• No se han encontrado resultados

Los desafíos pendientes para una Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el Partido de Villarino : su evolución durante el periodo 2000-2017

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2020

Share "Los desafíos pendientes para una Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en el Partido de Villarino : su evolución durante el periodo 2000-2017"

Copied!
155
0
0

Texto completo

(1)

Centro Educativo Digital.

Ciclo de Licenciatura en Gestión Ambiental.

Los desafíos pendientes para una Gestión Integral de Residuos Sólidos

Urbanos en el Partido de Villarino, su evolución durante el periodo 2000-2017

Tesista: Téc. Misller Nadia, Carolina.

Directora: Mg. Ing. Sartor Aloma.

(2)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 2 Índice:

Agradecimientos

Introducción ... 5 1.

Fundamentación del tema elegido ... 7 2.

Marco Teórico ... 10 3.

Manejo de RSU ... 10 3.1.

Surgimiento de la GIRSU ... 12 3.2.

Principios de la GIRSU ... 14 3.2.1.

Clasificación de los residuos orgánicos e inorgánicos ... 15 3.3.

Tratamiento de la fracción orgánica ... 16 3.3.1.

Tratamiento de la fracción inorgánica ... 18 3.3.2.

3.3.2.1. Disposición final de la fracción inorgánica no recuperable ... 18 Efectos sanitarios y ambientales asociados a los residuos ... 19 3.4.

Enfermedades asociadas a la mala disposición de residuos ... 20 3.4.1.

Marco Jurídico ... 21 4.

A Nivel Nacional ... 21 4.1.

A Nivel Provincial ... 25 4.2.

A Nivel Municipal ... 29 4.3.

Metodología ... 32 5.

Unidad de análisis ... 32 5.1.

Variables centrales ... 32 5.2.

Fuentes e instrumentos ... 34 5.3.

Tipo de diseño de investigación ... 35 5.4.

Metodología específica ... 35 5.5.

Caracterización del Partido de Villarino ... 37 6.

Localización geográfica ... 37 6.1.

Características naturales y productivas del área de estudio ... 38 6.2.

Evolución de la Gestión de RSU ... 41 7.

Periodo 1999-2005 ... 41 7.1.

Características generales de la gestión de los RSU ... 42 7.1.1.

Periodo 2005-2012 ... 43 7.2.

Características generales de la gestión de los RSU ... 44 7.2.1.

(3)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 3

Características generales de la gestión de los RSU ... 48

7.3.1. Periodo 2015-2017 ... 54

7.4. Características y variables generales de la gestión de los RSU... 55

7.4.1. Indicadores comparativos para las dos Plantas del Partido ... 56

7.4.2. 7.4.2.1. Gestión de los RSU en la Zona Norte del Partido ... 57

7.4.2.1.1. Sistema de recolección de los RSU ... 63

7.4.2.1.2. Planta de Separación y Disposición Final ... 65

7.4.2.1.3. Maquinarias dentro del galpón... 67

7.4.2.2. Gestión de los RSU en la Zona Sur del Partido ... 70

7.4.2.2.1. Sistema de recolección de los RSU ... 73

7.4.2.2.2. Planta de Separación y Disposición Final ... 74

7.4.2.2.3. Maquinarias dentro del galpón... 77

7.4.2.3. Aspectos comunes de la gestión de los residuos ... 79

Análisis de la Gestión de los RSU ... 89

7.5. Análisis FODA sobre la Gestión de los RSU en el Partido de Villarino... 90

7.5.1. Análisis FODA sobre las dos Plantas de Tratamiento de Villarino ... 93

7.5.2. Conclusiones y recomendaciones ... 98

8. Bibliografía ... 102

9. Sitios de Internet ... 104

10. Anexos………..106

Anexo I: Decreto y Ordenanzas Municipales...106

Anexo II: Entrevistas………..131

Anexo III: Detalle sobre comercialización de materiales recuperados (2016-2017)………145

(4)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 4 Agradecimientos

A mis padres por acompañarme incondicionalmente a lo largo de mis años de estudio y por alentar todo aquello que me propongo.

A la Directora de Tesis Aloma Sartor por haberme guiado y acompañado en este proceso de aprendizaje transmitiéndome todo su conocimiento en la temática, y por las horas que me dedicó cada vez que nos juntábamos para avanzar en las correcciones.

A mis hermanos por llevarme a los relevamientos de campo y por el apoyo emocional.

A mi primo Esteban por el soporte informático cuando la tecnología me superaba.

A mi cuñada por darme consejos de Excel.

A los concejales del Partido de Villarino que me brindaron información a través de sus entrevistas, entre ellos Horacio Brion, Fabián Marlia, Marcelo Diez, Orestes Villalba, Raúl Mujica y en especial a Luciano Peretto por su excelente predisposición cada vez que lo llamé para consultarle información o pedirle contactos telefónicos de personas que fueron de utilidad para seguir avanzando en la recolección de información.

A los profesionales del Municipio Andrea Uriarte, Sebastián Serra, Evangelina Lasala, Sergio Daich, Gastón Sobral (Agencia Ambiental y Área de Obras y Servicios Públicos), María Eugenia González y Martín Masson (Área contable).

A los delegados y subdelegados de las localidades mencionadas en el desarrollo del trabajo.

A los encargados de la Plantas por su buena predisposición y recibimiento en los predios.

Al INTA por facilitarme Informes sobre aspectos generales del Partido.

Al INDEC por su buena predisposición y pronta respuesta cada vez que solicité información.

A Zoraida Chcair Secretaria del HCD por enviarme copia de las Ordenanzas que se adjuntan.

A Sandra Vissani Directora de Programas en Asociación Civil Piedra libre.

(5)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 5 Introducción

1.

Desde épocas remotas el ser humano ha generado residuos, en ocasiones mal llamados basura, sin embargo los volúmenes, toxicidad y diversidad de los mismos han aumentado considerablemente en los últimos años. La acumulación de los residuos es una preocupación a nivel global, por ello se debe poner énfasis fundamentalmente en minimizar la generación de los mismos, reciclar, reutilizar y revalorizar el mayor porcentaje posible. Desde este aspecto es necesario mencionar que reciclar no es una moda sino una necesidad de las sociedades contemporáneas.

En las ciudades se puede ver que la manipulación, el tratamiento y la disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU) generan un problema para los municipios; a pesar de los avances en las perspectivas de la gestión y las tecnologías disponibles, poder aplicarlos correctamente no siempre es una tarea sencilla. Aunque se observa una mayor concientización sobre el problema que enfrentan los municipios con la gestión de los residuos, esto no se refleja en políticas de Estado que prevalezcan en el tiempo, sino más bien se percibe políticas de gobierno que van cambiando a través de los diferentes mandatos políticos según sus intereses y prioridades.

Particularmente en el área de estudio, Partido de Villarino Provincia de Buenos Aires, esto se ve agravado por la distribución geográfica de sus localidades, el aumento de población en algunos de los sitios, las diferencias culturales, la falta de presupuesto destinado para abordar la temática, la escaza o nula concientización y/o educación sobre las problemáticas ambientales que acarrea la disposición final de los desechos en lugares que no son los apropiados, la falta de control sobre el cumplimiento de las Ordenanzas y el marco legal usualmente utilizado en el Municipio, además se le suma el escaso personal idóneo y local para abordar esta problemática desde una visión integral.

