TOMO CXIII Saltillo, Coah. viernes 3 de febrero de 2006 número 10
REGISTRADO COMO ARTÍCULO DE SEGUNDA CLASE EL DÍA 7 DE DICIEMBRE DE 1921. FUNDADO EN EL AÑO DE 1860
LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES SUPERIORES SON OBLIGATORIAS POR EL HECHO DE PUBLICARSE EN ESTE PERIÓDICO
ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE
ZARAGOZA
Director:
LIC. OSCAR PIMENTEL GONZÁLEZ
Subdirector: LIC. CÉSAR AUGUSTO
GUAJARDO VALDÉS
S U M A R I O
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DECRETO No. 619.- Se autoriza al Municipio de Ramos Arizpe, Coahuila, para que desincorpore del dominio público municipal una fracción de terreno con superficie de 13,673.40 metros cuadrados que forma parte de un área de mayor extensión, identificada como 12 (AM) y que está ubicada en el Fraccionamiento Industrial denominado “Parque Industrial Santa María”, a fin de permutar dicho inmueble a favor de la señora Catalina Rodríguez de la Fuente, para resarcirla por la afectación de un inmueble de su propiedad para la conclusión del circuito vial “Los Valdés-Manantiales del Valle”.
DECRETO No. 625.- Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Piedras Negras, Coahuila, para enajenar a título de donación, un predio ubicado en la Colonia Town
House Arcansas, con una superficie de 1260.52 metros cuadrados, a favor de la Diócesis de Piedras Negras, A.R., para la construcción de sus oficinas.
DECRETO No. 626.- Se amplía por un término de 120 días más, el plazo establecido en el Artículo Tercero del Decreto No. 255, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 82 de fecha 12 de octubre del año 2004.
ACUERDO mediante el cual se autoriza el funcionamiento y el registro provisional como Colegio de Profesionistas de la Asociación Civil Colegio de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna.
DECRETO por el cual se fija el Calendario Oficial y se señalan los días de descanso obligatorio en el Estado de Coahuila de Zaragoza.
EL C. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;
NÚMERO 619.-
ARTÍCULO PRIMERO. Se autoriza al Municipio de Ramos Arizpe, Coahuila, para que
desincorpore del dominio público municipal una fracción de terreno con superficie de 13,673.40 metros cuadrados que forma parte de un área de mayor extensión, identificada como 12 (AM) y que está ubicada en el Fraccionamiento Industrial denominado “Parque Industrial Santa María, a fin de permutar dicho inmueble a favor de la señora Catalina Rodríguez de la Fuente, para resarcirla por la afectación de un inmueble de su propiedad para la conclusión del circuito vial “Los Valdés-Manantiales del Valle”.
La mencionada fracción de terreno, se identifica con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte: Mide 20 metros y colinda con la Carretera Saltillo-Monterrey.
Al Sur: Mide 20 metros con propiedad privada.
Al Oriente: Mide 683.67 metros y colinda con calle municipal.
Al Poniente: Mide 683.67 metros y colinda con propiedad de la Señora de la Fuente.
ARTÍCULO SEGUNDO. Para que el municipio pueda disponer de este bien inmueble y cumplir
con lo que se dispone en el artículo que antecede, el Ayuntamiento, conforme a lo que señalan los artículos 273 y 276 del Código Financiero para los Municipios del Estado, acordará las formalidades que deberán satisfacerse y establecerán un plazo cierto y determinado para su formalización.
Así mismo, dentro de los cinco días hábiles siguientes de haber dictado la resolución correspondiente, deberá enviar ésta al Congreso del Estado, para que se resuelva sobre la validez o invalidez del acuerdo, por lo que el Ayuntamiento no podrá formalizar la operación, hasta en tanto el propio Congreso del Estado declare la validez de la misma y quede firme dicha resolución.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
DADO en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
DIPUTADO PRESIDENTE. JESÚS ALFONSO ARREOLA PÉREZ.
(RÚBRICA)
DIPUTADA SECRETARIA. DIPUTADO SECRETARIO. MARTHA LOERA ARÁMBULA. FRANCISCO ORTÍZ DEL CAMPO.
(RÚBRICA) (RÚBRICA)
IMPRIMASE, COMUNÍQUESE Y OBSÉRVESE
Saltillo, Coahuila, 23 de Diciembre de 2005
EL GOBERNADOR DEL ESTADO PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS
(RÚBRICA) EL SECRETARIO DE GOBIERNO
OSCAR PIMENTEL GONZÁLEZ (RÚBRICA)
EL C. PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;
DECRETA: NÚMERO 625.-
ARTÍCULO PRIMERO. Se valida el acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de
Piedras Negras, Coahuila, para enajenar, a título de donación, un predio ubicado en la Colonia Town House Arkansas, con una superficie de 1,260.52 M2., a favor de la Diócesis de Piedras Negras, A. R., para la construcción de sus oficinas. El mencionado predio de propiedad municipal, cuenta con las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: Mide 18.56 m2 y colinda con Calle Cuarta.
Al Sur: Mide 44.00 m2 y colinda con Boulevard Fidel Villarreal.
Al Oriente: Mide 31.82 m2 y colinda con propiedad del Sr. Álvaro Villarreal. Al Poniente: Mide 47.51 m2 y colinda con Calle Tercera.
ARTÍCULO SEGUNDO. El Ayuntamiento del Municipio de Piedras Negras, por conducto de su
Presidente Municipal o de su Representante legal acreditado, deberá formalizar la operación que se autoriza y proceder a la escrituración correspondiente.
ARTÍCULO TERCERO. En el supuesto de que no se formalice la enajenación que se autoriza en
el plazo de doce meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente decreto, quedarán sin efecto las disposiciones del mismo, requiriéndose en su caso de nueva autorización legislativa para proceder a la enajenación del citado inmueble.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
DADO en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
DIPUTADO PRESIDENTE. JESÚS ALFONSO ARREOLA PÉREZ.
(RÚBRICA)
DIPUTADO SECRETARIO. DIPUTADO SECRETARIO. MIGUEL FELIPE MERY AYUP. GREGORIO CONTRERAS PACHECO.
(RÚBRICA) (RÚBRICA)
IMPRIMASE, COMUNÍQUESE Y OBSÉRVESE
Saltillo, Coahuila, 29 de Diciembre de 2005
EL GOBERNADOR DEL ESTADO PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS
EL SECRETARIO DE GOBIERNO LIC. OSCAR PIMENTEL GONZÁLEZ
(RÚBRICA)
EL C. PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, A SUS HABITANTES SABED:
QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA;
DECRETA: NÚMERO 626.-
ARTÍCULO PRIMERO. Se amplía por un término de 120 días más, el plazo establecido en el
Artículo Tercero del Decreto número 255, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 82 de fecha 12 de octubre del año 2004, relativo a la validación del Acuerdo aprobado por el Ayuntamiento del Municipio de Torreón, Coahuila, para enajenar a título gratuito y a favor de la Administración Pública Federal, un predio ubicado en el Boulevard "Torreón- Matamoros" de ese municipio, con objeto de destinarlo a la Secretaría de la Defensa Nacional y de que el inmueble sea utilizado exclusivamente para la ubicación del campo militar.
