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3. MARCO NORMATIVO

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LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS ANIMALES: EL

POSICIONAMIENTO DEL TEMA DESDE LA INCIDENCIA POLÍTICA EN COLOMBIA

ANDREA CATALINA BELTRÁN TENJO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA FACULTAD DE CIENCIA POLÍTICA Y RELACIONES

INTERNACIONALES

CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA BOGOTÁ D.C.

2012

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LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS ANIMALES: EL

POSICIONAMIENTO DEL TEMA DESDE LA INCIDENCIA POLÍTICA EN COLOMBIA

ANDREA CATALINA BELTRÁN TENJO

DIRECTORA DEL TRABAJO DE GRADO MARÍA FERNANDA SAÑUDO PAZOS

ANTROPOLOGA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA FACULTAD DE CIENCIA POLÍTICA Y RELACIONES

INTERNACIONALES

CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA BOGOTÁ D.C. 2012

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Tabla de Contenido:

Introducción……… 2

Metodología……… 6

Justificación……… 9

Marco Teórico………10

Marco Normativo………. 23

El proceso de Incidencia Política en Colombia………29

El Movimiento Animalista y La Voluntad Política………30

Logros tangibles de la incidencia política por parte del movimiento animalista………42

Conclusiones……….46

Bibliografía……….49

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1. INTRODUCCIÓN

En el marco de una democracia participativa, la incidencia política, cobra un papel relevante, situándose como una forma y un efecto de la participación activa de la ciudadanía. La Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA) plantea que esta consiste “en un cúmulo de actividades dirigidas a ganar acceso y generar influencia sobre personas que tienen poder de decisión en asuntos de importancia para un grupo en particular, o para la sociedad en general” (WOLA, 2002). Esta misma instancia propone, que la incidencia puede considerarse como una herramienta que al ser usada junto con los procesos electorales, los cabildos abiertos, las comisiones especiales etc., produce avances importantes para la sociedad civil, y para la forma en que esta afecta e impacta las políticas públicas que sean de su interés.

Tradicionalmente se reconoce la incidencia política, como una manera de acción colectiva que tiene como objetivo posicionar demandas y necesidades de la ciudadanía, o de grupos poblacionales en particular, en el ámbito público (Red Somos 2012).Diferentes manuales1 relativos a este tema resaltan la importancia de herramientas tales como: el cabildeo2, el litigio estratégico3, la construcción de alianzas y coaliciones4, la negociación5, estrategias de medios de comunicación6 y la movilización

1. Entre los principales Manuales para la incidencia política se encuentran: “Manual básico para la incidencia política” WOLA (Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos, 2002).

“participar para incidir” RED SOMOS, 2012. “Manual de incidencia política” ASISCAL (Asociación para la Salud Integral y Ciudadanía en América Latina y el Caribe, 2008).

2.. Conocido también como Lobby político, busca obtener cambios específicos en políticas institucionales, haciendo uso de la acción ciudadana, y más específicamente busca influenciar de manera estratégica las personas que toman las decisiones y pueden afectar más directamente los ámbitos gubernamentales.

3. Consiste en la selección y presentación ante los tribunales judiciales, de casos donde se violan o vulneran los derechos, para así, lograr cambios en tales situaciones y en la sociedad en general.

4Corresponde a las uniones que se establecen entre diferentes organizaciones sociales con otras, y con otros actores que poseen objetivos y pretensiones en común, con miras hacia la transformación de diversas realidades.

5Es un proceso de interacción comunicacional entre diferentes actores (Estado, organizaciones, organismos internacionales, personas…) que pretende que las diferentes partes intercambien información durante un periodo determinado de tiempo, independientemente de si los objetivos

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social7. Sí bien dichos mecanismos tienen alta efectividad para que ciudadanas y ciudadanos permeen los asuntos públicos y transformen las condiciones que los afectan, para Sañudo estos mecanismos no son suficientes (Sañudo, 2012). La autora, considera que no solo es factible incidir en los asuntos públicos mediante dichas estrategias, sino que también es posible usar los mecanismos de participación que se establecen en determinados sistemas políticos. Bajo esta perspectiva se establece que la incidencia política es una cuestión que depende en gran parte y directamente de las posibilidades que un determinado Estado estructure para que la ciudadanía participe, entendiendo que dicha participación tiene como objetivo transformar lo público para su beneficio.

Esto sobre todo es posible, en el marco de sociedades cuyo modelo es la democracia participativa (Sañudo, 2012). La participación ciudadana bajo este marco político, se establece como un derecho y un deber.

Al configurarse como derecho, supone que los Estados desplieguen los esfuerzos necesarios para viabilizar y hacerla posible. Tal como se ha establecido en el Artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ciudadanos y ciudadanas, en un marco democrático, deben contar con las posibilidades para determinar su condición política. Como parte de ello tienen el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos, tal como se establece en el Artículo 25 del mismo Pacto. La efectividad de dicho derecho implica que los Estados tienen la obligación

son comunes u opuestos, para de esta manera lograr un acuerdo que permita la satisfacción de cada una de las partes.

6Los medios de comunicación son un elemento facilitador y /o herramienta para influenciar sobre la opinión pública, y de ésta manera producir transformaciones sociales y de alguna manera contribuir a la democratización de la información.

7. Es un proceso que desde lo cotidiano, pretende transformar e influir sobre el actuar, el pensamiento y las decisiones de un respectiva sociedad, con el fin de mejorar una situación que vulnera o afecta determinada población

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de adoptar las medidas legislativas o de otro tipo8 que puedan ser necesarias (hchr.org.co, 2004) para garantizar que los sujetos puedan intervenir en las decisiones políticas que los afectan. Al ser un deber, implica que las personas tomen conciencia de la importancia, que tiene su accionar como sujetos políticos, es decir como actores que pueden afectar los asuntos que en cualquier ámbito les competen, como parte de una comunidad política (Sañudo) .

En relación a lo anterior, se puede decir que las posibilidades de afectación de los asuntos públicos son una cuestión relacionada estrechamente, en primera instancia, con la existencia de mecanismos de participación y de acceso a las decisiones de gobierno; y, en segundo lugar, con las capacidades que la sociedad civil tenga para hacer uso de dichos mecanismos, de manera individual o colectivamente.

En relación al tema que nos compete y de acuerdo con Villarraga9 en Colombia, desde hace más de una década organizaciones y colectivos por la defensa y protección de los animales hacen uso de la incidencia política como recurso para posicionar en la agenda pública dicha temática. La autora recalca como, por un lado, se han utilizado estrategias como la movilización social y el lobby como medios para visibilizar las demandas y, por otro los colectivos han participado en la construcción de estrategias estatales orientadas a solventar dicha problemática, es decir participan activamente en los canales dispuestos por el Estado para viabilizar las demandas ciudadanas. En este sentido es pertinente afirmar que, como producto del activismo de dichas organizaciones y las demandas que han sido canalizada a través de mecanismos de incidencia política y de participación, el tema ha cobrado una relevancia significativa

8Entre otros mecanismos están las disposiciones legales, jurídicas y administrativas para facilitar la inclusión de las demandas y reivindicaciones de ciudadanos y ciudadanas en la agenda pública.

9 Información extraída de la entrevista realizada a Andrea Villarraga, integrante del movimiento social animalista en Colombia.

