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REGISTRO OFICIAL. Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado. Presidente Constitucional de la República del Ecuador

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Presidente Constitucional de la República del Ecuador Martes, 08 de Julio de 2008 - R. O. No. 376

Resolución No. 025

EL SERVICIO ECUATORIANO DE SANIDAD AGROPECUARIA - SESA

Considerando:

Que, de conformidad con el Art. 2 de la Ley de Sanidad Animal Vigente, le corresponde

al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca -MAGAP- a través del

Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria -SESA, adoptar las medidas

encaminadas a preservar la salud de la ganadería nacional, prevenir el aparecimiento de

enfermedades, controlar y erradicar las que se presenten;

Que, de acuerdo a la Ley de Sanidad Animal, artículo No. 2, el SESA es el responsable

de establecer, formular, coordinar, supervisar y evaluar las acciones de prevención,

control y erradicación de la brucelosis de los animales domésticos en el territorio

nacional;

Que, la brucelosis es una enfermedad de los animales domésticos y otras especies

susceptibles, que afecta la capacidad reproductiva, ocasiona abortos y disminuye la

producción lechera, lo cual ocasiona pérdidas económicas a los productores. La

brucelosis ha sido diagnosticada en el país y de acuerdo a la OIE, está considerada como

una enfermedad de control oficial y de declaración obligatoria, es además una

enfermedad zoonósica, que puede ser trasmitida de los animales enfermos a los

humanos, mediante el consumo de leche, carne y productos crudos contaminados;

Que, es necesario que las entidades públicas y privadas del sector agropecuario, los

organismos de salud pública, los productores y las organizaciones agropecuarias, los

médicos veterinarios y profesionales afines al sector debidamente autorizados,

participen en los programas de prevención, control y erradicación de la enfermedad;

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así como determina los requisitos para la certificación de predios libres de brucelosis; y,

En ejercicio de la facultad que le otorga el literal "d" del Art. 11, Capítulo II, Libro III

del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y

Ganadería, publicado en el Registro Oficial "Edición Especial No. 1 del 20 de marzo del

2003",

Resuelve:

Art. 1.- Poner en ejecución el Programa Nacional de Control de la Brucelosis Bovina en

todo el territorio nacional, el mismo que se encuentra anexo a la presente resolución

sanitaria.

Art. 2.- Declarar obligatoria la denuncia de la sospecha o presencia de la brucelosis

bovina, en predios, haciendas, granjas, ferias de comercialización y/o exposición,

laboratorios de diagnástico veterinario, u otro lugar del territorio nacional; las denuncias

deberán realizarse en cualquiera de las oficinas del SESA a nivel de país.

Art. 3.- Declarar obligatoria la vacunación contra la Brucelosis bovina en todo el

territorio continental nacional, la misma que se efectuará en terneras entre tres y seis

meses de edad, utilizando la vacuna Cepa 19, las hembras vacunadas deben ser

identificadas con una marca permanente. Se prohíbe la vacunación de machos de

cualquier edad.

Art. 4.- La vacunación será realizada por médicos veterinarios y auxiliares del sector

oficial, o por profesionales afines al sector debidamente autorizados y supervisados por

el SESA, quienes emitirán el respectivo certificado de vacunación.

Art. 5.- Las terneras vacunadas contra brucelosis bovina deberán ser identificadas, de

acuerdo al sistema nacional de identificación animal, de acuerdo a las instrucciones

brindadas por el SESA y bajo responsabilidad del ganadero.

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brucelosis bovina, de terneras entre los 3 y 6 meses de edad, como requisito para la

compra o movilización de leche.

Art. 7.- Los mataderos, frigoríficos, ferias comerciales y ferias de exposición de ganado

y toda persona natural o jurídica, que comercialice carne, pies de cría, reproductores,

etc. deben exigir a sus proveedores, la copia del certificado de vacunación contra

brucelosis bovina, como requisito para la compra o movilización de animales y la venta

de carne y subproductos cárnicos.

Art. 8.- Para el diagnóstico de la brucelosis bovina, se utilizarán como pruebas de

tamizaje, las pruebas de anillo en leche y la prueba de aglutinación Card-test en placa

(Rosa de Bengala) en suero sanguíneo, y como pruebas confirmatorias la prueba

serológica de Elisa Competitiva u otras pruebas que puedan ser autorizadas por la OIE.

Las mismas que deberán ser realizadas en los laboratorios oficiales, o particulares

debidamente autorizados y supervisados por el SESA.

Art. 9.- El Programa Nacional de Control de la Brucelosis Bovina contempla los

siguientes componentes: Promoción y difusión del programa, organización de

productores, vigilancia epidemiológica, diagnóstico de brucelosis bovina, identificación

y eliminación de reactores positivos, vacunación de terneras, certificación de predios

libres de brucelosis, control de movilización de ganado, y educación sanitaria.

Art. 10.- Se considera un predio libre de brucelosis, cuando la ganadería bovina,

presenta resultados negativos a las pruebas diagnósticas establecidas por el SESA,

efectuadas a todas las hembras mayores de 12 meses y a todos los machos mayores de 6

meses, en el caso de que los bovinos hayan sido vacunados con cepa RB-51, tras dos

serologías negativas con una separación de 6 meses cada una.

En el caso de que en el predio se haya realizado la vacunación con Cepa 19, tres

serologías negativas con una separación de 6 meses cada una, a todas las hembras

mayores de 18 meses y a todos los machos mayores de 6 meses. Además el predio

certificado como libre debe cumplir con todos los requisitos sanitarios, establecidos

para ingresar y para permanecer en el programa.

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Art. 11.- De la ejecución de la presente resolución sanitaria encárguese a las

coordinaciones provinciales del SESA a nivel nacional, la misma que entrará en

vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro

Oficial.

Quito, a 18 de junio del 2008.

Comuníquese y publíquese.

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2 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

PROGRAMA NACIONAL

DE CONTROL DE

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3 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

DIRECCIÓN DE SANIDAD ANIMAL PROGRAMAS ESPECÍFICOS

PROGRAMA SANITARIO DE CONTROL DE BRUCELOSIS BOVINA

DIRECTOR EJECUTIVO Dr. Rafael Morales

DIRECTOR DE SANIDAD ANIMAL Dr. Ramiro Espinosa

REDACCIÓN TÉCNICA Dr. Hernán Torres Dr. Patricio Sandoval

RESPONSABLE DEL PROGRAMA: Dr. Hernán Torres

AGROCALIDAD - Planta Central Av. Amazonas y Eloy Alfaro,

Edif. MAGAP, piso 9. Telf.: (593) 2 2567 232 Ext 113

www.agrocalidad.gov.ec

[email protected]

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4 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

La Brucelosis Bovina es una enfermedad endémica en el Ecuador, con mucha importancia por su connotación en salud pública y por las restricciones que representa para el comercio nacional e internacional de mercancías agropecuarias.

El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP) a través de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCLAIDAD- presenta el Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina, que recoge las actividades que se deben ejecutar para disminuir la prevalencia de Brucelosis Bovina en el Ecuador, hasta alcanzar niveles compatibles con la erradicación.

Este Programa, que nació como una propuesta de la Autoridad Sanitaria Nacional (AGROCALIDAD), en cumplimiento de su obligación institucional, fue analizada y consensuada con las organizaciones de ganaderos e industriales de la leche y la carne, así como con algunas instituciones universitarias y centros de investigación agropecuarios, quienes presentaron observaciones y sugerencias que fueron incorporadas en el presente documento.

De acuerdo con la prevalencia de esta enfermedad y con los sistemas de producción agropecuaria imperantes, se dividió al país en cinco regiones epidemiológicas: Sierra norte, Costa Ecuatoriana, Sierra sur, Región amazónica, y Región Insular o Galápagos, que por sus diferentes características ameritan la formulación de estrategias diferentes para cada una.

Los componentes del Programa son: organización de los productores, diagnóstico de laboratorio, identificación y eliminación de reactores positivos, certificación de predios libres, vigilancia epidemiológica, control de movilización de ganado, y actividades de educación sanitaria.