ARTÍCULO SEGUNDO. En el supuesto de que no se formalice la operación aludida, en el plazo a
que se refiere el artículo que antecede, quedarán sin efecto las disposiciones contenidas en el decreto 255 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado número 82 de fecha 12 de Octubre del año 2004, requiriéndose en su caso de nueva autorización legislativa para proceder a la enajenación que en el mismo se autoriza.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico
Oficial del Gobierno del Estado.
DADO en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
DIPUTADO PRESIDENTE. JESÚS ALFONSO ARREOLA PÉREZ.
(RÚBRICA)
DIPUTADO SECRETARIO. DIPUTADO SECRETARIO. MIGUEL FELIPE MERY AYUP. GREGORIO CONTRERAS PACHECO.
(RÚBRICA) (RÚBRICA)
IMPRIMASE, COMUNÍQUESE Y OBSÉRVESE
EL GOBERNADOR DEL ESTADO PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS
(RÚBRICA) EL SECRETARIO DE GOBIERNO
LIC. OSCAR PIMENTEL GONZÁLEZ (RÚBRICA)
SECRRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Dirección de Profesiones
VISTO PARA RESOLVER EL EXPEDIENTE 05/2005, RELATIVO A LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE REGISTRO COMO COLEGIO DE PROFESIONISTAS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE MEDICOS HOMEOPATAS DE COAHUILA Y LA LAGUNA, Y
C O N S I D E R A N D O:
PRIMERO.- Que con fecha 7 de diciembre de dos mil cinco, el Dr. Raúl Toledo Gil, en su carácter
de Presidente de la Asociación Civil de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna, como se acredita con la copia certificada de la Escritura Pública número 150, de fecha seis de diciembre de dos mil cinco, otorgada ante la fe del Notario Público Número 7, Lic. Gilberto Garza Jr., presentó ante esta Secretaría de Educación y Cultura la solicitud de autorización de registro como colegio de profesionistas de la Asociación Civil de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna.
SEGUNDO.- Que la Ley de Profesiones del Estado de Coahuila de Zaragoza, establece en su
Artículo 5º Las facultades que con base en esta ley le corresponden al Estado, las ejercerá el Ejecutivo a través de la Secretaría de Educación y Cultura, la que contará con las instancias administrativas necesarias para el efecto.
TERCERO.- El Artículo 6º de la citada ley señala que Corresponden a la Secretaría de Educación
y Cultura en materia de profesiones, las siguientes facultades y atribuciones:
Fracción II.- Conocer y substanciar el procedimiento para el registro de profesionistas y colegios.
CUARTO.- Que la Ley de Profesiones para el Estado de Coahuila de Zaragoza, establece en su
Artículo 24.- Los profesionistas podrán formar colegios para la defensa de sus intereses, el fomento responsable del ejercicio profesional, su actualización y superación permanente y el beneficio de la comunidad.
QUINTO.- Que para que las agrupaciones de profesionistas funcionen como colegios, deberán
cumplir con los requisitos que al efecto señala el Artículo 25 de la citada Ley y que expresamente establece: En el Estado de Coahuila de Zaragoza las agrupaciones de profesionistas funcionarán como colegios, cuando cumplan los siguientes requisitos:
I.- Constituirse en asociación civil con los fines a que se refiere el artículo anterior y conforme a las disposiciones del Código Civil, vigente en el estado;
II.- Contar con un mínimo de cincuenta profesionistas legalmente acreditados;
III.- Obtener el registro de la Secretaría de Educación Pública a quien deberá presentar la solicitud y acompañarla de:
a).- Constancia que acredite haber satisfecho el requisito a que se refiere la fracción I de este artículo;
b).- Documentos que amparen el carácter de profesionista de sus miembros y la aceptación de ellos a formar parte de la agrupación; y
SEXTO.- Que del estudio de los documentales exhibidos por el promovente, quedó plenamente
demostrada la existencia legal de la Asociación Civil que pretende obtener la autorización de registro, hecho que se acredita con la copia certificada de la Escritura Pública número 114 de fecha veintiséis de mayo de mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante la fe del Notario Público No. 7, Lic. Gilberto Garza Martínez. En cuanto al número de socios legalmente acreditados para funcionar como colegio, el promovente presentó la documentación consistente en los títulos profesionales y cédulas de patente correspondientes que acreditan a once profesionistas como Médicos Homeópatas; la solicitud suscrita por cada uno de ellos para ser afiliados como socios del Colegio de Médicos Homeópatas de Coahuila; así como, el directorio correspondiente en el que se incluyen, entre otros datos, el nombre, domicilio y la nacionalidad de los asociados. En este sentido, la legislación en comento establece la facultad para señalar discrecionalmente el mínimo de integrantes que se requiere para la constitución de un colegio, cuando en una determinada rama profesional no exista en el estado el número de profesionistas que se precisa en la fracción II del Artículo 25.
Con base en los considerandos anteriores, la Asociación Civil de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna, cumplió parcialmente con los requisitos que para obtener el registro exige el ordenamiento legal arriba citado, al contar con sólo once (11) profesionistas afiliados a la Asociación Civil de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna.
Por lo antes expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente
A C U E R D O:
PRIMERO.- La Dirección de Profesiones de la Secretaría de Educación y Cultura, es competente
para conocer del presente procedimiento administrativo de autorización de registro como colegio de profesionistas de la Asociación Civil de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna.
SEGUNDO.- La Asociación Civil de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna, acreditó
parcialmente el cumplimiento de los requisitos que prevén el registro de colegios de profesionistas, señalados en el Artículo 25 de la Ley de Profesionistas para el Estado de Coahuila de Zaragoza.
TERCERO.- Se autoriza el registro y funcionamiento provisional como colegio de profesionistas a
la Asociación Civil de Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna, al cual se le asigna los siguientes datos de identificación: . . . . . . . . . . . .
Colegio de Médicos Homeópatas de Coahuila
Número de Registro 007, Libro Segundo, Sección Segunda, Folio 118, de fecha doce de diciembre de dos mil cinco.
CUARTO.- El presente registro está sujeto a la condición de que en un período de cinco años,
contado a partir de la fecha de registro, afilie el número mínimo de profesionistas que exige la Ley.
QUINTO.- El Colegio de Médicos Homeópatas de Coahuila deberá actuar conforme a las
atribuciones y fines que la Ley de Profesiones para el Estado de Coahuila de Zaragoza establece para los Colegios de Profesionistas, evitando en todo momento incidir en las prohibiciones que expresamente consigna el Artículo 28 de la citada Ley.
SEXTO.- Notifíquese personalmente al Dr. Raúl Toledo Gil, Presidente de la Asociación Civil
Médicos Homeópatas de Coahuila y la Laguna, el presente acuerdo y regístrese en el Libro correspondiente.
