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SEGUNDA CONVOCATORIA PROGRAMA ERASMUS+ KA107 UNIVERSIDAD DE VALLADOLID CURSO ACADÉMICO MOVILIDAD ENTRANTE

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SEGUNDA CONVOCATORIA PROGRAMA ERASMUS+ KA107 UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

CURSO ACADÉMICO 2021-2022 MOVILIDAD ENTRANTE

El Vicerrectorado de Internacionalización de la Universidad de Valladolid convoca las ayudas financieras relacionadas a continuación en el marco del Programa ERASMUS+ KA107 para el segundo cuatrimestre del curso académico 2021-2022, al amparo del Reglamento (UE) nº 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013 por el que se crea el programa ERASMUS+:

95 ayudas financieras para estudiantes de grado, máster o doctorado procedentes de las

universidades socias de los proyectos Erasmus+ KA107-ES01-61356 y Erasmus+ KA107-ES01-80444 para realizar movilidades de 5 meses en la Universidad de Valladolid.

Esta convocatoria recoge los criterios para la participación en la movilidad siguiendo las directrices establecidas por la Comisión Europea para este Programa.

Esta convocatoria se fundamenta en la Resolución de 2 de febrero de 2021, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se ordena la publicación de las Bases reguladoras de las convocatorias de ayudas de movilidad y medidas complementarias destinadas a estudiantes de la Universidad de Valladolid y de Universidades socias (BOCyL 9 de febrero de 2021).

La distribución de las ayudas financieras por países de destino se encuentra detallada en el punto 6 de la presente convocatoria.

1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE EL PROYECTO ERASMUS+ KA107 DE MOVILIDAD INTERNACIONAL DE CRÉDITOS EN LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID:

1.- Este proyecto, coordinado por la universidad de Valladolid desde el año 2015, es financiado por la Comisión Europea a través del programa Erasmus+.

2.- Sus principales objetivos son el establecimiento de vínculos de cooperación con los países asociados, así como promover el intercambio de estudiantes de grado, master y doctorado y personal académico y administrativo entre la Universidad de Valladolid y las instituciones socias.

3.- Las instituciones socias en los proyectos Erasmus+ KA107 de la Universidad de Valladolid se encuentran relacionadas a continuación:

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ACRÓNIMO / ACRONYM

NOMBRE INSTITUCIÓN / NAME OF THE INSTITUTION PAÍS / COUNTRY

UET EUROPEAN UNIVERSITY OF TIRANA ALBANIA

UMB UNIVERSITY MARIN BARLETI ALBANIA

UNITIR UNIVERSITY OF TIRANA ALBANIA

UALGER2 UNIVERSITÉ D'ALGER2 ARGELIA / ALGERIA

UNAM UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES ARGENTINA

UNL UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL ARGENTINA

UNS UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SUR ARGENTINA

ANAU ARMENIAN NATIONAL AGRARIAN UNIVERSITY ARMENIA

ASPU KHACHATUR ABOVIAN ARMENIAN STATE PEDAGOGICAL UNIVERSITY

ARMENIA

BRUSOV BRUSOV STATE UNIVERSITY ARMENIA

GSU GAVAR STATE UNIVERSITY ARMENIA

SHSU "M. NALBANDYAN STATE UNIVERSITY OF SHIRAK" FOUNDATION (SUSH)

ARMENIA

YSU YEREVAN STATE UNIVERSITY ARMENIA

ATMU AZERBAIJAN TOURISM AND MANAGEMENT UNIVERSITY AZERBAIYÁN / AZERBAIJAN

BHOS BAKU HIGHER OIL SCHOOL AZERBAIYÁN / AZERBAIJAN

MSUAZ MINGACHEVIR STATE UNIVERSITY AZERBAIYÁN / AZERBAIJAN

NU NAKHCHIVAN UNIVERSITY AZERBAIYÁN / AZERBAIJAN

BSPU BELARUSIAN STATE PEDAGOGICAL UNIVERSITY NAMED AFTER MAXIM TANK

BIELORRUSIA / BELARUS

FSGSU FRANCISK SKORINA GOMEL STATE UNIVERSITY BIELORRUSIA / BELARUS MSUBY MOGILEV STATE A.KULESHOV UNIVERSITY BIELORRUSIA / BELARUS YKSUG YANKA KUPALA STATE UNIVERSITY OF GRODNO BIELORRUSIA / BELARUS

