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INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

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cl a sificados JUdicialEs 1B

DOMINGO 27 De febrerO De 2022 E L N UEVO S IGLO

Dando cumplimiento al paragrafo 2

o

artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

persona citada del citado expediente

OSCAR GALVIS FETECUA, 1.032’418.308. EJECUTIVO SINGULAR MÍNIMA SARA MALDONADO, domiciliada en OSCAR GALVIS FETECUA, domiciliado LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO 19 CIVIL MUNICIPAL DE 110014003047-

domiciliado en Bogotá. de Bogotá CUANTÍA Madrid (c.c. 20’735.061 de Madrid - Cund) en Bogotá. c.c. 1.032’418.308 de Bogotá Febrero 20 de 2020 EJECUCIÓN DE BOGOTÁ 2017-01666-00.

Art. 108 C.G.P.

Num 2°Art 463 CGP Emplaza a todos los que tengan créditos con título de ejecución contra el deudor, para que comparezcan a hacerlos valer, mediante acumulación de sus demandas, dentro de los cinco (5) días siguientes.

*P1-1-27

JAIME VILLEGAS ARBELAEZ 532.092. VERBAL DECLARACION DE PERTENENCIA WBALDO SIEMPIRA GOMEZ JAIME VILLEGAS ARBELAEZ AUTO ADMISORIO: JUZGADO CUARTO (4) 110014003004-

PEDRO MANUEL GONZALEZ FERNANDEZ 17.053.097. ARTICULO 375 CGP CC NO 532.092 10 DE FEBRERO DEL 2022 CIVIL MUNICIPAL DE 2021-01017-00.

PROMOTORA COLOMBIANA S.A. 600050595. PEDRO MANUEL GONZALEZ FERNANDEZ AUTO ORDENA EMPLAZAR. BOGOTA DC.

(EN LIQUIDACION) E INDETERMINADOS CC No 17.053.097 10 DE FEBRERO DEL 2022

QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL PROMOTORA COLOMBIANA S.A. (EN

INMUEBLE IDENTIFICADO CON CHIP LIQUIDACION) NIT.600050595. E

CATASTRAL No AAA0117KSRJ, CEDULA INDETERMINADOS

CATASTRAL No 00853596960900100000, QUE SE DESPRENDE DEL PREDIO DE MAYOR EXTENSION CON MATRICULA INMOBILIARIA No 50N-679485 Y

NOMENCLATURA PRINCIPAL KRA 5C No 190ª-48 MJ. BOGOTA DC.

ART. 108 C.G.P

*U1-1-27

ASOCIACION DE URBANIZADORES 860.044.796-3. VERBAL ESPECIAL DE PERTENENCIA PATRICIA LONDOÑO ENCHIMA ASOCIACION DE URBANIZADORES AUTO ADMISORIO: 29 CIVIL MUNICIPAL DE 110014003 029.

COLOMBIANOS LIMITADA "ASUCOL LTDA." POR PRESCRIPCION NATURALEZA COLOMBIANOS LIMITADA 5 DE MARZO DE 2019 BOGOTA 2015-01232-01.

Y A LAS PERSONAS INDETERMINADAS DEL ADQUISITIVA ORDINARIA DE “ASUCOL LTDA," AUTO ORDENA EMPLAZAR.

QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE DOMINIO. 5 DE MARZO DE 2019

EL BIEN OBJETO DE PROCESO. – ARTICULO 375 DEL PROCESO

ART. 108 C.G.P. C.G.P. Y 368 Y SS DEL C.G.P.

*U1-2-27

EMPLAZAMIENTO DE TODAS LAS SUCESION INTESTADA CARMEN ADELA MARTINEZ RODRIGUEZ, CAUSANTE: AUTO ORDENA EMPLAZAR PRIMERO DE FAMILIA 110013110001-

PERSONAS QUE SE CREAN CON LUCIA MARTINEZ RODRIGUEZ Y MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ NOVIEMBRE 25 DE 2021 DE BOGOTA D.C 2021-00712-00.

DERECHO A INTERVENIR EN ESTA MARIA CRISTINA MARTINEZ RODRIGUEZ DE MARTINEZ FEBRERO 17 DE 2022

CAUSA MORTUORIA, PARA QUE SE AUTO ADMITE DEMANDA

PRESENTEN POR INTERMEDIO DE NOVIEMBRE 25 DE 2021

APODERADO JUDICIAL DENTRO DEL TERMINO LEGAL; ASI MISMO A LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE GERARDO MARTINEZ RODRIGUEZ.

ART.490 Y108 DEL C.G.P.

*U1-4-27

HEREDEROS INDETERMINADOS DEL PROCESO VERBAL DE PERTENENCIA RAUL TORRES HERNANDEZ Y Herederos indeterminados de AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO JUZGADO VEINTISIETE (27) 110014003027.

SEÑOR JORGE ALONSO AREVALO POR PRESCRIPCION ADQUISITIVA MARIELA HERNANDEZ BAQUERO JORGE ALONSO AREVALO PEÑALOZA AUTO ADMISORIO CIVIL MUNICIPAL DE 20190077500.

PEÑALOZA, ASI COMO A LAS PERSONAS EXTRAORDINARIA 21 OCTUBRE DE 2019 ORALIDAD–BOGOTA, D.C.

QUE SE CREAN CON DERECHO SOBRE EL INMUEBLE DE LA

CALLE 136 SUR 12 A 41 - LOCALIDAD DE USME BOGOTA, D.C.

FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA 50S-505534

ART- 108 NUMERAL 7º Y ART. 375 NUMERAL 6º DEL C.G.P.

*M1-1-27

SE EMPLAZA: A las personas SUCESION INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR

FAMILIAR CAUSANTE: AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO: Cincuenta y Uno (51) JUZGADO 110014003051.

