ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO
Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal
Marcia Itzel Checa Gutiérrez, Secretaria Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal con fundamento en lo dispuesto en el artículos 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; así como el artículo 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y los artículo 18 y Noveno Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, yCONSIDERANDO
UNICO: Que mediante oficio OM/CGMA/0415/2014, de fecha 14 de mayo de 2014, la Coordinación General de Modernización Administrativa, en términos del dictamen 6/2013 consideró procedente el registro del Manual Administrativo en su parte de Organización, con número de registro MA-113-6/13.
En tal virtud, he tenido a bien expedir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA
SECRETARÍA EJECUTIVA DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL
PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
CON NÚMERO DE REGISTRO MA-113-6/2013.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL MECANISMO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL
No. de Dictamen 6/2013 I. ÍNDICE
II. PRESENTACIÓN III. ANTECEDENTES IV. MARCO JURÍDICO V. ATRIBUCIONES
VI. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS VII. ESTRUCTURA ORGÁNICA VIII. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES I. PRESENTACIÓN
El presente manual de organización es un documento administrativo que tiene como propósito plasmar las relaciones formales de comunicación de jerarquía y de autoridad, así como los criterios que describen la división de trabajo de las diferentes áreas que conforman la Secretaria Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos.
El principal objetivo que persigue el presente manual de organización es presentar una visión de conjunto de la estructura de la Secretaria Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos. Precisando las funciones encomendadas a cada una de las áreas que la integran, para así delimitar sus responsabilidades y evitar duplicidades en el desarrollo de sus funciones, concentrando un mejor aprovechamiento de los recursos con que cuenta esta Secretaría Ejecutiva.
II. ANTECEDENTES
El esfuerzo del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal y ahora de este órgano desconcentrado encargado de darle seguimiento, ha sido producto del esfuerzo desplegado por la Asamblea Legislativa, Gobierno, Tribunal Superior de Justicia, Comisión de Derechos Humanos, todos del Distrito Federal, organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas, por construir nuevos diseños institucionales y formas de convivencia social que ponen en el centro la dignidad de todas las personas.
Producto de la voluntad y convergencia de estos actores, desde 2006 han venido trabajando de manera sustentada e ininterrumpida para contar primero con un Diagnóstico de Derechos Humanos y después para crear el Programa de Derechos Humanos. Hoy convergen en el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación a través de su Comité de Seguimiento y Evaluación, creado el 12 de marzo de 2010 mediante un Convenio de colaboración (CSyE) y como parte de esta estructura, un órgano técnico (Equipo Técnico Operativo) encargado de las tareas de seguimiento y evaluación del PDHDF, entre otras. La Ley del Programa de Derechos Humanos, publicada el 30 de mayo de 2011 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece que el Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos contará con una Secretaría Ejecutiva encargada, entre otras, de las tareas de seguimiento, evaluación, orientación a la implementación y difusión del Programa en su artículo 25.
Mediante dictamen 04/2008, comunicado a través del oficio CG/333/2012 de fecha 16 de julio de 2012, la Contraloría General del Distrito Federal dictaminó favorablemente la estructura orgánica de la Secretaría Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.
El 23 de noviembre de 2011 se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, donde se definen las áreas de trabajo de la Secretaría Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Con fecha 17 de abril de 2012 se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la reforma al artículo 7 del reglamento interior de la Administración Pública del Distrito Federal, mediante el cual se crea la Secretaría Ejecutiva (SE) del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación (MSyE) del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal (PDHDF), como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobierno.
III. MARCO JURÍDICO
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 5/02/1917, última reforma D.O.F. 11/06/2013. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal. DO 26/07/1994, última reforma DOF 207/01/2013.
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos D.O.F. 31/12/82, última reforma D.O.F. 15/06/2012. Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. GODF 30/05/2011, última reforma G.O.D.F 15/06/2012. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado “B”; D.O. F. 28/12/63, última reforma D.O.F. 03/05/06.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, G.O.D.F. 29/12/98, reforma G.O.D.F. última reforma 20/01/2013.
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal G.O.D.F. 28/09/98, última reforma 07/04/2011.
Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública del Distrito Federal; G.O. D.F. 13/03/02. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, G.O.D.F. 31/12/2009, última reforma 31/12/2012. Ley de Obras Públicas del Distrito Federal G.O.D.F. 29/12/98, última reforma 15/09/2008
Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas; D.O.F. 04/01/00, última Reforma D.O.F. 28/05/2009. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal G.O.D.F. 19/12/95 última reforma 05/04/2012.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal G.O.D.F. 08/05/03.última reforma 29/08/2011. Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, G.O.D.F. 19/12/2002, última reforma 21/02/2013.
Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal G.O.D.F. 21/10/08
Ley de Protección Civil para el Distrito Federal. G.O.D.F. 23-07-2002, última reforma: G.O.D.F. 26-01-2009, última reforma 8/07/2011
Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, G.O.D.F. 10/09/2010, última reforma 10/09/2010.
Ley para Prevenir y Erradicar la Trata de Personas, el Abuso Sexual y la Explotación Sexual Comercial Infantil para el Distrito Federal. G.O.D.F. 29/10/2008.
Ley de las y los Jóvenes del Distrito Federal. G.O.D.F. 25/07/2000.
Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal. G.O.D.F. 31/01/2000, última reforma 09/01/2012. Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal G.O.D.F. 19/06/2010, última reforma G.O.D.F. última reforma 24/02/2012
Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal G.O.D.F. 03-10-2008. Ley de Archivos del Distrito Federal. G.O.D.F. 08/10/2008.
Ley del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal. G.O.D.F. 28/02/2002, última reforma 26/12/2007.
Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal. G.O.D.F. 15/05/2007, última reforma 26/01/2012.
Código Fiscal del Distrito Federal. G.O.D.F. 29/12/2009, última reforma 31/12/2012 Código Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. G.O.D.F. 01/09/32.
Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. GODF 23/11/11, última reforma GODF 31/08/2012.
Reglamento para el desarrollo de las asambleas del Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, 06/07/12.
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, G.O.D.F. 26/11/2002, última reforma 15/03/2013. Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal G.O.D.F. 29/09/99, última reforma 16/10/2007.
Reglamento de la Ley de Obras Públicas, última reforma D.O.F 10/07/2009
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, última reforma 25/11/11. Reglamento de la Ley de Protección Civil del Distrito Federal, G.O.D.F. 23/12/2005, última reforma 21/12/2007.
Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, G.O.D.F. 08/03/2010, última reforma 08/03/2010.
Decreto por el que se reforma el artículo 7° del Reglamento Interior de la Administración Pública Del Distrito Federal. G.O.D.F 16-04-2012. Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio fiscal corriente.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Generales para la Observancia de la Ley de Entrega-Recepción de los recursos de la Administración Pública del Distrito Federal G.O.D.F. 19-09-2002.
Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que debe conservar la Administración Pública del Distrito Federal para dar cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal G.O.D.F. 25-11-2003. Acuerdo por el que se fijan criterios para la aplicación de la Ley Federal de Responsabilidades en lo referente a Familiares de los Servidores Públicos D.O.F. 11-02-1983
Normatividad en Materia de Administración de Recursos (Circular Uno 2012) G.O.D.F. 08-08-2012.
Acuerdo por el que se establecen las Normas para el Uso Obligatorio de Medios de Comunicación Electrónica, en la Presentación de la Declaración Anual de Situación Patrimonial de los Servidores Públicos que se indican, de las Dependencias, Órganos Político Administrativos, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. G.O.G.D.F. 30/03/2004., última reforma 24/03/2006.
Acuerdo por el que se expiden las Normas Generales en Materia de Comunicación Social para la Administración Pública del Distrito Federal. G.O.DF. 31/01/2008, última reforma 29/06/2009.
Normas generales que deberán observarse en materia de Seguridad de la Información en la Administración Pública del Distrito Federal. G.O.D.F. 09/07/2007, última reforma 09/07/207.
Normas para la contratación de prestadores de servicios (personas físicas) con cargo a la Partida 1211 "honorarios asimilables a salarios" en las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2012. C.O.D.F. 19/01/2012, última reforma 19/01/2012.