Así lo acordó y firmó el C. Lic. Ramón E. Moncada Alejandro, Director General de la Dirección
de Profesiones de la Secretaría de Educación y Cultura. Conste. . . (RÚBRICA)
HUMBERTO MOREIRA VALDÉS, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 82 fracción XVIII de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y 24 fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, y:
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 24 fracción VIII es obligación del Ejecutivo del Estado fijar el Calendario Oficial estatal por conducto de la Secretaría de Gobierno así como cuidar la observancia del que establezca el Gobierno federal.
Que el 18 de enero de 2006 entró en vigor el Decreto mediante el cual se reformó el artículo 74 de la Ley federal del Trabajo y se modifican los días en los que se conmemorarán diversas fechas históricas relevantes para nuestra Patria.
Que por tal razón nos encontramos en tiempo para encuadrar la reforma legal señalada en líneas anteriores con el Calendario Oficial estatal, por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
DECRETO POR EL CUAL SE FIJA EL CALENDARIO OFICIAL Y SE SEÑALAN LOS DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO EN EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA
ÚNICO.- Son días de descanso obligatorio:
I. El 1° de enero;
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; IV. El 1° de mayo;
V. El 16 de septiembre;
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del veinte de noviembre;
VII. El 1° de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
VIII. El 25 de diciembre; y
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en
el Periódico Oficial del Gobierno del Estado
ARTÍCULO SEGUNDO.- Por la conmemoración en el año 2006 del natalicio de Don Benito Juárez
García, Benemérito de las Américas, la fracción III, tendrá vigencia a partir del año 2007.
ARTÍCULO TERCERO.- Los titulares de las dependencias establecerán los horarios de labores y
actividades de su competencia. Asimismo, mediante acuerdo, cuando así sea necesario, podrán habilitar días y horas inhábiles.
DADO en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la ciudad de Saltillo, Coahuila al primer día del mes de febrero de 2006.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
PROFR. HUMBERTO MOREIRA VALDÉS (RÚBRICA)
EL SECRETARIO DE GOBIERNO OSCAR PIMENTEL GONZÁLEZ (RÚBRICA)
DISTRITO DE SALTILLO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO
En los autos del expediente número 97/2006, relativo al juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de SOCORRO RAMIEZ ORTIZ, promovido por LETICIA CHARLES RAMIREZ, el C. Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, LICENCIADA MARIA DE LOURDES CEPEDA HERNANDEZ, con fundamento en el artículo 1065 del Código Procesal. Se ordenó se publicarán edictos por dos veces con intervalo de diez días hábiles en la tabla de avisos de este juzgado, en el Periódico Oficial y en uno de mayor circulación en esta ciudad, a efecto de convocar a todos los que se consideren con derecho a heredar y a los acreedores a hacer valer sus derechos.
Saltillo, Coahuila a 18 de Enero 2006. C. SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE.
LIC. MARIA EDUVINA NAVARRO DE LA GARZA.
(RÚBRICA) 20 ENE Y 3 FEB
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO . SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
ATENCIÓN: Personas que se crean con derecho a heredar a GUILLERMO LÓPEZ TORRES y MA. DEL SOCORRO TORRES DE LA PEÑA, y acreedores de los mismos.
Se hace de su conocimiento que ante este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil, se estará tramitando el expediente número
2079/2005, relativo al Juicio Sucesorio
Intestamentario, a bienes de GUILLERMO LÓPEZ TORRES y MA. DEL SOCORRO TORRES DE LA PEÑA, y por otra parte y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1065 y 1085 del Código Procesal Civil, se ordenó publicar Edictos en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad, POR DOS VECES, CON UN INTERVALO de DIEZ DÍAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores de los de cujus para que se presenten en el juicio a deducirlos, haciéndoles saber que los presuntos herederos presentados son: ENRIQUE LÓPEZ TORRES.- - -
Saltillo, Coahuila, a 09 de enero del 2006. EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y
TRÁMITE
LIC. JOSÉ LUIS SEGOVIA SÁNCHEZ.
(RÚBRICA) 20 ENE Y 3 FEB
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN ATENCIÓN: Personas que se crean con derecho a heredar de MARÌA DEL REFUGIO ARAUZ SALAZAR y acreedores de la misma.
Se hace de su conocimiento, ante este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Civil, se está tramitando el expediente número 1154/2004, relativo al juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de MARÍA DEL REFUGIO ARAUZ SALAZAR, promovido por el C. IGNACIO MATADAMAS ESPINDOLA; por otra parte, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, publíquese edictos en la tabla de avisos del Juzgado, el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad, por dos veces, con un intervalo de DIEZ DÍAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto, para que se presenten en el juicio, a las NUEVE HORAS DEL DÍA NUEVE DE FEBRERO DE DOS MIL SEIS, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la junta de herederos, haciéndoles saber que los presuntos herederos lo son: ROSA ISELA PEREZ ARAUZ y LAURA PATRICIA MATADAMÀS ARAUZ, en su carácter de hijas de la de cujus, así como al C. CUAUHTEMOC PEREZ HUERTA, en su carácter de Cónyuge Supérstite.
Saltillo, Coahuila; a 06 de Enero de 2006 EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y
TRÁMITE
Licenciado NÉSTOR URREA BARRIENTOS
(RÚBRICA) 20 ENE Y 3 FEB
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO NOTARÍA PÚBLICA No. 66
DISTRITO DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO, TITULAR DE LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO 66 del Distrito Notarial de Saltillo, con despacho en Boulevard Plan de Guadalupe número 166, zona centro de Ramos Arizpe, Coahuila; HACE SABER:
Con fecha seis (6) de Diciembre del año 2005, los C.C. JOSE INES MEDINA LOPEZ en su carácter de cónyuge supérstite y JUANA, TRINIDAD, PASCUAL, JESÚS Y OFELIA de apellidos MEDINA VARGAS, iniciaron Ante Mi la
tramitación extrajudicial de la Sucesión Intestamentaria a bienes de la Señora ESTHER VARGAS CASTILLO
Con fundamento en el Artículo 1065, del Código Procesal Civil de Coahuila, se convoca a quienes se consideren con derecho a la Herencia, y a los Acreedores de la Señora ESTHER VARGAS CASTILLO, si los hubiere para que se presenten en el Procedimiento Sucesorio respectivo a deducirlos según corresponda.
Ramos Arizpe, Coahuila a 16 de Enero del 2006
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO
NOTARIA PUBLICA NUMERO 66. (RÚBRICA) 20 ENE Y 3 FEB
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO NOTARÍA PÚBLICA No. 66
DISTRITO DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO, TITULAR DE LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO 66 del Distrito Notarial de Saltillo, con despacho en Boulevard Plan de Guadalupe número 166, zona centro de Ramos Arizpe, Coahuila; HACE SABER:
Con fecha cinco (5) de Noviembre del año 2005, la C. LILIA PEREZ MORENO, inicio Ante Mi la tramitación extrajudicial de la Sucesión Intestamentaria acumulada a bienes de los Señores CENOBIA MORENO RIVERA Y JUAN PEREZ GLORIA.