INDETERMINADAS que se crean con LUCAS HOLGUIN DÍAZ (Q.E.P.D). 24 DE ENERO DE 2022 CIVIL MUNICIPAL 20210064300.

derechos a intervenir en el proceso de CI 14 7-36 Piso: 17

sucesión, como herederos, legatarios, CORREO ELECTRONICO:

cesionarios, cónyuge, compañero (a) [email protected]

permanente o albacea, acreedor, para que concurran al proceso antes de la ejecutoria de la sentencia que aprueba la última participación o adjudicación de bienes, siendo

CAUSANTE: LUCAS HOLGUIN DÍAZ 13.255.840.

(Q.E.P.D), quien falleciera en la ciudad de Bogotá, lugar de su ultimo domicilio, el

pasado 23 de junio del 2016.

ART. 108 DEL C.F.G.

*C5-2-27

SE EMPLAZA: A las personas SUCESION INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR

FAMILIAR CAUSANTE: AUTO ORDENA EMPLAZAMIENTO: SETENTA Y OCHO CIVIL 110014003078.

INDETERMINADAS que se CARLOS IVÁN GARCÍA CANO (q.e.p.d.) 14 DE ENERO DE 2022 MUNICIPAL TRANSFORMADO 2021-01315-00.

crean con derechos a intervenir en el TRANSITORIAMENTE EN

proceso de sucesión, como herederos, JUZGADO SESENTA DE PEQUEÑAS

legatarios, cesionarios, cónyuge, CAUSAS Y COMPETENCIA

compañero (a) permanente o albacea, MÚLTIPLE DE BOGOTÁ D.C.

acreedor, para que concurran al proceso antes de la ejecutoria de la sentencia que aprueba la última participación o adjudicación de bienes, siendo CAUSANTE:

CARLOS IVÁN GARCÍA CANO (Q.E.P.D.), 4'544:576.

quien falleciera en la ciudad de Bogotá, lugar de su ultimo domicilio, el pasado

21 de enero del 2017.

ART 108 DEL C.G.P.

*C5-3-27

CAMILA MANCIPE Y MARCELA MANCIPE PERTENENCIA POR PRESCRIPCIÓN ANA DELMIRA TORRES MANCIPE CAMILA MANCIPE Y CUARENTA Y UNO (41) 11001-31-03-041-

en calidad de herederas determinadas del EXTRAORDINARIA C.C. 41.631.129 MARCELA MANCÍPE en calidad de CIVIL DEL CIRCUITO 2021-00440-00.

causante LUIS ENRIQUE MANCIPE (q.e.p.d.) 19.441.304. EMPLAZAMIENTO DE TODAS LAS herederas determinadas del causante DE BOGOTA DIRECCION

MARIA DEL CARMEN TORRES DE IBAÑEZ PERSONAS INDETERMINADAS Y LOS LUIS ENRIQUE MANCIPE (q.e.p.d), Carrera 10 #14-33 piso 4

y personas indeterminadas que se crean QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE herederos indeterminados,

con derechos sobre el bien. EL INMUEBLE A USUCAPIR MARIA DEL CARMEN TORRES DE IBAÑEZ

EMPLAZAMIENTO VALLA ART. 375 DEL C.G.P. DESCRIPCION DEL PREDIO y personas indeterminadas

NUMENTAL 6º EDICTO DIRECCION Calle 96 #69C-40

DIRECCION CATASTRAL.

Calle 96 # 69C-40 MATRICULA INMOBILARIA 050C00807832 CEDULA CATASTRAL 96 51 21 2

CHIP AAA0058XDDE

*M2-1-27R

EMPLACESE A LOS SEÑORES VERBAL DE PERTENENCIA POR YAMEL ENRIQUE ARDILA PEREZ CARLOS ALBERTO RAMÍREZ SÁNCHEZ AUTO QUE ORDENA CUARENTA Y SEIS (46) CIVIL 110014003046.

CARLOS ALBERTO RAMIREZ SÁNCHEZ PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA Y GINA LILIANA LUGO LEAL Y LAS 9 DE FEBRERO DE 2022 MUNICPAL DE BOGOTÁ 2022-00055-00.

Y GINA LILIANA LUGO LEAL Y ADQUISITIVA DE DOMINIO DEMÁS PERSONAS QUE SE CREAN

CONTRA LAS DEMAS PERSONAS QUE CON DERECHO

SE CREAN CON DERECHO.

ART. 108 DEL C.G.P.

*M2-8-27 Emplácese por edicto a

LUIS ERNESTO VANEGAS, ALARCÓN y 19.061.853. JURISDICCIÓN VOLUNTARIA SALVADOR VANEGAS ALARCÓN Y PERSONAS INDETERMINADAS AUTO QUE ORDENA JUZGADO TREINTA DE 110013110030.

prevéngase a quien pueda tener noticias del MUERTE PRESUNTA MISAEL VANEGAS ALARCÓN 5 DE MARZO DE 2020 FAMILIA DE BOGOTÁ 20200007800.

mismo para que comparezca al juzgado a hacerlas conocer. Ultimo domicilio conocido

carrera 114 # 74 B - 06 Bogotá y carrera 78 # 42 C - 34 sur y/o transversal 61 B # 42 C - 34 kennedy Bogotá.

ART. 108 DEL C.G.P.

*M2-9-27

(2)

EMPLAZATORIOS

EDICTO ART. 407 C. P.C. LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO CUARENTA Y NUEVE CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. EMPLAZA: A LAS SIGUIENTES PER- SONAS DETERMINADAS: CARLOS ROJAS, MARIA CONCEPCION ROZO DE LOSADA, DIEGO ROZO HURTADO, MARIA ISABEL DEL CARMEN ROZO DE CUERVO Y GIOVANNY RODRIGUEZ MEDINA; ASI COMO A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS que se crean con algún derecho o tengan interés jurídico en el inmueble materia de la Litis para que a más tardar dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que quede surtido este emplazamiento, concurran a este juzgado a recibir notificación personal del AUTO ADMISORIO de la DEMANDA de calendado el 21 de noviembre del 2013, el cual fue adicionado por el auto del 28 de julio del 2021, a estar a derecho dentro del proceso ABREVIADO DE PERTENENCIA (PRESCRIP- CION EXTRAORDINARIA ADQUISITVA DE DOMINIO) No. 2013-00064 (Proveniente del Juzgado 15 Civil del Circuito de Bogotá) de ILDA YOLANDA ALARCON COLMENARES, LUIS EPIFANIO BOHORQUEZ GUZMAN, LUZ MARY GALINDO SALAZAR, LUZ STELLA

