Contabilidad Avanzada
7. Implicaciones para la
auditoría de las diferentes
normas de registro y
valoración
Esquema
Ideas clave
7.1. Introducción y objetivos
7.2. Contextualización de la función auditora 7.3. Auditoría y control de riesgos
7.4. Implicaciones en el trabajo de la auditoría de las normas de registro y valoración
7.5. Procesos de auditoría
7.6. Las operaciones complejas y el trabajo de auditoría:
Auditoría y combinación de negocios
7.7. Las operaciones complejas y el trabajo de auditoría:
Cobertura de riesgos
7.8 Contabilidad y auditoría de las operaciones de cobertura
7.9. Referencias bibliográficas
A fondoGRIFOLS
Block-chain y función auditoría interna y externa
7.1. Introducción y objetivos
En este tema del programa, veremos la influencia de las normas de registro y valoración en el trabajo del auditor. Los objetivos a cubrir son:
Analizar el efecto de las normas de registro y valoración en el trabajo del auditor.
Reflejo de las normas de registro y valoración en los informes de auditoría.
La función de auditoría de cuentas se regula a partir de la ley 22/2015 de 20 de julio que traspone directivas europeas. Esta ley, conocida como Ley de Auditoría de Cuentas, no ha tenido desarrollo reglamentario hasta que el 12 de enero de 2021 se publica el Reglamento de la ley de Auditoria de Cuentas.
Además, hay que tener en cuenta que la actividad de los auditores tiene una especificidad en las denominadas Entidades de Interés Público. Los auditores deben dividir el espectro empresarial entre dos grandes grupos de empresa, las entidades de interés público y el resto. Las entidades de interés público son, básicamente, las que conforman el sistema financiero y los auditores deben seguir el Reglamento UE No 537/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público.
Toda esta normativa puede consultarse en la página del Instituto de Contabilidad y
Auditoría de Cuentas (ICAC):
https://www.icac.gob.es/ca/normativas/nacionales#portada
Para desarrollar el trabajo de auditor con seguridad se dispone de las Normas Técnicas de Auditoría (NTA) que provienen de las Normas Técnicas Internacionales (NIA), consultable en: https://www.icac.gob.es/ca/normativas/nacionales#portada
Además, los auditores disponen de una resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas que desarrolla la Norma de Control de Calidad Interno:
▸
▸
Resolución de 20 de diciembre de 2013 del ICAC, por la que se publica la modificación de la Norma de Control Calidad Interno de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría, publicada por Resolución de 26/10/2011.
Las normas de control de calidad interno tendrán por objeto establecer los principios y requisitos a seguir por los auditores de cuentas en la implantación y mantenimiento de un sistema de control de calidad interno que les permita asegurar razonablemente que la actividad de auditoría de cuentas se realiza conforme a lo exigido en la Ley.
7.2. Contextualización de la función auditora
Hay que saber diferenciar correctamente la función de los auditores de la función de los contables. Desde un análisis temporal, en primer lugar, se encuentra el trabajo para la elaboración y formulación de las cuentas anuales que deben realizar los contables. Con posterioridad, aparece el trabajo de los auditores de cuentas que verifican esas informaciones.
La correcta delimitación de las funciones auditoras y contables es imprescindible para entender la buena gestión de las entidades. Mientras la función de auditor de cuentas está regulada en España, no lo está la función de los contables. Este no es el caso de países muy próximos como Francia o Italia, donde existe una profesión regulada de «experto contable» y de «auditor de cuentas».
La confusión de estas dos profesiones viene del propio nombre de «Auditor». Su origen son los «oidores de cuentas» de la edad media. Recuérdese que cuando aún no existía la imprenta, ya existía la contabilidad. Los comerciantes, tenían escribientes que iban redactando la información descriptiva de sus negocios.
Las autoridades fiscales de la época convocaban periódicamente, a los comerciantes a que se presentasen con sus contables en un salón especial de palacio. La función de esta «audiencia» era determinar su contribución tributaria. Esto se hacía mediante unos expertos «oidores de cuentas» que escuchaban la lectura de lo redactado en los libros. No podían quedarse copia de los libros, porque no se podían imprimir y las copias a mano no podían garantizar una reproducción fiel, los «oidores» debían resolver a partir del relato oral. De la resolución, del informe, de esos «auditores de cuentas», expertos verificadores delegados por la autoridad del momento, surgía la cantidad a liquidar ante la hacienda del momento.
Hoy en día se disponen de herramientas informáticas y de telecomunicaciones que
permiten que la función auditora y la contable se realicen de forma mucho más ágil.