Con fundamento en el Artículo 1065, del Código Procesal Civil de Coahuila, se convoca a quienes se consideren con derecho a la Herencia, y a los Acreedores de los Señores CENOBIA MORENO RIVERA Y JUAN PEREZ GLORIA, si los hubiere para que se presenten en el Procedimiento Sucesorio respectivo a deducirlos según corresponda.
Ramos Arizpe, Coahuila a 16 de Enero del 2006
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO
NOTARIA PUBLICA NUMERO 66. (RÚBRICA) 20 ENE Y 3 FEB
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO NOTARÍA PÚBLICA No. 66
DISTRITO DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO, TITULAR DE LA NOTARIA PÚBLICA NÚMERO 66 del Distrito Notarial de Saltillo, con despacho en Boulevard Plan de Guadalupe número 166, zona centro de Ramos Arizpe, Coahuila; HACE SABER:
Con fecha ocho (8) de Noviembre del año 2005, los C.C. ENRIQUETA SÁNCHEZ LOPEZ en su carácter de cónyuge supérstite y BALBINA, AMADOR, JOSE ELEAZAR, Y ELVIA de apellidos GALLEGOS SANCHEZ, iniciaron Ante Mi la tramitación extrajudicial de la Sucesión Intestamentaria a bienes de el Señor GILBERTO GALLEGOS LUCIO.
Con fundamento en el Artículo 1065, del Código Procesal Civil de Coahuila, se convoca a quienes se consideren con derecho a la Herencia, y a los Acreedores de el Señor GILBERTO GALLEGOS LUCIO, si los hubiere para que se presenten en el Procedimiento Sucesorio respectivo a deducirlos según corresponda.
Ramos Arizpe, Coahuila a 16 de Enero del 2006
LIC. ROSA MARIA CEDILLO ELIZONDO
NOTARIA PUBLICA NUMERO 66. (RÚBRICA) 20 ENE Y 3 FEB
LIC. ADRIANA PARRA FLORES NOTARÍA PÚBLICA No. 64 DISTRITO DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
AVISO NOTARIAL
Con fecha 17 de Diciembre del 2005, ante mi se ha iniciado PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFORMACIÓN A PERPETUA MEMORIA de un bien inmueble sito en el lugar conocido como EL RANCHO DE LA ORTEGA, MUNICIPIO DE RAMOS ARIZPE, COAHUILA. CON UNA SUPERFICIE DE 1-48-59 HECTAREAS.- Y LAS SIGUIENTES COLINDANCIAS: AL NORTE CON JOSE LUIS BERLANGA; AL SUR CON JESÚS NAVARRO Y/O TACHO CABELLO, AL ORIENTE CON TANQUE DE LAS ALMENDRILLAS; AL PONIENTE CON LOMA DE LA ORTEGA Y EL SIGUIENTE CUADRO DE CONSTRUCCIÓN:--
LADO RUMBO DISTANCIA
EST PV 1 2 S 88o 14’28.36’’E 202.657 2 3 S 58o 51’05.86’’E 54.647 3 4 S 16o 41’00.32’’W 49.920 4 5 N 74o 25’28.78’’W 59.101 5 6 N 87o 55’08.07’’W 182.077 6 1 N 03o 43’08.49’’E 59.951 V COORDENADAS Y X 1 2,824,463.3443 308,138.3856 2 2,824,457.1244 308,340.9472 3 2,824,428.8576 308,387.7162 4 2,824,381.0389 308,373.3850 5 2,824,396.9079 308,316.4541 6 2,824,403.5198 308,134.4970 1 2,824,463.3443 308,138.3856 Por lo que con fundamento en lo que al respecto dispone el artículo 1790 Fracc. III, del Código Civil del Estado, hago del conocimiento los hechos mediante esta publicación que se hará por tres veces, de 7 en 7 días en el Periódico Oficial del Estado, así como en uno de los de mayor circulación de esta ciudad, y se fijará además en los lugares públicos de la localidad, convocando por este medio a cualquier persona que pudiera sentirse afectada con este procedimiento. Se hace del conocimiento de los mismos, que la información testimonial se llevará a cabo el día 10 de Febrero del año 2006. a las 18:00 horas. Lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.---
SALTILLO, COAH. A 17 DE DICIEMBRE DEL 2005
LIC. ADRIANA PARRA FLORES
NOTARIA PUBLICA No. 64.
(RÚBRICA) 24 ENE-3 Y 14 FEB
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y
Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: Saltillo, Coahuila, a cinco de enero del año dos mil seis.- Visto el escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes; como lo solicita la parte actora y por la razón que expone se ordena que los proveídos dictados con fechas veintisiete de mayo, catorce de julio, treinta y uno de agosto, siete y quince de septiembre, veintitrés y veinticinco de noviembre y cinco de diciembre del año próximo pasado así como el presente proveído, procedan a notificarse personalmente a fin de que surtan sus efectos por medio de edictos, con fundamento en el artículo 221 del Código Procesal Civil, se ordena se emplace por medio de edictos que se publicarán por TRES veces de TRES en TRES días en el Periódico Oficial, así como en el periódico de mayor circulación, haciéndole saber a las citadas codemandadas que las copias de traslado de la demanda y sus anexos se encuentran a su disposición en el local del juzgado de mi adscripción, haciéndoles saber además que el plazo para contestar la demanda entablada en su contra es de QUINCE DÍAS, y comenzará a correr a partir del día siguiente al de la publicación del último de los edictos.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a los codemandados personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V.. Así, lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite, que autoriza y da fe.-“ CONSTE.- - - SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL
AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA.
