• No se han encontrado resultados

Resumen de Los Contratos Administrativos

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Resumen de Los Contratos Administrativos"

Copied!
11
0
0

Texto completo

(1)

LOS CONT

LOS CONTRAT

RATOS ADMINISTRATIVOS

OS ADMINISTRATIVOS

1.

1. DIFERENC

DIFERENCIA EN

IA ENTRE LOS C

TRE LOS CONTRA

ONTRATOS

TOS ADMI

ADMINISTRA

NISTRATIVOS, C

TIVOS, CIVILES Y

IVILES Y MERCA

MERCANTILES:

NTILES:

Se puede decir que los contratos administrativos tienen una característica especial y es Se puede decir que los contratos administrativos tienen una característica especial y es que en ellos una de

que en ellos una de las partes es la administración pública y que la competencia de las partes es la administración pública y que la competencia de los órganos, selos órganos, se regula por el derecho administrativo y dentro de la misma ley administrativa se regulan requisitos regula por el derecho administrativo y dentro de la misma ley administrativa se regulan requisitos de forma y solemnidades especiales en su creación, las que son distintas de las que exige la ley de forma y solemnidades especiales en su creación, las que son distintas de las que exige la ley civil. Las leyes administrativas imponen especiales procedimientos para llegar a la contratación civil. Las leyes administrativas imponen especiales procedimientos para llegar a la contratación administrativa, por ejemplo, la licitación, mientras que en el derecho civil o

administrativa, por ejemplo, la licitación, mientras que en el derecho civil o mercantil lo que importamercantil lo que importa es únicamente la voluntad de las partes.

es únicamente la voluntad de las partes.

2.

2. CA

CARA

RACTE

CTERI

RIST

STIC

ICAS

AS::

Las características ms importantes de los contratos administrativos son! Las características ms importantes de los contratos administrativos son! a.

a. PrPrefefererenencicia del Ea del Eststadado:o: La administración pública, investida de poder público, impone susLa administración pública, investida de poder público, impone sus condiciones para contratar y en

condiciones para contratar y en su caso, para obligar al su caso, para obligar al cumplimiento coactivo del contrato.cumplimiento coactivo del contrato. b.

b. ExExororbibitatancncia de sia de sus clus cláuáususulalas:s: el contrato administrativo, tiene clusulas exorbitantes delel contrato administrativo, tiene clusulas exorbitantes del derecho privado. "sto significa que algunas de sus condiciones contenidas en las clusulas, derecho privado. "sto significa que algunas de sus condiciones contenidas en las clusulas, serían invlidas en un contrato civil o mercantil, pero no en lo administrativo, debido al bien serían invlidas en un contrato civil o mercantil, pero no en lo administrativo, debido al bien  jurídico que se t

 jurídico que se tutela y que es el iutela y que es el inter#s social.nter#s social. c.

c. PrPrinincicipipios eos espespecicialaleses:: dentro del contrato administrativo se aplica el principio que el derechodentro del contrato administrativo se aplica el principio que el derecho pú

públblicico o prprevevalalecece e sosobrbre e el el derderececho ho prprivivadoado, , lolos s prprinincicipipios os jujurírídidicocos s quque e ororieientntan an lala int

interperpretretaciación ón de de su su concontentenidoido, , así así comcomo o a a la la sussuscricripcipción ón del del concontratrato to son son espespeciecialeales s yy pertenecen al derecho

pertenecen al derecho administrativo.administrativo. d.

d. JuJuririsdsdiciccición eón espspececiaial:l: los los conconfliflictoctos s derderivaivados dos del del cumcumpliplimiemiento nto o o intinterperpretretaciación ón de de loslos con

contratratos tos admadminiinistrstratiativosvos, , son son somsometietidos dos a a una una jurjurisdisdiccicción ión espespeciecial al priprivatvativiva, a, que que es es elel $rib

$ribunal de unal de lo %ontencioso lo %ontencioso &dmini&dministrativo.strativo.

