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El Contrato social de seguro de vida individual

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Academic year: 2020

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(1)UNIVERSIDAD AMERICANA FACULTAD DE DERECHO. EL CONTRATO DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL. BR. MARIA ELEONORA ROCHA GUIDO. Monografía para optar al grado de LICENCIATURA EN DERECHO. Profesor Tutor: Dr. Leonel Argüello Ramírez. Managua, Nicaragua, mayo, 1998.

(2) INDICE. I... INTRODUCCION. 1.. Antecendentes históricos 1.1. Nacimiento. 1.2 1.3. Historia del Seguro de vida en Nicaragua Antecedentes legislativo. II.. JUSTIFICACION. III.. OBJETIVOS Objetivo general..................................................................................1 Objetivos específicos............................................................................1. IV. MARCO TEORICO 1. Marco Jurídico Legal............................................................................2 A. Características del Derecho de inspección y control de seguro..............2-3 B.. Otras fuentes de Derecho...............................................................4. C.. Problemas fundamentales del mercado de seguro y perspectivas futuras......................................................................5. D.. Literatura y Periódico ......................................................................5. 2. Riesgos que se aseguran bajo el Contrato de Seguro de Vida......................5 1. Muerte prematura............................................................................5-6.

(3) 2. Invalidez..........................................................................................6 3. Edad.................................................................................................6 3.. Contrato.........................................................................................................7 A Definición..........................................................................................7 B Requisitos esenciales para la validez de los contratos.........................7 C Objetos cierto en materia de contrato.................................................8 D De la eficacia de los contratos............................................................8 E Extinción de los contratos...................................................................8 F Contrato de seguro de vida individual.................................................9 G Documentos que integran el contrato de seguro de vida individual.....9 H La Póliza............................................................................................9 I Característica del contrato de seguro de vida individual.......................9-10 J. Elementos del contrato de seguro de vida individual............................10 J.1 Elementos Personales.......................................................................10 J.2 Elementos Objetivos o Reales. 4.. Contrato por adhesión..........................................................................12-13 A. La formación del contrato por adhesión...........................................14 B. El contrato de seguro como contrato por adhesión...........................15. 5.. La protección del asegurado contra la cláusulas abusivas.........................16 A. Control Administrativo del Estado...................................................16-17 B. Control Judicial de las cláusulas abusivas.........................................17-18. B.1 La protección del consumidor contra las cláusulas abusivas.........................17-18 B.2 Las cláusulas abusivas: un supuesto de antijuridicidad.................................19-20 B.3 Los alcances de la nulidad de las cláusulas abusivas......................................20. 6.. Bases Técnicas del seguro de vida...........................................................21 A. Tabla de mortalidad........................................................................21-23 B. Tasa de interés................................................................................23-24 C. Reservas matemáticas......................................................................24-25 D. Valuación de reservas......................................................................25.

(4) E. Factores que influyen en la determinación de la prima estandar........2528 F. Prima bruta........................................................................................28 G. Prima de riesgos.................................................................................28 7. Planes de Seguro.......................................................................................29 A. Seguros que solo cubren el riesgo de muerte........................................30 B. Seguros que solamente se pagan por sobrevivencia..............................31 C. Seguros dotales....................................................................................32. 8.. Beneficios Adicionales...............................................................................33 A. Seguros básicos....................................................................................33 B. Seguros adicionales...............................................................................33 B.1 Seguros temporales adicionales......................................................34 B.2 Seguro adicional de accidente.........................................................34 B.3 Otros seguros adicionales...............................................................34 C. Beneficios adicionales...........................................................................35 C.1. Beneficio de anticipación de la suma asegurada en caso de. C.2. incapacidad total y permanente (BASA)..........................................35 Beneficio de exoneración del pago de prima en caso de incapacidad total y permanente..........................................................................36. C.3. Otros beneficios adicionales...........................................................36. D. E.. Caracteriscas generales de los beneficios adicionales.......................36 Tarifa de los seguros y beneficios adicionales..................................37. F.. Seguros complementario.................................................................37. F.1. Seguro complementario o seguros acoplados de accidentes personales. 9.. individuales................................................................................37-38 Tarifas y ejercicios de cálculo de prima................................................. 39-48. 10.. Cláusulas que deben ser revisadas...............................................................49 A. Exclusiones del BASA y BEMDA..........................................................49 B. Requisitos para la procedencia de los beneficios del BASA y BEMDA...........................................................................50 C.Excluisiones del BEMDA inciso h parte final.......................................50. 11.. Solicitud del seguro...............................................................................51-53. 12.. Reclamos del seguro...................................................................................54 A. Definición.......................................................................................54 B.. Requisitos para el pago del seguro..................................................54.

(5) V. VI.. Hipótesis....................................................................................................55 Material y método......................................................................................55. VII. Conclusiones..............................................................................................56. VIII. Recomendaciones.......................................................................................57. IX X. Anexos Glosarios. XI.. Bibiliografía.

(6) INTRODUCCION. En nuestras experiencias se ha demostrado. que la solidaridad humana es un pilar. fundamental en caso de desgracia, como por ejemplo:Terremoto, huracanes, tornados, maremotos, etc. Dicha solidaridad queda demostrada en nuestro país luego de los sucesos del terremoto de Managua en 1972 y el Maremoto en nuestras playas del pacífico en septiembre de 1993, en donde toda la comunidad se unió para ayudar a los más necesitados, suministrándolos: medicinas, alimentos, muebles, ropa, etc. También en caso de accidentes, aparecen voluntarios espontáneos que unen sus fuerzas para componer vehículos y rescatar víctimas. “La contribución de varias personas mengua el infortunio de pocos”. En la vida moderna, la solidaridad y el auxilio se expresan tanto de manera espontánea como organizada, ejemplo: asociaciones de caridad, cuerpos de bomberos, salvavidas de la Cruz Roja y Defensa Civil, y también las ayudas de gobiernos extranjeros desarrollados a países subdesarrollados Así como las desgracias colectivas promueven la solidaridad humana, la muerte de un padre ó de una madre, que son el sostén de una familia, también hace florecer esta solidaridad..

(7) La vida moderna exige desarrollar, la previsión. En ocasiones para poder resolver los problemas que las desgracias colectivas pueden ocasionar y en otras situaciones para poder responder a problemas individuales a que nos enfrentamos los seres humanos ante la pérdida de bienes o de la actividad productiva del jefe de familia. Existe un momento en la vida del hombre en que se acentúa un sentimiento de seguridad futura, y trata de conseguirla por todos los medios a su alcance, tanto para sí como para los suyos. Entonces, el hombre civilizado se da cuenta de que la satisfacción de sus más imperiosas necesidades en la vida diaria es tan importante como la previsión adecuada para sus exigencias futuras. El peligro de la pérdida de la propiedad que ha significado para él, esfuerzo y trabajo, o de la vida que puede llevar al desamparo o la penuria a los suyos, le hace sentir la necesidad de buscar un medio seguro para evitar, hasta donde sea posible, los trastornos económicos, que pueden conducir a un quebranto fortuito. El ahorro, siempre encomiable es el primer recurso de previsión. Al distribuir convenientemente sus ingresos, el hombre separa las sumas que le permite su presupuesto para reunir una cantidad con la que, algún día, pueda hacer frente a cualquier pérdida eventual. No obstante, rara vez se ha logrado por este medio acumular los elementos indispensables para tal fin, y casi siempre ocurre que, o se falló en el propósito de ahorrar, los ahorros así acumulados no fueron suficientes para responder a su objetivo final. Surge entonces la observación de que el hombre aislado y atenido a sus propios recursos difícilmente puede cumplir ese objetivo, pero uniendo su fuerza a las de otras personas que se encuentren en el mismo caso, la ayuda mutua que pueden proporcionar para afrontar los gastos necesarios y los peligros a que todos están expuestos hace posible una protección firme, surgiendo así la forma más simple de la institución del seguro..