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE. (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de
Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila, a veintisiete de mayo del año dos mil cinco.- Por recibido el anterior escrito, anexos y copias simples que se acompaña, fórmese el expediente respectivo y regístrese en el Libro de Gobierno bajo el número estadístico que le corresponda. Con fundamento en la fracción IX del artículo 19 del Código Procesal Civil, la suscrita Juez declara bajo protesta de decir verdad que, hasta donde mi limitación humana me permite advertirlo, conozco los requisitos que la Ley establece para determinar la capacidad objetiva y subjetiva, que cumplo con ellos y que, en caso contrario, quedo sujeta a las consecuencias de carácter legal que mis actuaciones originen. En consecuencia, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTÍZ RAMÍREZ, demandando en la VIA ORDINARIA CIVIL SOBRE ADQUISICIÓN POR USUCAPIÓN, a las Personas Morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECANICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A DE C.V., y AUTOKARTS, S.A DE C.V., por conducto de quienes legalmente los representen; las prestaciones que se contienen en el escrito que se provee. Con fundamento en los artículos 384, 385, 386, 390, 393, y demás relativos y aplicables del Código Procesal Civil, se admite la demanda de cuenta en la vía y forma propuesta; asimismo, como lo solicita el poderdante, en virtud de que manifiesta que desconoce el domicilio actual de los codemandados UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECANICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A DE C.V., y AUTOKARTS, S.A DE C.V., por consiguiente, y en virtud de que el promovente manifiesta desconocer el domicilio o ubicación actual de la parte demandada gírense atentos
oficios a las dependencias DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO, INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, TELÉFONOS DE MÉXICO, S.A. DE C.V. y AGUAS DE SALTILLO, S.A DE C.V., por conducto de sus titulares a fin de que informen ante este Juzgado, si en los archivos existentes en la dependencia a su cargo se encuentra registrado el domicilio de la parte demandada UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECANICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A DE C.V., y AUTOKARTS, S.A DE C.V., y en caso afirmativo se sirvan proporcionarlos a esta autoridad; lo anterior a efecto de realizar el emplazamiento correspondiente a la parte demandada. Asimismo, con fundamento en los artículos 119, 120, 121 y demás relativo del Código Procesal Civil y 255 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se autoriza para oír y recibir notificaciones a los Licenciados GREGORIO ALBERTO PERÉZ MATA, HÉCTOR ARMANDO ALVEAR ALVARADO, GERARDO HUMBERTO ORZUA SEGURA, JESSIKA PALOMA SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, ROCÍO H. JIMÉNEZ GUERRERO y JOSÉ ENRIQUE CAMACHO CEPEDA; y únicamente para imponerse de autos a los pasantes de derecho VICENTE NAJERA DOMINGUEZ Y DAVID ALEJANDRO ALVARADO SALAS Y JUAN MANUEL CEPEDA RODRIGUEZ.- NOTIFÍQUESE.- Así lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.-” CONSTE.--- SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL
AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su
carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila, a catorce de julio del año dos mil cinco.-Visto el escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes; como lo solicita la parte actora y en virtud de que afirma que la parte demandada UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V., por conducto de quien legalmente la represente, tiene su domicilio ubicado en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, con los insertos necesarios, gírese atento exhorto al C. Juez competente y en turno en la citada ciudad, a fin de que en auxilio de las labores de este Juzgado, gire los oficios correspondientes a la COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, con domicilio en calle Alfonso Reyes, número 2240, de la Colonia Bellavista; SERVICIOS DE AGUA Y DRENAJE DE MONTERREY, I.P.D., con domicilio en la calle Matamoros, número 1717, en la Colonia Obispado; INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, con domicilio en calle Vallarta, número 435/5 y 15 de Mayo, y, TELÉFONOS DE MÉXICO, S.LA. DE C.V, con domicilio en calle Constitución, número 1101, en la Colonia Mirador, domicilios de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, para la localización de la persona moral, demandada; por consiguiente, se faculta al C. Juez exhortado para que pueda girar oficios a la autoridad ministerial o de seguridad pública, dependencia o institución que estime conveniente el C. Juez exhortado a fin de proceder a la localización de la persona moral demandada Unión de Crédito de la Microindustria Metalmecánica y Similares del Estado de Nuevo León, S.A. de C.V., hecho lo cual y recabada la información sea devuelto el exhorto, lo anterior con fundamento en los artículos 228, 232 y demás relativos del Código Procesal Civil. Finalmente y con fundamento en los artículos 119, 120, 121 y demás relativos del Ordenamiento Procesal en cita, se tiene por autorizado para oír y recibir notificaciones al Licenciado MOISÉS MELHEM MARCOS.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a los codemandados UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y
SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., a través de sus Representantes Legales.- Así, lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe. -” CONSTE.--- SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL
AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila, a Treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.- Por recibido el oficio de cuenta número 1029/2005, de fecha veintinueve de agosto del presente año, suscrito por el Ingeniero MARIO ALBERTO VÁZQUEZ LÓPEZ, en su carácter de Vocal del Registro Federal de Electores, Instituto Federal Electoral, agréguese a sus antecedentes; para que surta los efectos legales a que haya lugar.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a los codemandados UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., a través de sus Representantes Legales.- Así, lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe. -” CONSTE.---
SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila a siete de septiembre del año dos mil cinco.- Por recibido el oficio de cuenta número 1262/2005, de fecha tres de septiembre del presente año, suscrito por el Comandante FRANCISCO HERNÁNDEZ TREVIÑO, en su carácter de Encargado de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado, agréguese a sus antecedentes; para que surta los efectos legales a que haya lugar.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a los codemandados UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., a través de sus Representantes Legales.- Así, lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.-” CONSTE.---
SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de
Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila a quince de septiembre del año dos mil cinco.- Por recibidos los oficios de cuenta números JJPNNS-672/2005 y DC: JRO:0810/2005, de fechas nueve y trece de septiembre del presente año, suscrito por el Licenciado SANTIAGO PUGA VÁZQUEZ y el Ingeniero ERNESTO ALVARADO TREVIÑO, en su carácter de Representante Legal de Teléfonos de México, S.A. de C.V. y Superindentendete de Zona de la Comisión Federal de Electricidad, División de Distribución Golfo Norte Zona Saltillo, Coahuila y un anexo que se acompaña, agréguense a sus antecedentes; para que surtan los efectos legales a que haya lugar.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a los codemandados las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., a través de su Representante Legal.- Así, lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.- “CONSTE.--- SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL
AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila, a veintitrés de noviembre del año dos mil cinco.- Vistos los escritos de cuenta, agréguense a sus antecedentes; se tiene al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTÍZ RAMÍREZ, por señalando como nuevos domicilios del codemandado la persona moral denominada AUTOKARTS, S.A. DE C.V., los ubicados en el Boulevard Francisco I. Madero, número 109, Unidad Habitacional Francisco I. Madero y Boulevard Francisco I. Madero, número 109, ambos de esta ciudad, lugar donde el C. Actuario procederá a cumplimentar la diligencia de emplazamiento. Por otra parte, se tiene por recibido el oficio número 2672/2005, de fecha once de noviembre del año en curso, enviado a este Juzgado por el Licenciado RAÚL FARFAN BOCANEGRA, en su carácter de Juez Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a la que adjunta el exhorto número 79/2005, en treinta y cinco fojas útiles, el que se encuentra debidamente diligenciado, deducido del presente procedimiento, radicado ante este Juzgado, el que se manda agregar a los autos a fin de que surta los fectos legales conducentes.. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a los codemandados a las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V..- Así, lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.-“ CONSTE.---
SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila, a veinticinco de noviembre del año dos mil cinco.- Por recibido el oficio sin número, de fecha diecisiete de noviembre del presente año, agréguese a sus antecedentes, se tiene al Licenciado JAVIER GERARDO VILLARREAL GONZÁLEZ, en su carácter de Jefe de Servicios Jurídicos de Aguas de Saltillo, Empresa Paramunicipal de Servicios, por informando a la C. Juez, que no se encontró registro alguno a nombre de las codemandadas las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE a las codemandadas las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V..- Así, lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.-” CONSTE.---
SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRAMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
La C. Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente
595/2005, relativo al Juicio ORDINARIA CIVIL
SOBRE ADQUISICIÓN SOBRE USUCAPIÓN, se tiene por presentado al Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTIZ RAMÍREZ, en contra de las personas morales denominadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V. y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., un auto que a la letra dice: “Saltillo, Coahuila, a cinco de diciembre del año dos mil cinco.- Visto el escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes; como lo solicita el Licenciado ALEJANDRO JIMÉNEZ GUERRERO, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de ISAUL ORTÍZ RAMÍREZ y como se desprende del oficio número 1262/2005, de fecha tres de septiembre del presente año, suscrito por el Comandante FRANCISCO HERNÁNDEZ TREVIÑO, Encargado de la Dirección General de Seguridad Pública del Estado, manifestó que no fue posible localizar el domicilio de las codemandadas UNIÓN DE CRÉDITO DE LA MICROINDUSTRIA METALMECÁNICA Y SIMILARES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, S.A. DE C.V., y AUTOKARTS, S.A. DE C.V., a través de sus representantes legales; con fundamento en el artículo 221 del Código Procesal Civil, se ordena se emplace por medio de edictos que se publicarán por TRES veces de TRES en TRES días en el Periódico Oficial, así como en el periódico de mayor circulación, haciéndole saber a las citadas codemandadas que las copias de traslado de la demanda y sus anexos se encuentran a su disposición en el local del juzgado de mi adscripción, haciéndoles saber además que el plazo para contestar la demanda entablada en su contra es de QUINCE DÍAS, y comenzará a correr a partir del día siguiente al de la publicación del último de los edictos. NOTIFÍQUESE. Así lo acordó y firma la Licenciada ROSA MARÍA VEGA RODRÍGUEZ, Juez Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, ante la Licenciada LUZ MARGARITA MORENO IBARRA, Secretaria de Acuerdo y Trámite que autoriza y da fe.” CONSTE.---
SALTILLO, COAHUILA, A 13 DE ENERO DEL AÑO 2006.