El presente trabajo de tesis tiene como propuesta analizar la evolución de la gestión de los RSU en el Partido de Villarino desde el 2000 hasta el 2017. Se propone realizar un análisis de la problemática de los residuos desde una perspectiva de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU), analizando las condiciones de la gestión en todas sus etapas. Para ello se estudió la información existente, documentos municipales, proyectos realizados por distintas instituciones, entrevistas y observación de campo no participativa.

(6)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 6

(7)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 7 Fundamentación del tema elegido

2.

La creciente preocupación por los problemas que generan los residuos en los centros urbanos ha impulsado el desarrollo de modelos de gestión, tecnologías de tratamiento y disposición final desde un enfoque integral, donde se consideren y evalúen todos los aspectos que intervienen en la temática, pudiendo ser de índole social, cultural, político, económico, legal, natural, productivos, etc. (ENGIRSU, 2005).

Es por ello que el enfoque GIRSU es clave para los Municipios a la hora de abordar la problemática de los residuos y estudiar todos los contextos posibles, este concepto parte de la reducción de los RSU en la etapa de generación. Considera simultáneamente: la separación y disposición en origen, la recolección domiciliaria y el transporte, el tratamiento, la recuperación y la disposición final de los elementos no asimilables o recuperables. No obstante, dependiendo del caso, estas etapas pueden desagregarse y complejizarse en función de las características propias del lugar.

El objetivo principal de la presente investigación es el diagnóstico de la gestión de los RSU en el Partido de Villarino, así como estudiar la evolución de la gestión desde el año 2000 hasta el 2017. El área de estudio tiene una extensión de 10.100 km2 y un total de población de 31.014 habitantes1, integrada por diferentes localidades, entre las de mayor relevancia se pueden mencionar: tres en la Zona Norte (sobre la Ruta Nacional 22): Argerich, Médanos y Juan Cousté, más conocido como Algarrobo; y otras tres en la Zona Sur (sobre Ruta Nacional 3): Pedro Luro, Mayor Buratovich e Hilario Ascasubi. También hay otros asentamientos dentro del Partido de menor densidad poblacional como Villarino Viejo, Colonia La Merced, La Mascota, Chapalcó, Nicolás Levalle, Ombucta, Colonia Monte La Plata, Tte. Origone, San Adolfo y La Salada; sus densidades, distribución y distancias dentro del territorio exigen un planteamiento específico para la gestión de los RSU actuales.

Se propone evaluar la gestión de los RSU durante el periodo 2000-2017. Para la realización del trabajo se cuenta con un diagnóstico y propuesta de gestión de los RSU realizada por el Grupo de Estudio de Ingeniería Ambiental (GEIA) de la Facultad Regional Bahía Blanca (FRBB) de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) por convenio con el Municipio de Villarino (2000-2003); los informes consultados son: “Anexo III: Propuesta Preliminar de Proyecto de Gestión de R.S.U. en Partido de Villarino” y “Rellenos Sanitarios en ciudades

1

(8)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 8

pequeñas. Caso: Partido de Villarino” dentro de los cuales se establece un diagnóstico del año 2000 y 2001.

Complementariamente se incluirá el análisis de los aspectos ambientales, los actores sociales involucrados, así como las políticas de planificación, los recursos económicos disponibles para llevar adelante la actual gestión de residuos. Se espera con ello, aportar elementos que contribuyan a alcanzar una GIRSU que considere las particularidades culturales y formas de vida de los habitantes de las diferentes localidades, aspectos que permitan mejorar la educación ambiental y la concientización respecto al tema a tratar, así como el marco legal que rige en la Provincia y el Partido.

En el periodo de estudio de este trabajo, se observa que la gestión de los RSU en el Partido de Villarino ha incorporado acciones de recuperación de algunas de las fracciones de los residuos en sus Plantas de Separación y Tratamiento, sin embargo dada las características de distribución de los diferentes asentamientos urbanos en el Partido, aún dicha gestión no es uniforme en sus resultados para todos los pueblos y ciudades del mismo.

Por un lado en la Zona Sur del Partido se construyó un relleno sanitario, que inicia su actividad en el 2001, el primer módulo funcionó desde el mismo año hasta el 2009, el segundo tuvo una vida útil de 7 años, y el tercer módulo empezó a funcionar en 2016. Los tres se encuentran ubicados en el km 801 de la ruta Nacional 3, en cercanías a la ciudad de Pedro Luro.

Así mismo en el año 2012 se puso en funcionamiento el galpón con las maquinarias donde se separan los residuos manualmente para comercializar la parte reciclada a De la Bahía Reciclados para su posterior revalorización. En ésta zona los basurales a cielo abierto todavía no se lograron erradicar en su totalidad, pudiéndose mencionar el basural municipal de Teniente Origone y un basural activo en una de las entradas de Mayor Buratovich.

(9)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 9

Chapalcó, que debido a la distancia que lo separa de la planta de tratamiento de la Zona Norte, siguen depositando los residuos en una depresión del terreno a cielo abierto.

Según datos extraídos del Proyecto 12003, Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, Partido de Villarino, Junio 1999, mencionan algunas de las características del terreno natural donde se emplazaron los Proyectos, tales como la profundidad de la napa.

“El módulo donde se depositan los residuos y las dos piletas se hayan recubiertos por una membrana de caucho vinílico, que impermeabiliza el fondo de estas construcciones para evitar la filtración de contaminantes hacia las napas freáticas, y un revestimiento de geotextil en las zonas de tránsito. La membrana y el geotextil están protegidos por una capa de 20 cm de tierra para que no sean dañados por el paso del camión volcador o de la maquinaria utilizada para compactar la basura.

Se hallan instalados cuatro pozos de monitoreo, dos aguas arriba y dos aguas abajo del relleno, que llegan hasta la primera napa. El fondo del módulo se encuentra a un metro de distancia del nivel freático que se halla a 3.8 m del terreno natural. El predio está cercado perimetralmente con alambre tejido. Hacia adentro del cerco se plantó una cortina forestal de “cupresus arizónica” 3.

(10)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 10 Marco Teórico

3.

En el inicio de la conformación de los asentamientos urbanos, los residuos se vertían en el suelo, se enterraban o simplemente se los disponía a cielo abierto en los fondos de los patios de cada hogar, y luego en algunos casos se incineraban. Así mismo se utilizaban los restos de comida para alimentar cerdos que luego eran consumidos por los humanos. Cada persona se hacía cargo de los desperdicios que generaba y decidía que hacer con ellos (ENGIRSU, 2005).

A partir de epidemias desarrolladas en el Siglo XIX, se empezó a vincular las muertes a la disposición descontrolada de los residuos asociadas a las urbanizaciones que generaba focos de contaminación del suelo, agua y aire; además de los efectos sanitarios provocados por la propagación de enfermedades, algunas de ellas transmitidas a través de vectores que se alimentaban en esos sitios, otras directamente relacionadas a contaminantes letales; esto dio lugar a las primeras medidas desde una perspectiva sanitaria en el ordenamiento de las ciudades, con estrategias que se reducían a alejar de los centros urbanos los residuos y que generaron lo que después se conocieron como basureros municipales (ENGIRSU, 2005).

A principios del Siglo XX, desde un enfoque sanitarista se avanzó en un manejo más organizado de los RSU, se inicia la aplicación de programas de control de vectores y prevención de enfermedades, como así también se eligieron lugares para convertirlos en vertederos y disponer los desperdicios y alejados de las poblaciones. A partir de allí la gestión de los residuos empezó a ser una tarea organizada por las autoridades locales.