33.. E

EL

LE

EM

ME

EN

NT

TO

OS

S

Los elementos ms importantes del contrato administrativo son los

Los elementos ms importantes del contrato administrativo son los siguientes!siguientes! a

a.. SSuujjeettooss:: dentro del contrato administrativo necesariamente existen dos partes, porque esdentro del contrato administrativo necesariamente existen dos partes, porque es bilateral, donde interviene el "stado y sus

bilateral, donde interviene el "stado y sus entidades y una persona entidades y una persona privada individual o jurídica.privada individual o jurídica. b.

b. La manLa manififestestaciación de ón de vovoluluntntad de ad de lolos s susujejetotos:s: tanto el "stado y sus entidades como la tanto el "stado y sus entidades como la persona individual o jurídica, deben expresar libremente su voluntad. "n este caso el "stado persona individual o jurídica, deben expresar libremente su voluntad. "n este caso el "stado puede hacer uso de su soberanía para imponer a los

puede hacer uso de su soberanía para imponer a los particulares un contrato.particulares un contrato. c

c.. CCoonntteenniiddoo:: se refiere a hechos lícitos, ciertos y determinados, relacionado con la gestiónse refiere a hechos lícitos, ciertos y determinados, relacionado con la gestión patrimonial del "stado, 'compra de bienes, suministro de

patrimonial del "stado, 'compra de bienes, suministro de utensilios, alimentos, construccióutensilios, alimentos, construcción den de obras públicas, etc.(

obras públicas, etc.( d

d.. LLa fa foorrmmaa:: el contrato administrativo debe constar por escrito con o sin intervención notarial, el contrato administrativo debe constar por escrito con o sin intervención notarial, según lo estable)ca la ley.

(2)

4.

PRINCIPIOS

Los principios ms importantes de los contratos administrativos son los siguientes!

a.

!ualdad del Estado frente a particulares: el "stado debe ponerse en igualdad de los particulares para poder contratar.

b.

"anifestación de voluntad: tanto el "stado como las personas individuales o jurídicas deben manifestar su voluntad, pues un contrato no puede ser impuesto por la soberanía del "stado.

c.

#o alterar el orden p$blico: dentro del contrato administrativo debe cuidare que en el mismo no sea alterado el orden público.

d.

Cumplimiento de formalidades: deben observarse las formalidades, contenidas normalmente dentro del derecho administrativo.

e.

El cumplimiento de los procedimientos: para la suscripción de los contratos administrativos debe cuidarse de cumplir con los procedimientos previos contenidos en la ley, por ejemplo, la coti)ación, la licitación, etc.

f.

%ebe ir diri!ido al cumplimiento de las finalidades del Estado: todo contrato administrativo debe llevar implícita la finalidad que pretende la administración pública, creación de obras públicas, suministros, etc.

&.

CLASES

Las clases ms importantes de contratos administrativos son los siguientes!

a.

Contratos de obra p$blica.  *an dirigidos a la construcción, modificación, reconstrucción o mantenimiento de un edificio o de alguna otra obra de utilidad pública, por ejemplo construcción de escuelas, hospitales, carreteras, etc.

b.

Contrato de suministros.  & trav#s de este contrato, el "stado obtiene bienes, muebles, materiales de oficina, etc., con los cuales la administración desarrolla su actividad.

c.

Concesión de servicios p$blicos. "s aquel por medio del cual el "stado encomienda a particulares la prestación de servicios públicos.

d.

Contrato de servicios al Estado. "s aquel en el que un particular presta algún servicio al "stado, ejemplo, mantenimiento de maquinaria y equipo, etc.

e.

Contrato de consultor'a profesional. +or medio de este contrato, empresas especiali)adas en consultoría, profesionales y t#cnicos prestan al "stado un servicio especial, ejemplo, estudios de factibilidad, estudios de preinversión, estudios jurídicos, etc.

f.

Explotación ( exploración de recursos no renovables. $iene como objetivo primordial otorgar a personas individuales o jurídicas la explotación y la exploración de hidrocarburos, que por mandato constitucional son propiedad el "stado.

(3)

).

