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XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C Año. 2

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- - En la ciudad de Ensenada, Estado de Baja California, siendo las Veinte horas del día Veintiséis de Octubre

del Año Dos Mil Nueve, se reunieron en la Sala de Presidentes del Palacio Municipal, los quince integrantes

del XIX Ayuntamiento para celebrar Sesión Ordinaria de Cabildo. Una vez que ocupan sus lugares, el Secretario Fedatario procede a tomar lista de asistencia; al término de la cual se declara la existencia del quórum legal para sesionar.- Asuntos correspondientes al Orden del Día, que contiene los siguientes puntos:-

PRIMERO.- Lista de asistencia y Declaración de Quórum Legal. (Art. 59 Fracción I del RIAE).- - SEGUNDO.- lectura y aprobación del Orden del Día.- - TERCERO.- Solicitud de dispensa de lectura del Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 06 de Octubre de 2009 y su aprobación en su caso. (Art. 59 Fracción III del RIAE).- - CUARTO.- Informe del Presidente Municipal, Síndico Procurador y de los Regidores. (Art. 59 Fracción IV del RIAE).- - QUINTO.- Presentación de Dictámenes u opiniones de las Comisiones. (Art. 59 Fracción V del RIAE).- - Asunto No. 1.- Dictamen No. 63/2009, que presenta la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud de la C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA, de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, así como el aumento del C.O.S. (Coeficiente de Ocupación de Suelo), para el Lote 009, Fracciones I, II, III, IV y V, de la Manzana 038, del

Presidente Municipal Pablo Alejo López Núñez

Síndico Procurador

Jorge Camargo Villa

Regidores

Sara Flores Larios

Teresa González Beltrán

Gil Espinoza Gámez Eduardo Cota Osuna Ricardo Fletes García Enoé Morales Medina Serafín González Juárez Julio Felipe García Muñoz Ricardo Mancillas Amador Heriberto Herrera Arroyo María Catalina Talavera Nava Miriam Nailleli Méndez Carrillo

Rolando Villarino Galván

Secretario Fedatario

Mario Alberto García Salaiza

 

ACTA DE  SESIÓN ORDINARIA  

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para que se le Reconsidere Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de Noviembre del 2007, por el cual se le cancelo el permiso de Restaurante con No. de Expediente 29.2/363/138, ubicado en la Delegación Municipal de Isla de Cedros, Ensenada, B.C.- - Asunto No. 19.- Dictamen 030/2009 que presenta la Comisión de Gobernación y Legislación, relativo al Expediente de Solicitud del Director de Alcoholes y Espectáculos Públicos de Permiso Nuevo para Salón Social, para la C. María de Lourdes Gutiérrez, ubicado en Calle Limones y Manuel F. González # 1566 de la Colonia Carlos Pacheco de la Ciudad de Ensenada, B.C.- -

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Secretario Fedatario, presenta el SEGUNDO Punto, Lectura y Aprobación del Orden del Día.- - Hace uso de

la voz el Regidor Ricardo Mancillas Amador mencionando, para modificar el numero de los dictámenes hago una petición para que se cambien los números de los dictámenes, el dictamen 001/2009 que seria la solicitud del Sindico Procurador, Jorge Camargo Villa, de propuesta para el registro del ingreso en las Delegaciones Municipales, esa es de la Comision de Hacienda y Patrimonio Municipal y Desarrollo Rural Sustentable y Delegaciones, en cuanto a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, que seria el 001/2009 seria el primero, el asunto 4 y el dictamen que hace la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, Dictamen seria 156/2009 que hace una solicitud del SINDICO PROCURADOR, LA SECRETARIA DE FINANZAS Y ADMINISTRACION Y EL TESORERO MUNICIPAL, para realizar ampliaciones de partidas en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2009, de la Oficialía Mayor, Secretaria del Ayuntamiento, Direccion de Bomberos, Direccion de Alcoholes y Espectáculos y Desarrollo Regional, seria 156/2009, o sea, es que te hice llegar un escrito de estos Secretario, porque la numeración se modifica, es que es emitido por la, nunca habíamos sesionado con Desarrollo Rural en conjunto, entonces seria el primer dictamen entre Hacienda y Desarrollo Rural, de comisiones conjuntas, aquí lo tiene Mario el escrito, para que lo vayan acomodando como deben de ser los números.- - El Secretario Fedatario pregunta, el 156 que asunto es.- - El

Regidor Ricardo Mancillas Amador responde, no pues ahí lo tienes, ahí esta ahí tiene el nombre.- - El Secretario Fedatario expone, a solicitud del Regidor Ricardo Mancillas el Asunto No. 5, queda el DICTAMEN 161/2009, quedaría con el 156/2009; el Asunto No. 6 DICTAMEN 162/2009, quedaría 157/2009, el Asunto No. 7 DICTAMEN 163/2009, quedaría 159/2009, el Asunto No. 8 DICTAMEN 164/2009, quedaría 160/2009, el Asunto No. 9 DICTAMEN 165/2009, quedaría 161/2009, el Asunto No. 10 lo retira el regidor, el Asunto No. 11 DICTAMEN 167/2009, quedaría 162/2009, el Asunto No. 12 DICTAMEN 168/2009, quedaría 163/2009, el Asunto No. 13 DICTAMEN 169/2009, quedaría 164/2009, el Asunto No. 14.- DICTAMEN 170/2009, quedaría 002/2009,

el Asunto No. 15 DICTAMEN 171/2009, quedaría 001/2009, y se retira el Asunto No. 18, 19 y 20.- - El Presidente

Municipal somete a votación el Orden del Día.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Orden del Día de la Segunda Sesión Ordinaria de Cabildo, de carácter pública celebrada el día 26 de Octubre de 2009, a las 18:00 horas, con la modificación solicitada por los CC. Regidores, Ricardo Mancillas Amador y Julio Felipe García Muñóz, respecto a cambiar de numeración a diferentes dictámenes que presentan sus respectivas Comisiones.- - La votación fue la siguiente: Quince votos a favor correspondientes al Síndico Procurador,

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dispensa de lectura del Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 06 de Octubre de 2009 y su aprobación en su caso.- - El Presidente Municipal somete a votación la dispensa de lectura del

Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 06 de Octubre de 2009.- - Se aprobó por

unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, la dispensa de lectura del Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 06 de Octubre de 2009.- La votación fue la siguiente: Quince votos a favor correspondientes al Síndico

Procurador, Jorge Camargo Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñóz, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé Morales Medina, Eduardo Cota Osuna y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez.- - El Presidente Municipal somete a votación el Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 06 de Octubre de 2009.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Acta de la Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada el día 06 de Octubre de 2009.- La votación fue la siguiente: Quince votos a favor

correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñóz, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé Morales Medina, Eduardo Cota Osuna y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez.- - El Secretario Fedatario procede a desahogar el Punto

CUARTO del Orden del Día, Informe del Presidente Municipal, Síndico Procurador y de los Regidores.- - El Secretario Fedatario explica, que cada uno de los Coordinadores de las fracciones, entregaran su informe

por escrito a esta Secretaría.- - El Presidente Municipal menciona, en tal virtud y al haberse registrado una lista con anticipación, en la que abran de intervenir todos los Coordinadores de las comisiones y estando en el primer uso de la voz el Regidor Serafín González Juárez presenta informe, Regidor Coordinador de la Comisión de Educación y Cultura del XIX Ayuntamiento de Ensenada, B.C., en cumplimiento al Acuerdo de Cabildo de fecha 06 de Octubre de 2009, referente al exhorto a los Regidores Integrantes de las Comisiones para presentar una relación con el estado que guardan los diversos asuntos turnados a cada Comisión, me permito manifestar lo siguiente:

PRIMERO: Que todos y cada uno de los asuntos turnados a la fecha a la Comisión de Educación y Cultura, o

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SEGUNDO: Que en medio de un acto de responsabilidad política e institucional como al que hoy damos

cumplimiento, me permito respetuosamente hacer del conocimiento del H. Ayuntamiento de Ensenada, que a la fecha es importante cumplimentar con los Acuerdos de Cabildo, por lo que atentamente solicito a la Secretaría General del Ayuntamiento dar seguimiento a los siguientes Acuerdos:

I.Acuerdo para que la Dirección de Informática diseñe una página de internet para el Subcomité de Salud y Asistencia Social.