Sin embargo, los ámbitos de trabajo deben quedar muy bien definidos.
El auditor es nombrado por la asamblea de socios, para que informen a esta sobre la imagen fiel y la situación financiera de la empresa. En consecuencia, el trabajo de los auditores no se entrega a, ni está bajo la tutela del Consejo de Administración o de los Directivos de la entidad. El auditor de cuentas responde ante los socios. El trabajo del auditor será exponer a esos socios un informe que demuestre que ha verificado las informaciones contenidas en las cuentas anuales con la realidad de la entidad y, en su caso, expondrá sus discrepancias.
A partir, del informe de los auditores de cuentas, los socios aprobarán las cuentas anuales con la consiguiente distribución de los resultados.
7.3. Auditoría y control de riesgos
Hay que saber diferenciar correctamente la función de los auditores de cuentas de la función de los contables. En primer lugar, se encuentra el trabajo para la elaboración y formulación de las cuentas anuales que deben realizar los contables. Con posterioridad, aparece el trabajo de los auditores que verifican esas informaciones.
Mientras la profesión de auditor de cuentas está regulada en España, como lo está la de abogado o la de actuario de seguros, no lo está la profesión de los contables.
Este no es el caso de países muy próximos como Francia o Italia, donde existe una profesión regulada de «experto contable» y otra de «auditor de cuentas».
Los auditores de cuentas no formulan las cuentas, no elaboran los Balances, Cuentas de Pérdidas y Ganancias, Estados de Cambios en el Patrimonio Neto, ni Estados de Flujos de Efectivo. Mucho menos deben intervenir en la redacción de la Memoria y queda fuera de toda duda que el Informe de Gestión lo debe realizar exclusivamente el órgano de dirección de la compañía. Tampoco intervienen los auditores de cuentas en la elaboración del Estado de Información no Financiera que desde 2018 es obligatorio para las empresas de mayor tamaño.
Todo este trabajo lo realizan los contables. Los auditores deben ser independientes para que su trabajo sea reconocido por quienes les han nombrado que son los socios de la entidad:
Los auditores de cuentas deberán abstenerse de realizar una auditoría de cuentas si existe alguna relación financiera, económica, laboral, familiar, o de otra índole, incluidos servicios distintos del de auditoría proporcionados a la entidad auditada, entre el auditor de cuentas y la entidad auditada de modo que se pudiera concluir que compromete su independencia. (artículo 37 del reglamento de
auditoría).
Sin embargo, las organizaciones pueden establecer diferentes niveles de protección para detectar desviaciones entre la realidad de la entidad y las informaciones contables. En otras palabras, el Consejo de Administración, la Dirección, para evitar el riesgo de malas prácticas por parte de personas vinculadas a la compañía constituyen controles internos para detectar lo antes posible, antes de la llegada de los auditores de cuentas, cualquier error en la información contable.
Un primer nivel de control interno lo desarrollan los propios departamentos de la organización mediante la figura conocida con el anglicismo «controler», el controlador, un trabajador de la propia organización que reporta a los directivos del
departamento sobre las desviaciones en la ejecución de los presupuestos. La mayoría de entidades gestionan sus políticas de explotación y financieras a través de presupuestos (Budgenting en inglés). Detectar precozmente desviaciones indebidas es una garantía de correcta administración.
Un segundo nivel de control interno lo desarrollan los «auditores internos». Se trata de unos profesionales que reportan directamente al Consejo de Administración quien les ha nombrado. Son trabajadores de la empresa, pero no están bajo la jerarquía de ningún departamento, solo del Consejo de Administración o persona de apoderada para ejercer la alta dirección. Su función es verificar antes de la llegada de los auditores externos que los procesos de información contable están reflejando correctamente la actividad de la compañía.
Los auditores de cuentas no son trabajadores de la organización, son independientes de ella, pero harán mejor su trabajo cuanto mejor organizada sea la función de los controladores y de los auditores internos.
El nivel superior de control de los riesgos se encomienda a los auditores de cuentas.
Hay auditorías obligatorias por ley, los socios están obligados a nombrar los auditores, pero también hay auditorías voluntarias, los socios desean el informe
independiente de un profesional para verificar que la situación de la empresa es la que reflejan las informaciones contables.