HERNANDEZ OCHOA Y FLOR ELBA OCHOA RUEDA contra CARLOS ROJAS, MARIA CON- CEPCION ROZO DE LOSADA, DIEGO ROZO HURTADO, MARIA ISABEL DEL CARMEN ROZO DE CUERVO, GIOVANNY RODRIGUEZ MEDINA Y PESONAS INDETERMINADAS QUE SE CREAN CON ALGUN DERECHO. El predio a usucapir consiste en el inmueble cuya descripción, medidas y características son las siguientes: Ubicado en el barrio SANTA ANA de la localidad ONCE DE SUBA, cuyos linderos generales según el folio de matrícula inmobiliaria No. 50N-506999- Descripción y cabida de linderos del predio de mayor extensión. Un globo de terreno ubicado en la localidad de suba en el sitio la Estancia, y Linda: NORTE: a partir del punto donde el camino que va de la cabecera del municipio hacia el sur se corta con el camino vecinal que conduce a la senda o camino que va a Tibabuyes este camino vecinal por medio de Zoilo Espinosa, en una extensión de 163 mts.

Poco más o menos en una extensión de 120 mts. Poco más o menos (sic) con propiedad de Evaristo Gacharna que queda al norte, del punto donde este último vallado se corta por otro que lleva la dirección norte sur, hasta en- contrar con otro que también sirve de lindero con una extensión de 11 mts., colindando por el occidente con terrenos de Tomas Mena o de sus herederos, de aquí vuelve la recta en dirección del vallado últimamente designado que va de oriente a occidente en una longitud de 90mts, poco más o menos limitando la propiedad por el norte con los mismos terre-

nos de Tomas Mena o de sus herederos, hoy de José María Camacho, terrenos conocidos con el nombre San Francisco, el vértice del Angulo formado por la línea de este último vallado con la otra que termina en el camino vecinal o vereda en dirección norte-sur, en extensión del camino vecinal últimamente designado hasta encontrar el primer vallado norte-sur, en extensión del camino vecinal últimamente designado hasta encontrar el primer vallado que deslinda la propiedad por el sur con terrenos de Luis Caviativa y Genero Yopasa, respectivamente en una extensión de 253 mts. Poco más o menos, del extremo extremo sur del vallado vuelva la línea diviso- ria dirección del mismo vallado deslindando la finca por el oriente con la propiedad de Narciso y Félix González hoy Juan Rojas en una extensión de 98 mts. Aproximadamente, del punto en que termina el vallado sobre el camino sigue el lindero por todo el camino público en una extensión de 306 mts. Poco más o menos deslindando la propiedad por el oriente con los de Ismael Ramírez Uddel Dr.

Nepomuceno Parra, hoy de Rafael Barreto o de sus sucesores, hasta encontrar el camino vecinal que es el primer lindero norte; con los mismos terrenos de Tomas Mena o sus herederos hoy de Jesús María Camacho que tenemos conocido con el nombre de San Francisco: del vértice del Angulo formado por la línea de este último vallado con la de otro que termina en el camino vertical y vereda en dirección norte-sur en extensión de 149 mts. Poco más o menos, deslindan-

do por el occidente con tierra de Santiago Niviayo por el lado occidental: de este punto siguiendo la dirección del camino vecinal últimamente mencionado hasta encontrar el primer vallado que deslinda la propiedad por el sur con terrenos de Luis Caviata y Genaro Yopasa respectivamente y sigue. Los predios de menor extensión lindan de la siguiente manera: Inmueble de la CARRERA 92 No.

131D-15 Barrio Santa Ana de la localidad once de Suba, con un área aproximada de setenta y dos (72:00) metros cuadrados y cuyos linderos son: NORTE, en extensión de doce (12:00) metros con predio de la Carrera 92 No. 131D-21; SUR, en extensión de doce (12:00) metros con predio de la carrera 92 No. 131D-9; ORIENTE, en extensión de seis (6:00) metros con Vía publica vehicular de la carrera 92; OCCIDENTE, en extensión de seis (6:00) metros con predio de la calle 131 F No. 92-15; dichas mejoras de propiedad de ILDA YOLANDA ALARCON COLMENARES.

Inmueble de la CARRERA 92 No. 131D-22, con un área aproximada de setenta y dos metros cuadrados (72:00) y cuyos linderos son NORTE, en extensión de doce (12:00) metros con vía publica de la calle 131F; SUR, en extensión de doce metros (12:00) metros con predio de la carrera 92 No. 131D-14/16;

ORIENTE, en extensión de seis (6:00) metros con predio de la calle 131F No. 91-45; OCCI- DENTE, en extensión de seis (6:00) metros con vía publica de la carrera 92; mejoras de propiedad de LUIS EPIFANIO BOHORQUEZ GUZMAN. Inmueble de la CALLE 131F No.

91-33, con un área aproximada de setenta y dos metros (72:00) metros cuadrados y cuyos linderos son: NORTE, en extensión de doce (12:00) metros con predio de la calle 131F No. 91-39-37; SUR, en extensión de doce (12:00) metros con predio de la Calle 131F No. 91-29/27; ORIENTE, en extensión de seis (6:00) metros con vía publica de la calle 131F; OCCIDENTE. En extensión de seis (6:00) metros con predio de la calle 131D No. 91-34/32; mejoras de propiedad de LUZ MARY GALINDO SALAZAR. Inmueble de la CALLE 131F- No. 91-45, con un área aproximada de setenta y dos (72:00) metros cuadrados y cuyos linderos son: NORTE, en extensión de doce metros (12:00) metros con predio de la carrera 92 No. 131D-22;

SUR, en extensión de doce (12:00) metros con predio de la calle 131F No. 91-39/37;

ORIENTE, en extensión de seis (6:00) metros con vía publica de la calle 131F; OCCIDEN- TE, en extensión de seis (6:00) metros con predio de la calle 131D No. 91-46/44;

mejoras de propiedad de LUIS EPIFANIO BOHORQUEZ GUZMAN. Se le advierte a los emplazados que si no comparecen dentro del término señalado, se les designará CURADOR AD LITEM, con quien se surtirá la notificación pertinente y se seguirá con el proceso hasta su terminación. Para los efectos que prevé el artículo 407 del C. de P.C., se fija el presente EDICTO en un lugar público de la secretaria del juzgado por el término de veinte días (20) días, hoy ____

siendo las ________, MARGARITA ROSA

OLAYA GARCIA secretaria CERTIFICO que el anterior EDICTO permaneció fijado en un lugar público de la secretaria del despacho por el término legal y se desfija hoy __ a las cinco de la tarde (5:00 pm).

