INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL Escuela Superior de Comercio y Administración
Unidad Tepepan
SEMINARIO:
PRECIOS DE TRANSFERENCIA EN LAS EMPRESAS MULTINACIONALES Y SUS EFECTOS FISCALES.
TEMA:
LOS PARAÍSOS FISCALES Y SU RELACIÓN CON LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA.
INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TITULO DE CONTADOR PÚBLICO, PRESENTAN:
ANEL ISLAS BASTIDA MARIO IVÁN MAGAÑA VÁZQUEZ TERESA DE JESÚS LINO GRANILLO
ROBERTO LLANOS MARTÍNEZ RAFAEL CALZONCI ZORCHAGA
CONDUCTOR DEL SEMINARIO:
C.P. HUGO RODRÍGUEZ BARBOSA
MEXICO DISTRITO FEDERAL MARZO DE 2008
AGRADECIMIENTOS
AL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
Nuestro gran Instituto, eres un gran formador de profesionistas, nos brindaste todas las herramientas necesarias para enfrentar nuestra profesión.
A LA ESCA
Por darnos la oportunidad de tener una profesión y dedicar parte de nuestra vida a lo que mas deseamos y por todas las cosas que nos ofreció para llegar a esta meta como un punto clave a nuestro futuro de todo corazón se lo agradecemos a todo su personal y que siempre nos dio su apoyo y nos atendió de la mejor manera gracias.
A LOS PROFESORES.
Por dedicarnos su tiempo y enseñarnos a valor cada página de cada libro e inculcarnos el respeto y sobre todo llevarnos por ese camino de la sabiduría motivándonos a salir adelante para ser unos triunfadores como en el presentes y en el futuro teniendo la paciencia necesaria para llevarnos por el camino de unos excelentes profesionistas gracias
ABREVIATURAS.
A
ACM.- Método de Costo Adicionado (por sus siglas en ingles).
ATTAC.- Asociación por la Tributación de las Transferencias Financieras Especulativas y la Acción Ciudadana (por sus siglas en inglés).
B
BCCI.- Banco de Crédito y Comercio Internacional.
BID.- Banco Interamericano de Desarrollo.
BIRD.- Banco Internacional para la Construcción y Desarrollo.
C
CC.- Código de Comercio.
CCI.- Corporación Interamericana de Inversiones.
CFC.- Legislación Controladora de Compañías Extranjeras (por sus siglas en inglés).
CFF.- Código Fiscal de la Federación.
CPM.- Método Residual de Participación de Utilidades (por sus siglas en ingles).
CPPM.- Método de Costo de Producción más Utilidad Fija (por sus siglas en ingles).
CUCAI.- Cuenta de Utilidad Neta Individualizada.
CUFIN.- Cuenta de Utilidad Fiscal Neta.
CUPM.- Método de Precio Comparable no Controlado (por sus siglas en ingles).
CUTM.- Método de Transacción Comparable no Controlada (por sus siglas en ingles).
D
DOF.- Diario Oficial de la Federación.
E
EP.- Establecimiento Permanente.
F
FMI.- Fondo Monetario Internacional.
FOMIN.- Fondo Multilateral de Inversiones.
G
GAFIC.- Grupo de Acción Financiera del Caribe.
GAFISUD.- Grupo de Acción Financiera Sudamericana.
GATT.- Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles.
I
IRS.- Servicio de Renta Pública (por sus siglas en inglés).
J
JUBIFI.- Jurisdicciones de Baja Imposición Fiscal.
L
LIS.- Ley del Impuesto sobre Sociedades.
LISR.- Ley del Impuesto Sobre la Renta.
M
MTU.- Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad de Operación.
O
OCDE.- Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
OMC.- Organización Mundial de Comercio.
ONU.- Organización de las Naciones Unidas.
P
POM.- Método de Distribución de Utilidades (por sus siglas en ingles).
PPM.- Método de Participación de Utilidades (por sus siglas en ingles).
R
RCFF.- Reglamento del Código Fiscal de la Federación.
REFIPRES.- Regimenes Fiscales Preferentes.
RISR.- Reglamento del Impuesto Sobre la Renta.
RLISR.- Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
RMF.- Resolución Miscelánea Fiscal.
RPM.- Método de Precio de Reventa (por sus siglas en ingles).
S
SAT.- Servicio de Administración Tributaria.
T
TERREFIPRES.- Territorios Fiscales Preferentes.
ÍNDICE
Contenido Pagina
Introducción 7
CAPITULO I
1.- Antecedentes históricos de los Paraísos Fiscales.
1.1. Concepto de Paraíso Fiscal. 9
1.2 Antecedentes históricos de los Paraísos Fiscales. 10
1.2.1 La Gran Depresión 13
1.2.2 Keynesianismo 18
1.2.3 Bretton Woods 21
1.3 Evolución Histórica y Objetivos a Perseguir 23
1.4 Aspectos Jurídicos y económicos 25
1.5 Comunicados de la OCDE 26
1.6 Concepto de régimen fiscal estanco 28 1.6.1 Aplicación a los paraísos fiscales 28 1.6.2 Consecuencias, en la práctica, de la supresión del criterio
de estanqueidad 30
1.7 Elusión y evasión fiscal 31
CAPITULO II
2.- Usos y legislación de los paraísos fiscales
2.1 Los paraísos fiscales y la competitividad fiscal 36 2.2 Puntos a favor de los paraísos fiscales 39
2.2.1 Soporte intelectual para la competencia jurisdiccional 42
2.2.2 Punto de los críticos a favor 43
2.2.3 Protegiendo a los derechos humanos 44 2.3 Puntos en contra de los paraísos fiscales 47
2.3.1 Posición de la OCDE. 48
2.3.2 Posición del Servicio de Renta Pública en Estados Unidos. 49 2.3.3 Posición del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). 51 2.3.4Posición de algunos críticos en desacuerdo. 52
2.3.5 Posición de ATTAC. 53
2.4 Legislación de paraísos fiscales 56
2.4.1 Legislación española 57
2.4.2 Legislación Mexicana 62
2.4.3 Legislación de compañías extranjeras controladas 63 2.4.4 Discriminación fiscal internacional. 64 2.5 Antecedentes de la regulación de paraísos fiscales en nuestro País 65 2.6 Características esenciales del régimen mexicano 71
CAPITULO III
3.- Operaciones efectuadas con REFIPRES, consideradas en Precios de Transferencia.
3.1 Sujetos a REFIPRES 74
3.2 ingresos afectos a REFIPRES 75
3.3 Ingresos no gravados o gravados con una tasa inferior 77
3.4 Ingresos no afectos a REFIPRES 79
3.5 Ingresos provenientes de actividades empresariales 80 3.6 Ingresos gravables y determinación de ISR 81
3.7 Declaración informativa 85
3.8 Cuenta de ingresos, dividendos o utilidades 88
3.9 Enajenación de acciones 88
3.10 Reducción de capital o liquidación 89 3.11 Retención por pagos a entidades sujetas a REFIPRES 92 3.12 Casos de excepción al régimen de REFIPRES 92
CAPITULO IV
4. Países considerados como territorios con regímenes fiscales preferentes 94
Conclusiones. 179
Bibliografía. 181
INTRODUCCIÓN
Es por todos conocido que los llamados “TAX HAVENS” ó como lo conocemos en México los
“paraísos fiscales” (debido a una incorrecta traducción, pues no hacen referencia a heavens , sino havens que significan lugares seguros para el dinero) son considerados como un punto clave en el mercado mundial, específicamente en el de los servicios financieros al facilitar el manejo de disposiciones de capital.
Como ya lo sabemos, existen dos bases principales en las cuales los estados pueden reclamar el derecho del cobro de impuestos: gravando la fuente – donde los gobiernos tienen su jurisdicción- y la residencia principal.