A pesar de que en los últimos años las poblaciones han logrado avanzar y tomar conciencia, sobre importancia de la gestión y la manipulación de los RSU que se produce en cada municipio, el tema sigue siendo preocupante y desafiante en varios aspectos, desde lo social, atravesando lo legal, institucional, educacional, cultural, económico, productivo y de infraestructura; siendo éstos los puntos más comunes y relevantes que se desarrollarán a lo largo del trabajo.

Manejo de RSU 3.1.

(11)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 11

comportamiento de cada ciudad dependiendo del consumo y producción con la que cuente la región (Sartor, 2000).

“La propagación descontrolada o parcialmente controlada de los residuos ha agravado las condiciones de habitabilidad urbana, poniendo en riesgo a amplios sectores poblacionales y deteriorando la calidad del soporte ambiental local/microregional, las actividades productivas y de servicio, etc.” (Sartor, 2000). Es por ello, que a partir de la Cumbre de la Tierra realizada en Río en 1992, toma mayor reconocimiento internacional el hecho de que la protección del medio ambiente y la administración de los recursos naturales deben integrarse en las cuestiones socio-económicas. En este encuentro quedó demostrado que las necesidades sociales, medio ambientales y económicas deben equilibrarse unas a otras para obtener resultados sostenibles a largo plazo. Uno de los principales acuerdos firmados fue la Agenda XXI, la cual en su Capítulo 21 trata y habla sobre el manejo ecológicamente racional de los residuos sólidos. Este tema fue retomado y ampliado luego en la Cumbre de Johannesburgo en el año 2002, en la cual se plantearon diversos objetivos orientados a la promoción del uso sostenible de los recursos:

-Modificar la producción y consumo insostenible en el tiempo.

-Minimizar la generación de residuos.

-Maximizar la reutilización, el reciclado y su comerciabilidad.

-Ampliar el alcance de los servicios relacionados con los residuos.

-Implementar tecnologías de eliminación, tratamiento y disposición final ambientalmente adecuadas, que incluyan recuperación de energía.

-Aplicar tecnologías de Producción Limpia y Consumo Sustentable.

-Promover el avance en la investigación, experimentación, desarrollo e innovación tecnológica sobre el reciclado, abono orgánico y recuperación de energía.

-Insertar temas ambientales en la educación pública, incentivar la participación de la comunidad en la gestión de los residuos.

(12)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 12

con una efectiva preservación y protección ambiental que implica un uso racional de los recursos naturales, tanto renovables como no renovables” (ENGIRSU, 2005).

Sartor (2000, p. 38) menciona que: Los residuos urbanos son una expresión cultural que pone en relieve diferentes aspectos de una comunidad, (relación con el entorno, organización del territorio, cuestiones ética y estéticas comunitarias, etc.), su análisis demanda considerar a la ciudad como un sistema complejo, esta perspectiva teórica permite encontrar las conexiones entre el proceso de generación de residuos con otras variables como son los medios biofísico y construido, la tecnología y la producción, la organización social y la economía.

Surgimiento de la GIRSU 3.2.

La gestión de los residuos urbanos ha sido una responsabilidad originaria de los municipios, las modalidades de su gestión son variadas, sin embargo evidencian cambios positivos en la medida que aumenta la conciencia social sobre los problemas ambientales que generan y también por la importancia económica de su gestión en relación a la incidencia que ésta tiene en los presupuestos municipales. En la mayoría de los municipios pequeños de Argentina, como el que se estudiará, la recolección y transporte de los residuos hasta el lugar de tratamiento y disposición final, son servicios municipales; los recursos necesarios para ejecutarlos suelen ser contemplados específicamente en cada presupuesto municipal y complementados con un fondo provincial anual destinado al aspecto social de la gestión de los RSU, particularmente con el trabajo de los operadores informales. “En cambio, en las ciudades grandes se suele recurrir al sector privado o mixto, quedándose el municipio con una parte del servicio que, a la vez y ante contingencias, pueda cubrir emergencias aunque sea parcialmente” (ENGIRSU, 2005).

La GIRSU surge ante las limitaciones de los resultados de las gestiones tradicionales de los municipios, para brindar un servicio en relación a los residuos domiciliarios, así como el reconocimiento de la complejidad de las diferentes fuentes de residuos generados dentro de las ciudades. Ésta gestión comprende “un conjunto de operaciones que tienen por objeto dar a los residuos producidos en una zona, el destino y tratamiento adecuado, de una manera ambientalmente sustentable, técnica y económicamente factible y socialmente aceptable” (Ley Provincial 13.592 sobre la GIRSU). Por lo tanto las etapas de la gestión son:

generación, separación en origen, disposición inicial, recolección, transporte,

(13)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 13

Considerando lo dicho en los párrafos anteriores, se puede expresar que los municipios son los responsables directos de la gestión de los residuos en sus localidades (ya sea en una modalidad de gestión pública directa o por medio de una gestión privada, mediante cooperativas de trabajo o a través de licitaciones públicas), sin embargo dado el retraso en la mejora de la gestión de RSU y los crecientes problemas asociados a ello de las últimas décadas, se ha consolidado un marco político normativo en la materia, a nivel nacional y provincial, destinado a definir criterios mínimos de una gestión ambiental, social y económicamente sustentable. Desde el 2005 a nivel nacional, con el objeto de coordinar las políticas de gestión de los RSU se incorporó en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS), dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, la Estrategia Nacional para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (ENGIRSU); la misma estableció un marco de acción de pautas generales e incentivos, propuestas de acciones futuras que puedan acordarse con los niveles provinciales y municipales, sin dejar de dar participación a los sectores involucrados, tales como, Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y otras organizaciones sociales, instituciones científicas, académicas y profesionales, operadores privados y demás entes relacionados al manejo de los RSU (ENGIRSU, 2005).

La Estrategia Nacional se ha conformado dentro de un marco conceptual mencionado a continuación:

-Garantía de la salud pública y la calidad de vida.

-Desarrollo sostenible.

-Marco legal e institucional.

-GIRSU.

-Minimización y valoración de los RSU.

-Identificación de opciones jerárquicas.

-Regionalización de la GIRSU.

-Mitigación del cambio climático.

-Formación y capacitación de los recursos humanos.

(14)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 14

-Incremento de la actividad económica.

Complementariamente a esta Estrategia Nacional, en la Provincia de Buenos Aires el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) brinda un documento educativo2 sobre la GIRSU destinado a concientizar a la comunidad.

Así mismo el avance en la legislación vigente en cuanto al tema de los RSU, establece la obligatoriedad de su disposición final controlada y monitoreada para cumplir con estándares y límites establecidos en el marco normativo. A pesar de la notoria evolución todavía queda mucho por revisar, plantear e implementar respecto al manejo de los residuos.

Principios de la GIRSU 3.2.1.

La GIRSU establece el reconocimiento de los siguientes criterios:

Reducir el consumo. Reducir la cantidad de residuos generado, ya sea en la compra de productos con menos envoltorios, reemplazando envases usuales por repuestos más eco eficientes, con menos plástico, etc. Esto no significa dejar de producir o consumir sino hacerlo racionalmente y conscientes de que el exceso de envases o “packaging” así como el uso de productos descartables es un factor sumamente agravante para el problema de los residuos. La primera acción aconsejable es, entonces, modificar el comportamiento de los consumidores.