(8) El seguro de vida es un medio de previsión eficaz, que garantiza un capital o una renta en caso de muerte del asegurado o al cumplirse un plazo convenido o al llegar a cierta edad, como en la vejez cuando más se necesita. Este estudio está basado en las informaciones obtenidas en el Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros (INISER), en algunos libros consultados, entrevistas y otros medios que no permitan una mayor información referente al tema. En el trabajo investigativo sobre los contratos de seguro de vida individuales, analizaré las cláusulas en general, fundamentalmente en las que se desprenden de su contenido que son abusivas, con respecto al asegurado y sus beneficiarios, la importancia de esta actividad investigativa en que lograré determinar en que aspectos las mencionadas cláusulas son lesivas a los intereses económicos de los beneficiarios. Esto implica que con los resultados del trabajo habrá beneficios tanto para los beneficiados como para la institución. El asegurado prevé la circunstancia de satisfacer una necesidad que puedan tener sus familiares una vez que acontezca la muerte de acuerdo a lo contratado, así garantiza el respaldo económico a sus familiares por medio del contrato de seguro. Mi trabajo tiene como fin, brindarle una mayor protección al asegurado, en cuanto a las cláusula comprendidas en el contrato de seguro de vida individual y para eso señalo más adelante algunas cláusulas en las cuales se debería darle al asegurado un poco más de flexibilidad por parte de las instituciones dedicadas a estas actividades.

(9) 1. III.. OBJETIVOS. Objetivos Generales: Señalar los tipos de cláusulas que perjudican al asegurado en el contrato de seguro de vida individual. Objetivos Específicos: Dejar un planteamiento en mi Monografía, que sirva de referencia como material de estudio para los interesados y especialmente los que incidan en la revisión de la legislación en este tipo de contrato, con el fin de garantizar una justa y mejor cobertura de beneficios en los beneficiarios de los contratos de seguro de vida individual. Ayudar con los resultados de esta investigación a favorecer a los beneficiarios y las instituciones aseguradoras, pues al modificar las cláusulas abusivas se incrementará la venta de seguro..

(10) 2. EL MARCO TEORICO. IV... 1.. El Marco Jurídico Legal. El marco Jurídico legal de los contratos de seguro de vida individual está contemplado en el Código de Comercio , Ley General de Instituciones de Seguros, las que fue reformada en 1996 y la Ley de Creación de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financiera y su Reglamento. Con lo anterior se efectúa el control administrativo para evitar las cláusulas abusivas en los contratos. A.- Características del Derecho de Inspección y Control de Seguros. SUPERVIGILANCIA DEL ESTADO- se instituyó gradualmente sobre las instituciones del. Seguro de Nicaragua. Por Decreto No. 23 del 14 de abril de 1956 fueron colocadas bajo el control de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones, dependiente del Banco Central de Nicaragua, las Compañías de Capitalización, de Ahorro y Préstamo para la de Vivienda. El artículo 7 de este Decreto sometió bajo el mismo control a las Compañías de Seguros, siempre que incluyeran entre sus actividades operaciones de capitalización, de ahorro y préstamo. El Decreto 19 del 16 de marzo de 1959, extiende la misma supervigilancia a las Compañías de Seguros de cualquier clase, quedando consecuentemente sometidas a las disposiciones del referido Decreto No.23, en lo que les fuere aplicable. Las Compañías de Seguros, por tanto, requerían para operar autorización del Ministerio de Economía, previo informe de la Superintendencia de Bancos, incluso las que estaban constituidas en la fecha del Decreto, a las cuales se les dio un plazo para ajustarse a las nuevas exigencias.. Las atribuciones de la Superintendencia son principalmente contables. Debe propender a la uniformidad para la contabilización y presentación de balances de las compañías, exigir un.

(11) 3. estado detallado de sus operaciones de cada semestre y efectuar por medio de inspectores, revisiones periódicas (Art.9) La infracción a cualquier disposición legal o declaración falsa de datos acarrea severas sanciones (Art.11). La Superintendencia tiene derecho a cancelar la autorización si las prácticas administrativas de las Compañías pusieran en grave peligro los intereses del público (Art.13) La Superintendencia también interviene en el aspecto técnico de las tarifas. Existe en cierto modo además, una disposición legal en virtud de la cual las Compañías nacionales y extranjeras deben depositar en un banco nacional una suma equivalente a US$ 10.000 en bonos o en dinero efectivo, pero esta disposición, hasta la fecha, no ha sido aplicada.. La Ley creadora de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, Ley No. 125 del 21 de marzo de 1991, creó la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras, cuyas funciones habían sido absorbida por la Contraloría General de la República en la década de los 80 según el art. 2 de dicha ley dicho organismo tiene a su cargo la autorización, supervisión, vigilancia y fiscalización de los Bancos de las Financieras, de las empresas que intermedian recursos financieros ó préstamos servicios bancarios, de los almacenes generales de depósito, de la bolsa de valores y de las Empresas de Seguros y Reaseguros, así como del Banco Central de Nicaragua. Dicha Ley se re reglamenta por el Poder Ejecutivo, con Decreto No. 3091, del 23 de julio de 1991. La Ley No. 125 fue firmada por la Asamblea Nacional en sus artos. 8 y 30, que se refieren a la aportación de recursos para cubrir el presupuesto anual de la Superintendencia y la incorporación de nuevos sistemas tecnológicos en las operaciones de las instituciones supervisadas. Dicha reforma consiste en la Ley No. 168 del 31 de octubre de 1997..

(12) 4. B. OTRAS FUENTES DE DERECHO.-. a). El derecho contractual es regido por el Código de Comercio publicado el 30 de octubre de 1916 y en su defecto por el Código Civil. La Superintendencia poco a poco va asumiendo atribuciones para aprobar las condiciones de las pólizas e influir en el derecho contractual. No existen prescripciones sobre “ Cartel” en lo que se refiere al Contrato de Seguro.. b). En general los Seguros Privados o Comerciales son voluntarios, sin embargo hay seguros obligatorios que son tales como el de Responsabilidad Civil de Licencias y Responsabilidad Civil de Transportistas Públicos. Existe una fianza obligatoria para los conductores de vehículos motorizados de 1,000 córdobas, que puede otorgarse en forma de hipoteca o fianza solidaria de personas que tengan bienes raíces. Las Compañías de Seguros que tienen bienes raíces pueden otorgar pólizas que sirvan de fianza.. c). El Decreto No.161 de 22 de diciembre de 1955 creó el Instituto Nacional de Seguridad Social que está a cargo del Seguro Social de Nicaragua. Sus actividades sólo se extienden a Managua. El título 5º. Del Decreto No. 7 del 22 de diciembre de 1956 sobre el Instituto Nacional de Seguridad Social, reglamenta el Seguro de los Riesgos Profesionales, y hace obligatorio el de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Sin embargo, las Compañías de Seguros pueden seguir operando en estos Seguros en las zonas donde el Instituto de Seguridad Social aún no ha establecido sus servicios..

(13) 5. C.. PROBLEMAS FUNDAMENTALES DEL MERCADO DE SEGUROS Y PERSPECTIVAS FUTURAS.. Una muy fuerte competencia es la característica principal del mercado de Seguros en Nicaragua. Especialmente gravitan sobre el mercado las Compañías extranjeras no autorizadas. A pesar de que se sanciona la competencia habitual por medio de representantes estables, las actividades esporádicas de las Compañías no autorizadas causan fuertes daños. En general, no existen mayores problemas administrativos y la siniestralidad, con excepción de la de los Seguros de vehículos motorizados y transportes, es bastante moderada. D.. LITERATURA Y PERIODICOS. La Superintendencia de Bancos y otras Instituciones edita un boletín de estadísticas de Instituciones Financieras que contienen información sobre las Empresas de seguros.. 2. RIESGOS QUE SE ASEGURAN BAJO EL CONTRATO DE SEGURO DE VIDA Los principales riesgos a los que está sujeto el ser humano pueden ser cubiertos mediante el seguro de vida, a continuación hago una descripción de los mismos. 1.. Muerte Prematura. La familia deja de recibir los ingresos económicos que proporcionaban el fallecido, y aunque éste no hubiese tenido empleo remunerado, el perjuicio económico persistiría porque la familia perdería a alguien que asumía labores del hogar..

