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Contrato de distribución

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Academic year: 2021

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Contrato de distribución

Estas Condiciones Generales resultan de aplicación a la distribución de servicios de telefonía IP sobre Internet, (VoIP), ofrecidos por Telcom Business Solutions. S.L, a través de su línea de negocio y marca netelip (en lo sucesivo “netelip”), con domicilio en Calle Graham Bell Edif. Hevimar, 29590, Málaga, y a quienes se den de alta para la distribución de los servicios prestados bajo dicha marca, (en lo sucesivo el “Distribuidor”).

Telcom Business Solutions. S.L es una sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Mála-ga, Tomo 3.613, Libro 2524, Hoja MA 71873 y constituida mediante escritura pública au-torizada por el notario de Málaga Don José Sánchez Aguilera, el día 15 de julio de 2004, con el número 123/2004 de su protocolo, y con CIF B92563626.

Telcom Business Solutions S.L (en adelante Telcom BS) y el Distribuidor, exponen:

I. Que Telcom BS es una sociedad que dispone de los títulos habilitantes necesarios para la explotación de diversos servicios de telecomunicaciones de telefonía, y está interesa-da en disponer de los Servicios del Distribuidor para el desarrollo de su negocio.

II. Que el Distribuidor es un autónomo o sociedad que está interesados en colaborar con Telcom BS en lo que se refiere a la captación de clientes.

III. Que ambas partes manifiestan contar con capacidad legal suficiente para el otorgami-ento del presente contrato y, al efecto, acuerdan:

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Artículo 1: Objeto del contrato

1.1. Por el presente contrato, se definen las condiciones en que se desarrollará la relación entre Telcom BS y el Distribuidor.

1.2. El Distribuidor desarrollará sus funciones en lo que se refiere a la captación de clientes potenciales que estén interesados en la contratación de los Servicios de

telecomunicaciones prestados por Telcom BS, en particular los que están asociados a la línea de negocio netelip, usando la plataforma de auto provisión facilitada por netelip. 1.3. El distribuidor añadirá a los clientes en su cartera siempre haciendo uso de los datos personales del cliente final y nunca bajo los datos fiscales del propio distribuidor. netelip no permite la reventa de sus servicios.

Artículo 2: Relación con Telcom BS

2.1. El Distribuidor actuará siempre según las instrucciones recibidas de Telcom BS o de las personas designadas por ésta. El Distribuidor será responsable en el caso de que su actuación no se ajuste a lo establecido por Telcom BS.

2.2. El Distribuidor llevará a cabo sus funciones y servicios como profesional libre, sin que exista ningún vínculo de carácter laboral con Telcom BS, por lo que la relación contrac-tual prevista en este Contrato se regirá por lo dispuesto en el Código Civil en materia de arrendamiento de servicios.

2.3. Este contrato no otorga en forma alguna al Distribuidor poderes para obligar ni com-prometer a Telcom BS en ningún negocio jurídico, ni constituye contrato de agencia con dicha persona.

2.4. Por ello, cualquier decisión a tomar por el Distribuidor que involucre a Telcom BS de cualquier manera, directa o indirectamente, deberá ser aprobada previamente y por escrito, por Telcom BS o por las personas designadas por ésta.

2.5. El Distribuidor por la presente, declara que no está incurso en ningún tipo de incom-patibilidades con la prestación de los servicios objeto del presente contrato.

2.6. El Distribuidor podrá utilizar los medios con los que cuenta Telcom BS para el desar-rollo de su actividad, siempre y cuando haya obtenido la autorización previa y por escri-to de Telcom BS.

2.7. Todos los posibles clientes que pueda facilitar el Distribuidor en cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente contrato, se considerarán clientes de Telcom BS y continuarán siéndolo una vez terminado este contrato. Las identidades de dichos clientes tendrán la consideración de información confidencial y el Distribuidor no podrá venderlas, entregarlas, divulgarlas, ni utilizarlas.