Reutilizar. Reusar los materiales aprovechándolos para nuevos usos extendiendo así su vida útil. Es recomendable usar una y otra vez algunos productos como las bolsas del supermercado, muebles, juguetes, envases de plástico, etc. Sin embargo, estos incentivos al reúso deben alertar sobre el cuidado en no utilizar envases que hayan contenido elementos tóxicos como combustibles, insecticidas, etc., para almacenar productos que después sean consumidos y también ser cuidadosos en no verter productos que puedan reaccionar con los que se contenían anteriormente en ese envase.

Reciclar. Reciclar los residuos que pueden ser recuperables para darle otro uso o para aprovechar una parte en particular del producto. Para ello se procede en primer lugar a la separación y clasificación de los materiales para convertirlos en nuevas materias primas.

2

(15)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 15

Revalorizar. Revalorizar utilizando como insumo en los procesos de fabricación los materiales recuperados de los RSU. Esta etapa final de transformación tiene dos aspectos positivos, en primer lugar evita que parte de los residuos sean enviados a disposición final y en segundo lugar sustituyen materiales que son extraídos del medioambiente. “Resulta fundamental crear y difundir reglamentaciones y ejercer el control para el adecuado uso de estas materias primas recicladas” (ENGIRSU, 2005).

A los criterios descriptos anteriormente se los denomina las 4 R, cuya implementación generaría beneficios ambientales tales como la preservación de los recursos, ahorro de energía en la fabricación de productos con materia reciclada, disminución de la posibilidad de contaminación y reducción de los residuos a disponer incrementando la vida útil de las celdas en los rellenos sanitarias. También una gestión adecuada de los residuos impacta positivamente en aspectos sociales como puede ser la generación de empleo, creación de cultura ambiental y solidaridad hacia las próximas generaciones y por último, los económicos, “La recuperación de materiales a través del reciclaje permite la obtención de materia prima de muy buena calidad a menor costo con un alto porcentaje de ahorro de energía” (ENGIRSU, 2005).

Clasificación de los residuos orgánicos e inorgánicos 3.3.

En el presente trabajo se mencionarán sólo los RSU domiciliarios, que son los que se producen en los hogares o aquellos generados en los centros urbanos, en actividades tales como de trabajo, de educación y comercios que generalmente tienen características similares. Para su clasificación se los considerará en dos categorías básicas, orgánicos e inorgánicos, aunque algunos materiales de estos últimos también podrían clasificarse inertes según se describe en un documento destinado a la educación ambiental realizado por el OPDS3:

- Orgánicos: restos de materiales resultantes de la elaboración de comidas, así como sus restos vegetales y animales (huesos, verduras, frutas, cáscaras). Residuos de la limpieza de jardines. Residuos de poda, de arbolado urbano, parques y plazas. Se caracterizan por descomponerse rápidamente, con fuertes olores, y son fuente de proliferación bacteriana.

3

(16)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 16

- Inorgánicos: restos de elementos que no son fruto directo de la naturaleza sino de la industrialización de recursos naturales (plástico, vidrio, cartón y papeles, metales, latas, envases de tetrapack, textiles e inertes). Provienen mayormente del desperdicio de envases y embalajes característicos de la presentación de productos comerciales. Su degradación puede llevar años. Integran la cadena de comercialización y reciclaje.

Tratamiento de la fracción orgánica 3.3.1.

En las localidades pequeñas y medianas con tipologías de viviendas unifamiliares y disposición de patios es más factible impulsar en la comunidad, la recuperación de la fracción orgánica de la basura que puede transformarse en compost o un mejorador de suelo natural. Esta transformación se puede llevar a cabo en cualquier casa mediante un compostador4 o simplemente disponiéndolos directamente sobre la tierra, formando una pila o dentro de un pozo, sin ningún tipo de mecanismo, ningún motor ni gasto de mantenimiento.

Según el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) se consiguen varios beneficios utilizando un compostador domiciliario, algunos de ellos son individuales y otros a nivel colectivo, que a continuación se mencionan:

Beneficios individuales:

-Se obtiene una enmienda útil para las plantas de los jardines, huertas y balcones, ya que mejora la vida del suelo.

-Disminuye la necesidad de comprar fertilizantes químicos y abonos.

-Se fomenta una conciencia del reciclaje y aprovechamiento de los residuos que producimos.

-Es compatible con las actividades del hogar actual.

Beneficios colectivos:

4

(17)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 17

-Permite reducir la frecuencia de recolección de residuos ya que los materiales secos se pueden acopiar por más tiempo en el hogar.

-Se minimizan las inversiones en personal y camiones recolectores de residuos y plantas de tratamiento a gran escala para la producción de compost.

-Se reduce la generación de lixiviados en el sitio de disposición final de residuos, y en consecuencia la posibilidad de proliferación de agentes patógenos, ratas y animales.

-Se reducen las emisiones de Gases con Efecto Invernadero (GEI), en especial de metano, en los sitios de disposición final.

-Se ahorra energía para recolectar, tratar y disponer los residuos.

-Se usa menos suelo para la disposición final de residuos

También la elaboración de compost puede convertirse en una alternativa de tratamiento de la fracción orgánica a nivel municipal que minimiza la cantidad de residuos a disponer en los rellenos sanitarios.

El proceso de compostaje puede complementarse con lombricultura, biotecnología que utiliza las lombrices del grupo de las rojas (Eisenia foetida) para realizar este proceso de transformación final.

Con los residuos compostados se construyen camas en las que se colocan las lombrices durante 2 meses aproximadamente. Las lombrices ingieren el compost y luego de pasarlos por su tracto digestivo lo excretan, siendo este el fertilizante orgánico de mayor importancia en el reino vegetal (Röben, 2002).

El humus de lombriz es una sustancia inodora, muy parecida a la borra del café en cuanto a su aspecto externo, y en comparación a fertilizantes químicos, la presencia de nitrógeno, potasio, fósforo y calcio en su composición interna es cinco veces superior (Röben, 2002). Luego ese compost podría ser una opción de intercambio5 por cierta cantidad de kilogramos de residuos reciclables en eventos planificados para tal fin.

Actualmente, otra de las propuestas para tratar los residuos orgánicos a nivel municipal o incluso en localidades pequeñas, donde hay un fuerte desarrollo agropecuario y/o

5

Ya que según la Resolución 264/11 aprobada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) no se acepta la inscripción de compost elaborados en base a residuos urbanos para su

(18)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 18

agroindustrial, es la generación de biogás6 mediante una planta de tratamiento que puede abastecerse con los subproductos y residuos que se generan en estas actividades, y generar energía las 24 horas del día. Además pueden utilizarse como materia prima los restos orgánicos domiciliarios de la zona donde se instalen y así permitir una disminución de los residuos que se disponen en los rellenos sanitarios permitiendo un aumento en su vida útil (Gruber, S.; Hilbert, J. y Scheimberg, S., 2010). Este tipo de tratamiento permite cuidar el medio ambiente y bajar el efecto invernadero, es por ello que está siendo promovido desde el gobierno como una de las opciones del siglo XXI para generar energía limpia mediante la utilización de los residuos que para algunas actividades y municipios, a veces, es una gestión engorrosa.

Tratamiento de la fracción inorgánica 3.3.2.

