CONSEJO DE LAUI1IVEESIDAD. 357
EN CIENCIAS SAGRADAS.
Ascticos
Biblias, ehistoria
sagrada
HistoriaeclesisticaOratoria
sagrada,
predicables
Teoloja escolstica, dogmtica
i moral ....Total 305
IX.
Veinte volmenes se ha encuadernado en este mes, dos de ellos son nuevos para los
catlogos
del establecimiento.Santiago,
31 de mayo de 1867.El Bibliotecario.CONSEJO DE LA UNIVERSIDAD.Actas de las sesiones celebradasen este mes.
Sesin de
4de
mayode
186?
Seabri
presidida
por el seor vice-Rector don Jos ManuelOrrego
con asistencia de losseoresVial, Santa-Maria, Blest,
Demeyko,
Barros Arana i del Secretario.Leida i
aprobada
el acta de la sesin de 27 de abrilltimo,
el seor Vice-Rector confiri elgrado
de Bachiller en Humanidades a don Manuel RamnAguirre,
don JosSantiago
Vera,
don AlbertoZcnteno,
don Marcos Florn LaTapia
i don .Manuel DavidMartnez,
a todos los cuales se entreg
elcorrespondiente diploma.
En seguida el
Injeniero
Jegtafo
don JustinianoSotomoyor
Guznian,
encumplimiento
de un supremo decreto trascrito por el seor Ministro de Instruccinpblica, prest
eljuramento
de buendesempeo
en elejercicio,
de suprofesin.
Despus,
se dio cuenta:1." De un olicio del Rector del Liceo de
Valparaso
enque comunica que lauto l como elConsejo
deprofesores
han resuelto observar en to das suspartes
lasdisposiciones
de la circular de 1." de marzoprximo
pasado,
referente al mtodo que ha deseguirse
en la enseanza de las Humanidades. El mismo Rector agrega que el referidoConsejo
lia deter minado asimismo tener reunionesperidicas
con elobjeto
de discutir al gunasmejoras
quepueden
introducirse en losestudios,
i celebrar conferen cias sobrealgunas
materiassujetas
a controversiasa fui de uniformar la enseanza. Se mand archivar.2. De una solicitud de don Federico Castro para que se
apnubj
como 1715 o 5 2 1
-'S ANALES.MAYODE 18(37.
testo de enseanza un
compendio
deJeografia
que ha redactado por encargo del Gobierno. Se mand pasar a la Facultad de Humanidades.
o.* De una solicitud del mismo seor Castro para que se le
permita
graduarse
de BachillerenLeyes
sin el examen de economapoltica
que dice no haberpodido
dar por laocupacin
aque se refierela solicitud pre cedente, i por sus tareas deprofesor
del Instituto Nacional. Fu rechaza da unnimemente.1* De una solicitud de don Emilio Corvalan para quese conceda la
aprobacin
universitaria a una memoria titulada "La Resolucin de los Lritifiilosoblicungulos
reducida a ladescomposicin
deltringulo
en dosrectngulos,"'
a la cual acompaa un sistema deAnalojas
Binariasque el autor ha determinado valindose de la
comparacin
que existeentre los elementos constitutivos de untringulo oblicungulo;
i para que, sise le concede dicha
aprobacin,
la memoria seapublicada
en losAnales.Se mand pasar a la Facultad de Matemticas.
5. De una solicitud de don Francisco Herrera
Astorga
para que seapruebe
como texto de enseanza un iratado de tenedura de librosaplica
ble al comercio i alas oficinas fiscales imunicipales
que hacompuesto.
Se mand pasar ala
espresada
facultad.6.' De una cuenta
correspondiente
alprimer
cuatrimestre de este aoquepresenta el Secretario de la Facultad de Matemticas. Semandpasar ala comisin
respectiva.
Con esto se levant la sesin.
Sesin del
11de
mayode
1867-Se abri
presidida
por el seor Rector, con asistencia de ios seoresOrrego, Vial,
Santa-Mara, Blest,Donicyko,
Barros Arana i elSecretario.