Artículo 3: Exclusiva

3.1. Telcom BS no concede por el presente contrato ninguna exclusiva territorial al Dis-tribuidor, por lo que podrá designar a otros colaboradores en el mismo ámbito territorial.

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Artículo 4: Duración del contrato

4.1. El presente contrato se mantendrá en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración de un (1) año (periodo inicial de vigencia), prorrogándose por periodos sucesivos trimestrales, salvo que cualquiera de las partes notifique a la otra su intención de dar por terminado el contrato con, al menos, treinta (30) días de antelación a la fecha de finalización del periodo inicial de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.

Artículo 5: Remuneración

5.1. Como contraprestación por el trabajo a realizar al amparo de este contrato, Telcom BS abonará al Distribuidor las tarifas establecidas en el Anexo 1 del presente contrato, por los distintos conceptos que en dicho Anexo se detallan.

5.2. Las remuneraciones citadas serán devengadas mensualmente, mediante transferen-cia bancaria a la cuenta que para estos efectos señale el Distribuidor, siempre y cuando se cumplan las condiciones indicadas en este contrato.

5.3. Telcom BS se reserva, en todo caso, la aceptación de los posibles clientes que pudi-era facilitar el Distribuidor.

5.4. Es condición básica para la obtención de la remuneración, la firma del siguiente con-trato.

5.5. El Distribuidor se compromete a cumplir todas las obligaciones fiscales derivadas de su condición como empresa.

5.6. El Distribuidor asumirá cualquier tasa, impuesto, exacción parafiscal cuotas o

cualquier otro gasto derivado de condición como empresa, no siendo en ningún momen-to atribuibles a Telcom BS.

Artículo 6: Confidencialidad

6.1. Para el desempeño de sus funciones, el Distribuidor podrá tener acceso a la docu-mentación y/o información necesaria para tal fin, previa autorización de Telcom BS. 6.2. Toda documentación y/o información puesta a disposición del Distribuidor por Telcom BS en virtud de este contrato, sólo podrá ser utilizada para la realización de las funciones directamente relacionadas con el objeto del presente contrato y permanecerá como propiedad exclusiva de Telcom BS. En caso de necesitar el Distribuidor revelar dicha información confidencial a terceros como consecuencia de su actividad, necesitará previa autorización expresa y escrita por parte de Telcom BS.

6.3. El Distribuidor tratará dicha documentación y/o información como confidencial, comprometiéndose a adoptar las medidas oportunas para mantener esta clasificación y a no divulgarla en un período de cinco (5) años tras la finalización de este contrato.

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6.4. Asimismo, toda la documentación y/o información generada por el Distribuidor al amparo de este contrato será propiedad exclusiva de Telcom BS debiendo ser considera-da como confidencial y comprometiéndose el Distribuidor, igualmente, a no divulgarla en un período de cinco (5) años tras la finalización de este contrato por cualquier causa. 6.5. Adicionalmente, el Distribuidor se obliga a no realizar publicidad alguna y/o

declaración pública o privada a clientes, empleados o, en general, a terceros, que pueda afectar de forma negativa o dañar, de cualquier forma, la imagen de Telcom BS, así como a no realizar ningún tipo de actividad de competencia desleal. Dichas obligaciones pervi-virán una vez finalizado el contrato.

Artículo 7: Resolución

7.1. Telcom BS podrá resolver el presente contrato en el caso de incumplimiento del Dis-tribuidor, bastando para que se produzca la resolución, la notificación fehaciente de la misma al Distribuidor, expresando la causa de la resolución. El incumplimiento por parte del Distribuidor dará lugar, además de a la resolución del contrato, a las acciones legales que puedan corresponder a Telcom BS por los daños y perjuicios que puedan ocasion-arse.