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en el plano político. Los avances en normatividad e iniciativas institucionales son muestra de ello10.

En este sentido el interés de este trabajo de investigación fue el de indagar por cómo las estrategias de incidencia política realizadas por el movimiento animalista en Colombia, han repercutido en el posicionamiento del tema de protección animal en la agenda política. De acuerdo con lo anterior, la orientación de este trabajo estuvo dirigida a entender como a través del uso de mecanismos tradicionales de incidencia política (cabildeo, movilizaciones, alianzas, entre otros) y de participación ciudadana (iniciativa popular, cabildos, entre otros) la sociedad civil organizada se constituye como una comunidad política con un importante papel transformador.

En este sentido los resultados que se presentan en el marco de este trabajo están orientados a dar cuenta de los siguientes objetivos:

Objetivo general

Determinar la importancia de las acciones de la sociedad civil, en el posicionamiento de la protección y defensa de los animales como un asunto público en Colombia.

Objetivos específicos

1. Develar el proceso de incidencia política por parte de las organizaciones animalistas.

2. Dar cuenta de la configuración de la protección y defensa de los animales como un asunto público en Colombia.

10 Sobre dichos avances volveremos en detalle más adelante.

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1.1 Metodología

En primera instancia es necesario plantear, que la incidencia política en el marco de éste estudio es entendida como un proceso de acción colectiva cuyo objetivo es afectar los asuntos públicos, es decir la estructura (prácticas, discursos e institucionalidad) relativa al funcionamiento del Estado. En este sentido, no solo se alude a las herramientas tradicionales de incidencia (cabildeo, litigio estratégico, alianzas, entre otros) sino también al uso de los mecanismos de participación (contenidos en la Constitución de 1991 y en desarrollos legislativos). Retomando lo planteado por Sañudo, se considera que en las últimas décadas, el uso combinado de estas dos maneras de afectar los asuntos públicos, ha conllevado a que ciertas temáticas se posicionen con fuerza en la agenda política (Sañudo, 2012). Es el caso, por ejemplo de los derechos de la población LGBTI una cuestión relevante en el marco de las estrategias de planeación del Distrito (ibíd.).

Bajo esta perspectiva se establece que para que la incidencia política sea efectiva, es clave la existencia de ciertas condiciones, relacionadas entre sí: La primera corresponde a la disponibilidad de una institucionalidad adecuada, la que se plasma en la existencia de mecanismos de acceso a dicha institucionalidad por parte de los ciudadanos (entre ellos los mecanismos de participación), y, por supuesto al uso que tales colectivos puedan darle; otro elemento de ésta primera condición, es la voluntad política de los operadores de políticas o de otros actores con poder de decisión. Esto implica, la existencia de personas receptivas a las demandas de la sociedad civil organizada y que éstas, deseen promover el posicionamiento de ciertas demandas en la agenda política. La segunda condición corresponde a la configuración y existencia de una sociedad civil fuertemente organizada y con un proyecto político sostenido. Como se dijo anteriormente bajo el modelo planteado estas condiciones deben estar íntimamente relacionadas para que la incidencia

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política sea efectiva. No es posible que las demandas de una ciudadanía organizada y consistente políticamente hablando, se viabilicen sino existen mecanismos de participación o la voluntad política de los gobernantes. De acuerdo con lo anterior, la propuesta metodológica de ésta investigación partió de considerar como eje clave tal estructura de interrelación, para así, dar cuenta del peso de la incidencia como herramienta para gestionar o proponer un asunto como público. En este marco se ahondó sobre:

1. El acceso y uso de los mecanismos de participación y de incidencia política. Tanto aquellos contemplados en la Ley 134 de 1994 y los mecanismos tradicionales de incidencia (lobby, movilizaciones, coaliciones, entre otros).

2. Los efectos que ha tenido el uso de dichos mecanismos (participación y los de incidencia) en el posicionamiento del tema como un asunto público.En otras palabras, se pretende dar cuenta de los avances que se han hecho en el tema de la protección y defensa de los animales en Colombia; sean estos leyes, iniciativas, actividades, etc.

Por otra parte es de resaltar que el desarrollo de esta investigación, se hizo bajo un enfoque de corte cualitativo. La idea fue la de abordar la percepción y posición de los diferentes actores involucrados en torno al tema de la protección y defensa de los animales, y, con ello, determinar las características del proceso de incidencia política. De ésta manera, el enfoque cualitativo facilitó el acercamiento a: 1.Las experiencias del movimiento animalista y su lucha por posicionar un trato más favorable y mejores condiciones de vida para los animales en Colombia; 2. A las percepciones que funcionarios y funcionarias tienen sobre este asunto. Lo anterior pretendió construir una visión holística del tema.

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Para llevar a cabo este trabajo de investigación se hizo uso de los siguientes instrumentos:

 Entrevista semiestructurada: Se realizó con el fin de conocer, las opiniones, posturas, la labor y los logros de los actores directamente relacionados con el tema de la protección y defensa de los animales en Colombia; para de esta manera entender, cómo se ha hecho la incidencia política y el efecto de esta en el contexto nacional.

 Análisis de fuentes secundarias: videos, periódicos y programas con contenidos específicos del tema.

Ahora bien, se hace importante esclarecer que tales instrumentos metodológicos tuvieron en cuenta dos tipos de actores:

1. Representantes, líderes e integrantes de organizaciones de defensa animal. Las personas aquí entrevistadas fueron: Natalia Parra (integrante de plataforma ALTO), Milena Cuitiva (coordinadora de la oficina de Bogotá de la organización ANIMANATURALIS), y Daniel Dorado (integrante del grupo de protección animal de la POTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA).

2. Funcionarios y funcionarias públicos que están directamente relacionados con el tema. Los funcionarios entrevistados fueron:

Camilo Sánchez (Senador de la República), Hosman Martínez (concejal por Bogotá del partido Verde) y Diego García (concejal por Bogotá del partido progresistas).

El acercamiento a este grupo de actores, facilitó el acceso a información que permitió conocer cómo ha sido el uso de mecanismos de incidencia política tradicionales y los de participación, así como el impacto o efecto que esto ha tenido en el posicionamiento del tema de la defensa y protección de los animales como asunto publico en Colombia.

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1.2 Justificación

El estudio del tema de la protección y defensa de los animales, como un resultado de la incidencia política en Colombia, es importante en la medida que trasciende la concepción de los animales, y los aprecia desde una perspectiva que va más allá de un problema de salud pública. Como se observará posteriormente, la normatividad colombiana tuvo acercamientos al tema, pero desde un enfoque que concebía a los animales como fuente de enfermedad para los seres humanos; es así, como la importancia del tema nunca antes se concentró en el bienestar de los animales, sino en los seres humanos que se veían expuestos al contagio de enfermedades zoonoticas. En esta medida, éste se constituye como un tema que exige y permite un estudio que desde la Ciencia Política trascienda escenarios de política pública de salud en beneficio de los seres humanos, y abarque las diferentes formas de vida existentes.

Más específicamente, el tema de la protección y defensa de los animales, es importante en la medida en que implica pensar y concebir otras formas de vida (los animales) en el estudio de lo que como politólogos y politólogas nos compete; no solamente porque el tema se constituye en un asunto público al que por supuesto se le debe dar una respuesta Estatal, sino porque este es un tema que necesariamente implica la participación de la sociedad civil y su movilización como medio para transformar las realidades y las relaciones de poder que se dan entre la institucionalidad y los ciudadanos que representan a éstos seres no humanos.