Dictaminaron: Comisión Conjunta de Salud y Asistencia Social y de Educación y Cultura

II.Acuerdo para exhortar a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado, a la Secretaría de Educación y Bienestar Social y a las instituciones de educación media superior, a fin de que definan alternativas y se generen acuerdos a fin de establecer una cuota única de inscripción en el bachillerato, así como una política de prórroga en el pago y que los padres de familia con mas de un hijo estudiando solo paguen la inscripción de uno de ellos. (Se realice el exhorto correspondiente y se de debido seguimiento)

III.Acuerdo por el que se aprueba la creación de un Comité para establecer las bases y procedimientos para la Declaratoria de Ensenada Ciudad de la Cultura y las Bellas Artes. (Notificar a los integrantes del Comité).

IV.Acuerdo por el que se estableció que la Secretaría de Administración Urbana (SAU) gestionara ante los desarrolladores inmobiliarios la construcción de canchas de usos múltiples en los desarrollos habitacionales de interés social, independientemente de los que por ley les corresponde (SAU informe el número de canchas que se han construido con motivo de la gestión)

V.Acuerdo por el que se determino exhortar al Congreso del Estado para reformar la Ley de Educación del Estado a fin de incluir la educación pública obligatoria y bilingüe que comprenda la lengua de señas mexicanas. (Seguimiento del exhorto con No. 005478 de fecha 02 de Diciembre de 2008).

VI.Acuerdo por el que se aprobó la elaboración de un Plan Estratégico de Desarrollo Económico y Social para Ensenada 2009-2025, coordinado por el IMIP.

VII.Acuerdo por el que se exhorta al Sistema Educativo Estatal para que se le de prioridad a la formación de educación física, en las escuelas de la zona sur del Municipio desde San Vicente hasta Villa de Jesús María (Seguimiento exhorto 00966 de fecha 05 de Marzo de 2009).

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Tecnológicos Industrial y de Servicios No. 74 (CETis No. 74) y el Centro de Bachillerato Tecnológico Industrial y de Servicios no. 41 (CBTIS No. 41).

IX.Acuerdo por el que se aprobó gestionar ante Nueva Wal-mart de México, la asignación de adultos mayores como empacadores.

X.Transitorio Cuarto del Acuerdo de Cabildo de fecha 22 de Septiembre de 2008, por el que se reforman disposiciones del Reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada, B.C., en el cual se establece que la Secretaría de Administración Urbana, el Comité de Desarrollo Urbano, los desarrolladores de vivienda y la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, presentarían una política municipal de vivienda, en el transcurso de un año, mismo que ya transcurrió.

TERCERO: Solicito a las Comisiones que coordinan los siguientes Proyectos de Puntos de Acuerdo, se les considere

para la dictaminación correspondiente:

I.Propuesta de Reglamento para el Funcionamiento de Máquinas de Entretenimiento que Operan con Sistema de Cobro para el Municipio de Ensenada, a efecto de abrogar el Reglamento para el Control de Aparatos Mecánicos, Electrónicos, Electromecánicos, y Musicales del Municipio.

Turnado a la Comisión Conjunta de Gobernación y Legislación, Comercio y Espectáculos Públicos y de Educación y Cultura.

II.Propuesta de Punto de Acuerdo para la abrogación del Acuerdo de Creación del Reglamento del Consejo Ciudadano para la Cultura y las Artes del Municipio de Ensenada, B.C. por no cumplir con su objeto.

Turnado a la Comisión Conjunta de Gobernación y Legislación y de Educación y Cultura.

III.Proyecto de reforma al Artículo 53 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Ensenada, a fin de que el Síndico Procurador rinda un informe institucional.

Turnado a la Comisión de Gobernación y Legislación.

IV.Proyecto de Punto de Acuerdo por el que se solicita se analice la viabilidad de que en el Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal 2010, se autorice una partida de 100 mil pesos para realizar actividades propuestas por los niños funcionarios en su Sesión de Cabildo.

Turnado a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal.

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Turnado a la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología.

VI.Proyecto de Acuerdo de Cabildo a efecto de que se tomen las medidas necesarias a fin de que se instalen semáforos y reductores de velocidad sobre la Carretera Transpeninsular en la Delegación Maneadero, así como reductores de velocidad y murciélagos desde la Caseta de Cobros de San Miguel, hasta la zona conocida como “El Mosquito”, en la carretera escénica.

Turnado a la Comisión Conjunta de Obras y Servicios Públicos y Desarrollo Urbano y Ecología.

Dado en la Sala de Presidentes del H. Ayuntamiento de Ensenada, B.C., a los 26 días del mes de Octubre de 2009. ATENTAMENTE.- REG. SERAFIN GONZALEZ JUAREZ.- - A continuación el Regidor Julio Felipe García

Muñoz menciona, de conformidad del acuerdo de la sesión de cabildo pasada, entrego el informe, no

le doy lectura, pues somos los cinco integrantes de la fracción, le hago entrega físicamente al Secretario de los informes de cada uno de los integrantes de la Fracción del Partido Revolucionario Institucional.- - El Regidor Ricardo Mancillas Amador menciona, lo mismo, se lo vamos hacer llegar por escrito en este momento.- - El Presidente Municipal menciona, le solicito a la Secretaria que reciba los informes que entregan tanto el Regidor Julio Felipe García Muñoz, como el Regidor Ricardo Mancillas Amador.- - El Regidor Eduardo Cota Osuna menciona, en el mismo sentido Presidente, por escrito y se lo hacemos llegar en este momento el informe referido.- - El Presidente Municipal agrega, de la misma manera, acuse de recibo el informe que por escrito presenta el Regidor Eduardo Cota.- - El Secretario

Fedatario procede a desahogar el QUINTO Punto del Orden del Día, Presentación de Dictámenes u opiniones de las Comisiones; Asunto No. 1, Dictamen No. 63/2009, que presenta la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud de la C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA, de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, así como el aumento del C.O.S. (Coeficiente de Ocupación de Suelo), para el Lote 009, Fracciones I, II, III, IV y V, de la Manzana 038, del Fraccionamiento Valle Dorado de esta Ciudad, donde se pretende llevar a cabo la operación de un Almacén para la compra y venta de abarrotes.- - La Regidora Catalina Talavera Nava presenta

el Dictamen No. 63/2009, respecto a la solicitud de la C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA, de

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de abarrotes, misma que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen:

I.- Que mediante escrito de fecha 05 de Agosto de 2009, LA C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA, solicitó al

C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal del XIX Ayuntamiento de Ensenada, el Cambio de Uso de Suelo para el Lote 009, Fracciones I, II ,III, IV y V, de la Manzana 038, del Fraccionamiento Valle Dorado en esta Ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a cabo la operación de un almacén para la compra venta de abarrotes.