Lineamientos para la gestión de solicitudes de información pública y de datos personales a través del sistema INFOMEX del Distrito Federal. Aprobado mediante el acuerdo 425/SO/07-10/2008 y publicados en la GODF del 23/10/2008, sus reformas y adiciones.
Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, aprobados mediante el Acuerdo 547/SO/14-10/2009 y modificados mediante el Acuerdo 0182/SO/10-03/2010.
Declaración Universal de los Derechos Humanos. (Nueva York, 10 de diciembre de 1948). Declaración de los Derechos del Niño. (Nueva York, 20 de noviembre de 1959).
Convención Americana sobre Derechos Humanos. (San José de Costa Rica, 22 de noviembre de 1969). Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. (Nueva York, 16 de diciembre de 1966).
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. (Nueva York, 18 de diciembre de 1979).
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. (Nueva York, 16 de diciembre de 1966).
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. (Convención de Belem Do Pará.- Belem Do Pará, Brasil, 9 de junio de 1994).
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares. (Nueva York, 18 de diciembre de 1990).
Declaración sobre la Protección de Todas la Personas Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. (Nueva York, 9 de diciembre de 1975).
Y todos los demás instrumentos en materia de derechos humanos ratificados por el Estado Mexicano. IV. ATRIBUCIONES
De acuerdo con el artículo 21 del Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, a la Secretaria Ejecutiva, le corresponden también:
I.- Elaborar y ejecutar el instrumento correspondiente para la organización y administración de conformidad con la normatividad aplicable;
II. Coordinar las áreas de trabajo que conforman la Secretaría Ejecutiva;
III. Determinar la conformación de las áreas de trabajo de la Secretaría Ejecutiva, de acuerdo con las necesidades técnicas y la capacidad presupuestal con que se cuente;
IV. Nombrar a quienes integran las áreas de la Secretaria Ejecutiva;
V. Disponer el cese de los contratos de quienes integran la Secretaría Ejecutiva a partir de la evaluación sobre su desempeño;
VI. Diseñar y coordinar la ejecución de la metodología y el plan de trabajo para la actualización del Diagnóstico y el Programa;
VII. Proponer al Comité observaciones, opiniones, recomendaciones o propuestas con base en los resultados del seguimiento y la evaluación y monitorear su cumplimiento;
VIII. Proponer al Comité mecanismos y procedimientos para que las instancias ejecutoras proporcionen la información requerida de manera oportuna, para los fines de la orientación, el seguimiento y la evaluación del Programa;
IX. Realizar directamente la interlocución con las instancias ejecutoras para las acciones de orientación a la implementación, seguimiento y evaluación del Programa, sin perjuicio que las instancias dentro del Comité faciliten los canales de comunicación;
X. Rendir informes anuales al Comité o cuando éste lo estime conveniente, sobre las actividades desarrolladas por las áreas de la Secretaría Ejecutiva, de conformidad con sus planes de trabajo y las funciones encomendadas en la Ley y el presente Reglamento. Los Espacios de participación estarán invitados a la presentación del informe;
XI. Evaluar anualmente el desempeño de las y los integrantes de la Secretaría Ejecutiva con base en el cumplimiento de las funciones recogidas en el instrumento correspondiente para su organización y administración y en los planes de trabajo; XII. Elaborar y presentar el proyecto de presupuesto del Mecanismo al Comité;
XIII. Promover esquemas de vinculación y articulación con instituciones académicas, organizaciones civiles y sociales, organismos internacionales de derechos humanos, instancias ejecutoras y otros actores para el desarrollo de sus funciones de orientación, seguimiento y evaluación;
XIV. Asistir técnicamente al Comité en la gestión de fondos;
XV. Apoyar al Comité en las tareas de coordinación técnica de conformidad con el artículo 30 del presente Reglamento. Para tales efectos designará a una o un responsable; y
XVI. Las demás que establezca el presente Reglamento y los acuerdos y lineamientos adoptados por el Comité.
XVII. Revisar, otorgar, celebrar y suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo de cualquier otra índole dentro del ámbito de su respectiva competencia, necesarios para el ejercicio de sus funciones, así como realizar, sustanciar, promover o acordar lo necesario para que dichos instrumentos se cumplan en sus términos, de los cuales deberá rendir un informe al Comité.