Con respecto a los Estados de Información no Financiera, los auditores de cuentas pueden realizar su verificación mientras no exista un reglamento que desarrolle la ley:
Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
A continuación, visualiza el vídeo sobre informes de auditoría:
Accede al vídeo:
https://unir.cloud.panopto.eu/Panopto/Pages/Embed.aspx?id=29b27fa5-faa8- 478b-b0ec-ad6a00760eb7
7.4. Implicaciones en el trabajo de la auditoría de las normas de registro y valoración
Los contables no son ni los «controlers», ni los auditores internos, ni los auditores de cuentas (auditores externos), son unos trabajadores de la organización que identifican, registran y valoran toda la actividad de la empresa. Los «controlers» y auditores (Internos o externos) son verificadores.
Las actividades de identificación y registro se engloban bajo el concepto reconocimiento, pero el PGC se refiere a estas actividades con el concepto general de registro.
Los auditores de cuentas no registran las operaciones de la entidad, verifican que el registro ha sido el correcto.
Los contables deben asignar valores a las cuentas registradas. Los auditores verifican que esos valores reflejan la realidad de la entidad.
Cuando un auditor recibe el encargo de una empresa de realizar una actuación profesional, ya sea para realizar un trabajo de auditoría completo o bien para una cuestión específica relacionada con su profesión, ha de ser consciente de algunas cuestiones antes de aceptarlo:
Ha de ser competente en el tema de que se trate.
Ha de tener capacidad para llevarlo adelante, especialmente en cuanto a tiempo y recursos humanos.
Los aspectos éticos de su trabajo se han de cumplir, tanto en lo que se refiere al propio auditor como a su cliente. En este aspecto la independencia del auditor es un tema vital.
▸
▸
▸
Por lo que se refiere a la competencia, los auditores de cuentas deben prestar especial atención a su formación para que las conclusiones que finalmente se alcancen, y que figuren en su Informe, estén bien soportadas y justificadas, tanto profesional como documentalmente.
La competencia y la capacidad de trabajo del auditor resultan imprescindibles para planificar adecuadamente las tareas a realizar, teniendo en cuenta los siguientes factores, entre otros:
Conocimiento del negocio de la empresa.
Conocimiento del sector en el que opera.
Tipología y características de las transacciones en las que interviene.
Marco normativo aplicable respecto a la información financiera que debe suministrar la empresa.
Sistema contable utilizado para registrar la actividad de la empresa.
Control interno de la propia empresa.
Cuando se requiere conocimiento del sector en que se opera se está requiriendo una formación específica del auditor, demostrable por trayectoria profesional, en ese ámbito económico. Esto tiene especial importancia para los sectores que, como se ha estudiado, tienen adaptaciones sectoriales del PGC.
Así para las entidades sin ánimo de lucro, para las entidades aseguradoras, para las entidades financieras, para las administraciones públicas, la formación del auditor deberá cumplir con requisitos de formación muy precisos.
En base a esto, el auditor llevará a cabo una programación adecuada de su trabajo, teniendo siempre constancia documental de todos los pasos realizados y de los resultados alcanzados.
▸
▸
▸
▸
▸
▸
Naturalmente todo este trabajo auditor no puede realizarse replicando paso a paso lo que han hecho los contables. La primera labor del auditor de cuentas es delimitar los aspectos más relevantes, los aspectos clave de la entidad que debe verificar.
Esta labor se conoce con el nombre técnico de «materialidad», esto es, determinar la importancia relativa de las cuentas.
El auditor establecerá un perímetro de trabajo basado en la materialidad. Se centrará en verificar con más profundidad los aspectos fundamentales del negocio, comprobar que las informaciones contables reflejan perfectamente las actividades que se han generado.
Para ello será imprescindible que el auditor de cuentas disponga del adecuado conocimiento del negocio de la empresa, de sus transacciones y de las prácticas contables que utiliza a efectos de preparar y presentar la información contable, finalmente sintetizada en sus cuentas anuales.
Debería identificar las áreas de trabajo sobre las que se deba aplicar mayor esfuerzo y dedicación, si existen o no procedimientos de control interno, si las estimaciones que realiza la empresa son razonables, y verificar si los principios y normas de valoración aplicados son los correctos y aplicados uniformemente.
El auditor deberá profundizar en las entrañas de la empresa, conociendo su actividad comercial, financiera, productiva, contable, fiscal, etc., así como el futuro del sector en el que interactúa la empresa, que influye notoriamente en propio futuro de la empresa.
Todo esto dependerá también si se trata de una auditoría inicial, o ya es una actividad recurrente con el mismo cliente.
Una de las diferencias entre ambos tipos de trabajo se concreta en la extensión de alguno de los procedimientos a realizar por los auditores, en especial sobre la
verificación de cuentas históricas, tales como activos y pasivos no corrientes y elementos del neto patrimonial, así como un cuidado especial en los inventarios de la empresa.