Finalmente y a modo de consideración personal, el gusto y amor que siento por los animales me hacen pensar que la Ciencia Política como disciplina, debe aportar y dar cabida a temas que como éste, siguen demandando visibilidad, conocimiento e intervención; de ésta manera, ésta investigación pretende aportar y apoyar el posicionamiento de éste tema, no solamente como un asunto publico preponderante en la

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coyuntura nacional, sino como un tema de estudio e igualmente preponderante al interior de la disciplina.

2. MARCO TEÓRICO

Como punto de partida se tomó la incidencia política, y mediante diferentes constructos teóricos que dan cuenta de su concepto y composición, se describieron algunas de las dimensiones que ésta, teóricamente puede alcanzar. Así pues, se tomó también el concepto de acción colectiva, sus particularidades y la manera en que ésta se constituye como una de las formas que los grupos, colectivos y movimientos emplean, para la visibilización de sus demandas y consecución de respectivos objetivos. En ésta medida, se explica cual es la relación existente entre incidencia política y acción colectiva.

Paralelamente, se dio cabida a un segmento llamado “el papel transformador de los movimientos sociales”, lugar en el que se explica, cómo la sociedad civil organizada, y expresada en forma de acción colectiva o, más específicamente, en forma de movimientos sociales, tiene la capacidad de transformar el orden político, económico y social de una determinada nación: cómo éstos pueden penetrar elementos fundamentales como lo son los partidos políticos, y cambiar la forma en que éstos se presentan ante la sociedad. Asimismo, cómo tales movimientos reorientan no solo los conceptos clásicos de ciudadanía, sino que amplían la gama de sujetos que se consideran aptos para ser titulares de derechos.

De igual forma, se acudió a la descripción y conceptualización teórica de los movimientos sociales, con el fin de entender su origen, características, composición y evolución de la que se generan los nuevos movimientos sociales, y más concretamente el movimiento animalista como nuevo movimiento social.

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Finalmente, -y a propósito de la importancia que posee el tema de la protección y defensa animal-, se exponen posturas teóricas que revelan la diversidad de formas de defensa animal, que existen o que pueden llegar a ser empleadas, y que en este segmento serán expuestas a la luz, de lo planteado por diferentes teóricos.

2.1 Acción colectiva e incidencia política

Como su nombre lo indica, la acción colectiva ha sido entendida como las acciones que grupos de personas o colectivos, emprenden con miras a la realización de uno o varios objetivos de carácter común. Cruz establece que de acuerdo con algunos autores que tratan el tema11, la acción colectiva es concebida como una conducta de grupo, que a su vez, responde a una conducta voluntaria individual y que en general, pretende lograr garantías y /o beneficios (Cruz, 2001). En otras palabras, puede afirmarse, que este tipo de acción12 se entiende como la unión de fuerzas para la búsqueda de soluciones a diversas problemáticas, que a su vez den respuesta a determinadas demandas. Asimismo, la acción colectiva puede ser entendida como “el proceso por el cual las personas realizan esfuerzos conjuntos dirigidos a influir en la distribución existente de poder, o también como una iniciativa empleada por los colectivos para dar respuesta a los conflictos que suscitan entre ellos” (Cruz, 2001).

Ahora bien, la incidencia política representa una de las formas de acción colectiva de las que disponen las organizaciones y grupos sociales, para la visibilización de situaciones y condiciones excluyentes, discriminatorias e injustas y además lograr el posicionamiento en la esfera pública y política, de alternativas convenientes para la transformación de tales

11 El autor resalta las propuestas de Downs, Olsen, Buchannan y Tullock.

12 Por otra parte, se hace necesario esclarecer el hecho de que la definición de acción colectiva y su concepto como tal, puede llegar a confundirse dentro del concepto de acción social, acción asociativa o acciones civiles públicas, los cuales entran dentro de un campo sociólogo mas amplio, y el cual no tiene cabida en esta investigación.

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situaciones (RedSomos, 2011). De acuerdo con los manuales estudiados sobre este tema, ésta “cuestiona y busca cambiar las desiguales relaciones de poder existentes entre los diferentes grupos y colectivos humanos y sociales que componen la sociedad y el Estado, persiguiendo el beneficio de aquellos y aquellas que en cierta forma se encuentran vulnerados”(ibíd.) Es así como, por medio de la incidencia política se busca la construcción de una sociedad más equitativa y equilibrada, donde los principales afectados e interesados puedan hacer notar la naturaleza de su problemática en pro del mejoramiento de la misma.

Según la Red Somos, no existe una única definición sobre incidencia política, en contraste, existen múltiples formas en las que ésta es entendida. Si bien los conceptos sobre esta no son estrictamente uniformes, se pueden hallar aspectos comunes dentro de los que se destacan:

 Es el resultado de un proceso llevado a cabo de manera colectiva y organizada; lo que significa que son los integrantes de un grupo, quienes mediante una ejecución organizada, luchan por la obtención de uno o varios objetivos en común.

 Más allá de una acción, consta de la realización de diversas actividades, que durante un momento específico, pretendan improvisar e implementar elementos que fortalezcan los mecanismos para el incidir político.

 Implica un proceso deliberativo y planificado: esto indica, que las actividades ejecutadas para incidir políticamente, deben estar previamente bien planeadas y /o prediseñadas.

 Requiere de un proceso de identificación de actores y actoras clave: pretende identificar e influenciar directamente a los tomadores y tomadoras de decisiones en los diferentes espacios estatales, con el fin de persuadir o presionar para obtener beneficios que varían de acuerdo a los intereses cada grupo.

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 Persigue la influencia real en el proceso de las políticas públicas:

pretende el seguimiento activo de políticas y programas, por parte de organizaciones sociales con el fin de fortalecer la calidad en la distribución de las oportunidades.

 Influencia en prácticas y relaciones sociales: pretende la trasformación de los imaginarios sociales, en pro a erradicar la idea de que la incidencia política se mueve únicamente dentro de la esfera institucional (RedSomos, 2011).

De igual manera, autoras como Karen Sirker, definen la incidencia política respecto a tres perspectivas: representación, movilización y conceder poder. Con respecto a la primera, se considera como la herramienta para hablar a favor de los que no tienen voz. En cuanto a la movilización, corresponde a la manera en que se busca el apoyo de los demás frente a una idea personal. Frente al conceder poder tiene que ver con la forma por la cual las personas otorgan poder, respaldando a los que no tienen voz y no pueden hablar por sí mismos (Sirker, 2002).

La Oficina de Washington para los Asuntos Latinoamericanos (WOLA), establece algunos conceptos básicos sobre incidencia política. Hace referencia a esta como aquellos esfuerzos de la ciudadanía organizada para influir en la formulación, implementación y en sí, en todo el proceso de políticas y programas públicos que pretenden mitigar y /o solucionar diferentes problemáticas (WOLA, 2002). Siguiendo esta instancia, la incidencia política es vista desde dos perspectivas: 1) como ejercicio de poder, puesto que la ciudadanía pretende influir en la toma de decisiones del Estado y así, ejercer su poder como sociedad civil organizada y 2) como proceso acumulativo, en el sentido que para incidir y trasformar políticamente se requiere de más de una acción y en sí, de un cúmulo de procesos y actividades que a corto, mediano o largo plazo, van a permitir la consecución de uno o varios objetivos.