De acuerdo con el artículo 25 de la Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, la o el titular de la Secretaría Ejecutiva tendrá las siguientes atribuciones:
II. Desarrollar vínculos estratégicos del Mecanismos con organizaciones civiles y sociales e instancias clave, y fomentar la participación de la sociedad civil;
III. Diseñar y proponer al Comité estrategias y herramientas adecuadas de difusión del Programa y del Mecanismo, hacia el interior de las instancias ejecutoras, la sociedad civil organizada y hacia la sociedad en general;
IV. Apoyar y asistir al Comité en tareas de vinculación, articulación y funcionamiento;
V. Fomentar la participación de la sociedad civil en los espacios de participación para el seguimiento del Programa; VI. Definir y acordar con el Comité los indicadores de derechos humanos del Programa a los que se les dará seguimiento; VII. Brindar apoyo para capacitación de servidoras y servidores públicos en relación a la implementación de las líneas de acción del Programa;
VIII. Proponer al Comité los modelos metodológicos e instrumentos para el seguimiento y la evaluación; IX. Ejecutar los modelos metodológicos e instrumentos para el seguimiento y evaluación que el Comité apruebe;
X. Asesorar a representantes de las instancias ejecutoras para realizar las líneas de acción con enfoque de derechos humanos;
XI. Articular y coadyuvar con las instancias ejecutoras para la definición, generación y recopilación de fuentes de información;
XII. Recopilar y sistematizar periódicamente la información recibida de las instancias ejecutoras de las líneas de acción del Programa, así como de la sociedad civil;
XIII. Proponer al Comité las consultorías y asesorías que deberán contratarse de manera externa con la finalidad de cumplir el mandato y las atribuciones del Mecanismo;
XIV. Elaborar informes y opiniones técnicas en relación a la implementación del Programa y ponerlas a consideración del Comité; y
XV. Elaborar y proponer al Comité el proyecto de presupuesto para el Mecanismo. Artículo 26.- El Área de Seguimiento y Evaluación deberá:
I. Asegurar y aplicar un sistema de seguimiento y evaluación transparente, confiable, homogéneo, accesible y con alta calidad técnica;
II. Proponer y ejecutar modelos metodológicos e instrumentos para el seguimiento y evaluación de la implementación del Programa, los cuales tendrán un componente participativo;
III. Proponer y ejecutar modelos de evaluación del diseño, implementación, gestión, resultados, impacto, programación y presupuestación del Programa;
IV. Proponer la priorización de los elementos del Programa que se les dará seguimiento y evaluarán anualmente, considerando la deliberación de los Espacios de participación y otros criterios valorados por el Comité;
V. Identificar y elaborar indicadores para el seguimiento y la evaluación del Programa, considerando las fuentes de información existentes a nivel local, nacional e internacional; así como generar información propia en caso de requerirse; VI. Establecer mecanismos eficientes y confiables para la definición, generación y recopilación de información proveniente de las instancias ejecutoras y otras fuentes;
VII. Elaborar los informes anuales sobre el seguimiento y evaluación del Programa;
VIII. Tomar como complemento para el seguimiento la información aportada por las organizaciones de la sociedad civil y la academia en los Espacios de participación;
IX. Elaborar observaciones, opiniones, recomendaciones o propuestas en relación a la implementación del Programa; X. Aportar al área de Orientación a la implementación los insumos necesarios del seguimiento y la evaluación con miras a establecer estrategias eficaces en la implementación del Programa e institucionalización del enfoque de derechos
humanos en el quehacer público;
XI. Asesorar técnicamente a los Espacios de participación en la construcción de estrategias y prioridades sobre el seguimiento del Programa; y
XII. Las demás que establezca el presente Reglamento y los acuerdos y lineamientos adoptados por el Comité. Artículo 30.- El Área de Vinculación con los Espacios de participación deberá:
I. Facilitar el funcionamiento de los Espacios de participación;
II. Promover la participación de las instituciones académicas, organizaciones civiles y sociales, organismos internacionales de derechos humanos, instancias ejecutoras y Comités Ciudadanos en los Espacios de participación para el seguimiento del Programa;
