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Maestría en Economía PEG

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Academic year: 2022

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Maestría en Economía – PEG

Nombre del Estudiante: Juan Diego Londoño Herrera Código: 201314425

Título de la Tesis de Grado: Efecto de la regulación bancaria sobre el crecimiento económico: costos y política macro-prudencial de largo plazo.

Nombre del Asesor: Rodrigo Taborda, Profesor de la Facultad de Administración de Empresas, Uniandes y Nelson Vera, exsubdirector de Anif y columnista de La República.

1. Introducción

La crisis financiera mundial de 2008 estuvo enmarcada por una combinación de sobre- expansión crediticia en los mercados desarrollados y un alto grado de apalancamiento bancario (tanto por dentro como por fuera del balance). En los Estados Unidos dicha sobre- expansión crediticia fue particularmente fuerte en el componente de préstamos hipotecarios como consecuencia de la flexibilidad en las garantías relacionadas con la promesa de pago del adeudado.

Dichos préstamos hipotecarios (con una alta probabilidad de incapacidad de pago), fueron agrupados en titularizaciones con calificaciones de crédito AAA, otorgadas por prestigiosas calificadoras de riesgo, las cuales se escudaron en la buena reputación de la cartera hipotecaria. Sin embargo, dichas calificaciones fueron desmedidas, pues las garantías de pago eran casi nulas, dado que la estrategia de expansión bancaria de los primeros años de la década del 2000 estuvo motivada por el auge de derivados exóticos que impulsaban indirectamente el mercado sub-prime de hipotecas.

Muchos de los derivados y seguros ofrecidos en este período no fueron valorados correctamente. Al estar sobrecalificados, los tenedores de las titularizaciones, de los derivados con subyacentes hipotecarios y las aseguradoras de dichos títulos empezaron a ver pérdidas de gran magnitud en sus balances cuando estos títulos empezaron a perder valor.

Una vez se iniciaron las contracciones en los indicadores de los precios de la vivienda entre

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2006-2007, la incapacidad de pago de los créditos hipotecarios fue masiva, al igual que las pérdidas para los bancos y demás actores con participación en el mercado hipotecario.

Esta evolución de los hechos llevó a la crisis financiera mundial de 2008, comúnmente llamada crisis de títulos hipotecarios sub-prime. La gravedad de los acontecimientos se vio magnificada por la flexibilidad de la regulación financiera, pues las exigencias de capital para las instituciones crediticias eran menores en esa fecha. Para entonces, el grueso de sistemas bancarios de las economías desarrolladas (incluido el americano) estaba regido bajo los estándares establecidos por los acuerdos de Basilea II (máximo rector de las pautas de supervisión bancaria para la fecha), los cuales presentaban debilidades referentes a: i) bajos niveles de exigencias de capital fijados en el 8% del patrimonio de la institución bancaria (niveles muy bajos ante la magnitud de las pérdidas sufridas en 2007-2008); y ii) la composición del capital de reserva, el cual no fue lo suficientemente líquido y no presentó una estructura que hiciera posible la absorción de dichas pérdidas.

Por lo anterior, los supervisores financieros del mundo se vieron obligados a revisar las medidas regulatorias de supervisión bancaria a la fecha. Dicha revisión se vio posteriormente plasmada en los acuerdos de Basilea-III de 2010. Estas recomendaciones incrementaron la dureza de las medidas propuestas en Basilea-II, en particular, los acuerdos plantearon: i) aumentar las reservas de capital en los balances financieros de las entidades bancarias (engrosando los colchones de solvencia para asumir pérdidas); y ii) modificar la composición de las reservas de capital, mejorando su calidad y vocación de permanencia dentro del balance (ver gráfico 1). Dichas recomendaciones fueron necesarias ante el bajo nivel de capital bancario de reserva, lo que implicaba mayor riesgo sistémico ante la frágil capacidad de asumir pérdidas por parte del sistema financiero.

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Gráfico 1. Evolución requerimientos de capital (% de los activos ponderados por riesgo APR)

Dichas recomendaciones de Basilea-III fueron adoptadas rápidamente por los reguladores financieros de países desarrollados. Sin embargo, en los países emergentes, la incorporación de estas medidas ha sido pausada, pues los sistemas financieros de países en vía de desarrollo son menos fuertes, haciendo que la adopción de estos estándares sea de manera escalonada.

En Colombia, en medio del moderado efecto de la crisis del 2008, las recomendaciones de los acuerdos de Basilea-III fueron acogidos parcialmente por el Decreto 1771 de 2012. Este Decreto estipuló la obligación de una “limpieza” del capital de reserva de los bancos (mejorando su calidad-permanencia), ello mediante la incorporación del sistema de Activos Ponderados por Riesgo (APR), el cual dio un menor peso a los bonos subordinados y activos intangibles (que en la práctica no eran susceptibles a absorber pérdidas por su baja liquidez).

En concreto, la exigencia de capital de reserva fue fijado en el 9% (neto de activos-recursos de baja calidad-vocación de permanencia), y debió incorporarse en la práctica bancaria entre agosto de 2012 y agosto de 2013 (fecha límite para el acople total a esta exigencia).