7.5. Procesos de auditoría
En base a esas implicaciones entre contabilidad y auditoría, los profesionales auditores de cuentas establecen procesos por los cuales indagar y verificar las informaciones presentadas en los documentos contables.
La normativa contable, y más concretamente el Marco Conceptual de la Contabilidad incluido en la Primera parte del Plan General de Contabilidad de 2007, establece que las cuentas anuales deben redactarse con claridad, de forma que la información suministrada sea comprensible y útil para los usuarios al tomar sus decisiones económicas, debiendo mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales.
Los socios de la compañía encargan al auditor que verifique esa imagen fiel de las cuentas anuales. Suele identificarse el concepto de imagen fiel como sinónimo de la objetividad e imparcialidad que han de presidir la elaboración de la información contable. Para ello el PGC indica que la aplicación sistemática y regular de los requisitos, principios y criterios contables deberá conducir a que las cuentas anuales muestren la imagen fiel:
del patrimonio,
de la situación financiera y
de los resultados de la empresa.
Dentro del Marco Conceptual tenemos también los requisitos que ha de reunir la información contable y que deben guiar los procesos de auditoría. Los dos requisitos básicos sobre los que se asienta todo el proceso contable y también auditor son:
la relevancia y
▸
▸
▸
▸
la fiabilidad.
La información es relevante (material en terminología auditora) cuando es útil para la toma de decisiones económicas, es decir, cuando ayuda a evaluar sucesos pasados, presentes o futuros, o bien a confirmar o corregir evaluaciones realizadas anteriormente. Es importante destacar que, para cumplir con este requisito, los estados contables deben mostrar adecuadamente los riesgos a los que se enfrenta la empresa.
La información es fiable cuando está libre de errores materiales y es neutral, es decir, está libre de sesgos, y los usuarios pueden confiar en que es la imagen fiel de lo que pretende representar.
En general, podemos indicar que las técnicas más usuales en las pruebas que ha de realizar el auditor para conseguir sus objetivos pueden ser:
Análisis comparativos de los estados financieros:
Comparación y obtención de diferencias significativas entre las diferentes partidas que componen las cuentas anuales de dos o más períodos consecutivos.
Comparación y obtención de diferencias entre las ventas y gastos presupuestados y los reales.
Análisis de aspectos individuales como, por ejemplo, variaciones significativas entre ejercicios de: ventas por canales, costes de personal y número de empleados, coste de las ventas, margen bruto, etc.
Análisis de ratios significativos:
Patrimonial y financiero: capitalización, endeudamiento, liquidez, solvencia y garantía.
▸
▸
•
•
•
▸
•
Gestión de los activos: rotaciones y plazos, gestión del fondo de maniobra.
Económica: ventas.
Gastos.
Rentabilidad y autofinanciación.
Indicadores bursátiles.
El desarrollo de todos los trabajos, procedimientos y demás aspectos relacionados con cada auditoría deben quedar perfectamente plasmados en los llamados papeles de trabajo, que son la consecuencia de la necesidad de documentar el trabajo de auditoría desde su inicio hasta la emisión del informe y ser la evidencia de su justificación documental. Son, por tanto, registros preparados por el auditor para documentar todas y cada una de las tareas realizadas.
El auditor deberá, con carácter permanente, mantener una suficiente documentación relativa al menos sobre:
Copia de los estatutos y de otros documentos de naturaleza legal o estatutaria, referidos a la vida social.
Contratos importantes y otros documentos legales.
Descripción del ente auditado y de sus actividades, dirección de sus centros de trabajo, fábricas, delegaciones, etc.
Organigramas de la estructura de la Dirección y personas que tienen atribuidas las principales funciones dentro de la entidad que se audita.
Descripción marco de información financiera de aplicación y del sistema contable de la entidad.
•
•
•
•
•
▸
▸
▸
▸
▸
Descripción de las medidas y procedimientos de control interno.
Normativas específicas del sector.
Memorias y estados financieros comparativos.
Correspondencia o notas sobre reuniones acerca de temas recurrentes mantenidas con los responsables del ente auditado.
Referencias a la estructura y las sociedades del grupo si existen.
▸
▸
▸
▸
▸
7.6. Las operaciones complejas y el trabajo de auditoría: Auditoría y combinación de negocios
Cuando la entidad auditada forma parte de una combinación de negocios se dará casi siempre la necesidad de consolidar las cuentas de las distintas entidades. Esto significa que además de las cuentas anuales de cada entidad individual deberán elaborarse, por los contables, unas cuentas consolidadas de la combinación de negocios.
