrarias sobre estos puntos y dependen, en gran parte, del periodo al que se dedica cada historiador.

60. FERNÁNDEZ TRABAL, Josep. «El confl icte remença a la Catalunya del segle XV (1388- 1486)». Afers, núm. 42-43, 2002.

61. FREIXA, Miquel. Francesc de Verntallat. Cabdill dels remences. Barcelona: Base, 2010.

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A grandes rasgos, podemos concluir que la mayoría de los me- dievalistas consideran que las guerras remensas tienen que enten- derse a partir de la cuestión de la libertad personal así como del sometimiento a los malos usos. Así pues, y siguiendo los trabajos de J. Vicens Vives, P. Vilar o P.H. Freedman, consideran que el alza- miento de los remensas solo se explica por su afán de conseguir la libertad, liberándose del vínculo servil sin tener que renunciar

—y eso es lo más importante— a sus tierras y posesiones. Es de- cir, los remensas lucharon por la abolición de la servidumbre y la confi rmación de sus derechos de propiedad, especialmente sobre los bienes que habían quedado sin propietarios tras la coyuntura del XIV, los famosos masos rònecs. Por todo ello, la mayoría de los medievalistas consideran que los remensas ganaron sus guerras y obtuvieron la mayor parte de sus demandas.62 Y ello gracias a que la Sentencia Arbitral de Guadalupe anulaba la servidumbre o, me- jor dicho, la conmutaba por un pago económico.

Por el contrario, los historiadores que investigan el periodo in- mediatamente posterior a 1486 tienen otras percepciones. Así, E. Se- rra, N. Sales o, más recientemente, P. Gifre63 e I. Muxella64 consi- deran que los malos usos y la situación personal de dependencia de los remensas debe desvincularse de las causas y motivaciones que llevaron a todos los campesinos al enfrentamiento armado. En su opinión, la guerra65 la lideró y protagonizó una clase económica que se habría rebelado para luchar contra todos los derechos y cargas se- ñoriales que grababan al conjunto de las tierras y mansos de todos

62. LLUCH BRAMON, Rosa. «Las demandas de los remensas (1380-1462)». Formas de protesta, movilización y lucha política en la Baja Edad Media. Lenguajes, discursos, repertorios e imaginarios sociales. Congreso Internacional. Universidad de Valladolid, 17-19 de septiem- bre de 2014, en prensa.

63. SERRA, Eva. «El règim feudal català abans i després de la Sentència Arbitral de Guadalupe». Recerques, núm. 10, 1980, págs. 17-32; SALES, Núria. «Guadalupe 1486, Triomf del mas sobre el castell?». Revista de Catalunya, núm. 13, 1987, págs. 53-63; GIFRE, Pere. En la prehistòria dels hisendats. De senyors útils a propietaris (Vegueria de Girona, 1486-1720). Tesi Doctoral. Universitat de Girona, 2009.

64. MUXELLA, Imma. La Terra en guerra. L’acció de les institucions durant el regnat de Renat d’Anjou (1466-1472). Tesis Doctoral. Universitat de Barcelona, 2013.

65. «Desde una perspectiva campesina, deberíamos empezar a verlo como un único movimiento, independientemente de los ritmos y los cabecillas», SERRA, Eva. «Vicens Vives i els remences. Tornar-hi a pensar». Pedralbes, núm. 30, 2010, pág. 113.

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los campesinos, independientemente de su condición jurídica. De hecho Eva Serra, recientemente, la considera una «revolución cam- pesina».66 Por todo ello, valoran más negativamente la resolución del confl icto puesto que, en su opinión, los campesinos no consi- guieron cambiar el régimen feudal, que, además, salió reorganizado y reforzado del confl icto. De hecho, las cargas feudales de la tierra se mantuvieron intactas o aumentaron porque se aprovechó la sen- tencia para confi rmar los derechos feudales de los señores. La rea- lidad es que en algunos señoríos, se volvieron a exigir cargas que no se exigían desde fi nales del siglo XIV.67

Un tercer grupo de historiadores se mantiene en un término me- dio. Si bien aceptan que la Sentencia Arbitral de Guadalupe no atacó directamente los cimientos del régimen feudal, creen que hizo unas concesiones que permitieron la estabilización de una clase campesina capaz de afrontar y cuestionar, cada vez más, la autori- dad señorial. No podemos olvidar que anuló la servidumbre, que es lo que desde siempre habían reclamado los remensas. A ello se suma el hecho de que la capacidad de actuación de la clase señorial fue limitada de manera que los campesinos (antiguos remensas) pudieron aprovechar mejor los benefi cios del crecimiento económi- co y algunos de ellos se enriquecieron considerablemente. Por todo ello, G. Feliu concluye —y yo lo suscribo— que si bien la victoria no fue total, parece difícil no califi carla de victoria. En cualquier caso,

«se puede hablar de una victoria remensa sin una victoria campe- sina» en un confl icto agrario medieval «resuelto, en sus aspectos principales, a favor de los campesinos».68

66. SERRA, Eva. «Vicens Vives i els remences. Tornar-hi a pensar». Pedralbes, núm. 30, 2010, pág. 116.

67. GIFRE, Pere; LLUCH, Rosa. «Continuïtats del mas català abans i després de la Sen- tència Arbitral de Guadalupe (segles XV-XVI)», El mas català durant l’Edat Mitjana i la Mo- derna (segles IX-XVIII). Aspectes arqueològiques, històrics, geogràfi cs, arquitectònics i antro- pològics. Barcelona: CSIC, 2001, págs. 593-610.

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