(14) 6. A veces esa falta ocasiona la desintegración de la unidad familiar, cuando los hijos menores pasan al cuidado de otros familiares, mientras la madre ama de casa trabaja fuera del hogar. Se pueden paliar las consecuencias antes referidas si el cabeza de familia hubiere ahorrado o tuviere un seguro de vida para pagar los gastos del fallecimiento y el mantenimiento de la familia por un período de tiempo posterior. 2.. Invalidez. La pueden ocasionar, enfermedades o accidentes graves, el inválido no sólo deja de producir sustento para su familia, sino que aumenta sus gastos con la carga de su manutención. El seguro de vida mediante cobertura de invalidez permanente, es un medio eficaz para eliminar o disminuir las consecuencias económicas adversas que ocasiona la invalidez, al proporcionar el capital necesario cuando más se necesita. 3.. Edad. El ser humano ve disminuidas sus energías y capacidad productiva con el paso de los años. La vejez es un fenómeno natural al que estamos expuestos todos los seres humanos, por lo que es natural prevenir las consecuencias de la misma, en especial la disminución o falta de ingresos con el ahorro y el seguro de vida dotal o de supervivencia y el seguro de vida de la venta vitalicia.

(15) 7. 3.. CONTRATO. A.. Definición :. Es un acuerdo de dos o más personas para constituir, regular o aclarar entre las mismas un vínculo jurídico. Hay contrato cuando dos o más personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos. Los contratos lícitos obligan a las partes contratantes en iguales términos que la ley. Además de las condiciones indispensables para la validez de las obligaciones en general, se requiere para las que nacen de contrato, el consentimiento, y que se cumplan las solemnidades que la ley exija. La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes. B.-. Requisitos esenciales para la validez de los contratos.-. Consentimientos de los contratantes, el que debe ser claramente manifestado y libre.. Desde que se acepta queda perfecto el contrato, salvo que la ley exija alguna otra formalidad, pero en todo caso se tendrá como una promesa exigible. Es anulable el contrato en que se consiente por fuerza o miedo grave. El dolo no vicia el consentimiento , sino cuando es obra de una de las partes y cuando además aparece claramente que sin él no hubiera habido contrato. Para que el consentimiento sea válido se necesita que el que lo manifiesta sea legalmente capaz..

(16) 8. C.. Objeto cierto en materia de contratos.-. Pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no están fuera del comercio de los hombres, aún las futuras. No podrán ser objeto de contrato las cosas o servicios imposibles. Es nulo el contrato cuyo objeto no sea física y legalmente posible, esto no considera lo que sea con relación absoluta al objeto del contrato, pero no a la persona que se obliga. No son objeto de contrato las cosas o actos que no se pueden reducir a un valor exigible, ni los actos contrarios a la moral pública o a las obligaciones impuestas por la ley. D.. De la eficacia de los contratos.-. Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado, sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. Los contratos obligan tanto a lo que se exprese en ellos, como a las consecuencias que la equidad, el uso o la ley hacen nacer de la obligación, según la naturaleza de ésta. E.. Extinción de los contratos.-. La extinción es el cese, cesación, término, conclusión, desaparición de una situación o relación, y a veces, de sus efectos y consecuencias también.. Los contratos pueden extinguirse por: nulidad, rescisión, revocación y por resolución. De la nulidad ya nos referimos. La rescisión es la acción y efecto de rescindir, de dejar sine efecto un acto jurídico. La revocación es la delación sin efecto de un acto. La resolución de un contrato equivale a deshacerlo o destruirlo, es, pues una forma de extinción de los contratos, demandable por uno de los contratantes cuando en los contratos literales conmutativos y en los unilaterales onerosos la prestación a su cargo se tornare excesivamente onerosa por acontecimiento extraordinario e imprevisibles. F.. Contrato de Seguro de Vida Individual.-. El seguro de vida es un contrato suscrito entre dos partes, el contratante del seguro o dueño de la póliza y el asegurador..

(17) 9. El contratante se compromete a pagar al asegurador la cantidad de dinero estipulada en el contrato, llamada prima. El asegurador se compromete a pagar la cantidad de dinero estipulada en el contrato y denominada “Suma Asegurada”, a las personas designadas como beneficiarias, o al mismo asegurado cuando ocurra la muerte o su invalidez o sobrevivencias dentro del plazo de la póliza. G.. Documentos que integran el Contrato de Seguro de Vida Individual.-. •. La solicitud del seguro. •. Exámenes e informes médicos. •. Póliza. •. Documentos suscritos por el asegurado que hayan servido de base para expedir o modificar el contrato.. • J.. La Póliza. La Póliza: es el testimonio o prueba del contrato de seguro. Está integrada por las condiciones generales, condiciones particulares y los adendos o endosos I.. •. Características del Contrato de Seguro de Vida Individual.-. Es bilateral, porque es suscrito entre dos partes y crea obligaciones y derechos para cada una de ellas, el contratante o dueño de la póliza y el asegurador.. •. Es de adhesión, porque el dueño de la póliza no participa en la redacción del contrato, sino que se adhiere a las estipulaciones que le presenta y que ha elaborado el asegurador.. •. Es aleatorio, porque la ocurrencia de los eventos asegurados están sujetos al azar. El asegurado puede morir o no, en el lapso de tiempo estipulado.. •. Es pecuniario, porque es relativo al dinero. La principal obligación del dueño de la.

(18) 10. póliza es pagar dinero al asegurador (la prima). El asegurador también debe pagar dinero si ocurre el evento asegurado (la suma asegurada). •. Es oneroso, porque tanto el dueño de la póliza como el asegurador esperan obtener ganancias en la operación.. J.. Elementos del Contrato o Seguro de Vida Individual.-. J.1. Elementos Personales. •. Un contratante, un asegurado, un beneficiario y un asegurado.. •. El contratante o dueño de la póliza es la persona que contrae las obligaciones frente al asegurador y es dueño de los derechos derivados del contrato. Puede ser una persona natural o jurídica.. •. A veces pueden concurrir en una misma personas las figuras del contratante, del asegurado y del beneficiario, en la práctica lo común es que el dueño de la póliza sea el mismo asegurado. La doble característica de contratante y asegurado es la que a menudo causa confusiones más aún en los casos cuando en la póliza se usa la palabra asegurado, para referirse indistintamente al contratante y al asegurado.Este último solo puede ser una persona natural, a diferencia del contratante que puede ser persona natural o jurídica.. •. El dueño de la póliza debe disponer de capacidad legal para contratar seguros. Los menores de edad y los interdictos no pueden contratar seguros por sí solos.. •. El asegurador es la empresa aseguradora, ésta sólo puede ser una persona jurídica y debe estar debidamente autorizada para operar el Ramo de Seguros de Vida por la Superintendencia de Bancos y de otras Instituciones.. •. En Nicaragua actualmente sólo existe una empresa que brinda seguros de vida individual que es INISER., aunque las empresas privadas señalan que estarán trabajando este ramo en los próximos meses y una de ellas, la Metropolitana me indicó.

(19) 11. que tienen sometidos unos planes de Seguro de Vida individual ante la autoridad supervisora. •. Antes de que INISER existiera solamente podria ejercer la actividad aseguradora, personas jurídicas constituidas como sociedad anónima y los Entes Autónomos del Estado que por su ley constitutiva estuvieren autorizados para ellos. Actualmente la Ley General de Instituciones de Seguros, reformada en agosto de 1996, permite la constitución de aseguradoras privadas, siempre bajo la forma jurídica de sociedades anónimas.. J.2. Elementos Objetivos o Reales. 1. El objeto del seguro que puede ser la persona o una cosa.- El riesgo: Es la eventualidad que como tal puede ocurrir o no, cuando la eventualidad ocurre recibe el nombre de siniestro, cuando el riesgo es mayor el seguro es más caro. •. La prima es el precio del producto, la contraprestación del asegurado. Como los contratos de seguro de vida son por lo general de largo plazo, la prima se paga de manera fraccionada anualmente.. •. La obligación del contratante de la póliza es pagar la prima por adelantado. Si se paga el total de la prima de una sola vez, se le llama prima única. En principio la prima puede ser nivelada, creciente, decreciente, y variable; lo común es que sea nivelada. La prima puede pagarse periódicamente a lo largo de todo el plazo del seguro. También puede pagarse por un número de años menor que el del plazo del seguro. Este último caso se da en los planes con prima a pagos limitados. La prima se calcula esencialmente en base a las probabilidades de muerte del asegurado. Como las probabilidades de morir aumentan con la edad, los asegurados de mayor edad pagan mayor prima que los más jóvenes.. •. La suma asegurada: es la cantidad de dinero que está obligado el asegurador a pagar si ocurre el evento previsto o riesgo cubierto en la póliza.. •. La suma asegurada puede ser creciente, decreciente, nivelada y variable la práctica en INISER es que sea nivelada..