Dicho ajuste regulatorio, aparentemente, ha tenido efectos sobre el potencial de crecimiento de la economía colombiana. Al endurecer las normas sobre el sistema bancario se generan

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dos efectos sobre la actividad económica: i) un efecto directo vía menor rentabilidad del sistema financiero, pues la mayor exigencia de capital implica mantener una mayor porción de capital ocioso dentro de los balances bancarios, lo cual disminuye la generación de valor agregado de este capital, afectando directamente el PIB (a través de la menor generación de valor agregado de los servicios financieros); y ii) un efecto indirecto mediante el multiplicador del crédito, donde las mayores exigencias regulatorias implicarían una menor colocación de crédito por parte de los bancos, lo cual generaría una menor relación Cartera/PIB, que, según Shumpeter (1911) tendría un efecto negativo sobre el PIB.

El documento se dividirá en 5 secciones: i) introducción; ii) antecedentes, donde se resume la historia de la regulación bancaria en Colombia y las mediciones previas de los efectos económicos de endurecer dicha regulación; iii) rentabilidad, donde se evalúa el efecto directo de la regulación bancaria (vía menor utilidad de los bancos) sobre el PIB; iv) profundización financiera, donde se evalúa el efecto indirecto de la menor emisión de créditos (menor profundización financiera) sobre el crecimiento económico; y v) conclusiones, sección donde se suman los dos efectos (directo + indirecto) con el fin de conocer el costo total del Decreto 1771 de 2012 sobre el PIB de Colombia.

2. Antecedentes

En 1999-2001 Colombia atravesó una crisis financiera con grandes afectaciones sobre la economía. En ese momento, se dio un impago sistemático de los créditos hipotecarios por el encarecimiento de las condiciones crediticias. Asimismo, la Unidad de Poder Adquisitivo Constante (UPAC), que estaba ligada a la tasa DTF, aumentó de manera anormal por la volatilidad de los mercados financieros mundiales (resultado de la crisis asiática que tuvo un efecto-contagio sobre las economías emergentes), lo cual llevó a la DTF a distanciarse del IPC (es decir, un encarecimiento significativo en términos reales para los créditos hipotecarios). Este suceso implicó la desaparición de bancos insolventes y al fortalecimiento de la supervisión bancaria, cuando en 2005 se fusionó la Superintendencia de Bancos con la Superintendencia de Valores, creando la Superintendencia Financiera como un ente de control renovado y más estricto.

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Posterior a la crisis del UPAC, en 2008 se presentó la crisis financiera mundial de títulos hipotecarios sub-prime, ante la cual Colombia mantuvo una reacción moderada. Sin embargo, las consecuencias de manejo macro-prudencial derivadas del aprendizaje post- crisis (entre ellas las recomendaciones de Basilea-III) si llegaron a incluirse parcialmente en la regulación colombiana.

Dicha absorción parcial de las recomendaciones de Basilea-III (vía Decreto 1771 de 2012), implicó medidas más estrictas en temas de endeudamiento. Ello derivó en un costo de oportunidad entre la rentabilidad bancaria y la seguridad-confiabilidad del sistema financiero (el cual era totalmente ineludible y además deseable, pues fijaba un mayor aseguramiento ante un eventual episodio de tensión financiera). Este costo de oportunidad fue medido por Anif (2017), encontrando una pérdida de utilidad cercana a 2 puntos porcentuales del ingreso total del sector bancario. Dicha medición se hizo mediante un estudio de costo de oportunidad que consistió en calcular las ganancias hipotéticas en Valor Presente Neto (VPN) de la cartera no colocada y la inversión no desembolsada producto de los mayores requerimientos de capital de reserva.

Adicional al estudio de Anif no se ha llevado a cabo ningún ejercicio para estimar las consecuencias del Decreto 1771 de 2012, ni sobre el sistema financiero (en términos de inclusión, encarecimiento del crédito o rentabilidad bancaria), ni sobre el impacto agregado en términos de crecimiento económico. Adicionalmente, la literatura académica o de consultoría financiera sobre el costo de oportunidad de un sistema financiero más robusto- seguro vs. los costos en términos de crecimiento económico es inexistente en Colombia. Ante la ausencia de un entendimiento de las consecuencias de la regulación del sistema financiero sobre la actividad económica, el objetivo de esta investigación es cuantificar el costo sobre el crecimiento económico derivado de una regulación bancaria más estricta.

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3. Rentabilidad bancaria

El Decreto 1771 de 2012 modificó la estructura del capital de reserva de los bancos colombianos, a partir de esta norma, el capital libre de riesgo, que hasta ese momento no tenía la suficiente liquidez y capacidad de absorción de pérdidas, debía adquirir esas propiedades.

Para lograr el cometido de mejorar la composición de la solvencia bancaria, se establecieron unos ponderadores de riesgo, los cuales otorgan una mayor valía a los títulos-activos líquidos tales como efectivo, bonos con buena transabilidad en el mercado público y acciones líquidas en los mercados bursátiles. Al mismo tiempo, el ponderador también castiga títulos poco líquidos, como bonos subordinados o títulos de renta fija corporativa de largo plazo.