El uso práctico de los impuestos -como estrategia comercial- está basado en la respuesta a la variación de los impuestos con el cambio de las bases gravables (como inversion de capital, producción, etc) a jurisdicciones donde las tasas de los impuestos son más bajas; éstas jurisdicciones como ya sabemos, son los conocidos paraísos fiscales y es en donde radica la mayor parte de la competitividad a la que nos referimos. Pero la mera existencia de jurisdicciones con baja imposición fiscal, no es suficiente para tomarla como una estrategia completamente eficaz.
Hacia los años 80´s no se podía pensar en el uso de los paraísos fiscales pues la movilización de capitales era muy difícil. En los años recientes este problema se ha resuelto, basta con observar que los grandes capitales internacionales se han desarrollado enormemente, pero aún existen barreras para el uso de distintas jurisdicciones, principalmente las reglas para la no evasión fiscal. En este punto, la OCDE ha participado en el desarrollo de sistemas fiscales que tienen alcance global, los cuales derriban barreras en las incongruencias entre naciones y ponen trabas a las inversiones realizadas en territorios OFF-SHORE, al incrementar medidas como acuerdos de intercambio de información, acuerdos para evitar la doble tributación y en general, medidas de carácter económico creando así una carga fiscal a los contribuyentes en jurisdicciones de baja imposición fiscal.
Aunque la disminución legal de la carga fiscal es muchas veces posible gracias a que los países otorgan incentivos a actividades particulares de individuos o a algunas inversiones dándoles privilegios y así conformando un principio de regimenes preferentes. Algunos países simplemente no cobran impuestos de los ingresos provenientes del mar –Panamá es el mejor ejemplo-.
Como lo vislumbramos desde este momento y lo podremos observar más adelante, el tema de paraísos fiscales es muy extenso y variado pudiéndonos llevar desde sus orígenes en la apertura del comercio; hasta su aplicación controvertida en la actualidad, ya sea como estrategia comercial o como práctica nociva.
El objetivo del trabajo es analizar la concepción de paraísos fiscales en sus distintos ámbitos de incursión, sus consecuencias en el uso y sobre todo las disposiciones legales que se tienen en el mundo y en nuestro propio país.
También daremos a conocer las operaciones con los regímenes fiscales preferentes los cuales de manera general los podemos considerar como la regulación de paraísos fiscales en la legislación nacional.
CAPITULO I
1. Antecedentes históricos de los Paraísos Fiscales.
1.1 Concepto de paraíso fiscal
El concepto de "paraíso fiscal" hace referencia en un sentido usual, a aquellos territorios o Estados que se caracterizan por la escasa o nula tributación a que someten a determinadas personas o entidades que, en dichas jurisdicciones, encuentran su cobertura o amparo.
También son llamados centros financieros “offshore” (fuera del territorio) porque sus servicios financieros están diseñados para empresas o particulares no residentes. Principalmente, los paraísos fiscales son utilizados por personas naturales que poseen un gran capital y no desean pagar impuestos sobre la renta del mismo, y personas jurídicas que a través de compañías anónimas offshore que desean hacer negocios y disminuir o eliminar la carga fiscal.
Estos territorios reciben un capital que busca la máxima rentabilidad al amparo de una serie de factores que les caracterizan:
1.- Su existencia es real, no ficticia, con vías de transporte y de comunicación bien desarrolladas, con un régimen político estable, amparados en muchas ocasiones por los propios Estados a los que están vinculados o de los que son vecinos.
2.- Gozan de plena estabilidad económica y usan una moneda fuerte (divisa) para garantizar las transacciones que realizan.
3.- Disponen de una sólida estructura social, económica y jurídica, que requiere de los servicios indispensables de buenos profesionales especializados.
4.- Poseen un régimen tributario particular para no residentes que contemple beneficios o ventajas tributarias que excluya explícita o implícitamente a los residentes.
5.- Respetan el secreto bancario, financiero y comercial de los sujetos beneficiarios de su régimen tributario nulo o bajo, no pudiendo operar en el mercado doméstico de dicho país o territorio.
6.- Ausencia de una política de control de cambios.
7.- Falta o ineficacia de los tratados de cooperación judicial entre los Estados.
8.- Cobertura legal para emplear muchas fórmulas con que reducir la carga fiscal tanto de personas físicas como jurídicas, como los cambios de residencia, las sociedades conductoras, holdings, testaferros, sociedades fiduciarias, etc.
9.- Los principales agentes activos a los que se dirige su actividad son: las multinacionales, organizaciones que blanquean los dineros procedentes del crimen, partidos y políticos, grandes fortunas de deportistas, artistas, etc.
1.2 Antecedentes históricos de los Paraísos Fiscales.
Históricamente, las políticas fiscales se han desarrollado en primera instancia para tratar problemas económicos y sociales al nivel nacional. Las formas y niveles de tributación fueron establecidas en base a los niveles deseados de bienes públicos y transferencias, con respecto también a metas de reparto, estabilización y redistribución que se consideraban apropiadas para un país.
Mientras que los sistemas fiscales nacionales de economías esencialmente cerradas tuvieron también una dimensión internacional, ya que afectaban potencialmente el monto del impuesto sobre la renta de fuente extranjera de residentes nacionales, e incluían normalmente en la base imponible el ingreso nacional de los no residentes, la interacción de sistemas fiscales nacionales fue relativamente poco importante dada la limitada movilidad de capital.
La decisión de contar con una alta tasa fiscal y un alto nivel de gastos gubernamentales o bajas tasas y gasto público limitado, la mezcla de impuesto directo e indirecto, así como el uso de incentivos fiscales, fueron todas decisiones en primera instancia basadas en necesidades nacionales, teniendo principalmente efectos nacionales.
Los países desarrollados no tienen la capacidad de solventar sus gastos en salud, educación e infraestructura de manera sustentable porque no tienen la posibilidad de generar suficientes recaudaciones impositivas para el gasto social. Esta crisis fiscal es alimentada por una arquitectura financiera global de evasión de impuestos y fuga de capitales, en gran parte apuntalada por los países subdesarrollados o conocidos con el nombre de países en desarrollo.Combatir las causas de esta crisis fiscal no solo ayudaría a cubrir el déficit actual en el financiamiento del desarrollo a nivel mundial, sino que también corregiría los aspectos del sistema financiero internacional que contribuyen en forma masiva a la generación de pobreza y a la inequidad global.
Durante los últimos 25 años, la movilidad transfronteriza de capitales ha crecido, y se ha impuesto un modelo de desarrollo que exhorta a los países en desarrollo a ofrecer incentivos impositivos para recibir inversiones del extranjero y recomienda el acceso de la economía doméstica a los flujos financieros internacionales. Las finanzas liberalizadas y la ideología económica han promovido la proliferación de mecanismos que habilitan a los individuos ricos y a las corporaciones a evadir sus contribuciones fiscales.
Entre el comienzo de los años 70 y a finales de 2004, el número de paraísos fiscales reconocidos se incrementó desde cerca de 25 a 72 países; se estima que el volumen del comercio mundial que pasa por estos territorios ha crecido desde un bajo porcentaje a más de 50%; pese a que estos lugares representan apenas un 3% del producto bruto mundial.
Esta indicación solo es un ejemplo del grado en que la mayoría de las principales corporaciones aprovechan la movilidad transnacional de sus capitales para lavar sus ganancias a través de paraísos fiscales y regímenes de baja fiscalidad, utilizando una variedad de mecanismos, como lo son los precios de transferencia.