LIC. LUZ MARGARITA MORENO IBARRA
SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE (RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
El C. Licenciado ARTURO JAVIER CAVAZOS CADENA, Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Civil de este Distrito Judicial de Saltillo, dictó dentro de los autos del expediente 294/2005 relativo al Juicio ORDINARIO CIVIL promovido por RAMON CORTES SANCHEZ en contra de JOSE GUADALUPE AGUILLON ROCHA Y OTRO, un auto que a la letra dice: “Visto el escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes; como lo solicita y con fundamento en el artículo 221 fracción II de Código Procesal Civil, atendiendo a que de las constancias de autos se desprende que se desconoce el domicilio de la parte demandada JOSE GUADALUPE AGUILLON ROCHA, se ordena emplazar por edictos que se publicarán por TRES veces de TRES en TRES días en el Periódico Oficial del Estado y en un periódico de los de mayor circulación en el Estado, a efecto de hacerle saber que es demandado en la Vía Ordinaria Civil por los conceptos que se determinan en la demanda, a efecto de que comparezca en el término de QUINCE DÍAS ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Distrito Judicial de Saltillo a presentar contestación a la demanda, mismos que se computarán a partir del día siguiente de la fecha de publicación del último de los edictos. Quedan a su disposición, en la Secretaría de este Juzgado, copias de traslado de la demanda. NOTIFÍQUESE...“CONSTE.
EL SECRETARIO
LIC. ALMA LETICIA VAZQUEZ GARCIA
(RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
E D I C T O
En autos del Expediente número 269/2005, relativo al juicio FAMILIAR ESPECIAL ORDINARIO DE DIVORCIO NECESARIO, promovido por DANIEL HERNÁNDEZ MACHADO, en contra de EUDORA DIAZ FLORES; se dictó una sentencia que en los puntos resolutivos dice:- - - "SENTENCIA.- Saltillo, Coahuila, a nueve de diciembre del año dos mil cinco.- - - Por lo expuesto y fundado es de resolverse y se resuelve: = PRIMERO.- Este Juzgado ha sido y es competente para conocer y resolver de este Juicio Ordinario Civil. = SEGUNDO.- Las partes actuaron con capacidad procesal por ser mayores de edad. = TERCERO.- La parte actora DANIEL HERNÁNDEZ MACHADO, acreditó los hechos o elementos constitutivos de su acción, fundada en la causal XIX del artículo 363 del Código Civil de Coahuila, y la parte demandada EUDORA DIAZ FLORES no compareció a juicio: = CUARTO.- Se decreta el divorcio y por ende se declara la disolución del vínculo matrimonial celebrado entre los CC. DANIEL HERNÁNDEZ MACHADO y EUDORA DIAZ FLORES, en fecha veinte de febrero de mil novecientos ochenta y nueve, que se encuentra asentado en el Acta número 00062, Libro 4, Tomo 1, levantada por el C. Oficial Primero del Registro Civil de Ciudad Acuña, Coahuila. = QUINTO.- Ejecutoriada que se ésta resolución procédase a girar los oficios respectivos, conforme lo dispone los artículos 213 y 385 del Código Civil del Estado. Cúmplase con el Exhorto ordenado = SEXTO.- No ha lugar a hacer especial condenación en costas. = NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE, Así con fundamento en lo dispuesto por el artículo 221 Fracción V del Código Procesal Civil del Estado, publíquese los puntos resolutivos tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial y en un periódico de los de mayor circulación en el Estado; así, definitivamente juzgando lo resolvió y firma el Ciudadano Licenciado LUIS MARTIN GRANADOS SALINAS, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, que actúa con la Secretaria MARHA SILVIA FLORES SAUCEDO, que autoriza y da fe.” RUBRICAS.
Saltillo, Coahuila; a 18 de Enero del año 2005 LA C. SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO.-
LIC. MARTHA SILVIA FLORES SAUCEDO.
(RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
E D I C T O
En autos del Expediente número 1008/2004 relativo al Juicio FAMILIAR ESPECIAL ORDINARIO DIVORCIO NECESARIO, promovido por MARÍA DE JESÚS VALERIO CASTILLO en contra de RUBEN GARCÍA ROMERO se dictó una sentencia definitiva que en sus puntos resolutivos dice:
SENTENCIA DEFINITIVA No. 427/2005
Saltillo, Coahuila; a dieciocho de octubre del año dos mil cinco.
...Por lo expuesto y fundado es de resolverse y se resuelve:
PRIMERO.- Este Juzgado ha sido y es competente para conocer y resolver de este Juicio Ordinario Civil.
SEGUNDO.- Las partes actuaron con capacidad procesal por ser mayores de edad.