III. Articular los trabajos de los diferentes Espacios de participación; IV. Recibir y compartir experiencias de los Espacios de participación;
V. Coordinar la sistematización de la información que surja de los Espacios de participación;
VI. Asesorar técnicamente sobre la pertinencia de la instalación o terminación de los Espacios de participación, a partir de los informes de seguimiento;
VII. Asesorar metodológicamente los trabajos de los Espacios de participación en el seguimiento y la vigilancia social del Programa;
VIII. Dar seguimiento a los acuerdos que deriven de los trabajos de los Espacios de participación; y
IX. Las demás que establezca el presente Reglamento y los acuerdos y lineamientos adoptados por el Comité. Artículo 31- El Área Administrativa tendrá como objetivo planear y gestionar los recursos humanos, financieros y
materiales del Mecanismo con eficiencia y transparencia, de conformidad con los lineamientos aprobados por el comité y la normativa aplicable en la materia.
Artículo 32.- El Área de Orientación a la implementación1 tendrá como objetivo apoyar en la instalación de capacidades institucionales y brindar herramientas a las instancias ejecutoras para la institucionalización del enfoque de derechos humanos y cumplimiento del Programa.
Artículo 33.- El Área de Comunicación y Enlace ciudadano2 tendrá como objetivo promover y posicionar el Programa y las acciones del Mecanismo en la opinión pública y sociedad en general.
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El área que realiza estas actividades es la Subdirección de Transversalización y Capacitación, que en el Reglamento del MSyEPDHDF se establece como Orientación a la Implementación.
V. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS Misión:
Ser el encargado de la implementación dar seguimiento y evaluación, resultados, impacto del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal con la finalidad de promover la institucionalización del enfoque de derechos humanos en el quehacer público, a través de la difusión del Programa al interior de las instancias ejecutoras, la sociedad civil organizada en beneficio de las y los habitantes del Distrito Federal.
Visión:
La Secretaría Ejecutiva es un órgano que facilita la institucionalización del enfoque de derechos humanos en el quehacer público de la Ciudad de México, caracterizado por un trabajo confiable y con rigurosidad técnica.
Objetivos:
1. Promover la institucionalización y transversalización del enfoque de derechos humanos en el quehacer público de las instancias ejecutoras del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como orientar su implementación. 2. Promover y posicionar el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, las acciones y logros del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación en la opinión pública y sociedad en general. Así como crear los mecanismos óptimos de enlace con la ciudadanía.
3. Impulsar Espacios de Participación que permitan ampliar y articular el involucramiento y coordinación con la ciudadanía, instituciones afines y entes públicos para dar seguimiento al Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.
4. Monitorear y valorar el estado de la implementación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como la institucionalización del enfoque de derechos humanos en el quehacer público.
VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA
Adicionalmente cuenta con puesto de Enlace “B” (21.5) adscrito a la Subdirección de Seguimiento y Evaluación. VII. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES
Secretaría Ejecutiva del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del D.F. Misión:
Dirigir y coordinar las tareas técnicas de orientación a la implementación, seguimiento y evaluación del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como la administración de los recursos asignados al órgano desconcentrado para el cumplimiento de su objeto, bajo los principios de transparencia, independencia, rigurosidad técnicas y con enfoque de derechos humanos.
Subdirección de Transversalización y Capacitación Misión:
Coordinar las áreas de orientación a la implementación y vinculación con los espacios de participación de la Secretaría Ejecutiva.
Objetivo 1:
Conducir una estrategia para la instalación de capacidades institucionales y diseño de herramientas para las instancias ejecutoras que permitan la institucionalización del enfoque de derechos humanos y cumplimiento del Programa.