Para los auditores la auditoría de las cuentas consolidadas es una de las actividades más complejas. Resulta que algunas o todas las entidades individuales pueden estar sometidas a auditoría (obligatoria o voluntaria) y que los auditores de las cuentas consolidadas sean distintos de los que han realizado los informes para las cuentas individuales:
el auditor de las cuentas anuales consolidadas deberá disponer de la documentación relativa a la evaluación y revisión del trabajo de auditoría realizado por otros auditores de cuentas en relación con la verificación de la información financiera de las entidades que formen parte del conjunto consolidable, debiendo reflejar la evidencia obtenida para soportar su opinión de la auditoría de las cuentas consolidadas.
Esto condiciona la documentación que hay que tratar que deberá reflejar:
Los criterios y consideraciones tenidos en cuenta para la identificación y valoración de los riesgos de incorrección material a efectos de la auditoría de las cuentas consolidadas, entre los que se encontrarán los relativos al negocio, las transacciones u operaciones, su procesamiento, así como el control interno de dichas entidades.
▸
Los riesgos que el auditor de las cuentas consolidadas ha considerado, a efectos de la auditoría de las cuentas consolidadas, para la planificación del trabajo a realizar en relación con la información financiera de dichas entidades.
Naturaleza, extensión y momento de realización de las pruebas tanto diseñadas como realizadas por el auditor de las cuentas anuales consolidadas para responder a los citados riesgos identificados en la información financiera de dichas entidades.
Los aspectos concretos revisados del trabajo realizado por los auditores de dichas entidades sobre dicha información financiera, que incluirán:
1.º la naturaleza de las pruebas realizadas y su momento de realización,
2.º la información descriptiva de las poblaciones, los criterios y métodos utilizados para la determinación y selección de las muestras,
3.º los resultados de la realización de dichas pruebas y, en su caso, la investigación de las desviaciones e incorrecciones identificadas y su resultado, la extrapolación de las incorrecciones, procedimientos adicionales realizados y la evaluación del efecto de las desviaciones e incorrecciones en la auditoría,
4.º las cuestiones concretas discutidas con los auditores de dichas entidades y las conclusiones alcanzadas sobre los anteriores aspectos y cuestiones.
Como se puede comprobar el conocimiento de la realidad de las combinaciones de negocios y de su consolidación contable por parte del auditor no es una tarea nada simple. Si el auditor de las cuentas consolidadas no pudiese acceder al trabajo de los auditores de las cuentas individuales debería comunicarlo ante de emitir cualquier informe.
Pero en las combinaciones de negocios, además de generarse problemas de consolidación se dan problemas de valoración. Ya se ha explicado que en el proceso
▸
▸
▸
▸
▸
▸
▸
de adquisición de negocios se deberá llegar un acuerdo sobre el precio de la transacción. En una compra-venta de empresas, todos los trabajos previos, la diligencia-debida, los procesos legales, los procesos de negociación no son responsabilidad de los auditores.
Los auditores deben verificar que la información contable refleja la realidad del proceso de compra-venta. No es labor del auditor dictaminar si el valor y el precio son los correctos. Su función es explicar a los socios que ese valor y ese precio están correctamente reflejados contablemente.
Si el auditor considera que hay dificultades para entender alguna fase de ese proceso deberá pedir informes a expertos que certifiquen que los datos contabilizados son coherentes con el objetivo de la operación.
El Fondo de Comercio no lo determinan los auditores. El Fondo de Comercio es el resultado final de un proceso. La corrección del proceso es la que debe exponer el auditor ante los socios y para ello deberá delimitar el ámbito de su trabajo y el ámbito que corresponde a expertos especializados.
7.7. Las operaciones complejas y el trabajo de auditoría: Cobertura de riesgos
Es importante resaltar que dentro del trabajo el auditor, este deberá tener en cuenta diferentes factores, como si la sociedad opera en negocios de elevado riesgo.
El riesgo, en el entorno empresarial, indica la posibilidad de perder Patrimonio Neto.
Los activos, las inversiones empresariales, deben generar beneficios económicos futuros, pero difícilmente se pueden determinar con certeza. Esto provoca que el valor de muchos activos sea difícil de establecer. Los contables se aferran al criterio del coste histórico, del precio de adquisición para determinar un valor que sea indiscutible y objetivo. Esto puede ser así en los primeros momentos de la vida de una inversión. Pero el paso del tiempo obliga a calcular el deterioro del valor y a dotar las amortizaciones correspondientes. Estos cálculos no son mero cumplimiento de la normativa contable. Las amortizaciones, las provisiones, el deterioro de valor son conceptos que surgen para dar correcto cumplimiento al principio de empresa en funcionamiento.