Le ida iaprobada
el aciade la sesin del 4 del querije,
el seor Rector confiri el lirado de Bachiller en Humanidades a don Benicio Montenegro.a
quien
seentreg
elcorrespondiente diploma.
En seguida sedio cuenta:1. De un oficio del seor Ministro de Instruccin
pblica
en que tras cribe un decreto supremo por el cual se ordena que la TesoreraJeneral
entregue adon Ismael
Renjifo
la suma de doscientos pesos que le corresponde
como autor de una Aritmtica elementa!,premiada
por la Facultad de Matemticas en el certamen de 185(5.Se mand archivar.2 De un oficio del seor Ministro de Hacienda en que trascribe un de creto supremo por el cual*eordena que h>s .Ministros de la Aduana de Val
paraso despachen
libre de derechos de internacin uncajn
de libros que el Instituto SniiUisoiiiano deWashington
envaa 1a Universidad de Chile,CONSEJO DE LA UNIVERSIDAD.
se
proceder
a abrirlo i facturarlo. Se mand comunicar aljente
de la Universidad deValparaso.
3. De tresoficios de los Secretarios de
Teoloja,
Leyes
i Humanidades con los cuales remiten las cuentascorrespondientes
alprimer
cuatrimes tre de esle ao. Se mandaron pasaba la comisinrespectiva.
4." De un informe de la mencionada comisin relativa a la cuenta del
Secretario de Matemticas que fu
presentada
en la sesin anterior. Conarreglo
a esteinforme,
seaprob
laespresada
cuenta mandndose poner en lacaja
universitaria el sobrante de cincuenta i un pesos que resulta a favor de lacorporacin.
5. De un oficio del Director de la Escuela Normal de preceptores con
el cual remiteun estado de dicha escuela i de la anexa de
primeras
letras. Se mand acusar recibo.6. De una caria
dirijida
al Secretario por el Director del Observatorio Astronmico don JosIgnacio
Vegrara,
con la cual le remite para que las presente alConsejo
las "ObservacionesMetereoljicas practicadas
en el Observatorio deSantiago
ien el Faro deValparaso
durante el ao de 1866"' a fin de que las mandepublicar
en losAnales,
haciendo tirar por separa do doscientosejemplares
pararepartir
en los establecimientos i corpora ciones con que mantiene relaciones el Observatorio. Se acord como sepide.
7. Deuna solicitud de don JesC.
Araya
para que seapruebe
comotes to de enseanza, un tratado deCaligrafa
que hacompuesto.Se mand pa sar a la Facultad de Humanidades.8.' De una solicitud de don Juan Jervacio Verderrama paraqueseaprue be como testo de enseanza un Silabario Gradual que dice haber presen
tado con este
objeto
hace cinco aos, i de queacompaa
unduplicado
Se manifest que, alo que serecordaba,
no se habia dado curso a la antigua
solicitud de que se haciareferencia,
porque elprimer
examen habia bastado para conocerque la obra no merecaotro mas detallado.En
consecuencia,
seencarg
el seorDecano de Humanidades que para laprxima
sesin informase verbalmenle sobre el silabario de que se Ha laba.9." De una solicitud de don Ramn Valentn
Vargas
para que se recomiende al Gobierno que decreto la fundacin de una"Academia de Instruc cin
primaria"
cuyoplan
acompaa.
Se acord oirsobre elparticular
a la Facultad de Humanidades.10. Deunasolicitudde don Pedro Delfn para que se le recibade
Aboga
memo-360 ANALES. rMAYO DE I8G7.
