• No se han encontrado resultados

Código de Conducta del Estudiante

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "Código de Conducta del Estudiante"

Copied!
54
0
0

Texto completo

(1)

Código de Conducta del Estudiante

2018-2019

.

RESPONSABILIDAD ̴ COOPERACIÓN ̴ RESPETO ̴

COMPASIÓN ̴ AUTODISCIPLINA ̴ DESINTERÉS ̴ CONFIANZA / HONESTIDAD ̴ VALOR ̴ TOLERANCIA ̴

CARACTERÍSTICAS EDUCATIVAS ̴

Si tiene dificultades para acceder la información en este documento debido a una causa de discapacidad, por favor póngase en contacto al correo electrónico: [email protected] o llame al 254-755-9599

(2)

ACUSE DE RECIBO

Acuse de Recibo para la Distribución Electrónica del Código de Conducta Estudiantil

Estimado estudiante y padre:

Como es requerido por la ley estatal, la Mesa Directiva ha adoptado oficialmente el Código de Conducta del Estudiante con el fin de promover un ambiente de aprendizaje seguro y ordenado para todos los estudiantes.

Le pedimos que lea esta publicación detenidamente y que la discuta con su familia. Si tiene alguna pregunta sobre la conducta requerida y las consecuencias por mala conducta, le recomendamos que le pida una explicación al maestro del estudiante o al administrador de la escuela.

El estudiante y el padre deben firmar esta página en el espacio provisto a continuación, y luego devolver la página a la escuela del estudiante.

Gracias,

Dr. A. Marcus Nelson Superintendente de Escuelas

Reconocemos que se nos ha ofrecido la opción de recibir una copia en papel del Código de Conducta del Estudiante del Distrito Escolar Independiente de Waco ("Distrito") para el año escolar 2018-2019 o de acceder una copia electrónicamente en el sitio web del Distrito en www.wacoisd.org.

Entendemos que los estudiantes serán responsables de su comportamiento y estarán sujetos a las consecuencias disciplinarias descritas en el Código.

Hemos elegido:

 Recibir una copia en papel del Código de Conducta del Estudiante.

 Aceptar la responsabilidad de acceder una copia del Código de Conducta del Estudiante en el sitio web del Distrito.

Escriba el nombre del estudiante:

Firma del estudiante:

Escriba el nombre del padre:

Firma del padre:

Fecha:

Escuela:

Grado Escolar:

Por favor firme esta página, despréndala y devuélvala a la escuela del estudiante. Gracias.

(3)

1

Tabla de Contenido

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE ... 4

Accesibilidad... 4

Propósito ... 4

Contenido ... 5

1. Autoridad y Jurisdicción del Distrito Escolar ... 6

Denuncia de Delitos ... 7

Participar en Actividades de Graduación ... 7

2. Normas para la Conducta del Estudiante ... 8

Código General de Vestimenta y Aseo ... 8

Código de Vestimenta y Aseo para Niñas ... 9

Código de Vestimenta y Aseo para Niños ... 9

Procedimientos de Violación del Código de Vestimenta y Aseo ... 13

3. Violaciones Generales de Conducta ... 13

Desobediencia a la Autoridad Escolar ... 11

Maltrato a Otras Personas ... 15

Delitos Contra la Propiedad ... 15

Posesión de Artículos Prohibidos ... 15

Posesión de Telecomunicaciones u Otros Dispositivos de Comunicación Electrónica ... 15

Mal Uso de los Recursos Tecnológicos e Internet ... 15

Drogas Ilegales Con Receta y de Venta Libre ... 15

Transgresiones de Seguridad ... 15

Otros Delitos ... 15

4. Técnicas de Gestión de la Disciplina ... 16

Estudiantes con Discapacidades ... 16

Procedimientos Disciplinarios de Educación Especial ... 18

Colocación en un Entorno Educativo Alternativo ... 17

Provisiones de Intimidación de la Ley Estatal con Respecto a los Estudiantes de Educación Especial ... 17

Técnicas ... 18

Notificación... 19

Apelaciones ... 19

Removido del Autobús Escolar ... 20

(4)

Tabla de Contenido

2

5. Removido del Entorno Educativo Regular ... 21

Referencia de Rutina ... 21

Removido Formalmente... 21

Regreso del Estudiante al Salón de Clase ... 22

6. Suspensión Fuera de la Escuela ... 23

Mala Conducta ... 23

Proceso ... 23

7. Colocación a un Programa Alternativo de Enseñanza por Proceso Disciplinario (DAEP) ... 25

Colocación Discrecional: Mala Conducta Que Puede Resultar en Colocación en DAEP ... 25

Mala Conducta identificada en la Ley Estatal ... 25

Colocación Obligatoria: Mala Conducta Que Requiere la Colocación en DAEP ... 26

Agresión Sexual y Colocación de Escuela... 27

Proceso ... 27

Conferencia ... 28

Orden de Colocación... 28

Aviso del Trabajo en Curso ... 28

Duración de la Colocación ... 28

Colocación que Excede un Año ... 28

Colocación que Excede el Año Escolar ... 29

Colocación que Excede los 60 Días ... 29

Apelaciones ... 29

Restricciones Durante la Colocación ... 30

Revisión de la Colocación ... 30

Otros Actos de Mala Conducta ... 30

Notificación del Proceso Penal ... 30

Estudiantes que se Retiran del Distrito Durante el Proceso ... 31

Estudiantes Recién Inscritos ... 31

Procedimientos de Colocación de Emergencia ... 32

8. Colocación y / o Expulsión por Ciertos Delitos Graves ... 33

Delincuentes Sexuales Registrados... 33

Comité de Revisión ... 33

Estudiantes Recién Inscritos ... 33

Apelación ... 33

Ciertos Delitos Graves ... 34

(5)

3

Audiencia y Conclusiones Requeridas... 34

Duración de la Colocación ... 34

Estudiantes Recién Inscritos ... 35

9. Expulsión ... 36

Expulsión Discrecional: Mala Conducta que puede Resultar en Expulsión ... 36

Mala Conducta Independientemente del Lugar ... 36

Mala Conducta en la Escuela, Dentro de 300 pies o en una Actividad / Evento Escolar ... 36

Dentro de los 300 pies de la Escuela ... 37

Mala Conducta que Ocurre en la Propiedad de Otro Distrito ... 37

Mala Conducta que Ocurre Mientras en DAEP ... 37

Expulsión Obligatoria: Mala Conducta que Requiere Expulsión ... 38

Bajo Ley Federal - Armas de Fuego ... 38

Bajo el Código Penal de Texas ... 38

Bajo la Política del Distrito ... 39

Menor de Diez Años ... 39

Proceso ... 39

Audiencia ... 40

Apelación de Expulsión ... 41

Revisión de la Expulsión por la Mesa Directiva ... 41

Orden de Expulsión... 42

Duración de la Expulsión ... 42

Estudiantes que se Retiran del Distrito Durante el Proceso ... 42

Otros Actos de Mala Conducta………..42

Restricciones Durante la Expulsión………...42

Estudiantes Recién Inscritos ... 42

Procedimientos de Expulsión de Emergencia ... 43

Servicios Educativos para Estudiantes Expulsados ... 43

10. Glosario ... 44

(6)

4

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE

Accesibilidad

Si tiene dificultad para acceder la información de este documento debido a una discapacidad, por favor póngase en contacto al correo electrónico: [email protected] o llame al 254-755- 9599.

Propósito

El Código de Conducta del Estudiante es la respuesta del Distrito a los requisitos del Capítulo 37 del Código de Educación de Texas.

El Código proporciona métodos y opciones para administrar a los estudiantes en el salón de clases y en los terrenos de la escuela, disciplinar a los estudiantes y prevenir e intervenir en los problemas de disciplina de los estudiantes.

La ley requiere que el Distrito defina la mala conducta que pueda—o deba—resultar en una serie de consecuencias disciplinarias específicas que incluyen: ser removido del salón de clases

regular o de la escuela, suspensión fuera de la escuela, Colocación en un Programa Alternativo de Enseñanza por Proceso Disciplinario (DAEP), Colocación en un Programa Alternativo de Enseñanza por Justicia Juvenil (JJAEP), o expulsión de la escuela.