DEFINICIÓN DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

"l contrato administrativo es! una declaración de voluntad del "stado, a trav#s de sus órganos centrali)ados y entidades autónomas u descentrali)adas, con una persona individual o jurídica o colectiva, privad o pública, nacional o internacional, con el compromiso del primero de pagar  honorarios o un precio por la actividad, servicio o bien, que le presta el contratante, bajo las condiciones establecidas en las leyes de orden público y sometidas en caso de conflicto o incumplimiento a la jurisdicción privativa de lo contencioso administrativo.

*.

LA TEORÍA DE LA IMPREVISION

"sta significa que cuando ocurren acontecimientos excepcionales y anormales, imprevisibles y extra-os a las partes, que vienen a hacer ms onerosa la situación del contratante, con el peligro de llegar a la quiebra, se produce un estado extracontractual, lo que significa que ya no es la situación prevista dentro del contrato. bliga al contratante a seguir cumpliendo con el contrato y la administración le otorga una compensación, no por la ganancia omitida, sino por las p#rdidas sufridas por le contratante a consecuencia de los acontecimientos excepcionales.

"sta teoría se puede dar dentro del contrato de concesiones de prestación de servicios públicos y la administración pública asume parte de las p#rdidas que sufre el concesionario a cambio de que se siga prestando el servicio público, lo que se les denomina los subsidios.

+.

LA ECACION FINANCIERA !INDE"ACION#

%onsiste en la fluctuación de precios, en la que se entiende por fluctuación de precios en ms 'incremento( o en menos 'decremento( que sufran los costos de los bienes, suministros, servicios y obras, sobre la base de los precios que figuraban en la oferta de adjudicatarios e incorporados al contrato. "sta fluctuación se reconoce por las partes y los aceptan para su pago o para su deducción.

,.

EL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA

/.0 &1"%$&%23 4 5"S&1"%$&%23

AFECTACION:

La afectación significa la sujeción de una propiedad al r#gimen especial de dominio público, por la utilidad pública a que la misma se destina.

La afectación se produce a trav#s del procedimiento de la expropiación for)osa, la afectación requiere de los procedimientos establecidos dentro de la Ley de %ontrataciones del "stado.

DESAFECTACION:

La desafectación se da cuando la administración pública, saca de sus inventarios los bienes de su propiedad y los traslada, por los procedimientos establecidos en la ley, a propiedad de los particulares, por el procedimiento de la subasta pública.

(4)

$.2 RE%LACION LE%AL

Lo relacionado con la adquisición y disposición de los bienes del "stado se encuentra regulado por  el 5ecreto número 678/9 del %ongreso de la :epública de ;uatemala, Ley de contrataciones del "stado, promulgada el 6 de octubre de 0//9.

"l reglamento de la ley de contrataciones del "stado, se encuentra contenido dentro del acuerdo ;ubernativo número 0<6=8/9, promulgado el 99 de diciembre de 0//9, por el +residente de la :epública en %onsejo de >inistros.

$odos los órganos descentrali)ados y autónomos del país se encuentran sometidos a estos instrumentos legales.

"l objeto de la Ley de %ontrataciones del "stado es regular lo relativo a la compra, venta y contratación de bienes, suministros, obras y servicios que requieran los organismos del "stados, sus entidades descentrali)adas y autónomas, unidades ejecutoras, las municipalidades y las empresas públicas estatales o municipales, las que quedad sujetas a esta ley 'art. 0?.(

5entro de la Ley de %ontrataciones del "stado se encuentran varios sistemas para la reali)ación de compras dentro del "stado, dentro de las cuales encontramos, el sistema de coti-ación el  contrato abierto r/!imen de licitaciones p$blicas ( la compra directa.

$.2.1 LAS &NTAS DE LICITACION Y DE COTI'ACION

La @unta de licitación y la @unta de coti)ación, son el único órgano que tiene la competencia, para recibir, calificar ofertas y adjudicar el negocio '&rt. 0< de la Ley de %ontrataciones del "stado(.

$.2.2 INTE%RACION DE LA &NTA DE LICITACION

La @unta de Licitación deber integrarse con un número de cinco miembros los que son nombrados por los superiores del órgano administrativo.