El grado de avance que se pueda lograr en la ejecución del presente Programa, depende mucho del interés y participación de los ganaderos e industriales, por lo cual se requiere de su colaboración decidida.

MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA Y PESCA

DIRECTOR EJECUTIVO AGROCALIDAD

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5 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

TABLA DE CONTENIDO

RESUMEN EJECUTIVO ... 6 ANTECEDENTES ... 6 BASE LEGAL ... 7 EL PROGRAMA ... 8 2. Regiones Epidemiológicas ... 8 1. ANTECEDENTES ... 12 1.1 Brucelosis Bovina ... 13 1.2 Transmisión de la enfermedad ... 13 1.3 Control de la enfermedad ... 14

2. EL SECTOR AGROPECUARIO NACIONAL ... 14

3. PREVALENCIA DE LA ENFERMEDAD ... 15

4. CARACTERIZACIÓN EPIDEMIOLÓGICA DEL PAÍS ... 17

4.1 Región Uno de Alta Prevalencia... 18

4.2 Región Dos de Alta Prevalencia ... 18

4.3 Región Tres de Baja Prevalencia ... 18

4.4 Región Cuatro de Baja Prevalencia ... 18

4.5 Región Cinco Indemne ... 18

5. SISTEMAS DE PRODUCCIÓN GANADERA ... 19

6. CÁLCULO DE PÉRDIDAS ECONÓMICAS ... 19

7. ESTRUCTURA SANITARIA ACTUAL DE AGROCALIDAD ... 21

8. BASE LEGAL EXISTENTE ... 22

9. OBJETIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL ... 24

9.1. Objetivo General ... 24

9.2. Objetivos Específicos ... 24

10. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL ... 25

10.1. Estrategia Nacional ... 25

10.2. Estrategias Regionales ... 25

11. COMPONENTES OPERATIVOS DEL PROGRAMA ... 27

11.1 Sensibilización, promoción y difusión del Programa ... 27

11.2. Vigilancia Epidemiológica ... 28

11.3. Diagnóstico e Identificación de Animales Positivos ... 29

11.4. Vacunación de Terneras ... 34

11.5. Certificación de Predios Libres ... 36

¿Qué es un predio libre de brucelosis bovina? ... 36

Ventajas de tener predios libres de brucelosis ... 36

¿Cómo se logra tener un predio libre?... 36

12. REQUISITOS PARA INGRESAR AL PROGRAMA ... 37

12.1 Encuesta sanitaria del predio ... 37

13. REQUISITOS PARA PERMANECER EN EL PROGRAMA ... 37

14. CONTROL DE MOVILIZACIÓN DE GANADO ... 38

15. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN ... 38

16. PREMISAS PARA EL INICIO DEL PROGRAMA ... 39

17. COSTOS Y FINANCIAMIENTO ... 39

18. BIBLIOGRAFIA CONSULTADA ... 40

19. ANEXOS ... 41

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6 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

PROGRAMA NACIONAL DE

CONTROL DE BRUCELOSIS BOVINA

RESUMEN EJECUTIVO

ANTECEDENTES

El Programa Nacional de Brucelosis Bovina fue aprobado con Resolución Sanitaria No. 025 de 18 de junio de 2008 y publicado en Registro Oficial No. 376 de 8 de julio de 2008.

La brucelosis es una enfermedad infecto-contagiosa, causada por diversas especies del género brucella sp., que provoca el aborto, la infertilidad y la disminución de la producción láctea, conocida también como aborto infeccioso o enfermedad del bang. Las especies domésticas más susceptibles de contraer esta enfermedad son: bovinos (B. abortus), caprinos y ovinos (B. melitensis) y porcinos. (B. suis).

Desde el punto de vista zoonósico, la brucelosis es importante por sus repercusiones negativas en las condiciones de salud de los trabajadores vinculados con el manejo de hatos ganaderos y con el faenamiento de ganado, al entrar en contacto con animales infectados y para la población que consume productos contaminados (leche y derivados). La brucelosis del ganado bovino en Ecuador se encuentra ampliamente difundida, en grados variables de intensidad, de acuerdo con los diferentes sistemas de producción ganadera existentes.

El Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina contempla la ejecución de actividades sanitarias tanto por parte del sector público como del sector productor. Para ello, AGROCALIDAD ha establecido convenios de colaboración con las siguientes organizaciones:

1. Convenio marco de Cooperación Técnica entre SESA y la Asociación Holstein

Friesian del Ecuador, para la certificación de fincas libres de brucelosis bovina,

firmado el 28 de marzo de 2005.

2. Adendum complementario al Convenio marco de Cooperación Técnica entre SESA y la Asociación Holstein Friesian del Ecuador, para la certificación de fincas libres de brucelosis bovina, firmado el 21 de noviembre de 2006.

3. Convenio marco de Cooperación Técnica entre SESA y la Pasteurizadora Quito

S.A., para la certificación de fincas libres de brucelosis bovina, firmado el 6 de

septiembre de 2005.

4. Convenio marco de Cooperación Técnica entre el SESA y la Compañía Agrícola

Ganadera Reysahiwal S.A., para la certificación de fincas libres de brucelosis

bovina, firmado el 26 de marzo de 2007.

5. Convenio marco de Cooperación Técnica entre el SESA y el Laboratorio de Diagnóstico Veterinario VETELAB, para la certificación de fincas libres de brucelosis bovina, firmado el 09 de junio de 2008.

6. Convenio marco de Cooperación Técnica entre el SESA y el Laboratorio de Diagnóstico LIVEXLAB, para la certificación de fincas libres de brucelosis bovina, firmado el 09 de junio del 2008.

7. Convenio de Cooperación Técnica entre el SESA y los Laboratorios de Salud

Animal del Instituto Nacional de Higiene Zona Norte del Ministerio de Salud Pública, para la certificación de fincas libres de brucelosis bovina, firmado el 27 de

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7 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Estos convenios han permitido actualizar el conocimiento de la situación sanitaria del país, con la finalidad de formular políticas de control de estas graves enfermedades a nivel nacional. Durante la vigencia de estos convenios se han alcanzado los siguientes resultados:

DIAGNÓSTICO DE BRUCELOSIS BOVINA

AÑO CONVENIO

MUESTRAS POSITIVOS NEGATIVOS

% PREVALENCIA 1979 SESA 15.473 495 14.087 8,80 2004 AHFE 5.267 274 4.993 5,20 2005 AHFE 3.429 202 3.227 5,89 2006 AHFE 14.743 406 14.337 2,75 2007 AHFE 24.734 582 24.152 2,35 P.QUITO 3.816 148 3.668 3,88 SESA 19.921 14 19.907 0,07 2008 AHFE 49.205 759 38.446 1,54 TOTAL 136.588 2.880 122.817 5,00 BASE LEGAL

La base legal que consigna la responsabilidad de AGROCALIDAD en al aspecto sanitario de la actividad pecuaria es:

Código sanitario para los animales terrestres de la Organización Mundial de Salud Animal (OIE) (2007).

Ley de Sanidad Animal, expedida el 26 de marzo de 1981 y publicada en el Registro Oficial Nº 409 de 31 de marzo de 1981.

Reglamento General a la Ley de Sanidad Animal, expedida mediante Acuerdo Ministerial Nº 4146 de 9 de agosto de 1996.

Reglamento sobre el Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina, publicado mediante Acuerdo Ministerial Nº 220 de 20 de marzo de 1974.

Reglamento de acreditación profesional para el ejercicio de la Sanidad Agropecuaria-SESA.

Decreto Ejecutivo 1449 de 22 de noviembre de 2008, publicado en Registro Oficial 479 de 2 de diciembre del mismo año se crea la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD, en reemplazo del SESA. Decreto Ejecutivo 3609 sobre la creación del SESA, publicado en el Registro Oficial,

edición especial 1 del 20 de marzo de 2003, en el que se expide el Texto Unificado de Legislación Secundaria del MAG.