Este Código de Conducta del Estudiante ha sido adoptado por la Mesa Directiva de Waco ISD y se ha desarrollado con el asesoramiento de un comité a nivel de Distrito. Este Código

proporciona información a los padres y estudiantes sobre las normas de conducta, las consecuencias de la mala conducta y los procedimientos para administrar la disciplina.

Permanece vigente durante la escuela de verano y en todos los eventos y actividades relacionadas con la escuela fuera del año escolar hasta que una versión actualizada y adoptada por la Mesa Directiva entre en vigencia para el próximo año.

De acuerdo con la ley estatal, el Código se publicará en cada escuela o estará disponible para su revisión en la oficina del director de la escuela. Además, el Código estará disponible en la oficina del coordinador de disciplina de la escuela y se publicará en el sitio web del Distrito

(www.wacoisd.org). Los padres deben ser notificados de cualquier violación de conducta o presunta violación de conducta que pueda resultar en la suspensión de un estudiante, en DAEP o JJAEP, ser expulsado o detenido por un oficial de la ley bajo el Capítulo 37 del Código de Educación.

Debido a que el Código de Conducta del Estudiante es adoptado por la Mesa Directiva del Distrito, tiene el poder político; por lo tanto, en caso de conflicto entre el Código y el Manual del Estudiante, prevalecerá el Código.

Por favor tome en cuenta: La disciplina de los estudiantes con discapacidades que son elegibles para servicios bajo la ley federal (La Ley de Educación para Individuos con Discapacidades y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973) está sujeta a las provisiones de esas leyes, en la medida en que esas leyes entren en conflicto con este Código; de lo contrario, los estudiantes con discapacidades aún están sujetos a las provisiones de este Código. (Vea el párrafo sobre

"Estudiantes con Discapacidades en la Sección 4 - Técnicas de Gestión de la Disciplina".)

(7)

5

Contenido

Este código está organizado en las siguientes secciones:

1. Autoridad y Jurisdicción del Distrito Escolar página 6

2. Normas para la Conducta del Estudiante página 8

3. Violaciones Generales de Conducta página 11

4. Técnicas de Gestión de la Disciplina página 16

5. Removido del Entorno Educativo Regular página 21

6. Suspensión Fuera de la Escuela página 23

7. Colocación a un Programa Alternativo de Enseñanza por Proceso Disciplinario (DAEP) página 25 8. Colocación y / o Expulsión por Ciertos Delitos Graves página 33

9. Expulsión página 36

10. Glosario página 44

(8)

Autoridad y Jurisdicción del Distrito Escolar

6

1. Autoridad y Jurisdicción del Distrito Escolar

Coordinador de Disciplina de la Escuela

Como lo exige la ley, al menos una persona en cada escuela debe ser designada para servir como coordinador de disciplina de la escuela. La persona designada puede ser el director de la escuela o cualquier otro administrador que haya sido seleccionado por el director. Un coordinador de disciplina de la escuela es principalmente responsable de mantener la disciplina del estudiante.

Waco ISD utiliza un proceso de equipo de administradores múltiples para la disciplina

estudiantil que incluye al director de la escuela y al subdirector. El personal administrativo de la escuela está designado como coordinador de disciplina de la escuela. El Distrito mantiene una lista actualizada de las personas que sirven como coordinadores de disciplina en las escuelas en el sitio web del Distrito en (www.wacoisd.org).

Las reglas de la escuela y la autoridad del Distrito para administrar la disciplina se aplican siempre que el interés del Distrito esté involucrado, dentro o fuera de la propiedad escolar, junto con o independientemente de las clases y actividades patrocinadas por la escuela.

El Distrito tiene autoridad disciplinaria sobre un estudiante:

1. Durante el día regular de clases y mientras el estudiante utilice el transporte del Distrito para ir o venir de la escuela o de una actividad patrocinada por la escuela o relacionada a la escuela;

2. Durante el período de almuerzo cuando se permite al estudiante salir de la escuela;

3. Mientras el estudiante esté asistiendo a cualquier actividad relacionada con la escuela, sin tener en cuenta la hora o el lugar;

4. Por todo acto de mala conducta relacionado con la escuela, sin tener en cuenta la hora o el lugar;

5. Cuando la represalia contra un empleado o voluntario de la escuela ocurre o se ve amenazada, sin tomar en cuenta la hora o el lugar;

6. Cuando un estudiante se involucra en acoso cibernético, según lo dispuesto por el Código de Educación 37.0832;

7. Cuando se comete una travesura criminal dentro o fuera de la propiedad escolar o en un evento relacionado con la escuela;

8. Para ciertos delitos cometidos dentro de los 300 pies de la propiedad de la escuela que se mide desde cualquier punto en la línea de límite de la propiedad real de la escuela;

9. Por ciertos delitos cometidos dentro de la propiedad de la escuela o mientras asiste a una actividad patrocinada o relacionada con la escuela de otro Distrito en Texas;

10. Cuando el estudiante comete un delito grave, según lo dispuesto por el Código de Educación 37.006 o 37.0081; y

11. Cuando el estudiante está obligado a registrarse como un delincuente sexual.

El Distrito tiene el derecho de inspeccionar un vehículo, conducido a la escuela por un estudiante y estacionado en la propiedad de la escuela, siempre que haya una causa razonable para creer que contiene artículos o materiales prohibidos por el Distrito.

El Distrito tiene el derecho de inspeccionar el casillero o escritorio de un estudiante cuando haya motivos razonables para creer que contiene artículos o materiales prohibidos por el Distrito. Para obtener información adicional y notificaciones con respecto a las inspecciones, consulte el

(9)

7

Manual del Estudiante y la Norma de la Mesa Directiva de Waco ISD FNF (Local) (titulado

"Derechos y Responsabilidades del Estudiante; Interrogatorios e Inspecciones").

Denuncia de Delitos

El director o coordinador de disciplina de la escuela u otro administrador escolar deberá

denunciar los delitos conforme a la ley y deberá llamar a la policía local cuando un administrador sospeche que se ha cometido un delito en la escuela.

Definición de “Padre”

A lo largo del Código de Conducta y en las normas relacionadas con la disciplina, el término

“padre” incluye a un padre o a una madre, tutor legal, u otra persona que tiene el control legal del niño.

Participar en Actividades de Graduación

El Distrito tiene el derecho de limitar la participación de un estudiante en las actividades de graduación por violar el Código de Conducta del Distrito. La participación puede incluir un papel de orador, según lo establecido por la política y los procedimientos del Distrito.

Los estudiantes elegibles para dar los comentarios iniciales y finales en la ceremonia de graduación serán notificados por el director de la escuela. Sin perjuicio de otros requisitos de elegibilidad, para ser considerado como un estudiante elegible para dar los comentarios iniciales y finales, un estudiante no deberá haber participado en ninguna mala conducta en violación del Código de Conducta del Distrito que haya resultado en una suspensión fuera de la escuela, colocación en DAEP o JJAEP, o expulsión durante el semestre antes de la graduación.

El valedictorian (1er estudiante con mejor promedio) y el salutatorian (2do estudiante con mejor promedio) también pueden tener papeles de orador en la graduación. Ningún estudiante será elegible para tener dicho papel de orador si se involucró en una mala conducta en violación del Código del Distrito que haya resultado en una suspensión fuera de la escuela, colocación en DAEP o JJAEP, o expulsión durante el semestre antes de la graduación.

Personas No Autorizadas

De acuerdo con el Código de Educación 37.105, un administrador de la escuela, oficial de recursos de la escuela (SRO), u oficial de policía del Distrito tendrá la autoridad de negar la entrada o expulsar a una persona de la propiedad del Distrito; si la persona se niega a irse pacíficamente bajo petición y:

1. La persona representa un riesgo sustancial de daño a cualquier persona; o

2. La persona se comporta de una manera que no es apropiada para un entorno escolar, y la persona persiste en el comportamiento después de recibir una advertencia verbal

indicando que su comportamiento es inapropiado, puede resultar en denegación de entrada o la expulsión.

Las apelaciones relacionadas con la denegación de entrada o expulsión de la propiedad del Distrito se pueden presentar de acuerdo con FNG (LOCAL) o GF (LOCAL), según corresponda.

Vea DAEP – Restricciones Durante la Colocación en la página 30 para obtener información sobre un estudiante colocado en DAEP en el momento de graduación.