*M2-2-27 JUZGADO CATORCE (14) DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ

Calle 12 C N° 7-36 piso 5 del Edificio Nemque- teba de Bogotá.

EDICTO EMPLAZATORIO de que tratan los Arts. 108, 523 del C.G.P.

Liquidación de la SOCIEDAD CONYUGAL radicada con el número 0723 de 2016, con el auto de apertura que se profirió el 13 de enero de 2022

La secretaría del Juzgado 14 de Familia del Circuito de Bogotá,

EMPLAZA

A todas las personas indeterminadas que se crean con derecho a intervenir en esta causa Liquidatoria de la sociedad conyugal constituida por el matrimonio entre ISMAEL ENRIQUE MOSCOSO BOADA y LUZ DARY UMAÑA GIL. Cuyo proceso de Divorcio y liqui- dación de la sociedad conyugal está radicado en este Juzgado 14 de Familia con el número 0723 de 2016, con el auto de apertura de la LIQUIDACIÓN que se profirió el 13 de enero de 2022, en el cual ordenó el emplazamiento que se fija por 10 días, en cumplimiento de los Arts. 108, 523 del C.G.P.

El apoderado

*J1-1-27

Dando cumplimiento al paragrafo 2

o

artículo 108 del código general del proceso, los emplazamientos se mantendran publicados en la web: www.elnuevosiglo.com.co durante el termino del emplazamiento, el cual se entenderá surtido transcurridos quince (15) días después de la publicación del listado.Si el emplazado no comparece , se le designará Curador Ad-Litem, con quien se surtirá la notificación”

LISTADO REMATES ARTICULO 450 CODIGO GENERAL DEL PROCESO PARTE DEMANDADA PARTE DEMANDANTE CLASE DE PROCESO Fecha y hora / Apertura

Licitacion Bienes Materia de Remate Valor avalúo /Avalúo Base de

Licitación No. Radicacion Expediente

JUZGADO Nombre, Direccion, Teléfono

Secuestre Porcentaje para hacer Postura %

consulte en: www.elnuevosiglo.com.co

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 318 C.P.C.

Emplazamiento de quien debe ser notificado personalmente. Artículo 108 C.G.P.

Nombre de la Cédula y/o Nit Naturaleza del proceso Parte demandante Parte demandada Fecha auto Juzgado No radicación

persona citada del citado expediente

PERSONAS INDETERMINADAS SUCESION CAUSANTE: CAUSADOS: AUTO ADMISORIO 10 DE FAMILIA DEL CIRCUITO 11001-31-10-010-

ARTÍCULO 108 DEL C.G.P. AGUSTIN ROJAS ALBA NURY ROJAS OLMOS, 09 DE FEBRERO DE 2022 DE BOGOTÁ 2022-00059

ERNESTO ROJAS OLMOS, CALLE 14 # 7-36 P. 4

HERNANDO ROJAS OLMOS, RUBEN DARIO ROJAS OLMOS

*M2-10-27

ALFONSO EMILSON PENAGOS DIVORCIO CONTENCIOSO ALICIA RODRIGUEZ LOPEZ ALFONSO EMILSON PENAGOS AUTO ADMISORIO: JUZGADO 9 DE FAMILIA 2021-00113.

ART 108 C.G.P. 2 DE MARZO DE 2021 DE BOGOTA

*R1-6-27

A TODAS LAS PERSONAS INDETERMINADAS VERBAL JOSE DAVID GRISALES BENAVIDES NIYI JOHANNA BONILLA CASTRO Y AUTO ADMISORIO: CINCUENTA Y SIETE CIVIL 110014003057.

QUE SE CREAN CON DERECHOS SOBRE PERSONAS INDETERMINADAS 17 DE FEBRERO DE 2022 MUNICIPAL DE BOGOTA D.C. 20210103200.

EL BIEN OBJETO DEL PROCESO ART 108 C.G.P.

*R1-7-27

A LOS QUE SE CREAN CON DERECHOS DECLARATIVA DE PERTENENCIA DE ANDREA LILIANA DAZA ARANDIA LOS HEREDEROS INDETERMINADOS DE AUTO ADMISORIO: JUZGADO 75 CIVIL MUNICIPAL 2021-1188.

SOBRE EL BIEN PARA QUE CONCURRAN MINIMA CUANTIA JOHN ALEXANDER RODRIGUEZ PULIDO 9 DE FEBRERO DE 2022 TRANSFORMADO

AL PROCESO EN LOS TERMINOS DE LOS (Q.E.P.D) TRANSITORIAMENTE EN 57

ARTICULOS 108, 293 Y 375 C.G.P.EJUSDEM DE PEQUEÑAS CAUSAS Y

COMPETENCIA MULTIPLE DE BOGOTA D.C.