ria sobre
cualquiera
cuestinjurdica,
o deotraespecie
que tenga relacincon
algunos
de los estudios necesarios a laprofesin
deabogado
i sus accesorios. El tema de la memoria seria el que tuvise a bien
designar
a laUniversidad. El seor Delfn apoya su solicitud en haber cursado en e'
Instituto que
diriji
enValparaso
don Luis AntonioVendel-Heyl,
los ramos
correspondientes
a los que hoiconstituyen
lashumanidades,
i tambinla mayor
parte
de los que pertenecen a lajurisprudencia;
en haber completado
despus
los ramos de la ltimaFacultad;
en poseerregularmente
laeconoma
poltica
en sus distintas lases isuaplicacin
a lospaises
americanos,
especialmente
aChile,
las .Maniticas i seis idiomasestranjeros,
sin contar entre estos el latin ialgunas
nociones delgriego;
enhaber defendi docon xito vario enprimera
instanciasus asuntospropios
o de su familia,
nohabindolos defendido ensegunda,
sino rara vez, por falta detiempo,
residir fuera de la
capital
i porque los tribunalessuperiores
se prestan di fcilmente a laaceptacin
dedefensor,
aun en causapropia,
qne notenga
ttulo competente; en habertenido durantesu
permanencia
en elPer,
consentimiento
tcito,
del que hizo uso, para defender toda causa en las tresinstancias en que all est subdividida la tramitacin
judicial;
en haberseejercitado
constantemente en elperiodismo
desde 1851 comocolaborador delAlercurio,
Voz de Chile i Patria deValparaso
en los mas o menoslargos
intervalos que le hadejado
la carrera mercantil a que ha estado dedicado desde sus
primeros
aos, i desde 1853 a 1865 como redactor de]Mercurio de Lima dondetuvo por
colegas
de redaccin a los seores Pacheco,
Arboleda,
Prez deVelasco,
Corral i otros; en haber venido a escri bir enValparaso
por encargo delex-presidente
del Perjeneral
Pezet,
antes del tratadoVivanco-Pareja,
un folleto parajustificar
lapoltica
seguida
hasta entonces en la cuestinhispano-peruana,
el cual existeimpre
so i manuscrito en los archivos del consulado peruano de dicho puerto; i
finalmente en haberse concedido
gracias
anlogas
avarias otras personasespecialmente
a don Ambrosio Montt.El
Consejo
considerando que segn los estatutos universitarios, de qt:eno le eslcito
apartarse,
losaspirantes
al ttulo de Licenciado enLeye
, que es el quepuede
conferir,
i no el deAbogado,
deben acreditar haberrendido examen de los ramos de Humanidades i de
Leyes
en establecimientos autorizados para recibirlos, i haber sido
graduados
de Bachilleresen Humanidades i en
Leyes, requisito
con los cuales no hacumplido
deningn
modo don PedroDelfn;
que si es verdad quepuede dispensar
algunas
formalidades,
es solo a losgraduados
de Licenciado o doctoresenuniversidades
estranjeras acreditadas,
condicin que tampoco llena el solicitante,
i quees deltodo inexacto que sehayan otorgado
concesiones anloCONSEJO DE LA UNIVERSIDAD. 3G1
escencialinente
distinto,
i sin punto desemejanza,
desech por unanimidad lameneonada solicitud de don Pedro Delfn.
Con esto se levant la sesin.
Sesin
del
18de mayo de
1867
Se abri
presidida
por el seorRector,
con asistencia de los seoresSolar,
Orrego,
Vial,
Santa-Mara, Blest,
Domeyko,
Barros Arana i el Secretario.
Leda i
aprobada
el actade la sesin del 11 del querije,
el seor Rectorconfiri el
grado
de BachillerenLeyes
adon JuanIgnacio
Alcalde,
eigual
grado
enHumanidades a don DemetrioZaartu,
aquienes
seentreg
el correspondiente diploma.
En
seguida
se diocuenta:1. Deunoficiodel Rector del Liceo de
Cauquenes,
enel cual acusarecibo
de la circular de 1." de marzo, referente al mtodo que debeseguirse
enla enseanza de
Humanidades,
manifestando queoportunamente
ir po"nindose ennoticia del seor Rector los resultados que se
bayan
obteniendo,
como as mismo las indicaciones que acuerde elConsejo
deprofeso
res relativasalos diversos ramos de Instruccinpblica,
pues para ello la mencionadacorporacin
ha determinadotener sesionesperidicas.
Semand archivar.