(10)

Normas para la Conducta del Estudiante

8

2. Normas para la Conducta del Estudiante

Se espera que cada estudiante:

 Demuestre cortesía, incluso cuando otros no lo hagan.

 Se comporte de una manera responsable, siempre ejerciendo autodisciplina.

 Asista a todas las clases, regularmente y a tiempo.

 Se prepare para cada clase; lleve los materiales apropiados y las tareas a clase.

 Cumpla con las normas del Distrito y de la escuela sobre el aseo y la vestimenta.

 Obedezca todas las reglas del salón de clase y de la escuela.

 Respete los derechos y privilegios de los estudiantes, maestros, el personal del Distrito y los voluntarios.

 Respete la propiedad de los demás, incluyendo las propiedades e instalaciones del Distrito.

 Coopere y ayude al personal de la escuela a mantener la seguridad, el orden y la disciplina.

 Cumpla con los requisitos del Código de Conducta del Estudiante.

Es la responsabilidad de los padres o tutores asegurarse que el estudiante esté vestido y arreglado de acuerdo con las normas del Distrito. Todos los estudiantes matriculados en una escuela con una norma de vestimenta de modo estándar, deben seguir el código de vestimenta del Distrito, así como también las reglas de vestimenta de la escuela que asisten.

Los maestros tienen la responsabilidad de hacer cumplir el código de vestimenta. La autoridad final para interpretar, aplicar y permitir las desviaciones del código de vestimenta recae en el director, el coordinador de disciplina de la escuela o con la persona designada. Se espera que los estudiantes estén vestidos y arreglados apropiadamente en la escuela y en las funciones de la escuela. Las normas específicas para la vestimenta y el aseo apropiado para todos los estudiantes del Distrito son los siguientes:

Código General de Vestimenta y Aseo:

a. No están permitidos los artículos de ropa con imágenes, emblemas o palabras obscenas, ofensivas o vulgares, ni deben publicitar o representar productos de tabaco, bebidas alcohólicas, drogas o cualquier otra sustancia prohibida por la Norma de la Mesa Directiva FNCA (LOCAL).

b. Los estudiantes deben usar zapatos. No se permitirán las chanclas “estilo playa” o zapatos de casa.

c. Los sombreros, gorras y capuchas no se pueden usar dentro del edificio de la escuela durante el día escolar. Estos artículos pueden usarse en otros eventos patrocinados por la escuela según lo determine el director o la persona designada.

d. Los trapos, los pañuelos, y las vísceras no deben usarse en la escuela ni en ninguna actividad patrocinada por la escuela.

e. No se permite usar gafas de sol u otras gafas que no sean designadas para la corrección de la visión dentro del edificio.

f. No se permite usar los pantalones con agujeros o deshilachados. Las prendas deben doblarse o abrocharse apropiadamente.

(11)

9

g. No se permite usar pantalones cortos de estilo deportivo / gimnasio, excepto en la clase de Educación Física / Atletismo.

h. La ropa interior debe estar cubierta apropiadamente por la ropa del estudiante.

i. La apariencia inapropiada no será permitida. La ropa debe ser de su talla y usarse apropiadamente. Los pantalones deben ser usados en la cintura y con un cinturón (si los pantalones tienen presillas para el cinturón) y las camisas abotonadas. Todas las camisas deben estar metidas en los pantalones y / o en las faldas si están muy largas. Los suéteres y las sudaderas con capucha se pueden usar por fuera de los pantalones y las faldas. No se permiten pantalones caídos o ropa demasiado grande. Las camisetas de tipo de ropa interior, como las camisetas sin mangas, no son aceptables y solo se pueden usar con camisetas debajo de ellas. La decisión sobre si un estilo es apropiado será a discreción del director o de la persona designada.

j. Los tatuajes o tatuajes falsos están permitidos si no son lascivos, ofensivos, vulgares u obscenos, o anuncian o representan productos de tabaco, bebidas alcohólicas, drogas o cualquier otra sustancia prohibida por la Norma de la Mesa Directiva FNCA

(LOCAL).

k. Las decoraciones temporales en los dientes como los dientes dorados o plateados “Grillz”

no deben ser usados.

Código de Vestimenta y Aseo para Niñas:

a. Las niñas no usarán blusas de tirantes, camisetas sin mangas, blusas que expongan cualquier parte del estómago, vestidos o blusas escotadas, pantalones cortos o prendas excesivamente ajustadas. La abertura del cuello en cualquier tipo de vestido, camisa o blusa no puede exceder el equivalente al segundo botón debajo del cuello.

b. El cabello no debe enrollarse, atarse en una bufanda o cubrirse con un sombrero, un pañuelo o una gorra. El cabello no debe teñirse al extremo y no se permitirán cortes de cabello que sean inusuales o extraños, como líneas, números y formas de diseño.

c. Las niñas deben usar sostenes o ropa interior apropiada.

d. Los aretes se pueden usar solo en las orejas perforadas. Se prohíbe tener perforaciones de joyas en otra parte del cuerpo. La perforación de las orejas debe ser de una naturaleza o cantidad que no distraiga el entorno educativo.

e. Las faldas, los vestidos y los pantalones cortos “shorts” deben extenderse más allá del final de las puntas de los dedos del estudiante al ponerse de pie.

Código de Vestimenta y Aseo para Niños:

a. Los niños deben usar camisas con mangas. La abertura del cuello en cualquier tipo de camisa no puede exceder el equivalente al segundo botón debajo del cuello.

b. Los cortes de pelo de los niños deben ser limpios y de buen gusto. El cabello no debe teñirse al extremo y no se permitirán cortes de cabello que sean inusuales o extraños, como líneas, números y formas de diseño. Los bigotes y las barbas serán aceptables si están bien recortados.

c. Los aretes se pueden usar solo en las orejas perforadas. Se prohíbe tener perforaciones de joyas en otra parte del cuerpo.

d. El cabello de los niños no debe estar atado con una bufanda, un pañuelo o cubierto con un sombrero, una capucha, una gorra o una visera.

(12)

Normas para la Conducta del Estudiante

10

Procedimientos de Violación del Código de Vestimenta y Aseo:

Se seguirá uno de los siguientes procedimientos cuando se encuentre que los estudiantes no están vestidos apropiadamente:

a. Se le dará un cambio de ropa al estudiante y el padre / tutor será notificado o,

b. Los padres / tutores serán notificados y se les pedirá que traigan la vestimenta apropiada a la escuela. Si los padres no pueden venir con un cambio de ropa, se le pedirá al

estudiante que se ponga la ropa proporcionada por la escuela o se le asignará una suspensión dentro de la escuela (ISS) por el resto del día o hasta que se corrija el problema.

Los delitos repetidos pueden resultar en una acción disciplinaria más seria. Se seguirá la acción disciplinaria apropiada en todos los casos de acuerdo con el Código de Conducta del Estudiante.

Las ausencias incurridas debido a la vestimenta inapropiada se considerarán injustificadas. [Vea las Normas de la Mesa Directiva FO, FOA, FOD]

(13)

11

3. Violaciones Generales de Conducta

Las categorías de conducta que se detallan a continuación están prohibidas en la escuela, en vehículos pertenecientes u operados por el Distrito y en todas las actividades relacionadas con la escuela, pero la lista no incluye los delitos más graves. En las secciones posteriores sobre la Suspensión Fuera de la Escuela, Colocación en DAEP, Colocación y / o Expulsión por Ciertos Delitos Graves y la Expulsión, se enumeran las infracciones graves que requieren o permiten consecuencias específicas. Cualquier delito, sin embargo, puede ser lo suficientemente grave como para ser removido del entorno educativo regular como se detalla en esa sección.

Peleando

ABSOLUTAMENTE NO SE PERMITEN PELEAS. (Vea la Colocación en DAEP y el Glosario.)

Desobediencia a la Autoridad Escolar Los estudiantes no deberán:

 Desobedecer las instrucciones del personal de la escuela (insubordinación).

 Salir de la escuela o de los eventos patrocinadas por la escuela sin permiso.

 Desobedecer las reglas de conducta en los vehículos del Distrito.

 Rehusarse a aceptar las técnicas de gestión de la disciplina que se asignaron por un maestro o director.

Maltrato a Otras Personas Los estudiantes no deberán:

 Usar un lenguaje grosero o vulgar o hacer gestos obscenos.