*R1-8-27

LUIS ARTURO GARCÍA ROZO, LUCÍA GARCÍA ROZO, DIVISORIO 11 DE MARZO DE 2022, BIENES MATERIA DEL EMATE: VALOR AVALÚO: 11001310303220150114200. TRANSLUGON LTDA EL 40%, ES

JOSÉ MIGUEL GARCÍA ROZO, BLANCA LILIA GARCÍA ROZO, A LAS 09:00 A.M. MATRÍCULA INMOBILIARIA $710´176. 800.oo JUZGADO TREINTA Y DOS (32) NIT. 830098528-9. DECIR:

ROSALBA GARCÍA ROZO, MARÍA ELVIA GARCÍA ROZO, No. 50C-273240. VALOR BASE LICITACIÓN: CIVIL DEL CIRCUITO DE JOSÉ RAFAEL CASTELLANOS. $284´070.720.oo.

HELENA GARCÍA ROZO. AMPARO GARCÍA ROZO, INMUEBLE URBANO (CASA). EL QUE CUBRA EL 100% BOGOTÁ D.C. CARRERA 10 No. 14 -56

ÁNGELA MARÍA GARCÍA ROZO, DIRECCIÓN: CARRERA 68 B BIS DEL VALOR DEL AVALÚO, CARRERA 10 No. 14 -33 PISO 15. OFICINA 308 DE BOGOTÁ D. C.

GERMÁN GARCÍA ROZO. No. 71 -55 - BARRIO BELLAVISTA – ES DECIR: $710´176. 800.oo. [email protected] . CELULAR: 3102526737

BOGOTÁ D. C.

*U1-3-27

SABANA DIESEL LIMITADA BANCO DE BOGOTA VEINTITRES (23) DE MARZO BIENES MATERIA DEL REMATE: VALOR AVALUO: 11001400302720170028300. ESTRATEGIA Y GESTION SE DEBE

NIT. 860016987-4, NIT. 860002964-4 DE 2022 A LAS 2:00 PM BIEN INMUEBLE IDENTIFICADO CON VEINTICUATRO MILLONES NOVENO (09) CIVIL MUNICIPAL JURIDICA LTDA - HACER PREVIA

ROLANDO LEGUIZAMON FMI 50C – 1842530, GARAJE No. 18, CIENTO NOVENTA Y NUEVE DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE NIT. 900104902-0 CONSIGNACION

BARBOSA CC.79.301.008 Y UBICADO EN LA CARRERA MIL QUINIENTOS PESOS BOGOTA D.C CARRERA 10 No. 15 -39 DEL 40% DEL

LUZ AMANDA LEGUIZAMON 67 # 67 A 72/76, EDIFICIO M/CTE ($24.199.500) JZ DE ORIGEN VEINTISIETE (27) OFICINA 506 – VALOR DEL

BARBOSA CC. 41.770.820 MULTIFAMILIAR EUCALIPTOS VALOR BASE LICITACION: CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA TELEFONO 322 400 0861 AVALUO,

LA CONSIGNACION PARA HACER SERÁ POSTURA ADMISIBLE EMAIL SIENDO

POSTURA, SE DEBE REALIZAR EN LA QUE CUBRA EL 70% DEL ESTRATEGIAYGESTIONJURIDICALTDA@

GMAIL.COM ESTO LA

LA CUENTA DE DEPOSITOS JUDICIALES VALOR DEL AVALUO, SIENDO SUMA DE

No. 110012041800, LOS INTERESADOS ESTO LA SUMA DE NUEVE

DEBERÁN PRESENTAR EN SOBRE DIECISEIS MILLONES NOVECIENTOS MILLONES

CERRADO LAS OFERTAS DE MANERA TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS

PERSONAL EN LA SECRETARIA DE LA CUATROCIENTOS CUARENTA SETENTA Y

OFICINA DE EJECUCIÓN (REMATES), PESOS ($16.939.4440) NUEVE MIL

POR LA CALLE 15 NO. 10-61, EL DÍA SEISCIENTOS

Y HORA FIJADA, ES DECIR, DESDE OCHENTA

LAS 2.00 P.M. HASTA LAS 3.00 P.M, PESOS

LA AUDIENCIA SE REALIZARÁ DE $9.679.680)

MANERA VIRTUAL, A TRAVES DEL ENLACE https://teams.microsoft.com/l/meetupjoin/

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0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98- 80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%22%2c%22Oid%

22%3a%22b267b40b-9578-4bb3-9f0a- f9831c36d8b8%22%7d IDENTIFICACION DEL INMUEBLE

FMI 50C – 1842530 – UBICADO EN LA CARRERA 67 # 67 A 72/76,

GARAJE 18 R.P.H

“EDIFICIO MULTIFAMILIAR EUCALIPTOS”

DIRECCION CATASTRAL KR 67 67 A 76 GJ 18

*R1-9-27

(3)

cl a sificados JUdicialEs 3B

DOMINGO 27 De febrerO De 2022 E L N UEVO S IGLO

EMPLAZAMIENTO JUDICIAL (Articulo 108 en concordancia con el Art. 490 del C. G. P.) EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE SIACHOQUE BOYACÁ EMPLAZA A: las personas indeterminadas que se crean con derechos a intervenir dentro del proceso de sucesión intestada de la causante ISIDORA MONROY DE BORDA (Q.E.P.D) identificada con la cedula de ciudadanía 24.069.007, fallecida el 10 de julio de 2010, cuyo último domicilio principal fue el municipio de Siachoque Boyacá, para que concurran al siguiente proceso

Referencia: SUCESIÓN INTESTADA Demandante: CARLOS HUMBERTO BORDA MONROY y otros

Causante: ISIDORA MONROY DE BORDA Radicado: 2022 00004

El (los) emplazado(s) deben concurrir a este despacho judicial a recibir notificación per- sonal del auto de fecha 20 de enero de 2022 El emplazamiento se entenderá surtido trans- curridos quince (15) días hábiles después de la publicación del presente. Se le(s) advierte al(os) EMPLAZADO(S) que vencido este término y no comparecen, se les designara Curador Ad-Litem, para seguir con el trámite pertinente (Art. 108, 293 y 490 del CGP) Para efectos de información, sírvase escribir al correo j01prmpalsiachoque@cendoj.

ramajudicial.gov.co

LA JUEZ EDNA LUZ MAYORGA ULLOA S5-1-27 LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO DIECINUEVE LABORAL DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C. CITA Y EMPLAZA Al (las) herederos(as) indeterminados(as) de CARMEN FORERO DE PATIÑO, para que por intermedio de su Representante Legal y/o apoderado judicial, comparezca ante este Despacho, dentro del término de quince (15) días a partir de la publica- ción del presente EDICTO, a fin de que se apersonen del proceso ORDINARIO No.