TERCERO.- La parte actora MARIA DE JESUS VALERIO CASTILLO acreditó los hechos o elementos constitutivos de su acción, fundada en la causal XIV del artículo 363 del Código Civil de Coahuila, y la parte demandada RUBEN GARCIA ROMERO no compareció a juicio:
CUARTO.- Se decreta el divorcio y por ende se declara la disolución del vínculo matrimonial celebrado entre los CC. MARIA DE JESÚS VALERIO CASTILLO y RUBEN GARCIA ROMERO en fecha siete de diciembre de mil novecientos noventa y seis, que se encuentra asentado en el Acta número 00547, Libro 4, Tomo 3, Hoja 4703, levantada por el C. Oficial Veintinueve del Registro Civil de Saltillo, Coahuila.
QUINTO.- Por lo que hace a los derechos de Patria Potestad del menor LUIS ENRIQUE GARCIA VALERIO, se suspende en los derechos de la misma, al C. RUBEN GARCIA ROMERO, entre tanto se desconozca su domicilio, debiendo ejercerla únicamente la C. MARIA DE JESUS VALERIO CASTILLO.
SEXTO.- Se condena al hoy demandado al pago de una pensión alimenticia definitiva a favor del menor LUIS ENRIQUE GARCIA VALERIO y de la C. MARIA DE JESUS VALERIO CASTILLO,
consistente en el 30% (TREINTA PORCIENTO), de los SUELDOS, SALARIOS, TIEMPO EXTRA, REPARTO DE UTILIDADES, VACACIONES, AHORROS, BONOS DE DESPENSA, INCENTIVOS, AGUINALDOS, TERMINACIÓN LABORAL EN SU CASO, y demás prestaciones que obtenga el Demandado RUBEN GARCIA ROMERO.
SÉPTIMO.- Ejecutoriado que sea esta resolución procédase a girar los oficios respectivos, conforme lo dispone el artículo 213 y 385 del Código Civil de Coahuila. Cúmplase con el exhorto ordenado. OCTAVO.- No ha lugar a hacer especial condenación en costas.
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE, con fundamento en lo dispuesto pro el artículo 221 Fracción II del Código Procesal Civil de Coahuila, publíquese los puntos resolutivos tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial y en un periódico de los de mayor circulación en el Estado; así, definitivamente juzgando lo resolvió y firma el Ciudadano Licenciado LUIS MARTIN GRANADOS SALINAS, Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, que actúa con la Secretaria MARTHA ROSALBA DE LA LUZ GARCIA ALMANZA, que autoriza y da fe.- - - - - - "RUBRICAS".- - -
Saltillo, Coahuila a 08 de diciembre del año 2005
LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO.
LIC. MARTHA ROSALBA DE LA LUZ GARCIA ALMANZA
(RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
E D I C T O
Ante el C. Juez Tercero de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, compareció el C. RAMÓN ROBLEDO PÉREZ demandando en Juicio ORDINARIO DE DIVORCIO NECESARIO, a ENGRACIA VALLE LÓPEZ, dentro de los autos del expediente número 898/2005, admitiéndose la
demanda y en virtud de que de la demandada ENGRACIA VALLE LÓPEZ se ha ocultado para evitar ser emplazada del presente negocio, y de conformidad con los artículos 210 y 211 del Código Procesal Civil, se decretó el emplazamiento, de la demandada ENGRACIA VALLE LÓPEZ, por medio de edictos que se publicarán por tres veces de tres en tres días en el Periódico Oficial del Estado, y otro de los de mayor circulación, haciéndole saber que en este Juzgado se radicó el juicio ya mencionado, en el cual el actor invoca como causal el abandono injustificado por más de tres años y el incumplimiento de sus deberes, haciéndole saber que deberá presentarse a este Juzgado dentro del término de VEINTE DÍAS, a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, haciéndole saber que las copias de la demanda se encuentran a disposición en la Secretaría de este Juzgado para que se imponga de ellas.
Saltillo, Coahuila; a 6 de enero de 2006. LA C. SECRETARIA DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO
FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO.
Licenciada MARGARITA LETICIA HERNÁNDEZ OLVERA.
(RÚBRICA) 24-27 ENE Y 3 FEB
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA FAMILIAR DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
E D I C T O
En los autos del Juicio Familiar Especial de Divorcio Necesario Expediente número 879/2005 relativo al Juicio antes mencionado, promovido por JUAN MASSU NIEBLA en contra de MARIA ISIS CASTILLEJOS HERNANDEZ, la Licenciada ALMA LETICIA GOMEZ LOPEZ Juez Primero de Primera Instancia en Materia Familiar del Distrito Judicial de Saltillo con residencia en esta ciudad, ordenó que se procediera a publicar edictos por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como en el Periódico de Mayor Circulación, que se edita en esta ciudad, haciéndose saber a la parte demandada MARIA ISIS CASTILLEJOS HERNANDEZ, que debe presentarse ante este Juzgado dentro del término de QUINCE DÍAS, a partir de la última
publicación a contestar a lo que en su derecho convenga; quedando a su disposición en la Secretaria de este Juzgado las copias simples de la demanda y de los documentos.
"SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN" SALTILLO, COAHUILA A 12 DE ENERO DEL
AÑO 2006
LA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA
FAMILIAR
LIC. MARIA EUGENIA GALINDO HERNANDEZ
(RÚBRICA) 31 ENE-3 Y 10 FEB
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
AT’N: JOSE MARIA GALINDO FUENTE. Se hace de su conocimiento que ante este Juzgado Segundo Civil del Distrito Judicial de Saltillo, Coahuila, se tramita el Juicio ORDINARIO CIVIL número 1892/2005 promovido en su contra por JESUS RAMOS AGUIRRE atendiendo a que se desconoce su domicilio, se ordena emplazarlo por edictos que se publicarán por TRES veces de TRES en TRES días en el Periódico Oficial del Estado y en uno de circulación en la entidad, a efecto de hacerle saber que es demandado en la Vía Ordinaria Civil por los conceptos que se determinan en la demanda, a efecto de que comparezca en el término de QUINCE DÍAS ante este Juzgado a contestar la demanda, término que se computará a partir del día siguiente de la fecha de publicación del último de los edictos. CONSTE.---
EL C. SECRETARIO
LIC. MODESTO CORPUS GONZÁLEZ.
(RÚBRICA) 31 ENE-3 Y 10 FEB
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Se hace de su conocimiento que ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial del Saltillo se tramita el Juicio
INTESTAMENTARIO a bienes de BERNARDINO MENDOZA VELASCO expediente 140/2004; y se ordenó publicar edictos en la Tabla de Avisos del Juzgado, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en la ciudad por DOS veces con intervalo de DIEZ días, convocando a quienes se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del difunto para que comparezcan ante este Juzgado a las doce treinta horas del 13 de febrero en curso, haciéndoles saber que los denunciantes son JUAN DANIEL MENDOZA GARCIA. ---
EL C. SECRETARIO
LIC. MODESTO CORPUS GONZALEZ.
(RÚBRICA) 3 Y 21 FEB
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
ATENCIÓN: Personas que se crean con derecho a heredar de JULIA CARDENAS LOPEZ y acreedores de la misma.