Creación del Consejo Consultivo de Brucelosis Bovina como organismo asesor del Ministerio de Agricultura y Ganadería para fijar políticas de vigilancia y control de

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8 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

estas enfermedades (Acuerdo Ministerial Nº 3 MAG publicado en el Registro Oficial Nº 23 del 17 de febrero de 2003).

Acuerdo Ministerial 077 –MAGAP- del 08 de mayo de 2008 que expide el reglamento para el pago por calidad de la leche y sanidad animal estableciendo una bonificación del 3.5% del precio base por participación en los programas sanitarios oficiales. Resolución Sanitaria 025 del SESA del 18 de junio de 2008, que declara como

prioritario el control de la brucelosis bovina. Publicada en el registro oficial Nº 376 del 8 de julio del 2008.

EL PROGRAMA

El Programa recoge las actividades que debe realizar a nivel nacional, AGROCALIDAD junto con el sector ganadero e industrial, con el objetivo de controlar la presencia de estas enfermedades en la ganadería ecuatoriana.

1. Objetivos

1.1. Objetivo General

El Objetivo General es lograr la disminución progresiva de bovinos infectados de brucelosis bovina, en las cinco regiones epidemiológicas del país, en una primera fase, hasta conseguir niveles de ocurrencia de la enfermedad y condiciones operativas compatibles con su erradicación, en una segunda fase, en un período de tres años.

1.2. Objetivos Específicos

Reducir la prevalencia de la brucelosis bovina registrada en el país (1.97-10.62%) a niveles compatibles con la aplicación de una estrategia de erradicación.

Monitorear la condición de libre de brucelosis a las Islas Galápagos.

Certificar predios libres de brucelosis bovina, a solicitud de los ganaderos interesados.

2. Regiones Epidemiológicas

La presencia de brucelosis bovina en el país, determinada por el análisis de los datos existentes que determina la prevalencia de la enfermedad, así como los sistemas de producción, la movilización del ganado, las razas existentes, permite diferenciar cinco regiones epidemiológicas:

1. Cuenca lechera o Sierra Norte 2. Región de la Costa

3. Región Andina Sur 4. Región Amazónica 5. Región Insular

3. Componentes Operativos del Programa

Para alcanzar los objetivos planteados en cada región epidemiológica, se consideraron los siguientes componentes operativos:

1. Sensibilización, promoción y difusión del Programa 2. Vigilancia epidemiológica

3. Diagnostico e identificación de animales positivos 4. Vacunación de terneras

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9 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

4. Estrategias de Prevención y Control

Las estrategias diferenciadas para cada región son las siguientes:

1. En las regiones de alta prevalencia (Sierra Norte y Costa) las estrategias se orientan a la creación de una sólida inmunidad poblacional mediante la ejecución de campañas sistemáticas de vacunación contra brucelosis; acciones de vigilancia epidemiológica dirigidas a la identificación de los animales reactores positivos; eliminación obligatoria de reactores positivos en matanza sanitaria; control sanitario de ingreso y egreso de animales y actividades de educación sanitaria. 2. En la región de baja prevalencia (Andina Sur) se ejecutarán campañas de

vacunación contra brucelosis; diagnóstico de los animales reactores positivos de brucelosis; eliminación obligatoria de reactores positivos en matanza sanitaria; control sanitario de ingreso y egreso de animales y actividades de educación sanitaria.

3. En la Región Amazónica se realizará una encuesta sero-epidemiológica para conocer la prevalencia de brucelosis bovina y determinar las estrategias de control. De acuerdo con los resultados de la investigación, las actividades serán orientadas a las estrategias nacionales de vacunación; diagnóstico de los animales reactores positivos; eliminación obligatoria de reactores positivos en matanza sanitaria; control sanitario de ingreso y egreso de animales y actividades de educación sanitaria.

4. En la Región Insular se realizará una encuesta sero-epidemiológica para justificar científicamente la condición de libre brucelosis bovina.

5. A nivel nacional y, en base a la solicitud de los ganaderos interesados, se realizará la Certificación de Fincas Libres de Brucelosis Bovina, para lo cual se deberán cumplir los requisitos de ingreso y permanencia en el programa respectivo.

6. La vacunación con vacuna Cepa 19 para la prevención de brucelosis se aplicará en terneras nacidas en la propiedad, una sola vez a la edad de 3-6 meses.

7. La vigilancia epidemiológica se basará en el diagnóstico de predios y animales mediante las pruebas de Ring-Test en leche y de aglutinación en suero sanguíneo (Rosa de Bengala) y como pruebas confirmatorias ELISA Competitivo (c-ELISA) y otras autorizadas por la OIE.

8. La eliminación de vacas positivas guardará flexibilidad en atención a los períodos de lactancia o gestación, para luego ser destinadas a sacrificio sanitario en camales autorizados por AGROCALIDAD para el efecto.

9. La compra de hembras con fines de reemplazo se hará solo de hatos libres y con resultados negativos a pruebas serológicas de brucelosis.

5. Costos del Programa

La ejecución del Programa a nivel Nacional alcanza un valor de USD$ 5.739.077, durante tres años.

En el primer año se trabajará en la Cuenca Lechera de la Sierra Ecuatoriana y también se realizará la Encuesta sanitaria en las Islas Galápagos.

En el segundo año se trabajará exclusivamente en la Región de la Costa Ecuatoriana.

En el tercer año se trabajará en las regiones Andina Sur y Amazónica.

El costo para el control de brucelosis bovina en la Región epidemiológica Nº 1, que comprende las provincias de Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua y Chimborazo alcanza un valor total de USD 1.724.809.

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10 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

El costo para el control de brucelosis bovina en la Región epidemiológica Nº 2, que comprende las provincias de Esmeraldas, Manabí, Los Ríos, Guayas y El Oro alcanza un valor total de USD 2.252.548.

El costo para el control de brucelosis bovina en la Región epidemiológica Nº 3, que comprende las provincias del sur de la región interandina: Bolivar, Cañar, Azuay y Loja alcanza un valor total de USD 1.288.248.

El costo para el control de brucelosis bovina en la Región epidemiológica Nº 4, que comprende las provincias del sur de la región amazónica: Sucumbíos, Orellana, Napo, Pastaza, Morona y Zamora. alcanza un valor total de USD 449.273.

El costo para el monitoreo serológico para brucelosis bovina en la Región epidemiológica Nº 5, que comprende la región insular de Galápagos, alcanza un valor total de USD 24.200.

Para la Certificación de Fincas Libres de Brucelosis Bovina, el ganadero interesado deberá cubrir los gastos del diagnóstico de brucelosis bovina y cancelar un valor de $ 50,00 por la expedición de la especie valorada.

COSTO DEL PROGRAMA POR REGIONES TRES AÑOS

REGIONES

EPIDEMIOLOGICAS

COSTO USD AÑO 1 AÑO 2 AÑO3

Cuenca Lechera 1.724.809 1.724.809 Costa o Litoral 2.252.548 2.252.548 Andina sur 1.288.248 1.288.248 Amazónica 449.273 449.273 Galápagos (encuesta sanitaria) 24.200 24.200 TOTAL 5.739.077 1.749.009 2.252.548 1.737.521 6. Financiamiento

Las actividades para el control de Brucelosis Bovina en Ecuador serán ejecutadas por el sector oficial (AGROCALIDAD/MAGAP), el sector privado (organizaciones de productores), las Asociaciones de Ganaderos e Industriales Pecuarios y el apoyo de la Cooperación Técnica Internacional (OPS/OMS, IICA, etc.).

El financiamiento del Programa a nivel nacional alcanza un valor de USD 5.749.077 (Cinco millones setecientos cuarenta y nueve mil setenta y siete dólares), con aporte de los sectores involucrados: sector público 22.86% y sector privado 77.14%.