11001310501920090062900 que cursa en este despacho, instaurado por JOSE ONOFRE PATIÑO CC 17.136.286 Igualmente, se le informa que se le ha designado curador ad- litem para que lo represente dentro del proceso de la referencia, con quien se surtirá la notificación personal del auto de fecha 06 de noviembre de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 del C.P.L, en concordancia con el artículo 108 del CGP.

Para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 108 del C.G.P, se libra el presente EDICTO, y se expiden copias del mismo para su publicación por una vez el día Domingo en un medio escrito de amplia circulación Nacional o local, tal como lo indica el Art.

108 (DIARIO EL ESPECTADOR Y/O NUEVO SIGLO ó en cualquier otro medio masivo de comunicación) o cualquier otro día, entre las seis de la mañana (6:00 A.M) y las once de la noche (11:00 P.M), hoy ________ a la hora de las Ocho de la mañana (8:00.A.M.) LUZ MILA CELIS PARRA SECRETARIA

*V1-1-27

ART 108 DEL C.G.P

PERSONA CITADA O EMPLAZADO A todas las personas que se crean con De- recho sobre el bien inmueble ubicado en la Calle 3 Sur No.69A-91 apartamento 507 del Conjunto Residencial Recodo de San Felipe VI, Etapa 1, Interior 1 de Bogotá D.C.

FOLIO DE MATRICULA INMOBILIARIA NÚ- MERO: 50S- 40445100. Cedula Catastral:

004502671200105007. Código Catastral número: AAA0183KNZE. DESCRIPCION:

CABIDA Y LINDEROS: Cuenta con un área total construida de sesenta y tres punto cuarenta y nueve metros cuadrados (63.49 M2); de los cuales cincuenta y ocho punto cincuenta y tres metros cuadrados (58.53 M2), corresponden al área privada y cuatro punto noventa y seis metros cuadrados (4.96M2), corresponden al área común de muros de fachada, muros divisorios, ductos y columnas los cuales aunque se encuentran en el interior de la unidad privada no se pue- den modificar ni demoler dado su carácter estructural. Son sus linderos muros de fa- chada, muros divisorios, ductos y columnas de por medio: partiendo del punto 1 al punto 2 en línea quebrada y en distancias sucesivas de cinco punto cero cinco metros (5.05 M), cero punto cuarenta metros (0.40 M), cero punto ochenta metros (0.80 M), cero punto veinticinco metros (0.25 M), uno punto veintiún metros (1.21. M), uno punto treinta metros (1.30 M), cuatro punto treinta y dos metros (4.32 M), uno punto treinta metros (1.30 M), uno punto veintiún metros (1.21 M), cero punto veinticinco metros (0.25 M), con el apartamento quinientos seis (506).

Del punto 2 al punto 3 en línea recta y en distancia de cuatro punto cuarenta metros (4.40 M), con vacío sobre zona libre común.

Del punto 3 al punto 4 en línea quebrada y en distancias sucesivas de uno punto diecinueve metros (1.19 M), cero punto cincuenta y cinco metros (0.55 M), nueve punto setenta y cinco metros (9.75 M), cero punto setenta y siete metros (0.77M), con vacío sobre la zona libre común. Del punto 4 al punto 1 y cierra en línea quebrada y en distancias sucesivas de tres punto setenta y cinco metros (3.75 M), cero punto sesenta metros (0.60 M), cero punto veinte metros (0.20 M), cero punto noventa y cinco metros (0.95 M), cero punto treinta metros (0.30 M), cero punto noventa y ocho metros (0.98 M), parte con el apartamento 508 y parte con chut de basuras y circulación comunes.

LINDEROS VERTICALES: NADIR. Con placa común que lo separa del nivel cuatro o cuarto piso. CENIT. Con placa común que lo separa del nivel seis o sexto piso. DEPENDENCIAS:

Salón – comedor, alcoba principal con baño, dos alcobas (2), un (1) baño, cocina y patio de ropas. A esta unidad privada le corres- ponde el coeficiente de copropiedad 1.04%

de acuerdo con el reglamento de Propiedad Horizontal.

NATURALEZA DEL PROCESO

DEMANDA DE PERTENENCIA POR PRES- CRIPCION EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO.

DEMANDANTE

CARLOS ALBERTO GUAYARA ARDILA.

C.C.No. 79.696.049

DEMANDADA: DANEISY QUIROGA OVALLE y PERSONAS INDETERMINADAS C.C.No.

52.293.996

JUZGADO JUZGADO CUARENTA Y CUATRO (44) CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTA NUMERO DE RADICACION DEL EXPE- D I E N T E R A D I C A C I O N N U M E R O : 11001400304420210009900

FECHA DEL AUTO QUE ORDENA EMPLAZAR NUEVE (09) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 FECHA DEL AUTO ADMISORIO: NUEVE (09) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021

*C2-2-27 JUZGADO NOVENO DE FAMILIA DE BO- GOTA Bogotá D.C., 21 de abril de 2021 Radicado: 2018-0696 RESUELVE: PRIMERO:

DECLARAR la muerte presunta por desapa- recimiento de la señora LILIA MARÍA URIBE POVEDA (sin documento de identidad). Para el efecto señala como día presuntivo de su muerte el 2 de agosto de 1975, como lo dispone el art. 97 del C.C., por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

SEGUNDO: OFICIAR al REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL para que en el competente libro se extienda el folio de defunción respectivo de LILIA MARÍA URIBE POVEDA, (sin documento de identidad), declarada presuntamente muerta el 2 de agosto de 1975. Secretaria dejará las cons- tancias correspondientes. Envíese copia de esta providencia. TERCERO: PUBLICAR el encabezamiento y parte resolutiva de esta providencia, una vez alcance ejecutoria, en la forma y términos previstos para el edicto tratado en el numeral 2 del art. 584 del C.G.P.