Para el tratamiento de la fracción inorgánica, se incentiva la selección y recuperación de la mayor cantidad posible de materiales, que puedan ser incorporados posteriormente a un nuevo ciclo productivo. Esta actividad normalmente se desarrolla en plantas de separación de los RSU, sin embargo también el trabajo de los operadores informales de los residuos favorece la recuperación de fracciones con valor comercial y por lo tanto con posibilidades de ser reinsertos en el ciclo productivo.

La recuperación y transformación de materiales provenientes de residuos promueve y tiende a minimizar la fracción de desecho destinada a la disposición final.Por otro lado aquellos que no se encuentren en condiciones o que no sean comercializables se dispondrán en rellenos sanitarios.

Los materiales más comunes en la Argentina con posibilidades de comercializarse son, el vidrio, papel y cartón, metales, plásticos, etc.

3.3.2.1. Disposición final de la fracción inorgánica no recuperable

6

El biogás es un producto de la digestión anaeróbica, que se genera a través de la actividad de bacterias metanogenas. Las condiciones anaeróbicas ocurren solamente en ausencia de oxígeno.

Para reproducir estas condiciones se emplean plantas de biogás o biodigestores como unidades bien cerradas, una laguna cubierta o un silo de hormigón con techo de lona o de membrana” (Gruber, S.; Hilbert, J. y

(19)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 19

Los rellenos sanitarios son la tecnología propuesta para disponer en forma segura la fracción no recuperable de los RSU. Las diversas tecnologías utilizadas para su construcción tienen como objetivo controlar y reducir los impactos negativos de los residuos en el medio ambiente.

Los residuos dispuestos de esta forma sufren una serie de transformaciones químicas, físicas y biológicas, produciendo la descomposición de los mismos y generando lixiviados y gases de diferente naturaleza dependiendo de la composición de los materiales. Por este motivo, tanto los líquidos lixiviados como los gases deberán captarse y tener un control periódico para evitar que afecten la salud de las poblaciones cercanas, reducir la posibilidad de contaminación de las napas y olores molestos (Agüero, 2014).

Efectos sanitarios y ambientales asociados a los residuos 3.4.

Los RSU constituyen una importante fuente de contaminación sanitaria y ambiental que pueden afectar directa e indirectamente el bienestar y calidad de vida de las personas y el ambiente. “Los riesgos directos son aquellos que atentan contra la salud de las personas, los riesgos indirectos constituidos por los vectores de enfermedades, y sobre los efectos ambientales que ocasionan deterioro paisajístico y algún tipo de contaminación” (Sakurai, 1980).

Una forma de degradación de los ambientes suele ser aquella causada por la acumulación de residuos dispuestos inadecuadamente en la periferia de las ciudades, donde los camiones recolectores no suelen llegar con el recorrido programado y donde los controles disminuyen. Entre los riesgos ambientales se encuentra la contaminación de napas, arroyos, suelo, aire con olores nauseabundos y quema de residuos.

(20)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 20

Enfermedades asociadas a la mala disposición de residuos 3.4.1.

“En particular las personas que viven y/o trabajan en contacto directo con basurales pueden sufrir problemas de salud y/o contraer algunas enfermedades como asma, cáncer infanto/juvenil, disrupción endocrina y problemas de neurodesarrollo entre otras no de menor importancia pero menos conocidas” (Correa Lilian, 2011). La transmisión de las mismas pueden ser causadas por los siguientes vectores: moscas, mosquitos, ratas, cucarachas, cerdos domésticos, víboras, alacranes, escorpiones, pulgas, chinches y gusanos.

(21)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 21 Marco Jurídico

4.

A continuación se identifican los aspectos relevantes de la normativa que está vinculada con la gestión sustentable de los residuos.

A Nivel Nacional 4.1.

-Constitución Nacional de la República Argentina (1994). El Artículo 41 establece que:

“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las actividades presentes sin comprometer

las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará

prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.

Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos

naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la

información y educación ambientales.

Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y

a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones

locales.

Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”.

El mismo hace referencia al derecho a vivir en un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades de las generaciones presentes y futuras, asimismo tenemos el deber de preservarlo. Es el marco constitucional que sustenta todas las leyes nacionales y provinciales en materia ambiental, en particular sobre la gestión de los residuos.

-Ley 20.466/73 sobre Fiscalización de Fertilizantes y Enmiendas, en su Artículo 1 menciona que: “Se regirá por lo dispuesto en la presente Ley y su reglamentación, el contralor de la elaboración, importación, exportación, tenencia, fraccionamiento, distribución y venta de fertilizantes y

enmiendas, en todo el territorio de la República, a los efectos de asegurar al usuario la bondad y

(22)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 22

-Decreto reglamentario 4.830/73 en su Artículo 1 establece que el Órgano de Aplicación de la Ley sobre Fiscalización de Fertilizantes y Enmiendas será el Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Además en dos de sus artículos hace una diferencia entre lo que se considera fertilizante y enmienda. En su Artículo 3 menciona que: “Se considera fertilizante a toda sustancia o mezcla de sustancias que incorporada al suelo o aplicada sobre la parte aérea de las plantas, suministre el o los

elementos que requieren los vegetales para su nutrición, con el propósito de estimular su crecimiento,

aumentar su productividad y mejorar la calidad de las cosechas. Estas sustancias podrán ser de

carácter animal u orgánico y deberán contener elementos nutrientes primarios: Nitrógeno, fósforo o

potasio, o elementos nutrientes secundarios: Calcio, magnesio o azufre o elementos menores o

micronutrientes: Boro, cinc, cobre, hierro, molibdeno, manganeso, etc., susceptibles de ser aplicadas

en forma capaz de ser asimiladas por los vegetales. Con la denominación "fertilizante simple" se

considera a aquel constituido por una sola sustancia aunque ésta posea uno o más elementos

nutrientes en su molécula. Con la denominación de "fertilizantes compuestos" se considera a la

mezcla de dos (2) o más fertilizantes simples. Con la denominación de "fertilizante foliar" se

consideran aquellas sustancias o mezclas de sustancias solubles en agua que posean elementos

nutrientes susceptibles de ser asimiladas y que se apliquen directamente sobre la parte aérea de los vegetales”.

Y en su Artículo 4: “Se considera enmienda a toda sustancia o mezcla de sustancias de carácter mineral u orgánico, que incorporado al suelo modifique favorablemente sus caracteres físicos o físico

químico sin tener en cuenta su valor como fertilizante, como ser: yeso, cales, azufre, dolomita, turba y

toda otra sustancia o mezcla, que el Ministerio de Agricultura y Ganadería considere apropiado

incluirla en esta denominación”.

Este Decreto reglamentario da a conocer el Órgano de Aplicación que se encargará de los controles sobre el cumplimiento de los estándares y requisitos que deban cumplir los fertilizantes y enmiendas que se comercialicen, como así también de aquellas personas que se inscriban y elaboren, importen o fraccionen este producto.

-Decreto 1.624/80 sustituye el texto de los artículos 3°, 4°, 5°, 8°, 9°, 12, 21 y 23 del Decreto N° 4.830. El principal cambio que se hace en el Artículo 3 es la clasificación de los distintos tipos de fertilizantes, se considerarán de la siguiente manera:

“a) Simples: son aquellos constituidos por una sola sustancia aunque ésta posea uno o más

elementos nutrientes.

(23)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 23

c) Biológicos simbióticos: son aquellos que contienen organismos viables que deben

asociarse en forma íntima con otros organismos vivos para ejercer su acción.

d) Biológicos asimbióticos: son los que contienen organismos viables que ejercen su acción

sin asociarse a otro organismo vivo.

e) Biológicos mixtos: contienen fertilizantes biológicos, simbióticos y asimbióticos.

f) Foliares: Productos que contengan sustancias fertilizantes solubles en agua, susceptibles de ser asimiladas por la parte aérea de los vegetales”.