2. De un oficio del Rector del Seminario de la
Serena,
en que acusa recibo de la mismacircular,
esponiendo
que varias de las reformas indicadas en ella estn puestas en
prctica
enaquel
establecimiento,
i que las dems sernejecutadas,
pues losprofesores
tienen lamejor
voluntad paradar
cumplimiento
a las instrucciones delConsejo
Universitario i de la Fa cultad de Humanidades. Se mand archivar.3." De tresinformes de lacomisin de cuentas,relativasalas
presentada
en la sesin anterior por los Secretarios deTeoloja,
Leyes
iHumanidades. Conarreglo
aestosinformes,
seaprobaron
lasespresadas
cuentas, man dndose poner en lacaja
universitaria el sobrante de cincuenta i cuatropesos que
deja
laprimera,
el de cincuenta i un pesoscuarenta i tres centavos que
deja
lasegunda,
iel de dos pesos sesentai seis centavos quedeja
la tercera.
4." De un oficio del
jente
de la Universidad en Paris don Ventura Mar c delPont,
con el cual enva la cuenta hasta el 31 dediciembre,
advir tiendo quequeda
a favor de lacorporacin
un saldo de mil cientosetentai seis francosconque atenderalosgastos futuros. Se mand pasara la co misinde cuentas.
5. De una solicitud de don
Hijinio
FernandezPlaza,
para que la Facule> ANALES. M.wo DE 1S67.
tiempo
en solicitudde queseaaprobada
como testo de enseanza.Se mand pasar para los fines del caso al seor Decano
respectivo.
6 De una solicitud de don Emilio Orella i don Juan Liona, para que
se les
permita
rendir fuera de laspocas designadas
por elreglamento
delInstituto Nacional varios exmenes de Humanidades que tienen que dar
para alcanzara
aprovecharse
de la excencion concedida por el supremodecreto de 6 de abril
ltimo;
pues si as no selepermite,
se vern mui recargados
de exmenes a fines de ao. Fu rechazada por unanimidad.El seor Decao de Humanidades espuso que don Juan Jervacio
Ver-derrama
pedia
que sele devolviese el Silabario de que sehabia tratadoenlasesin anterior a fin de hacer en l varias correcciones. As se
acord-El Secretario manifest la conveniencia de que se insertaran en los
Anales el informe
pasado
al Gobierno por elpresidente
de la comisinencargada
de reunir losproductos
naturalese industriales de Chile que se ha bran enviado a laEsposicion
Universal deParis,
ilas memorias cientficasanexasa dicho
informe;
para lo cualpodia aprovecharse
lacomposicin
del
Araucano,
donde el seor Ministro de Relaciones Estertores habia ordenado dar luz las
espresadas piezas,
lo que haria que el gasto fuera muiinsignificante.
ElConsejo aprob
unnimemente la indicacin. Con esto se levant la sesin.Sesin del 25 de mayo de 1867,
Se abri
presidida
por el seorRector,
con asistencia de los seoresSolar, Orrego, Vial, Santa-Mara,
Blest, Domeyko,
Barros Arana i el Se cretario.Leida i
aprobada
el*acta de la sesin del 18 del querije,
el seorRector-confiri el
grado
de Bachiller en Humanidades a don RicardoAranda,
aqEien
seentreg
elcorrespondiente diploma.
En
seguida
se dio cuenta:1. De unoficio del seorMinistro de Instruccin
pblica,
en que trascribe la
siguiente
nota del Rector del Seminario deSantiago,
fecha 11 dediciembre de 1866:
'.Me veo en la necesidad de acudira US. para manifestarle el embarazo
en que me ha colocado un acuerdo del
Consejo
de laUniversidad,
que seme ha comunicado ayer.