Esta economía extraterritorial informal ha erosionado la base fiscal de los estados de seguridad social, particularmente los pertenecientes a la parte sur del planeta. Si se pudiera hacer pagar impuestos a esta riqueza evasiva se obtendrían los recursos necesarios para financiar los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
Las cuevas de los paraísos fiscales, antiguos paraísos piratas, ya no esconden los tesoros de corsarios como Walter Raleigh o Francis Drake. El oro ha cambiado por divisas y está mejor protegido de la humedad en las cámaras acorazadas de los bancos. Sus propietarios ya no rapiñan su tesoro de ningún puerto, ahora tienen más clase: el tráfico de cocaína, el dinero negro de las comisiones deportivas o la financiación de grupos terroristas, entre otros. Sin embargo, no todo es ilegal, gente famosa y reconocida por la sociedad también guardan allí sus ahorros sin cometer ningún delito.
Las primeras motivaciones económicas remontan a los años 1920-1930, con el fin de librar las grandes fortunas de los impuestos y tras la crisis que se generó durante 1929 y el advenimiento de las políticas keynesianas, la presión legal y fiscal aumentó en los países desarrollados, creando un desacompañamiento con las legislaciones de zonas de débil fiscalidad .
El fenómeno se acelera a partir de la Segunda Guerra Mundial; a partir de entonces, se desarrolla una verdadera estrategia económica por parte de ciertos Estados, especialmente de América Latina que, al no recibir la ayuda económica prometida, decidirán comercializar su soberanía, para enfrentarse a la degradación de los términos de intercambio en el comercio de materias primas.Estas zonas de baja presión fiscal atraen los capitales internacionales, los holdings financieros de empresas multinacionales, pero también el dinero sucio. En esos territorios se establecerán legislaciones tolerantes para asegurar y seducir a los detentadores de capitales, instituyendo así, del modo más legal y oficial, los paraísos fiscales.
En los años sesenta, la formación de enormes masas de eurodólares que buscaban evitar las restricciones a la remuneración del ahorro en Estados Unidos, pero también y sobre todo el exceso de dólares puestos en circulación por este país para su beneficio, comienzan a generar lo que mas tarde será una “burbuja financiera”.
Los años setenta constituyen la fase siguiente del desarrollo de los paraísos fiscales, pues se convierten en uno de los elementos estructurantes de la globalización financiera que prospera de eurodólar en petrodólar, a favor de los cambios flotantes, sobre las cenizas de Bretton Woods.
Todos los grandes establecimientos financieros, favorecidos por la plaza financiera de Londres, ganaron con el desarrollo de estas zonas de baja o nula fiscalidad, haciendo circular los capitales nómadas en busca de beneficios. De este modo, globalización financiera, paraísos fiscales y dinero sucio se desarrollan de modo concomitante.
A finales de esta época había solo unos cuantos de estos enclaves, pero a partir del desmantelamiento de los controles sobre los flujos internacionales de capitales y algo antes de la revolución de las comunicaciones, se asistió a una alza de estos territorios que, en un 95%, son ex colonias dependientes de su antigua metrópoli, la mitad bajo la bandera británica.
Su evolución histórica tiene su origen en la segunda mitad del siglo XX. Su auge responde al desarrollo industrial y económico de los años de la postguerra así como el proceso de desconolización de algunas potencias europeas. De esta forma, motivados por muy diversas circunstancias, algunos territorios diseñaron sistemas fiscales capaces de atraer el capital extranjero, utilizando para ello las más variadas estructuras jurídico-fiscales.
Las razones y motivaciones de este proceso son muy variadas. Algunos territorios fundamentaron sus sistemas tributarios con base en el principio de territorialidad, como Costa Rica, Hong Kong o Panamá; mientras que otros territorios, como la de Isla de Man, Holanda, Luxemburgo o Suiza no han tenido mayores razones que la competencia fiscal.
Incluso en algunos pequeños Estados, entre los que destacan varias antiguas colonias de potencias mundiales, estas prácticas fiscales se constituyeron, desde su inicio, en una actividad más por medio de la cual obtener recursos.
El viejo continente se había convertido en uno de los mayores núcleos de paraísos fiscales del mundo. Este desarrollo llevó a más de dos mil magistrados europeos a firmar la Declaración de Ginebra de 1996 que afirmaba lo siguiente:
“Detrás de la Europa con Construcción Visible, Oficial y Respetable, Existe Otra Más Discreta, Menos Confesable. Es la Europa de los Paraísos Fiscales que, desde las Islas Anglonormandas Hasta el Peñón de Gibraltar, Pasando por Lienchestein, Prospera de Forma Descarada Gracias al Capital que Protege Complaciente”.
1.2.1 La Gran Depresión
Los años 20 fueron en Estados Unidos de crecimiento económico y aumento de la productividad.
Lo más significativo es que las ganancias de la productividad fueron a parar al beneficio empresarial (dividendos). Los salarios fueron por detrás de los beneficios empresariales. Estos beneficios tampoco repercutieron sobre los precios. Por tanto se produce un aumento de los dividendos empresariales que repercutirá sobre la marcha de la Bolsa Norteamericana.
La gente se iba endeudando cada vez más por la vía del crédito mientras que los salarios continuaban igual, los beneficios empresariales se empiezan a estancar y los bancos comienzan a tener problemas de solvencia. Al quebrar los bancos miles de personas pierden sus ahorros y se arruinan.
Las medidas del presidente republicano Herbert Hoover acentúan la crisis pues establece un control en numerosos precios, siendo especialmente agresivo con la agricultura. Se inicia la crisis con un exceso de oferta, caída de los precios agrícolas y con una gran tasa de paro. Crisis financiera y desconfianza generalizada en la economía de este país.
Son muchas las causas esgrimidas para explicar su estallido y persistencia. Es un hecho claro que el fenómeno se inició en Estados Unidos, tras una década de crecimiento económico, incremento del endeudamiento y especulación bursátil, con beneficios rápidos y fáciles.
Habitualmente se señala como inicio de la Depresión el 24 de octubre de 1929 conocido históricamente como Jueves Negro, con el desplome de la bolsa de Nueva York y la pérdida vertiginosa del valor de las acciones allí cotizadas, aunque la contracción de la economía había comenzado en el primer semestre de 1929.
El desplome del precio de las acciones fue extraordinariamente intenso, alcanzando tintes dramáticos. Gran número de inversionistas vieron cómo su dinero, en muchos casos tomado a crédito, se volatilizaba en cuestión de días. El truene bursátil motivó una reacción en cadena en el sistema financiero, con numerosos bancos que empezaron a tener problemas de solvencia y de liquidez al acentuarse la desconfianza en su capacidad de rembolsar a los depositantes.
A diferencia de otras crisis anteriores las medidas económicas tomadas por el Gobierno republicano de Herbert Hoover agrandaron notablemente la depresión e impidieron la recuperación de la economía. Se estableció el control de numerosos precios, con un intervencionismo particularmente agresivo en el sector agrícola. Como resultado, el declive del comercio internacional.
Las importaciones estadounidenses descendieron de 4,400 millones de dólares en 1929 a 1,500 en 1932, mientras que las exportaciones cayeron de 5,400 millones de dólares en 1929 a 2,100 en 1932.
El comercio mundial y el PIB de los Estados Unidos se redujeron a un 66 y un 68%, respectivamente, entre 1929 y 1934.
El control de precios lleva a la reducción del beneficio empresarial, ya de por sí muy bajo en momentos de deflación. Esto produce la quiebra de muchos negocios y aumenta el desempleo. Lo extraño de una situación de depresión es que existen bienes y capacidad productiva, pero nadie tiene capacidad económica para adquirir esos bienes.
También se ha explicado la gravedad por los desórdenes en el plano monetario. La contracción del dinero en circulación, causada sobre todo por las quiebras bancarias, condujo a auténticos pánicos financieros.