Estos cambios en los ponderadores de la solvencia bancaria implicaron la necesidad de un neteo del capital por parte de los bancos, lo cual elevó los niveles del patrimonio bancario de reserva (entendiendo el patrimonio bancario como los recursos que son propiedad del banco, entre ellos los bonos soberanos, ganancias retenidas, etc.) casi inmediatamente (ver gráfico 2). Una conclusión contable de este cambio es que los bancos tendrían una menor capacidad financiera (liquidez), y en consecuencia menor capacidad de otorgar créditos, lo cual tendría consideraciones sobre el tamaño de la cartera bancaria.

Gráfico 2. Indicador de Solvencia Bancaria en Colombia1 (%, 2008-2018)

Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera.

1 La solvencia bancaria se entiende como la relación del patrimonio de un banco dividido sobre los activos ponderados por riesgo. Es decir, la capacidad de absorber el impago de los activos riesgosos con capital propio

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Lo anterior podría implicar una menor rentabilidad bancaria, pues el capital no desembolsado, producto de la mayor regulación estaría dejando de generar valor agregado (vía intereses no pagados a los bancos sobre los créditos no desembolsados). Es decir, que la actividad natural de los bancos se contraería a causa de la implementación del Decreto 1771 de 2012. El gráfico 3, muestra que, en efecto, existe una pérdida en la rentabilidad de los bancos, pues el promedio simple del ROE (utilidad/patrimonio) del sistema bancario entre 2008-2012 (previa implementación del Decreto) fue en promedio de 18.8%, mientras que el mismo indicador para 2013-2018 (con pleno funcionamiento del Decreto) fue del 13.5%.

Gráfico 3. Rentabilidad sobre el patrimonio (ROE)2 (%, 2008-2018)

Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera.

3.1 Aproximación empírica.

Si bien, se observa una pérdida en la rentabilidad bancaria (vía ROE) posterior a la implementación del Decreto 1771 de 2012, no se puede endilgar la totalidad de este efecto a la mayor regulación bancaria. En efecto, la literatura académica propone variables que explican el comportamiento de la rentabilidad bancaria. Autores como Boshkoska (2013),

2 La rentabilidad sobre el patrimonio (ROE) es la relación entre las ganancias netas y el patrimonio.

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Akani & Lucky (2015) y Xu et.al (2019) han coincidido en que las variables básicas que explican la rentabilidad bancaria son: i) la relación de solvencia, estableciendo directamente la proporción del capital que puede ser objeto de préstamos (modificado, en el caso colombiano, directamente por el Decreto 1771 de 2012); ii) la morosidad de cartera, siendo este un indicador del deterioro del ciclo crediticio; iii) la relación capital/depósitos, midiendo indirectamente el costo del fondeo de las entidades bancarias; iv) el tamaño de las entidades bancarias (capturando la maniobrabilidad que puede otorgar el “musculo financiero” de cada entidad); y v) el crecimiento real de la cartera, donde mayores expansiones del crédito bancario implicarían mayor escalabilidad de la actividad bancaria, y con ello, mayor rentabilidad.

Utilizando estas variables, es posible determinar el posible efecto de la nueva regulación, y al mismo tiempo la posible causalidad de la regulación sobre la rentabilidad del sistema bancario colombiano. Para lograr este propósito, se propone examinar el efecto sobre el sistema bancario colombiano utilizando como grupo de control el sistema bancario de Chile, país en el cual no se elevaron los estándares de regulación bancaria y los bancos han operado bajo las normativas previas a Basilea-II.

Para realizar la medición de impacto se utiliza información a nivel de bancos de Colombia y Chile entre agosto de 2010 y diciembre de 2018. Este período de tiempo fue asignado dada la disponibilidad de datos a la fecha en la cual fue estructurada la base de datos que utilizará este estudio. Dicha información será extraída de los reportes de la Superintendencia financiera de Colombia y la Superintendencia de bancos e instituciones financieras de Chile.

No obstante, dentro de dicha medición se tomarán en cuenta 2 tipos de bancos (adicional a la división primordial de la nacionalidad del banco), pues existen algunas entidades que por diversas razones (exigencias de casa matriz, cotización en bolsas americanas, etc.) ya cumplían con las exigencias de Basilea III previa implementación del Decreto 1771 de 2012.

La ecuación que se estima empíricamente para examinar la relación entre la regulación y el desempeño de los bancos es:

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Ecuación 1

𝑹𝑶𝑬𝒊,𝒕= 𝜷𝒐+ 𝜷𝟏𝑫𝒆𝒄𝒓𝒆𝒕𝒐𝒊,𝒕∗ 𝑷𝒂í𝒔𝒊+ 𝜷𝟐𝑴𝒐𝒓𝒐𝒔𝒊𝒅𝒂𝒅𝒊,𝒕+ 𝜷𝟑( 𝑪𝒂𝒑𝒊𝒕𝒂𝒍 𝑫𝒆𝒑𝒐𝒔𝒊𝒕𝒐𝒔)