(20) 12. J.3 •. Elementos Personales Los beneficiarios: son las personas a quienes debe pagarse la suma asegurada. Pueden existir uno o varios beneficiarios, pueden tratarse de personas físicas o jurídicas.. •. Los riesgos cubiertos por los que responde el asegurador, que es la razón esencial del contrato, son: La muerte, la vejez y la invalidez. La pérdida de ingreso se cubre bajo los seguros de ahorro.. •. El plazo o vigencia: Es el tiempo por el que se contrata el seguro, puede ser de un año o hasta por toda la vida.. 4.. Contrato por Adhesión. El contrato por adhesión o cláusulas predispuestas es aquel en que la configuración interna del mismo (reglas de autonomía) es dispuesta anticipadamente sólo por una de las partes (predisponente profesional, proveedor, empresario, etc.) de manera que la otra, (adherente, consumidor, no profesional) si es que decide contratar, debe hacerlo sobre la base de aquel contenido. Por consiguiente en el contrato por adhesión es aquel en el que las cláusulas son dispuestas por uno solo de los futuros contratantes, de manera que el otro no puede modificarlas ni puede hacer otra cosa que aceptarlas o rechazarlas. De ello se deduce que la contratación predispuesta porta los siguientes caracteres: a). La ordinaria determinación bilateral de contenido del vínculo que caracteriza a la contratación discrecional que se desenvuelve desde la etapa de tratativas queda sustituida por un simple acto de adhesión o un esquema predeterminado unilateralmente. Tal vez la unilateralidad sea uno de sus rasgos más característicos. La configuración interna del contrato viene modelada sólo por una de las partes precisamente identificada como el predisponente. En los contratos por adhesión en los que las cláusulas están originalmente impresas, sin posibilidades para el adherente de imponer condiciones distintas, no puede.

(21) 13. hablarse de igualdad de situación para la partes. b). Otro elemento caracterizante del contrato por adhesión lo constituye la rigidez del esquema predeterminado por el empresario. Ello significa que su contraparte carece del poder de negociación que consiste en discutir o en intentar influir en la redacción de contrato o tan siquiera de una cláusula.. c). La predisposición contractual es inherente al poder de negociación que concentra el profesional y que generalmente siempre coincide con la disparidad de fuerzas económicas.. d). Las alternativas de que dispone el adherente consisten en no contratar.. e). Riesgo que consiste en quien detenta el poder de negociación aproveche tal condición para reafirmarlo y ello sólo es posible a través de cláusulas que integrando la configuración interna (contenido) de contrato apuntalen la posición dominante de que disfruta el profesional.. f). Si el contrato por adhesión presupone desigualdad formal, destrucción de la relación de paridad, el abuso contractual lo acentúa.. g). Aparece entonces el orden jurídico y el poder de los jueces como el único y último refugio. El primero, a través de una dilatación de derecho necesario que se traduzca en límites inherentes al contenido predispuesto, mediante la consagración de normas imperativas y semi imperativas. El segundo acudiendo a una interpretación del contrato que no desatienda ni se aparte de las directivas esenciales (principios fundamentales) que gobiernan el derecho dispositivo, reformulando su función, no reparando en él como mera muletilla, operativa solo para el caso de ausencia de reglas de autonomía, como un derecho subsidiario.. A.. La formación del contrato por adhesión.Una de las notas salientes de los contratos por adhesión está referida a su formación.. Si bien es cierto que nos hallamos en presencia de una declaración de voluntad común destinada a reglamentar los derechos de las partes y que se manifiesta por medio de una oferta y de una aceptación, el esquema predispuesto o formulario impreso de oferta tiene un.

(22) 14. destinatario genérico, el público consumidor o usuario, y no va dirigido a persona determinada. Ocurre que el consumidor o usuario adhiere a un esquema contractual que le viene predeterminado y lo hace a través de una manifestación de voluntad particular y concluyente, que se traduce en una oferta. De tal manera que ésta nace del adherente quien propone contratar en base a las condiciones generales predispuestas por el profesional o empresario, quien a pesar de que la oferta lo es en base a un formulario de cuyo contenido es su autor exclusivo se reserva el derecho de aceptarlo en consideración a las condiciones específicas que le son ofrecidas. De lo expuesto surgen las siguientes etapas que integran el iter formativo: a). El predisponente provee al ofertante una solicitud de propuesta ya impresa reservándose obviamente el derecho de aceptar o no.. b). El consumidor o usuario ofertante o adherente con la propuesta inicia el iter informativo, pues con ella emite su declaración de voluntad dirigida a iniciar la formación definitiva de contrato. De lo expuesto surge que la etapa referida (la inicial), la del consumidor que adhiere, presupone que hasta ese momento no hay contrato nacido a la vida jurídica.. c). La aceptación por el predisponente hace perfecto el contrato. Lo expresado presupone que el consumidor ha adherido al texto de las condiciones generales predispuestas. Y si el contrato alcanza a perfeccionarse es porque en su plenitud lo que incluye las condiciones particulares, que es donde se consignan los elementos específicos de la relación singular.. B.. El Contrato de Seguro como Contrato por Adhesión. La modalidad que adopta la formación del contrato de seguro lo identifica típicamente como contrato por adhesión. De allí que su tratamiento sea el que corresponde a una especie, prototipo de su género, el contrato por adhesión con cláusulas predispuestas..

(23) 15. a). El contenido (modelo de póliza) es dispuesto anticipada y unilateralmente por el asegurador (predisponente).. b). La técnica negocial de la predisposición contractual consiste en que el solicitante asegurable adhiera en bloque a las condiciones generales de la póliza, o decide no contratar.. c). El contrato lo celebra el asegurador (Predisponente) con cada adherente individual (asegurado), pero en base a condiciones generales uniformes, aplicables a todos y cada uno de los futuros contratos que celebre.. d). El contrato de seguro carece de una etapa de tratativas en punto al contenido de las condiciones generales. El asegurable no participa en la creación del esquema contractual.. e). El contrato de seguro es por adhesión porque el dueño de la póliza no participa en la redacción de las cláusulas del contrato, sino que se adhiere a las estipulaciones que le presenta y ha elaborado el asegurador.. 5.. LA PROTECCION DEL ASEGURADO CONTRA LAS CLÁUSULAS ABUSIVAS. A.. Control Administrativo del Estado.-. La actividad aseguradora se halla controlada por el Estado a través de la.