Al mismo tiempo, la mayoría de las naciones abandonaron la fijación de sus monedas en relación al oro, sellando el final del sistema monetario que se dio en llamar “patrón oro” durante la Belle Epoque, o Epoca Bella, y que había quedado herido de muerte tras el final de la Primera Guerra Mundial.
Las consecuencias fueron una década de deterioro del nivel de vida, de enormes cifras de desempleo, de trabajadores deambulando de un estado a otro de la Unión huyendo de la miseria y en pos de la supervivencia.
El paquete de medidas económicas y sociales de la Administración de Franklin Delano Roosevelt, conocido como el New Deal, a menudo considerado como la salvación de la Gran Depresión, tampoco reactivó la economía, que volvió a entrar en una profunda crisis en 1937, aunque gozara de una gran popularidad.
En realidad, estas medidas, tuvieron un signo similar a las de su antecesor Hoover (grandes obras públicas, controles de precios, alta regulación, políticas de rentas), aunque con una mayor preocupación por los sectores más desfavorecidos.
En 1932 Roosevelt ganó las elecciones con el 56% de los votos, y asumió la presidencia el 4 de marzo de 1933. Como candidato, había prometido una reducción del 25 % en el gasto federal, un presupuesto equilibrado y un dólar respaldado por el oro para evitar manipulaciones de la moneda fiduciaria, así como acabar con la intervención del gobierno en áreas correspondientes al sector privado.
Sin embargo, en sus primeros 100 días de gobierno, en lugar de eliminar las barreras erigidas por su antecesor, creó otras nuevas. En este sentido, el New Deal fue en realidad una extrapolación y una exacerbación de las medidas que empezaron con Hoover.
Los dos objetivos principales de esta nueva planificación eran los siguientes:
Reactivación de la economía por vía del consumo y la inversión. Dado que no hay suficiente dinero en manos de los consumidores, se incrementa el esfuerzo fiscal del Estado. Se aumenta el gasto para reactivar la producción.
Establecimiento de controles bancarios más estrictos para evitar que se pudiera provocar otro crack o truene bursátil en el futuro.
Las medidas de política monetaria New Deal fueron:
Autorización a la Reserva Federal para que concediera créditos por un volumen superior al de esos momentos. El incremento de la cantidad de dinero reduce los tipos de interés, facilita el pago de las deudas y reactiva el consumo.
Abandono del patrón oro para favorecer la exportación. Se acaba con la convertibilidad de los dólares en oro para los ciudadanos americanos: sólo los gobiernos y bancos mundiales podrán cambiar los billetes por oro.
Se prohíbe a los americanos poseer oro, y el Congreso otorga al poder federal autoridad para fijar el precio del oro y confiscar las existencias de ese metal en poder de los ciudadanos. El dólar fue devaluado un 40%, sin embargo, al año siguiente, 1934, los Estados Unidos readoptan el patrón oro: a 35 dólares por onza en lugar de a 20.
Se emite papel moneda (3.000 millones de dólares), con sus consiguientes devaluaciones monetarias. El primer año del supuso un gasto de 10.000 millones, en tanto que los ingresos del gobierno fueron de 3.000 millones. Para cubrir el enorme déficit, el incremento de los impuestos resultó insuficiente. Entre 1933 y 1936 los gastos del gobierno se incrementaron más de un 83%.
Las disposiciones principales del New Deal fueron las siguientes:
Ley de Ajuste de la Agricultura (12 de mayo de 1933): Estableció un nuevo impuesto a la actividad agrícola y entre otras cosas previó que el gobierno pagara a los granjeros para que quemaran sus cosechas y eliminaran el ganado que no podían vender. El gobierno llegó a pagar a los agricultores para que no trabajaran, con la idea de que no aumentara la oferta de productos agrícolas para que los precios empezaran a subir.
Millones de dólares se emplearon en subvencionar la producción de trigo y algodón mientras que nuevos aranceles impedían la venta de estos productos. Los programas agrícolas del New Deal enriquecieron a los grandes agricultores, terratenientes y especuladores.
Por el contrario, la AAA hizo poco por los pequeños finqueros, sobrecargó de impuestos a los contribuyentes, obligó a los consumidores a pagar más por los alimentos, y agravó las relaciones comerciales con otros países donde se pretendía descargar los superávit agrícolas, dando lugar a una verdadera guerra arancelaria.
Autoridad del Valle del Tennessee (18 de mayo de 1933): Con el establecimiento del monopolio de la Autoridad del Valle de Tennessee se sacó del mercado a las empresas privadas de servicios públicos y las libró de aproximadamente 130 leyes e impuestos.
Entre sus principales objetivos se enunciaban la mejora de la navegación y control de inundaciones; repoblación forestal y uso adecuado de los terrenos del valle; desarrollo agrícola e industrial del valle y, de un modo subsidiario, siempre que fuese compatible con estos objetivos, la producción y venta de energía eléctrica.
En este último objetivo se centraron todos los esfuerzos; sin embargo, las grandes presas, canales y embalses proyectados tardaron años en ser finalizadas. Los esfuerzos para evitar la corrupción significaron atrasos substanciales.
Ley de Recuperación Industrial Nacional (16 de Junio de 1933): La mayoría de las industrias manufactureras fueron obligadas a formar cárteles dirigidos por el gobierno, y la economía americana fue tomando un sesgo nacional-corporativista. Se dictaron más de 500 códigos que establecían desde los precios hasta la forma de vender.
Afectaban a más de 2 millones de empleadores y 22 millones de empleados, y regulaban todos los aspectos de la producción, tanto industrial como artesanal.
Toda esta serie de nuevos trámites burocráticos y reglamentaciones arbitrarias incrementaron el costo de dedicarse al comercio en un 40% (lo cual no era precisamente lo que necesitaba una economía en depresión). Se acortaron las jornadas de trabajo con la intención de emplear a más personas, se elevaron los salarios y se impusieron nuevos costos a los empresarios, con el resultado que a los 6 meses de dictarse la ley la producción industrial había caído un 25%.
Administración del Empleo Público (1935): Con objeto de acabar con el desempleo, se contrató a toda clase de trabajadores para realizar tareas como ofrecer espectáculos públicos, organizar archivos, etc. Si bien su labor en actividades como la limpieza de bosques o la reparación de carreteras fue extraordinaria.
Sin embargo no sirvió para reintegrar a los trabajadores en el sector privado ni para estimular la economía. Harry Hopkins, el director de esta Administración, declaró públicamente: «Hemos creado cuatro millones de empleos, pero, por el amor de Dios, no me preguntéis a qué se dedican».
Debido a ello, se la sustituyó por otra agencia gubernamental, la Administración para el Progreso del Empleo, que empleaba sólo el 59% de sus asignaciones en los beneficiarios proyectados, ya que el resto eran costos fijos, sobre todo administrativos. Esta última Administración no desapareció del todo hasta julio de 1943.
El Tribunal Supremo declaró inconstitucional a la Ley de Recuperación Industrial Nacional en 1935 y a la Ley de Ajuste de la Agricultura en 1936, con lo que se ganó la enemistad de Franklin Roosevelt, si bien libró a la economía de estos pesados lastres.
El desempleo cayó al 18% en 1935, al 14% en 1936 y al 12% en el 37. Pero en 1938 se situó de nuevo en el 20% y la economía se colapsó de nuevo. La bolsa cayó un 50% entre agosto de 1937 y marzo de 1938.
No sería hasta el estallido de la Segunda Guerra Mundial y el gran incremento de demanda de productos de todo tipo que generó que los Estados Unidos comenzaran a remontar la crisis. No existe consenso al respecto, pero el New Deal, unido al nacionalismo económico imperante en la escena internacional, fue una de las causas determinantes que provocaron la persistencia de la Depresión a lo largo de toda la década de los 30.