 Reñir o pelear. (Para agresión vea la Colocación en DAEP y la Expulsión)

 Amenazar a otro estudiante, empleado o voluntario del Distrito (incluso fuera de la propiedad de la escuela, si la conducta causa una interrupción sustancial en el entorno educativo).

 Participar en conductas que constituyan acoso sexual o de género, o abuso sexual, ya sea por palabra, gesto o cualquier otra conducta, dirigida a otra persona, incluyendo a un estudiante, miembro de la Mesa Directiva, empleado o voluntario del Distrito.

 Participar en conducta que constituye violencia entre novios. (Vea el glosario)

 Participar en la exposición inapropiada o indecente de partes privadas del cuerpo.

 Participar en novatadas. (Vea el glosario)

 Forzar a un individuo a actuar usando violencia o amenazas (coerción).

 Cometer actos de extorsión o chantaje (obtener dinero o algún objeto de valor contra la voluntad de una persona).

 Participar en conductas verbales, físicas o sexuales inapropiadas dirigidas hacia otra persona, incluyendo a un estudiante, empleado o voluntario del Distrito.

 Grabar la voz o imagen de otra persona sin el consentimiento previo de las personas que se graban o de cualquier manera que interrumpa el entorno educativo o invada la

privacidad de los demás.

(14)

Violaciones Generales de Conducta

12

 Tomar represalias contra cualquier persona, incluyendo una víctima, un testigo u otra persona, que de buena fe proporcione información sobre un incidente de intimidación.

 Hacer un informe falso contra un empleado.

 Participar en la intimidación, acoso cibernético, hostigamiento, o preparar listas de víctimas. (Vea el glosario para ver los cuatro términos.)

 Divulgar o amenazar con divulgar material visual íntimo de un menor o de un estudiante que tiene 18 años de edad o más sin el consentimiento del estudiante.

Delitos Contra la Propiedad Los estudiantes no deberán:

 Dañar o destrozar la propiedad de otras personas. (Para los daños que no son graves vea la Colocación en DAEP y para los daños graves que se castigan como un delito grave vea la Expulsión)

 Desfigurar o dañar la propiedad de la escuela, incluyendo los libros de texto, la tecnología y los recursos electrónicos, los casilleros, los muebles u otros equipos, con grafiti o por otros medios. (Para los daños que no son graves vea la Colocación en DAEP y para los daños graves que se castigan como un delito grave vea la Expulsión)

 Robar a otros estudiantes, al personal o a la escuela.

 Robar o participar en un robo, aunque no constituya un delito grave según el Código Penal de Texas. (Para los delitos graves de robo y robo con agravantes vea la Colocación en DAEP y la Expulsión)

Posesión de Artículos Prohibidos Los estudiantes no deberán poseer o usar:

 Fuegos artificiales de cualquier tipo, bombas de humo o malolientes, o cualquier otro tipo de dispositivo pirotécnico;

 Navajas de afeitar, cortadores de cartón, cadenas o cualquier otro objeto utilizado de una manera que amenace o resulte en lesiones corporales de otra persona (Para armas blancas y armas de fuego, vea la Colocación en DAEP y la Expulsión);

 Un arma "imitación" que está destinada a ser utilizada como un arma o podría ser razonablemente percibida como un arma;

 Una pistola de aire comprimido, un rifle de diábolos, o una pistola de balines;

 Municiones o balas;

 Una pistola paralizante;

 Un instrumento de mano diseñado para cortar o apuñalar a otra persona al ser lanzando;

 *Un arma de fuego;

 * Un cuchillo de ubicación restringida; (la navaja es más de cinco pulgadas y media; vea la Expulsión Obligatoria)

 Una navaja o cualquier otro cuchillo pequeño; (con una navaja menos de cinco pulgadas y media).

 Pulverizadores de pimienta;

 Material pornográfico;

 Productos de tabaco; cigarrillos; cigarrillos electrónicos (vea el glosario); y cualquier componente, parte o accesorio de un dispositivo de cigarrillo electrónico;

(15)

13

 Fósforos o encendedores;

 Láser para apuntar—si se usa de manera no aprobada; o

 Cualquier artículo que generalmente no se considera como arma, incluyendo útiles escolares, cuando el director o la persona designada determina que existe un peligro.

*Para armas blancas y armas de fuego vea la Colocación en DAEP y la Expulsión. En la mayoría de los casos, la posesión de estos artículos se castiga con la expulsión obligatoria bajo la ley federal o estatal.

Posesión de Telecomunicaciones u Otros Dispositivos de Comunicación Electrónica

En el siglo 21, los avances tecnológicos han aumentado. Las escuelas no se han quedado fuera de estos avances. La tecnología educativa se ha vuelto cada vez más popular. Hoy en día las

herramientas tecnológicas son imprescindibles para el salón de clase. Cada herramienta les proporciona a los maestros un método en el que pueden involucrar activamente a sus estudiantes en el proceso de aprendizaje. Los estudiantes de hoy son nativos digitales y, como tal, el uso de la tecnología en la educación ha demostrado ser eficaz.

El Distrito permite que los estudiantes posean teléfonos celulares personales; sin embargo, a excepción de los estudiantes de la escuela preparatoria (mencionados a continuación), estos dispositivos deben permanecer apagados y fuera de la vista durante el día de instrucción, a menos que se utilicen con fines de instrucción aprobados según lo identificado por los maestros.

Los estudiantes de las escuelas primarias y secundarias no pueden usar tales dispositivos en los pasillos o en las áreas comunes / corporativas o en los horarios (de almuerzo, etc.) durante el día escolar.

Los estudiantes de la escuela preparatoria pueden cargar sus teléfonos celulares mientras que los teléfonos no sean visibles y permanezcan apagados, excepto durante el almuerzo y los períodos de transición en los que se permite el uso de los celulares. Los administradores de la escuela tendrán la discreción de determinar el uso apropiado de los teléfonos celulares para los

estudiantes que participan o asistan a actividades extracurriculares relacionadas o patrocinadas por la escuela, dentro y fuera de la propiedad escolar.

Los estudiantes no deben usar un dispositivo de telecomunicaciones, incluyendo un teléfono celular u otro dispositivo electrónico que viole las reglas del Distrito y de la escuela. Si un estudiante viola las reglas del teléfono celular, el teléfono celular puede ser confiscado por el personal de la escuela. Si es confiscado, el padre puede recogerlo en la oficina después de pagar una tarifa de $15.00.

El uso de los teléfonos celulares o cualquier dispositivo con la capacidad de capturar imágenes (ya sean imágenes o videos) está estrictamente prohibido en los vestuarios o en áreas de baños mientras estén en la escuela o en los eventos relacionados o patrocinados por la escuela.

Mal Uso de los Recursos Tecnológicos e Internet Los estudiantes no deberán:

 Violar las normas, reglas o acuerdos del uso de recursos tecnológicos firmados por el estudiante o por sus padres.

(16)

Violaciones Generales de Conducta

14

 Tratar de acceder o eludir las contraseñas o alguna otra información relacionada a la seguridad del Distrito, de los estudiantes o de los empleados o cargar o crear virus informáticos, (incluso fuera de la propiedad de la escuela, si la conducta causa una interrupción sustancial en el entorno educativo).

 Intentar alterar, destruir o desactivar los recursos tecnológicos del Distrito, incluyendo, pero sin limitarse las computadoras y equipos relacionados, datos del Distrito, datos de otras personas u otras redes conectadas al sistema del Distrito, (incluso fuera de la propiedad de la escuela si la conducta causa una interrupción sustancial en el entorno educativo).

 Utilizar el Internet u otro medio de comunicación electrónica para amenazar a los estudiantes, empleados, miembros de la Mesa Directiva, o a los voluntarios del Distrito, incluso fuera de la propiedad de la escuela si la conducta causa una interrupción

sustancial en el entorno educativo o infringe los derechos de otro estudiante en la escuela.

 Enviar, publicar, entregar, o poseer mensajes electrónicos que sean abusivos, obscenos, de orientación sexual, amenazantes, hostigadores, dañinos para la reputación de otra persona o ilegales, incluyendo el acoso cibernético y los mensajes explícitamente sexuales, (incluso fuera de la propiedad de la escuela), si la conducta causa una

interrupción sustancial en el entorno educativo o infringe los derechos de otro estudiante en la escuela.