(24) 16. Superintendencia de Bancos y de otras Instituciones Financieras. El control se extiende desde la autorización misma para operar hasta el establecimiento de requisitos económicosfinancieros, como el capital mínimo, y técnicos, como ser la aprobación de planes de seguros que contengan el texto de las pólizas, primas y bases para el cálculo de las reservas técnicas; pasando por la autorización para la fusión de las entidades o la cesión total o parcial de cartera; la revocación de la autorización para operar e interviniendo en la fiscalización de la liquidación por disolución voluntaria, instándola en la liquidación judicial o asumiendo condición de liquidador en la coactiva; y por último aplicando sanciones que van desde llamado de atención, apercibimiento, multa y suspensión, hasta la revocación para operar. En cuanto a los fundamentos del control administrativo del Estado sobre la actividad aseguradora, puede afirmarse que las entidades que explotan el negocio, administran una fuerte masa de capital constituido por las primas percibidas por cada contrato celebrado. Si se trata de seguros de personas, específicamente los de vida, es considerable la acumulación de primas que permanecen en poder del asegurador. Ese fondo, que tiene como propósito el resarcimiento de un daño, o el cumplimiento de la prestación convenida si ocurre el siniestro previsto, es preciso que no sea desviado de la función específica para el que se lo reserva. El Estado, a través del órgano de control, realiza vigilancia en consideración a la proyección que requiere la mutualidad de asegurados que, de lo contrario, se hallaría desprotegida, y también de los terceros, en ocasiones beneficiarios de la prestación en los seguros de personas o cuando por su condición de damnificados adquieren privilegio sobre la suma asegurada y sus accesorios. Hay un interés público comprometido en la actuación de la Empresa y en la que el Estado debe ejercitar un poder de policía particularmente intensificado. Es el Estado a quién le incumbe controlar si el texto de la propuesta, que a su vez debe contener el de la póliza, no es una pura arbitrariedad, si como instrumento del contrato no hace si no expresar la ley del más fuerte a través de cláusulas predispuestas que, a su vez, desnaturalizan la esencia misma del vínculo contractual..

(25) 17. Como vemos la protección de los asegurados es la razón subyacente de la vigilancia por la autoridad de la vida de la sociedad aseguradora, desde la aprobación de la misma para operar como tal, hasta su disolución.. B.-. Control Judicial de las Cláusulas Abusivas.-. B.1. La Protección del Consumidor, contra las Cláusulas Abusivas.Son plurales los mecanismos de control judicial sobre las cláusulas abusivas.. a). Uno de los existentes y que ha recibido consagración legislativa ha sido el de su enunciación en un texto legal. Por caso, es el ejemplo que suministra el Código Civil Italiano que subordina la eficacia de un elenco de condiciones generales a la circunstancia de haber sido específicamente aprobadas por escrito. El sistema ha sido objeto de críticas, argumentándose, con acierto, que la aprobación por escrito no debería ser aparejada como consecuencia desafecta del control judicial la ilicitud de una cláusula o asignarles eficacia a la inmoralidad o al abuso.. b). Alemania constituye a nuestro juicio, modelo de otro mecanismo de control de las cláusulas abusivas. El control se ejerce a través de un dispositivo legal complejo, compuesto-entre otros de una cláusula general, así expresada:. I). Las estipulaciones contenidas en condiciones generales negociables son ineficaces cuando perjudican al adherente inequitativamente, en oposición al principio de la buena fe.. II). En la duda se presume la existencia de perjuicio inequitativo, cuando la cláusula:. 1). No es compatible con las ideas esenciales de la regulación de la cual se aparta, ó. 2). limita de tal forma los derechos y deberes derivados de la naturaleza del contrato que se pone en peligro la consecución de la finalidad de éste.. El legislador alemán ha optado por la incorporación al texto legal de una norma general, aplicable a todos los casos que se le subsuman, especialmente los no enunciados como.

(26) 18. prohibidos con o sin apreciación judicial. c). Un tercer criterio se halla representado, y más últimamente, por el Código de Defensa del Consumidor de Brasil que consiste en un enunciado de cláusulas abusivas, y por ende, nulas de pleno derecho y además, un elenco de cláusulas abiertas. Una de las disposiciones se constituye en un autentico logro a través de una norma interpretativa. En efecto, se afirma como absolutamente nula la cláusula que “establece obligaciones consideradas inequitativas, abusivas, que coloquen al consumidor en desventaja exagerada, o sean incompatibles con la buena fe y la equidad”. Si bien el sistema brasileño se asemeja al alemán, la diferencia entre ambos se halla constituida porque, en el primero se omite toda distinción entre cláusulas cuyo contenido debe o no ser apreciado para juzgar sobre la existencia de abuso y se opta por un enunciado único, mientras que en el segundo establece presunciones inre et de inre de los casos en que se considera que el predisponente ha incluido en el contrato de adhesión cláusulas abusivas.. B.2. Las Cláusulas Abusivas: un Supuesto de Antijuridicidad.Por esencia, el contrato por adhesión pone de manifiesto la existencia de una. desigualdad formal cuya génesis la hallamos en el predominio contractual (poder de negociación) concentrado en el profesional. Si a ello se añade la circunstancia de que a la configuración interna del contrato confluyan y penetren cláusulas abusivas, cabe concluir.

(27) 19. que el contrato de masa, estándar o uniforme, alcanza a asumir categoría de instrumento de opresión. La contratación predispuesta presupone desigualdad formal. Ambas suprimen la posibilidad de que el adherente controle los excesos, las injusticias y los abusos introducidos en un texto cuyo contenido ha sido predeterminado. Cuando se examina el grado de asimilación o rechazos, por el ordenamiento jurídico, de una cláusula abusiva, en última instancia lo que se está analizando es si nos hallamos frente a un ilícito. De lo que no cabe duda es de la ilicitud de toda estipulación que contraríe una prohibición expresa de la ley, como por ejemplo lo será la cláusula limitativa de responsabilidad por incumplimiento doloso de las obligaciones. Este supuesto es el que halla encuadramiento en lo que se ha dado en denominar la ilicitud o antijuridicidad formal, comprensiva del acto voluntario reprobado o descalificado por la ley, lo que debe entenderse como prohibido. La antijuridicidad formal se sostiene argumentalmente en la tipicidad del ilícito y de la sanción, lo que implica equiparar ilicitud con ilegalidad. Es entonces cuando se señala que lo ilícito “debe ser algo más que la violación de lo prohibido legalmente”, dado que “el derecho son los principios antes que la ley escrita” y ésta no es sino una de las formas técnicas de lo justo. Y ese “algo más” se halla constituido por pautas jurígenas, distintas a la ley, como ser el orden público, el derecho necesario, la moral, la equidad, la buena fe, el ejercicio regular de los derechos, la relación de equivalencia o reciprocidad del vínculo contractual. Si estas se violan por las cláusulas abusivas, se da un quebrantamiento intolerable del equilibrio contractual por lo que nos encontramos frente a una ilicitud material o antijuridicidad material. La caracterización de la antijuridicidad de lo antinormativo, excede la ilegalidad, de suerte tal que también lo materialmente antijurídico se halla prohibido. B.3. Los Alcances de la Nulidad de las Cláusulas Abusivas.Frente a la existencia de una cláusula abusiva se discute el alcance material de la.

(28) 20. invalidez y los términos de la misma pendulan entre circunscribir la nulidad a la cláusula viciada, subsistiendo el contrato incólume en todo los demás, lo que se enuncia como nulidad parcial, o someter a la disciplina de la invalidez, también a la parte sana del negocio que viene así a resultar atrapada por la suerte de la cláusula viciada, configurándose la nulidad total del acto. La respuesta que suministran los sistemas jurídicos se halla condicionada a la indagación sobre la posibilidad de escribir y considerar independientes entre sí las cláusulas que integran el contenido negocial del contrato, de modo que la invalidez de alguna de ellas no influya sobre las otras. La tendencia a mantener la existencia del contrato y sus efectos, aunque alguna de sus cláusulas sea ineficaz, es la que conduce a la regla de la nulidad parcial, de tal suerte que una vez separada la parte nula, “se justifica la subsistencia del negocio con los elementos válidos, dotados de interés práctico para las partes”.. 6.. Bases Técnicas del Seguro de Vida.-. Las bases técnicas del seguro de vida son esencialmente dos: la tabla de mortalidad y la tasa de interés. A.. Tabla de Mortalidad.