Las consecuencias de la gran crisis económica no quedaron circunscritas a los EE.UU. La dependencia financiera de una Europa que aún no había curado del todo las heridas causadas por la Primera guerra mundial, y el efecto que la quiebra del sistema financiero internacional motivó en el conjunto de las economías occidentales llevó a los países europeos a una situación similar.
Las medidas restrictivas que la administración Roosevelt realizó sobre el comercio, la propiedad y la libre empresa provocaron que el capital necesario para reactivar la economía fuera gravado con impuestos y forzado a pasar a la economía sumergida.
Cuando los Estados Unidos entraron en la Segunda Guerra Mundial, en 1941, Roosevelt intentó cambiar su agenda anti-negocios, con el resultado de que gran parte de esos capitales se canalizaron a través de la industria de la guerra en lugar de destinarse a la producción de bienes de consumo.
En tiempos de guerra, se le conceden poderes extraordinarios lo que ocasionó que tuviera la autoridad suficiente para organizar un nuevo aparato administrativo y movilizar a la comunidad científica para la guerra. Se fue construyendo lo que va a ser la economía de la post-guerra. El congreso, por su parte, cancela muchos aspectos del New Deal.
Tras el final de la Guerra, los países occidentales trataron de enmendar los errores económicos de los años 30, sentando las bases de un nuevo Sistema Monetario Internacional, y abriendo progresivamente, de nuevo, sus economías al comercio.
Desde entonces, una de las principales motivaciones de los responsables de política económica de los Gobiernos, así como de las organizaciones económicas internacionales como el FMI, la OCDE, el GATT y la OMC, ha sido la de tratar de evitar que se repitan tragedias como las que se produjeron en la Gran Depresión.
1.2.2 Keynesianismo
Desde principio de los años treinta, Keynes se había interesado por la crisis del desempleo en EEUU e Inglaterra. El consejo de Keynes era hacer un enérgico uso de la política fiscal, impuestos y gastos, para complementar el mecanismo de mercado del sector privado, que no conseguía resolver el problema de la ocupación.
La ruptura esencial de Keynes con los clásicos se produjo en relación con la ley de Say, que sostiene que la oferta crea su propia demanda. La creencia en la ley de Say implicaba que el desempleo no era posible. Los clásicos incluían, todo un conjunto de autores clásicos y neoclásicos, desde Smith y Ricardo hasta Marshall y Pigou.
En primer lugar, Keynes negó la Ley de Say, ya que para él, el equilibrio entre ahorro e inversión no era tan sencillo como para los clásicos. El ahorro y la inversión venían determinados por multitud de factores y no había ninguna garantía de que ambos condicionasen una actividad económica de pleno empleo.
Otro punto importante fueron las situaciones rígidas de la economía, tales como monopolios y sindicatos, que al no cumplir con su función primordial obstaculizaban el movimiento de salarios y precios, que podría producir el ajuste al pleno empleo. Creía que los trabajadores padecían “ilusión monetaria”; es decir, que su comportamiento estaba relacionado más con el salario monetario que con el real, lo que a la larga ocasionaría que los trabajadores rechazaran reducciones de su salario monetario.
Argumentaba que los precios podían no permanecer constantes frente a los salarios monetarios decrecientes, porque significan que disminuye la demanda de bienes y sus precios; en resumen, los ajustes de salarios monetarios eran una vía ineficaz para atacar el desempleo. El desempleo solo podía atacarse mediante la manipulación de la demanda agregada. Los trabajadores estarían dispuestos a aceptar los aumentos de los precios resultantes de un incremento de la demanda, dadas unas tasas de salarios monetarios estables.
Tales aumentos reducirían los salarios reales, estimulando de esta manera el empleo. A fin de cuentas Keynes invirtió la proposición clásica, es decir, el empleo no aumenta reduciendo los salarios reales, sin que los salarios reales disminuyen a causa del aumento del empleo resultante de un incremento de la demanda agregada.
Estudió los componentes de la demanda total de bienes. La principal es la función de consumo.
Una función de consumo relaciona el consumo de todos los bienes y servicios privados con el nivel agregado de renta.
El consumo, está relacionado con multitud de factores, entre las que se encuentran las expectativas sobre los precios, sobre la renta, instituciones, etc. Pero Keynes quería mantener estas variables en suspenso para considerar solo el consumo y la renta. Así pues, la renta puede consumirse o ahorrarse.
El punto importante es que un nivel de producción generado por el consumo y la inversión no es necesariamente de pleno empleo. Por lo que pudo llegar a la conclusión de que en una economía podía darse un nivel de renta de equilibrio que fuera inferior al de pleno empleo.
La demanda de inversión viene determinada por muchos factores, entre ellos los rendimientos futuros esperados. La inversión real relaciona el coste de inversión del capital con los rendimientos esperados durante la vida de los proyectos de inversión. Consideraba que las expectativas (que dependen de factores psicológicos) tienen efectos directos sobre la inversión y por tanto sobre la renta.
El gasto en inversión tiene múltiples efectos sobre la renta. Así pues la condición caprichosa de la inversión privada significaba que la predicción de la renta agregada era compleja y difícil. Pero aunque pudiera predecirse con un alto grado de exactitud, tales niveles serían de pleno empleo solo por casualidad.
Argumentó que los trabajadores podían estar involuntariamente parados; los trabajadores, no ofrecían su trabajo con respecto al salario real, sino más bien al monetario. Además como se mencionó con anterioridad, al sufrir ilusión monetaria no aceptarían una reducción de éste.
Consideraba que el trabajo se ofrecía en una cantidad a un salario, pero la demanda podría ser tal que al salario real se demandara una menor cantidad de trabajo y con todo existiría equilibrio en el mercado de trabajo.
El equilibrio de la economía podría alcanzarse con cualquier nivel de empleo. Los trabajadores, no aceptarían reducciones de los salarios monetarios, y aunque lo hicieran, los precios disminuirían probablemente en la misma proporción, originando el desplazamiento de la función de demanda de trabajo hacia la izquierda y manteniendo invariable el nivel de desempleo.
La demanda agregada tendría que aumentar para llevar a la economía al pleno empleo, por lo que Keynes creía que la inversión privada no lo conseguiría sola y sugería que el Gobierno actuara con una política fiscal para aliviar el desempleo y la subproducción.
Mientras los economistas clásicos consideraban que los individuos mantienen dinero por motivo transacción e incluso por motivo precaución, Keynes argumentaba que también lo hacían para especular en el mercado de bonos.
A la sociedad se le presenta la alternativa entre mantener bonos o dinero, por lo que teorizó que a tipos de interés altos los individuos preferirán mantener bonos. Sin embargo, a medida que disminuye el tipo de interés la compra de bonos se hace cada vez menos atractiva (el rendimiento disminuye) y los individuos preferirán mantener cada vez más dinero y menos bonos.
Pensaba que el tipo de interés podía disminuir tanto como para que todo el mundo considerase el bono como una mala inversión. La trampa de la liquidez dice que a determinado tipo de interés positivo, la sociedad considera que la tenencia de bonos es arriesgada y en ese caso mantendrá dinero.
La existencia de la demanda especulativa de dinero significa que el mecanismo por el que éste influye en la renta no era tan simple como creían los clásicos. Uno de los mayores impactos del dinero sobre el gasto, la renta y el empleo, se producía mediante su efecto sobre los tipos de interés.
Los tipos de interés bajos hacen que el consumo presente sea más atractivo que el futuro. La política monetaria podrá disminuir los tipos y de esta forma aumentar el gasto hasta el pleno empleo; dada la trampa de la liquidez, concluía que la política monetaria es impotente ante la depresión y el desempleo.