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2.2 Los movimientos sociales y su potencial transformador

El presente capitulo, tiene por objeto dar a conocer el papel transformador que poseen los movimientos sociales; es decir, presentar como éstos a partir de sus acciones y respectivas tareas, logran cambiar dinámicas políticas, crear y modificar conceptos, desafiar el orden político ya existente y por supuesto transformar y mejorar realidades de la sociedad civil.

Según Escobar a través de la movilización social, la sociedad civil en conjunto “intenta otorgar nuevos significados a las interpretaciones culturales dominantes de la política y también desafían prácticas políticas predominantes.”(Escobar, Alvarez , & Dangino , Política cultural & Cultura política , 2001). Esto significa, que los grupos, o más específicamente los movimientos y las luchas que éstos llevan a cabo, vienen a ser consideradas luchas que pretenden la transformación y reorientación de significados sobre conceptos tales como la ciudadanía, el desarrollo y la democracia; esto, en el sentido que mediante la movilización y otras actividades, proponen un nuevo orden que además de involucrar nuevos beneficios, o leyes e iniciativas que les protejan, pretenden también, ampliar la lista de aquellos que se consideran aptos o titulares de derechos.

De otro lado, este mismo grupo de autores considera que los movimientos en sí transforman los límites y definiciones de un determinado sistema político. Es decir, que estos con frecuencia intentan desafiar o desestabilizar culturas políticas dominantes, dado que se emprenden luchas que van más allá de la mera consecución de objetivos de carácter material y que por supuesto trastocan los escenarios políticos. Así, tales movimientos, y más específicamente las herramientas que aquellos utilizan, están orientados más hacia el reconocimiento que hacia la redistribución (Fraser, 1997)

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En este orden de ideas es de resaltar que más de allá del reconocimiento como ciudadanos o como grupo y /o movimientos, éstos últimos pretenden convertirse en aquella base o poder institucional, que supera la incapacidad que presentan los partidos políticos, al no generar lazos propicios de comunicación entre las diferentes instancias de poder formal y la sociedad civil(García, 2001).

Las anteriores aseveraciones por un lado nos muestran la importancia que tiene la acción colectiva, como vía para reorientar y resignificar los conceptos asociados con lo político y la política (ciudadanía, democracia, derechos). Por otro nos revelan como los procesos de movilización social y en sí los movimientos, transforman las actividades y las funciones mismas de los partidos políticos, en el sentido que se involucran y trabajan conjuntamente con éstos para discutir y ocuparse en torno a una determinada problemática.

Así pues, puede observarse como los movimientos sociales, mediante sus luchas y múltiples actuaciones, trasforman y afectan lo público. Lo anterior se evidencia desde la creación y consideración de nuevos significados acerca de la ciudadanía y demás elementos que les competen; pero también se evidencia, cuando los movimientos amplían y modifican las funciones y relaciones con los partidos políticos, en la media que son éstos últimos los que deben ocuparse de la ciudadanía, sus demandas y la presión que éstas ejercen al visibilizar determinadas problemáticas. Lo anterior, es importante en la medida en que permite entender una de las varias formas, en la que los movimientos sociales transforman y modifican las diferentes instancias políticas, económicas y sociales; y cómo, mediante dichas herramientas o mecanismos, solucionan o mitigan demandas y problemáticas de la sociedad civil.

2.3 El movimiento animalista como un nuevo movimiento social

Autores como Tarrow y Muñoz De Bustillo (Tarrow & Muñoz De Bustillo, 2004) definen a los movimientos sociales como campañas sostenidas,

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que intentan realizar demandas, o responder a éstas, utilizando un repertorio de actuaciones que publicitan o visibilizan la reclamación, basada en distintas combinaciones de organizaciones, redes, tradiciones, solidaridades que sostienes esas actividades. En este sentido un movimiento social es considerado “un acto colectivo que interviene en el proceso de cambio social” (Raschke, 1994) y que como tal, fomenta la estructura o las bases, para el cambio y la trasformación de situaciones que son de carácter social.

Los movimientos sociales se dividen en viejos y nuevos. Los primeros datan del siglo XIX, y su inicio se dio paralelamente a la revolución francesa, desde aquel momento los movimientos y acciones colectivas comienzan a organizarse de forma estable, con miembros, y objetivos políticos específicos, a largo y corto plazo, frente a los intereses de la alta burguesía quienes tenían la potestad del poder en aquel entonces (Tarrow & Muñoz De Bustillo, 2004). A grandes rasgos estos, “son una campaña sostenida que pretende responder a diferentes demandas, utilizando así un repertorio de actuaciones que publicitan la reclamación, basada en distintas combinaciones de organizaciones, redes, tradiciones, solidaridades que sostienes esas actividades; y quizás lo más importante para identificar un movimiento sea que haya un despliegue de RESPETABILIDAD, UNIDAD, NÚMERO y COMPROMISO”(Ibíd.).

Por otro parte, los nuevos movimientos sociales, son entendidos como aquellos para los que el reconocimiento es un asunto muy importante (Fraser & Honneth, 2006). En el marco de estos se presentan nuevas formas de hacer política y nuevas formas de sociabilidad. Dentro de éste grupo se encuentran los movimientos indígenas, ecológicos, de minorías sexuales, entre otros (Escobar, E. Alvaréz, & Dagnino, Lo cultural y lo politco en los movimientos sociales latinoamericanos, 2001). En otras palabras, estas nuevas reivindicaciones, reorganizan y reorientan las actividades, funciones y objetivos de las acciones colectivas.

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Según Carmen Gutiérrez, los nuevos movimientos sociales son expresiones populares, cuyo objeto trasciende los intereses de carácter material, y que pueden llegar a poseer una amplia gama de reivindicaciones subjetivas, que en su mayoría pretenden acudir a valores extraeconómicos en pro de la vida, la libertad, el derecho a la diferencia.

No promueven su defensa en pro de un grupo específico, sino que por el contrario tales reivindicaciones representan múltiples formas de vida, de socialización, etc. (Gutierrez, 2009)

El movimiento animalista es definido como un nuevo movimiento social.

Se especifica como tal dado el sentido que tiene por ampliar el marco dentro del que solamente se consideran titulares de derechos a los seres humanos, abriendo campo así, para los animales. Además es de resaltar que a través de sus prácticas de resistencia están redefiniendo la vida política y publica cotidiana (Vargas, 2003). Este se reconoce como aquel cuyo contenido sugiere respeto y ayuda por los más vulnerados de la sociedad, pretende reivindicación de una nueva moral emergente que tiene en cuenta a todos los seres sensibles y, la reflexión filosófica acerca de la aceptación de nuestra naturaleza y de la relación de semejanza con la de otras especies. (Gutierrez, 2009). Este movimiento intenta defender y reivindicar el derecho de los animales a la vida digna, a la libertad y al desarrollo de sus capacidades en entornos habitables. A grandes rasgos, lo que el movimiento pretende es crear una cultura de conciencia, la que permita abarcar todas las formas de vida, que al igual que la especie humana tiene necesidades e intereses individuales de especie que merecen respeto, consideración e inclusión dentro de la agenda pública.