(29) 21. Es un cuadro tabular que muestra la tasa de mortalidad de cada edad para el siguiente año de edad. Tasa de mortalidad para una edad es la probabilidad de morir dentro de un año después de alcanzada esa edad. Muestra el comportamiento de la mortalidad de un segmento poblacional de un lugar geográfico en un tiempo dado. También muestra la frecuencia con que mueren las personas. El cuadro indica también los datos siguientes: edad de las personas, desde cero hasta la máxima edad vivida por los integrantes del grupo, número de personas fallecidas, dentro de un año después de alcanzada esa edad, número de personas que sobreviven al final de ese año y la frecuencia de mortalidad y sobrevivencia. La mortalidad está determinada por muchos factores y no solamente por la edad influyen la ocupación, sexo, costumbre, deportes practicados, estado de salud, factores genéticos, nutrición, situación económica, etc. La mortalidad de los oficinistas es diferente que la de los campesinos, la de las mujeres es diferente que la de los hombres, la de los ricos es menor que la de los pobres. La mortalidad difiere de un lugar geográfico a otro. La tasa de mortalidad de un país europeo es totalmente diferente a las de Centroamérica, la de Nicaragua es totalmente diferente a la de Argentina, la de Managua es diferente a la de Jalapa. La mortalidad es diferente según los tiempos. La del tiempo Colonial en América era mayor que la del siglo pasado, y la del siglo pasado mayor que la actual. La mortalidad de las personas aseguradas es menor que la de la población en general. La mortalidad de los asegurados en los primeros años del contrato es menor que la de los años posteriores. La mortalidad de los primeros años de vida es relativamente más alta que la de los años juveniles, la de los juveniles menor que la de los adultos. Pueden construirse infinidad de tablas de mortalidad según el grupo que se desee estudiar, ejemplo: fumadores, no fumadores, mujeres, hombres, etc. Es importante conocer todo lo relativo a la mortalidad porque las aseguradoras deben seleccionar una tabla de mortalidad como base para establecer las primas de.

(30) 22. los seguros de vida que venden, según el mercado al que dirige el producto. Ejemplo: si la mortalidad es alta es obvio que las primas serán relativamente altas. Si se desea vender un nuevo plan a personas con ingresos elevados, las tarifas serán relativamente más bajas, siempre que la mortalidad del grupo sea menor. Los países desarrollados disponen de varias tasas de mortalidad sobre la base de estadísticas de su población. En Nicaragua no disponemos de una tabla de mortalidad elaborada completamente sobre nuestra población, ni sobre la experiencia de las aseguradoras locales. Por eso las compañías nacionales del pasado e INISER en la actualidad, tuvieron que seleccionar una tabla específica básica. La tabla seleccionada es considerada, la tabla de mortalidad normal, o estándar para el grupo a quien se vende el producto. Las tasas de prima estándar del asegurador estarán basadas sobre su tabla de mortalidad estándar.. Los individuos que son aceptados a las tasas de prima estándar, son llamados corrientemente riesgos estándar o normales. Al decir sí o no, un candidato puede ser asegurado a condiciones normales, el asegurador corrientemente dejará de lado anormalidades menores. Hasta qué extremo procederá así, dependerá de la variedad de los factores actuariales que difieren de una aseguradora a otra. Se deduce de lo anterior que la aceptación de un candidato como normal depende no sólo de las características de mortalidad del aplicante en sí mismo, sino también, hasta una pequeña extensión, de la política de suscripción de la compañía a la que se propone el seguro.. •. Algunas tablas de mortalidad.. •. Tabla de mortalidad de la población: recoge los datos de mortalidad de la población en general. Por tanto datos de personas sanas y enfermas de todas las ocupaciones, hábitos y costumbres.. •. Tabla de mortalidad de asegurados: recoge los datos de mortalidad de la cartera de una o varias aseguradoras durante un período de tiempo. La tasa de mortalidad de esas tablas son menores que las poblacionales..

(31) 23. •. Tabla de mortalidad selecta: muestra la mortalidad de los asegurados durante los primeros años de vigencia del contrato y la mortalidad posterior o final por separado. Las tasas reflejan el efecto de la selección de riesgos.. B.. Tasa de Interés. Como el asegurado paga las primas por anticipado, supongamos que la muerte ocurre a mediados o final de año, la ocasión que las aseguradoras pueden invertirlas por cierto tiempo y obtener ganancias antes de pagar los reclamos. La inversión genera intereses. Si conocemos la tasa de interés que se obtendría de la inversión de la prima, se puede acreditar dichos intereses al asegurado para reducir la prima. Con base a estas consideraciones la aseguradora fija un criterio sobre la tasa mínima que se puede garantizar al asegurado para acreditarla en el cálculo de la prima: la tasa de interés garantizada. Por otro lado, si el asegurado pagara cada año la prima que le corresponde según la edad alcanzada, debería pagar una prima creciente, debido que la mortalidad es creciente. Sin embargo por consideraciones prácticas esto no ocurre así, sino que el asegurado paga una prima igual año con año, es decir una prima nivelada. Como la prima nivelada es el promedio de las primas crecientes de varios años, la prima exacta de los primeros años es menor que la prima nivelada, pero en los años finales, sucede lo contrario: la prima nivelada es menor que la real.. En los primeros años el asegurador recibe un valor mayor que el que matemáticamente corresponde según la edad, este excedente se debe de reservar para cubrir los faltantes del final. Si conocemos la tasa del interés que se obtendría de la inversión de esta reserva se.

(32) 24. puede acreditar dichos intereses al asegurado, para reducir la prima, la tasa de interés que se introduce en los cálculos es la tasa de interés garantizada, si esta fuera elevada la prima se reducirá más. La tabla de mortalidad seleccionada y tasa de interés combinada, producen grandes efectos en la determinación de la prima. Las aseguradoras tienen que garantizar una tasa discreta porque los contratos de seguro, son generalmente de largo plazo. Durante la segunda mitad de los años 70 del siglo XX surgieron en el mercado mundial nuevos planes de seguros de vida (vida universal) que garantiza una tasa mínima relativamente baja para todo el plazo del seguro, pero pagan en realidad una tasa mayor si la aseguradora logra mejores resultados en la inversión de las reservas. C.. Reservas Matemáticas.-. Las reservas matemáticas provienen del dinero, pagado por anticipado por el asegurado. El asegurado paga la prima anual al comienzo del año póliza. Sus pagos en algunos planes, llevan incluida una porción del ahorro, y por último, llevan un excedente sobre la prima de riesgo de muerte debido a la nivelación de la prima anual. Ese dinero excedente y el ahorro deben de reservarse porque existen obligaciones con los clientes: Primero: La aseguradora debe disponer del dinero suficiente para pagar los reclamos por fallecimiento.. Segundo: Porque la prima del riesgo de muerte pagada en exceso servirá en el futuro para completar la prima de riesgo de los años finales de la póliza, cuando la prima nivelada es inferior que la prima de riesgo exacta. Por último, porque si el asegurado no muere en el plazo del contrato, deberá pagársele el ahorro convenido, en el caso de pólizas de seguro de vida dótales o de otro tipo que contengan la condición de entregar una suma de dinero al asegurado al llegar a cierta edad o al.

(33) 25. cumplirse determinada condición. D.. Valuación de reservas. La aseguradora debe determinar regularmente el total de sus reservas por todos los contratos suscritos, no solamente para asegurarse de que dispone de los recursos necesarios para cumplir con sus obligaciones futuras, sino también porque debe rendir cuentas al organismo supervisor de la actividad aseguradora, al fisco, a su consejo de directores y por una necesidad contable. La valuación debe realizarse al menos una vez al año, al 31 de diciembre de cada año o al cierre del año fiscal.. E.. E.1. Factores que influyen en la determinación de la prima estandarte. E.1. Tasa de Mortalidad. E.2. Tasa de Interés. E.3. Suma asegurada por muerte. E.4. Suma asegurada por ahorro. E.5. Plazo del Seguro. E.6. Plazo para el pago de primas. E.7. Gastos de Operación (administrativos y adquisición). E.8. Caducidad esperada y rescate. E.9. Margen de ganancias de la aseguradora.. Tasa de mortalidad : Se calcula según lo determinen los respectivos planes actuariales con cuya base se estructuran las tarifas de los seguros de vida que contienen el valor de las primas para cada contrato de acuerdo con la edad del asegurado, lo que se calcula al cumpleaños más próximo.. E.2. Tasa de interés: La prima disminuye si aumenta la tasa de interés que se introduce un cálculo y viceversa.. E.3. Suma asegurada por muerte: La prima cambia en proporción a la suma asegurada.. E.4. Suma asegurada por ahorro: A la prima del riesgo de muerte, hay que agregar la de ahorro en los planes de seguro de vida que establezcan la obligación del asegurado de entregar una suma de dinero al asegurado cuando llega a determinada.