'El supremo decreto de 26 de octubre de 186-5
sujet
a varias condiciones los exmenes que para obtener
grados
literarios use rindieran en losSeminarios Conciliares a que se ha concedidoeste
privilejio,"
i la 5.a dispone que "sean rendidos por los programas
aprobados
por laUniversi-t;
dad que determinarn el nmero de los conocimientos
exijidos
a losCONSEJO DE LA UNIVERSIDAD. 363
"Con suficiente motivo
podia
dudarse si el Seminario deSantiago
se encontraba
comprendido
entre losagraciados
por elSupremo
Gobierno conel
privilejio
de recibir exmenes que sirvieran para elejercicio
de las funciones literarias i
cientficas;
pues el art. J de la lei de 19 de noviembrede
1842,
que cre laUniversidad,
confiri ese derecho a todos los establecimientos literarios de esta
capital,
sin masrequisito
que el que 'dos" exmenes fueran
presenciados
por una comisin de larespectiva
Facul-"tad,
nombrada por ella.""Sin
embargo,
como temia que otrospensarn
de distintomodo,
remital
Consejo
Universitario en el ao anterior para obtener suaprobacin
varios programas
pertenecientes
a los ramos de que deban dar entonces examen los alumnos. Con fecha 24 de noviembre el seor Vice-Rector medijo:
''Conforme a lo acordado por elConsejo
en sesin del IS del actual,"
tengo
el gusto de decir a Ud. que no hai inconveniente para que los " exmenes deLjica,
Metafsica,
Etica,
Historia de la Filosofa i Derecho " Natural se tomen en el establecimiento que Ud.dirije
por los programas "queUd. remiti con su oficio fecha 11 del que
rije;
pues aunque redac-" tados en formas diferentes icon masdesenvolvimiento,
contienen toda " la sustancia de los que la Universidad tieneaprobados
para dichos ra-" mos. Devuelvolosorijinales"
Esta contestacin revela que elConsejo
entenda en su sentido natural el supremo decreto de 26 de octubredel
mismo ao.Pero con fecha 19 de diciembre
siguiente
el seor Vice-Rectorme remiti un
oficio,
en que me decia: "Conforme alo acordado porel
"
Consejo
de la Universidad en sesin del 9 del querije, permtese
tomar '<provisionalmente
los exmenes deJeografia
que se rindan en el Semi-" narioConciliar deSantiago
por el programa que hapresentado
el Rector " de dichoestablecimiento,
por no haberninguno
aprobado
por el Con-"sejo.
"El
espritu
deeste acuerdo delConsejo
me hizo dudar de lainjelijencia
que daba al mencionado supremo decreto de 26 de octubre de 1865. Para
comprender
mejor
lamentedelSupremo
Gobierno sobre susdisposiciones!
me tom la libertad deconsultar,
en 21 dejunio ltimo,
varios punios aantecesor de US. Entre otras cosas
pregunt
si por laregla
5.' seprescribe
t' que los Seminarios
adopten
los programas que la Universidad tieneapro-'
bados para los
Colejios
delEstado,
o sicumplen
conpresentar
para su'
aprobacin
los que formen conforme a sus textos iplanes
de estudio." En 6 dejulio siguiente,
el seor Ministro de Instruccinpblica
me contest: "El art. 5. no
exije
de los Seminarios que se sometanprecisamente
'
alos programas que la Univrrsidad tiene
aprobados
para losColejios
del"
Estado,
sinosiplemente
queserindan los exmenes por programasapro-' bados
pre-'Jul -ANALES. MAYO DE 1867.
'
sentar a la Universidad para su
aprobacin
losprogramas que ellos "
mismos
formen,
i quedeterminen el mnimum de losconocimientosexi-"
jidosa
los estudiantes. As. pues, los Seminarioscumplirn
con recibir 'los exmenes por programas formados por ellosi
aprobados
por la Uni-"versidad." Con la confianza que me
inspiraba
una respuesta tancateg
rica,
remit alConsejo
el 24 de noviembre ltimo varios programas para los exmenes del presente ao escolar.Despus
de oir el informe del seor Rector del Instituto Nacional, comisionado para examinarlos, el Con
sejme
los devolvi, remitindomealgunos
diasdespus
sudigno
Rector elsiguiente
oficio: Conforme a lo acordado por elConsejo
en sesin del'
l. del que
rije,
tengo el gusto de decira Ud. que existen programas de'
Literatura i de Historia romana
aprobados
por laUniversidad;
i que en" cuanto a los de Historia de Amrica i de
Jeografia, puede
usarse en el 'Seminario los que Ud. ha
presentado,
hasta que lacorporacin
apruebe
" loscorrespondientes;
pues aunque hai uno deJeografia,
esya demasiado"
antiguo."