II.- Previo a lo anterior en fecha 13 de Julio de de 2009, solicitó Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación

de Congruencia ante la Dirección de Control Urbano, y dicha Dirección resolvió mediante oficio No. CU/F/277/2009, de fecha 25 de Julio de 2009, signado por la C. ARQ. MARIBEL FISHER RODRIGUEZ (Directora de Control Urbano), como “NO PROCEDENTE EL USO DE SUELO PARA LA ACTIVIDAD PRETENDIDA”.

II.- Que en fecha 10 de Agosto de 2009, se celebró Sesión Ordinaria de Cabildo, en la cual se turnó a esta

Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información a la C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA, Regidora Coordinadora de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, bajo oficio No. 003628 de fecha 11 de Agosto siguiente, signado por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento.

III.- Con fecha 02 Agosto de 2009, los suscritos Regidores C. C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA,

ING. RICARDO FLETES GARCIA y LIC. SERAFIN GONZALEZ JUAREZ, integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO, ubicada en la planta alta del Palacio Municipal ubicado en avenida Reforma numero 80 y Boulevard Ramírez Méndez del Fraccionamiento Bahía de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen. CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología es competente para conocer y resolver sobre el

presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 fracción II párrafo segundo y fracción V inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 82 apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, Convenio especifico para la transferencia de funciones en materia de Control Urbano celebrado entre el Gobierno del Estado y el Ayuntamiento de Ensenada, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 30 de agosto de 1996, artículo 1, 3 y 9 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 11 fracción XX, 147 fracción VI, 161 fracción VII de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, artículo 6 fracción III, 8 y 57 de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, artículo 1 y 4 del Reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada, Baja California, artículo 1, 3, 4, 10, 24, 67, 105, 104, 105, 107 fracción I, 114 fracción VI, 119, 130 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada Baja California.

II.- Que el artículo 115 fracción II párrafo segundo y la fracción V inciso d), establece que los

Ayuntamientos tendrán la facultad de aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones,

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III.- Que el artículo 82 apartado A, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del

Estado de Baja California, establece atribuciones a los municipios en cuanto a la reforma, derogación o abrogación de los ordenamientos de observancia general, circulares y disposiciones administrativas que se lleven a cabo, así como en la organización y establecimiento de demarcaciones administrativas dentro del territorio municipal para el ejercicio de sus funciones, regulando el uso del suelo, construcciones, instalaciones y acciones de urbanización que se realicen dentro de sus competencias.

IV.- Que los artículos 11 fracción XX de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 6

fracción III de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, establecen las Atribuciones del Ayuntamiento en el otorgamiento o negación de las autorizaciones del uso y cambios de uso del suelo, en los términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, sus Reglamentos, Planes y Programas de Desarrollo Urbano y declaratorias en vigor.

V.- Que del expediente que obra en esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología se desprende que LA C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA está legitimada para gestionar la presente acción de urbanización en

su calidad de PROPIETARIO del bien inmueble objeto del presente dictamen, lo cual se acredita con la copia debidamente cotejada de la Escritura Pública número (58,553) Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y Tres, del Volumen número Un Mil Tres (1003), de fecha 18 de octubre de 2003, otorgada ante la Fe del Notario Público Número 4, Licenciado Ángel Saad Said, por lo que en consecuencia se da el cumplimiento a lo establecido en el artículo 165 el cual establece que “Toda autorización para realizar las acciones de urbanización deberá ser solicitada a la autoridad competente en los términos de esta Ley, por la persona física o moral que tenga el derecho de propiedad y se encuentre en posesión del predio objeto a desarrollar."

VI.- Que en el dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación de Compatibilidad y congruencia

mencionada en el antecedente segundo del presente Dictamen, mismo que obra a la vista en el Expediente, se desprende que la Dirección de Control Urbano dictamino NO PROCEDENTE el uso de suelo para la actividad pretendida, a virtud de que: “La Estructura Urbana propuesta por el Programa de Desarrollo Urbano para el Centro de Población de la Ciudad de Ensenada, publicado en el periódico Oficial del Estado de fecha 13 de Marzo de 2009 estableció para la zona del Sector Chapultepec (CH), Subsector 8 (CH-8) donde se localiza el inmueble referido, establece al predio dentro de una área incompatible para industria de bajo riesgo en bodegas y almacenes”.

No obstante lo anterior, de la solicitud planteada por la solicitante se desprende que su intención es la de obtener el cambio de Uso de Suelo en el predio de su propiedad para efectos de poder operar un ALMACÉN PARA LA COMPRA VENTA DE ABARROTES.

En este tenor cabe resaltar que el artículo 147 fracción VI de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, establece que se entiende por Acción de Urbanización, la adecuación del suelo rústico o del suelo previamente urbanizado, que lo habilite para alojar actividades de habitación, educación, esparcimiento y producción de bienes y servicios, tales como: La modificación de la naturaleza o topografía de un predio, para su utilización, para la intensificación o modificación de su uso; así mismo el artículo 161 fracción VII, establece que las acciones de urbanización mencionadas en el Artículo 147 solo se autorizarán cuando se cumplan las siguientes condiciones: Que se respete el ambiente, el equilibrio y la armonía en la zona.

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impacto que ocupa el predio de referencia no existe un ALMACEN O BODEGA DE ABARROTES que beneficie a la comunidad con ese servicio, por lo que resulta evidente que en la zona donde se encuentra ubicado el predio materia del presente Dictamen, se requiere de proporcionar ese servicio a la comunidad.

Fortaleciendo lo anterior, es preciso resaltar que de la visita de inspección realizada por los Integrantes de esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, se corrobora la necesidad antes mencionada y el beneficio que brindara al fraccionamiento y a las zonas circunvecinas, sumando además el beneficio que aportara al municipio de Ensenada, circunstancia que justifica aun más la procedencia de la presente acción de urbanización.

VII.- Por lo que respecta a la modificación del COEFICIENTE DE OCUPACION DE SUELO también solicitado

en la presente acción de urbanización, tomando en cuenta la envergadura del proyecto de construcción, y los beneficios positivos que traerá a la comunidad, tanto por la derrama económica, la generación de empleos, así como por la necesidad del servicio, esta comisión considera viable tal solicitud toda vez que la modificación solicitada representa un aumento mínimo en las densidades, aunado a que tal aumento no impacta ni repercute en el ambiente, equilibrio y la armonía de la zona, por lo que esta comisión estima procedente el autorizar el aumento de 0.72 a 0.87, ello atendiendo q que del proyecto de construcción se desprende que es justo lo necesario para que el proyecto sea viable según se desprende de la siguiente tabla.

SUPERFICIE DE PREDIO = 1000 M2

SUPERFICIE DE CONSTRUCCIÓN 879.41 COEFICIENTE DE OCUPACIÓN PARA EL

PREDIO .87

VIII.- NO obstante lo anterior, es preciso resaltar que el presente dictamen no constituye una autorización

de construcción, NI mucho menos el permiso para operar pues para ello es menester que el solicitante tramite ante las dependencias competentes LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES, mismos que deberán cumplir con las normas de construcción, de seguridad, de estacionamientos y demás requisitos previstos en las normatividades vigentes, por ende es preciso acotar que la solicitante dicho cambio de uso de suelo estará sujeto a que se cumplan las siguientes condicionantes.