Se hace de su conocimiento, ante este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Civil, hace constar que se está tramitando el expediente número 1078/2004, relativo al juicio SUCESORIO INTESTAMENTARIO a bienes de JULIA CÁRDENAS LÓPEZ, promovido por los C. JOSÉ FRANCISCO AHUMADA CÁRDENAS; por otra parte, y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, publíquese edictos en la tabla de avisos del Juzgado, el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad, por dos veces, con un intervalo de DIEZ DÍAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores de la difunta, para que se presenten en el juicio, para que tenga verificativo en el local de este juzgado la junta de herederos, haciéndoles saber que los presuntos herederos lo son: los CC. JOSÈ FRANCISCO, MARÌA GUADALUPE y JESÙS ARMANDO de apellidos AHUMADA CARDENAS, en su carácter de hijos del cujus, así como el C. JOSÈ FRANCISCO AHUMADA CARDENAS, en su carácter de cónyuge supérstite.
Saltillo, Coahuila; a 16 de enero de 2006 EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y
TRÁMITE
Licenciado NÉSTOR URREA BARRIENTOS
(RÚBRICA) 3 Y 21 FEB
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
E D I C T O
En los autos del expediente número 116/2006, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de FRANCISCO ALBERTO GALINDO CEPEDA, denunciado por MARICELA GONZALEZ RODRÍGUEZ, GABRIELA, FRANCISCO ALBERTO, FABIOLA e IVETT PANDORA de apellidos GALINDO GONZALEZ, la Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, Licenciada MARIA DE LOURDES CEPEDA HERNÁNDEZ, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, ordenó se publicaran edictos por DOS veces con intervalo de DIEZ días hábiles en la tabla de avisos de este Juzgado, en el Periódico Oficial y en uno de mayor circulación en esta ciudad, a efecto de convocar a todos los que se consideren con derecho a heredar y a los acreedores del difunto para que si a su derecho conviene, concurran a este juzgado a las TRECE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA MIÉRCOLES PRIMERO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO a hacer valer sus derechos. ---
Saltillo, Coahuila a 23 de Enero del 2006.
LIC. MARÍA EDUVINA NAVARRO DE LA GARZA.
LA SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE. (RÚBRICA) 3 Y 21 FEB
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO SALTILLO, COAHUILA.
E D I C T O.
En los autos del expediente número 148/2006, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de ERNESTO SILLER TOVAR y MARIA IGNACIA PADRÓN GARCIA, denunciado por DORA ELIA SILLER PADRÓN, la C. Licenciada MARIA DE LOURDES CEPEDA HERNÁNDEZ, Juez Primero de Primera Instancia en Materia Civil, del Distrito Judicial de Saltillo,
ordenó con fundamento en el artículo 1065 del Código Procesal Civil, se publiquen edictos por DOS veces con un intérvalo de DIEZ días en la tabla de avisos de este juzgado, en el Periódico Oficial del Estado y en uno de mayor circulación en esta ciudad, a efecto de convocar a todos los que se consideren con derecho a heredar y a los acreedores de los difuntos para que, si a su derecho conviniere, concurran a hacer sus derechos. Se hace saber a los interesados que se señalaron las NUEVE HORAS DEL DIA JUEVES NUEVE DE MARZO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la junta de herederos.
Saltillo, Coahuila, a 27 de Enero del año 2006 LA C. SECRETARIA ADSCRITA
LIC. LAURA OFELIA CASTAÑEDA REYNA
(RÚBRICA) 3 Y 21 FEB
LIC. ARMANDO MANUEL FERNÁNDEZ MONTOYA
NOTARÍA PÚBLICA No. 38 DISTRITO DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
AVISO NOTARIAL.
LICENCIADO ARMANDO MANUEL FERNÁNDEZ MONTOYA NOTARIO PUBLICO NUMERO (38) TREINTA Y OCHO, CON EJERCICIO EN EL DISTRITO NOTARIAL DE SALTILLO, CON DOMICILIO EN LA CALLE DE GENERAL CHARLES, NUMERO 100-A, HAGO CONSTAR: Que con fecha 11 de ENERO del 2006 comparecieron ante mí la C. MARIA TERESA GALINDO BORREGO, (Cónyuge Supérstite), y los C.C. MONICA TERESA, LUIS, VERÓNICA y MARCELA, todos de apellidos SÁNCHEZ GALINDO (Hijos) a iniciar el Procedimiento Extrajudicial Intestamentario a bienes del señor LUIS SÁNCHEZ MORA, quien falleció en la ciudad de Saltillo, Coahuila, el día 30 de Noviembre del 2005.- Los comparecientes se reconocen recíprocamente su calidad de herederos, y nombran como Albaceas a los C.C. MONICA TERESA y LUIS ambos de apellidos SÁNCHEZ GALINDO, con domicilio ubicado en el Boulevard Jesús Valdés Sánchez número 3025, del Fraccionamiento Oceanía, de la ciudad de Saltillo, Coahuila.- Lo anterior se da a conocer para los efectos legales correspondientes por medio de dos publicaciones de diez en diez días, en uno de los periódicos de mayor circulación en
la ciudad, de conformidad con el artículo 1127 del Código Procesal Civil en vigor en el Estado.
LIC. ARMANDO MANUEL FERNÁNDEZ MONTOYA
NOTARIO PUBLICO NUMERO 38. (RÚBRICA) 3 Y 21 FEB
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA CIVIL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN.
ATENCIÓN: Personas que se crean con derecho a heredar a AGUSTÍN VERÁSTEGUI CERDA, y acreedores del mismo.
Se hace de su conocimiento que ante este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Materia Civil, se estará tramitando el expediente número
1954/2005, relativo al Juicio Sucesorio
Intestamentario, a bienes de AGUSTÍN VERÁSTEGUI CERDA, y por otra parte y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1065 y 1085 del Código Procesal Civil, se ordenó publicar Edictos en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los de mayor circulación de esta Ciudad, POR DOS VECES, CON UN INTERVALO de DIEZ DÍAS, convocando a los que se consideren con derecho a la herencia y a los acreedores del de cujus para que se presenten en el juicio a deducirlos, haciéndoles saber que los presuntos herederos presentados son: DELFINA RAMÍREZ RODRÍGUEZ VIUDA DE VERÁSTEGUI, AGUSTÍN, PORFIRIO, GLORIA INA SILVERIA, MARÍA DELFINA, MARÍA DE LA LUZ, SANDRA MAYELA, EVA DEL REFUGIO Y RICARDO GERMÁN de apellidos VERÁSTEGUI RAMÍREZ.---
Saltillo, Coahuila, a 24 de enero del 2006. EL C. SECRETARIO DE ACUERDO Y
TRÁMITE.
Lic. JOSÉ LUIS SEGOVIA SÁNCHEZ.
(RÚBRICA) 3 Y 21 FEB
JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DISTRITO JUDICIAL DE SALTILLO. SALTILLO, COAHUILA.
EXTRACTO DE DEMANDA
En autos del Expediente 123/2005, relativo al Juicio FAMILIAR ESPECIAL ORDINARIO DE