(34) 26. edad o se cumple una condición contractual. Cuanto mayor sea el ahorro a pagarse por sobrevivencia al plazo del seguro, mayor será la prima. E.5. Plazo del seguro: Cuánto más largo es el plazo del seguro, mayor es la prima nivelada del riesgo de muerte y viceversa, esto se aprecia mejor en los planes del seguro que sólo cubren el riesgo de muerte. Ejemplo: la prima de un plan temporal de 20 años de plazo es menor que la de un temporal de 30 años.. E.6. Plazo para el pago de primas: En algunos planes la prima se paga por un período limitado quedando cubierto el asegurado por un período de tiempo o hasta que ocurre su muerte. En los otros casos se deberá pagar la prima durante toda la vigencia de la póliza o mientras esté vivo el asegurado. Cuánto más corto sea el plazo, más alta sera la prima. Ejemplo: la prima de un plan vida, 20 pagos es menor que la de un plan vida 15 pagos.. E.7. Gastos de Operación:. Son los gastos de administración y los de adquisición. -. Gastos de administración: Provisión que sirve para pagar gastos fijos, sueldos del persona, transporte, agua, luz, teléfono, etc. Estos se pueden incluir en la prima, mediante un porcentaje de la prima, una tasa por cada mil se seguro o por una combinación de ambos, usualmente varía la carga de gastos a través del plazo del contrato.. -. Gastos de adquisición: provisión que sirve para pagar gastos relacionados con la adquisición del contrato, como exámenes médicos, comisiones del agente, supervisión de ventas nuevas y otros gastos semejantes. Estos son mayores al inicio de vigencia que en los años siguientes: Puede estimarse mediante un porcentaje de la prima o una tasa por cada mil de suma aseguradora o por una combinación de ambos. El método elegido produce cambios en las inclinaciones de venta del agente. Ejemplo: fijar comisiones de ventas, en función de la prima estimula la venta de planes con ahorro, que son los deseados por la aseguradora.. E.8. Caducidad esperada y rescate:.

(35) 27. Los gastos operativos son tan alto en el primer año que superan el valor de la prima por tanto la operación en el inicio de la vigencia del seguro es de inversión que la aseguradora debe recuperar lo más pronto posible. Si los asegurados dejan de pagar las primas, los seguros caducan. La aseguradora pierde dinero si la caducidad o los rescates ocurren antes de que recuperen su inversión. Algunos contratos caducan por varias razones: desinterés del cliente, ventas realizadas a presión, efectos de las competencia, cambios en la situación económica del asegurado, cambios de domicilios, mal servicio, etc. Por esas razones la aseguradora introduce en los cálculos de prima supuestos de caducidad, que elevan los precios del producto. El precio es mayor cuanto más alta sean las tasas de caducidad supuestas. Para superar esta situación el asegurado ofrece a sus vendedores y a veces a sus asegurados, premios de persistencia o sea para mantener vigentes los contratos mediante el pago de las primas.. E.9. Margen de ganancias de las aseguradoras: Generalmente se introduce en la fórmula para calcular la prima estándar un margen de ganancia para la aseguradora. De ahí que además de este pueden lograrse utilidades en el negocio del seguro, si la diferencia entre los supuestos y la realidad son favorables a la aseguradora. Si el número real de asegurados muertos es inferior al número que se esperaba, según la tabla de mortalidad, se obtiene una ganancia de mortalidad. Si en la inversión de la reserva se logra una tasa de interés mayor, que la tasa garantizada, se obtiene una ganancia financiera..

(36) 28. Si se gasta menos que lo previsto se obtiene una ganancia por reducción de gastos. Eso se logra con austeridad racionalizada. Si se distribuyen adecuadamente los riesgos asegurados, se puede prever con mayor precisión los resultados esperados porque se evitan los efectos adversos de las desviaciones estadísticas, que se dan en el manejo de pocos contratos. Por eso es esencial aumentar las ventas racionalmente, aplicar políticas de asegurabilidad, fijar niveles de retención correctos y contratar el reaseguro necesario. Logrando una caducidad menor que la supuesta. Esto se logra con una adecuada conservación de cartera. F-. Prima bruta: Es la prima que se cobra al asegurado, lleva incluido la previsión de gastos y el eventual margen de ganancias.. G.. Prima de riesgos: Es la prima que sólo toma en cuenta la mortalidad.. 7.. PLANES DE SEGURO. La estructura de un plan de seguro, depende de los riesgos que cubre. Existen tres clases de contratos de seguro de vida, si lo clasificamos en relación a los riesgos que cubren: -. Los que pagan la suma asegurada si el asegurado muere dentro del plazo.. -. Los que pagan la suma asegurada si el asegurado está con vida en una fecha futura.. -. Los que pagan la suma asegurada, ya sea que el asegurado muera dentro del plazo o esté con vida en una fecha futura..

(37) 29. Se pueden introducir algunas características particulares, en cualquiera de los planes anteriores ejemplo: -. Sumas aseguradas niveladas, crecientes, decrecientes, variables. INISER hasta ahora sólo vende planes con suma asegurada nivelada.. -. Prima nivelada, creciente, decreciente o variable. INISER sólo vende planes con prima nivelada.. -. Plazo del contrato, por toda la vida o por un número específico de años. INISER vende planes por toda la vida (ordinario, vida a pagos nivelados y rentas vitalicias y por un número específico de años temporales y dótales).. -. Plazo de pago de Primas: única, igual que el plazo del seguro o menor, INISER vende planes con prima única (Rentas vitalicias), Plazo de pago de primas igual que el plazo del seguro (ordinario temporales y dótales) y menor que el plazo del seguro (vida a pagos limitados). -. Número de personas aseguradas: una, dos o más personas. INISER vende planes individuales y para varias personas (seguros populares).. -. Con o sin participación de utilidades. INISER vende planes individuales sin participación de utilidades.. -. Cualquier otra característica.. Por las características que pueden introducirse en los planes y las combinaciones posibles se puede estructurar una cantidad inmensa, sino infinita de ellos. Hasta hace pocos años, apareció en el mercado internacional un nuevo plan muy versátil, producto del avance en la computación: el seguro universal. Prácticamente es posible elaborar un plan específico para cada persona, sin embargo las aseguradoras fijan sus límites de acción para ajustarse a sus políticas e intereses. A.. Seguros que solamente cubren el riesgo de muerte. INISER vende los siguientes planes de seguro de vida individuales. A.1. Seguros temporales.. a). Temporal 5 años (T-5) Plazo del contrato: 5 años.

(38) 30. b). Temporal 10 años (T-10) Plazo del contrato: 10 años. c). Temporal 15 años (T-15) Plazo del contrato: 15 años. d). Temporal 20 años (T-20) Plazo del contrato: 20 años. e). Temporal a los 60 años (T a los 60) Plazo del contrato: 60 menos edad al inicio de vigencia.. f). Temporal a los 65 años (T a los 65) Plazo del contrato: 65 menos edad al inicio de vigencia. Las tarifas de las mujeres y de los hombres son diferentes. La de la mujer es más baja porque su mortalidad es menor, según la tabla de mortalidad usada esta baja mortalidad de la mujer es observada en casi todo el mundo. En todos los planes anteriores.. -. La suma asegurada y prima son niveladas.. -. El plazo del contrato y el pago de prima son iguales.. -. Se aseguran a una sola persona. A.2. Seguros de vida entera. Son planes con plazo por toda la vida del asegurado. Termina en la edad máxima de la tabla de mortalidad, adoptada por INISER: 100 años. A.2.1 Ordinario de vida. El plazo de pago de prima es el mismo del contrato, termina en la edad máxima: 100 años. A2.2. Vida a pagos limitados. El plazo de pago de primas, está limitado a un número de años, los planes que vende INISER son: -. Vida 15 pagos (v-15p) Plazo de pago de primas: 15 años. -. Vida 20 pagos (v-20p) Plazo de pago de primas: 20 años. -. Vida 25 pagos (v-25p) Plazo de pago de primas: 25 años. -. Vida de pagos limitados a los 60 (vpl a los 60) Plazo de pago de primas: 60 menos la edad al inicio de vigencia.. -. Vida pagos limitados a los 65 (vpl a los 65) Plazo de pago de primas: 65 menos la edad al inicio de vigencia.. -. Las tarifas de estos planes también son diferentes para los hombres y las mujeres,.