Los auditores deben verificar que se cumple este principio, deben verificar que las decisiones tomadas por la alta dirección mantienen el Patrimonio Neto de los socios.
Por tanto, los auditores están llamados a exponer los factores de riesgo de la gestión de esa entidad.
El informe de auditoría debe destacar los elementos más relevantes o los aspectos clave del proceso de verificación y allí se está definiendo el riesgo. Cualquier socio que financie actividades inversoras sabe que va a asumir riesgos, que el ahorro que ha depositado en esa entidad puede perderse. El informe de auditoría debe explicar si además de los riesgos intrínsecos de la inversión, se detectan otros posibles riesgos provenientes de las decisiones tomadas por la alta dirección.
Algunos riesgos son asegurables. Las compañías aseguradoras ofrecen contratos para compensar las pérdidas producidas por eventos no deseados. Los socios deben organizar la política aseguradora para mantener la empresa en funcionamiento. No es deber de los auditores encontrar los seguros adecuados, esto corresponde a los consultores especialistas en este campo. Si es deber de los auditores explicar que la política aseguradora de los socios se ha seguido por la alta dirección.
Hay riesgos no asegurables, pero que pueden ser cubiertos diseñando operaciones específicas. No es función de los auditores diseñar estas operaciones, pero si verificar que las realizadas han sido correctamente contabilizadas. Esto es, la verificación de los auditores debe contrastar la información contable con los riesgos efectivamente cubiertos y exponer a los socios si la cobertura ha sido eficaz.
No es función de los auditores realizar los cálculos para determinar la eficacia de la cobertura. Pero si es su misión, solicitar los informes de expertos que certifiquen que las operaciones realizadas para cubrir un riesgo, tal como se desprende de la información contable, son las que se han desarrollado y son las adecuadas para ese objetivo.
El auditor no debe saber de todo, pero debe exponer claramente las limitaciones de su trabajo. Allí donde no lleguen sus competencias y capacidad de trabajo deberá demandar la colaboración de los expertos adecuados.
7.8 Contabilidad y auditoría de las operaciones de cobertura
Se trata de cubrir un riesgo empresarial., es decir, evitar una posible pérdida futura.
Cuando las entidades aseguradoras no pueden ofrecer contratos de seguro para limitar o compensar esa pérdida futura, la empresa puede tratar de cubrir el riesgo utilizando combinaciones de instrumentos financieros.
En la mayoría de las coberturas se utilizan instrumentos financieros derivados como futuros, opciones o swaps.
El objetivo es que el riesgo se elimine o reduzca gracias a mantener posiciones simétricas. Si se puede perder comprando hay que mantener posiciones de venta. Si se puede perder vendiendo, hay que mantener posiciones compradoras. Los derivados financieros permiten organizar compras y ventas futuras a unos determinados precios y aparecen como elementos muy útiles para realizar las coberturas.
Si hay que cubrir la posible pérdida por una compra futura, se puede vender un derivado (contrato de futuros o contrato de opciones, por ejemplo). Si hay que cubrir la posible pérdida por una venta futura, se puede comprar un derivado.
La cobertura será eficaz si se consigue que lo ganado o perdido en el mercado al contado se compense con lo perdido o ganado en el mercado de derivados. De esta manera se controla el riesgo asumido.
Si no se anuncia que estas operaciones con derivados son operaciones de cobertura se entendería que la entidad está buscando plusvalías o beneficios especulando con el comportamiento futuro del mercado. Sin identificar las compras y ventas de derivados como instrumentos necesarios para una operación de cobertura se deberían reflejar los resultados en la cuenta de pérdidas y ganancias. Identificando la
operación de cobertura los resultados de la combinación de los distintos instrumentos se reflejarán en el Patrimonio Neto.
Por tanto, los auditores deberán verificar si la información contable registrada y valorada por la empresa puede considerarse una operación de cobertura. De no ser así, en el informe de auditoría deberá exponerse la interpretación del auditor y como el resultado de esas operaciones no clasificables como de cobertura modifican el resultado de la cuenta de pérdidas y ganancias.
La definición que el PGC ofrece sobe una operación de cobertura contable es la siguiente:
U n a cobertura es una técnica financiera mediante la que uno o varios instrumentos financieros, denominados instrumentos de cobertura, son designados para cubrir un riesgo específicamente identificado que puede tener impacto en la cuenta de pérdidas y ganancias como consecuencia de variaciones en el valor razonable o en los flujos de efectivo de una o varias partidas cubiertas.