"n este caso pueden ser de la entidad que contrata o pueden ser servidores públicos de otras dependencias, que tengan experiencia en la materia.

A. I()ed*(e+- )a/a e/ (*e(b/- de 0a &+a de L*c*ac*+.

a. Ser parte en el asunto

b. Aaber sido representante legal, ;erente o empleado o alguno de sus parientes, asesor, abogado o perito, en el asunto o en la empresa ofertante.

c. $ener #l o alguno de sus parientes, dentro de los grados de la ley, intereses directo o indirecto en el asunto.

d. $ener parentesco dentro de los grados de la ley con alguna de las partes.

e. Ser pariente dentro de los grados de la ley, de la autoridad superior de la institución f. Aaber aceptado herencia, legado o donación de laguna de las partes

g. Ser socio o partícipe con alguna de las partes

h. Aaber participado en la preparación del negocio, en cualquier fase.

. E4ca )a/a e/ (*e(b/- de 0a &+a de L*c*ac*+

a. %uando tengan amistad íntima o relación con alguna de las partes, que según las pruebas y circunstancias hagan dudar de la imparcialidad.

(5)

c. %uando el integrante, antes de adjudicar, haya externado opinión en el asunto que se ventila.

C. Recac*+

Se tienen como causas de recusación las mismas causales que para la excusa.

$.2.3 INTE%RACION DE LA &NTA DE COTI'ACION

La junta de %oti)ación se integra con tres miembros que sean servidores públicos de la entidad que est contratando, que son nombrados por el superior jerrquico del ó rgano administrativo. La competencia de la @unta de %oti)ación es recibir, calificar y adjudicar las coti)aciones. Sus decisiones se toman por la mayoría de sus miembros, los que no pueden abstenerse de votar.

$.3 RE%IMEN DE LICITACION P5LICA

"s un procedimiento especial a que deben quedar sometidas la compra, venta y la contratación de bienes y suministros, obras y servicios que requieran los organismos del "stado y sus entidades descentrali)adas, autónomas, unidades ejecutoras, las municipalidades y las empresas públicos estatales o municipales. Se reali)a por un órgano colegiado, toma sus decisiones por la deliberación y el voto.

$.3.1 DOCMENTOS DE LA LICITACION P5LICA

 Son documentos necesarios para llevar a cabo una licitación pública los siguientes! las bases de Licitación, las especificaciones generales, especificaciones t#cnicas, disposiciones generales y los planos de construcción cuando se trate de obras 'art. 0B de la Ley de %ontrataciones del "stado(

A. ae de 0*c*ac*+

a. %ondiciones que deben reunir los oferentes

b. %aracterísticas generales y específicas, cuando se trate de bienes y servicios

c. Lugar y forma donde ser ejecutada la obra, entregados los bienes o prestados los servicios. d. 1orma de pago de la obra, de bienes y servicios

e. 2ndicación de la forma de integración de precios unitarios por renglón

. E)ec*f*cac*-+e 6e+e/a0e

Las autoridades tienen el deber de que las especificaciones generales sean congruentes o se ajusten al contenido de las bases y con las necedades que motiven la contratación. '&rt. 9< L%"(

C. E)ec*f*cac*-+e 7c+*ca

La entidad tiene la obligación de determinar documentalmente las especificaciones t#cnicas que debe reunir la obra o el servicio o los bienes que el "stado est# requiriendo a trav#s de la licitación '&rt. 9< L%"(.

D. E)ec*f*cac*-+e e)ec*a0e

5entro de toda obra y servicio o suministros existen algunas especificaciones especiales que deben quedar contenidas dentro de las bases de licitación. '&rt. 9< L%$(

E. P0a+- de c-+/cc*+

%uando se trata de la construcción de obras es indispensable que dentro de los documentos que deben elaborarse, se incluyan los planos correspondientes a efecto de que los oferentes, trabajen sus ofertas con base en los planos.