FINANCIAMIENTO POR COMPONENTES

No. ACTIVIDADES PÚBLICO PRIVADO TOTAL

1 Sensibilización, promoción y difusión del Programa 587.200 587.200 2 Vigilancia epidemiológica 153.200 153.200 3 Diagnostico e identificación de animales positivos 4´696.122 4´696.122 4 Vacunación de terneras 278.055 278.055

5 Certificación de predios libres de brucelosis

24.500 24.500

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11 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

% 12.90 87.10 100

7. Aporte Económico de los Involucrados por Regiones

Los sectores interesados de cada región epidemiológica, los productores y el sector público, aportarán los siguientes valores para la ejecución de las actividades programadas:

No. ACTIVIDADES PUBLICO PRIVADO PUBLICO PRIVADO PUBLICO PRIVADO PUBLICO PRIVADO PUBLICO PRIVADO

1 Sensibilización, promoción y difusión del Programa 236.500 182.500 80.000 73.000 15.200

2 Vigilancia epidemiológica 31.600 41.800 31.200 41.000 7.600

3 Diagnóstico e identificación de animales positivos 1.340.896 1.951.748 1.094.409 307.671 1.400

4 Vacunación de terneras 105.813 67.500 79.640 25.103 0

5 Certificación de Predios Libres 10.000 9.000 3.000 2.500 0

TOTAL US$ 268.100 1.456.709 224.300 2.028.248 111.200 1.177.049 114.000 335.274 22.800 1.400

REGIÓN 1 REGIÓN 2 REGIÓN 3 REGIÓN 4 REGIÓN 5

FINANCIAMIENTO POR REGIONES

8. Aspectos Legales

Para la ejecución del Programa de Control de Brucelosis Bovina se requiere una revisión de la base legal existente en el país, con la finalidad de actualizar el marco jurídico que permita llevar adelante las actividades técnicas programadas; en especial, poner en vigencia una Resolución Sanitaria, que declare de interés nacional la lucha contra la brucelosis y la tuberculosis bovina.

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12 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

PROGRAMA NACIONAL DE

CONTROL DE BRUCELOSIS BOVINA

1. ANTECEDENTES

El Programa Nacional de Brucelosis Bovina fue aprobado con Resolución Sanitaria No. 025 de 18 de junio de 2008 y publicado en Registro Oficial No. 376 de 8 de julio de 2008 (Anexo 1).

La brucelosis es una enfermedad infecto-contagiosa, causada por diversas especies del género brucella, que provoca el aborto, la infertilidad y la disminución de la producción láctea, conocida también como aborto infeccioso o enfermedad del bang. Las especies domésticas más susceptibles de contraer esta enfermedad son: bovinos (B. abortus), caprinos y ovinos (B. melitensis) y porcinos. (B. suis).

Desde el punto de vista zoonósico, la brucelosis es importante por sus repercusiones negativas en las condiciones de salud de los trabajadores vinculados con el manejo de hatos ganaderos y con el faenamiento de ganado, al entrar en contacto con animales infectados y para la población que consume productos contaminados (leche y derivados). La brucelosis del ganado bovino en Ecuador se encuentra ampliamente difundida, en grados variables de intensidad, de acuerdo con los diferentes sistemas de producción ganadera existentes.

Según una encuesta serológica realizada por el Programa de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería en el año 1978, se encontraron niveles de prevalencia que oscilan en un rango comprendido entre 1.3 y 10.6%. Se asume que dada la ausencia de un programa nacional de control y prevención, la enfermedad habría incrementado su frecuencia de presentación, sobre todo en aquellas áreas de mayor intensidad de los procesos de producción y comercialización ganadera.

Algunas investigaciones serológicas puntuales realizadas como tesis de grado en algunas universidades del país entre 1996 y 1997 en las provincias de Carchi, Pichincha, Cotopaxi, Chimborazo, Esmeraldas y Loja que no responden a programas articulados, presentan tasas de reactores positivos muy elevadas. Por otra parte, los registros epidemiológicos existentes en AGROCALIDAD demuestran que en el país no se ha empleado la vacunación contra brucelosis bovina en forma masiva y continua en las diferentes provincias.

La falta de un programa oficial, articulado a las políticas del Ministerio de Salud Pública, no ha permitido realizar una vigilancia activa, particularmente en personal de alto riesgo ocupacional; sin embargo, encuestas serológicas realizadas en los operarios de faenamiento, en el Camal Metropolitano de Quito han demostrado altos títulos. Tampoco se mantiene vigilancia epidemiológica sobre productos de alto riesgo como la leche y derivados lácteos no pasteurizados, ni sobre su impacto sanitario a nivel de consumidores.

La brucelosis es una de las zoonosis de mayor importancia en salud pública, porque el hombre puede contraer la infección por B. melitensis, B. abortus y B. canis por contacto directo o indirecto con animales enfermos, así como por la ingestión de productos infectados de origen animal, quesillos frescos y leche de cabra sin pasteurizar.

El período de incubación de la brucelosis es de una a tres semanas, pero a veces puede extenderse por varios meses, es una enfermedad septicémica que produce fiebre continua, intermitente, irregular, acompañada de escalofríos, sudores profusos y elevación de temperatura. Un síntoma casi constante en los humanos es la abstemia y cualquier ejercicio

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13 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

produce una prolongada fatiga, la temperatura puede variar de normal en la mañana hasta 40º C. en la tarde, los sudores se presentan durante la noche, los síntomas comunes son: insomnio, impotencia sexual, anorexia, cefalalgia y dolores generalizados del cuerpo.

El impacto de la enfermedad en la producción ganadera se traduce en restricciones del comercio internacional; disminución de la eficiencia reproductiva debido a los abortos; reemplazo de vientres; disminución en la producción de leche, entre otros. A esto se debe agregar los gastos que deben incursionar los productores, para la prevención de la enfermedad a través de la vacunación y tratamiento clínico de animales enfermos, así como la inversión del Estado en la implementación y mantenimiento de programas oficiales de prevención y control sanitario.

La Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD, en su condición de institución responsable de la Sanidad Agropecuaria del Ecuador junto con las Asociaciones de ganaderos, productores e industriales de la leche en el país, ante los peligros sanitarios para la ganadería y la salud publica debido a la brucelosis bovina; las exigencias sanitarias para el comercio interno de leche, carne y subproductos pecuarios; los requisitos para la apertura de nuevos mercados y la formación de bloques económicos regionales, decide ejecutar el Programa de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina.

1.1 Brucelosis Bovina

La brucelosis bovina es una enfermedad infecto-contagiosa, ocasionada por la bacteria

Brucella abortus, que se encuentra difundida en mayor o menor grado en todo el Ecuador.

La enfermedad ataca a bovinos de todas las edades, pero persiste con mayor frecuencia en animales sexualmente adultos, presenta infección congénita en terneros nacidos de vacas infectadas. Otras especies animales como ovinos, caprinos, búfalos, porcinos y equinos también pueden contagiarse.

La brucelosis bovina también produce grandes pérdidas económicas en el país estimadas en cinco millones de dólares al año (SESA, 2005) debido principalmente a la disminución de la producción de leche, abortos de vacas y otros problemas de infertilidad.

Hay pérdidas de terneros o dificultades en la crianza de los mismos, principalmente en las zonas destinadas a la producción de carne, donde los terneros representan una fuente de ingresos. La infertilidad de las vacas provoca a su vez el sacrificio de vacas infectadas, como consecuencia de retención placentaria, seguida de metritis aguda.

La brucelosis en humanos se caracteriza por fiebre ondulante, inflamaciones articulares, orquitis, impotencia sexual, dolor de cabeza, bronquitis, bronconeumonía, insomnio, sudoración nocturna con olor penetrante, pérdida de peso, debilidad, postración a causa de espondilitis y afecciones del sistema nervioso central con meningitis y muerte.

1.2 Transmisión de la enfermedad

La transmisión de la enfermedad entre animales se produce por ingestión de pastos, alimentos y agua contaminados con excreciones; membranas fetales de vacas infectadas; secreciones vaginales que contaminan la cola de vacas enfermas, que pueden ingresar por vía ocular e incluso a través de la piel indemne de animales en hacinamiento; por contacto con fetos abortados, terneros y toros infectados; por inseminación artificial realizada sin considerar medidas higiénicas; también puede existir contaminación por la ubre durante el ordeño; y por la ingestión de leche y calostro de vacas enfermas.