Para que esta operación funcione hay que definir correctamente la relación de cobertura. Esto significa una precisa definición de las partidas cubiertas y los instrumentos utilizados para ello. Los contables y los auditores, a continuación, deberán tener en cuenta lo siguiente:
a) La relación de cobertura consta solo de instrumentos de cobertura y partidas cubiertas admisibles.
b) La relación de cobertura se designa y documenta en el momento inicial, en cuyo momento también se debe fijar su objetivo y estrategia.
c) La cobertura debe ser eficaz durante todo el plazo previsto para compensar las variaciones en el valor razonable o en los flujos de efectivo que se atribuyan al riesgo
cubierto, de manera consistente con la estrategia de gestión del riesgo inicialmente documentada.
Los contables de la entidad que organice la cobertura deben ir haciendo cálculos prospectivos para verificar que la operación va a continuar siendo eficiente. Si la empresa hace una prospección y considera que la relación de cobertura deja de ser eficiente, entonces debe interrumpirse la contabilidad de la cobertura.
Sin embargo, el registro y valoración de la cobertura no cesa en caso de que la empresa revoque la designación de la cobertura si se siguen cumpliendo el resto de los requisitos.
A los auditores les corresponderá verificar si esos cálculos prospectivos constatan que la cobertura sigue siendo eficaz. En este sentido el PGC establece los requisitos para una cobertura eficaz:
a) Existe una relación económica entre la partida cubierta y el instrumento de cobertura.
b) El riesgo de crédito no debe ejercer un efecto dominante sobre los cambios de valor resultantes de esa relación económica; y
c) La ratio de cobertura de la relación de cobertura contable, entendida como:
la cantidad de partida cubierta entre la cantidad de elemento de cobertura debe ser la misma que la ratio de cobertura que se emplee a efectos de gestión. Es decir, la ratio de cobertura de la relación de cobertura es la misma que la resultante de la cantidad de la partida cubierta que la entidad realmente cubre y la cantidad del instrumento de cobertura que la entidad realmente utiliza para cubrir dicha cantidad de la partida
cubierta. No obstante, esa designación no debe reflejar un desequilibrio entre las ponderaciones de la partida cubierta y del instrumento de cobertura que genere una ineficacia de cobertura, independientemente de que esté reconocida o no, que pueda dar lugar a un resultado contable contrario a la finalidad de la contabilidad de cobertura.
Los contables han de documentar que, cumplido el requisito de eficacia de la cobertura, la parte del instrumento de cobertura que no se utilice para cubrir un riesgo se contabilizará de acuerdo con los criterios generales.
Los instrumentos de cobertura se valorarán y registrarán de acuerdo con su naturaleza en la medida en que no sean, o dejen de ser, coberturas eficaces.
Los auditores si no disponen de los conocimientos para verificar que los instrumentos utilizados se combinan adecuadamente para organizar una operación de cobertura y si no pueden establecer correctamente la ratio de cobertura, ni determinar si la cobertura es eficaz, deberán pedir un informe a expertos independientes que certifiquen que las valoraciones, las ratios y los cálculos corresponden a los de una operación de cobertura contable.
7.9. Referencias bibliográficas
Ley 22/2015 de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas
Reglamento de desarrollo de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado mediante Real Decreto 2/2021, de 12 de enero
https://www.boe.es/eli/es/l/2015/07/20/22/con
Reglamento (UE) No 537/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público
https://www.boe.es/doue/2014/158/L00077-00112.pdf
Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad.
https://www.boe.es/eli/es/l/2018/12/28/11
Resolución de 26 de octubre de 2011 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma de Control Calidad Interno de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-18887
GRIFOLS
Las empresas cotizadas se clasifican como de «Interés Público». Se trata de una mala traducción de la expresión inglesa «Public Interest». Las compañías que cotizan en Bolsa se denominan «Public companies» y las que no «Private companies». Una traducción más comprensiva hubiese sido «entidades que afectan
al sistema financiero». Porque de lo que se trata es de establecer un trabajo específico al auditor que deba informar sobre las empresas cuya actividad tenga impacto sobre los mercados de valores, básicamente entidades bancarias, aseguradoras y fondos de pensiones y de inversión. También entran en esta consideración de «Interés Público» las grandes empresas que consolidan sus cuentas.
Para los estudiantes que deseen profundizar en las implicaciones de la contabilidad y la auditoria aquí te dejamos el informe de auditoría de una compañía cotizada.