 Utilizar el Internet u otro medio de comunicación electrónica para participar o alentar el comportamiento ilegal o para amenazar la seguridad de la escuela, incluso fuera de la propiedad de la escuela, si la conducta causa una interrupción sustancial en el entorno educativo o infringe los derechos de otro estudiante en la escuela.

Drogas Ilegales, Con Receta y de Venta Libre Los estudiantes no deberán:

 Poseer, usar, dar, o vender alcohol o una droga ilegal. (También vea la Colocación en DAEP y la Expulsión para observar las consecuencias obligatorias y permisibles bajo la ley estatal.)

 Poseer o vender semillas o pedazos de marihuana, aunque sea en una cantidad utilizable.

 Poseer, usar, dar o vender parafernalia relacionada con cualquier sustancia prohibida.

(Vea el glosario para obtener la definición de “parafernalia”)

 Poseer, usar, abusar, o vender sustancias parecidas a las drogas o intentar pasar artículos como drogas o contrabando.

 Abusar del propio medicamento recetado, dar un medicamento recetado a otro estudiante o poseer o estar bajo la influencia del medicamento recetado de otra persona en la

propiedad de la escuela o en un evento relacionado con la escuela. (Vea el glosario en

“abuso”)

 Abusar de medicamentos de venta libre. (Vea el glosario en "abuso")

 Estar bajo la influencia de medicamentos recetados o de venta libre que causan un deterioro de las facultades físicas o mentales. (Vea el glosario en “bajo la influencia”)

 Tener o tomar medicamentos recetados o drogas de venta libre en la escuela que no sean provistos por la política del Distrito. FFAC (Local)

(17)

15 Transgresiones de Seguridad

Los estudiantes no deberán:

 Poseer material publicado o electrónico que está diseñado para promover o alentar el comportamiento ilegal o que podría poner en peligro la seguridad de la escuela.

 Participar en intercambios verbales (orales) o escritos que amenacen la seguridad de otro estudiante, empleado de la escuela o propiedad de la escuela.

 Hacer acusaciones falsas o cometer acciones engañosas con respecto a la seguridad escolar. (Para falsas alarmas o informes y amenazas terroristas (incluyendo las amenazas de bomba), vea la Colocación en DAEP y la Expulsión).

 Participar en cualquier conducta que los funcionarios de la escuela puedan

razonablemente creer que interrumpirá sustancialmente el programa escolar o incitará a la violencia.

 Lanzar objetos que pueden causar lesiones corporales o daños materiales.

 Utilizar un extintor de incendios sin tener una causa válida.

Otros Delitos

Los estudiantes no deberán:

 Violar las normas de vestimenta y aseo según lo establecido en este Código de Conducta del Estudiante y / o en el Manual del Estudiante.

 Hacer trampa o copiar el trabajo de otra persona.

 Hacer apuestas.

 Falsificar registros, pases u otros documentos relacionados con la escuela.

 Participar en acciones o demostraciones (ya sea dentro o fuera de la propiedad escolar) que interrumpen sustancialmente o interfieren materialmente con las actividades escolares.

 Violar repetidamente las normas de conducta de la escuela o del salón de clase. (Vea a continuación.)

Además de las reglas detalladas en el Código de Conducta del Estudiante, el Distrito puede imponer otras reglas en la escuela y en el salón de clase. Estas reglas pueden ser publicadas en el salón de clase o entregadas al estudiante y pueden o no constituir violaciones de este Código.

(18)

Técnicas de Gestión de la Disciplina

16

4. Técnicas de Gestión de la Disciplina

La disciplina debe estar diseñada para mejorar la conducta y alentar a los estudiantes a cumplir con sus responsabilidades como miembros de la comunidad escolar. La acción disciplinaria se basará en el juicio profesional de los maestros y administradores y en una variedad de técnicas de gestión de disciplina, incluyendo las prácticas de disciplina de restauración. La disciplina se correlacionará con la gravedad del delito, la edad y el grado escolar del estudiante, la frecuencia de la mala conducta, la actitud del estudiante, el efecto de la mala conducta en el entorno escolar y los requisitos legales.

Debido a estos factores, se pueden considerar diversas técnicas y medidas disciplinarias para un delito en particular, incluso a la mala conducta en un vehículo del Distrito o un vehículo operado por el Distrito, a menos que la ley requiera algo diferente.

Estudiantes con Discapacidades

La disciplina de los estudiantes con discapacidades está sujeta a las leyes estatales y federales, además del Código de Conducta del Estudiante. En la medida en que exista un conflicto, prevalecerán las leyes estatales y / o federales.

De acuerdo con el Código de Educación, un estudiante que recibe servicios de educación especial no puede ser disciplinado por conducta que cumpla con la definición de intimidación, acoso cibernético, hostigamiento o por preparar listas de victimas (vea el glosario) hasta que se haya realizado una reunión del comité de ARD para revisar la conducta.

Antes de ordenar la suspensión, la Colocación en DAEP o la expulsión, independientemente de que la acción sea obligatoria o discrecional, el Distrito tomará en cuenta una discapacidad que afecta sustancialmente la capacidad del estudiante de reconocer el error de su conducta.

Procedimientos Disciplinarios de Educación Especial

La disciplina de los estudiantes con discapacidades está sujeta a las leyes estatales y federales, además del Código de Conducta del Estudiante. En la medida en que exista un conflicto, prevalecerán las leyes estatales y / o federales.

Cualquier acción disciplinaria que requiera un cambio en la colocación por más de 10 días (en todo el año), para un estudiante con discapacidades ocurrirá solo después de que se haya reunido un comité de ARD y se haya llevado a cabo una audiencia de determinación de manifestación.

Se deben seguir todos los lineamientos de la determinación de manifestación antes de tomar cualquier decisión del comité o administrador de ARD sobre la colocación en DAEP y / o la expulsión. La colocación, como se define aquí, significa una colocación en DAEP o una

expulsión y en una recomendación para la colocación en el Programa Alternativo de Enseñanza por Justicia Juvenil (JJAEP).

En General

La Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) (20 U.S.C. 1400 ese.) impone una serie de requisitos de procedimientos cuando un Distrito escolar contempla acciones

disciplinarias contra un estudiante con una discapacidad. Un estudiante con una discapacidad que

(19)

17

recibe servicios de educación especial no puede ser colocado en un Programa Alternativo de Enseñanza por Proceso Disciplinario (DAEP) únicamente con fines educativos. El estudiante debe haber participado en una mala conducta que justifique la colocación en DAEP y tiene derecho a todo el debido proceso otorgado a un estudiante sin discapacidades acusado de la misma conducta. Cualquier acción disciplinaria, con respecto a un estudiante con una

discapacidad, que constituiría un cambio en la colocación implica requisitos legales adicionales.

El personal de la escuela está autorizado por IDEA para considerar cualquier circunstancia única en base de caso por caso al determinar si ordena un cambio en la colocación del niño con una discapacidad que viola un código de conducta del estudiante. 20 U.S.C. 141 (k) (1) (A) y TEC 37.004.

Colocación en un Entorno Educativo Alternativo

Además de ser removido por hasta diez días escolares, el personal escolar puede trasladar a un estudiante a un entorno educativo alternativo interino por no más de 45 días escolares sin importar si el comportamiento se determina como una manifestación de la discapacidad del estudiante, en casos donde un estudiante:

1) Carga o posee un arma en la escuela, en las instalaciones de la escuela, o en o en una función escolar;

2) A sabiendas posee o usa drogas ilegales o vende o solicita la venta de una sustancia controlada, mientras está en la escuela, en las instalaciones de la escuela o en una función escolar; o

3) Ha infligido un "daño físico grave" a otra persona mientras estaba en la escuela, en las instalaciones de la escuela o en una función escolar. 20 U.S.C. 1415 (k) (1) (G) and U.S.C. 1365 (h) (3).

Provisiones de Intimidación de la Ley Estatal con Respecto a los Estudiantes de Educación Especial

1. La ley de Texas contiene dos provisiones principales que se relacionan con la

intimidación y el estudiante de educación especial. El Código de Educación de Texas 37.001 (b-1) establece que un estudiante inscrito en educación especial no podrá ser disciplinado por intimidación, acoso cibernético, hostigamiento o preparar listas de victimas hasta que se haya realizado una reunión del comité de ARD para revisar la conducta.