𝒊,𝒕

+ 𝜷𝟒𝑨𝒄𝒕𝒊𝒗𝒐𝒔𝒊,𝒕+ 𝜷𝟓𝑪𝒓𝒆𝒄𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝑪𝒂𝒓𝒕𝒆𝒓𝒂𝒊,𝒕+ 𝜷𝟔𝑺𝒚𝑷𝟓𝟎𝟎𝒕 + 𝜷𝟕𝑻𝑹𝑴𝒊,𝒕+ 𝜷𝟖𝑻𝒂𝒔𝒂 𝑹𝑬𝑷𝑶𝒊,𝒕+ 𝜷𝟗𝑫𝒆𝒄𝒓𝒆𝒕𝒐𝒊,𝒕+ 𝜷𝟏𝟎𝑷𝒂í𝒔𝒊 + 𝜺𝒊,𝒕

𝒅𝒐𝒏𝒅𝒆 𝒊 = 𝒃𝒂𝒏𝒄𝒐; 𝒕(𝒂𝒈𝒐𝒔𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟎 𝒚 𝒅𝒊𝒄𝒊𝒆𝒎𝒃𝒓𝒆 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟖)

En esta ecuación se usa la rentabilidad bancaria (explicada por el ROE) como variable dependiente. La principal variable explicativa es la interacción entre la variable dicótoma de

“Decreto” (la cual tomará valores de 1 cuando el decreto este vigente y 0 cuando no) y “País”

(la cual tomará valores de 1 cuando el País sea Colombia y 0 cuando sea Chile).

Las variables de control incluidas para explicar el comportamiento de las utilidades bancarias son: i) la cartera morosa; ii) la relación capital/depósitos; iii) los activos de cada banco (capturando el tamaño de cada entidad); y iv) el crecimiento real de la cartera.

Adicionalmente, se incluirán las variables macro-financieras que podrían afectar el flujo de utilidades bancarias (allí se descontará el ciclo de liquidez mundial, la inflación, la tasa de cambio y demás factores económicos-externos que pueden afectar exógenamente la rentabilidad bancaria). Dichas variables fueron tomadas del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) y del Banco de la República en el caso colombiano, y del Instituto Nacional de Estadística (INE) y el Banco Central en el caso chileno. En cuanto a las cifras del SyP500, estas fueron tomadas de Bloomberg. Cabe aclarar que para mitigar posibles efectos de estacionalidad en las variables de los activos financieros y el SyP500, estas variables fueron agregadas a la ecuación tomando su crecimiento anual y no su valor puntual.

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Tabla 1.

Variables Descriptivas Colombia y Chile Colombia

Variable Observaciones Media Desviación

estándar Mínimo Máximo Cartera morosa 2.121 0,04 0,02 - 0,18 Relación Capital/Depósitos 2.121 159,79 3.316,90 - 100.089 Activo Bancario 2.121 4,15e^7 9,75e^7 - 6,27e^8 Crecimiento real de la cartera 2.121 0,10 0,17 -0,65 1,51

Chile

Variable Observaciones Media Desviación

estándar Mínimo Máximo Cartera morosa 1.414 0,02 0,02

- 0,07 Relación Capital/Depósitos 1.414 5,09 25,16

- 755,32 Activo Bancario 1.414 2,11e^7 4,51e^7

- 2,46e^8 Crecimiento real de la cartera 1.414 0,19 0,73 -0,57 12,29

La tabla 1 muestra las estadísticas descriptivas de las principales variables incluidas en las ecuaciones. Allí se muestra: i) la cartera morosa que es la relación de los créditos otorgados por los bancos que tienen 60 o más días de vencimiento, dicha variable tiene un media del 4% en Colombia y del 2% en Chile lo cual sugiere una cartera saludable en el grueso de bancos de ambos países; ii) la relación capital/depósitos que representa el grado de apalancamiento propio del banco que tienen los depósitos (dinero de las personas naturales y jurídicas en cuentas de ahorro, CDTs y demás productos financieros de ahorro), allí existe una alta heterogeneidad de datos que se explica por la diversidad de bancos, pues los bancos pequeños y nuevos tienen a tener altas sumas de capital previo a la llegada de los depósitos del público (esta relación tiende a disminuir en la medida en que el banco crece y capta más recursos del público); iii) el activo bancario es el dinero que las personas (naturales y jurídicas) deben al banco, es decir, son los créditos expedidos por los bancos, dicha variable representa el tamaño de los bancos; y iv) el crecimiento real de la cartera el cual representa que tanto crecen los activos de un banco en términos reales (descontando el efecto de la inflación), esto representa, en términos prácticos, el crecimiento real de un banco.

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Cabe aclarar que las variables bancarias son de naturaleza nominal, por lo cual se verán afectadas por la política monetaria, razón por la cual dichas ecuaciones incluirán la tasa REPO como control. Adicionalmente, el crecimiento real de la cartera descuenta el efecto de la inflación, lo cual controla a su vez el efecto del incremento de precios de la economía.