Funciones vinculadas al objetivo 1:
I. Diseñar procesos de formación para las instancias ejecutoras en derechos humanos y políticas públicas, y generar cooperación interinstitucional para su realización;
II. Analizar los principales instrumentos de la gestión pública de la Administración del Distrito Federal para elaborar propuestas de inclusión de contenidos sobre el enfoque de derechos humanos;
III. Elaborar metodologías para orientar el diseño y la ejecución de políticas públicas con enfoque de derechos humanos y con atención al Programa, a partir de las prioridades que establezca el Comité;
IV. Elaborar diagnósticos estratégicos sobre las condiciones y necesidades institucionales de las instancias ejecutoras, conforme a lo establecido en el Plan de Trabajo, así como de factores críticos que forman parte del contexto de la implementación;
V. Conocer y compartir experiencias y buenas prácticas de implementación sobre la transversalización e institucionalización de la perspectiva de género y no discriminación, entre otras;
VI. Proponer alternativas a las instancias ejecutoras sobre problemáticas generales que surjan en la implementación del Programa, a partir del procesamiento de la información generada por el Área de Seguimiento y Evaluación, así como de sus observaciones, opiniones, recomendaciones o propuestas;
VII. Proponer a las instancias ejecutoras mecanismos para el cumplimiento de las líneas de acción; VII. Brindar asesorías a las instancias ejecutoras del Programa sobre:
a. Sensibilización y capacitación de su personal, considerando lo establecido en las líneas de acción en la materias afines; b. Incorporación del enfoque de derechos humanos en su quehacer y para la implementación de las líneas de acción del Programa;
c. Programación y presupuestación con enfoque de derechos humanos; d. Estructuras organizativas funcionales para la implementación del Programa;
e. Buenas prácticas sobre implementación de políticas públicas con enfoque de derechos humanos;
f. Asignación y reasignación de responsabilidades y plazos en las líneas de acción dentro de las instancias ejecutores de conformidad con las definiciones del Comité sobre el particular;
g. Delimitación del contenido y alcance de las líneas de acción; y
h. Coordinación interinstitucional para la ejecución de las líneas de acción donde hay corresponsabilidad de las instancias ejecutoras; y
IX. Las demás que establezca el Reglamento y los acuerdos y lineamientos adoptados por el Comité. Objetivo 2:
Coordinar la ampliación y articulación de la participación de instituciones académicas, organizaciones civiles, sociales, organismos internacionales de derechos humanos y las instancias ejecutoras del Programa.
I. Compartir, analizar y discutir información y avances del seguimiento del Programa que se haga desde la sociedad civil, la academia, y del propio Mecanismo para retroalimentarlo y generar insumos de decisión para el Comité de Seguimiento y Evaluación,
II. Contribuir a la definición de prioridades en cuanto a las líneas de acción por cada derecho y grupo de población del Programa, y
III. Generar sinergias para la vigilancia social de las líneas de acción del Programa, incluyendo la agenda legislativa y el monitoreo del presupuesto con perspectiva de derechos humanos.
IV. Recibir y compartir experiencias de los Espacios de Participación;
V. Coordinar la sistematización de la información que surja de los Espacios de Participación;
VI. Asesorar técnicamente sobre la pertinencia de la instalación o terminación de los Espacios de Participación a partir de los informes de seguimiento;
VII. Asesorar metodológicamente los trabajos de los Espacios de Participación en el seguimiento y la vigilancia social del Programa;
VIII. Dar seguimiento a los acuerdos que deriven de los trabajos de los Espacios de Participación; y IX. Las demás que establezca el Reglamento y los acuerdos y lineamientos adoptados por el Comité. Subdirección de Seguimiento y Evaluación
Misión:
Dar seguimiento técnico a la implementación del Programa en el quehacer público para evaluar y verificar su cumplimiento, facilitando su adopción por parte de los entes implementadores, para determinar los alcances, áreas de oportunidad, avances, problemas y retos en la implementación.
Objetivo:
Monitorear y valorar el estado de la implementación del PDHDF del cual se generará un informe anual sobre los avances, alcances, áreas de oportunidad, retos y problemas.