• Que lleve a cabo el trámite de la licencia o permiso de construcción;

• Solicitar oportunamente a la Dirección de Bomberos y protección Civil, la inspección para la

certificación de los dispositivos de seguridad con que se deberán contar de manera obligatoria.

• Que el Área de estacionamientos cumpla como mínimo con la cantidad necesaria que marque el

reglamento en la materia.

POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, PONEMOS A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LOS SIGUIENTES: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se autoriza a LA C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA el Cambio de Uso de Suelo para el Cambio

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SEGUNDO.- Se autoriza a LA C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA el aumento o modificación del C.O.S.

(Coeficiente de Ocupación de Suelo), en los términos establecidos en el considerando VII de la presente determinación.

TERCERO.- Se le impone a LA C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA la condición de sujetarse a lo establecido

en la presente autorización, la cual podrá ser suspendida o cancelada por el Ayuntamiento, en el evento de que le de un Uso de Suelo diverso al autorizado en esta resolución o de que incumpla lo establecido en la normatividad aplicable en materia de Edificaciones en el Municipio de Ensenada, siendo la Secretaría de Administración Urbana la encargada de llevar a cabo la vigilancia de dicha normatividad.

CUARTO.- Se le impone al LA C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA la obligación de cumplir con las

condicionantes establecidas en el considerando VIII de la presente resolución.

QUINTO.- Comuníquese el presente Acuerdo a LA C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA, a través de la

Secretaría General de Ayuntamiento, así mismo, a la Secretaría de Administración Urbana, para los efectos legales a que haya lugar

SEXTO.- Cúmplase.

DADO EN LA SALA EMMER DEL H. XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA EL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2009.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA DEL H. XIX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.- - El Presidente Municipal somete a votación el Dictamen No. 63/2009.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 63/2009, que en SENTIDO POSITIVO presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, a través de los Regidores, CC. Arq. María Catalina Talavera Nava, Ing. Ricardo Fletes García, y Lic. Serafín González Juárez, respecto a la solicitud de la C. ROSA ISELA RODRIGUEZ GARCIA, de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, así como el aumento del C.O.S. (Coeficiente de Ocupación de Suelo), para el Lote 009, Fracciones I, II, III, IV y V, de la Manzana 038, del Fraccionamiento Valle Dorado de esta Ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a cabo la operación de un Almacén para la compra y venta de abarrotes, misma que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen:-

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Fedatario presenta el Asunto No. 2, Dictamen No. 64/2009, que presenta la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, relativo a la solicitud del C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS, de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, para el Lote 010, Manzana 065 del Fraccionamiento Valle Dorado de esta Ciudad, donde se pretende llevar a cabo la operatividad de un Taller Mecánico.- - El Regidor Serafín González Juárez menciona, presenta el Dictamen No. 64/2009, respecto a la solicitud del C. FRANCISCO MANUEL

ROMERO GRANADOS, de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, para el Lote 010, Manzana 065 del Fraccionamiento Valle Dorado de esta Ciudad de Ensenada, Baja California, identificado con Clave Catastral VD-065-010 y una superficie total del predio de 250.00 M2, donde se pretende llevar a cabo la operatividad de un Taller Mecánico, por lo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

I.- Que mediante escrito de fecha 06 de Agosto de 2009, el C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS

solicitó al C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal del XIX Ayuntamiento de Ensenada, el Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios para el Lote 010 de la Manzana 065, ubicado en Boulevard Zertuche número 712 del Fraccionamiento Valle Dorado en esta Ciudad, mismo que es identificado con clave catastral VD-065-010 con una superficie total del predio de 250 M2, donde pretende llevar a cabo la operatividad de UN TALLER MECANICO.

II.- Previamente a lo anterior, en fecha 13 de Mayo de 2009, se había solicitado Factibilidad de Uso de

Suelo por verificación de compatibilidad y congruencia ante la Dirección de Control Urbano, en la cual dicha Dirección resolvió mediante oficio No. CU/F/187/015/2009, de fecha 25 de Mayo, signado por la C. ARQ. MARIBEL FISHER RODRIGUEZ, en su carácter de Directora de Control Urbano, considerando: “NO PROCEDENTE EL USO DE SUELO PARA LA ACTIVIDAD PRETENDIDA”.

III.- Que en fecha 24 de Marzo de 2009, mediante oficio No. PM/6179/09, la C. Mónica Ibarra Borboa, Jefa

de la Oficina de la Presidencia Municipal, turna la solicitud y anexos de la peticionaria a Secretaria General del Ayuntamiento para su seguimiento en relación a la solicitud de cambio de uso de suelo antes mencionada.

IV.-Con fecha 24 de Agosto de 2009, se celebró Sesión Ordinaria de Cabildo, en la cual se turnó a la

Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información a la C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA, Regidora Coordinadora de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, bajo oficio No. 03820 de fecha 28 del mismo mes y año, oficio signado por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento.

V.- Que en fecha 14 DE OCTUBRE del 2009, siendo las 08:30 horas del día, los suscritos Regidores C. C. ARQ.

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CONSIDERANDOS

I.- Que esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología es competente para conocer y resolver sobre el

presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 fracción II párrafo segundo y fracción V inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 82 apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, Convenio especifico para la transferencia de funciones en materia de Control Urbano celebrado entre el Gobierno del Estado y el Ayuntamiento de Ensenada, publicado en el Periódico Oficial del Estado en fecha 30 de agosto de 1996, artículo 1, 3 y 9 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 11 fracción XX, 147 fracción VI, 161 fracción VI de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, artículo 6 fracción II y III, 8, 9, 11, 12, 13 y 57 de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, artículo 1 y 4 del Reglamento de la Ley de Edificaciones para el Municipio de Ensenada, Baja California, artículo 1, 3, 4, 10, 24, 67, 105, 104, 105, 107, fracción I, 114 fracción VI, 119, 130 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

II.- Que el artículo 115 fracción II párrafo segundo y la fracción V inciso d), establece que los

Ayuntamientos tendrán la facultad de aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones,

concediendo facultades a los municipios para formular, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales.

III.- Que el artículo 82 apartado A, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del

Estado de Baja California, establece atribuciones a los municipios en cuanto a la reforma, derogación o abrogación de los ordenamientos de observancia general, circulares y disposiciones administrativas que se lleven a cabo, así como en la organización y establecimiento de demarcaciones administrativas dentro del territorio municipal para el ejercicio de sus funciones, regulando el uso del suelo, construcciones, instalaciones y acciones de urbanización que se realicen dentro de sus competencias.

IV.- Que los artículos 11 fracción XX de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 6

fracción III de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, establecen las Atribuciones del Ayuntamiento en el otorgamiento o negación de las autorizaciones del uso y cambios de uso del suelo, en los términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, sus Reglamentos, Planes y Programas de Desarrollo Urbano y declaratorias en vigor.