"El
Consejo
de la Universidad no hatenido,
pues, a bienaprobar
nuestros programas de Literatura i de Historia romana,sin mas razones que el
que la Universidad tiene
aprobados
otros para los mismos ramos; i encuanto a los de Historia de Amrica i de
Jeografia
solopermite
quehaga
mos usode los
presentados
hasta que lacorporacin
apruebe
los correspondientes.
En uno i otro caso desconoce el derecho de los Seminariosparapresentarpara la
aprobacin
suspropios
programas; derecho quees-presamente
les reconoce elSupremo
Patrono de laUniversidad,
i alque no
podran
renunciar los Seminarios sinvulnerarlajurisdiccion
de losObispos
de quedependen
i la libertad de enseanza,respetada
hasta ahorapor nuestra
Universidad,
etc."Despus
de trascritala notaqueprecede
el seor Ministro continaco-sigue
:"l ltimamente el mismo funcionario ha
reiterado,
enoficio de 11 de marzoprximo pasado,
las observaciones de la nota que hetrascrito,
solicitandouna contestacin que
haga
cesarla incertidumbre en quese encuentra respecto
a la validez quepuedan
tener para optargrados
universitarios los exmenes quese rindan enlos Seminarios por programan que no sean for mados por la Universidad.El Ministerio, para resolver con entero conocimiento
trajo
a la vistala notadel Rector del Seminario de 21 de
junio
de 1866. i la resolucinque se dict con motivo de ese documento. I del examen de estos antece
dentes resulta que miantecesor, contestando a diversas dudas que le fue
CONSEJO DE LA UNIVERSIDAD. 3G
julio
del mismo ao lasiguiente
declaracin respecto a laintelijencia
que debiadarse al art. 5." del decreto de 26 de octubre de 1865."El art. 5. no
exije
de los .Seminarios quese sometanprecisamente
alos programas que la Universidad tiene
aprobados
para losColejios
delEstado,
sinosimplemente
que se rindan los exmenes por programasaprobados
por esacorporacin.
En esta virtudpodrn
los Seminarios pre sentara la Universidad para suaprobacin
los programas que ellos mismos formen, i que determinen el mnimum de los conocimientos
exijidos
alos estudiantes.
As,
pues, los Seminarioscumplirn
con recibir los exmenespor programas formados por ellos i
aprobados
por la Universidad."
En vista de estos
antecedentes,
el Ministerio ha contestado al Rectordel Seminario que, no habiendo sido modificada la
interpretacin
dada pormi antecesoren 6 de
julio
de1866,
quedejo
citada,
alart. 5." del decretode 26 de octubre de
186-5,
pueden
sujetarse
a ella los Seminarios con laseguridad
de que nopodr
ponerse en cuestin la validez para optar grados universitarios de los exmenes que se rindan en dichos establecimien
tos
ajustados
alainterpretacin
citada."Al obrar de esta manera he tenido en
vista,
no solo ladeclaracin delMinisterio a quemehe
referido,
sino tambin ladisposicin
contenida enel art. 2. del decreto de 6 de
julio
de1866,
espedido
por el Presidente de
la
Repbca,
que dice as:"Art. 2.' Los Seminariosen
cumplimiento
del decreto de 26 de octubre de 1865 solo debern someterse a la
aprobac
ion de la Uiversidad losprogramas de los estudios de Humanidades i Matemticas i no los de
Ciencias
sagradas.
"La
disposicin
suprema contenida en este artculo i la declaracin delMinisterio aque mehe
referido,
disposiciones
ambas que no han sido modificadas
posteriormente, dejan
resuelta la cuestinpropuesta
por el Rectordel Seminario Conciliar de
Santiago."
Concluida la lectura del
precedente
oficio del seorMinistro,
sepidi
que se
leyera
el art. 5. del supremo decreto de 26 de octubre de 1865 quedice as: "Los exmenes
(de
los Seminarios que gocen de la concesin detomar exmenes
vlidos)
sern rendidos por los programasaprobados
polla
Universidad,
que determinarn el mnimum de los conocimientosexiji
dos a los alumnos."