UMSS UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN BOLIVIA

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UNMO DZEMAL BIJEDIC - UNIVERSITY OF MOSTAR BOSNIA & HERZEGOVINA

UNSA UNIVERSITY OF SARAJEVO BOSNIA & HERZEGOVINA

UFRGS UNIVERSIDADE FEDERAL DO RIO GRANDE DO SUL BRASIL / BRAZIL

UNICV UNIVERSIDADE DE CABO VERDE CABO VERDE / CAPE VERDE

UNIMINDELO UNIVERSIDADE DO MINDELO CABO VERDE / CAPE VERDE

RUA ROYAL UNIVERSITY OF AGRICULTURE CAMBOYA / CAMBODIA

UANTOF UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA CHILE

UFRO UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA CHILE

UMAG UNIVERSIDAD DEL MAGDALENA COLOMBIA

FHB UNIVERSITE FELIX HOUPHOUET BOIGNY COSTA DE MARFIL / IVORY COAST

UNACR NATIONAL UNIVERSITY, COSTA RICA COSTA RICA

CUG UNIVERSIDAD DE GUÁNTANAMO CUBA

UPR UNIVERSIDAD DE PINAR DEL RIO HERMANOS SAIZ MONTES DE OCA

CUBA

UO UNIVERSIDAD DE ORIENTE CUBA

AASTMT ARAB ACADEMY FOR SCIENCE AND TECHNOLOGY AND MARITIME TRANSPORT

EGIPTO / EGYPT

CU CAIRO UNIVERSITY EGIPTO / EGYPT

UES UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR EL SALVADOR

HU HAWASSA UNIVERSITY ETIOPIA / ETHIOPIA

FNU FIJI NATIONAL UNIVERSITY FIYI / FIJI

USP THE UNIVERSITY OF THE SOUTH PACIFIC FIYI / FIJI

CULTD CAUCASUS UNIVERSITY LTD GEORGIA

GTU GEORGIAN TECHNICAL UNIVERSITY GEORGIA

ISU ILIA STATE UNIVERSITY GEORGIA

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SSU SOKHUMI STATE UNIVERSITY GEORGIA

UG UNIVERSITY OF GHANA GHANA

USAC UNIVERSIDAD SAN CARLOS DE GUATEMALA GUATEMALA

UNAH UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE HONDURAS HONDURAS

UWI UNIVERSITY OF WEST INDIES JAMAICA

AABU AL-ALBAYT UNIVERSITY JORDANIA / JORDAN

TTU TAFILA TECHNICAL UNIVERSITY JORDANIA / JORDAN

IAAU ATATURK-ALATOO INTERNATIONAL UNIVERSITY KIRGUISTÁN / KYRGYZSTAN KEU KYRGYZ ECONOMIC UNIVERSITY NAMED AFTER MUSA

RUSKULBEKOV

KIRGUISTÁN / KYRGYZSTAN

UEE UNIVERSITY OF ECONOMY AND ENTERPRISE KIRGUISTÁN / KYRGYZSTAN UNIVERSUM KOLEGJI UNIVERSUM - UNIVERSUM COLLEGE KOSOVO

UNAMMX UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO MÉXICO

UASM UNIVERSITATEA AGRARA DE STAT DIN MOLDOVA MOLDAVIA / MOLDOVA USARB UNIVERSITATEA DE STA ALECU RUSSO DIN BALTI MOLDAVIA / MOLDOVA

MUM MEDITERRANEAN UNIVERSITY MONTENEGRO MONTENEGRO

UDG UNIVERZITET DONJA GORICA PODGORICA MONTENEGRO

UNN UNIVERSITY OF NIGERIA NIGERIA

UTP UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PANAMÁ PANAMA

UNI UNIVERSIDAD NACIONAL DE ITAPUA PARAGUAY

UANDINA UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO PERU

UTEA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LOS ANDES PERU

ITMO ITMO UNIVERSITY RUSIA / RUSSIA

MIIT RUSSIAN UNIVERSITY OF TRANSPORT RUSIA / RUSSIA

URFU URAL FEDERAL UNIVERSITY RUSIA / RUSSIA

DUT DURBAN UNIVERSITY OF TECHNOLOGY SUDÁFRICA / SOUTH AFRICA

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UWC UNIVERSITY OF THE WESTERN CAPE SUDÁFRICA / SOUTH AFRICA NTCU NATIONAL TAICHUNG UNIVERSITY OF EDUCATION TAIWAN

TUT TECHNOLOGICAL UNIVERSITY OF TAJIKISTAN TAYIKISTAN / TAJIKISTAN UWITT THE UNIVERSITY OF THE WEST INDIES UWI TRINIDAD & TOBAGO ENIC NATIONAL ENGINEERING SCHOOL OF CARTHAGE TUNEZ / TUNISIA