Te aconsejamos el estudio del informe de auditoría de la empresa de investigación en temas de salud Grifols. Una multinacional que cotiza en Bolsa y tiene una actividad generadora de patentes y otros activos de propiedad intelectual muy relevantes.
Para ello hay que ir a su página web: https://www.grifols.com
En ella ir a la opción: INVERSORES
Se abrirá una nueva pantalla donde hay que seleccionar cuentas auditadas:
A continuación, aparecerá la posibilidad de seleccionar el informe anual del último año (en este caso 2020) y se recomienda descargar las cuentas consolidadas
Debe aparecer el informe elaborado por una firma (en este caso KPMG) sobre las cuentas anuales del último ejercicio.
El informe de auditoría se redacta en 7 páginas. Importante estudiar los aspectos clave de la auditoría:
Los auditores deben detectar los aspectos de la actividad empresarial que mayor incidencia pueden tener sobre los resultados de la entidad. Sobre ellos han de organizar todo un trabajo de verificación que permita a los usuarios de la información financiera comprender la situación, la imagen fiel, de la entidad.
Block-chain y función auditoría interna y externa
Deloitte. La revolución del Blockchain en la Auditoría Interna [Web].
https://www2.deloitte.com/es/es/pages/governance-risk-and- compliance/articles/blockchain-auditoria-interna.html
La firma Deloitte propone en este vídeo una aplicación de los instrumentos de block- chain relacionados con la auditoría interna y externa.
El futuro de la auditoría
PwC España. (8 oct. 2014). La auditoría del futuro y el futuro de la auditoria [YouTube] https://www.youtube.com/watch?v=suJSjH2T-aI
La firma PwC el año 2014 produjo este vídeo. Con una cierta perspectiva temporal puede evaluarse lo que va a suceder.
1. La profesión de auditor se puede ejercer cuando:
A. Se cumplen los requisitos regulados por ley.
B. Se llevan ejerciendo 9 años continuados.
C. Se recibe un encargo por parte del ICAC.
D. Se inscribe en el Registro Mercantil.
2. Un auditor debe realizar:
A. El informe sobre la imagen fiel de la empresa y su situación financiera.
B. el Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias ante de informar sobre la rentabilidad de la empresa.
C. Los trabajos contables para elaborar las cuentas anuales.
D. Su trabajo bajo la dirección financiera de la empresa.
3. Un auditor debe informar a:
A. los responsables de liquidar los impuestos.
B. los responsables de liquidar las contribuciones a la Seguridad Social.
C. los socios que le han remitido el encargo.
D. los responsables del endeudamiento de la empresa.
4. Para el control interno de los riesgos:
A. se contrata a los auditores de cuentas.
B. se contrata a los inspectores de hacienda.
C se contrata a controladores y auditores internos.
D. se contrata a los miembros de cuerpos de seguridad.
5. El auditor llevará a cabo una programación adecuada de su trabajo, teniendo siempre:
A. Constancia documental de todos los pasos realizados y de los resultados alcanzados.
B. Obligación de comunicar su informe al Notario y al Registrado de la propiedad.
C. Una comunicación directa con la Agencia Tributaria.
D. La voluntad de asesorar a los directivos en la mejora de sus funciones.
6. La materialidad, desde el punto de vista de la auditoría, indica:
A. El importe de los activos no corrientes.
B. El importe del Activo sin los bienes intangibles.
C. La importancia relativa de las cuentas.
D. La aparición de pruebas de corrupción.
7. En una consolidación contable el auditor…
A. De la empresa matriz puede no coincidir con el de cada una de las subsidiarias.
B. Debe ser el mismo para todas las empresas subsidiarias, pero no tiene porqué ser el que audite la empresa matriz.
C. Debe ser el mismo para todas las empresas del perímetro de consolidación.
D. Debe ser único para las empresas bajo control y diferente del auditor de las empresas asociadas.
8. Los pasivos financieros a coste amortizado se valorarán inicialmente por su:
A. Coste histórico.
B. Valor razonable.
C. Precio de adquisición.
D. Valor final.
9. Las operaciones de cobertura contable utilizan:
A. Instrumentos de patrimonio a valor razonable.
B. Derivados financieros.
C. Activos financieros a coste amortizado.
D. Activos financieros con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
10. La ratio de cobertura compara:
A. La cantidad de instrumentos derivados utilizados con la cantidad de instrumentos híbridos vendidos.
B. La cantidad de instrumentos híbridos utilizados con la cantidad de instrumentos derivados comprados
C. La cantidad de instrumentos compuestos adquiridos con la cantidad de instrumentos derivados vendidos.
D. La cantidad de partida cubierta entre la cantidad de elementos de cobertura.