Funciones vinculadas al objetivo:
I. Elaborar modelos metodológicos e instrumentos (cuestionarios e indicadores), para generar información que permita el seguimiento y evaluación de la implementación del Programa;
II. Elaborar cuestionarios para dar seguimiento y evaluar la implementación del Programa en el Gobierno del Distrito Federal, en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los Órganos Impartidores de Justicia y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal;
III. Estudiar e interpretar los resultados agregados por derechos y grupos de población de la información de los cuestionarios;
IV. Elaborar indicadores para dar seguimiento y evaluar la implementación del Programa, considerando las fuentes de información existentes a nivel local, nacional e internacional;
V. Estudiar los indicadores por medio del Sistema de Información del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación (SIMSE); VI. Examinar las líneas de acción del Programa para facilitar la adopción de aquellas que sean prioritarias para la implementación del Programa;
VII. Coordinar con los Espacios de Participación y con el Comité de seguimiento y Evaluación la selección de las líneas de acción prioritarias;
VIII. Elaborar observaciones, opiniones, recomendaciones y propuestas en relación a la implementación del Programa que permita a los entes implementadores en el cumplimiento y ejecución del Programa.
Coordinación Administrativa Misión:
Coordinar y Asegurar el suministro y la administración de los recursos humanos, materiales y financieros para que las áreas que integran la Secretaría Ejecutiva cuenten con el personal, los materiales, los bienes y servicios necesarios para la realización de las funciones encomendadas.
Objetivo 1:
Vigilar que los recursos financieros permanentemente se programen, ejerzan, registren y se informen de manera transparente y eficiente.
Funciones vinculadas al objetivo 1:
I. Elaborar el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual (POA) y demás programas institucionales, para la adecuada planeación de recursos que ejercerá la Secretaría Ejecutiva.
II. Coordinar el ejercicio del presupuesto de egresos del órgano desconcentrado en forma racional, con objeto de optimizar al máximo los recursos.
Supervisar la correcta captura de cuentas por liquidar certificadas en el Sistema SAP-GRP, para la operación y reembolso del fondo revolvente asignado a la Secretaría Ejecutiva, asegurándose que se ejerza, aplique y registre correctamente el gasto.
III. Elaborar las afectaciones presupuestarias para la readecuación y reprogramación del presupuesto en el Sistema SAP-GRP, a fin de que la Secretaría Ejecutiva cumpla con los compromisos establecidos.
IV. Formular los documentos múltiples, para el reintegro de recursos y/o observaciones de glosa, en el Sistema SAP-GRP, para informar a la Secretaria de Finanzas.
V. Analizar los listados de evolución presupuestal que emite la Secretaría de Finanzas, para integrarse en los controles internos de la Secretaría Ejecutiva para el cumplimiento del ejercicio del gasto.
VI. Elaborar informes en tiempo y forma que deben turnarse a la Secretaría de Finanzas y a los Órganos de Supervisión y Control, que permitan la oportuna toma de decisiones.
VII. Las demás que le atribuyan expresamente los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables y las que sean conferidas por sus superiores jerárquicos.
Objetivo 2:
La Coordinación Administrativa tiene como propósito dirigir, coordinar, administrar y desarrollar los recursos humanos de la Secretaría Ejecutiva, conforme a las normas y políticas emitidas por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, a través de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal.
Funciones vinculadas al objetivo 2:
I. Supervisar el pago de nómina para garantizar que las y los servidores públicos perciban sus remuneraciones en tiempo y forma y que se cumplan las disposiciones legales en la materia;
II. Verificar las acciones relacionadas con la contratación, pago de remuneraciones, prestaciones, altas, bajas, licencias y todo tipo de movimientos de personal que se tramiten en la Coordinación Administrativa.
III. Elaborar y actualizar los expedientes personales de los servidores públicos vigentes y de nuevo ingreso, con la finalidad de gestionar su alta correspondiente y el resguardo permanente de los mismos.