(39) 31. las de las mujeres son más bajas. -. La suma asegurada y prima son niveladas.. -. Se asegura a una sola persona. B.. Seguros que solamente se pagan por sobrevivencia.. B.1. Renta Vitalicia ordinaria. Aunque INISER, dispone de estos seguros, no se los encuentra realmente en la práctica. Consiste en que el asegurado paga la prima de una sola vez (Prima única) y el asegurador comienza a pagar de inmediato una renta mensual por toda la vida del asegurado.. B.2. *Vitalicia con garantía de 10, 15 a 20 años. Sin embargo si el asegurado muere antes de que transcurra el plazo (10,15 o 20 años) la renta se continúa pagando al beneficiario hasta completar dicho plazo, a partir del cual se suspende definitivamente. Si el asegurado muere después de dicho plazo la renta se suspende definitivamente al ocurrir la muerte. Los planes de renta vitalicia se encuentran en las condiciones generales de las pólizas de seguros de vida como una opción de rescate de producto líquido de la póliza.. C.. Seguros Dótales. C.1 Seguros que se pagan a su beneficiario por fallecimiento del asegurado en el plazo del seguro al asegurado o porque sobrevivió a dicho plazo. INISER vende los siguientes planes de seguros de vida individual:. a). Dotal 10 años (D-10) Plazo del contrato: 10 años. b). Dotal 15 años (D-15) Plazo del contrato: 15 años. c). Dota 20 años (D-20) Plazo del contrato: 20 años. d). Dotal 25 años (D-25) Plazo del contrato: 25 años. e). Dotal a los 60 años (D-a los 60) Plazo del contrato: 60 menos edad a inicio de vigencia.. f). Dota a los 65 años (D a los 65) Plazo del contrato: 65 menos edad al inicio de.

(40) 32. vigencia. Las tarifas son diferentes para hombres y mujeres la de las mujeres son más bajas. En todos los planes anteriores. -. La suma asegurada y prima son nivelada.. -. El plazo del contrato y el de pago de prima son iguales. -. Se asegura a una sola persona.. 8.. Beneficios Adicionales. A.. Seguros Básicos. En las condiciones particulares de las pólizas de seguros de vida, siempre se detalla el plan, los riesgos cubiertos, sumas aseguradas y primas del contrato. A esta parte de la póliza se le llama comúnmente “Cuadro de beneficios”, “Beneficios cubiertos”, “Cuadro (o detalle de cubierta”) o “Condiciones Particulares”. El plan principal se le denomina, plan básico o seguro básico. De todos los planes que pueden incluirse en el contrato, el seguro básico tiene el plazo más largo. B.. Seguros Adicionales..

(41) 33. Cualquier otro plan que se agregue en la póliza que implique el pago de suma asegurada adicional a la del seguro básico, se llama seguro adicional. Comparación de los Seguros Adicionales con el Seguro Básico. *Su vigencia puede ser igual o menor. *Puede cubrir igual o diferente riesgo. *La suma asegurada puede ser igual o diferente (Mayor o menor) *Puede estar sujeto a iguales o diferentes condiciones *La suma asegurada puede pagarse, independientemente de que se pague o no la del seguro básico. *La estructura de su prima puede ser igual o diferente. *Su prima debe pagarse junto con la del seguro básico en la misma fecha. *Puede incluirse en el contrato después de iniciarse la vigencia del mismo. *Puede incluirse en el contrato después de haber estado vigente. Un plan de seguro cualquiera de los que vende INISER, puede convertirse en un seguro adicional. Los seguros adicionales que comúnmente vende INISER son: Seguros temporales adicionales.. B.1. Seguros Temporales Adicionales. Pueden agregarse uno o varios seguros temporales con la condición de que la vigencia de cualquiera de ellos no sobrepase la vigencia del plan básico. B.2. Seguro adicional de accidente. Conocido en INISER como beneficio por muerte y desmembración accidental (BEMDA). En sus condiciones se especifican dos clases de coberturas.. a). El pago de la suma asegurada indicada bajo este seguro adicional en caso de muerte.

(42) 34. accidental del asegurado. b). El pago de una parte de la suma asegurada bajo este seguro adicional, en caso de que el asegurado sufra cualquier desmembración, o pérdida de facultades por causa de accidente conforme una tabla de indemnizaciones que forma parte de este seguro adicional EL BEMDA, puede agregarse a los planes adicionales no sólo al plan básico.. B.3. Otros seguros adicionales.. INISER no vende otro tipo de seguro adicional, los siguientes típicos de otras aseguradoras. •. Seguro para el cónyuge del asegurado. •. Seguro para los hijos del asegurado. •. Pago adicional por una enfermedad específica. •. Renta por invalidez. C.. Beneficios adicionales. Cualquier otra cobertura que se agregue en la póliza sin que implique el pago de una suma asegurada adicional a la del seguro básico, es llamada beneficio adicional. •. Comparación con el seguro básico.. *Su vigencia puede ser igual o menor *Cubre riesgo diferente *Esta sujeto a condiciones diferentes *No implica el pago de una suma asegurada adicional a la del seguro básico. *La estructura de su prima es diferente *Su prima debe pagarse junto con la del seguro básico en la misma fecha *Puede incluirse en el contrato después de iniciarse la vigencia del mismo.

(43) 35. *Puede excluirse del contrato después de haber estado vigente Los beneficios adicionales que comúnmente vende INISER son: C.1. Beneficios de anticipación de la suma asegurada en caso de incapacidad total y permanente (BASA). Esta suma asegurada se paga al asegurado o a su beneficiario en cinco años, 20% cada año con crédito de intereses. Lo anterior con el fin de evaluar anualmente la situación de la invalidez del asegurado. Si esta empresa se suspende los pagos de la suma asegurada. En la práctica la suma asegurada se puede pagar en una sola exhibición, si existen evidencias suficientes, o se presume razonablemente que la invalidez será total y permanente. EL BASA, puede también agregarse a un plan adicional.. C.2. Beneficios de exoneración del pago de primas en caso de incapacidad total y permanente (BEP). Específica que el dueño de la póliza queda exento del pago de primas del seguro básico si el asegurado queda inválido total y permanentemente por causa de enfermedad o accidente. El pago de las primas lo asume el asegurador. EL BEP, puede agregarse también a un plan adicional.. C.3. Otros beneficios adicionales. INISER, no vende otro tipo de beneficio adicional, los siguientes son típicos de.

(44) 36. otras aseguradoras: •. Exención del pago de primas por invalidez total y permanente del contratante o dueño de la póliza cuando es una persona diferente que el asegurado.. •. Beneficio de invalidez total y permanente en donde la validez puede ser definida con diferentes niveles de gravedad.. Ejemplo: gran invalidez, invalidez ocupacional, invalidez medida en función de la pérdida de ingresos etc. D.. Características generales de los beneficios adicionales.. 1). Su costo debe ser bajo para estimular su venta. 2). Sus condiciones de cobertura deben ser sencillas por razones de su costo y porque el producto está estructurado sobre el seguro básico y no sobre coberturas colaterales. Tarifas de los seguros y beneficios adicionales.. E.. Tarifa de los Seguros y Beneficios Adicionales. En INISER, la tarifa de los seguros y beneficios adicionales es una tasa que se aplica a: a). Los miles de suma asegurada del seguro adicional, en el caso de seguros adicionales como temporales adicionales y BEMDA.. b). Los miles de suma asegurada del plan básico, si el BASA o el BEP, son beneficios adicionales al plan básico.. c). Los miles de suma asegurada del plan adicional , si el BASA o el BEP, son beneficios adicionales al plan adicional.. En otras aseguradoras la tarifa del BEP, puede estar dada por un porcentaje de la.

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