Por otra parte en su Artículo 4 “Se considera enmienda a toda sustancia o mezcla de sustancias de carácter inorgánico, orgánico o biológico que incorporada al suelo modifique favorablemente sus

caracteres físicos, físicoquímicos, químicos o biológicos, sin tener en cuenta su valor como

fertilizantes. Se considera dentro de esta definición a los acondicionadores ya sea de acción física o

biológica. El organismo de aplicación, a través de su servicio especializado, incluirá en la denominación de enmienda, a los productos que considere apropiados”.

Mediante las modificaciones de este Decreto se busca enriquecer y detallar algunos aspectos del anterior.

-Resolución 264/11 el SENASA resuelve aprobar el “Reglamento para el registro de fertilizantes, enmiendas, sustratos, acondicionadores, protectores y materias primas en la República Argentina”; el cual en su Anexo I, Capítulo 3 sobre el Registro de Productos, en la parte de enmiendas orgánicas (compost y lombricompuestos) menciona que: “No se acepta la inscripción de compost elaborados en base a residuos urbanos”. Los condicionamientos fijados por la normativa nacional son de gran complejidad y con parámetros estrictos de cumplimiento, generando que en su aplicación, la mayoría de las ecoplantas, como por ejemplo la de General Daniel Cerri, no sean capaces de generar compost comercializable para las góndolas de los mercados.

-Ley 24.051/92 de Residuos Peligrosos: toma en cuenta la generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos, es decir, desde que se producen hasta su disposición final. En su artículo 2 menciona: “Será considerado peligroso, a los efectos de esta ley, todo residuo7 que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos

o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general. Asimismo deja excluidos a los

7

(24)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 24

residuos domiciliarios, los radioactivos y los generados de la actividad normal de los buques, los cuales se regirán por leyes especiales”.

En el artículo 3 se prohíbe la importación, introducción y transporte de todo tipo de residuos provenientes de otros países al territorio o al espacio marítimo o aéreo, extendiéndose también a los residuos nucleares.

Esta ley es una norma que constituye la legislación máxima sobre la temática, toda provincia o municipio en el área de su competencia deberá dictar normas de igual naturaleza para el tratamiento de los residuos peligrosos.

-Ley 25.675/02 General del Ambiente establece: “Presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica

y la implementación del desarrollo sustentable. Principios de la política ambiental. Presupuesto

mínimo. Competencia judicial. Instrumentos de política y gestión. Ordenamiento ambiental.

Evaluación de impacto ambiental. Educación e información. Participación ciudadana. Seguro

ambiental y fondo de restauración. Sistema Federal Ambiental. Ratificación de acuerdos federales. Autogestión. Daño ambiental. Fondo de Compensación Ambiental”.

Es una Ley marco de presupuestos mínimos que debe ajustarse a normas específicas, constituye la base legislativa común para todo el territorio nacional.

-Ley 25.916/04 sobre Gestión de Residuos Sólidos Domiciliarios establece: “Presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios. Disposiciones

generales. Autoridades competentes. Generación y Disposición inicial. Recolección y Transporte.

Tratamiento, Transferencia y Disposición final. Coordinación interjurisdiccional. Autoridad de aplicación. Infracciones y sanciones. Disposiciones complementarias”.

Al igual que la anterior es una norma de presupuestos mínimos que constituye la legislación básica de umbral sobre la temática.

-Ley 27.279/16 de Productos Fitosanitarios establece en su Capítulo I:

“ARTÍCULO 1° — La presente ley establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para

la gestión de los envases vacíos de fitosanitarios, en virtud de la toxicidad del producto que

contuvieron, requiriendo una gestión diferenciada y condicionada.

ARTÍCULO 2° — Quedan comprendidos en los alcances de la presente ley todos los envases vacíos

de fitosanitarios utilizados en el territorio nacional, los que deberán ingresar a un Sistema de Gestión

Integral de Envases Vacíos de Fitosanitarios de acuerdo a los lineamientos establecidos en el

(25)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 25

ARTÍCULO 3° — Son objetivos de la presente ley:

a) Garantizar que la gestión integral de los envases vacíos sea efectuada de un modo que no

afecte a la salud de las personas ni al ambiente.

b) Asegurar que el material recuperado de los envases que hayan contenido fitosanitarios no

sea empleado en usos que puedan implicar riesgos para la salud humana o animal, o tener efectos

negativos sobre el ambiente.

c) Mejorar la eficacia de la gestión, considerando las estructuras y métodos preexistentes en

cada jurisdicción, de conformidad con el principio de progresividad.

d) Dinamizar el procedimiento administrativo para el registro y autorización de los sujetos

comprendidos en la presente ley.

e) Establecer y definir las diferentes etapas y eslabones comprendidos en la gestión integral

de los envases vacíos de fitosanitarios”.

Esta Ley marco de presupuestos mínimos establece los lineamientos básicos de cómo se debe ejecutar una correcta gestión integrada de los envases vacíos de fitosanitarios, asegurando la adecuada disposición y tratamiento de los mismos luego de su utilización.

A Nivel Provincial 4.2.

-Constitución Provincial de Buenos Aires (1994). El Artículo 28 establece que:

“Los habitantes de la Provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de

conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras.

La Provincia ejerce el dominio eminente sobre el ambiente y los recursos naturales de su territorio

incluyendo el subsuelo y el espacio aéreo correspondiente, el mar territorial y su lecho, la plataforma

continental y los recursos naturales de la zona económica exclusiva, con el fin de asegurar una

gestión ambientalmente adecuada.

En materia ecológica deberá preservar, recuperar y conservar los recursos naturales, renovables y no

renovables del territorio de la Provincia; planificar el aprovechamiento racional de los mismos;

controlar el impacto ambiental de todas las actividades que perjudiquen al ecosistema; promover

acciones que eviten la contaminación del aire, agua y suelo; prohibir el ingreso en el territorio de

residuos tóxicos o radiactivos; y garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a

(26)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 26

Asimismo, asegurará políticas de conservación y recuperación de la calidad del agua, aire y suelo

compatible con la exigencia de mantener su integridad física y su capacidad productiva, y el

resguardo de áreas de importancia ecológica, de la flora y la fauna.

Toda persona física o jurídica cuya acción u omisión pueda degradar el ambiente está obligada a tomar todas las precauciones para evitarlo”.

Este artículo hace mención a que los habitantes de la Provincia de Buenos Aires tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo.

-Ley 10.699/88 de Agroquímicos establece que: “Son objetivos de la misma la protección de la salud humana, los recursos naturales y la producción agrícola a través de la correcta y racional

utilización de los productos mencionados en el artículo 2°, como así también evitar la contaminación

de los alimentos y del medio ambiente”. Esta Ley es la normativa más antigua referida a la utilización de agroquímicos a nivel provincial.