7.2. La extinción del contrato no dará lugar a indemnización alguna a pagar por una parte a la otra.

Artículo 8: Cesión - Subrogación

8.1. El Distribuidor no podrá ceder a terceros sus derechos y obligaciones derivados de este contrato sin el previo consentimiento escrito de Telcom BS, prevaleciendo el carácter “intuitu personae” de este contrato.

8.2. Por el contrario, Telcom BS podrá ceder a terceros su posición contractual (derechos y obligaciones) derivada del presente contrato, sin necesidad de contaron el previo con-sentimiento del Distribuidor, sin perjuicio de comunicarlo en su momento.

Artículo 9: Modificación y cambios contractuales

9.1. Ninguna modificación a este contrato será válida, salvo que se realice por escrito y sea suscrita por Telcom BS y el Distribuidor de mutuo acuerdo.

Artículo 10: Jurisdicción

10.1. En caso de conflicto, ambas partes se someten a las leyes españolas y expresamente a los Juzgados y Tribunales de Málaga, capital, con renuncia expresa a cualquier otro que que pudiera corresponderles.

ANEXO 1. Retribución del distribuidor

El presente Anexo estará vigente desde la fecha del alta como Distribuidor Telcom BS, para la línea de negocio netelip.

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Los importes detallados a continuación podrán ser modificados por Telcom BS, previa notificación por escrito al Distribuidor en un plazo no inferior a treinta (30) días.

1.1. El Distribuidor percibirá una comisión mensual correspondiente a x% de la facturación de los clientes de netelip asociados al Distribuidor:

Facturación de clientes en cartera

De 0 € a 500 € 5% De 501 € a 1.000 € 7% De 1.001 € a 2.000 € 10% De 2.001 € a 5.000 € 15%

+ 5.000 € 20%

ANEXO 2. Utilización de la imagen corporativa de netelip

Las principales pautas a seguir, que se debe tener en cuenta a la hora de utilizar la imagen corporativa de netelip son:

Utilizar una aplicación correcta de la marca, siguiendo las normas básicas, como el área de respeto asignado, el tamaño mínimo y las versiones en positivo o negativo dependien-do del soporte. Mantener un estilo fotográfico coherente. Para ello cada fotografía debe responder positivamente a las siguientes preguntas: ¿La imagen representa nuestra ima-gen corporativa? ¿Invita a usar el servicio de telefonía IP? ¿Es una imaima-gen profesional? Además de respetar la normalización de la marca, la imagen corporativa de netelip se debe enfocar desde un punto de vista creativo y original, tal y como se utiliza desde el departamento de comunicación netelip.

Para ello, se les facilitará a los distribuidores de la marca de netelip, el siguiente material para que lo utilicen a la hora de promocionar nuestros servicios:

• Dípticos. • Catálogos.

• Catálogo de servicios de netelip.

• Logo oficial de netelip para distribuidores.

• Manual de imagen corporativa de la marca netelip. • Banners en distintos formatos.

Todo este material corporativo se proporciona desde el panel de control de netelip con la idea de que los distribuidores no tengan ningún problema ni inconveniente a la hora de utilizar nuestra marca. En ningún caso esta permitido utilizar la imagen corporativa de netelip a su libre albedrío sin tener en cuenta nuestras recomendaciones o material.

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Estas Condiciones Generales resultan de la relación entre el distribuidor y el proveedor de servicios en aplicación a la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, incluyendo telefonía IP sobre Internet, (VoIP), por Telcom Business Solutions S.L, a través de su línea de negocio y marca netelip.

De una parte, Telcom Business Solutions S.L., con domicilio social en Graham Bell Edif. Hevimar 1º, Of.14-15, 29590-Málaga, con CIF B-92.563.626.

Y de otra parte ………. con domicilio social en ………. .………... con CIF ………... representada en este acto por ………..………... provisto de DNI número ...………. en calidad de…….……….…………... Ambas partes se reconocen mutua y plena capacidad para este acto y, en nombre y re- presentación de los organismos respectivos.

FIRMA DEL DISTRIBUIDOR FIRMA DE TELCOM BS

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