V.- Que del expediente que obra en esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología se desprende que el C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS está facultado para gestionar el presente asunto, pues es el

ARRENDATARIO del bien inmueble objeto del presente dictamen, y además cuenta con la autorización del

legitimo propietario del predio materia de la presente acción de urbanización lo cual se acredita con la

(17)

VI.- En la negativa de Factibilidad de Uso de Suelo mencionada en el antecedente II del presente

Dictamen, misma que obra en el Expediente de esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, se desprende medularmente lo siguiente:

“La Estructura Urbana propuesta por el Programa de Desarrollo Urbano para el Centro de Población de la Ciudad de Ensenada, publicado en el periódico Oficial del Estado de fecha 13 de Marzo de 2009 estableció para la zona del Sector Chapultepec (CH), Subsector 6 (CH-6), un uso de suelo Habitacional Unifamiliar, incompatible para la actividad industrial de bajo riesgo en establecimientos menores”.

Es preciso tomar en cuenta que el artículo 147 fracción VI de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, establece que se entiende por Acción de Urbanización, la adecuación del suelo rústico o del suelo previamente urbanizado, que lo habilite para alojar actividades de habitación, educación, esparcimiento y producción de bienes y servicios, tales como: La modificación de la naturaleza o topografía de un predio, para su utilización, para la intensificación o modificación de su uso; así mismo el artículo 161 fracción VII, establece que las acciones de urbanización mencionadas en el Artículo 147 solo se autorizarán cuando se cumplan las siguientes condiciones: Que se respete el ambiente, el equilibrio y la armonía en la zona.

La Acción de Urbanización Pretendida por el C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS es la de obtener el cambio de uso de suelo para poder llevar a cabo LA OPERATIVIDAD Y EL SERVICIO DE UN TALLER DE

MECÁNICA EN GENERAL, en el Boulevard Zertuche del Fraccionamiento Valle Dorado de esta Ciudad,

fraccionamiento con uso de suelo habitacional pero que debido al desarrollo de la zona se ha venido modificando su uso principalmente por sobre el Boulevard en mención.

• Denuncia ciudadana

• Visita de inspección

• Opinión de ecología

ya que es una de sus principales vías de acceso; en esta tesitura es preciso resaltar que la intención del solicitante no impactaría negativamente en la zona de no ser por el hecho de que el taller de referencia no reúne las condiciones de seguridad e higiene aptas para su operatividad, toda vez que no cuenta con instalaciones apropiadas para el giro, nula imagen urbana, no cuenta con el servicio de drenaje lo que a dicho de algunos vecinos produce malos olores, y por ende se han presentado quejas vecinales en ese sentido oponiéndose a la instalación del taller mecánico, circunstancia que impide a este cuerpo colegiado a pronunciarse en sentido positivo respecto a la acción de urbanización planteada por el solicitante por lo que es de resolverse improcedente el cambio de uso de suelo solicitado.

VII.- lo anterior, es preciso tomar en cuenta la opinión Técnica vertida por el Director de Ecología Municipal

quien en el oficio E/1564/2009, de fecha 13 de octubre de 2009 en lo medular manifiesta lo siguiente:

“que a fin de cumplir con la reglamentación en materia de ecología demás aplicables y antes de

considerar el cambio de uso de suelo, el solicitante deberá:

a).- El Taller deberá de estar completamente cerrado y debidamente cubierto con material aislante a fin de evitar los ruidos y malos olores.

b).- al ser generador de Residuos peligrosos (aceite gastado), deberá de contar con un programa de control y registro de la disposición final de estos, así como el debido registro ante SEMARNAT.

c).- Contar con instalaciones hidrosanitarias, que eviten descargar o arrojar al sistema de drenaje los desechos peligrosos.

(18)

subsanar las anomalías encontradas y señaladas en el párrafo que precede podrá nuevamente intentar la acción de urbanización correspondiente.

En virtud de lo anterior y en concordancia con las Facultades establecidas en los considerandos antes expuestos dentro del presente Dictamen, sirven de apoyo los siguientes criterios Jurisprudenciales, citados y aplicados por analogía:

Tipo de documento: Tesis aislada Octava época

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación Tomo: XIV, Julio de 1994 Página: 529

DECRETOS. LOS AYUNTAMIENTOS TIENEN FACULTAD PARA EXPEDIRLOS. Aun cuando es cierto que en la fracción V del artículo 115

constitucional, no se contempla textualmente la palabra "decreto"; sin embargo, ello no significa que un ayuntamiento carezca de facultades para expedirlos toda vez que el último párrafo de la repetida fracción, expresamente establece lo siguiente:.. "expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarios"; esto es, que si la palabra decreto en un sentido amplio significa "resolver o decidir la persona que tiene autoridad para ello", al establecer tal precepto que los municipios para formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, pueden expedir las disposiciones administrativas que fueren necesarias, es evidente que de acuerdo con tal disposición sí tienen facultades para expedir decretos. Asimismo del texto de los artículos 71 y 92 constitucionales no se desprende que el Presidente de la República, los diputados y senadores del Congreso de la Unión, son las únicas autoridades facultadas para expedir leyes y decretos; puesto que, los mismos, solamente señalan los requisitos que deben reunir los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes emitidas por el titular del Poder Ejecutivo Federal.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 220/89. Jorge Alvarez González. 13 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván Rojas. Secretario: Jorge Núñez Rivera.

No. Registro: 193.841 Jurisprudencia

Materia(s): Administrativa Novena Época

instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta IX, Junio de 1999

Tesis: VIII.2o. J/26 Página: 837

ANALOGÍA, PROCEDE LA APLICACIÓN POR, DE LA JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.

Es infundado que las tesis o jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación o sus Salas, no puedan ser aplicadas por analogía o equiparación, ya que el artículo 14 constitucional, únicamente lo prohíbe en relación a juicios del orden criminal, pero cuando el juzgador para la solución de un conflicto aplica por analogía o equiparación los razonamientos jurídicos que se contienen en una tesis o jurisprudencia, es procedente si el punto jurídico es exactamente igual en el caso a resolver que en la tesis, máxime que

las características de la jurisprudencia son su generalidad, abstracción e impersonalidad del criterio jurídico que contiene.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, PONEMOS A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LOS SIGUIENTES: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se NIEGA al C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS el Cambio de Uso de Suelo de

(19)

SEGUNDO.- Hágasele saber al C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS que de insistir en la presente

acción de urbanización previamente deberá cumplir con la reglamentación municipal vigente, debiendo tomar en cuenta además la opinión técnica vertida por el Director de Ecología Municipal y que se menciona en el considerando VII del presente dictamen.

TERCERO.- Comuníquese el presente Acuerdo al C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS, a través de

la Secretaría General de Ayuntamiento, así mismo a la Secretaría de Administración Urbana, para los efectos legales a que haya lugar.

CUARTO.- Cúmplase.