-Ley 11.723/95 de Medio Ambiente establece que el Estado Provincial garantiza a todos los habitantes de Buenos Aires el derecho a gozar de un ambiente sano y adecuado para el desarrollo armónico de la persona; al igual que la posibilidad de solicitar a las autoridades la adopción de medidas para que se garantice el derecho al ambiente sano y adecuado, o a denunciar su incumplimiento. Asimismo el deber de proteger, conservar y mejorar el medio ambiente y de abstenerse a realizar acciones u obras que pudieran tener consecuencias negativas sobre el mismo. Esta Ley amplia y/o detalla lo que se menciona en el Artículo 28 de la Constitución Provincial, respecto a los derechos, garantías y deberes que poseen los habitantes de Buenos Aires en cuanto a la gestión del entorno en el que viven.

-Ley 11.720/95 de Residuos Especiales establece: “La generación, manipulación,

almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de residuos especiales en el territorio de

la Provincia de Buenos Aires, quedan sujetos a las disposiciones de la presente Ley”. Esta Ley enmarca las competencias a las que quedan sujetos todos aquellos generadores y transportistas de Residuos Especiales dentro de la Provincia de Buenos Aires, ya que esta no adhirió a la ley Nacional 24.051 de Residuos Peligrosos

-Ley 13.592/06 de GIRSU en su capítulo I menciona: “ARTICULO 1. La presente Ley tiene como objeto fijar los procedimientos de gestión de los residuos sólidos urbanos, de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Nacional Nº 25.916 de “presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios”. ARTICULO 2. A los efectos de la presente Ley, se

(27)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 27

1. Residuos Sólidos Urbanos: Son aquellos elementos, objetos o sustancias generados y desechados

producto de actividades realizadas en los núcleos urbanos y rurales, comprendiendo aquellos cuyo

origen sea doméstico, comercial, institucional, asistencial e industrial no especial asimilable a los

residuos domiciliarios. Quedan excluidos del régimen de la presente Ley aquellos residuos que se encuentran regulados por las Leyes N°: 11.347 (residuos patogénicos, excepto los residuos tipo “A”),

11.720 (residuos especiales), y los residuos radioactivos.

2. Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos: Conjunto de operaciones que tienen por objeto dar

a los residuos producidos en una zona, el destino y tratamiento adecuado, de una manera

ambientalmente sustentable, técnica y económicamente factible y socialmente aceptable. La gestión

integral comprende las siguientes etapas: generación, disposición inicial, recolección, transporte, almacenamiento, planta de transferencia, tratamiento y/o procesamiento y disposición final”.

-Decreto 1215/10, reglamentario de la Ley 13.592: Fija los lineamientos del Programa Básico Preliminar y del Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (PGIRSU), pautando sus contenidos mínimos en el Apéndice del mismo, y autorizando a la Autoridad de Aplicación a la ampliación, modificación o incorporación de nuevos contenidos para los PGIRSU.

Así mismo, la Resolución N° 40/11 establece el procedimiento establecido para la presentación del programa básico preliminar y para el programa de gestión integral de residuos sólidos urbanos fijados en el Decreto 1215/10 reglamentario de la Ley 13.592.

-Resolución 327/17 de Envases vacíos de Fitosanitarios y Domisanitarios resuelve: “ARTÍCULO 1º. Establecer que la gestión diferencial de los envases vacíos de fitosanitarios y domisanitarios, se regirá conforme lo establecido en la presente resolución.

ARTÍCULO 2°. Prohibir el abandono, vertido, quema en el campo, entierro o reutilización para un fin

para el cual no fue creado, de los envases de fitosanitarios y domisanitarios vacíos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires”.

Esta Resolución se dictó en el marco de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental en la Gestión de Envases Vacíos de Productos Fitosanitarios N° 27.279 y considerando las dos normativas provinciales referidas a este tema, Ley N° 10.699 y 11.720 citadas anteriormente.

(28)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 28

seguridad del Estado Nacional y/o Provincial, así como los provenientes de aparatos nucleares, de

productos militares, armas, municiones, material de guerra, o que hayan estado en contacto con

residuos patogénicos”. La misma tiene por objetivo “prevenir la generación de RAEEs; así como fomentar la reutilización, el reciclado, valorización y reducción del impacto ambiental de los RAEEs”

en todo el territorio provincial.

-Ley 14.343/11 sobre Pasivos Ambientales que tiene por objetivo regular la identificación de los mismos en la Provincia de Buenos Aires, y “la obligación de recomponer sitios contaminados o áreas con riesgo para la salud de la población, con el propósito de mitigar los impactos negativos en

el ambiente”. Esta ley entiende por pasivo ambiental “al conjunto de los daños ambientales, en términos de contaminación del agua, del suelo, del aire, del deterioro de los recursos naturales y de

los ecosistemas, producidos por cualquier tipo de actividad pública o privada, durante su

funcionamiento ordinario o por hechos imprevistos a lo largo de su historia, que constituyan un riesgo

permanente y/o potencial para la salud de la población, el ecosistema circundante y la propiedad, y que haya sido abandonado por el responsable”.

-Decreto 148/11, reglamentario de la ley 14.343/11, hace algunas observaciones referidas a los artículos 6, 24 y 25 de la misma.

En lo que respecta a la GIRSU como se puede ver, se ha avanzado en la temática y se cuenta con una Ley Provincial de la cual se desprende el Decreto reglamentario y la Resolución que establecen los lineamientos básicos, sin que ello aún se refleje en la mayoría de los municipios.

Este marco jurídico tiene como antecedente de regulación en materia de residuos domiciliarios para algunos Partidos de la Provincia de Buenos Aires el Decreto Ley N° 9.111/78 que obligaba a disponer los residuos mediante el sistema de relleno sanitario, llevado a cabo por el Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado (C.E.A.M.S.E.) y la posterior Resolución N° 1143/02 que establece: “Que la disposición final de residuos sólidos urbanos en rellenos sanitarios, por sus características o actividad biológica, puede

afectar directa o indirectamente a los seres vivos y causar contaminación de los recursos suelo, agua o aire;

Que resulta imprescindible normatizar los recaudos mínimos a cumplimentar en las plantas de

disposición de tales residuos, exceptuando las comprendidas por el Decreto Ley Nº 9.111/78,

estableciendo un tratamiento diferencial en función de la carga diaria a disponer;

(29)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 29

Aunque este Decreto, trata de regular la gestión de los residuos del conurbano, es el primer antecedente normativo que reconoce la necesidad de controlar el modo de gestión de los mismos y la necesidad de incorporar tecnología que evite contaminar agua, suelo o aire.

A Nivel Municipal 4.3.

-Decreto8 N° 117/98 en su Artículo 2° menciona que: “todos los títulos que abarca el presente artículo serán sancionados con multas en que se tomará como mínimo aplicable, un módulo que será

igual al sueldo básico neto del ingresante al agrupamiento obrero y como máximo aplicable hasta

cincuenta (50) de dichos módulos. Su primer Título sobre Higiene, cita en el ítem 1) Por arrojar en la

vía pública y/o lugares no autorizados residuos de cualquier naturaleza que sean, aguas servidas, escombros o tierra. Y por mantener baldíos en condiciones inadecuadas de higiene”.

Este Decreto se aplicaba también para los RSU que eran arrojados en caminos vecinales, baldíos o en la vía pública, ya que no había una normativa a nivel municipal específica para la temática. La misma se aplicaba en primera instancia dándole aviso a la persona, de que según este Decreto está prohibido arrojar residuos de cualquier naturaleza en lugares no autorizados por el municipio, en segunda instancia en caso de que se repita la acción se lo multaba a través del valor monetario que fue mencionado anteriormente.