En el marco del movimiento por la protección de los animales, existen variadas tendencias, las que se enmarcan en diversidad de objetivos a alcanzar. Algunos de sus integrantes y/o simpatizantes intentan ponderar la importancia de la especie animal, con la importancia de los seres

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humanos; otros intentan establecer y posicionar unos derechos específicos para los animales; y otros, simplemente no se encuentran de acuerdo con las prácticas agresivas y el maltrato que se genera para con ésta especie.

Como se dijo anteriormente, el movimiento animalista pretende defender y reivindicar el derecho de los animales a la vida digna, a la libertad y al desarrollo de sus capacidades en entornos habitables; sin embargo, según Carmen Gutiérrez, estos objetivos y temas que allí se intentan posicionar, son difíciles en su naturaleza, debido a que el elemento o el beneficiario no es el ser humano como tal (mujeres, negros, homosexuales, indígenas, campesinos, etc.), sino son los animales. Es decir, se lucha por los derechos de otros seres que no son catalogados como tal, donde se rompe con el paradigma de sujeto que se considera apto para posesión y reclamación de sus derechos puesto que es el grupo animal, el principalmente beneficiado.

2.4 El asunto de la protección animal como un asunto teórico

Retomando específicamente el tema de la protección y defensa de los animales desde un espectro teórico, cabe resaltar las diferentes posiciones que surgen al respecto, algunas de éstas pueden resumirse en seis 6 categorías o grupos según Martha Nussbaum(Sustein &

Nussbaum, 2004):1) Utilitarismo, 2) Deontologismo, -que incluye la Teoría de los derechos y el abolicionismo-, 3) Intuicionismo, 4) Ética del cuidado 5) Ecofeminismo y 6) Aproximación por las capacidades. A continuación serán explicadas las propuestas:

Utilitarismo. Defendida principalmente por Peter Singer, hace referencia a la igual consideración de intereses, basado específicamente en el interés de no sufrir daño. Es decir, se defiende la idea o mejor, el interés de no sufrir daño y dolor independientemente de si quien reclama o posee éste interés es un humano o un no-humano. En este sentido, puede

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afirmarse que el utilitarismo desde Singer defiende la protección animal, y señala cualquier acto de maltrato, dolor o daño que se le ocasione a cualquier ser vivo, sea éste ser humano o no humano (ibíd.).

Deontologismo (teoría de los derechos y abolicionismo). Es la teoría que defiende los derechos de los animales, principalmente propuesta por Tom Regan (Regan, 1983), El autor denuncia la tesis reformista de Singer, pues crítica de insuficiente el buen trato para con los animales.

Esta teoría postula abolir la explotación, ya que esto implica un deber moral y ello se aplica a seres vivos humanos y no-humanos. En otras palabras, para éste autor la vida es un derecho inherente a cualquier ser que la posea y por ende debe de ser respetada; en consecuencia, Regan ha elaborado una teoría de los derechos de los animales, en la cual el beneficiario o usuario poseedor de derechos puede ser un ser vivo humano, al igual que un ser vivo no-humano.

Dentro de ésta corriente teórica, también se cita el trabajo de Gary Francione (Animals, Property and theLaw, 1995), autor que considera que el primer obstáculo para los derechos de los animales es de carácter jurídico, ya que éstos seres son tratados y usados como propiedades (tal y como sucedía con los esclavos) y por ende el primer paso a ejecutar, es el abolicionismo, sin ningún reformismo o término medio, como los propuestos por Singer.

Intuicionismo. Esta teoría, es defendida principalmente por autores tales como Steve Sapontzis (Morals, Reason and Animals, 1987), quien a partir de la teoría de la evolución afirma que los animales no-humanos pueden ser morales y tener comportamientos morales (tales como salvar a los humanos en situaciones de muerte o donde apeligra su vida, ayudar a los niños y a los enfermos, o ayudar a otros animales en situaciones de peligro etc.) sin necesidad de ser racionales. Paralelamente, este espectro teórico se aparta de la idea del derecho del más fuerte, según la

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cual el más fuerte posee el derecho de explotar y aprovecharse del menos fuerte; en otras palabras, esto implica que este espectro teórico se aparte de la idea de que los seres humanos puedan explotar o maltratar a los animales porque son “más fuertes”, o porque se cree que los animales son inferiores.

Ética del cuidado y las teorías ecofeministas. Propugnada por el feminismo de la diferencia, -y siguiendo la tesis de Carol Gillingan-, estas posturas teóricas se fundamentan en la capacidad que posee la mujer de brindar “cura” (sea a enfermos, niños, ancianos, etc), dicha capacidad de

“cura” desde ésta perspectiva, pretende ser también un fundamento para la ética animal. En este sentido, la ética del cuidado o de la “cura” no vale solo para las mujeres, por lo que propone feminizar la sociedad extendiendo dicha “cura” a múltiples, o todos los ámbitos de la sociedad;

esto incluye entonces: promocionar actitudes de simpatía para con los no humanos. La ética del cuidado parte de la idea de que la simpatía y el cuidado que se brinda a la naturaleza y a los no-humanos constituye una cualidad natural de los seres humanos y como tal, debe se puesta en práctica.

Teorías ecofeministas. Según ésta teoría, la lucha por los derechos de los no humanos, -o de los animales-, forman parte de la lucha contra la mentalidad patriarcal de dominación. Es decir, el patriarcado toma al macho cazador por “propietario” de la naturaleza, y por consiguiente, la defensa de los animales o de los no-humanos hace parte de la lucha contra dicho patriarcado. En contraste a ésta teoría se encuentra el utilitarismo, donde la lucha por los derechos de los no-humanos representa un camino más en la lucha de las discriminaciones (de minorías, de mujeres, de niños etc).

Aproximación por las capacidades. Desarrollada por Martha Nussbaum y por el economista Amartya Sen. Esta teoría debate con la teoría de la justicia de John Rawls, además de que evalúa el bienestar humano en

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términos de acceso al desarrollo de las capacidades. Para Nussbaum fortalecer las propias capacidades es un derecho básico al que deben tener acceso tanto humanos, como no-humanos. Ésta autora, ha criticado la teoría de Rawls según la cual el derecho implica reciprocidad, razón por la cual un animal no-humano no puede tener derechos, por el contrario, ella afirma que sí existe la reciprocidad en el mundo animal. Siguiendo ésta crítica, Rawls –siguiendo a Kant-, afirma que solo los humanos tienen derecho a no ser usados como instrumentos, respecto a los animales en cambio, solo existe un deber de compasión o de

“humanidad”. En contraste, Nussbaum afirma mediante sus supuestos teóricos, que un no-humano tiene derechos en la medida en que está vivo, lo que a su vez otorga un título para gozar de sus propias capacidades. Tales capacidades defendidas por la autora deben reconocerse adecuadamente a los no-humanos. En breve, estas son: La vida, a menos que el dolor o la decrepitud no hagan de su vida un mal; La salud corporal, que incluye la alimentación correcta también para los animales, incluso en el caso de los animales domésticos. Esto se retoma, desde el derecho que poseen los niños a una correcta nutrición; La integridad corporal, que incluye el derecho a no ser esterilizados y no ser privados mediante cirugía de partes de su cuerpo (los perros, por ejemplo, tienen cola); El uso de los sentidos, de la imaginación y del pensamiento, que incluye la libertad de movimientos en los animales, además del derecho a aprender a ser limpios y a ser educados. En éste ámbito, es también defendida la protección del hábitat natural de los animales salvajes; Las emociones, donde se incluye el derecho a encontrar pareja y a cuidar las crías, así como que los animales no sean asustados; El reconocimiento de objetivos y proyectos propios de algunas especies que no deben ser interferidos, por ejemplo, mediante el destrozo y daño a su respectivo hábitat; El derecho al juego, con el que consiguen estabilidad emocional.