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14 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Los machos infectados secretan semen que contiene la bacteria y de esta forma pueden transmitir la infección, pero la mayor probabilidad de propagación se produce cuando se emplea semen de estos animales en la inseminación artificial. El transplante de embriones no tratados en forma adecuada, también puede constituir una fuente de infección.

1.3 Control de la enfermedad

La única forma de liberar de esta enfermedad a una explotación ganadera, es a través de la ejecución de un programa sanitario adecuado, que contemple la vacunación, medidas sanitarias de manejo en la finca y exámenes sanguíneos periódicos, para diagnosticar, identificar y eliminar los animales infectados.

La eliminación de los animales enfermos, la vigilancia epidemiológica, la vigilancia sanitaria en camales y mataderos, el control de la movilización de animales, las pruebas serológicas y las campañas de educación sanitaria son indispensables en un programa de control.

Para lograr la erradicación se debe insistir en que la detección de animales positivos a las pruebas serológicas, tiene que ir seguida del sacrificio de los reactores positivos. Esta decisión imperativa de eliminar los reactores es la que define la marcha de una campaña nacional de erradicación, sin ella solo se puede efectuar un diagnostico de situación de la enfermedad, pero no se avanza en el control.

2. EL SECTOR AGROPECUARIO NACIONAL

El sector agropecuario tiene un rol importante en la economía ecuatoriana, representa el 17.5% del Producto Interno Bruto. De este porcentaje, un 27.3% es aportado por la actividad pecuaria productora de lácteos, carnes bovinas, carnes porcinas, carnes de pollo, huevos y otros.

Según el III Censo Agropecuario del 2000, Ecuador cuenta con 4´486.020 cabezas de bovinos; 440.475 porcinos; 1´127.468 ovinos y una producción avícola de 150 millones de aves, entre pollos de engorde, reproductoras y ponedoras (SESA-CONAVE, 2006), además de producciones de menor volumen pero de gran importancia como: 375.760 equinos; 178.367 caprinos; 21.662 llamas; 5´067.049 cuyes y 515.809 conejos.

La producción bovina de carne se distribuye fundamentalmente en Costa y Amazonía, correspondiendo un 47.86% a la producción de carne y un 52.14% a la producción de leche.

La producción de leche se encuentra en su mayor parte en las provincias interandinas de Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Azuay y Chimborazo. En la Costa predomina la producción ganadera extractiva de ciclo completo de carne, y la producción lechera ha cobrado importancia en pequeñas unidades empresariales de producción agropecuaria. En el resto del país, la leche procede de pequeñas unidades productivas.

De acuerdo con el III Censo Agropecuario, en el año 2000 la producción lechera nacional alcanzó la cifra de 3´525.027 litros/día producto del ordeño de 808.856 vacas en lactancia, de los cuales 2´565.572 litros, (72.78%) son aportados por la región interandina; 649.625 litros por la Costa ( 18.43%) y 309.830 litros por el resto del país (8.79%).

Cinco provincias de la región interandina aportan el 52% del total de la producción nacional de leche y el 75% de la producción de la Sierra. De estas, Pichincha genera el 24.5 %, especialmente en los valles de Cayambe y Machachi, en los que predomina la raza Holstein

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15 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Friesian con diversos grados de cruzamiento, también existen hatos de las razas Brown Swiss y Jersey.

En cuanto a la ganadería de carne para consumo nacional, en su mayoría proviene del Litoral y de la Amazonía ecuatoriana y se complementa con descartes de los hatos lecheros. Para el año 2000, se registra el faenamiento de 848.172 reses, lo que representa una taza de extracción de 18%, una producción de carne de 152.671 T.M. y un consumo per cápita aproximado de 12.72 Kg. por persona /año.

La raza predominante para la producción de carne es la Brahaman, existiendo pequeños hatos ganaderos de las razas Charoláis, Santa Gertrudis, y Simmental, y otras razas de doble propósito como Normando y Brown Swiss.

Las industrias lácteas se encuentran implantadas en su mayoría en el Callejón Interandino, debido a la mayor concentración de la producción lechera. Del total de leche producida diariamente en el país (3´525.027 litros/día), el 11.6% se destina a la pasterización para el consumo como leche fluida; el 6.2% sirve para la elaboración de derivados lácteos pasteurizados; 27% se consume en forma de leche cruda sin pasteurizar, ya sea directamente o en elaborados artesanales; y el 31.7% se destina al autoconsumo en granjas, expresado en su mayoría por la leche que se administra a los terneros para su alimentación.

3. PREVALENCIA DE LA ENFERMEDAD

En 1979, el Programa Nacional de Sanidad Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería realizó una encuesta serológica en la población bovina de las provincias de la Sierra y Costa ecuatorianas para investigar la prevalencia de la brucelosis bovina: Este es el único trabajo de cobertura regional disponible; de años posteriores solo existen algunos estudios locales

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16 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Los resultados regionales del estudio del PNSA-MAG se presentan en el siguiente cuadro:

CUADRO 1. PREVALENCIA DE BRUCELOSIS BOVINA Ecuador 1979

MUESTRAS RESULTADOS DE LABORATORIO % Reacción RECOLEC Positivos Sospechosos Negativo ( 5% error) REGION Nº 1 Carchi 1.119 56 151 992 7.38 - 10.62 Imbabura 1.051 16 35 1.000 1.97 - 4,03 Pichincha 1.585 77 168 1.340 6.66 - 9.34 Cotopaxi 765 38 20 707 4.32 - 7.68 Tungurahua 964 44 60 858 5.39 - 8,61 Chimborazo 613 19 85 509 5.86 - 10.14 6.097 250 519 5.406 1,97 - 10,62 REGION Nº 2 Esmeraldas 1.427 52 63 1.312 4.12 - 5.88 Manabi 970 46 32 892 4.51 - 7.49 Guayas 1.001 47 93 861 5.38 - 10.62 Los Rios 412 13 35 364 5.33 - 7.47 El Oro 1.204 51 38 1.115 3.78 - 6.22 5.014 209 261 4544 4.12 - 10,62 REGION Nº 3 Bolivar 653 3 6 644 0.06 - 1.34 Cañar 825 13 17 795 1.05 - 2.95 Azuay 754 2 6 746 0.29 - 1.71 Loja 2.050 18 80 1.952 1.40 - 2.60 4.282 36 109 4.137 4.282 36 109 4.137 0,06 - 2,95 TOTAL NAC. 15.393 495 889 14.087 6,00

Método. Prueba serológica en placa Fuente: PNSA-MAG-1979

Dentro del componente de Certificación de predios libres de brucelosis del Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina, que lleva adelante la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD, junto con algunas organizaciones de productores e industriales de leche en la sierra ecuatoriana, ha obtenido los siguientes resultados que confirman la tendencia sobre la presencia de la enfermedad:

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17 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

CUADRO 2. DIAGNÓSTICO DE BRUCELOSIS BOVINA

AÑO CONVENIO

MUESTRAS POSITIVOS NEGATIVOS

% PREVALENCIA 1979 SESA 15.473 495 14.978 6,00 2004 AHFE 5.267 274 4.993 5,20 2005 AHFE 3.429 202 3.227 5,89 2006 AHFE 14.743 406 14.337 2,75 2007 AHFE 24.734 582 24.152 2,35 P.QUITO 3.816 148 3.668 3,88 SESA 19.921 14 19.907 0,07 2008 AHFE 49.205 759 48.446 1,54 2009 AHFE P.QUITO AGROCALIDAD 3000 30 2970 1,0 TOTAL 139.588 2.910 136.678 3.30

4. CARACTERIZACIÓN EPIDEMIOLÓGICA DEL PAÍS

En base a los resultados obtenidos en este estudio, se regionalizaron los mecanismos de control de acuerdo con los antecedentes epidemiológicos de la enfermedad.