-Ordenanza9 N° 2569/13 “Prohibición de entrega de bolsas tipo camiseta no biodegradable y biodegradables en el Partido de Villarino”. Esta Ordenanza prohíbe la entrega de bolsas tipo camisetas no biodegradables y biodegradables en todos los supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general, para contener las mercaderías adquiridas por sus clientes, en el plazo de 12 meses a partir de que entra en vigencia la misma.

-Ordenanza N° 2691/14 modificatoria de Ordenanza Nº 2569/13 “Prohibición de entrega de bolsas tipo camiseta no biodegradable en el Partido de Villarino”. La misma se diferencia de la anterior porque reemplaza la prohibición de entrega de bolsas tipo camisetas no biodegradables y biodegradables en todos los supermercados, autoservicios, almacenes y comercios en general del Partido de Villarino, por la sola prohibición de bolsas tipo camiseta no biodegradables. Dicha bolsa deberá remplazarse por contenedores de material degradable y/o biodegradable que resulten compatibles con la minimización de impacto ambiental en los plazos establecidos anteriormente.

8

Se adjunta en el Anexo I.

9

(30)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 30

-Ordenanza N° 2826/16 “referente a declaración de emergencia Económica, Financiera, Administrativa, Ambiental y en Seguridad en el Partido de Villarino por el plazo de ciento ochenta

(180) días”. En la misma se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar todas las herramientas financieras y administrativas necesarias para afrontar la emergencia dispuesta en la presente.

-Ordenanza N° 2935/16 referente a reglamentar la venta de productos clasificados en las Plantas de RSU de nuestro Distrito.

“En su Artículo 2°: Autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar la venta de los materiales separados

y clasificados en las diferentes Plantas de Residuos Sólidos Urbanos (Plantas de RSU) del Distrito de

Villarino.

En el Artículo 4°: Dispone el 50 % del producido de la venta para Instituciones de Bien Público del

Distrito declaradas por el Municipio, cuya finalidad sea la producción de bienes y/o servicios realizada

por personas con discapacidad física y/o mental, siendo su objeto de interés social; debiendo

afectarse el porcentaje de cada Planta RSU a instituciones de su zona, distinguiéndose entre Zona

Sur y Zona Norte.

Y en su Artículo 5°: Dispone el 50 % del producido de la venta para el mantenimiento y mejoras de las Plantas de Residuos Sólidos Urbanos”.

La misma permite que los materiales recuperados en las dos plantas de separación del Distrito puedan ser vendidos. Parte de la ganancia de los mismos se utiliza en parte para el mantenimiento de las instalaciones, y por otro lado, la otra mitad se destina para ayudar económicamente a instituciones que son elegidas anualmente en ambas zonas del Partido.

-Ordenanza N° 3057/17 referente a la GIRSU en el Partido de Villarino. En su Artículo 1° menciona que la presente, “tiene por objeto garantizar la protección del medio ambiente y la preservación de la salud humana mediante un adecuado y racional manejo de los Residuos Sólidos

Urbanos, y la incorporación de estrategias y tecnologías de tratamiento tendientes a su recuperación

de forma sustentable en el Partido de Villarino”. En el Anexo I se podrá observar en detalle.

(31)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 31

(32)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 32 Metodología

5.

Unidad de análisis 5.1.

Este trabajo abarcará las etapas de gestión de RSU y plantas de tratamiento para cada una de las localidades del Partido de Villarino, a lo largo del periodo 2000-2017 y su interrelación con los subsistemas: natural, sociocultural, tecnológico, económico-productivo e institucional.

Variables centrales 5.2.

A continuación se muestran las variables centrales con sus respectivos indicadores de estudio que se consideraron para cada una de las localidades relevadas y para el análisis de las dos Plantas de separación y disposición final (una sobre Zona Sur en la Ruta Nacional N°3 y otra sobre Zona Norte en la Ruta Nacional N°22).

Las variables centrales para cada una de las localidades con sus respectivos indicadores son las siguientes:

Generación:

-Cantidad de habitantes

-Cantidad aproximada de residuos (kg)

Recolección:

-Tipo de camión (volcador c/c y s/c)

-Cantidad de camiones por día

-Cantidad de días semanales que recolectan los residuos

-Tipo de gestión de recolección

Disposición:

-Localidades que llevan sus residuos a las plantas de separación y disposición final

-Cantidad de basurales a cielo abierto

Educación:

-Antecedentes de Programas educativos

(33)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 33

-Formas de Participación

-Medios de comunicación involucrados

Localidades por zonas:

-Zona Sur: Pedro Luro, Mayor Buratovich, Hilario Ascasubi, Colonia San Adolfo, Teniente Origone y Juan A. Pradere

-Zona Norte: Médanos, Juan Cousté, Argerich y Balneario Chapalcó

Por otro lado a continuación se detallan los indicadores y categorías considerados para las Plantas de Separación y Disposición Final de RSU:

-Cantidad de habitantes de los cuales se reciben residuos

-Cantidad aproximada de residuos que ingresan a las plantas

-Tipo de gestión (municipal, privada, cooperativa de trabajo o mixto)

-Cantidad de maquinarias dentro y fuera del galpón

-Cantidad de personas que trabajan en el lugar

-Condición laboral (formal o informal)

-Elementos de seguridad laboral

-Recursos presupuestarios

-Tipo de materiales separados

-Comercialización de la fracción recuperable

-Monitoreos ambientales

-Control de vectores

(34)

Téc. Nadia Misller P á g i n a| 34

Fuentes e instrumentos 5.3.

Como fuentes primarias de producción de información, se realizaron visitas a las localidades y a las instalaciones de las plantas de tratamiento de RSU de la Zona Sur y Norte del Partido, se utilizó la técnica de observación no participativa, pudiendo tomar fotografías de las actividades realizadas en ese momento.

Además entrevistó a informantes calificados y/o actores claves, en algunos casos con guiones semi estructurados previamente elaborados, algunos de los cuales fueron modificados en el momento según el interés y conocimiento demostrado por la persona entrevistada. En otros casos fueron entrevistas no estructuradas donde se buscó que el entrevistado se sienta libre y cómodo para hablar sobre el tema.

También se analizaron los recursos económicos municipales destinados y utilizados en el funcionamiento de las Plantas de Tratamiento a través del Presupuesto Municipal que facilitó el área de economía y finanzas del municipio. Luego de toda la información

recolectada se elaboraron las Matrices “Debilidades, Amenazas, Fortalezas y

Oportunidades” (DAFO) del sistema de gestión de RSU para las zonas Norte y Sur del Partido de Villarino. La metodología DAFO permite definir efectivamente que aspectos pueden mejorarse y cuales factores externos pueden dificultar una estrategia de mejora.

En la construcción de la matriz se realizó un análisis para evaluar la situación del sistema de gestión de RSU en general, a partir de describir primero las “Debilidades” consideradas como aquellas limitantes de la gestión interna que deben ser superadas. Así mismo se revisaron e identificaron las “Fortalezas” del sistema como aquellas condiciones positivas de capacidades, recursos y evolución de la propia gestión.

Esta metodología, también incorpora el análisis de las “Amenazas” que para la gestión de los residuos pueden impedir o limitar los procesos que se propongan. Así mismo la matriz identifica las “Oportunidades” que pueden suponer una posibilidad o ventaja externa que facilite la implementación de mejoras futuras (Gil Zafra, 2001 citado en Villasante T.; Serrano M. y Gutiérrez P., 2001, p. 123).

Referencias

Documento similar