En síntesis, Nussbaum afirma que el desarrollo de éstas diez capacidades deberían ser reconocidas por la leyes, esclareciendo y defendiendo el

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especismo, ya que dichas capacidades difieren entre algunas especies significativamente.

Estas tendencias y teorías expuestas con anterioridad, permitan dar cuenta de por qué los animales son seres aptos para ser beneficiarios de derechos: 1) estos seres vivos –aun que no son humanos-, poseen vida, y el derecho a la vida debe ser respetando en cualquier ser que la posea, 2) no deben ser maltratados pues porque al igual que los seres humanos son seres que sienten, 3)no deben ser utilizados por los seres humanos, pues como poseedores de vida no deben ser tratados como una propiedad y 4) deben tenerse en cuenta sus necesidades básicas como:

la alimentación, la educación, el apareamiento, el descanso, el libre movimiento, etc.

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3. MARCO NORMATIVO

Este capítulo, tiene por objeto exponer como se ha tratado el tema de la protección y defensa animal en el marco del Estado colombiano; es decir, se describen los diferentes esfuerzos y desarrollos relativos a leyes, normas, decretos, o simplemente iniciativas, se han generado desde las instituciones encaminadas a proteger y defender a los animales. Esta exposición, es importante en el desarrollo de esta investigación, en la medida que permite conocer cuáles han sido los avances tangibles que se han dadoen torno al tema, cuándo y cómo se han desarrollado, y cómo la consideración de los animales como un sujeto de protección en Colombia es diferente hoy frente a la visión que se tenía años atrás.

En Colombia las leyes, normas, decretos o iniciativas que desde las instituciones pretende proteger a los animales, no son muchas; sin embargo, se debe reconocer algunos avances o mejoras que se han dado.

Según Cabrera, en la Constitución de 1991, se consiga mediante el artículo el 79 que “el Estado debe proteger la diversidad e integridad del medio ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de éstos fines”(Cabrera, 2009).

Como principal antecedente normativo es de resaltar la Ley 5 de 1972, mediante la cual se establece, la fundación y funcionamiento de las llamadas “juntas protectoras de animales”. En esta, además se plasma un ordenamiento de defensa animal estructurado y se involucra al Estado dentro de la actividad proteccionista. Asimismo, se dictaminó que la institucionalidad debía apoyar la creación, función y promoción de dichas juntas (SPAC). Con el surgimiento de esta ley, se vislumbró un primer avance legal, que intento la protección y defensa de los animales en Colombia, al punto que se señalaron y describieron por primera vez actos especificados que causaban perjuicio a los animales, y las respectivas

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sanciones que éstos podrán tener (SPAC). Adicionalmente, esta ley pretendía promover campañas educativas y culturales, que llevaran a respetar y amar a los animales, evitando así, actos de crueldad, maltrato y abandono injustificado hacia estos seres (ibíd).

Posteriormente con la Ley 9 de 1979, se dictan medidas sanitarias para el manejo de los animales. En el Artículo 307se estipula que el sacrificio de animales de abasto público, debe realizarse únicamente en mataderos autorizados por las respectivas autoridades competentes (Cabrera, 2009).

Adjuntamente, dicha ley estableció, -con el objetivo de prevenir las llamadas enfermedades zoonoticas-13, la aprehensión en contra de lo animales vagos, que transitaran por las vías públicas y que se catalogaran como sospechosos y fuente de enfermedad para los humanos (Alcaldiabogota, 1986). De esta manera, los animales deberían ser recluidos en los centros de tenencia canina y felina denominados ZOONOSIS, donde actualmente se les da un plazo máximo de 72 horas para ser adoptados, o de lo contrario éstos serán sacrificados. En síntesis, esta ley, por el contrario de ser un avance a favor de la protección y defensa de los animales, se constituye como un elemento – que aunque legal-, trunca de cierto modo los objetivos gubernamentales de protección animal, promulgados en leyes anteriormente propuestas.

Para Trujillo Cabrera, es a través de la Ley 89 de 1989, que se avanzó considerablemente en la protección animal. Mediante esta se adoptó el estatuto Nacional de Protección de los Animales, cuyas disposiciones establecen:

 Prevenir y tratar el dolor y el sufrimiento de los animales

 Promover la salud y su bienestar asegurándoles higiene, sanidad y condiciones apropiadas de vida

 Erradicar y sancionar el maltrato y los actos de crueldad para con los animales

13 Enfermedades zoonoticas: Enfermedad que puede transmitirse de animales, a seres humanos.

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 Desarrollar programas educativos a través de medios de comunicación del Estado y de los establecimientos de educación oficiales y privados, que promuevan el respeto y el cuidado de los animales

 Desarrollar medidas efectivas para la preservación de la fauna silvestre (Alcaldiadebogota, 1989).

Es de considerar que mediante esta Ley se establecieron una serie de deberes para con los animales tales como: toda persona está obligada a respetar y abstenerse de causar daño o lesión a cualquier animal; debe denunciar todo acto de crueldad cometido por terceros de que tenga conocimiento. Asimismo, corresponde como deber de los propietarios o poseedores de los animales, las siguientes especificaciones:

 Mantener el animal en condiciones locativas apropiadas en cuanto a movilidad, luminosidad, aireación, aseo e higiene;

 Suministrarle bebida, alimento en cantidad y calidad suficientes, así como medicinas y los cuidados necesarios para asegurar su salud, bienestar y para evitarle daño, enfermedad o muerte;

 Suministrarle abrigo apropiado contra la intemperie, cuando la especie de animal y las condiciones climáticas así lo requieran (Alcaldiadebogota, 1989).

Según esta Ley, son entonces hechos dañinos y actos de crueldad para con los animales los siguientes: “a) Herir, lesionar o causar daño a un animal de cualquier forma, sea por golpe, quemadura, cortada o punzada, etc. b) Causar la muerte innecesaria y dolorosa, o daño grave a un animal obrando por motivo abyecto o fútil; c) Enfrentar animales para que se acometan y hacer de las peleas así provocadas un espectáculo público o privado; f) Convertir en espectáculo público o privado, el maltrato, la tortura o la muerte de animales; g) Usar animales vivos para entrenamiento o para probar o incrementar la agresividad o la pericia de otros animales”, entre otras.

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De ésta manera la Ley 84 de 1989 es la que hasta éste año, se constituye como uno de los avances más importantes en materia de protección animal en Colombia; sin embargo, dicho avance se hace cuestionable, en la medida en que no es tangible; es decir, aún cuando en este año se adoptó dicho estatuto de protección animal, en Colombia se presentan numerosos casos de maltrato animal: tan solo en los primeros 3 meses del año 2009, la policía ambiental registró 203 casos de maltrato, dentro de tales prácticas de maltrato se encuentran: quemaduras, animales desnutridos, amarrados por largos periodos de tiempo y golpeados (Amigosdelplaneta.com, 2010).