USfax UNIVERSITÉ DE SFAX TUNEZ / TUNISIA

BNMU BOGOMOLETS NATIONAL MEDICAL UNIVERSITY UCRANIA / UKRAINE CDU BOHDAN KHMELNYTSKYY NATIONAL UNIVERSITY AT

CHERKASY

UCRANIA / UKRAINE

CPNU CHERNIHIV POLYTECHNIC NATIONAL UNIVERSITY UCRANIA / UKRAINE IFNMU IVANO FRANKIVSK NATIONAL MEDICAL UNIVERSITY UCRANIA / UKRAINE NURE KHARKIV NATIONAL UNIVERSITY OF RADIO ELECTRONICS UCRANIA / UKRAINE UNFU UKRAINIAN NATIONAL FORESTRY UNIVERSITY UCRANIA / UKRAINE

ORT UNIVERSIDAD ORT URUGUAY URUGUAY

ULMU UZBEK STATE UNIVERSITY OF WORLD LANGUAGES UZBEKISTAN

TNUS THAI NGUYEN UNIVERSITY OF SCIENCES VIETNAM

VNU-HUS VIETNAM NATIONAL UNIVERSITY - HANOI UNIVERSITY OF SCIENCE

VIETNAM

CBU COPPERBELT UNIVERSITY ZAMBIA

4.- Las personas de contacto en cada una de las universidades socias del proyecto Erasmus+ KA107 están indicadas en la web: https://uvamobplus.uva.es/publico/contact

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2. OBJETIVO

1.- Se pretende potenciar estancias de 5 meses de duración para estudiantes de las instituciones socias del proyecto Erasmus+ KA107 para realizar una movilidad académica en la Universidad de Valladolid que contribuya en el cumplimiento de sus planes de estudios en la institución de origen y con la condición sine qua non de reconocimiento académico por parte de la universidad de origen.

3. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

1.- Podrán participar en la presente convocatoria estudiantes de las instituciones socias de los proyectos Erasmus+ KA107 -ES01-61356 y Erasmus+ KA107-ES01-80444 que se encuentren matriculados tanto en el curso 2020-2021 como en el curso 2021-2022 en un título de nivel de grado, máster o doctorado de carácter oficial y validez en su territorio nacional.

2.- Adicionalmente, en el caso de los estudiantes de nivel de grado deberán haber completado al menos su primer año de estudios.

3.- El área de estudios seleccionada por el candidato para su movilidad deberá ser relevante para sus estudios en su institución de origen. La oferta académica de la Universidad de Valladolid para esta convocatoria se encuentra disponible en el siguiente enlace https://uvamobplus.uva.es/publico/courses 4.- No se considerarán elegibles las solicitudes de estudiantes que hayan desarrollado una estancia Erasmus+ anteriormente por una duración superior a 7 meses en el mismo nivel académico que se solicita.

4. CONDICIONES APLICABLES A LA MOVILIDAD

1.- La estancia académica tendrá la duración de cinco meses en la Universidad de Valladolid y no se podrán realizar estancias de menor duración.

2.- Se financiarán actividades que se inicien en el segundo cuatrimestre del curso 2021-2022 (desde febrero 2022) en la Universidad de Valladolid.

3.- Deberán mantener la condición de estudiante en su institución de origen durante todo el tiempo de disfrute de la Beca en la Universidad de Valladolid.

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5. CUANTÍA DE LAS AYUDAS E IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA 1.- La cuantía máxima de cada ayuda convocada asciende a 5750 €.

2.- Los beneficiarios recibirán una ayuda económica europea como contribución a los gastos de viaje y a los gastos de subsistencia derivados de su estancia en España durante los días de realización de las actividades de formación en la Universidad de Valladolid en base a los siguientes parámetros:

o Beca:

Movilidad Estudiantes: 850€ / mes (5 meses). TOTAL: 4250 €

o Gastos de viaje: billete de ida y vuelta desde la institución de origen a la Universidad de Valladolid hasta el máximo asignado según la calculadora de distancias Erasmus+:

 Entre 100 y 499 km 180 € por participante  Entre 500 y 1999 km 275 € por participante  Entre 2000 y 2999 km 360 € por participante  Entre 3000 y 3999 km 530 € por participante  Entre 4000 y 7999 km 820 € por participante  Entre 8000 y 19999 km 1.500 € por participante 3.- La Uva eximirá de precios públicos académicos a los participantes.

4.- Existen ayudas complementarias para beneficiarios con minusvalías físicas o necesidades especiales. Puede contactar con el Servicio de Relaciones Internacionales para informarse sobre las mismas.