3.2 Resultados

Para cuantificar el efecto de la mayor regulación sobre la rentabilidad del sistema bancario (con implicaciones sobre el crecimiento económico), se propuso una estimación de diferencias en diferencia. Allí, la primera fuente de variación es el desempeño de los bancos al interior de cada país, y la segunda la variación entre países. El primer paso es verificar si el grupo de control (sistema bancario chileno) y el grupo de tratamiento (sistema colombiano) cumplen el supuesto de tendencias paralelas. La tabla 2 muestra la prueba estadística para verificar la existencia de tendencias paralelas entre el sistema bancario chileno y el colombiano previo a la implementación de Decreto 1771 de 2012. Allí observamos que los bancos que por diversas razones cumplían con las exigencias de Basilea III previo a la implementación del Decreto 1771 de 2012, presentan tendencias diferentes (comparando el sistema colombiano y el chileno), sin embargo, los bancos que no se regían bajo estas exigencias si mostraron tendencias paralelas (es decir que la diferencia de sus tendencias no es estadísticamente significativa). Es decir, que existe evidencia estadística para afirmar que este segmento de bancos (aquellos que no se regía bajo los estándares de Basilea III previo a la implementación del Decreto 1771 de 2012) se comportaban de manera similar, razón por la cual (para esta porción de bancos) el sistema bancario chileno estaría calificado como un buen grupo control para desplegar esta metodología.

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Tabla 2. Tendencias paralelas

Una vez probado el supuesto de tendencias paralelas para los bancos que no se regían bajo el Decreto 1771 de 2012 previo a su implementación, es posible cuantificar el efecto de dicho Decreto sobre el ROE de esta porción de bancos. La tabla 3 muestra el resultado de la regresión de diferencias en diferencia (el efecto promedio de la aplicación del Decreto 1771 de 2012 sobre el ROE de cada banco). Allí se observa que el estimador de diferencias en diferencias es negativo y estadísticamente significativo con un 99% de confianza. Ello implica que existe evidencia estadística de un efecto del Decreto 1771 de 2012 sobre la rentabilidad de los bancos colombianos. En concreto, dicho efecto es de -0.0494, es decir que, en promedio, los bancos colombianos vieron afectado su ROE en 4.94pp producto de la implementación del decreto 1771 de 2012.

A partir de este resultado, es posible extrapolar la magnitud de la menor rentabilidad sobre la generación de valor agregado del sistema bancario. En efecto, pérdidas en el ROE de los bancos que mencionados equivalentes a 4.94pp, son equivalentes a un costo de oportunidad de utilidad del 4.94% del patrimonio/año de los bancos que experimentaron el acople al Decreto 1771 de 2012, en términos agregados este efecto es equivalente a una reducción en el PIB de Colombia de 0.39pp, pues, en promedio, el patrimonio bancario de estos bancos desde 2013 hasta 2018

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ha sido aproximadamente el 8% del PIB, lo cual implicaría que una reducción del ROE bancario equivalente a 4.94% de patrimonio sería equiparable a perder 0.39% de la generación de valor agregado del capital, es decir una reducción de 0.39% en el PIB.

Tabla 3.

4. Profundización financiera

Un efecto importante en términos macroeconómicos derivado de la adopción de las medidas prudenciales podría verse en la menor profundización financiera (relación cartera crediticia/PIB). Ello, debido a que las mayores exigencias de solvencia repercuten en la capacidad financiera de los bancos, siendo menor la cantidad de recursos que pueden ofrecer en el mercado, limitando directamente el volumen de emisión de créditos. El gráfico 4, muestra como la expansión de la cartera bancaria en Colombia ha crecido a menor ritmo después de la implementación del Decreto 1771 de 2012.

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Gráfico 4. Evolución de la cartera bancaria (var. % real anual, 2010-2018)

Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera.

La reducción en el crecimiento del crédito podría tener repercusiones reales sobre la economía. Según Shumpeter (1911), las variaciones en la emisión de créditos de una economía tienen efectos reales sobre la producción. Es decir, la contracción en la cartera bancaria implicaría pérdidas en crecimiento económico y viceversa (expansiones en la emisión de créditos implicarían mayor crecimiento económico). Este efecto ha sido estudiado por King & Levine (2008), quienes probaron que la mayor profundización financiera está fuertemente relacionada con un mayor crecimiento económico vía acumulación de capital y una mejor-mayor selección de proyectos en los cuales una economía utiliza el capital.

El gráfico 5 muestra el comportamiento del crecimiento de la cartera bancaria y el crecimiento económico agregado de la economía colombiana. La correlación entre ambas series de tiempo es de 85%. Esta fuerte asociación sugiere que las restricciones al crédito determinadas en el Decreto 1771 de 2012 pueden afectar indirectamente el potencial de crecimiento de la economía ya que la regulación implica menor expansión en la emisión de créditos, y por ende menor crecimiento económico.

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Gráfico 5. Cartera bancaria vs. PIB-real (var. % anual, 2009-2018)

Fuente: Cálculos propios con base en Superintendencia Financiera y Dane.

4.1 aproximación empírica.

Aunque la asociación entre el crecimiento de la cartera y el PIB es fuerte, el efecto del Decreto 1771 de 2012 sobre la cartera bancaria y en consecuencia sobre otras variables estructurales no es definitivo. Algunos autores han encontrado efectos de la regulación bancaria sobre factores agregados de la economía, entre ellos: i) Slovik & Cournéde (2011) quienes encontraron que la mayor regulación bancaria haría que el costo del crédito aumente;

y ii) Martínez & Remolina (2019), quienes estudiaron los efectos de la implementación de Basilea III sobre la inclusión financiera, encontrando afectaciones en este rubro, especialmente en los países emergentes con mercados de capitales poco desarrollados.