Cuatro años después, se adopto en Colombia la ley 99 de 1993; por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones, dentro de las cuales se encuentran disposiciones especiales que pretenden proteger el tráfico de especies. Sin embargo, la normatividad en Colombia en los años posteriores se vio disipada, en la medida que se presentaron algunos proyectos de ley, diseños de políticas públicas e iniciativas de protección animal, que no fueron legalmente adoptados.

Posteriormente, en el 2000, se expide la Ley 576 mediante la que se establece el código de ética para el ejercicio profesional de veterinaria (Cabrera, 2009). No obstante, esta ley no se constituye como garantía de los animales y de su respectiva protección, ya que como profesión puede ejercerse, pero esto no significa que los animales vayan a ser atendidos en su totalidad, o que este “avance” garantice el debido trato de éstos seres. Cabe resaltar que, de alguna manera si se constituye como una ayuda, en la medida en que permite una valoración más científica y por ende más acertada de los diagnósticos de los animales.

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En el año 2002 se desarrollo la Ley 769, mediante la que se puso de presente que los albergues de los diferentes entes territoriales, deberían poseer espacio para especies mayores como caballos y cabras, mantener las menores para caninos, felinos e involucrar otras como fauna silvestre.

Adicionalmente, tal Ley propendía la destinación de dineros anuales, para la compra de medicamentos veterinarios de emergencia.

Posteriormente, en el 2010, se evidencia otro avance legal significativo.

La Corte Constitucional, expide la Sentencia c-666 de 2010 mediante la cual se pretende poner fin al sufrimiento y crueldad para con los animales.

En el marco de esta se plantea la necesidad de concientizar a los colombianos sobre que los animales son “seres sintientes” y que el concepto de dignidad de las personas tiene directa y principal relación con su protección (Agendabogota, 2012).

Sí bien éste significa un avance importante, ssegún el periódico “El Mundo”, el artículo séptimo de ésta Ley, es una excepción del artículo sexto de la Ley 84 de 1989 (estatuto Nacional De Protección animal), en el sentido que se permiten algunos espectáculos que maltratan los animales, solo si se cumple con las siguientes condiciones; 1. Que el Legislador, si lo considera pertinente en el futuro, procure moderar el daño a los animales en estos espectáculos. Pero esto es simplemente una recomendación, no una orden. Y no es una recomendación para los concejos porque ellos no legislan; 2. Que solamente se pueden dar en aquellos lugares en donde tradicionalmente se hagan corridas de toros;

3. Que solamente se pueden dar en aquellas épocas en que tradicionalmente haya temporada taurina; 4. Que las autoridades públicas no pueden construir locales exclusivamente destinados a corridas de toros; 5. Que estos beneficios no se pueden efectuar a ningún otro espectáculo distinto a los que la Corte anotó”(ELMundo.com, 2012).

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Frente a lo anterior cabe anotar entonces, que aún cuando el Estatuto Nacional de Protección Animal, junto con la sentencia c666 de 2010, se consideran como “avances” en relación a la temática de defensa animal, tal pretensión es parcial. Lo anterior dado que se siguen permitiendo espectáculos de tipo “cultural-tradicional”, en los que los animales pueden ser maltratados.

El balance anterior permite entender el tipo de avances que se han logrado, sin embargo la realidad contradice dichos avances. Las cifras de casos de maltrato continúan siendo altas.

Las soluciones no pasan solamente por la creación de leyes, de la misma manera es necesaria la creación de herramientas, elementos o iniciativas que mejoren las condiciones de vida de los animales en el país. Tal actividad se ha visto apoyada e inducida por el trabajo y actuación de la sociedad civil, y más específicamente por movimiento animalista, el cual mediante el uso de mecanismos para la incidencia política, ha logrado avances institucionales importantes, sobre todo en el transcurso de los últimos dos años, tal proceso se expondrá a continuación.

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4. EL PROCESO DE INCIDENCIA POLÍTICA EN COLOMBIA

La intención de este capítulo es la de evidenciar, el proceso de posicionamiento del tema de la protección y defensa de los animales, como un asunto público, producto del proceso de incidencia política llevado a cabo por la sociedad civil organizada. Es importante recordar, que en el marco de este estudio se consideran mecanismos para afectar los asuntos públicos: tanto los de participación como los de incidencia tradicional.

4.1 Causas para que el tema se consolide como relevante

 Los hechos y situaciones de maltrato

Según la información recolectada de las entrevistas realizadas a organizaciones protectoras de animales, funcionarios públicos directamente relacionados con el tema en cuestión y la revisión de fuentes secundarias de información, la situación del maltrato animal en Colombia es bastante grave. Aunque no hay registros adecuados y suficientes, que den cuenta de los casos de maltrato animal a nivel nacional se han visibilizado casos importantes de Maltrato. En ciudades como Palmira por ejemplo, se registraron 203 de éstos casos en los primeros 4 meses de 2009, en su mayoría relacionados con quemaduras, golpes, mala alimentación, entre otros (Amigosdelplaneta.com, 2010). En Bogotá se registraron alrededor de 50 llamadas diarias de personas que denunciaron casos sobre maltrato a caballos usados como vehículos de tracción animal, en 2011. Según Daniella Leal, cerca del 50% de la población equina usada para realizar dichos trabajos es maltratada (Leal, 2011).

Pero los equinos no son los únicos que sufren maltrato animal en Colombia, 400 es el numero de perros callejeros que deben ser

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sacrificados semanalmente en ZOONOSIS14. Cabe destacar, que tal sacrificio no siempre se debe a que los caninos se encuentren enfermos o desahuciados, sino porque dicha entidad no cuenta con el suficiente espacio para albergar a estos amínales (Existen solamente 256 jaulas para la tenencia de éstos seres) (Leal, 2011).

Sí bien las cifras son escasas y no cobijan el total de los casos de maltrato que se dan a lo largo del territorio nacional, los pocos datos encontrados, y las opiniones de la sociedad civil, revelan la importancia del tema y la necesidad de iniciativas estatales que contrarresten o solucionen tal problemática.

 Ineficiencia de los esfuerzos estatales para atender el asunto

Otra cuestión a considerar es la ausencia de leyes adecuadas, que en realidad protejan tangiblemente la vida de estos seres. Según la entrevista realizada a Milena Cuitiva, la Ley 84 de 1989 (Estatuto nacional de protección animal), es insuficiente cuando de proteger y defender los animales se trata; según la activista, dicha Ley posee penas y castigos mínimos e irrisorios para los maltratadores de animales, penas que se hacen incomparables respecto del sufrimiento que padecen éstos seres cuando son sometidos a tales practicas (Cuitiva, 2012).

 Invisibilización del tema en la opinión pública

Según la entrevista realizada a Daniel Dorado –integrante del grupo de protección animal de la PUJ-, una de las razones que motivó la creación de grupos, organizaciones y, en sí, la constitución del movimiento animalista, fue la necesidad de posicionar el tema de protección y defensa animal, como un tema preponderante para la opinión publica. Esto, debido

14 ZOONOSIS: centro de tenencia y adopción canina y felina (Saludcapital.gov.co)

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a que años atrás el tema ni siquiera figuraba en los medios de comunicación, y por ende, una gran parte de la sociedad desconocía y aun hoy desconoce los alcances del tema, y las diferentes formas de maltrato animal.