5.- Según lo establecido en la legislación vigente en materia de IRPF, esta asignación para gastos de locomoción y gastos normales de manutención y estancia, quedará exceptuada de gravamen.

6.- La presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 180UMX-322BB01-480.05/480.09/capítulo 2º (Programa Erasmus+ KA107 – 61356 - Proyecto 2019-22) y 180UNB-322BB01-480.05/480.09/capítulo 2º (Programa Erasmus+ KA107 – 80444 - Proyecto 2020-23) de la Universidad de Valladolid de los ejercicios 2021 y 2022, estando su concesión condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.

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6. AYUDAS FINANCIERAS DISPONIBLES

PAÍS / COUNTRY INSTITUCIONES / INSTITUTIONS

BECAS DISPONIBLES / AVAILABLE GRANTS

ALBANIA UET, UNITIR, UMB 9

ARGELIA / ALGERIE UALGER2 3

ARGENTINA UNAM 1

ARMENIA ANAU, YSU 2

AZERBAIJAN BHOS, MSUAZ, NU 3

BOLIVIA UMSS 1

BOSNIA & HERZEGOVINA IBU, UNMO, UNSA 9

CABO VERDE / CAPE VERDE UNICV, UNIMINDELO 4

CAMBOYA / CAMBODIA RUA 4

CHILE UFRO 1

COSTA RICA UNACR 1

CUBA CUG 1

EGIPTO / EGYPT CU 1

EL SALVADOR UES 1

ETIOPIA / ETHIOPIA HU 1

FIYI / FIJI FNU, USP 4

GEORGIA CULTD, GTU, SSOUT 3

GHANA UG 2

GUATEMALA USAC 1

HONDURAS UNAH 1

JAMAICA UWI 2

JORDANIA / JORDAN TTU 2

KAZAJISTÁN / KAZAKHSTAN KAZNU, KUEF 2

KIRGUISTÁN / KYRGYZSTAN UEE 1

KOSOVO UNIVERSUM 3

MÉXICO UNAMMX 1

MOLDAVIA / MOLDOVA UASM 2

MONTENEGRO UDG, MUM 4

PERU UANDINA 1

RUSIA / RUSSIA ITMO, MIIT 3

SUDÁFRICA / SOUTH AFRICA DUT, UP, UWC 6

TAIWAN NTCU 1

TRINIDAD & TOBAGO UWITT 4

TUNEZ / TUNISIA USFAX 2

UCRANIA / UKRAINE BNMU, IFNMU 2

URUGUAY ORT 1

ZAMBIA CBU 5

95 TOTAL

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7. PLAZO, PROCEDIMIENTO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

1.- El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Valladolid hasta el día 20 de septiembre de 2021 a las 11:00 AM (Hora España), mediante el envío y confirmación de su solicitud a través del portal https://uvamobplus.uva.es/

2- Los interesados deberán realizar la solicitud de beca a través del sistema creado para la gestión del programa Erasmus+ KA107 por el Servicio de Relaciones Internacionales, disponible a través del siguiente enlace https://uvamobplus.uva.es/publico/apply debiendo crear un usuario y cumplimentando todos los datos necesarios para la movilidad IN (desde una institución socia a la UVa).

3.- Asimismo, deberán subir la documentación requerida:  Foto

 Pasaporte o Documento Nacional de Identidad  Currículum Vitae siguiendo el modelo EUROPASS

(https://europass.cedefop.europa.eu/es/documents/curriculum-vitae)  Carta de Recomendación

 Documento Académico Oficial (Transcript of Records) (para estudiantes de grado, máster y doctorado). En el caso de estudiantes de grado, el certificado deberá mostrar que los solicitantes han completado su primer año de estudios universitarios.

 Certificado de estar matriculado en su institución de origen  Certificados de acreditación de idiomas

 Propuesta de Movilidad firmada  Carta de Motivación

 En el caso de encontrarse en una situación económica o social desfavorable, deberán acreditarlo con los documentos pertinentes en su país de origen.

 En el caso de solicitantes con algún tipo de discapacidad, los solicitantes deberán subir los documentos necesarios para acreditar dicha situación en su país de origen.

 Declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social en materia de subvenciones. Esta declaración deberá ir firmada por el solicitante.

4.- Teniendo en cuenta que el proceso de evaluación se realiza por parte de la Universidad de Valladolid y de la universidad de origen es obligatorio cumplimentar la solicitud y el envío de documentos en idioma español o inglés.

5.- Una vez hayan cumplimentado toda la información y cargado la documentación se generará un resguardo que deberán firmar y también cargar a la plataforma UVAMOBPLUS para dar por finalizada la solicitud. Todo el proceso se realizar online a través de la página web https://uvamobplus.uva.es/ y no serán aceptadas solicitudes por email o fax.