2. Una segunda disposición se refiere a las transferencias de los estudiantes de educación especial. Bajo el Código de Educación 25.0342 (b-1) (en vigencia desde 2012-2013), la Mesa Directiva puede transferir a un estudiante a otro salón de clases o escuela en el Distrito que se haya involucrado en intimidación o acoso cibernético. Sin embargo, según el Código de Educación 37.004, las colocaciones de educación especial solo pueden ser realizadas por un Comité de ARD debidamente constituido. Además, cualquier acción disciplinaria, con respecto a un estudiante con una discapacidad que recibe servicios de educación especial que constituiría un cambio en la colocación según la ley federal, se puede tomar solo después de que el comité de ARD del estudiante realice una revisión de determinación de manifestación bajo 20 U.S.C. 141 (k) (4). Cualquier acción

disciplinaria se realizará de acuerdo con las leyes y regulaciones federales, incluyendo las

(20)

Técnicas de Gestión de la Disciplina

18

leyes o regulaciones que requieren la provisión de (a) evaluaciones funcionales del comportamiento; (b) intervenciones de comportamiento positivo, (c) planes de

intervención de comportamiento, y (d) la revisión de determinación de manifestación.

TEC 37.004 (b), (1) - (4).

Técnicas

Las siguientes técnicas de gestión de la disciplina pueden usarse solas, en combinación, o como parte de intervenciones progresivas—para la conducta /el comportamiento prohibido o en violación por el Código de Conducta del Estudiante o por las reglas de la escuela o del salón de clase:

 Corrección verbal o escrita.

 Tiempo para calmarse (“time-auto”).

 Cambios de asientos dentro del salón de clase o en los vehículos del Distrito u operados por el Distrito.

 Confiscación temporal de artículos que interrumpen el proceso educativo.

 Incentivos.

 Contratos de comportamiento.

 Asignación a una clase RESET.

 Asesoramiento por parte de los maestros, consejeros escolares o por el personal administrativo.

 Conferencias de padres y maestros.

 Prácticas de Disciplina de Restauración.

 Conferencias de Estudiantes.

 Regístrese al tiempo de llegar y avise al salir.

 Reducciones de grado por hacer trampa, plagio y según lo permitido por la política.

 Detención.

 Enviar al estudiante a la oficina o a un área designada, o suspensión dentro de la escuela.

 Suspensión dentro de la escuela ("ISS") - (vea el glosario para la definición de ISS)

 Asignación de labores en la escuela, como limpiar o recoger basura.

 Pérdida de privilegios, como la participación en actividades extracurriculares, la elegibilidad para buscar y desempeñar cargos honorarios, o la membresía de organizaciones y clubes patrocinados por la escuela.

 Las medidas disciplinarias identificadas en las normas de conducta para las actividades extracurriculares de las organizaciones estudiantiles.

 Restricción o revocación de los privilegios de transporte del Distrito.

 Evaluación escolar administrada por la escuela.

 Suspensión fuera de la escuela, según se especifica en la sección titulada Suspensión Fuera de la Escuela en este código.

 Mediación entre Compañeros – Escuelas Secundarias (Vea el glosario en la Mediación entre Compañeros)

 Corte de Estudiantes – Escuelas Preparatorias (Vea el glosario en la Corte del Estudiante)

 Acuerdo para Mantenerse Alejado.

 Programa de Subvenciones (Saturday Diversion Course)

(21)

19

 Colocación en DAEP, como se especifica en la sección titulada Colocación en DAEP en este código.

 La colocación y / o la Expulsión en un entorno educativo alternativo, como se especifica en la sección Colocación y / o Expulsión por Ciertos Delitos Graves en este código.

 Expulsión, como se especifica en la sección de Expulsión en este código.

 Referencia a una agencia externa o autoridad legal para enjuiciamiento penal además de las medidas disciplinarias impuestas por el Distrito.

 Programa de Embajadores de Escuelas Seguras – Escuelas Secundarias (Vea el glosario en el Programa de Embajadores de Escuelas Seguras)

 Otras estrategias y consecuencias según lo determinado por los funcionarios de la escuela.

NOTA: El castigo corporal NO es una técnica aprobada de gestión de la disciplina.

Notificación

El coordinador de disciplina de la escuela notificará inmediatamente a los padres del estudiante por teléfono o en persona de cualquier violación que puede resultar en una suspensión dentro o fuera de la escuela, Colocación en DAEP, Colocación a un JJAEP, o Expulsión. El coordinador de disciplina de la escuela también notificará a los padres del estudiante si el estudiante es detenido por un oficial de la ley bajo las provisiones disciplinarias del Código de Educación. Se hará un esfuerzo de buena fe el día en que se haga la decisión para proporcionarle a los padres la notificación por escrito de la acción disciplinaria. Si el padre no ha sido contactado por teléfono o en persona antes de las 5:00 p.m. del primer día hábil después del día en que se tomó la acción disciplinaria, el coordinador de disciplina de la escuela enviará una notificación por escrito por correo de los EE. UU. Si el coordinador de disciplina de la escuela no puede proporcionarles una notificación a los padres, el director o la persona designada deberá proporcionarles la

notificación.

Apelaciones

Las preguntas de los padres con respecto a las medidas disciplinarias deberán ser dirigidas al maestro, al personal administrativo de la escuela, o el coordinador de disciplina de la escuela, según corresponda. Las apelaciones o quejas sobre el uso / imposición de las técnicas específicas de la gestión de la disciplina deberán dirigirse de acuerdo con la política FNG (LOCAL). Se puede obtener una copia de la política en la oficina del director, la oficina del coordinador de disciplina de la escuela, en la oficina central de administración o en el enlace “Policy” en línea en la página web: www.wacoisd.org.

Las consecuencias (Imposición de las Técnicas de Gestión de la Disciplina) no se aplazarán hasta que se obtenga el resultado de cualquier apelación / reclamo.

(22)

Técnicas de Gestión de la Disciplina

20

Removido del Autobús Escolar

Un conductor de autobús puede referir a un estudiante a la oficina del coordinador de disciplina de la escuela para mantener una disciplina efectiva en el autobús. El coordinador de disciplina de la escuela debe emplear técnicas adicionales de la gestión de la disciplina, según corresponda, que pueden incluir la restricción o la revocación de los privilegios del estudiante para utilizar al autobús.

Debido a que la principal responsabilidad del Distrito es transportar a los estudiantes en los vehículos del Distrito de una manera segura, el operador del vehículo debe enfocarse en conducir y no debe distraerse por el mal comportamiento de un estudiante. Por lo tanto, cuando las

técnicas apropiadas de la gestión de la disciplina no mejoran la mala conducta del estudiante o cuando una mala conducta justifica que un estudiante sea removido inmediatamente, el

coordinador de disciplina de la escuela puede restringir o revocar los privilegios de transporte del estudiante, en conformidad con la ley.

(23)

21

5. Removido del Entorno Educativo Regular

Además de otras técnicas de gestión de la disciplina, la mala conducta puede resultar en ser removido del entorno educativo regular en la forma de una referencia de rutina o por ser removido formalmente.

Referencia de Rutina

Una referencia de rutina ocurre cuando un maestro envía a un estudiante a la oficina del coordinador de disciplina de la escuela como una técnica de gestión de la disciplina. El coordinador de disciplina de la escuela debe emplear técnicas alternativas de la gestión de la disciplina, incluyendo las intervenciones progresivas. Para mantener una disciplina efectiva en el salón de clase un maestro o administrador puede remover a un estudiante de la clase por un comportamiento que viola este Código.

Removido Formalmente

Un maestro o administrador puede enviar a un estudiante a la oficina del coordinador de disciplina de la escuela para mantener una disciplina efectiva en el salón de clase. Un maestro también puede iniciar un retiro formal de la clase si:

1. El maestro ha documentado que el comportamiento del estudiante ha interferido

repetidamente con la habilidad del maestro para comunicarse efectivamente con su clase o con la habilidad de los estudiantes para aprender; o

2. El comportamiento del estudiante es tan rebelde, impertinente o abusivo, que interfiere seriamente con la habilidad del maestro para comunicarse efectivamente con su clase o con la habilidad de los estudiantes para aprender.