DADO EN LA SALA EMMER DEL H. XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA EL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL 2009.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA DEL H. XIX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.- - El Regidor Ricardo Fletes García menciona, nomas

para comentar respecto a un detalle, es el 7 y acá en el dictamen venia 8, el considerando, que debe ser 7, es porque se le esta imponiendo a la persona las consideraciones que vienen ahí y el octavo no esta, no existirían las consideraciones que dicen el punto resolutivo.- - El Presidente Municipal somete a votación el Dictamen No. 64/2009.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX

Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 64/2009, que en SENTIDO NEGATIVO presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, a través de los Regidores, CC. Arq. María Catalina Talavera Nava, Ing. Ricardo Fletes García, y Lic. Serafín González Juárez, respecto a la solicitud del C. FRANCISCO MANUEL ROMERO GRANADOS, de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, para el Lote 010, Manzana 065 del Fraccionamiento Valle Dorado de esta Ciudad de Ensenada, Baja California, identificado con Clave Catastral VD-065-010 y una superficie total del predio de 250.00 M2, donde se pretende llevar a cabo la operatividad de un Taller Mecánico, por lo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen:

La votación fue la siguiente: Quince votos a favor correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñóz, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé Morales Medina, Eduardo Cota Osuna y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez.- - El Secretario

(20)

Servicios, para el Lote 014 de la Manzana 003, del Fraccionamiento Acapulco de esta Ciudad, para llevar a cabo la operación de un Almacén para productos y Oficina de Ventas.- - El Regidor Ricardo Fletes García

presenta el Dictamen No. 65/2009, respecto a la solicitud del C. VICTOR M. GARIBAY RUBIO, de Cambio de

Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, para el Lote 014 de la Manzana 003, del Fraccionamiento Acapulco de esta Ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a cabo la operación de un Almacén para productos y Oficina de Ventas, misma que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

I.- Que mediante escrito de fecha 25 de Agosto de 2009, EL C. VICTOR GARIBAY RUBIO, solicitó al C. LIC.

PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal del XIX Ayuntamiento de Ensenada, el Cambio de Uso de Suelo para, para el Lote 014, de la Manzana 003, del Fraccionamiento Acapulco en esta ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a cabo la operación de un almacén para productos y oficina de ventas.

II.- Previo a lo anterior en fecha 12 de Agosto de 2009, solicitó Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación

de Congruencia ante la Dirección de Control Urbano, y dicha Dirección resolvió mediante oficio No. CU/F/323/2009, de fecha 17 de Agosto de 2009, como “NO PROCEDENTE EL USO DE SUELO PARA LA ACTIVIDAD PRETENDIDA”.

III.- Que en fecha 22 DE SEPTIEMBRE de 2009, se celebró Sesión Ordinaria de Cabildo, en la cual se turnó a

esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información a la C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA, Regidora Coordinadora de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, bajo oficio No. 004152 de esa misma fecha, signado por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento.

IV.- Con fecha 14 de octubre de 2009, los suscritos Regidores C. C. ARQ. MARIA CATALINA TALAVERA NAVA,

ING. RICARDO FLETES GARCIA y LIC. SERAFIN GONZALEZ JUAREZ, integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO, ubicada en la planta alta del Palacio Municipal ubicado en avenida Reforma numero 80 y Boulevard Ramírez Méndez del Fraccionamiento Bahía de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen. CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología es competente para conocer y resolver sobre el

(21)

II.- Que el artículo 115 fracción II párrafo segundo y la fracción V inciso d), establece que los Ayuntamientos

tendrán la facultad de aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, concediendo facultades a

los municipios para formular, autorizar, controlar y vigilar la utilización del suelo en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales.

III.- Que el artículo 82 apartado A, fracción VIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del

Estado de Baja California, establece atribuciones a los municipios en cuanto a la reforma, derogación o abrogación de los ordenamientos de observancia general, circulares y disposiciones administrativas que se lleven a cabo, así como en la organización y establecimiento de demarcaciones administrativas dentro del territorio municipal para el ejercicio de sus funciones, regulando el uso del suelo, construcciones, instalaciones y acciones de urbanización que se realicen dentro de sus competencias.

IV.- Que los artículos 11 fracción XX de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California y 6

fracción III de la Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, establecen las Atribuciones del Ayuntamiento en el otorgamiento o negación de las autorizaciones del uso y cambios de uso del suelo, en los términos de la Ley de Desarrollo Urbano del Estado de Baja California, Ley de Edificaciones del Estado de Baja California, sus Reglamentos, Planes y Programas de Desarrollo Urbano y declaratorias en vigor.

V.- Que del expediente que obra en esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología se desprende que el C. VICTOR M. GARIBAY RUBIO está legitimado para gestionar la presente acción de urbanización en su

calidad de PROPIETARIO del bien inmueble objeto del presente dictamen, lo cual se acredita con la copia debidamente cotejada de la Escritura Pública número (1093) Un Mil Noventa y Tres, del Volumen número Diez y Ocho(18), de fecha 29 de Junio de 2009, otorgada ante la Fe del Notario Público Número 7 en esta Ciudad, Licenciado Gustavo Casanova López, por lo que en consecuencia se da el cumplimiento a lo establecido en el artículo 165 el cual establece que “Toda autorización para realizar las acciones de urbanización deberá ser solicitada a la autoridad competente en los términos de esta Ley, por la persona física o moral que tenga el derecho de propiedad y se encuentre en posesión del predio objeto a desarrollar."

VI.- Que en el dictamen de Factibilidad de Uso de Suelo por Verificación de Compatibilidad y congruencia

mencionada en el antecedente segundo del presente Dictamen, mismo que obra a la vista en el Expediente, se desprende que la Dirección de Control Urbano dictamino NO PROCEDENTE el uso de suelo para la actividad pretendida, a virtud de que: “EL acuerdo de Autorización para el fraccionamiento “Acapulco”, publicado en el periódico Oficial de fecha 31 de Marzo de 1959, declaro el uso de suelo habitacional para el mismo”.

No obstante lo anterior, de la solicitud planteada por la solicitante se desprende que su intención es la de obtener el cambio de Uso de Suelo en el predio de su propiedad para efectos de poder llevar a cabo la CONSTRUCCION Y OPERACIÓN DE UN ALMACÉN PARA PRODUCTOS Y OFICINA DE VENTA.

(22)

En este contexto es preciso decir que esta comisión considera viable la acción de urbanización propuesta por la solicitante, toda vez que la actividad pretendida respeta el ambiente, equilibrio y armonía de la zona, ello toda vez que es de conocimiento que en la zona de referencia prácticamente se ha convertido una zona de múltiples usos de suelo los cuales son compatibles con la actividad pretendida, predominando en la zona un uso de suelo comercial y de servicios lo cual se pudo constatar al momento de hacer la respectiva visita de inspección en la zona de referencia.

Fortaleciendo lo anterior, es preciso resaltar que de la visita de inspección realizada por los Integrantes de esta Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología, se constato que en la zona de impacto predominan las industrias de bajo riesgo (maquiladoras), naves industriales, ferreterías etc., lo que corrobora lo manifestado por el solicitante en el sentido de que la actividad pretendida es compatible con la armonía de la zona, sumando además el beneficio que aportara al municipio de Ensenada, con la generación de empleos, circunstancia que justifica aun más la procedencia de la presente acción de urbanización.

VII.- NO obstante lo anterior, es preciso resaltar que el presente dictamen no constituye una autorización de

construcción, NI mucho menos el permiso para operar pues para ello es menester que el solicitante tramite ante las dependencias competentes LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES, mismos que deberán cumplir con las normas de construcción, de seguridad, de estacionamientos y demás requisitos previstos en las normatividades vigentes, por ende es preciso acotar que la solicitante dicho cambio de uso de suelo estará sujeto a que se cumplan las siguientes condicionantes.

• Que lleve a cabo el trámite de la licencia o permiso de construcción;

• Solicitar oportunamente a la Dirección de Bomberos y protección Civil, la inspección para la

certificación de los dispositivos de seguridad con que se deberán contar de manera obligatoria.