Únicamente, las proyecciones preliminares del BIS (2011) dilucidaron el efecto de los mayores requerimientos de capital derivados de los acuerdos de Basilea III sobre el crecimiento económico. Allí, las estimaciones del BIS apuntaron a una reducción promedio de 0.09pp en el potencial de crecimiento económico por cada incremento de 1pp en los

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requerimientos de solvencia. Sin embargo, estas fueron estimaciones previas a la implementación de los acuerdos de Basilea III, razón por la cual, es necesario el análisis cuantitativo de dicho acople (para el caso colombiano en este trabajo).

Para probar el que hemos denominado el efecto indirecto del Decreto 1771 de 2012 sobre el PIB de Colombia, se llevará a cabo un análisis de series de tiempo, en donde se evaluará el efecto que tuvo la regulación bancaria de Basilea III sobre el crecimiento real de la cartera de todo el sistema financiero (no solo de la porción de bancos que no presentaron un acople previo a las exigencias de Basilea III). Para desarrollar este ejercicio se utilizarán como determinantes del crecimiento de la cartera bancaria las mismas variables asociadas a la utilidad bancaria que se usaron en la sección anterior.

La ecuación relacionada con el análisis de serie de tiempo tendrá la siguiente forma:

Ecuación 2

𝑪𝒓𝒆𝒄𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝒓𝒆𝒂𝒍 𝑪𝒂𝒓𝒕𝒆𝒓𝒂𝒕

= 𝜷𝒐+ 𝜷𝟏𝑫𝒆𝒄𝒓𝒆𝒕𝒐𝒕+ 𝜷𝟐𝑴𝒐𝒓𝒐𝒔𝒊𝒅𝒂𝒅𝒕+𝜷𝟑( 𝑪𝒂𝒑𝒊𝒕𝒂𝒍 𝑫𝒆𝒑𝒐𝒔𝒊𝒕𝒐𝒔)

𝒕

+ 𝜷𝟒𝑪𝒓𝒆𝒄𝒊𝒎𝒊𝒆𝒏𝒕𝒐 𝑺𝒚𝑷𝟓𝟎𝟎𝒕+ 𝜷𝟓𝑻𝑹𝑴𝒕+ 𝜷𝟔𝑻𝒂𝒔𝒂 𝑹𝑬𝑷𝑶𝒕+ 𝜺𝒕

𝒅𝒐𝒏𝒅𝒆 𝒕 = 𝒕(𝒂𝒈𝒐𝒔𝒕𝒐 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟎 𝒚 𝒅𝒊𝒄𝒊𝒆𝒎𝒃𝒓𝒆 𝒅𝒆 𝟐𝟎𝟏𝟖)

En esta segunda ecuación se tomará como variable dependiente el crecimiento real anual de la cartera bancaria. Allí, la principal variable explicativa será la variable dicótoma de “Decreto”

(la cual tomará valores de 1 cuando el decreto este vigente y 0 cuando no). Mientras que las variables de control que pueden explicar el comportamiento de la cartera crediticia son: i) la cartera morosa; y ii) la relación capital/depósitos. Adicionalmente, se incluyen variables macro-financieras que podrían afectar el flujo de los créditos: i) la tasa de crecimiento de las valorizaciones del SyP500, descontando el efecto de la liquidez mundial (flujo de capitales por mayores rentabilidades externas); ii) la TRM, capturando la posición relativa de Colombia

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frente al mundo (siendo además de especial relevancia en las decisiones de inversión de agentes extranjeros); y iii) la tasa REPO, recogiendo el efecto de la política monetaria.

4.2 Resultados

Para cuantificar el efecto indirecto de la mayor regulación bancaria sobre el crecimiento económico, será necesario realizar un análisis de series de tiempo. Allí, el primer paso será verificar si existe un cambio estructural (cambio de tendencia) de la serie de tiempo a raíz de la implementación del Decreto 1771 de 2012. Para ello, será necesario realizar una prueba de Chow, la cual consiste en verificar si hay un cambio estructural a raíz de un evento puntual, todo esto para un mismo grupo de datos. En este caso, el objetivo es determinar si el crecimiento real anual de la cartera sufrió un cambio estructural posterior a la implementación del Decreto 1771 de 2012.

Para ello, necesitaremos correr 3 regresiones de Mínimos Cuadrados Ordinarios (MCO). La primera contemplará la totalidad del período de tiempo estudiado (Agosto de 2010- Diciembre de 2018 – tabla 3), la segunda solo tendrá en cuenta el período anterior a la implementación del Decreto 1771 de 2012 (Agosto 2010-Agosto 2012 – tabla 4) y la tercera será únicamente para el período posterior a la implementación (Septiembre 2012-Diciembre 2018 – tabla 5). Estas regresiones serán necesarias para concluir si los determinantes son estadísticamente diferentes, y si en efecto hay un cambio estructural a raíz de la implementación del Decreto 1771 de 2012, dicha comprobación se hará mediante la prueba estadística de Chow que se contrastará con un estadístico F (parámetros, N-2*parámetros).