Dentro de los tres días escolares posteriores a ser removido formalmente, el coordinador de disciplina de la escuela o un administrador apropiado programará una conferencia con los padres del estudiante, el estudiante, el maestro (en el caso de ser removido por un maestro), la Oficina de Gestión de Estudiantes y cualquier otro administrador.

Durante la conferencia, el coordinador de disciplina de la escuela o el administrador apropiado le informará al estudiante sobre las acusaciones de mala conducta que se han presentado y las consecuencias propuestas / técnicas de gestión de la disciplina que se impondrán. El estudiante tendrá la oportunidad de dar su versión del incidente.

Cuando un estudiante es removido del salón regular de clase por un maestro y aún está pendiente la conferencia, el coordinador de disciplina de la escuela u otro administrador puede colocar al estudiante en:

 Otro salón de clase apropiado

 Suspensión dentro de la escuela

 Suspensión fuera de la escuela

 Colocación en DAEP (colocación de emergencia según lo aprobado por la Oficina de Gestión de Estudiantes)

Un maestro o administrador debe retirar a un estudiante de la clase si el estudiante se involucra en una conducta que, según el Código de Educación, requiere o permite que el estudiante sea

(24)

Removido del Entorno Educativo Regular

22

colocado en DAEP o sea expulsado. Cuando es removido por esas razones, se seguirán los procedimientos en las secciones subsiguientes sobre DAEP o expulsión.

Regreso del Estudiante al Salón de Clase

Cuando un maestro retira formalmente a un estudiante del salón de clase por conducta en contra del maestro que contiene los elementos de agresión, agresión con agravantes, agresión sexual, agresión sexual con agravantes, asesinato, asesinato capital o intento criminal de cometer asesinato o asesinato capital, el estudiante no puede regresar a la clase del maestro sin el consentimiento del maestro.

Cuando un maestro retira formalmente a un estudiante por cualquier otra conducta, el estudiante puede regresar a la clase del maestro sin su consentimiento, si el comité de revisión de la

colocación determina que la clase del maestro es la mejor o la única alternativa disponible.

(25)

23

6. Suspensión Fuera de la Escuela

Mala Conducta

Los estudiantes pueden ser suspendidos por cualquier conducta / comportamiento enumerados en las secciones de Violaciones Generales de Conducta, Colocación en DAEP, o Expulsión en este Código.

El Distrito no deberá usar la suspensión fuera de la escuela para los estudiantes de PK a segundo grado a menos que cumpla con los requisitos establecidos por la ley.

Los estudiantes de PK al segundo grado no serán colocados en la suspensión fuera de la escuela a menos que, mientras está en la propiedad escolar o mientras asiste a una actividad patrocinada o relacionada con la escuela dentro o fuera de la propiedad escolar, el estudiante participe en:

 Conducta que contiene los elementos de un delito de armas, como se establece en el Código Penal en la Sección 46.02 o 46.05;

 Conducta que contiene los elementos de agresión, agresión sexual, agresión con agravantes, o agresión sexual con agravantes, como se establece en el Código Penal; o

 Vender, dar, o entregar a otra persona o poseer, usar, o estar bajo la influencia de cualquier cantidad de marihuana, bebida alcohólica, o sustancia controlada o droga peligrosa según lo define la ley federal o estatal.

El Distrito utilizará un programa de comportamiento positivo como una alternativa disciplinaria para los estudiantes de PK a segundo grado, que cometen violaciones generales de conducta, en lugar de una suspensión o colocación en DAEP. El programa cumplirá con los requisitos de la ley.

Proceso

La ley estatal permite que un estudiante sea suspendido por un máximo de tres días escolares por cada acto de mala conducta y no impone límites en el número de veces que un estudiante puede ser suspendido dentro de un semestre o año escolar.

Antes de ser suspendido, un estudiante debe tener una conferencia informal con el coordinador de disciplina de la escuela o administrador apropiado, quien le hará saber al estudiante sobre la conducta que se le acusa. El estudiante tendrá la oportunidad de explicar su versión del incidente antes de que se tome la decisión del administrador.

El coordinador de disciplina de la escuela determinará el número de días en que el estudiante será suspendido, pero no deberá exceder de tres días escolares.

Antes de ordenar la suspensión fuera de la escuela del estudiante, el coordinador de disciplina de la escuela tomará en consideración:

1. Si la conducta fue en defensa propia (vea el glosario),

2. Si hubo intención o falta de intención en el momento en que el estudiante participó en la conducta,

3. El registro de antecedentes disciplinarios del estudiante, o

4. Una discapacidad que impide sustancialmente la capacidad del estudiante de entender la ilicitud de su conducta.

(26)

Suspensión Fuera de la Escuela

24

El administrador apropiado determinará las restricciones en la participación del estudiante en las actividades extracurriculares y cocurriculares patrocinadas o relacionadas con la escuela.

(27)

25

7. Colocación a un Programa Alternativo de Enseñanza por Proceso Disciplinario (DAEP)

El DAEP se proporcionará en un entorno que no sea en el salón regular de clase del estudiante.

Un estudiante de la escuela primaria no puede estar colocado en DAEP con otro estudiante que no sea de la escuela primaria.

Para los propósitos de DAEP, la clasificación de primaria será de kínder a quinto grado y la clasificación de secundaria serán los grados 6–12.

Los programas de verano proporcionados por el Distrito servirán a los estudiantes colocados en DAEP por separado de aquellos estudiantes que no están en el programa.

Un estudiante menor de seis años no será colocado en DAEP a menos de que el estudiante cometa un delito federal de arma de fuego (Vea la Sección 9 - Expulsión).

Un estudiante expulsado por un delito, que de otra manera hubiera resultado en una colocación en DAEP, no tendrá que ser colocado en DAEP además de la expulsión.

Al decidir si colocar a un estudiante en DAEP, independientemente de si la acción es obligatoria o discrecional, el coordinador de disciplina de la escuela tomará en consideración:

1. Si la conducta fue en defensa propia (vea el glosario),

2. Si hubo intención o falta de intención en el momento en que el estudiante participó en la conducta,

3. El registro de antecedentes disciplinarios del estudiante, o

4. Una discapacidad que impide sustancialmente la capacidad del estudiante de entender la ilicitud de su conducta.

Colocación Discrecional: Mala Conducta Que Puede Resultar en Colocación en DAEP

Un estudiante puede ser colocado en DAEP por cualquier conducta / comportamiento prohibido o enumerado en la sección de Violaciones Generales de Conducta en este Código o por cualquier conducta / comportamiento identificado por la Ley estatal.

ABSOLUTAMENTE NO SE PERMITEN PELEAS.

(Vea el glosario – Peleando / Combate Mutuo) Mala Conducta Identificada en la Ley Estatal

De acuerdo con la ley estatal, un estudiante puede ser colocado en DAEP por uno de los siguientes delitos:

 Participar en la intimidación que alienta a un estudiante a suicidarse o intentar suicidarse.

 Incitar la violencia en contra de un estudiante a través de la intimidación en grupo.

 Divulgar o amenazar con divulgar material visual íntimo de un menor o de un estudiante que tiene 18 años de edad o más sin el consentimiento del estudiante.

 Participación en una fraternidad, hermandad o sociedad secreta de una escuela pública, incluyendo la participación como miembro o compromiso, o solicitar a otra persona que

(28)

Colocación a un Programa Alternativo de Enseñanza por Proceso Disciplinario (DAEP)

26

se convierta en miembro o se comprometa a una fraternidad, hermandad, sociedad secreta o pandilla de una escuela pública. (Vea el glosario.)

 Implicación en la actividad criminal de pandillas callejeras. (Vea el glosario.)

 Daño criminal, no punible como delito grave.

 Agresión (sin lesiones corporales) con amenaza de lesiones corporales inminentes.

 Agresión por contacto físico ofensivo o provocativo.

De acuerdo con ley estatal, un estudiante puede ser colocado en DAEP si el Superintendente o la persona designada por el Superintendente determina que hay razón para creer (vea el glosario) que el estudiante ha participado en una conducta punible como un delito grave, que no sea un robo con agravantes o a aquellos enumerados como delitos en el Título 5 del Código Penal de Texas (vea el glosario), que ocurren fuera de la propiedad escolar y no en un evento patrocinado o relacionado con la escuela, si la presencia del estudiante en el salón de clases regular amenaza la seguridad de otros estudiantes o maestros o será perjudicial para el proceso educativo.