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18 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

8

REGIONES EPIDEMIOLOGICAS DE

REGIONES EPIDEMIOLOGICAS DE

BRUCELOSIS

BRUCELOSIS

BOVINA

BOVINA

4.1 Región Uno de Alta Prevalencia

Localizada en las provincias del norte de la sierra ecuatoriana, es decir la cuenca lechera nacional, integrada por: Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua y Chimborazo, con una prevalencia del 1.97 al 10.62%.

4.2 Región Dos de Alta Prevalencia

Conformada por las provincias del Litoral: Esmeraldas, Manabí, Santa Elena, Guayas, Los Ríos, El Oro y Santo Domingo de los Tsáchilas, con una prevalencia entre 4.2% y 10.62%.

4.3 Región Tres de Baja Prevalencia

Conformada por las provincias de Bolívar, Cañar, Azuay y Loja, con una prevalencia de 1.3 al 2.6%.

4.4 Región Cuatro de Baja Prevalencia

No se dispone de información sobre las provincias amazónicas, pero se estima que dados los sistemas de producción existentes, los niveles de ocurrencia deben ser igualmente bajos.

4.5 Región Cinco Indemne

En 1997 se realizó una encuesta serológica por muestreo en 114 propiedades de las islas Santa Cruz, Isabela, San Cristóbal y Floreana, resultando 507 muestras negativas a la prueba de rosa de bengala, con cuya base se considera a las Islas Galápagos como indemne a Brucelosis Bovina.

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19 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

5. SISTEMAS DE PRODUCCIÓN GANADERA

5.1. Región uno de alta prevalencia, localizada en la cuenca lechera del país, integrada

por las seis provincias del centro norte de la sierra, en donde predominan sistemas empresariales de producción lechera, que coexisten con formas orientadas al engorde temporal de animales y formas mercantiles simples de producción.

La alta presencia de la enfermedad en esta región se explicaría por la venta de animales enfermos a las unidades campesinas de producción, o por el faenamiento en camales sin condiciones de infraestructura sanitaria, esto a pesar del alto desarrollo tecnológico de los sistemas empresariales que realizan prácticas de prevención y control de la brucelosis bovina (vacunación, detección de animales positivos mediante pruebas de laboratorio e identificación).

5.2. Región dos de alta prevalencia, integrada por las provincias del litoral ecuatoriano,

presenta características predominantes de producción pecuaria de carácter extractivo-extensivo, de bajo desarrollo tecnológico, dedicada al ciclo completo de cría de bovinos de raza cebuina con destino al camal, rebaños de tamaño mediano y propiedades con grandes extensiones.

La falta de medidas preventivas como el uso de vacuna antibrucélica, la dificultad de detección oportuna de animales sospechosos (abortos) y el tratamiento adecuado del material contaminado, provocará la presencia de la enfermedad en este sistema de producción, a pesar de la baja densidad y baja tasa de contacto animal que presenta.

5.3. Región tres de baja prevalencia, igualmente caracterizada a partir de los sistemas de

producción pecuaria predominantes, conformada por los sistemas campesinos de producción imperantes en las provincias del centro sur de la sierra. Con unidades productivas en su mayoría de tamaño pequeño (minifundio), con rebaños pequeños que conviven con otras especies de animales domésticos. Los procesos de comercialización de animales se realizan básicamente al interior de la región. Su escasa integración comercial con la región de alta prevalencia, explicaría la baja frecuencia de presentación de la brucelosis bovina.

5.4. Región cuatro de baja prevalencia, conformada por las provincias de la región

amazónica, caracterizada por el predominio de sistemas campesinos de producción que ofrecen condiciones naturales de aislamiento de la producción y extraen animales con destino a los centros principales de consumo, localizados en el litoral y el centro norte andino. En las provincias de Zamora y Morona Santiago, situadas en el sur oriente, la explotación de bovinos se realiza al sogueo, que determinaría menores oportunidades de contagio de la enfermedad.

5.5. Región cinco indemne, integrada por las Islas Galápagos, en las cuales se encuentran

formas de producción pecuaria. A pesar de ser considerada como región de preservación natural, eminentemente turística y Patrimonio Mundial, el Ecuador debe preservar su situación sanitaria.

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20 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

El modelo matemático adoptado para el cálculo de pérdidas económicas por presencia de brucelosis bovina, incorpora tres aspectos fundamentales: la ocurrencia de abortos, la disminución de la producción de leche y el reemplazo de hembras vientres enfermas.

Si se considera una prevalencia del 6% en la cantidad de vacas existentes en Ecuador en el año 2000, se calcula una pérdida de US$ 1´183.385 (21%) por concepto de disminución en la producción de leche; (3%) por pérdidas de crías y US$ 469.850 (76%) por reposición de vientres, valores parciales que totalizan una pérdida anual de US$ 5´436.908. Estas pérdidas directas se consideran conservadoras, pues se incrementarían significativamente, si se incorporan al modelo cifras más altas de prevalencia encontradas en algunas regiones. Las pérdidas económicas calculadas de acuerdo con este modelo, constituyen cifras referenciales para la adopción de un programa de control y erradicación de la brucelosis bovina (Cuadro 3).

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21 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

CUADRO 3. PÉRDIDAS ECONÓMICAS POR BRUCELOSIS, A NIVEL NACIONAL

CONCEPTO % 2008

1 Población bovina nacional 4´486.020

2 Hembras aptas para reproducción (45,7%) 45,7 2´050.111 3 Mortalidad general de hembras (3,3%) 3,3 67.654

4 saldo hembras 1´982.457

5 Vacas en producción (42%) 42 832.632

6 Vacas brucelósicas (6%) 6 49.958

7 Vacas en producción brucelósicas (42%) 42 20.982 8 Abortos causados por brucelosis (25%) 25 5.246 9

Disminución de producción de leche

(litros/lactancia) 396

En litros por lactancia (20%) 20 4´930.770 10 Remplazo de vientres (16,6%) 16,6 8.293

USD Dólares Pérdidas en leche (0,25 USD) 21,00 1´183.385 Pérdidas en crías (30,00 USD ) 3,00 157.380 perdidas por reemplazo de vientres

(500,00 US) 76,00 4´146.500

TOTAL EN DOLARES 5´436.908

Fuente: III Censo Agropecuario 2002 Elaboración: H. Torres

7. ESTRUCTURA SANITARIA ACTUAL DE AGROCALIDAD

Actualmente, la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD, adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), con sede en Quito y jurisdicción en el ámbito nacional, es la entidad responsable, entre otros aspectos, de la prevención, control y erradicación de las principales enfermedades animales que afectan a la salud pública y a la economía nacional.

Cuenta con un Directorio, una Dirección Ejecutiva, dos Direcciones Técnicas: Agrícola y Pecuaria, tres Procesos: Control, Investigación y Certificación Sanitaria a nivel de planta central, con 84 funcionarios, entre quienes se cuentan 15 médicos veterinarios, 3 auxiliares de veterinaria y 9 técnicos de laboratorio.

A nivel operativo dispone de 24 Coordinaciones Provinciales en las provincias del país, con 52 médicos veterinarios y 47 auxiliares de veterinaria.

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22 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Localización Director Ing. Agr. Méd. Vet. Otros Téc. Lab. Agrón

. Aux.Vet. Admin. Serv. Total

Planta Central 5 17 15 15 9 1 3 15 4 84 Carchi 2 2 1 1 6 Imbabura 1 2 1 2 6 Pichincha 4 9 1 1 2 7 24 Cotopaxi 1 2 1 4 Tungurahua 1 1 1 1 1 5 Chimborazo 1 2 1 4 Bolívar 1 1 2 Cañar 1 1 2 Azuay 1 2 2 1 6 Loja 4 4 7 2 1 1 19 Esmeraldas 2 2 1 3 2 10 Manabí 2 7 1 9 2 21 Guayas 1 11 6 1 3 2 24 Los Ríos 1 1 2 1 5 El Oro 4 3 1 3 1 12 Sucumbíos 1 1 2 Orellana 1 1 Napo 1 1 1 3 Pastaza 1 1 3 5 Morona 1 5 6 Zamora 2 2 4 8 Galápagos 1 1 2 Total Provincias 1 39 52 4 1 22 47 10 1 17 7 TOTAL NACIONAL 6 56 67 19 10 23 50 25 5 26 1

8. BASE LEGAL EXISTENTE

La Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD, creada mediante Decreto Ejecutivo 1449 de 22 de noviembre de 2008, publicado en Registro Oficial 479 de 2 de diciembre del mismo año, en reemplazo del SESA, fundamenta su acción institucional en el marco de los siguientes instrumentos legales:

Ley de Sanidad Animal, expedida el 26 de marzo de 1981 y publicada en el Registro Oficial 409 de 31 de marzo de 1981.