Déjese constancia de ello. CUARTO: NOTI- FICAR esta providencia al señor AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO. Firma: CESAR ENRIQUE OSORIO ORTIZ. JUEZ De conformidad con el artículo 285 del C. G.

del P., se corrige la sentencia de fecha 21 de abril de 2021, en el sentido de indicar que fue este estrado judicial quien emitió el fallo en mención y no como equivocadamente se se- ñaló. Mediante providencia del 29 de octubre del dos mil veintiuno (2021) de conformidad con el artículo 285 del C. G. del P., se corrige la parte resolutiva y motiva de la providencia de fecha 21 de abril de 2021, en el sentido de indicar que el nombre de la desaparecida es MARIA LILIA URIBE POVEDA y no como equivocadamente se señaló La sentencia y las providencias se dictaron dentro del proceso de JURISDICCION VOLUNTARIA - DECLARACION DE LA MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO de MARÍA LILIA URIBE POVEDA, corresponde al número de

radicación número 11001 3110 009 2018 00696 00 instaurado como demandantes sus hijas MADELEN RIAÑO URIBE Y LUZ STELLA RIAÑO URIBE

*M2-7-27

NOTARIAS

Notaría 7

Trámite: Liquidación de herencia. Causante:

Flor María Martínez de Alcazar (q.e.p.d) Abogado: Dr. Luis Eduardo Muñoz Urueña Interesada: Maribel Flórez Suarez EDICTO EMPLAZATORIO EL NOTARIO SÉPTI- MO DE IBAGUÉ,

EMPLAZA

A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia intestada de la cau- sante FLOR MARIA MARTINEZ DE ALCAZAR (q.e.p.d), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 35.332.777ex- pedida en Bogotá D.C, fallecida el día nueve (09) de abril de dos mil veintiuno (2021), en la Ciudad de Ibagué Departamento del Tolima, siendo la ciudad de Ibagué Departamento del Tolima, el último domicilio del causante y asiento principal de sus negocios.

El trámite fue aceptado mediante el acta No.

007 del día veinticuatro (24) de febrero dos mil veintidos (2022), ordenando la citación de las personas que tengan derecho a concurrir a la liquidación de la herencia intestada, mediante la fijación de este edicto y su respectiva publicación en un periódico de amplia circulación nacional y su difusión en una emisora del lugar, además de fijarlo por el término de diez (10) días hábiles en sitio visible de esta notaría.

El presente edicto se fija hoy veinticuatro (24) de febrero dos mil veintidós (2022) siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.), y será desfijado el día siete (07) de marzo de dos mil veintidós (2022), siendo las seis (6) de la tarde.

HECTOR JULIO CRUZ CASALLAS NOTARIO SÉPTIMO DEL CÍRCULO DE IBAGUE

HAY UN SELLO I2-1-27

NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUE EDICTO

LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA

A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico en el tramite notarial de liquidación de herencia simple e intestada de la causante IMELDA BARRERO BARRERO (Q.E.P.D), quien se identificaba en vida con

la cedula de ciudadanía número 28.545.777 expedida en Ibagué y la cual falleció el 22 de septiembre de 2015, en la ciudad de Ibagué, siendo esta ciudad, su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 19 del 24 de febrero de 2022, se ordena la publicación de este edicto en un pe- riódico de amplia circulación Nacional y una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, además de su fijación en el lugar visible en la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy VEINTICINCO (25) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS (2022) SIENDO LAS 8:00 A.M. ---

LA NOTARIA, DORIS MORA ORREGO

NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBA- GUÉ.

HAY UN SELLO *I2-2-27

NOTARIA 1

NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUE EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA

A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico en el tramite notarial de liquidación de herencia simple e intestada del causante TIRSO AUGUSTO MEDINA FORERO (Q.E.P.D), quien se identi- ficaba en vida con la cedula de ciudadanía número 3.038.993 expedida en Girardot y el cual falleció el 14 de julio de 2021, en la ciudad de Ibagué, siendo esta ciudad, su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 18 del 21 de febrero de 2022, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, además de su

fijación en el lugar visible en la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy VEINTIDOS (22) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS (2022) SIENDO LAS 8:00 A.M. ---

LA NOTARIA, DORIS MORA ORREGO

NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBA- GUÉ.

HAY UN SELLO I2-3-27

NOTARIA 1

NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUE EDICTO

LA SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ DEPARTAMENTO DEL TOLIMA, REPUBLICA DE COLOMBIA EMPLAZA

A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico en el tramite notarial de liquidación de herencia simple e intestada del causante NICOLAS LEONEL BARRIOS (Q.E.P.D), quien se identificaba en vida con la cedula de ciudadanía número 2.223.788 y el cual falleció el 06 de enero de 1982, en la ciudad de Ibagué, siendo esta ciudad, su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo e iniciado mediante acta número 11 del 14 de febrero de 2022, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación Nacional y una Emisora Local, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3o. Del Decreto 902 de 1988, además de su fijación en el lugar visible en la Notaria por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy QUINCE (15) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDOS (2022) SIENDO LAS 8:00 A.M. ---

LA NOTARIA, DORIS MORA ORREGO

NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE IBAGUÉ.

HAY UN SELLO I2-4-27

SYSTEMGROUP S.A.S.

AVISA:

A todas las personas que se crean con derecho a reclamar la liquidación final de prestaciones sociales del trabajador LUCELY KATHERINE ROA (q.e.p.d), quien en vida se identificaba con C.C. 1000003782 de Bogotá, fallecido el treinta y uno (31) de ENERO de 2022; que deberán hacerlo valer ante la empresa mediante documento de identidad, prueba idónea que acredite el parentesco y decla- ración extra juicio sobre el conocimiento de otros beneficiarios, documentos que radicarán en la Av Américas No 58-51., dentro de los 15 días calendario siguientes a la publicación del presente aviso, en el horario de 8 a.m. a 5 p.m.