Consideraba que los precios eran inflexibles a la baja pues prácticas como el monopolio podían impedir su descenso, por lo que tenía la idea de que los precios decrecientes y un conjunto de circunstancias adicionales podían mejorar la situación.
Suponiendo que el stock monetario nominal permanezca constante, una reducción de precios aumentaría el stock monetario real, el tipo de interés disminuiría y la demanda agregada, la renta y el empleo aumentarían.
Un nivel de precios decreciente que pudiese tener efectos sobre la economía tendría otros efectos perjudiciales como por ejemplo su influencia negativa sobre las deudas fijas de las empresas, o sobre las expectativas. La disminución de los precios puede suponer un descenso de la inversión. La catástrofe económica no podía evitarse con un nivel de precios flexible y decreciente.
No consideraba que los mecanismos del sector privado constituyeran una salvaguarda frente al desempleo prolongado. Podía existir un equilibrio por debajo del pleno empleo. La existencia de salarios y precios flexibles, aunque no era probable, no garantizaría el pleno empleo.
El Gobierno debía usar sus poderes para gravar con impuestos y gastar para influir en el ciclo económico. El gasto gubernamental podía financiarse mediante impuestos, ventas de bonos a la reserva federal u otros medios.
No creía que las inyecciones singulares fueran suficientes. Se requería un programa planificado de política fiscal. El Gobierno tiene que estar preparado para proporcionar las condiciones de pleno empleo. Las ideas de este economista penetraron en la mayoría de las instituciones de educación superior de EEUU.
La idea de que el gasto gubernamental y el déficitpresupuestario podían mejorar la marcha de la economía se impuso en las mentes políticas de todo el mundo. Es el comienzo de las políticas fiscales.
1.2.3 Bretton Woods
El sistema tiene su origen en una idea de John Maynard Keynes, que en política económica consistía en tratar de conducir el crecimiento económico desde el plano global.
Su propuesta para la puesta en práctica de este objetivo se basaba sobre cuatro pilares institucionales:
La construcción de un banco central mundial, el que condujera globalmente la liquidez y fuera responsable del apoyo a países con excedentes de exportaciones -por consiguiente, el que estabilizara la economía mundial- (propuso la creación de una Moneda mundial),
Un fondo para la reconstrucción y el desarrollo, el que promoviera la puesta a disposición del crédito para los países de bajos ingresos, la creación de una organización internacional del comercio, la que se ocupara especialmente por la estabilidad de los precios de los bienes de exportación primarios,
Un programa institucionalizado vinculado a las Naciones Unidas, sobre los subsidios no reintegrables que se deberían llegar a adjudicar.
Así es como el 27 de julio de 1944 en Bretton Woods (de ahí el nombre) tuvo lugar la fundación de dos organizaciones institucionales, a saber: El Banco Internacional para la Reconstrucción y el Desarrollo (BIRD o Banco Mundial) y el Fondo Monetario Internacional (FMI).
El rol del banco fue por consiguiente, asignar fondos, tal como un banco. Se renunció en un comienzo a la fundación de las dos organizaciones restantes, no obstante, la influencia sobre el comercio mundial se recuperó por la institucionalización del Acuerdo General sobre Comercio y Aranceles (GATT por sus siglas en ingles) en 1948 en Havanna Charta.
A partir del 1 de enero de 1995, con la fundación de la Organización Mundial de Comercio (OMC) el GATT se convirtió en un ámbito organizador propio. El GATT fue logrando desde el comienzo una liberalización del comercio mundial a través de las sucesivas reducciones de las aduanas y la disminución de los obstáculos no tarifarios del comercio.
El objetivo más importante de Bretton Woods fue el nuevo orden de la economía mundial y el apoyo al comercio a través de un régimen internacional monetario (conocido como Bretton Woods System o Sistema de Bretton Woods) con tipo de cambio estable y fuerte y con el dólar estadounidense como patrón.
Los componentes más importantes de este sistema fueron:
Total convertibilidad del Dólar estadounidense en oro con una cotización de 35 US$ por onza (el banco emisor de USA estaba por consiguiente obligado a comprar y vender el dólar a esa cotización),
Obligación del resto de los bancos centrales al mantenimiento de las respectivas cotizaciones internas a través de intervenciones en el mercado de divisas, manteniendo los márgenes de fluctuación establecidos.
Adjudicación de créditos del FMI por problemas transitorios de la balanza de pagos,
Ajuste de las paridades por dificultades permanentes en la balanza de pagos.
El sistema quebró cuando, alrededor del final de los años 1960, el dólar estadounidense no podía seguir cumpliendo con su función de dinero patrón. Por la guerra de Vietnam y sus altas exigencias financieras, los Estados Unidos siguieron una política inflacionaria, la que no podía ni quería ser sostenida por los otros bancos emisores, en razón de que sus propias monedas sufrían una restricción de su soberanía. Al mismo tiempo y en forma creciente Estados Unidos cuestionó la total convertibilidad del Dólar estadounidense en oro; había perdido su rol de hegemonía indiscutible en la economía mundial por el rápido proceso de recuperación económica de los países de Europa y Japón.
Además, por las regulaciones imprecisas, cuando los países participantes pudieron llegar a adaptar por separado las paridades, el tipo de cambio fluctuó en bandas importantes. En 1971 el presidente de los Estados Unidos puso fin definitivo a la total convertibilidad-oro del dólar.En los años siguientes la mayoría de los países se decidieron por una liberalización total de sus tipos de cambio, algunos de ellos establecieron nuevas relaciones.. En los años 1970 volvió la esperanza de un régimen internacional estable de tipo de cambio hasta la siguiente despedida.
Hoy apenas se encuentran reliquias de lo que fue este sistema en los acuerdos para el nuevo orden de la economía mundial en ambas instituciones que se crearon, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, así como en la Organización Mundial del Comercio surgida del GATT, que son duramente criticadas por las sucesivas desviaciones de las ideas solidarias y estabilizadoras keynesianas.
Tanto el Banco Mundial como el Fondo Monetario Internacional vinculan sus adjudicaciones de créditos a condiciones muy duras, las que en opinión de muchos minan la estabilidad del sistema económico internacional, con lo que se expresan contra las intervenciones estatales en la economía y representan el espíritu de la época, basado en primer lugar en posiciones económicas liberales.
Las condiciones que se solicitan a los tomadores de créditos para recorrer el buen camino fueron agrupadas en el Consenso de Washington. La Organización Mundial del Comercio representa, más allá de la liberalización del comercio mundial, a los intereses de los países industrializados.
Se reclama la liberalización de los mercados donde los países industrializados esperan ventas potenciales de sus productos, o visualizan posibilidades de inversión para sus excedentes de capital financiero. Por el contrario, los mercados de productos agrícolas están sujetos al proteccionismo.
1.3 Evolución Histórica y Objetivos a Perseguir
La reciente LISR considera a las jurisdicciones de baja imposición fiscal, y en los que al igual que los gravámenes, en general su origen se pierde en el pasado. Su respetabilidad es muy variable. Por un lado, el Vaticano, es un ente libre de impuestos; por otro lado, las jurisdicciones de baja imposición fiscal caídas de la gracia luchan por recuperar su credibilidad.
Dichos territorios desempeñan un papel clave en la industria mundial de los servicios financieros, al facilitar a personas físicas y empresas el manejo y la disposición de capitales con un costo mínimo y sin interferencia política. Sin embargo, los beneficios impositivos se reflejan en la mayoría de los sistemas fiscales, en el desarrollo de la política fiscal, sectorial y zonal.
