Definiciones e Historia de la
de Higiene y Seguridad
ACCIDENTE DE TRABAJO
“ Acontecimiento no planeado que interrumpe el avanceordenado de una actividad / proceso, pudiendo provocar lesiones personales o daños materiales en el momento “ La SEGURIDAD INDUSTRIALSEGURIDAD INDUSTRIALes la ciencia que estudia la prevención de Accidentes.
Algunas definiciones
ENFERMEDAD PROFESIONAL
“ Es aquella de aparición previsible, de manifestación lenta y gradual, -cuya causa se debe exclusivamente al trabajo de la víctima-”
La HIGIENE INDUSTRIAL O SALUD OCUPACIONALHIGIENE INDUSTRIAL O SALUD OCUPACIONALes la ciencia que estudia la prevención de las Enfermedades en el Trabajo.
ANTECEDENTES
Siglos atrás: CULPABLECASTIGO Décadas atrás: INDEMNIZACIÓNHoy: PREVENCIÓNObligatoria, Instrucción Futuro: INVOLUCRAMIENTO Cambio cultural
SALUD según la OMS
“ Es un estado de Bienestar físico, mental y social “ y no meramente la ausencia de daño o enfermedad.
Salud según la OMS
ANTECEDENTES LEGALES
Algunas definiciones
1802 : 1º Ley de Ventilación y Pintura - Inglaterra 1885 : 1º Ley de Indemnizaciones - Alemania 1886 : Reglamentos sobre minería - Argentina 1905 : Ley de Descanso dominical – Argentina 1916 : Ley 9688, Resp. por Acc. y Enf. Profesionales 1929 : Ley 11544, 8 Hs y 6 Hs. por trabajo insalubre 1972 : Ley 19587, Higiene y Seguridad
1979 : Decreto 351, reglamenta la Ley 19587 2003 : Resolución 295 complemento del Decreto 351
Ley 19587
(H y S en el T-03/72)
Comprende normas técnicas y medidas sanitarias precautorias de tutela o de cualquier otra índole, en Hig. y Seg. en el Trabajo.
Objetivo:
Proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísicade los trabajadores.
Prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos de los distintos puestos de trabajo.
Estimular y desarrollar una actitud positiva respecto de la prevención de los accidentes o enfermedades que puedan derivarse de la actividad laboral.
PELIGRO:
Fuente o situación con un
potencial de daño en términos de
lesión humana, daño a la propiedad, al
ambiente de trabajo o una combinación
de estos
RIESGO:
Combinación de probabilidad
y
consecuencia(s)
de
un
evento
peligroso
Decreto 351
(Reg. Ley 19587-05/79)
Es aplicación de Ley 19.587 a Estab. Industriales. Los principales Capítulos son:
Servicio de Medicina Laboral y de Higiene y Seguridad
Proyecto, instalación, ampliación, modificación, etc.
Carga Térmica. – Radiaciones - Ventilación – Iluminación
Ruidos y Vibraciones – Inst. Eléctricas – Máq. Herramien.
Aparatos que pueden desarrollar presión interna.
Trabajo con Riesgos Especiales.(Altura, confinado)
Protección contra Incendios.
Selección del Personal, Registros, Plazo y Sanciones (EPP)
Resolución 295
(Modif.Dec.351-12/03)
Especificaciones Técnicas de la Ley 19.587. Los principales puntos son:
Ergonomía, levantamiento manual de cargas (351 no lo considera).
Radiaciones (modifica / agrega puntos respecto del 351).
Estrés Térmico (351 no considera frío).
Anulación Resolución 444/91 de sustancias químicas.
Acústica, modifica nivel mínimo de 90 a 85 db.
Decreto 1338
(Reg. Ley 19587-11/96)
U 2- Decreto 1338-96 Prof. en HyS.doc
Servicios de Medicina y de Higiene y Seguridad. Los principales puntos son:
Cantidad de Horas Profesionales mensuales de un Médico porcantidad de trabajadores.
Cantidad de Horas de un Responsable de Higiene y Seguridad por cantidad de trabajadores y tipo de riesgodel Establecimiento.
Excepciones a estos servicios: Administración por debajo de los 200 empleados, Colegios e Instituciones de enseñanza, Talleres con menos de 5 empleados, etc.
Empresas de Construcción
Decreto 911
(Reg. Para Const.-08/96)
Es la aplicación de la Ley 19.587, pero a las industrias de la construcción y surge del acuerdo entre U.O.C.R.A. (lado sindical) y; U.A.C. y C.A.C. (lado empresarial).
Contiene capítulos similares al Decreto 351 para los Establecimientos Industriales
Resolución 231
(Ind. Const.-11/96)
Artículo 1:Condiciones que deben cumplir en una Obra.
Artículo 2:Según riesgos/cantidad hs de trabajadores en Obra, establece hs asignación profesional semanales.
Artículo 3: El Legajo Técnico de Obra deberá constar principalmente de:
Memoria Descriptiva de la Obra.
Programa Prevención Accidentes y Capacitación. Registro evaluaciones efectuadas por el Servicio de
Higiene y Seg. (propia o de la ART)
Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad. Plano o esquema del obrador y servicios auxiliares.
Resolución 51
(Prog. de Seg.-07/97)
Establece empleadores de la construcción deberáncomunicar a su ART, 5 días hábiles de anticipación, la fecha de inicio de las obras que emprendan.
Deberán confeccionar el Programa de Seguridad que integra el Legajo Técnico cuando la obra tenga:
Excavaciones / Demoliciones / Altura mas de 4 mts. (otras 2 mts)
Construcciones superiores a 1.000 m2 cubiertos.
Tareas sobre o próximas a líneas de Media y Alta Tensión.