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6.- Antes del envío de la solicitud, es importante haber realizado las siguientes comprobaciones:  Comprobar los requisitos de participación y criterios de elegibilidad

 Comprobar la distribución de ayudas por país de origen

 Comprobar los cursos disponibles en la Universidad de Valladolid. Solo se podrá solicitar un programa de estudios de los ofertados.

 Comprobar que se han adjuntado todos los documentos solicitados escaneados y en idioma inglés o español.

 Comprobar que se ha cargado el resguardo de solicitud firmado y se ha finalizado la solicitud online. 7.- La Universidad de Valladolid procederá a presentar en registro las solicitudes de los candidatos de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

8.- Cualquier notificación que deba realizarse vinculada a esta convocatoria se llevará a cabo por medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el art. 41.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas y con el Reglamento de Notificaciones y Comunicaciones electrónicas en la Universidad de Valladolid, aprobado por el Consejo de Gobierno en sesión de 28 de junio de 2019, BOCyL nº 120 de 8 de julio.

8. FALSEDAD EN LAS SOLICITUDES

1.- La ocultación de datos, la falsedad en la documentación aportada o la omisión de la requerida darán lugar a la denegación de la ayuda solicitada o pérdida de la concedida, con la devolución, en este último caso, de las cantidades indebidamente percibidas, con independencia de las responsabilidades a que hubiere lugar.

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9. CRITERIOS Y PROCESO DE SELECCIÓN:

1.- La adjudicación de las becas se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva. 2.- El proceso de selección constará de tres fases:

o Validación formal de requisitos formales por parte de la Institución de Origen, mediante la comprobación de toda la documentación aportada. Los candidatos validados pasarán a formar parte del proceso de evaluación.

o Doble evaluación de cada solicitud por parte de la institución de origen y de la Universidad de Valladolid en base a los siguientes criterios:

o Expediente Académico (o Investigador en el caso de doctorado): 60% o Motivación: 20%

o Relevancia de la propuesta: 20%

o La puntuación final obtenida, procedente de la doble evaluación de cada solicitud, pasará a una Comisión de valoración por país de origen que estará compuesta por responsables de todas las Instituciones socias y que propondrá la asignación final de plazas.

En todo caso, la Comisión de valoración velará por un reparto equilibrado de las becas, en la medida de lo posible, intentando lograr que al menos cada institución de origen cuente con una beca asignada, y una distribución equilibrada de las mismas en las ramas de conocimiento de la Universidad de Valladolid.

La Comisión de valoración elevará propuesta motivada de resolución a la Comisión de Relaciones Internacionales de la Universidad de Valladolid que emitirá informe vinculante previo a la resolución definitiva.

3.- En el caso de que una oferta académica requiera un requisito de idioma, será indicado en el listado de las ofertas. Los requisitos de idioma no se valoran para la selección, pero son un requisito sine qua non. 4.- En el supuesto de que exista un empate, se asignará preferencia para estudiantes en situaciones desfavorables, discapacidad o socio económicas.

5.- La actuación de la Comisión de Valoración se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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10. OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS: 1.- Serán obligación de los becarios:

 Aceptar por escrito la concesión de la beca, las normas y condiciones de la convocatoria, así como los criterios establecidos por la Universidad de Valladolid en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de la convocatoria. El modelo de aceptación de la beca estará disponible en el área privada de cada beneficiario en la plataforma del Programa https://uvamobplus.uva.es/ y deberá cargarlo una vez firmado en el mismo lugar en el plazo indicado.

 Seguir los pasos indicados en la Guía de Orientación Erasmus+ KA107 para la preparación de la movilidad y que estará disponible en el área de privada de cada beneficiario.

 En los casos de Grado y Máster, el beneficiario deberá formar un Contrato de Estudios (Learning Agreement), por un mínimo de 20 ECTS y un máximo de 30 ECTS en la Universidad de Valladolid y que obligatoriamente deberán tener reconocimiento académico en la institución de origen. No se permitirá llegar a esa suma con asignaturas ya cursadas y superadas en la institución de origen. Para los estudiantes de Doctorado, se deberá formar un Contrato de Estudios (Learning Agreement) por un número de horas de desarrollo de tesis doctoral similar a un semestre completo (30 ECTS = 750 horas). Las actividades desarrolladas en la Universidad de Valladolid obligatoriamente deberán tener reconocimiento académico en la institución de origen. Este contrato de estudios estará disponible en el área privada de cada beneficiario y deberá estar completado y debidamente firmado con al menos 30 días de antelación al inicio de actividades.