El coordinador de disciplina de la escuela puede, pero no está obligado a, colocar a un estudiante en DAEP por una conducta que ocurrió fuera de la escuela por la cual la ley exige la colocación en DAEP, si el administrador no tiene conocimiento de la conducta antes del primer aniversario de la fecha en que ocurrió la conducta.

Colocación Obligatoria: Mala Conducta Que Requiere la Colocación en DAEP De conformidad con §37.006 del Código de Educación de Texas, un estudiante debe ser colocado en DAEP si el estudiante:

Un estudiante debe ser asignado a un DAEP si:

 Participa en una conducta relacionada con una falsa alarma, reporte, o amenaza terrorista que involucra a una escuela pública; sin embargo, esto no incluye las amenazas de bomba, que son un delito expulsable. (Vea la sección sobre la Expulsión por las amenazas de bomba.) (Vea el glosario.)

 Comete los siguientes delitos en la escuela o dentro de los 300 pies de la propiedad escolar, que se mide desde cualquier punto en la línea de límite de la propiedad real de la escuela, o mientras asiste a una actividad patrocinada o relacionada con la escuela dentro o fuera de la propiedad escolar:

 Participa en conducta punible como delito grave.

 Comete una agresión (vea el glosario) bajo el Código Penal de Texas

§22.01(a)(1).

 Vende, da o entrega a otra persona, o posee, usa o está bajo la influencia de marihuana, una sustancia controlada o de una droga peligrosa en una cantidad que no constituye un delito grave. Un estudiante con una receta válida para cannabis, con bajo contenido de THC según lo autorizado por el Capítulo 487 del Código de Salud y Seguridad, no viola esta provisión. (Los delitos graves relacionados a una escuela que involucran las drogas están detallados en la sección de Expulsión) (Vea el glosario en “bajo la influencia”)

 Vende, da o entrega a otra persona una bebida alcohólica; comete un acto serio o delito mientras está bajo la influencia del alcohol; o posee, usa o está bajo la influencia del alcohol, si la conducta no es punible como un delito grave. (Los

(29)

27

delitos graves relacionados a una escuela que involucran el alcohol están detallados en la sección de Expulsión.)

 Se comporta de una manera que contiene los elementos de un delito relacionado con el abuso de sustancias químicas volátiles.

 Se comporta de una manera que contiene los elementos de un delito, acto indecente en público, o exhibición indecente.

 Participa en una conducta punible, como el robo con agravantes o un delito grave enumerado en el Título 5 (vea el glosario) del Código Penal de Texas, cuando la conducta ocurre fuera de la propiedad escolar y no en un evento patrocinado o relacionado con la escuela y:

a. El estudiante recibe un enjuiciamiento diferido (vea el glosario),

b. Una corte o el jurado encuentra que el estudiante ha participado en una conducta delincuente (vea el glosario), o

c. El Superintendente o la persona designada determina que hay razón para creer (vea el glosario) que el estudiante participó en la conducta.

 Participa en una conducta que contiene los elementos del delito de represalias en contra de un empleado o voluntario dentro o fuera de la escuela. (Cometer represalias en combinación con otro delito expulsable se aborda en la sección de Expulsión en este código).

 Comete una violación federal de armas de fuego y es menor de seis años de edad.

 Participa en una conducta que resulta en expulsión y tiene entre seis y nueve años de edad.

De acuerdo con la política del Distrito, un estudiante debe ser colocado en DAEP si el estudiante:

Agresión Sexual y Colocación de Escuela

Si un estudiante ha sido declarado culpable de abuso sexual continuo de un niño o niños pequeños o ha sido declarado culpable de una adjudicación diferida por agresión sexual o agresión sexual con agravantes en contra de otro estudiante en la misma escuela, y si el padre de la víctima u otra persona con la autoridad para actuar en nombre de la víctima solicita que la Mesa Directiva transfiera al agresor a otra escuela, el agresor será transferido a otra escuela en el Distrito. Si no hay otra escuela en el Distrito que ofrezca el grado escolar del agresor, el agresor será transferido a DAEP.

Proceso

La colocación de un estudiante a DAEP será determinada por el coordinador de disciplina de la escuela y serán aprobadas por la Oficina de Gestión de Estudiantes.

(30)

Colocación a un Programa Alternativo de Enseñanza por Proceso Disciplinario (DAEP)

28 Conferencia

Cuando un estudiante es removido de la clase porque el estudiante es acusado de un delito de DAEP, el coordinador de disciplina de la escuela o un administrador apropiado programará una conferencia dentro de los tres días escolares con el padre del estudiante, el estudiante, la Oficina de Gestión de Estudiantes y el maestro, en el caso de ser removido por un maestro.

En la conferencia, el coordinador de disciplina de la escuela o un administrador apropiado le informará al estudiante, oralmente o por escrito, una explicación detallada sobre la propuesta de removerlo y tendrá la oportunidad de responder a las acusaciones.

Si a pesar de los esfuerzos del Distrito no se consigue que las personas interesadas asistan, se llevará a cabo la conferencia y la Oficina de Gestión de Estudiantes tomará una decisión sobre la colocación, independientemente de si el estudiante o sus padres asisten a la conferencia.

Consideración de Factores Atenuantes

Al decidir si colocar a un estudiante en DAEP, independientemente de si la acción es obligatoria o discrecional, el coordinador de disciplina de la escuela tomará en consideración:

1. Si la conducta fue en defensa propia (vea el glosario),

2. Si hubo intención o falta de intención en el momento en que el estudiante participó en la conducta,

3. El registro de antecedentes disciplinarios del estudiante, o

4. Una discapacidad que impide sustancialmente la capacidad del estudiante de entender la ilicitud de su conducta.

Orden de Colocación

Después de la conferencia, si el estudiante es colocado en DAEP, el coordinador de disciplina de la escuela escribirá una orden de colocación. Se enviará una copia de la orden de colocación de DAEP al estudiante y a sus padres.

Dentro de los dos días hábiles después de la conferencia, la persona designada por la Mesa Directiva le entregará a la corte de menores una copia de la orden de colocación y toda la información que requiere la Sección 52.04 del Código de Familia.

Si el estudiante es colocado en DAEP y la duración de la colocación es inconsistente con las normas que se establecen en este Código, la orden de colocación detallará la inconsistencia de esta información.

Aviso del Trabajo en Curso

El padre o tutor de un estudiante colocado en DAEP recibirá un aviso por escrito de la

oportunidad que tendrá el estudiante para completar el curso de currículo básico, en el cual el estudiante estaba matriculado al momento de ser removido y que se requiere para la graduación, sin costo para el estudiante. El aviso incluirá información sobre todos los métodos disponibles para completar el trabajo en curso.

Duración de la Colocación

La duración de la colocación de un estudiante en DAEP será determinada por el coordinador de disciplina de la escuela.

Referencias

Outline

Documento similar

Primeros ecos de la Revolución griega en España: Alberto Lista y el filohelenismo liberal conservador español 369 Dimitris Miguel Morfakidis Motos.. Palabras de clausura

En su natal Caracas, donde se formó Bello como latinista, no pudo tener la oportunidad de aprender griego. Cuando nació, ya hacía 14 años que los jesuitas habían sido

Se dice que la Administración no está obligada a seguir sus pre- cedentes y puede, por tanto, conculcar legítimamente los principios de igualdad, seguridad jurídica y buena fe,

‐ Certificado de Registro de Proponente (cada integrante en caso de consorcio, así como del consorcio mismo (NO SUBSANBLE). Forma de cumplimiento. Mediante la inscripción en

El Superintendente o persona asignada puede aprobar la transferencia de un estudiante a una escuela del distrito que este a su capacidad y de otra manera serrada para transferencias

A los profesores IB de los casos de estudio, se les presentaron las siguientes tres preguntas para conocer mejor qué perfil tienen los estudiantes IB: ¿Qué aporta para el

(18) Vid. CHEVALLIER: «La mise en oeuvre déla reforme des télécom- murúcations», KFDA, 1997... zones sociales como explicita la literatura especializada americana), la regulación a