Se deja constancia que, a la fecha se ha presentado a reclamar el (la) señor (a) MAYRA ALEJANDRA PARRA ROA, identificado(a) con cédula de ciuda- danía número 1010167744 de Bogotá en calidad de HERMANA del trabajador fallecido.

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras

Regional Bogotá Centro Zonal Engativá

LA SUSCRITA DEFENSORA DE FAMILIA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR - CENTRO ZONAL ENGATIVÁ

EMPLAZA

Al señor CARLOS MAURICIO MARULANDA RODRÍGUEZ identificado con la C.C. No. 79.691.882 de Bogotá, para que, en el término de 5 días hábiles siguientes al emplazamiento, comparezca ante el Despacho ubicado en la Carrera 103 No. 73 – 13 barrio Álamos Norte de la ciudad de Bogotá, con el ánimo de hacerse parte en el trámite administrativo de PERMISO DE SALIDA DEL PAÍS que se adelanta a instancias del ICBF por solicitud de la señora IRINA ESTHER BERMÚDEZ TORRES, y a favor de la adolescente LCMB, citación que se le hace en calidad de padre y representante legal. El procedimiento se adelanta con el número de radicado

SIM: 14596347.

Dada en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de febrero de dos mil veintidós (2022)

EDNA ROCÍO PÉREZ AVELLA

Defensora de Familia Centro Zonal Engativá

A V I S O

El liquidador de la sociedad PROVEEDURIA DE MATERIALES AERONAUTICOS

S.A., PMA-88 S.A EN LIQUIDACION, sociedad comercial identificada con el

NIT. 800.045.840-6, sociedad debidamente constituida y existente de confor- midad con las leyes de la República de Colombia, domiciliada en la ciudad de Bogotá D.C., en cumplimiento en lo dispuesto en el Código de Comercio avisa que: (i) La Asamblea General de Accionistas en su reunión efectuada el 22 de enero de 2022 aprobó la disolución y posterior liquidación de la sociedad y (ii) que dicha decisión fue inscrita ante la Cámara de Comercio de Bogotá el 16 de febrero del 2022.

Adolfo Corredor OrdoñezFdo.

Liquidador

PROVEEDURIA DE MATERIALES AERONAUTICOS S.A PMA-88 S.A EN LIQUIDACION

Sigla: PMA-88

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA VALLE DEL CAUCA JUZGADO VEINTIUNO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE CALI

AVISO No. 001

EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO VEINTIUNO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO JUDICIAL DE CALI

INFORMA A LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD DEL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL

CAUCA

Que por Auto No. 128 del 16 de febrero de 2022, se ADMITIÓ la demanda de

ACCION POPULAR-PROTECCIÓN DE DERECHO E INTERESES COLECTIVOS -

con Radicación No. 76001-33-33-021-2022-000030-00 propuesta por el señor el señor GUSTAVO VALBUENA QUIÑONES, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.782.099, actuando en nombre propio, en contra de LAS EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI –EMCALI, con el fin de garantizar la protección de los derechos e intereses colectivos al uso y goce de los bienes de uso público, al acceso y prestación eficiente de los servicios públicos, y los derechos de los consumidores y usuarios presuntamente amenazados y vulnerados. Igualmente, solicita que se ordene a la referida entidad que se abstenga de suspender el servicio de energía a las fuentes de poder de la empresa COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A., que sirven de internet, telefonía y televisión a miles de ciudadanos en la ciudad de Cali, tal y como sucedió los días 19 de enero y 6 y 7 de febrero pasados, en virtud del diferendo contractual que manejan las empresas. Se le informa a la comunidad sobre la existencia de la presenta Acción Popular, a través de un medio masivo o cualquier medio eficaz, a los miembros de la comunidad afectada. Para tal efecto se podrá utilizar simultáneamente diversos medios de comunicación, en la forma ordenada en el Artículo 53 inciso 1º. De la Ley 472 de 1998.

Para el conocimiento público, se fija el presente AVISO en la cartelera del Juzgado y en la página web de la Rama Judicial, así mismo será difundido por medio de un medio masivo de comunicación.

En constancia se firma el presente en Santiago de Cali, a los diecisiete (17) días del mes de febrero de dos mil veintidós (2022)

Firmado Por:

Nestor Julio Valverde Lopez Secretario Circuito Juzgado Administrativo 021

Cali - Valle Del Cauca SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE TECNOLOGÍA SETI SAS

La empresa SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE TECNOLOGÍA SETI SAS, domiciliada en Bogotá, en la Kra 10 # 97ª -13 Ed. Trade Center Torre B Of 506 actuando en conformidad con lo indicado en el art.212 del Código Sustantivo del Trabajo, hace saber que la señora XIOMARA LOPEZ CUBILLOS falleció en la ciudad de San Andrés el día 17 de Enero del 2022 y que para reclamar sus prestaciones sociales se ha presentado la siguiente solicitante:

1. Jamer Yesid Gualteros Moncada c.c. 1.019.086.961 en calidad de esposo A quienes crean tener igual o mejor derecho que la reclamante ya citada, se les informa que deberán presentarse en la dirección aquí anunciada dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de esta publicación con el fin de acreditar su derecho.

Segundo Aviso

SEGUNDO AVISO

Que la señora PATRICIA DUEÑAS AMAYA, identificada con la cédula de

ciudadanía No. 39.549.950 de Engativá, falleció el pasado 19 de diciembre

de 2021, estando al servicio del GRUPO ASD S.A.S. Que en cumplimiento

de lo dispuesto en el artículo 212 del C.S.T., se pública el presente aviso

con el fin de que se presenten en las instalaciones de la compañía, ubicada

en la calle 32 No. 13 - 07 de la ciudad de Bogotá D.C., dentro de los treinta

(30) días calendario siguientes a esta publicación, en el horario comprendi-

do de 8:00 am a 5:00 p.m., de lunes a viernes. La(s) persona(s) que crean

tener derecho al pago de las acreencias laborales que le correspondían a la

trabajadora en mención, adjuntando los soportes que acrediten la condición

de beneficiario(s).

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