IV. Formular los movimientos de personal, relativos a altas, bajas y modificaciones de sueldos del personal, licencias, promociones etc., para gestionarlos ante las instancias correspondientes del Gobierno del Distrito Federal, así como ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
V. Gestionar e informar oportunamente, el otorgamiento de prestaciones, incluyendo el seguro de vida institucional, que se determine en la normatividad en la materia, con el fin de proporcionar las prestaciones y en su caso, estímulos correspondientes al personal.
VI. Programar, integrar y ejecutar las necesidades de capacitación para la profesionalización de las y los servidores públicos;
VII. Las demás que en materia de recursos humanos, nómina, y relaciones laborales, le atribuyan las leyes y reglamentos y disposiciones administrativas a la coordinación administrativa.
Objetivo 3:
Administrar y proporcionar oportunamente, los bienes, recursos materiales e insumos necesarios a las áreas que integran la Secretaría Ejecutiva, necesarios para la el desempeño de sus funciones.
Funciones vinculadas al objetivo 3:
I. Elaborar, coordinar y supervisar el cumplimiento del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, para llevar a cabo la calendarización física y financiera de la utilización de los recursos necesarios por parte de la Secretaría Ejecutiva.
II. Asegurar la ministración de los recursos materiales y suministros necesarios a las distintas áreas que integran la Secretaría Ejecutiva, para asegurar su adecuada operación y coadyuvar al cumplimiento de las tareas encomendadas; III. Coordinar los procesos de adquisiciones y contratación de servicios que requiera la Secretaría, de acuerdo al presupuesto autorizado.
IV. Supervisar la actualización del inventario de mobiliario y equipo de las instalaciones a cargo de la Secretaría Ejecutiva, con la finalidad mantener identificados los bienes muebles pertenecientes a la misma.
V. Administrar el almacén por medio de un sistema de control de inventarios que permita identificar en tiempo y forma las necesidades de la Secretaría Ejecutiva.
VI. Controlar y asegurar el adecuado resguardo de los bienes muebles e inmuebles que se asignen o adquieran, y promover las medidas de seguridad para el aseguramiento de su patrimonio.
VII. Implementar el programa de protección civil y las medidas seguridad, acceso y permanencia en los inmuebles, oficinas o instalaciones del órgano desconcentrado; y
VIII. Establecer medidas necesarias de austeridad en los consumos de papel y la reducción de los servicios, como fotocopiado, telefónicos, eléctricos, de consumo de agua entre otros, conforme a las disposiciones en la materia.
Palabra Concepto
Ley Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Reglamento Reglamento del Mecanismo de Seguimiento y Evaluación del Programa de
Derechos Humanos del Distrito Federal.
PDHDF Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Participación
La incidencia y articulación de las instituciones académicas, organizaciones civiles y sociales, organismos internacionales de derechos humanos, organizaciones territoriales y la sociedad en general, en el proceso de seguimiento y vigilancia social del Programa.
Seguimiento El acompañamiento continuado del Mecanismo al desarrollo de las acciones, medidas, programas y políticas públicas que implementen las instancias ejecutoras en relación a los objetivos y líneas de acción del Programa de Derechos Humanos para procurar y facilitar su cumplimiento de manera oportuna, completa y eficaz.
Instancias ejecutoras La Asamblea Legislativa del Distrito Federal; el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal; el Gobierno del Distrito Federal; las Dependencias, Órganos Desconcentrados y los Órganos Político Administrativos del Distrito Federal.
Implementación Acciones, medidas, programas y políticas públicas generadas para la plena realización de las líneas de acción establecidas en el Programa.
Evaluación Análisis de los resultados de la implementación en relación a la relevancia, eficiencia, efectividad, impactos y sostenibilidad de las acciones, medidas, programas y políticas públicas implementados para el cumplimiento de los Derechos Humanos.
Diagnóstico Diagnóstico de Derechos Humanos del Distrito Federal.
Comité Comité de Seguimiento y Evaluación del Programa de Derechos Humanos del
Distrito Federal.
TRANSITORIO Único.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
México D.F. a 20 de Agosto de 2014. La Secretaria Ejecutiva
(Firma)
_____________________________ Mtra. Marcia Itzel Checa Gutiérrez