Reglamento general a la Ley de Sanidad Animal, expedida mediante Acuerdo Ministerial 4146 de 9 de agosto de 1996.

Reglamento sobre el control y erradicación de la brucelosis bovina, publicado mediante Acuerdo Ministerial 220 de 20 de marzo de 1974

Reglamento de acreditación profesional para el ejercicio de la Sanidad Agropecuaria, Decreto Ejecutivo 3609, publicado el 20 de marzo de 2003, en el Registro Oficial Edición Especial 1 en el que se expide el texto unificado de legislación secundaria del MAG. Capitulo III, Pág. 163.

Código sanitario para los animales terrestres 2007. Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

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23 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Acuerdo Ministerial 077 del 08 de mayo de 2008 que expide el reglamento para el pago por calidad de la leche y sanidad animal estableciendo una bonificación del 3.5% del precio base por participación en los programas sanitarios oficiales.

Resolución Sanitaria SESA 025 de 18 de junio de 2008, publicado en Registro Oficial 376 de 8 de julio de 2008, que declara como prioritario el control de la brucelosis bovina.

Entre los fines fundamentales de AGROCALIDAD, entre otros se encuentran los siguientes: a) Promover en las diversas cadenas de producción agropecuaria procesos

productivos sustentados en sistemas integrados de gestión de la calidad a fin de mejorar la producción, productividad, y garantizar la seguridad y soberanía alimentaria.

b) Proteger y mejorar, en coordinación con otras instituciones, el estado sanitario y fitosanitario de la población ganadera y de los cultivos agrícolas, de sus productos, subproductos y derivados; así como la inocuidad de alimentos, tanto para el consumo interno cuanto para el comercio externo.

c) Diagnosticar, prevenir, controlar e impedir la diseminación de plagas y enfermedades que afecten la producción agropecuaria, normando la movilización de especies vegetales, animales, productos, subproductos y derivados.

d) Establecer los mecanismos y procedimientos de control, necesarios para impedir el ingreso y diseminación de plagas exóticas o de importancia cuarentenaria. e) Promover, facilitar y fortalecer la participación del sector privado en las

actividades sanitarias, fitosanitarias, de semillas y otras que le competen.

f) Regular y controlar la calidad sanitaria y fitosanitaria y la inocuidad de los productos agropecuarios.

g) Recaudar y administrar las tasas por los servicios que preste AGROCALIDAD, estableciendo los mecanismos que permitan lograr una mayor eficiencia en la gestión, teniendo en cuenta la proporcionalidad de la tasa con el costo del servicio, conforme lo dispones la Ley de Modernización del Estado.

En la Ley de Sanidad Animal, Capítulo I, sobre las Normas Fundamentales se encuentran los siguientes artículos:

Art. 1.- Corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería realizar la investigación relativa a las diferentes enfermedades, plagas y flagelos de la población ganadera del país y diagnosticar el estado sanitario de la misma.

Estas tareas las emprenderá planificadamente con la participación de las unidades administrativas y técnicas, entidades dependientes y adscritas y en estrecha coordinación con las instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, vinculadas al sector.

Art. 2.- El Ministerio adoptará las medidas encaminadas a conservar la salud de la ganadería nacional, prevenir el aparecimiento de enfermedades, controlar las que se presentaren y erradicarlas.

En la ejecución de estas medidas también participará el sector privado, de conformidad con la presente Ley y sus Reglamentos.

Art. 3.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería desarrollará permanente actividad de educación sanitaria, emprenderá en las campañas de divulgación que fueren necesarias y propenderá a la capacitación y adiestramiento de su personal y de los núcleos de productores, de manera especial de los sectores campesinos organizados.

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24 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

En el Código Sanitario para los animales terrestres (2007) de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) en lo referente con las enfermedades de los bovinos, (título 2.3.) en lo que tiene relación con la brucelosis bovina, capítulo 2.3.1.4, se encuentran las condiciones sanitarias que se deben observar para alcanzar un país o un rebaño la condición de libre de brucelosis bovina:

a. País o zona libre de brucelosis bovina

b. Rebaño oficialmente libre de brucelosis bovina c. Rebaño libre de brucelosis bovina

Rebaño libre de brucelosis bovina

Para ser reconocido libre de brucelosis bovina, un rebaño de bovinos deberá reunir las siguientes condiciones:

1. Debe estar bajo control veterinario oficial; 2. Debe estar sometido o no a la vacunación;

3. En caso de vacunación de las hembras con una vacuna viva, ésta debe ser administrada entre los tres y seis meses de edad y las hembras vacunadas deben ser identificadas con una marca permanente;

4. Todos los bovinos mayores de un año (con excepción de los machos castrados) deben haber resultado negativos a dos pruebas serológicas efectuadas con un intervalo de doce meses. Esta condición se mantendrá aunque todo el rebaño sea sistemáticamente sometido a pruebas una vez al año o según los requisitos fijados por la Autoridad Sanitaria del país interesado; y,

5. Todos los bovinos introducidos en la UPA deben proceder de un rebaño libre o de un país o zona libres de brucelosis bovina. Esta condición podrá no exigirse para los animales que hayan sido aislados y que antes de ser introducidos en el rebaño hayan resultado negativos a dos pruebas serológicas efectuadas con 30 días de intervalo. Estas pruebas no se consideran válidas en las hembras que han parido antes de los 14 días.

9. OBJETIVOS DEL PROGRAMA NACIONAL

9.1. Objetivo General

Disminuir la prevalencia de brucelosis bovina en el territorio nacional y certificar predios libres en un período de tres años.

9.2. Objetivos Específicos

Región Uno. Reducir la prevalencia de la enfermedad registrada en las provincias del

centro norte andino (1.97-10.62%) a niveles compatibles con la aplicación de una estrategia de erradicación.

Región Dos. Reducir la prevalencia de la enfermedad registrada en las provincias de la

región litoral (4.12-10.62%) a niveles compatibles con la aplicación de una estrategia de erradicación.

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25 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Región Tres. Proteger y ampliar las zonas de baja prevalencia de la enfermedad registrada

en las provincias del sur andino (0.06-2.95%) para iniciar la estrategia nacional de erradicación.

Región Cuatro. Realizar una encuesta epidemiológica para determinar la prevalencia de la

enfermedad en la región amazónica.

Hasta tanto, realizar acciones tendientes a proteger y ampliar las zonas de baja prevalencia de la enfermedad, registrada en las provincias de la región amazónica para continuar con la estrategia nacional de erradicación.

Región Cinco. Mantener la condición sanitaria de las islas, mediante acciones de vigilancia

epidemiológica y realizar una encuesta serológica.

10. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL 10.1. Estrategia Nacional

El éxito del Programa se basa en la ejecución de estrategias diferenciales, para cada una de las regiones epidemiológicas señaladas, las que sin embargo tienen aspectos comunes de acción, que se indican a continuación:

La vacunación con vacuna Cepa 19 se aplicará en terneras nacidas en la propiedad, una sola vez a la edad de 3-6 meses.

La vigilancia epidemiológica se basará en el diagnóstico de predios y animales mediante las pruebas de Ring-Test en leche y de aglutinación en suero sanguíneo (Rosa de Bengala) y como pruebas confirmatorias el ELISA Competitivo (c-ELISA) y otras pruebas autorizadas por la OIE.

La eliminación de vacas positivas guardará flexibilidad en atención a los períodos de lactancia o gestación, para luego ser destinadas a sacrificio sanitario en camales autorizados para el efecto. La compra de hembras con fines de reemplazo se hará solo de predios libres y con resultados negativos a pruebas serológicas.