 Comunicar con al menos 15 días de antelación el día de llegada a la Universidad de Valladolid al Servicio de Relaciones Internacionales mediante envío de email al correo [email protected] para poder ser citado a una reunión de bienvenida y orientación.  Entregar el Contrato Subvención Erasmus+ para el curso 2021-2022 firmado en la reunión de

bienvenida y orientación. El modelo de contrato de Subvención Erasmus+ estará disponible en el área privada de cada beneficiario desde la aceptación de la beca. Además, se deberán entregar originales de las tarjetas de embarque utilizadas y tickets de viaje para llegar a la Universidad de Valladolid desde la institución de origen.

 Incorporarse a los estudios seleccionados en la Universidad de Valladolid un plazo máximo de 1 semana desde su comienzo. La no incorporación al curso en el plazo señalado se entenderá como renuncia a la beca.

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 Residir en las ciudades del campus de la Universidad de Valladolid durante todo el período de disfrute de la beca, incluso en el caso de estudios semipresenciales o estudios de doctorado.  Abrir una cuenta bancaria en España en la que figure como titular donde se le ingresará la

asignación mensual de su beca. Esta cuenta deberá abrirse tras recibir el primer pago en la reunión de bienvenida y orientación

 Asistir a las reuniones de seguimiento organizadas por el Servicio de Relaciones Internacionales a las que se le convoque.

 En los casos de Grado y Máster deberá tener un desempeño académico adecuado y con al menos un 90% de asistencia a todas las clases en las que esté matriculado. El Servicio de Relaciones Internacionales revisará periódicamente estos detalles con los coordinadores académicos de cada beneficiario. La no asistencia a clase por razones no justificadas podrá significar la cancelación de la beca y el retorno al país de origen.

 Solicitar autorización al Servicio de Relaciones Internacionales para llevar a cabo cualquier salida que coincida con el periodo lectivo señalado en el calendario académico oficial de la UVa en el curso correspondiente.

 Deberá rellenar obligatoriamente la encuesta Erasmus+ enviada por la Comisión Europea 30 días antes de la finalización de la estancia. No completar esta encuesta anulará el último pago por el 20% final de beca Erasmus+

 Comunicar por escrito al Servicio de Relaciones Internacionales la renuncia a la beca, así como cualquier modificación sustancial que afecte a las condiciones de la misma.

 Los becarios tienen acceso a los mismos servicios y están supeditados a las mismas normas que los demás estudiantes de la Universidad de Valladolid. Por lo tanto, serán de aplicación el mismo régimen disciplinario, derechos, obligaciones, normas y regulaciones establecidas tanto en cuestiones académicas, como en todo lo relacionado en su estancia en recintos universitarios, que a los demás estudiantes oficiales.

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11. TRÁMITES A REALIZAR ANTES Y DESPUÉS DE LA MOVILIDAD

1.- Cada beneficiario será notificado por email para que realice la aceptación su beca y se informará de los datos de acceso al área privada de la web https://uvamobplus.uva.es/ , donde encontrará una sección con la documentación relativa a su movilidad así como guías completas de información y ayuda.

2.- Antes del inicio de la movilidad el beneficiario deberá haber cargado en su área privada la siguiente documentación debidamente cumplimentada y firmada:

 El Acuerdo de Aprendizaje (Learning Agreement)

 Justificante de haber contratado un seguro de viaje, médico y de accidentes con validez en España 3.- Al inicio de la movilidad, cada beneficiario deberá presentarse en el Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad de Valladolid, habiendo solicitado cita previa, con el Convenio de Subvención Erasmus+, debidamente cumplimentado y con firma original, para realizar su entrega al personal de dicho servicio. Este acto oficializará el inicio efectivo de la beca Erasmus+ KA107.

4.- Al término de su estancia, el beneficiario de la beca deberá cumplimentar y enviar el cuestionario UE (EU Survey) en línea en los 30 días naturales posteriores a la recepción de la invitación para cumplimentarlo. La institución podrá requerir a los participantes que no cumplimenten y envíen el cuestionario UE en línea el reembolso parcial o total de la ayuda financiera recibida.

12. PROCEDIMIENTO DE ABONO DE LA AYUDA.

1.- El abono de la ayuda se realizará en cuatro pagos mediante cheque y transferencia a la cuenta corriente correspondiente, con sujeción a las reglas establecidas en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en las Normas de Ejecución Presupuestaria del Presupuesto de la Universidad, en los siguientes términos:

 50% mediante cheque, al inicio de la estancia.