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Tabla 4.

Number of Obs. 89 F (5, 83) 81.06 Prob > F 0.0000 R-Squared 0.7880 Root MSE 0.01755

VARIABLES Crecimiento real cartera

Calidad Cartera -3.560***

(0.450)

Capital a depósitos 0.165

(0.231)

Crec. SyP500 -0.201***

(0.0372)

TRM -0.0550***

(0.0194)

REPO -1.543***

(0.210)

Constant 0.250***

(0.0711)

Observations 89

R-squared 0.788

Robust standard errors in parentheses

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

Tabla 5.

Number of Obs. 13 F (5, 7) 8.38 Prob > F 0.0072 R-Squared 0.7776 Root MSE 0.01435

VARIABLES Crecimiento real cartera

Calidad Cartera 1.957

(5.252)

Capital a depósitos -2.341

(1.315)

Crec. SyP500 -0.217

(0.138)

TRM -0.408*

(0.179)

REPO -7.781***

(2.150)

Constant 1.005***

(0.227)

Observations 13

R-squared 0.778

Robust standard errors in parentheses

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

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Tabla 6.

Number of Obs. 76 F (5, 70) 254.53 Prob > F 0.0000 R-Squared 0.9308 Root MSE 0.00734

VARIABLES Crecimiento real cartera

Calidad cartera -2.679***

(0.187)

Capital depósitos -0.138

(0.136)

Crec. SyP500 -0.0435**

(0.0216)

TRM 0.0281***

(0.00976)

REPO -1.183***

(0.103)

Constant 0.236***

(0.0389)

Observations 76

R-squared 0.931

Robust standard errors in parentheses

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

Las tablas 4, 5 y 6 ilustran las regresiones para el período de tiempo total de análisis, el período previo y el período posterior a la implementación del Decreto 1771 de 2012. Allí cabe resaltar que los determinantes del SyP500 y Tasa Repo conservan el signo esperado, lo cual es una señal de robustez de las regresiones. No obstante, los determinantes de la relación capital depósitos y TRM si tienen signos contrarios entre el período pre-implementación del decreto y post-implementación, y esto se debe a que: i) la relación capital/depósitos tiene un impacto positivo sobre el crecimiento de la cartera previo a la implementación del decreto, pues permitía un mayor crecimiento apalancado en el capital bancario dadas las menores exigencias de liquidez; y ii) la penetración de los bancos en los mercados cambiarios fue mayor hacia la segunda mitad de la década, lo que permitió aprovechar los incrementos en la TRM con coberturas que generaban utilidades que podían ser reinvertidas para expandir el activo bancario.

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Teniendo las 3 regresiones anteriormente descritas, debemos probar la prueba de Chow:

𝑆𝑆𝐸 − (𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎5+ 𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎6) 𝐾

𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎5 + 𝑆𝑆𝐸𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎6 𝑁𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎5+ 𝑁𝑡𝑎𝑏𝑙𝑎6− 2𝐾

~𝐹𝑘,𝑁1+𝑁2−2𝐾

Y, convirtiendo los RMSE de las regresiones bajo la formula 𝑆𝑆𝐸 = 𝑁 ∗ 𝑅𝑀𝑆𝐸2 tendríamos la siguiente:

0.02741 − (0.00268 + 0.0041) 5

0.00268 + 0.0041 13 + 76 − 10

~𝐹5,79 = 48.06, 𝑠𝑖𝑒𝑛𝑑𝑜 𝑒𝑙 𝑒𝑠𝑡𝑎𝑑𝑖𝑠𝑡𝑖𝑐𝑜 𝐹 = 4,415

Así, hemos probado con ayuda del estadístico de Chow, que hay evidencia estadística de un cambio estructural posterior al período de total implementación del Decreto 1771 de 2012.

Después de establecer la causalidad del Decreto 1771 de 2012 sobre la tasa de crecimiento real de la cartera, se procederá a cuantificar dicho efecto, tal y como se propone en la ecuación 2. Dicha estimación será realizada bajo el método de Cochrane-Orcutt con la intención evitar la correlación serial de los errores del modelo. La metodología de Cohrane-Orcutt emplea una diferencia de primer orden de los errores del modelo (siempre y cuando estos sigan una tendencia autorregresiva de primer orden, y la generación de los errores de esta estructura autorregresiva sean un ruido blanco), con lo cual se elimina el sesgo de autocorrelación serial entre las series.

La tabla 7 muestra el resultado de la estimación mediante el método de Praise Winter, el cual emplea el procedimiento de Cochrane-Orcutt, solo que con una transformación a la primera observación para conservar los grados de libertad. En dichos resultados se puede observar el efecto de la mayor regulación bancaria sobre la expansión de la cartera de crédito. Allí se evidencia que existe un efecto negativo y estadísticamente significativo de la regulación

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bancaria sobre la emisión de créditos. En concreto, dicho efecto es de -0.042, lo que es equivalente a una reducción de 4.2pp en la profundización financiera colombiana.