• Que el Área de estacionamientos cumpla como mínimo con la cantidad necesaria que marque el

reglamento en la materia.

• Que la operación de un almacén para productos y oficina de ventas queda condicionado para

llevar acabo única y exclusivamente el almacenaje, venta y distribución de productos.

POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO Y FUNDADO, PONEMOS A CONSIDERACIÓN DE LOS PRESENTES, LOS SIGUIENTES: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se autoriza al C. VICTOR M. GARIBAY RUBIO el Cambio de Uso de Suelo de HABITACIONAL a Uso

de Suelo COMERCIO Y SERVICIOS para el Lote 014, de la Manzana 003, del Fraccionamiento Acapulco en esta ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a cabo la operación de un almacén para productos y oficina de ventas.

SEGUNDO.- Se le impone al C. VICTOR M. GARIBAY RUBIO la condición de sujetarse a lo establecido en la

presente autorización, la cual podrá ser suspendida o cancelada por el Ayuntamiento, en el evento de que le dé un Uso de Suelo diverso al autorizado en esta resolución o de que incumpla lo establecido en la normatividad aplicable en materia de Edificaciones en el Municipio de Ensenada, siendo la Secretaría de Administración Urbana la encargada de llevar a cabo la vigilancia de dicha normatividad.

TERCERO: Se le impone al C. VICTOR M. GARIBAY RUBIO la obligación de cumplir con las condicionantes

establecidas en el considerando VII de la presente resolución.

CUARTO.-.- Comuníquese el presente Acuerdo al C. VICTOR M. GARIBAY RUBIO a través de la Secretaría

(23)

SEXTO.- Cúmplase.

DADO EN LA SALA EMMER DEL H. XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA EL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL 2009.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISION DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA DEL H. XIX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.- - El Presidente Municipal somete a votación el Dictamen No. 65/2009.- - Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 65/2009, que en SENTIDO POSITIVO, presentó la Comisión de Desarrollo Urbano y Ecología del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, a través de los Regidores, CC. Arq. María Catalina Talavera Nava, Ing. Ricardo Fletes García, y Lic. Serafín González Juárez, respecto a la solicitud del C. VICTOR M. GARIBAY RUBIO, de Cambio de Uso de Suelo de Habitacional a Uso de Suelo Comercio y Servicios, para el Lote 014 de la Manzana 003, del Fraccionamiento Acapulco de esta Ciudad de Ensenada, Baja California, donde se pretende llevar a cabo la operación de un Almacén para productos y Oficina de Ventas, misma que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

La votación fue la siguiente: Quince votos a favor correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa, y a los CC. Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Serafín González Juárez, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Julio Felipe García Muñóz, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé Morales Medina, Eduardo Cota Osuna y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez.- - El Secretario

Fedatario presenta el Asunto No. 4, DICTAMEN 001/2009, que presenta la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del XIX Ayuntamiento de Ensenada, B. C., relativo a la solicitud del SINDICO PROCURADOR, JORGE CAMARGO VILLA, de propuesta para el Registro del Ingreso en las Delegaciones Municipales.- - El Regidor Ricardo Mancillas Amador presenta el Dictamen No. 001/2009, QUE PRESENTAN LAS COMISIONES CONJUNTAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y LA DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y DELEGACIONES DEL H. XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, RESPECTO A LA SOLICITUD DEL ING. JORGE CAMARGO VILLA, SINDICO PROCURADOR, RELATIVO A LA PROPUESTA PARA EL REGISTRO DE INGRESOS EN LAS DELEGACIONES MUNICIPALES.

POR LO QUE SE RESUELVE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, CONSIDERANDOS Y PUNTOS RESOLUTIVOS QUE A CONTINUACIÓN SE EXPONEN:

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1.- Que con fecha 19 de Septiembre del 2008, el C. Ing. Jorge Camargo Villa, Síndico Procurador giró oficio

No. 1426 al Lic. Mario Alberto García Salaiza, Secretario General del XIX Ayuntamiento autorización de cabildo respecto a la Propuesta para el Registro de Ingresos en las Delegaciones Municipales.

2- Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 29 de Septiembre de 2008, el C. Presidente

Municipal de este H. XIX Ayuntamiento de Ensenada turnó a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal y a la de Desarrollo Rural Sustentable y Delegaciones, el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información al C. P. Rolando Villarino Galván, Regidor Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal antes mencionada en fecha 30 del mismo mes y año por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento.

3.-Que en fecha 14 de Octubre del 2009, siendo las 12:30 horas del día, los suscritos Regidores de las

comisiones conjuntas, ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C. SARA FLORES LARIOS, EDUARDO COTA OSUNA, GIL ESPINOZA GAMEZ Y HERIBERTO HERRERA ARROYO, nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO, ubicada en la planta alta del Palacio Municipal ubicado en Avenida Reforma número 80 y Boulevard Ramírez Méndez del Fraccionamiento Bahía de esta Ciudad, con el objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen:

CONSIDERANDOS

I.- Que estas Comisiones conjuntas somos competentes para conocer y resolver sobre el presente asunto,

de conformidad con el artículo 115 fracción II párrafo segundo y fracción V inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 82 apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, artículo 1, 3 y 9 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 3, 4, 10, 24, 73, 78, 79, 104, 105, 107 fracción I, 114 fracción II, XIII, 116 y 127 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

II.- Que la propuesta para el Registro de ingresos en las Delegaciones Municipales consta de los siguientes

cinco puntos: 1.- Objeto. 2.- Justificación.

3.- Planteamiento relativo al ingreso.

4.-Procedimiento y propuesta para autorización de cabildo de creación, ampliación y trasferencia de partidas presupuestales.

5.-Propuesta para autorización de cabildo de creación, ampliación y trasferencia de partidas presupuestales.

Asimismo dicha propuesta anexa un estudio y análisis aproximado del comportamiento del ingreso y el gasto en delegaciones por el periodo de enero a diciembre de 2007.

III.- La presente Propuesta tiene por objeto incrementar y motivar la recaudación y lograr el registro de

todos y cada uno de los ingresos generados en las Delegaciones Municipales al asignar conceptos específicos del Ingreso, que una vez ingresados en Recaudación de Rentas, serán invertidos en servicios para la propia localidad, logrando una distribución más justa y equitativa de los ingresos.

Asimismo se propone que una parte de la recaudación que una Delegación ingrese al Municipio, sea

devuelta inmediatamente a la misma por medio de ampliaciones presupuestales. Para lo cual deberán

(25)

precisamente aquellos que no son recaudados o que su recaudación es esporádica y que sean susceptibles de cobro.

IV.- Que se propone adicionar dentro del cuarto punto denominado PROCEDIMIENTO, el inciso 4.8 para

quedar como sigue:

4.8 Las Delegaciones Municipales presentarán un proyecto en el que describan en que van a aplicar los ingresos que reciban.

V.- Se anexa al presente dictamen el proyecto de la propuesta para el Registro de ingresos en las

Delegaciones Municipales. Así como un complemento a la Propuesta expuesta, se presenta un estudio y análisis del comportamiento del ingreso y el gasto en Delegaciones por el periodo de enero a diciembre de 2007.