(6)

$.8 EL CONTRATO AIERTO

La compra de suministros de uso común o de considerable demanda, pueden hacerse mediante el contrato abierto, aprecios unitarios que no excedan de C 96,<<<.<< con destino a los programas, subprogramas y proyectos de funcionamiento e inversión, para lo cual el >inistro de 1inan)as +úblicas debe publicar el listado de bienes y suministros con sus respectivos precios.

SSCRIPCION DEL CONTRATO AIERTO

%uando se cumpla con los requisitos establecidos, se suscribir el contrato administrativo con los proveedores que hayan presentado la mejor oferta para cada uno de los rubros que cumplan con las especificaciones y dems condiciones establecidas y que est#n dentro de la franja del quince por ciento hacia abajo del promedio de las ofertas.

"n este caso, el contrato debe ser suscrito por el @efe del 5epartamento de %oordinación de %ompras y %ontrataciones y aprobado por la autoridad administrativa superior.

$.8 DE LOS CONTRATOS PROVENIENTES DE LICITACION

 Y COTI'ACION

$.8.1 Sc/*)c*+ de0 C-+/a-:

$odos los contratos a que se refiere la ley de contrataciones, sern suscritos dentro de un pla)o de die) días, contados a partir de la adjudicación definitiva.

"n el caso de entidades descentrali)adas y las municipalidades, sern suscritos por la autoridad que corresponda de conformidad con la Ley rgnica o el %ódigo >unicipal.

%uando se trate de la +residencia de la :epública, por el Secretario ;eneral, quien puede delegarla.

+ara las negociaciones de los organismos Legislativo y @udicial, del $ribunal Supremo "lectoral y la %orte de %onstitucionalidad, el contrato deber ser suscrito por el presidente de cada organismo, '&rt. D7 de la L%"(.

"n todos los casos, la entidad debe cuidar que se haya cumplido con las garantías establecidas en la ley.

$.8.2 A)/-bac*+ de0

C-+/a-La aprobación del contrato se har por medio de la autoridad superior del organismo del "stado o dependencia que se trate '&rt. DB L%"(.

$.8.3 De 0a f-/(a de0

C-+/a-Los contratos debern faccionarse en papel membretado de la dependencia contratante o en papel simple con el sello de lamisca. "n el caso que los contratos tengan que inscribirse o anotarse en los registros, deben constar en escritura pública, autori)ada por el "scribano de ;obierno. $ambi#n los contratos pueden suscribirse ante 3otario, siempre que el "stado no deba pagar los honorarios respectivos.

(7)

$.8.8 O(**+ de0

C-+/a-"n el caso de mercaderías que se adquieran en el mercado local o entrega inmediata, podr omitirse la celebración de contrato escrito, siempre y cuando el monto no exceda de sesenta mil quet)ales 'C =<,<<<.<<( '&rt. 6< L%"(.

$.8.9 P///-6a C-+/aca0

 & solicitud del contratista, el pla)o contractual para la terminación de la obra, la entrega de bienes y suministros o la prestación de servicios, podr prorrogarse por caso fortuito de causa de fuer)a mayo o por cualquier otra causa no imputable al contratista '&rt. 60 L%"(.

%uando por caso fortuito o fuer)a mayor se solicitare la prórroga, el contratista dentro del pla)o de die) días de ocurrido el hecho, notificar a la supervisión o su equivalente, indicando las implicaciones en la ejecución del contrato para que se levante el acta respectiva '&rt. 97 del :eglamento(.

$.8. L- Sbc-+/a-

"l contratista solamente puede subcontratar partes determinadas de la obra, siempre y cuando est# estipulado en el contrato y obtenga autori)ación por escrito de la autoridad contratante. "n este caso tambi#n los subcontratistas deben estar inscritos en el registro de precalificados y no estar contempladas dentro de ninguna prohibición '&rt. 6E L%"(.

$.8.; O/- C-+/a-

"l "stado y sus entidades en los contratos que no provengan de los procedimientos que determina la Ley de %ontrataciones del "stado, o en los que la autoridad actúe como sujeto de 5erecho +rivado, se aplicarn las normas del 5erecho %omún.