El seorBarros Arana majiifest que, a su
juicio,
la declaracin que elseor Ministro de Instruccin
pblica
acababa de poner en conocimientodel
Consejo,
destrua ladisposicin
del citado art. -5.. porque sino seobli-o-aba a los Seminarios aque rindieran sus exmsnes por programas que
fijaran
el mnimum de l->s estudios, de un modo uniforme tanto para esprovincia-366 ANALES. MAYO DE 1867.
les,
era mui de temerse que procurara disminuirse este mnimum con mo tivo delprivilejio
de programasespeciales,
los cuales, sino haban de tendera tal
objeto,
nocomprenda
paraqu
otropudieran
servir,
desde que la determinacin del mnimum de estudios por medio de programasjenera
les no estorvaba el que los estudios
pudieran
ser hechos con masproliji
dad i estension,si se
quera;
i no estorbaba tampoco que se ensearan alos alumnos las doctrinas que se tuviera a bien ensearles.
Agreg
queesta habia sido la mente del
Consejo
al proponer al Gobierno elart. 5.*del supremo decreto de 2o de octubre de
183-5;
ipidi
en conclusin queseespusieran
estas observaciones al seor Ministro de Instruccinpblica,
manifestando la conveniencia de que el mnimum de estudios fuerafijado
por programas
obligatorios,
tanto para losLiceos,
como para los Seminarios,
Los seores Vial i Santa-Mara apoyaron la indicacin del seor Barros "
Arana,
fundndose,
entre otras razones, elprimero,
en que si as no sehaca,
eraprobable
que a lapresentacin
de cada programa se sucitaseun conflicto entre el
Consejo
de la Universidad que talvez no hallara enel programa propuesto el mnimun
exjido,
i el Rector dealguno
de los Seminarios quequiz
sostendra que el mnimum estabaconsultado,
lo quese evitaba
fijando
este mnimum de antemano por medio deprgrams
je
nerales;
i elsegundo,
que no veianingn
fundamento para hacer distinciones entre los Liceos i Seminarios desde que se conceda astos el
pri
vilejio
detomar exmenes vlidos, i que la cuestin no era de pura forma,como lo estaba demostrando la
importancia
misma que sele daba. El seorOrrego
replic
que el Rector del Seminario deSantiago
no seoponia
deninguna
manera a que seexijiera
a los alumnos deaquel
esta blecimiento el mnimum de conocimientosdeterminados,
i que para garantiresta
condicin,
los proiiramas se iban a someterpreviamente
a la aprobacin de la Universida
I,
la cual no les concedera estaaprobacin
siobservaba que no contenan
aquel mnimum;
pero que como en los Semi narios se enseaba comunmente por textos diversos de losadoptados
enel Instituto i en los
lceos,
i como los programas universitarios estabanajustados
alos (extos deestosltimos establecimientos, esto ofreca incon venientesfciles
decomprender
que se haban tratado de obviar con ladeclaracin del Ministerio de Instruccin
pblica,
sin que, volva arepetirlo,
los Rectores de los Seminarios tuvieran deningn
modo lapreten
sin de que se eximiera a sus alumnos del mnimum de estudios
exijidos
por la Universidad. El seor
Orrego
declar que alnotar la diferencia de los'extos
adoptados
en los Liceos i en losSeminarios,
no era absolutamentesu nimo censurar la clase de los que se seguan en los
primeros;
perone-CONSEJO DE LA UNIVERSIDAD. K>7
garse alos
segundos
el derecho depreferir
los que tuvieran a bien.Los seores Tocornal i
Domeyko
dijeron
que, en suconcepto,
la previa
aprobacin
de los programas por la Universidadgaranta
suficientemente el mnimum de estudios
exijido.
El Secretario espuso que en su
opinin
lo mas conveniente habra sidofijar
por medio deprogramasjenerales
el mnimum deestudios,
tanto paralos
Liceos,
como para losSeminarios,
i que nohallabaningn
fundamentobien slido para establecer la
diferencia;
pero que como en estas materiasel
Consejo
tenia puramente votoconsultivo,
i como ya habiaespresado,
alproponer las bases del decreto de 26 de octubre de 1865 sus ideas sobre
el
particular,
creiacompletamente inoportuno,
por no decirotra cosa, elir a
pedir
al Gobierno que revocara una declaracin que acababa dedar,
habiendo tenido ala vista losantecedentes del caso, cuando era arbitro de
resolvercomo
mejor
lepareciera.