 Gastos de viaje, según calculadora de distancias, mediante transferencia bancaria a cuenta española, antes de la finalización del segundo mes de estancia.

 30% mediante transferencia bancaria a cuenta española, antes de la finalización del tercer mes de estancia.

 20% mediante transferencia bancaria a cuenta española, antes de la finalización del cuarto mes de estancia.

2.- Para recibir dichos pagos, se deberá entregar la documentación requerida por el programa Erasmus+ y que se notificará a los seleccionados junto con la Carta de Concesión.

3.- Será obligación de las personas beneficiarias poner en conocimiento del Servicio de Relaciones Internacionales toda variación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas establecidas en esta resolución.

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13. INCOMPATIBILIDADES:

1.- Las ayudas reguladas en la presenta convocatoria son compatibles con cualesquiera otras ayudas o subvenciones públicas o privadas para la misma finalidad, excepto aquellas que proceden de la Unión Europea.

14. RENUNCIAS

1.- En caso de renuncia a la ayuda por parte de un beneficiario, ésta debe efectuarse por escrito y a través de registro conforme al artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso la plaza vacante podrá ser asignada a uno de los suplentes, de acuerdo con el orden establecido en la resolución de esta convocatoria.

2.- La fecha límite de presentación de renuncias será el 31 de diciembre de 2021. En caso de no renunciar antes de esta fecha y/o de no disfrutar de la beca en el plazo señalado, el beneficiario podría ser penalizado a no disfrutar de una beca ERASMUS + durante el curso académico siguiente.

3.- En el supuesto de presentar la renuncia voluntaria fuera del plazo establecido, esta penalización no se hará efectiva si concurre alguna de las causas que se relacionan a continuación:

1. Enfermedad o accidente graves del solicitante.

2. Enfermedad o fallecimiento de un familiar hasta segundo grado. 3. Cumplimiento de un deber público.

4. Cualquier otra causa suficientemente acreditada y justificada a juicio de la Comisión de Relaciones Internacionales.

15. INCUMPLIMIENTO DE LA PERSONA BENEFICIARIA Y RÉGIMEN SANCIONADOR:

1.- En caso de incumplimiento por el beneficiario de las condiciones a que esté sujeta la subvención, se estará a lo dispuesto en el Título IV de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

2.- Dada la naturaleza de la ayuda, procederá el reintegro total de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente en los supuestos determinados en el artículo 37.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3.-Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derechos de naturaleza pública, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en las normas reguladoras del régimen de los derechos de naturaleza pública de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.

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4.-El régimen de infracciones y sanciones en materia de subvenciones será el establecido en el Título V de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre.

16. VINCULACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS.

1.- El tratamiento de los datos de carácter personal se realizará con plena sujeción a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

2.- Información adicional sobre el tratamiento de los datos de carácter personal se encuentra disponible en Anexo 1

17. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA.

1. El procedimiento de concesión de la beca se considerará iniciado de oficio por la presente convocatoria. 2.- El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento, así como para la gestión de las ayudas, es el Servicio de Relaciones Internacionales.

3.- El órgano competente para resolver es el Vicerrector de Internacionalización, por delegación del Rector, de acuerdo con la Resolución Rectoral de 26 de agosto de 2020 (BOCYL nº 181 de 2 de septiembre) por la que se delegan competencias del Rector en diversos órganos unipersonales de la Universidad de Valladolid, previo informe vinculante de la Comisión de Relaciones Internacionales en base a los informes recibidos de la Comisión de valoración.

3.- Contra esta Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación en el citado Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Rectorado en el plazo de un mes a computar desde la misma fecha (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

4.- La Resolución de la convocatoria se producirá en plazo no superior a tres meses desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que haya sido publicada la resolución, las solicitudes se podrán entender desestimadas en los términos previstos en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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5.- El Servicio de Relaciones Internacionales publicará en la sede electrónica de la Uva, así como, a título informativo, en su página web http://www.relint.uva.es y en https://uvamobplus.uva.es/ la resolución de la presente convocatoria.

18. DISPOSICIONES FINALES:

1.- Para todo aquello no regulado en estas bases se procederá según lo establecido en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en las Normas de Ejecución Presupuestaria de del Presupuesto de la Universidad, y en la restante normativa aplicable.

2.- En coherencia con el valor de la igualdad de género asumido por la Universidad, todas las denominaciones que en esta convocatoria se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino.

3.- La participación en la convocatoria solicitando la ayuda supondrá la plena aceptación por el solicitante del contenido de la misma.