La más antigua de las jurisdicciones de baja imposición es Suiza. Mucho antes de la Segunda Guerra Mundial, sus bóvedas bancarias y cuentas numeradas absorbieron bienes que salían huyendo de disturbios políticos y sociales en Rusia, Alemania, América del Sur y otros países. La neutralidad política y una moneda estable ayudaron a garantizar el valor de los bienes, aún cuando las expectativas de ingresos y ganancias de capital eran pocas.
Después de la guerra surgieron otras jurisdicciones, principalmente refugios contra desproporcionados gravámenes. En este sentido, para algunos países como Tánger, la condición de jurisdicciones de baja imposición fiscal resultó un breve pero pintoresco episodio de su historia. Para otros, como Liberia y Liechtenstein, la condición de paraíso fiscal se convirtió en un lucrativo negocio adicional. Para una tercera categoría, dentro de la cual se encuentran las islas Caimán, la condición de una jurisdicción de baja imposición se convirtió en su razón de ser.
Un primer ingrediente en una jurisdicción de baja imposición fiscal son los gravámenes que se determinan bajo tasas impositivas disminuidas o que brindan la exención, por lo menos en una categoría importante de ingresos. Mónaco perdió en gran medida este ingrediente en 1963, cuando cedió a las demandas de Francia a aceptó a aplicar a personas físicas y empresas francesas los mismos impuestos con los que se debía cumplir en la propia Francia. Así, de la noche a la mañana, dejó de tener atractivo para los industriales franceses, que habían sido sus principales clientes.
En segundo lugar una jurisdicción de baja imposición fiscal debe disfrutar de estabilidad política.
Beirut podría haber continuado como una jurisdicción de baja imposición fiscal para los capitales del Medio Oriente después de la quiebra del Intra Bank, del área de la guerra declarada y la guerra fría. La falta de confianza política ha impedido que Dubai se convierta en una jurisdicción de baja imposición fiscal, ha sacudido a Panamá y puede poner en peligro el futuro de jurisdicción de baja imposición fiscal en las Antillas Holandesas y Hong Kong.
En tercer lugar, las autoridades de una jurisdicción de baja imposición fiscal deben contar con experiencia comprobada. Estos territorios establecidos pueden expandirse haciendo más de sus mismas actividades al mismo tiempo que amplían la gama de servicios ofrecidos. De modo que el conocimiento que sobre seguros existe en las Bermudas se refleje en la mayoría de sus ingresos extraterritoriales; el resto procede de actividades cada vez más diversificadas. Para las nuevas jurisdicciones, los productos especializados o de nicho son esenciales como base para el crecimiento.
Otros elementos importantes que se deben tomar en cuenta varían de acuerdo a las necesidades del fugitivo fiscal. Los acuerdos sobre doble tributación o la ausencia de ellos es un ejemplo; un libre mercado de cambios es otro, especialmente para los servicios extraterritoriales de banca y de manejo de fondos, siendo también esenciales, las normas de regulación y supervisión reconocida internacionalmente.
La disponibilidad de mano de obra es de importancia crucial para una compañía que desee establecer operaciones industriales. Para las persona físicas, el clima y el costo de la vida pueden ser factores decisivos.
Como respuesta a las actividades que se llevan a cabo en las jurisdicciones de baja imposición fiscal, los países han dado respuesta a su vez, induciendo su actitud a través de campañas en contra de estos territorios. Las tácticas de mano de obra se han llevado a cabo de forma discreta, en particular en los Estados Unidos de América.
Algunos ven tales campañas como una respuesta necesaria para evitar el desarrollo de la evasión fiscal, especialmente en ciertas jurisdicciones de baja imposición fiscal, ubicadas en el Caribe, que se han convertido en un vehículo para el tráfico de drogas entre América del Norte y América del Sur y en un punto de lavado para los fondos derivados del narcotráfico y de otros crímenes organizados. Escándalos de narcodólares han cimbrado las bases políticas, normalmente plácidas, de las islas turcas y Caicos, por ejemplo, y han proyectado una obscura sombra sobre los sectores financieros de las Bahamas y Panamá.
Parte del Mediterráneo enfrenta amenazas similares, poniendo en riesgo a las jurisdicciones de baja imposición fiscal en Chipre, Gibraltar y Malta. En la batalla contra el delito, quienes son inocentes de ello y solo desean evitar impuestos, a menudo se ven atrapados en fuego cruzado. Hay diversas soluciones, la mas deseable y por su propio bien, es limpiar la situación. Mientras tanto, la mejor recomendación para las jurisdicciones que quieran atraer únicamente a quienes desean evitar impuestos y a los atesoradores de capitales, que no son delincuentes, consiste en considerar cuidadosamente a los entes con los que quisieran tener y mantener sus inversiones en los paraísos fiscales.
Además del valor desconocido de los bienes corporativos conservadores en jurisdicciones de baja imposición fiscal por medio de compañías de seguros, arrendamiento, embarque y una variedad de otros tipos de empresas, los centros financieros extraterritoriales compiten por los dólares que son propiedad de inmigrantes.
El Chase Maniatan Private Bank estima que en todo el mundo existen 2.6 millones de millonarios, que representan un valor de 1 billón de dólares americanos. La mayor parte de este capital está invertido intraterritorialmente, es decir, en cada uno de los países de los poseedores, por lo que las jurisdicciones de baja imposición fiscal compiten en un estimado de 205 billones de dólares americanos invertidos en el extranjero, principalmente en carteras de inversiones administradas. Los patrones regionales de propiedad cambiarán a medida que la India y las naciones del Lejano Oriente superen a los Estados Unidos de América, que tienen una alta carga fiscal, en la generación de fondos más libres.
La jurisdicción de baja imposición fiscal favorita para esta riqueza privada extraterritorial aún es suiza. En 1996, controló el 35% del total mundial estimado. En segundo lugar aparecen el Reino Unido con el 15%, seguido de los Estados Unidos de América con el 12%, las Islas del Canal y Luxemburgo con el 6% y Hong Kong con el 5%. Las jurisdicciones de baja imposición fiscal del Caribe compartieron el 10% del total, dejando el 11% para el resto del mundo.
El hecho de que los líderes del mercado puedan conservar su participación de riqueza extraterritorial y la manera en que el resto se divida entre otras jurisdicciones de baja imposición fiscal ya existentes o aspirantes a serlo, depende tanto de las políticas fiscales de los países que aplican altas tasas de impuestos como de las políticas económicas y regulatorias de cada una de las jurisdicciones de baja imposición fiscal.
La causa de lo anterior no es otra que "el despertar" de los países industrializados para frenar y/o desincentivar la utilización de estos territorios toda vez del daño que le causan a las economías de los países. El poder económico y financiero que estos territorios han adquirido se presenta amenazante ante los ojos de aquellos países que, de una u otra forma, activa o pasivamente, han contribuido a la configuración de este fenómeno.
1.4 Aspectos Jurídicos y económicos
La dificultad técnica para determinar cuándo un territorio, país o enclave geográfico es considerado como paraíso fiscal, hace que no exista entre las distintas organizaciones un criterio uniforme para determinar su número exacto. La OCDE (“Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico”) en un Informe del año 1987 consideraba que un país o territorio desempeña el papel de paraíso fiscal cuando el mismo se ofrecía o consideraba como tal, ya que se considera que sólo realizan prácticas fiscales perjudiciales por la competencia que suponen para los otros sistemas fiscales estatales.
Es en 1998 cuando la OCDE especifica los criterios que debe reunir un país o territorio para que sea calificado como paraíso fiscal.
1.5 Comunicados de la OCDE
El ejercicio desarrollado por el Foro de competencia fiscal perjudicial de la OCDE ha sido, desdé 1998, el “trabajo estrella” del Comité de Asuntos Fiscales de esta organización internacional. Los primeros resultados del trabajo del Foro se concretaron en el Informe, publicado en junio de 2000, sobre
“el Progreso realizado en la identificación y eliminación de las Prácticas Fiscales Perjudiciales”.