4.2 El movimiento animalista en Colombia

Según los datos obtenidos de entrevistas y revisión de fuentes secundarias, el movimiento animalista en Colombia no tiene una fecha y momento exacto de creación o surgimiento. Según Carlos Crespo15, el surgimiento de éste movimiento, se da con la creación individual de organizaciones, grupos o fundaciones que mediante su agrupación conforman y crean poco a poco el Movimiento en su totalidad. La primera de estas organizaciones fue creada en 1917 por el entonces presidente del Concejo Municipal de la ciudad de Medellín, Mariano Ospina Pérez.

Desde aquel entonces, las demás ciudades empiezan a seguir tal ejemplo y poco a poco surgen diferentes organizaciones alrededor del país (Sociedadprotectoradeanimales.org).

Siguiendo la información dada por entrevistados y entrevistadas y la revisión de fuentes secundarias, se puede decir que en Colombia existen tres tipos de organizaciones para la protección y defensa de los animales.

Sus características se definen de acuerdo a los objetivos que persiguen, el tipo de actividades que realizan y el impacto que esperan originar. De acuerdo a lo anterior, éstas se se pueden clasificar de la siguiente manera:

1. Organizaciones tipo fundaciones, es decir aquellos colectivos que bajo la figura de fundación, se dedican a dar apoyo directo a los animales, impulsando actividades tales como: la adopción, vacunación, esterilización, etc. Como ejemplo de este tipo sedestacan:

15 Activista y actualmente director de la Fundación Resistencia Natural.

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 Patitas de la Calle (Bogotá, Dc): ésta fundación, está compuesta por un grupo de personas de diferentes profesiones que poseen como interés en común, “dedicar sus mayores esfuerzos morales, intelectuales y económicos, para aliviar la situación de cualquier animal en estado de abandono, maltrato, indefensión, enfermedad o peligro en la ciudad de Bogotá, o en cualquier otro lugar del territorio nacional, donde la Fundación tenga posibilidades de llegar” (Patitasdelacalle).

 Fundación Salvemos (Tuluá, Valle): ésta fundación, funciona como

“refugio de animales maltratados y abandonados; son ayudados para luego darlos en adopción, además, cuenta con un consultorio veterinario dotado de los equipos necesarios para atender las necesidades de los mismos, un vehículo que sirve como medio de transporte para atender las emergencias que se presenten.

Principalmente, se dedican a la protección de animales abandonados, maltratados, heridos y enfermos” (Tupatrocinio).

 Paz Animal (Cali, Valle): ésta fundación tiene por objeto “luchar incansablemente por la defensa de los derechos de todas las especies, uniendo en tal labor a las personas sin distinción de raza, sexo, color ni religión para trabajar por el bienestar de los seres no humanos” (Pazanimal).

2. Organizaciones, que se dedican a buscar garantías y beneficios legales, económicos y logísticos16 para los animales en Colombia. Lo que en resumen significa afectar los asuntos públicos. Como ejemplos de este tipo de organización se puede encontrar:

16Beneficios logísticos, hace referencia a aquellos beneficios que se derivan de la organización de la sociedad civil; es decir, hace referencia a cómo éste tipo de sociedades, organizan a la sociedad civil entorno a una o varias acciones, por ejemplo: organizar a las personas para marchas, o actividades que buscan afectar lo público.

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 ALTO, la que se crea con la pretensión de “hacer Estado por los animales” (Parra, 2012). Mediante su accionar, los miembros pretenden generar políticas, actos administrativos e iniciativas que protejan los animales a gran escala.

 ANIMANATURALIS, quienes comenzaron siendo un portal web, espacio en el que colgaban las traducciones de textos referentes a diversos aspectos relativos a la protección animal. Posteriormente en el 2005 reorientan su labor y se estructuran como una organización en Bogotá y Medellín. Su objeto, es el de velar por la protección de los animales en 4 áreas especificas: 1) animales utilizados para consumo, 2) animales utilizados para experimentación, 3) animales utilizados para diversión y 4) animales utilizados para vestimenta. Es de resaltar que esta organización participa en diversidad de iniciativas como: la abolición de vehículos de tracción animal, trato de los animales en plazas de mercado, trato de los animales en circos, entre otros (Cuitiva, 2012).

3. Mixtas: éste tipo de organizaciones poseen ambos objetivos; es decir, mientras que pretenden generar beneficios legales, económicos y logísticos, paralelamente realizan actividades de atención directa para con los animales, como: vacunación, esterilización, alimentación, adopción, etc. Dentro de éste grupo, tenemos como ejemplos:

 El Grupo de Protección y Defensa Animal de la Pontificia Universidad Javeriana (Bogotá), se originó con el ánimo de dar control ético17 a la población de gatos ferales18 de la Universidad,

17 Hace referencia a las formas éticas de controlar la sobrepoblación de animales de compañía.

Específicamente se refiere a la esterilización, como forma ética o adecuada de controlar la sobrepoblación de animales(Albaac.org).

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los que antes eran llevados a ZOONOSIS, pero no eran debidamente esterilizados. Con la creación de este Grupo, se dio apoyo económico y logístico a tal labor, siendo la PUJ la encargada de la alimentación, vacunación, esterilización y tenencia de éste tipo de gatos. Otro objetivo que subyace a las labores de dicha organización fue apoyar y respaldar la labor que muchos grupos y organizaciones realizan en torno al amplio tema de la protección y defensa animal. Este interés se constituye en la temática que da origen a la clase de “bioética y trato hacia los animales no humanos” que hoy en día es dictada en las aulas de la Universidad. Adicionalmente, -y mediante su labor- este Grupo desea fomentar las adopciones de animales criollos y concientizar a las personas sobre que éstos animales, deben tener las mismas condiciones de trato que los de raza (Dorado, 2012).

 Otros ejemplos de organizaciones mixtas son: Amigos Del Planeta, Asociación Protectora De Animales y Plantas de Pereira (APAP), Sociedad Protectora de Animales (Medellín, Antioquía), Animal Safe (Ginebra, Valle).

Como estas organizaciones o grupos, existen múltiples ejemplos en el país19. En su conjunto, estas componen lo que se denomina “el movimiento animalista en Colombia”. Al retomar el concepto de movimiento social, propuesto por autores como Tarrow y Muñoz De Bustillo (Tarrow & Muñoz De Bustillo, 2004), se evidencia que éste tipo movimiento por la proteccion de los animales, corresponde a una campaña sostenida, que intenta realizar demandas, o responder a éstas utilizando un repertorio de actuaciones que publicitan o visibilizan la reclamacion, y que se fundamenta en combinaciones de organizaciones, redes, o grupos que sostienen tales actividades.

18 “Los gatos ferales no son mascotas, tampoco son animales salvajes, así que no se benefician de ninguno de estos grupos. Son gatos que han sido abandonados por sus familias humanas o simplemente se han perdido, y que eventualmente se agrupan para cuidarse a sí mismos, en lo que se llama Colonia. Al no tener contacto positivo con humanos durante un período prolongado, los gatos de estas colonias se vuelven ferales (salvajes)”(Clubgatero.cl).

19WPSA, AMIGOS DEL PLANETA, PATITAS DE LA CALE, ANIMALSAFE, entre otras.

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