19. RECURSOS:

Contra esta Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a su publicación en el citado Tablón Electrónico de Anuncios de la Universidad, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Rectorado en el plazo de un mes a computar desde la misma fecha (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

En Valladolid, a fecha de firma electrónica EL RECTOR

P.D. (según Resolución Rectoral de 26 de agosto de 2020 (BOCYL nº 181 de 2 de septiembre))

LA VICERRECTORA DE INTERNACIONALIZACIÓN.

(18)

ANEXO I.

Información adicional sobre el tratamiento de los datos de carácter personal

1. Responsable del tratamiento. Universidad de Valladolid CIF: Q4718001C

Domicilio: Plaza del Colegio de Santa Cruz, 8 - 47002 Valladolid Responsable de privacidad: [email protected] Delegado de protección de datos: [email protected] 2. Delegado de protección de datos

Es la figura profesional que supervisa y asesora en el cumplimento en protección de datos personales por la Universidad de Valladolid. Si tiene alguna duda o consulta sobre cómo tratamos sus datos puede contactar escribiendo a [email protected]

3. Finalidades para las que se recaba información personal

Los datos se usan para la gestión administrativa de la información de los participantes y los beneficiarios, así como la tramitación de las ayudas objetos de esta convocatoria.

4. Base legal del tratamiento

El Reglamento (UE) 1288/2013 por el que se crea el programa «Erasmus+» tiene como objetivos el fomento de la empleabilidad, la internacionalización y la cohesión social intercomunitaria, facilitando la movilidad y la cooperación entre el mundo de la educación.

La Universidad de Valladolid, dentro del marco de la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, desarrolla sus planes de internacionalización y cooperación al desarrollo. Entre los programas en los que participa, se encuentra el programa de movilidad Erasmus+.

Asimismo, la publicación oficial de información personal en boletines y/o tablones oficiales, de la Universidad de Valladolid, encuentran su fundamento en:

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

- Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León. - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León

(19)

5. Destinatarios de los datos

Se le informa que se comunicarán los datos sin consentimiento a: - Instituciones de origen del solicitante.

- instituciones y os organismos comunitarios, según la normativa propia de esta convocatoria. - Los Jueces y tribunales en los términos definidos por la legislación aplicable para la tramitación de los oportunos recursos.

En estos casos, la Universidad antes de poner los datos a disposición de terceros se asegura de que estas autoridades solicitan y acceden a los datos de acuerdo con las Leyes.

- Adicionalmente, los adjudicatarios se publicarán en el tablón oficial de la sede electrónica de la Universidad de Valladolid y en la página web del Servicio de Relaciones Internacionales.

Opcionalmente comunicarán los datos con su consentimiento a:

-Programas Mentor y ayuda de búsqueda de alojamiento del Servicio de Relaciones Internacionales.

6. Periodo de conservación de los datos

Los datos personales proporcionados se conservarán en función de su naturaleza de acuerdo con los siguientes criterios:

- La información de las personas participantes se conservará por el periodo necesario para la interposición de los recursos administrativos o judiciales pudieran tener lugar, en virtud de lo regulado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. - La información de los beneficiarios de la beca se almacenará mientras se mantenga el vínculo con la Universidad de Valladolid.

- No obstante, con carácter general, la información se podrá almacenar debidamente bloqueada por un periodo adicional de los tres años previstos para la prescripción de responsabilidades legales en materia de protección de datos.

- La Universidad de Valladolid es una institución pública sujeta a las obligaciones de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León y, por tanto, podrá conservar la información con carácter indefinido por razones de archivo en interés público.

(20)

7. Derechos de las personas interesadas

Para poder mantener en todo momento el control sobre sus datos las personas interesadas pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento mediante la presentación de un escrito en el Registro de la Universidad de Valladolid o por correo postal dirigido a: Responsable de privacidad.

Plaza del Colegio de Santa Cruz, 8 - 47002 Valladolid Deberá aportarse en su caso documentación acreditativa:

- Acreditación de la identidad del interesado mediante cualquier documento válido, como DNI o pasaporte.

- Nombre y apellidos del interesado o, cuando corresponda, de la persona que le represente, así como el documento acreditativo de tal representación.

- Petición en que se concreta la solicitud.

- Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma del solicitante. - Documentos acreditativos de la petición que formulas, si corresponde.

- En caso de la rectificación o cancelación, indicación del dato a rectificar o cancelar y la causa que lo justifica.

8. Autoridad competente para la presentación de reclamaciones.

En caso de que se desee presentar una reclamación u obtener información adicional sobre la regulación del tratamiento de datos personales en España, la autoridad competente es la Agencia Española de Protección de Datos (Jorge Juan, 6 28001-Madrid).

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