En consecuencia y tomando como base los antecedentes, considerandos y preceptos legales antes citados, las presentes Comisiones dictaminadoras consideran viable para su aprobación ante este H. Ayuntamiento del Municipio de Ensenada, B. C, los siguientes:

PUNTOS RESOLUTIVOS

PRIMERO.- Se aprueba en sentido positivo LA PROPUESTA PARA EL REGISTRO DE INGRESOS EN LAS DELEGACIONES MUNICIPALES a solicitud del C. Ing. Jorge Camargo Villa, Síndico Procurador del XIX Ayuntamiento de Ensenada B.C., con la adición señalada en el considerando IV del presente dictamen. SEGUNDO.- Se autoriza al Tesorero Municipal a realizar en forma automática la creación y ampliación de

partidas presupuestales de las Delegaciones de este Municipio, únicamente por conceptos y montos de los derechos generados a los que se refiere esta propuesta. Los que deberán estar plenamente comprobados, expedidos a través de un recibo oficial, registrados en el corte de caja e ingresados en las cuentas bancarias que correspondan.

TERCERO.- Además se autoriza al Tesorero Municipal a efectuar transferencias en forma automática entre

partidas presupuestales de un mismo ramo y grupo de gastos, exclusivamente en Delegaciones Municipales cuando la afectación presupuestal acumulada para cada partida del Presupuesto de Egresos no exceda del 15% de su monto autorizado.

CUARTO.- La autorización de la presente propuesta tendrá vigencia a partir de su aprobación.

QUINTO.- Comuníquese el presente acuerdo al C. Oficial Mayor, a la Secretaria de Finanzas y

Administración, a Tesorería Municipal y Recaudación de Rentas Municipales a través de la Secretaría General del Ayuntamiento, para los efectos legales a que haya lugar.

SEXTO.- Cúmplase.

Dado en la sala de Regidores María Emmer de Carrillo a los 14 días del mes de Octubre de 2009.

ATENTAMENTE.- LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES CONJUNTAS DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL Y LA DE DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE Y DELEGACIONES.- - El Regidor Rolando Villarino Galván pregunta,

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delegaciones de lo que ingresa, sobre los conceptos, sobre derechos, principalmente servicios de panteones, servicio de rastro municipal, en fin entre otros, mi pregunta es a cuanto asciende en promedio en las delegaciones por concepto de derechos el ingreso que tienen estas delegaciones, para quien quiera responderme.- - El Presidente Municipal pregunta, la pregunta va dirigida a la comisión o al promovente.- - El Regidor Rolando Villarino Galván responde, como el dictamen lo presenta la comisión conjunta, me gustaría que ellos la respondieran, el Coordinador.- - El Presidente Municipal pregunta, no se si alguien de los que integran la comisión quisiera hacer alguna intervención el Sindico a solicitado hacer uso de la voz.- - El Regidor Ricardo Mancillas Amador menciona, bueno si tenemos el cuerpo técnico que anda por aquí el Tesorero, ahorita le preguntamos exactamente y que el nos diga.- - El Presidente

Municipal solicita que mientras llega el Tesorero explique el Sindico Procurador.- - El Sindico Procurador

expone, el interés de la propuesta la cual es del 2007, porque duro un buen tiempo en la comisión, entonces ya no hubo oportunidad de actualizar la información y precisamente sentimos que el espíritu de la propuesta va precisamente en el desconocimiento que se tiene de los ingresos reales, por el descontrol que existe en las mismas, yo antes de la votación iba a pedir la palabra con ese fin precisamente de decir que el compromiso de la Sindicatura no radica únicamente en la aprobación de este nuevo procedimiento de ingresos, si no radica precisamente en implementar, o sea la función de la Sindicatura en esta propuesta termina hasta que estén instaladas en todas las delegaciones los procedimientos adecuados, precisamente para tener los registros actualizados y correctos, el descontrol que se tiene administrativo en las delegaciones, es precisamente lo que evita en mucho, conocer la información de fondo, no quiero entrar en detalle, porque seria demasiado tiempo en darle a conocer precisamente la falta de controles administrativos que existen en las delegaciones, en las cuales no hay un registro puntual y exacto en casi ningún rubro, menos en la cuestión de infracciones y demás precisamente lo que se busca es iniciar una etapa nueva, partiendo pues si no de cero, partir de lo existente en todas las delegaciones, para este registro y control en todos los aspectos de las delegaciones, de lo que radica la propuesta.- - El

Presidente Municipal solicita al Recaudador de Rentas para que explique.- - El Recaudador de Rentas

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los puntos resolutivos que ha presentado la comisión o quiere que se abra a discusión alguno, no.- - El

Regidor Ricardo Fletes García menciona, me queda la duda entonces en el punto resolutivo TERCERO, va a

decir no exceda, es lo que se va a corregir en la redacción.- - El Presidente Municipal responde, seria una propuesta.- - El Regidor Ricardo Fletes García agrega, están comentando que hubo un error de dedo nomas para que me quede claro y para confirmarlo.- - El Presidente Municipal menciona, nada mas lo que tendríamos que hacer es votar en lo general el dictamen, reservarnos el TERCERO y proponer una redacción al TERCERO ó de una vez le hacemos la modificación si todos están de acuerdo, el tercero diría

además se autoriza al Tesorero Municipal a efectuar transferencias en forma automática entre partidas presupuestales de un mismo ramo y grupo de gastos, exclusivamente en Delegaciones Municipales cuando la afectación presupuestal acumulada para cada partida del Presupuesto de Egresos exceda,

debe decir no exceda, se le agrega el no exceda, del 15 % de su monto autorizado.- - El Regidor Ricardo

Fletes García agrega, nomas con otra modificación Presidente, en cuestión del CUARTO, creo que el

Sindico que fue quien lo presento a lo mejor me pudiera apoyar a tener una mejor visión, termina el 31 de diciembre del 2009, y vamos a decir vamos a quedar como estábamos antes otra vez, prácticamente ó que sucede después del 31 de diciembre del 2009.- - El Sindico Procurador explica, el interés de haber puesto este punto dentro de los puntos resolutivos, la intención es que quede de manera definitiva.- - El

Regidor Ricardo Fletes García agrega, a la mejor estamos solucionando de aquí al 31 de diciembre del

2009, si quedaría de que de aquí al 31 de diciembre tuviera esa reglamentación adicional de la que se esta hablando de que seria perfectible.- - El Sindico Procurador explica, si todo lo que son las normas existen, definitivamente no se pretende inventar una nueva para las delegaciones o sea todo lo que es la misma normatividad, en cuanto a lo que se lleva en la zona urbana, si ya existen todos los procedimientos, no tiene porque hacer un procedimiento diferente y lo que es aquí a delegaciones a final de cuentas el ingreso es el mismo y son los mismos controles los que se establecerían.- - El Regidor Ricardo Fletes García agrega, lo que yo entiendo, es de que ahorita a quienes están al frente, a lo mejor por falta de personal vayamos a decir una persona especializada en estar llevando todos estos cobros y demás omiten, por buena fe vamos a decirlo, se omiten hacer esto y como lo expresan aquí también por cuestiones de hacerse de recursos directos para poder a poyar a los mismas necesidades de las delegaciones, entonces lo que quiero entender, es que pasaría entonces para que el CUARTO de aquí al 31 de diciembre se van a implementar mas acciones, se van a capacitar mas al personal para que ya no vuelva a suceder.- - El

Sindico Procurador explica, así es, se entra en el proceso de implementación del procedimiento esto, ya se

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