El seor Solar espuso que si el asunto fuera de
gravedad
no tendra dificultad en que elConsejo
hiciera alMinisterio,
encumplimiento
de sudeber,
las observaciones que estimarajustas;
pero que lacuestin,
a suJuicio,
era de pura frmula desde que en todo caso intervena la Universidad para
fijar
el mnimum deestudios;
i que por suparte,
hallaba fundamentos para estableceruna diferencia queno traa
ningn
perjuicio.
Habndose votado laproposicin
del seor BarrosArana,
fu rechazadapor cinco votos contra cuatro.
2. De un decretodel mismo seor
Ministro,
en quepide
informe sobre una solicitud de don Jos Rafael Peni para que se declare quepuede
obtener los ttulos de
Injeniero jegrafo,
eInjeniero
de minas sin losrequisitos
del nuevoplan
deestudios;
para que se le exonere de los exmenes de Fsica i
Qumica
elementales porque ha rendido exmenesrazonados de estos mismos ramos; i para que se le
permita
dar en el Liceode la Serena
algunos
exmenes atrasados.Se acord informar al seorMinistro que parece
justo
conceder los trespuntos
de la solicitud queprecede, poniendo
nicamente a don JosRafael Peni la condicin de que rinda sus exmenes atrasados en el
presente
ao escolar.
3. De unoficio del seor Decanode Matemticas,en el cual espone que
pronto
ser sometido a su Facultad el informe sobre el texto de Aritm tica de donHijinio
Fernndez Plaza. Se mand archivar.4. De un oficio del seor Intendente de
Curic,
en que propone paramiembros de la Junta de educacin de la Provincia al
rejidor
de la Municipalidad
de Curic don Juan EstovanMuoz,
al cura de laparroquia
dela misma ciudad don Delfn Turrieta i al Licenciado don Fiidor Rodr
pa-363 anales. mayo de 1867.
rroquia
don JosGregorio
Machuca i a losciudadanosdon Jos Luis RuizTagle
i don Francisco Andrs Olea. Seaprobaron
estaspropuestas.Con estose levant la sesin.
S~^-Q-g
-boletn
de
instruccin
pblica.
Nombramiento de un
Injeniero
jccyrafo.
Santiago,
mayo 2 de 1867. El Presidente de laRepblica,
con fecha dehoi,
ha decretado lo quesigue:
"Vista la nota que
precede
i elespediente
que seacompaa,
dereto:Nmbrase
Injeniero
jegrafo
a don JustinanoSotomayor
Guzman,
quien
sepresentar
ante elConsejo
de la Universidad a prestareljuramen
to de fidelidad t-eldesempeo
de lasoperaciones
de suprofesin, previo
el pago del derecho de media anata que deberhacer en Tesorera
je
neral.. Tmese razoni
comuniqese.''1
Lo trascribo aUd. para su conocimiento i en contestacin a su nota
nm. 47 de 30 de abril
prximo pasado.
Diosguarde
Ud. J. Blest Gana.Al Rector de la Universidad.
Entrega
delpremio
obtenido en el certamen de la Facultadde Matemticasen 1866.
Santiago,
mayo 6 de 1867. El Presidente de laRepblica,
con fecha dehoi,
hadecretado lo qeesigue:
"En vista de la nota que
precede,
los Ministros de la Tesorerajeneral
entregarn
a don IsmaelRenjifo
la cantidad ee doscientos pesos, que lecorresponden
como autor de una Aritmtica elemental,premiada
por la Facultad de Matemticas de la Universidad en el certamen
correspondiente
alao de 1866. Dedzcase del item 21
partida
23 del presupuesto del Ministerio de Instruccin
pblica.
Refrndese, tmese razn icomuniqese."
Lo trascribo a Ud. en contestacin a su nota nm. 42 de 30 de abril l