Dicho informe contiene dos listas: una de países/jurisdicciones que cumplen los criterios para ser considerados paraísos fiscales y otra de regímenes fiscales preferenciales en los países de la OCDE que cumplen los criterios para ser considerados perjudiciales.
Centrándonos en la lista de paraísos fiscales, cabe indicar que incluye 35 jurisdicciones. Algunas de estas jurisdicciones constituyen países independientes (Andorra, Liberia, Panamá, etc.). Otras, por el contrario, son territorios dependientes o asociados de Estados miembros de la OCDE, concretamente, de cuatro Estados: Reino Unido, Países Bajos, Estados Unidos y Nueva Zelanda.
El Informe de junio de 2000 establece así mismo que 6 jurisdicciones (Chipre, Malta, San Marino, Mauricio, Bermudas e Islas Caimán) no aparecen en la lista porque asumieron, antes de la publicación de dicho informe, el compromiso de modificar sus sistemas fiscales con el fin de dejar de ser paraísos fiscales antes de 31 de diciembre de 2005. Las reformas que habrán de emprender serán las necesarias para que el sistema fiscal deje de cumplir los criterios de falta de transparencia, falta de intercambio de información y de falta de actividad sustancial.
Por tanto, la OCDE ha considerado suficiente el “compromiso de cambiar”, aunque no se hayan producido aún tales cambios. En este punto, la posición de la OCDE es distinta a la de otros foros internacionales, por ejemplo en materia de blanqueo de capitales, donde para quedar excluido de la correspondiente lista negra, la jurisdicción ha de emprender reformas efectivas. De todas formas, la OCDE no es tan ingenua como pudiera parecer, dado que el Informe de 2000 indica que si la jurisdicción no lleva a cabo las reformas de acuerdo con el calendario establecido, volverá a ser incluida en la lista negra.
El Informe de junio de 2000 no sólo contenía las dos listas, sino que preveía la publicación de otra lista, en julio de 2001, de “paraísos fiscales no cooperativos”. La OCDE pretendía seguir negociando con las jurisdicciones que aparecen en la lista de junio de 2000, con el fin de conseguir que otras jurisdicciones asumieran el compromiso que ya realizaron las 6 jurisdicciones a que nos referimos con anterioridad.
Así, aquellos países/jurisdicciones que, aun apareciendo en la lista de junio de 2000, asumieran, antes de julio de 2001, el compromiso de modificar sus sistemas fiscales antes de 31 de diciembre de 2005, no aparecerían en la lista de “paraísos fiscales no cooperativos” que estaba previsto publicar en julio de 2001.
La consecuencia fundamental de aparecer en esta lista de “paraísos fiscales no cooperativos” es que la jurisdicción en cuestión será objeto de las medidas anti-paraíso aplicadas de forma coordinada por todos los países de la OCDE. Esto supone que aquellos países de la OCDE que, en la actualidad no disponen de legislación “anti-paraíso”, la adoptarán, con el fin de aplicarla a las jurisdicciones incluidas en la lista de paraísos fiscales no cooperativos.
La OCDE prefiere utilizar el término “medidas de defensa” a medidas anti-paraíso, porque estima que a través de estos instrumentos (reglas de transparencia fiscal internacional, no deducción de gastos incurridos en paraísos fiscales, no aplicación de exenciones a actividades desarrolladas en paraísos fiscales, etc.) los Estados “se defienden” de las consecuencias perjudiciales derivadas de la huida de bases imponibles de sus residentes hacia aquellas jurisdicciones.
Por tanto, lo que pretende la OCDE es utilizar aquellas jurisdicciones que decidan no cooperar, se les aplicará de forma conjunta medidas anti-paraíso (o medidas defensivas) con el fin de aislarlas internacionalmente. A aquellas jurisdicciones que decidan cooperar, no se les incluirá en la lista de
“paraísos fiscales no cooperativos” (y, por tanto, no serán objeto de medidas defensivas coordinadas) y, además, se les asistirá técnicamente para que puedan acometer sus reformas y puedan desarrollar sus actividades de forma que no generen competencia fiscal desleal en otros países.
Sin embargo, esto no supone que los Estados miembros no puedan seguir aplicando las medidas anti-paraíso ya existentes en sus normativas a aquellos países/jurisdicciones que, aun no apareciendo en la lista de jurisdicciones no cooperativas, sigan cumpliendo los requisitos técnicos para ser considerados paraísos fiscales. Hemos de recordar que determinadas jurisdicciones han asumido el compromiso de completar la reforma de sus sistemas fiscales a 31 de diciembre de 2005, por lo que, hasta tal fecha, seguirán siendo técnicamente paraísos fiscales5 y los Estados miembros deberán poder seguir aplicando sus medidas de defensa.
Lo que en definitiva supone es el mantenimiento del “statu quo”, es decir que aquellos Estados miembros que tengan legislación anti-paraíso seguirán aplicándosela a aquellas jurisdicciones que técnicamente sigan siendo paraísos fiscales (aun cuando no estuvieran incluidas en la “lista de jurisdicciones no cooperativas”). Sin embargo, no podrán aplicar nuevas medidas anti-paraíso a las jurisdicciones no incluidas en la “lista de jurisdicciones no cooperativas”.
1.6 Concepto de régimen fiscal estanco
En primer lugar, quizá sea necesario aclarar el significado de este criterio (que los anglosajones denominan “ring-fencing”).
La estanqueidad o aislamiento de un régimen fiscal puede realizarse:
— Vía exclusión de sus ventajas a los residentes: principio de estanqueidad subjetiva.
— Vía limitación de su aplicabilidad para las operaciones con no residentes: principio de estanqueidad objetiva.
El país que diseña el régimen fiscal pretende así evitar los efectos perjudiciales que para su propia economía (disminución de recaudación) pudieran derivarse del mismo. Es decir, para evitar estos efectos perjudiciales, se diseña el régimen fiscal de tal manera que los residentes no puedan invertir en entidades a las que se aplica dicho régimen preferencial (principio de estanqueidad subjetiva). Así mismo, se impide que las entidades cubiertas por el régimen operen en el mercado doméstico, de tal manera que todas sus operaciones tengan que ser realizadas con entidades extranjeras (principio de estanqueidad objetiva). Aparece, como indica el profesor Rosembuj, el régimen preferencial como un “ghetto” dentro del sistema económico local.
Resulta necesario recordar que el Informe de la OCDE, de abril de 1998, sobre “Competencia Fiscal Perjudicial: un problema mundial” establece que el hecho de que un país/jurisdicción sienta la necesidad de proteger su propia economía de los efectos perjudiciales que pudieran derivarse del mismo es un indicativo de que el régimen fiscal puede ser considerado perjudicial.
Por tanto, el criterio de estanqueidad pretende evitar que un determinado país/jurisdicción diseñe regímenes fiscales para no residentes (regímenes “offshore”) que permitan deslocalizar las bases imponibles desde otros países hacía estos, sin suponer ningún “perjuicio” en términos de recaudación para el país/jurisdicción que diseña el régimen.
1.6.1 Aplicación a los paraísos fiscales
El Informe de la OCDE antes citado, de abril de 1998, no incluye el criterio de estanqueidad como criterio para calificar a una jurisdicción como paraíso fiscal, sino que se refiere al criterio de falta de actividad sustancial.
El criterio de falta de actividad sustancial se cumple cuando un régimen fiscal preferencial no exige que la entidad que se beneficie del mismo, desarrolle una actividad económica real o tenga una presencia sustancial en el correspondiente país.