Cualquier tarea que la ART del empleador / Comitente lo crea conveniente.
Resolución 35
(Prog. Unico de Seg.-04/98)
Establece un mecanismo para la coordinación de los Programas de Seguridad, su verificación y recomendación de medidas correctivas en las obras de construcción, cuando un Contratista Principal maneja subcontratistas.El Contratista Principal realiza un Programa Único de Seguridad (Res. 35) y los Subcontratistas realizan un Programa de Seguridad (Res. 51), trazable con la del Principal. Estos planes deben estar aprobados por la ART
Resolución 319
(Cont. Const.-09/99)
Responsable coordinación de actividades en H y ST.
Programa de Seguridad actividades diversas y no repetitivas, aprobado por la ART y su cumplimiento.
Programa de Seguridad obras repetitivas y de corta duración (menos de 1 semana), aprobado por la ART y su cumplimiento. (Validez 6 meses con opción a otros 6, previa autorización de la ART).
Resolución 320
(Alta Laboral-09/99)
Alta de los Trabajadores antes de comenzar las Obras.
Preocupacionales, validez (18 meses). Los exámenes de la nueva ocupación, deben coincidir con la anterior. Exámenes según riesgos. (Ej.: Caso de carpintero a Ayudante de Soldador)
Plan de Emergencia / clínica por derivación de enfermos o accidentados.
Ley de Higiene y Seguridad
Superintendencia de Riesgos
del Trabajo (SRT)
Ley 24557
(Riesgos del Trabajo 09/95)
Contempla en general la prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del Trabajo. Objetivos:
Reducir siniestralidadlaboral con la prevención.
Reparar dañosde accidentes de trabajo y enfermedades Profesionales.
Promover recalificación / recolocación empleados damnificados.
Promover negociación colectiva laboral para mejorar la prevención y las prestaciones reparadoras.
Ley 24557
(Riesgos del Trabajo 09/95)
Autoseguro y Seguro:Rige para todos aquellos que contraten a trabajadores:
Autoseguro:La empresa debe tener solvencia económica -financiera, y además que garantice los servicios necesarios.
Seguro:Las empresas que no acrediten las condiciones para el Autoseguro, deberán asegurarse obligatoriamente en una ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo)
Resolución 15 (Reg.Siniestros 02/98)
Se realizan los registros basados en la Resolución 15 / 98, ocurrido el accidente, se debe denunciar con informe a la ART ó lo realiza la misma ART.
Todos los accidentes (ACTP, ASTP, In Itinere), se denuncian a través de este formulario.
ACTP: Accidente con Tiempo Perdido. ASTP: Accidente sin Tiempo Perdido. In Itinere: yendo o regresando del trabajo
Decreto 170
(Reg.de Ley 24557-02/96)
Establece 4 niveles cumplimiento normativas Hig. y Seg. 1º Nivel: Significa no cumple las obligaciones básicas.
2º Nivel:Significa cumple con lo básico.
3º Nivel:Significa cumplimiento de todas las obligaciones legales en materia de Higiene y Seguridad.
4º Nivel:Significa alcanza niveles de prevención y de condiciones y medio ambiente de trabajo superiores a las obligaciones (OHSAS 18001 -IRAM 3800).
Todas las empresas que
cuentan con ART
Inspecciones de Seguridad de la ART
Tipo de Inspecciones: Releva las condiciones operativas en el Medio Laboral en el entorno inmediato y mediato
Agentes de Riesgo: La ART realiza una inspección a su empresa asegurada, según los agentes de riesgo que haya declarado la empresa
Seguridad: La ART realiza inspecciones de acuerdo a una lista de verificación. (En caso de ser una empresa testigo, la inspección es por la Resolución 700 / 2000).
La ART capacita sobre los agentes de riesgo de la empresa.
La Empresa capacita sobre el resto y además realiza las mediciones de los agentes de riesgo.
Inspecciones de Seguridad de la ART
Característica las inspecciones: Evalúa las condiciones operativas existentes al momento de realizarse.
Documentación: Es la primera tarea que realiza el inspector de la ART, verificar la documentación que debe tener la empresa.
Auditoria: Paso siguiente es la caminata que realiza el inspector por el establecimiento o las Obras, verificando Instalaciones y Personas (p.e. la Res. 700 en caso de empresas testigos).
Por último deja constancia de la inspección en un formulario con lo visto y las observaciones realizadas y de ser necesario una recomendación de las acciones correctivas que debe tomar la empresa.
Evaluaciones de la ART
Realizada las inspecciones, han calificado a sus empresas en los niveles que correspondía de acuerdo al Dec. 170.
Elaboraron un plan de mejoramiento para que todas las empresas tuvieran el nivel 3 a fines del 98.
S / Resolución 700, empresas Testigos, en 1999 con = ó > a 50 trabajadores, han registrado una Tasa de Incidencia > al 10% de la Tasa de Incidencia de Siniestralidad de su actividad y tamaño de empresa.
La idea es mejorar y reducir el %. Entran empresas anualmente como testigos y otras salen (las que mejoraron por debajo del % indicado como piso). Esto mejora el desempeño total de las empresas.
Estadísticas de accidentes
Accidentes año 2003: 297.294
Muertes: 600 (47% In Itinere – 44% en elTrabajo – 9% por violencia) Accidente de Trabajo: 83.1%
Enfermedad Profesional: 1.3% In Itinere: 11.7%
Reagravación: 3.9%
Promedio anual de trabajadores cubiertos
Total de casos notificados y de casos por Accidentes de trabajo y Enfermedades OcuacT/EP
Total de trabajadores fallecidos y trabajadores fallecidos por AT/EP
Índice de incidencia de AT/EP por sector de actividad económica.