Vacas en producción infectadas se separarán del resto de bovinos sanos en la propia finca hasta terminar la lactancia, momento en el que se destinará a sacrificio en camal sanitario. La compra de hembras con fines de reemplazo, se hará solo cuando estas hayan sido vacunadas a la edad de terneras (3 a 6 meses) y presenten resultados negativos a la serología complementaria, 30 días previos al ingreso de la finca.

10.2. Estrategias Regionales

Las estrategias diferenciadas para cada región son las siguientes:

a. Regiones de alta prevalencia (1 y 2)

La estrategia se orienta a la creación de una sólida inmunidad poblacional mediante la ejecución de campañas sistemáticas de vacunación, acciones de vigilancia epidemiológica, dirigidas a la identificación y certificación de fincas libres, eliminación obligatoria de reactores positivos, control sanitario de ingreso y egreso de animales, y actividades de educación sanitaria.

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26 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Hace relación especial a la vigilancia epidemiológica orientada a la identificación, mantenimiento y ampliación de micro áreas y predios libres de la enfermedad, vacunación en áreas infectadas, eliminación obligatoria de reactores positivos, control de ingreso y egreso de animales, y educación sanitaria.

c. Región indemne (5)

En las Islas Galápagos se realizará una encuesta sero-epidemiológica de acuerdo con las directivas de la OIE para determinar zonas libres, actividades de vigilancia epidemiológica, control de ingreso y egreso, y movilización de ganado.

d. La vacunación con vacuna Cepa 19 para la prevención de brucelosis se aplicará en terneras nacidas en la propiedad, una sola vez a la edad de 3-6 meses.

e. La vigilancia epidemiológica se basará en el diagnóstico de predios y animales mediante las pruebas de Ring-Test en leche y de aglutinación en suero sanguíneo (Rosa de Bengala) y como pruebas confirmatorias el ELISA Competitivo (c-ELISA) y otras pruebas autorizadas por la OIE.

f. La eliminación de vacas positivas guardará flexibilidad en atención a los períodos de lactancia o gestación, para luego ser destinadas a sacrificio sanitario en camales autorizados por AGROCALIDAD.

g. La compra de hembras con fines de reemplazo se hará solo de hatos libres y con resultados negativos a pruebas serológicas de brucelosis.

h. A nivel nacional, en base a la solicitud de los ganaderos interesados, se realizará la Certificación de Fincas Libres de Brucelosis Bovina, para lo cual se deberán cumplir los requisitos de ingreso y permanencia en el programa respectivo.

(31)

27 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

CUADRO 5. ESTRATEGIAS DE CONTROL A NIVEL NACIONAL

PROVINCIA OBJETIVOS DIAGNOSTICO IDENTIFICACIÓN VACUNACIÓN EDUCACIÓN

REGIONES Y ELIMINACIÒN SANITARIA

REGION Nº 1 Carchi REDUCIR LA Pruebas de Identificación y Masiva de Promoción del

Proyecto Capacitación de productores profesionales y auxiliares Producción y distribución de material divulgativo videos, afiches, plegables Cuñas radiales Sierra Norte Imbabura PREVALENCIA tamizaje eliminación de terneras de

Pichincha A. Alta - Moderada Ring test reactores positivos 3-6 meses Cotopaxi B. Modera - Baja Rosa bengala

Tungurahua C. Baja - Libre Elisa Certificación de

Chimborazo Fincas Libres

REGION Nº 2 Guayas Identificación y Masiva de

Costa Los Rios eliminación de terneras de

El Oro reactores positivos 3-6 meses

Manabi Certificación de

Esmeraldas Fincas Libres

REGION Nº 3 Bolivar REDUCIR LA Certificación de Masiva de

Sierra Sur Cañar PREVALENCIA Fincas Libres terneras de

Azuay B. Modera - Baja 3-6 meses

Loja C. Baja - Libre

REGION Nº 4 Sucumbios ESTUDIO DE Encuesta Sero

Amazonía Napo PREVALENCIA Epidemiológica Masiva de

Orellana terneras de Pastaza 3-6 meses Morona S. Zamora Ch. REGION Nº 5 Galápagos Galápagos MANTENER CONDICIÓN LIBRE EPIDEMIOLÓGICA Encuesta Sero Epidemiológica Elaboración: H.Torres

11. COMPONENTES OPERATIVOS DEL PROGRAMA 11.1 Sensibilización, promoción y difusión del Programa

AGROCALIDAD contará con un plan de difusión y promoción del Programa a nivel de ganaderos, gremios de productores, universidades, centros de educación superior y de consumidores, con cobertura nacional.

La educación sanitaria está dirigida a capacitar a los técnicos de AGROCALIDAD, de las Asociaciones de productores o industriales, técnicos de laboratorio, técnicos de camales y mataderos y al personal auxiliar de las haciendas que participan en el Programa, sobre la ejecución de las medidas de prevención, control y erradicación de la brucelosis bovina. Importancia fundamental de este componente será la autorización de profesionales para el ejercicio de actividades vinculadas con el Programa.

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28 Programa Nacional de Control de Brucelosis Bovina

Para esta capacitación se prepararán documentos específicos con el equipo técnico del Programa que trabajar en la elaboración de los contenidos, reproducción de los documentos, distribución de los materiales y evaluación de su impacto.

Durante la ejecución del Programa se realizarán cursos de capacitación para el personal técnico de AGROCALIDAD, de las Asociación de ganaderos o industriales y para los auxiliares de las haciendas que participen en el Programa.

La ejecución del Programa de Control de Brucelosis se realizará mediante convenios de AGROCALIDAD con Asociaciones de productores e industriales, comunidades campesinas (Anexo 2) y ganaderos particulares (Anexo 3).

11.2. Vigilancia Epidemiológica

Este componente constituye parte integrante del Sistema de Vigilancia Epidemiológica Zoosanitaria que mantiene el AGROCALIDAD/MAGAP, según los instrumentos, flujos, periodicidad y demás mecanismos establecidos.

El Sistema de Vigilancia Epidemiológica prevé la incorporación de las siguientes fuentes de información:

 Red de laboratorios veterinarios: reportarán información periódica sobre los resultados de las pruebas diagnósticas realizadas, individualmente o a nivel de rebaños, cepas aisladas e identificación de serotipos, entre otros aspectos.

 Industrias lácteas: informarán sobre la nómina de abastecedores de leche cruda, realización de pruebas de anillo en bidones y los resultados del diagnóstico.

 Los camales sanitarios: informarán mensualmente el número de bovinos brucelósicos sacrificados, destinos de las carcasas y las fincas de origen de esos animales.

 Ministerio de Salud Pública: a través de la Dirección de Epidemiología comunicará a AGROCALIDAD/Nivel Central, casos de brucelosis en humanos, número de personas afectadas, ocupación y localidades en las cuales fueron diagnosticadas.  Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca: la estructura operativa del

Programa incorpora a los diferentes niveles de AGROCALIDAD/MAGAP desde los cuales se generará información sobre la conducta de la enfermedad, así como sobre las diferentes acciones de prevención y control, las mismas que serán difundidas nacional e internacionalmente.

 Las Organizaciones de Ganaderos, los Veterinarios y Profesionales afines al sector debidamente autorizados informarán a AGROCALIDAD/-Coordinaciones Provinciales sobre las fincas atendidas con vacunación, número de vacunaciones realizadas, retenciones placentarias y abortos asistidos, el material biológico colectado y resultados de laboratorio obtenidos

Las actividades sanitarias de control de movilización de ganado, las realizará AGROCALIDAD en colaboración con los ganaderos e industriales que participen en el Programa, se vincularan a las estrategias regionales de control de la brucelosis, que son: control estricto de la salida de animales del predio, control estricto del ingreso de animales al predio, constatación sanitaria de los predios de origen, revisión de los certificados de vacunación, análisis de los resultados de diagnostico, destino de los animales: para cría, para feria o con destino al camal, y su permiso sanitario de movilización.

Referencias

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