Tabla 7

Number of Obs. 88 F (6, 81) 68.88 Prob > F 0.0000 R-Squared 0.8361 Adj R-Squeared 0.8240 Root MSE 0.00655

VARIABLES Crecimiento real cartera

Decreto -0.0421***

(0.00529)

Calidad cartera -2.615***

(0.306)

Capital a depósitos -0.0115

(0.164)

Crec. SyP500 -0.0372**

(0.0158)

TRM 0.0283**

(0.0120)

REPO -1.126***

(0.143)

Constant 0.246***

(0.0475)

Observations 88

R-squared 0.836

Standard errors in parentheses

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

El efecto de la regulación prudencial sobre el crecimiento de la cartera crediticia puede extrapolarse a cifras de profundización financiera. Pues una pérdida de 4.2% en la emisión de créditos es equivalente a una disminución de 2pp de profundización financiera en el período pos-implementación del Decreto. Es decir que para 2018, de no haberse implementado el Decreto 1771 de 2012, la profundización financiera (cartera/PIB) sería de 49.3% (vs. el 47.3% que se tuvo en 2018).

Las implicaciones de menor profundización financiera sobre el crecimiento económico han sido analizadas por la Asociación de Bancos de Colombia (Asobancaria). Allí, el gremio analizó la hipótesis de “too much finance”, la cual implica que la relación entre la

=4.2pp en crec. De la cartera 2pp de PIB-profundización

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profundización financiera y el crecimiento económico tiene una forma de U invertida, con un punto óptimo donde la profundización financiera maximiza el crecimiento económico (ver Asobancaria, 2017).

Gráfico 5. Profundización financiera vs. PIB (Cálculos para Colombia)

Fuente: Asobancaria.

El gráfico 5 indica que, en Colombia, el nivel de profundización financiera que optimiza el crecimiento económico es de 58% (relación: cartera bancaria/PIB), lo cual indica que en el 2018 (fecha de análisis para este estudio) Colombia se encontraba 10.7pp por debajo de su óptimo necesario para lograr la mayor sinergia posible entre crecimiento económico y crecimiento crediticio. Y, como hemos visto anteriormente la mayor regulación financiera implicó 2pp de dicha brecha en profundización financiera, lo que se puede resumir, según los cálculos de Asobancaria en un menor crecimiento económico de aproximadamente 0.06pp, siendo este el efecto indirecto de la regulación bancaria sobre el dinamismo de la economía colombiana.

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5. Conclusiones

Los hallazgos de este documento pueden resumirse de la siguiente manera: i) existe un efecto directo de la mayor regulación bancaria sobre el PIB de Colombia, la magnitud de este efecto es de 0.39pp de crecimiento potencial derivado de la mayor regulación bancaria, y, la forma contable de ver este impacto es mediante la menor rentabilidad de los bancos (la cual posteriormente deriva en menor valor agregado del capital y por ende menor PIB); ii) existe un efecto directo de la mayor regulación bancaria sobre el crecimiento real de la emisión de créditos, la magnitud de este efecto es de 4.2pp de crecimiento potencial de la cartera bancaria, lo cual ha representado una disminución de la profundización financiera de 2pp desde agosto de 2013 a diciembre de 2018; y iii) Existe un efecto indirecto de la mayor regulación bancaria sobre el crecimiento económico, el cual puede cuantificarse mediante la existencia de una relación Shumpeteriana (profundización financiera y crecimiento económico) en la economía colombiana, este efecto según las mediciones de este estudio implican un costo de oportunidad de 0.06pp de crecimiento potencial sobre la economía colombiana derivado de la menor profundización financiera pérdida por la mayor regulación bancaría.

En el agregado, el costo total de la mayor regulación bancaria sobre el crecimiento económico en Colombia para el período 2013-2018 es de 0.45pp, los cuales se pueden descomponer en 0.39pp de un efecto directo sobre la menor generación de valor agregado del capital (derivado de las menores utilidades bancarias por la mayor cantidad de capital ocioso en los balances bancarios) y 0.06pp de un efecto indirecto sobre los prestamos e inversiones no efectuadas.

Finalmente, este documento encontró que la mayor regulación bancaria tiene un efecto negativo sobre el crecimiento económico cuantificado anteriormente. No obstante, el resultado de esta investigación no supone que elevar los estándares de regulación bancaria (cercana a los parámetros internaciones) sea un aspecto negativo para la economía colombiana, pues si bien, endurecer dichos aspectos regulatorios tiene un impacto sobre el crecimiento económico, también supone un sistema bancario más seguro, el cual estaría más preparado para afrontar crisis financieras apoyándose en unas reservas de capital más sólidas.

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En conclusión, el fortalecimiento de la regulación bancaria es deseable, pues supone un seguro sobre la economía colombiana ante una crisis de naturaleza financiera o una crisis sistémica con impactos sobre el sector bancario. Sin embargo, como todo seguro, esta mayor regulación implica algunos costos. Y, para esta investigación, cuantificamos dicho costo sobre el crecimiento económico el cual es de 0.45pp del PIB.

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Referencias

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