$.9 ENA&ENACION Y TRANSFERENCIA

DE IENES DEL ESTADO

"n el caso de la enajenación y transferencia de bienes inmuebles, muebles o materiales propiedad del "stado, así como para la venta de bienes muebles o materiales se seguir el procedimiento de la subasta pública '&rt. B/ al /B de la Ley(

$.9.1 Re60a %e+e/a0e

"n el caso de enajenación de los bienes del "stado, deben seguirse las reglas siguientes!

a. Las disposiciones contenidas en este capítulo se aplicarn a las entidades autónomas y descentrali)adas del "stado, cuando las disposiciones que las rijan privativamente no contemplen la enajenación de sus bienes, o la transmisión de sus obligaciones, o ambos aspectos en conjunto.

b. +ara la enajenación de bienes del "stado o de sus entidades autónomas o descentrali)adas, debern seguirse procedimientos de oferta pública, en los que los oferentes puedan presentar  sus ofertas mediante mecanismos transparentes.

c. +ara dichos efectos debern determinarse por la autoridad competente, en cada caso, según corresponda a la naturale)a de los bienes a enajenarse.

(8)

$.9.2 De b*e+e (eb0e e *+(eb0e

+ara el caso de la enajenación de muebles e inmuebles propiedad del "stado o de sus entidades autónomas o descentrali)adas, deber emitirse un &cuerdo ;ubernativo por conducto del >inisterio o >inisterios que corresponda, si se trata de bienes del "stado, o un &cuerdo de la autoridad mxima de la entidad autónoma.

$.9.3 P/-ced*(*e+- )a/a 0a e+a<e+ac*+ = /a+fe/e+c*a de b*e+e de0

Ead-"n este caso, el procedimiento a seguir es el de la subasta pública contenido en los artículos B/ al /B de la Ley de %ontrataciones del "stado.

$. CONCESIONES

Se entiende por concesiones, la facultad que el "stado otorga a particulares, para que por su cuenta y riesgo construyan, produ)can, monte, instalen, mejoren, adicionen, conserven, restauren y administren una obra, bien o servicio público bajo el control de la entidad concedente con o sin ocupación de bienes públicos, a cambio de una remuneración que el particular cobre a los usuarios de la obra, bien o servicio.

Son obligaciones mínimas del "stado las siguientes! a. btener los derechos de los servicios concesionados

b. :escatar el servicio por causas de utilidad pública, tales como servicio deficiente, aumento desmedido de precios o por fuer)a mayor o caso fortuito

c. :evisar tarifas y velar por que sean ellas las que se cobrenF y d. Supervisar la ejecución de la concesión hasta su vencimiento. La concesión finali-ará por las causas siguientes!

a. %umplimiento del pla)o

b. +or rescisión en los casos que se establecen en el contrato respectivo c. +or revocación por acuerdo gubernativo '&rt. /6 L%"(

$.; EL ARRENDAMIENTO

+ara el arrendamiento no ser obligatoria la licitación pero se ajustaran a la coti)ación o al procedimiento determinado por la ley o su reglamento! el arrendamiento con o sin opción de compra de inmuebles, maquinaria y equipo dentro o fuera del territorio nacional conforme al procedimiento determinado en el :eglamento de la Ley.

"l arrendamiento de inmuebles, maquinaria y equipo, podr efectuarse siempre que el organismo, dependencia o entidad interesada careciere de ellos, los tuviere en cantidad insuficiente o en condiciones inadecuadasF debiendo justificar la necesidad y conveniencia de la contratación, a precios ra)onables en relación a los existentes en el mercado.

(9)

$.> RECRSOS ADMINISTRATIVOS

5entro de la Ley de %ontrataciones del "stado se encuentran una serie de recursos, que van desde la aclaración y ampliación, el recurso de revisión y el recurso de revocatoria para la conclusión del procedimiento en la vía administrativa.

$.>.1 Rec/- de Ac0a/ac*+ = A()0*ac*+

Se plantean contra la resolución de la adjudicación por la @unta de Licitación o %omisiones de %oti)ación, el de aclaración cuando la resolución sea obscura, ambigua o contradictoria y el de ampliación si se hubiere omitido resolver sobre algún aspecto e incida en la negociación.

$.>.2 Rec/- de Re?**+

Se plantea contra las resoluciones de la autoridad que apruebe la adjudicación de toda licitación o coti)ación, por el oferente que se considere afectado y ante la misma autoridad que dictó la resolución correspondiente.

$.>.3 Rec/- de Re?-ca-/*a

"ste recurso es procedente que se tramite derivado de la Ley de %ontrataciones del "stado, agotada la fase de conciliación entre las partes, la autoridad deber dictar la respectiva resolución que de por concluido el procedimiento administrativo.

1@. E"TINCION DE LOS

CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

Los contratos administrativos pueden ser extinguidos por dos formas, las cuales son las siguientes!

[email protected] E"TINCION NORMAL:

"xiste extinción normal del contrato cuando #ste termina por le cumplimiento de las condiciones pactadas dentro del contrato administrativo y en las que no ha habido variación alguna, esto implica haber cumplido con la entrega de bienes, prestación de servicios, creación de obras y la administración tambi#n ha cumplido con el pago.

[email protected] E"TINCION ANORMAL:

"l contrato administrativo tambi#n puede terminar o extinguirse en uniforma anormalF en este caso pueden existir varias situaciones por las que el contrato pueda extinguirse, se-alando algunas de estas causas!

a. +or cumplimiento de su objeto antes del pla)o contractual b. +or incumplimiento de su objeto vencido el pla)o

c. +or incumplimiento del contratante d. +or incumplimiento del contratista e. +or rescisión bilateral del contrato f. +or rescisión unilateral del contrato

g. +or imposibilidad material del terminar la obra, servicio o entrega de bienes

h. +or imposibilidad material de reali)ar el pago de la obra, servicio o bienes, por parte del "stado.

(10)

 &simismo los contratos se pueden suspender temporal o definitivamente, siendo una de sus causas principales la de interpretación del contrato, lo cual es sometido a la jurisdicción contencioso8administrativa.

11. LA &RISDICCION

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

5e conformidad con el artículo 990 de la %onstitución +olítica de la :epública de ;uatemala, se establece que el $ribunal de lo %ontencioso &dministrativo tiene la función de contralor de la  juridicidad de la administración pública y tiene atribuciones para conocer en caso de contienda por 

actos o resoluciones de la administración y de las entidades descentrali)adas y autónomas del "stado, así como en los casos de controversias derivadas de contratos y concesiones administrativas.

 &simismo el artículo 0D de la Ley de lo %ontencioso &dministrativo, establece que la jurisdicción contencioso administrativa conocer tambi#n de las cuestiones referentes a la interpretación, cumplimiento, rescisión y efectos de los contratos celebrados por la administración pública para obras y servicios públicos.

(11)

NIVERSIDAD MARIANO %ALVE' DE %ATEMALA

FACLTAD DE CIENCIAS &RIDICAS Y SOCIALES

DERECO ADMINISTRATIVO I

L*cda. %LADYS ELI'AET %IRON ERRERA

RESMEN

LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS

 YESENIA LNA LARA

9@1$ @3 193@>

V CICLO SECCION C

Referencias

Documento similar

La prescripción adquisitiva de dominio o usucapión es una forma de adquirir la propiedad de bienes muebles e inmuebles por el transcurso del tiempo y

Los problemas surgidos por el &#34;Dezi- mo Dinero&#34; (un impuesto de diez pro ciento sobre la venta de bienes muebles, pedido por el gobernador) y la política

Luis Miguel Utrera Navarrete ha presentado la relación de Bienes y Actividades siguientes para la legislatura de 2015-2019, según constan inscritos en el

You may wish to take a note of your Organisation ID, which, in addition to the organisation name, can be used to search for an organisation you will need to affiliate with when you

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

In medicinal products containing more than one manufactured item (e.g., contraceptive having different strengths and fixed dose combination as part of the same medicinal

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in