Universidad Nacional Agraria
La Molina
Tau Alimentario
-Normas y Control de
Calidad de Vinos y
Piscos
Prof. Juan Carlos Palma [email protected]
NORMALIZACIÓN
NORMALIZACIÓN
NORMALIZACIÓN
REGLAMENTOS/NORMAS
COMUNIDAD ECONÓMICA
EUROPEA
USA
MERCOSUR
OIV
DIGESA
NORMAS DE
DEFINICIONES
CEE 1576/89 Normas generales
relativas a la definición, designación y presentación de las bebidas
espirituosas.
MERCOSUR/GMC/RES 20/94 y 77/94
Definiciones relativas a bebidas alcohólicas.
NORMA TÉCNICA PERUANA NTP 210.019
2003. Bebidas alcohólicas. Definiciones.
NTP 210.09:2003
4.3
Definiciones
generales
relacionadas con el producto,
clasificaciones
4.3.1 clasificación de bebidas
alcohólicas: Conjunto de bebidas
alcohólicas que responden a la
misma definición.
NTP 210.09:2003
4.3.2.bebida alcohólica: Producto obtenido
por procesos de fermentación principalmente alcohólica de la materia prima agrícola que sirve como base utilizando levaduras del género Saccharomyces, sometida o no a destilación, rectificación, redestilación, infusión, maceración o cocción en presencia de productos naturales, susceptibles de ser añejadas, que pueden presentarse en mezclas de bebidas alcohólicas y pueden estar adicionadas de ingredientes y aditivos permitidos por el organismo de control correspondiente, y con una graduación alcohólica de 2 a 55 % Alc. Vol. Se clasifican en: Bebidas alcohólicas fermentadas, Bebidas alcohólicas destiladas, Bebidas alcohólicas preparadas y Licores.
NTP 210.09:2003
4.3.3 Bebidas alcohólicas
fermentadas:
Producto resultante
de la fermentación principalmente
alcohólica de materias primas de
origen agrícola. Se les puede
adicionar ingredientes y aditivos
permitidos por el organismo de
control correspondiente.
NTP 210.09:2003
4.3.4 Bebidas alcohólicas
destiladas: Producto obtenido por destilación de mostos fermentados elaborado a partir de materias primas agrícolas en las que la totalidad o una parte de sus azúcares fermentables, hayan sufrido como principal fermentación, la alcohólica, siempre y cuando el destilado no haya sido rectificado totalmente, por lo que el producto deberá contener las sustancias secundarias formadas durante la fermentación y que con excepción del vodka son características de cada bebida, estas bebidas son susceptibles de ser añejadas, saborizadas o adicionadas de ingredientes y aditivos permitidos por el organismo de control correspondiente.
NTP 210.09:2003
4.3.4.1
bebidas alcohólicasdestiladas simples
: Son aquellas
que se obtienen por la destilación
de mostos fermentados y cuyas
características organolépticas son
típicas de la materia prima
empleada. Algunas de las bebidas
alcohólicas que se incluyen en este
grupo son:
NTP 210.09:2003
a) aguardiente: Producto proveniente
de la destilación de mostos fermentados. Se caracteriza por conservar un aroma y un gusto particular inherentes a la sustancia sometida a fermentación y destilación. Se le designara por la frase: “Aguardiente de.” seguida del nombre de la materia prima de la cual proviene; también se puede denominar por un nombre específico.
NTP 210.09:2003
b) brandy: Bebida alcohólica obtenida
a partir de aguardientes de vino asociados o no a un destilado de vino, y sometidos a añejamiento en recipientes de roble por un tiempo determinado para adquirir características de aroma y sabor propias de esta bebida. Son ejemplos de brandy con denominación geográfica el Armañac (Armagnac) y el Coñac (cognac).
NTP 210.09:2003
c) ron: Bebida alcohólica obtenida
exclusivamente de jugos, mieles, jarabes y soluciones de azúcar de caña y otros derivados similares de la caña de azúcar, sometidas a los procesos de fermentación alcohólica, destilación y posterior añejamiento en recipientes de roble por un tiempo determinado para adquirir características de aroma y sabor propias de esta bebida. Puede ser aromatizado o saborizado para conferir al producto caracteres organolépticos especiales.
NTP 210.09:2003
d) tequila:
Bebida
alcohólica
regional obtenida por destilación y
rectificación de mostos de agave
de la variedad azul Tequilana
Weber
de
acuerdo
a
la
reglamentación
del
gobierno
mexicano.
NTP 210.09:2003
e) vodka: Bebida alcohólica obtenida a
partir de alcohol etílico rectificado bien por rectificación, bien por filtración a través de carbón activado, bien por un tratamiento equivalente que tenga por efecto atenuar selectivamente los caracteres organolépticos inherentes a las materias primas empleadas, de manera que el producto no tenga rasgos distintivos de aroma, sabor u olor. Puede ser aromatizado o saborizado para conferir al producto caracteres organolépticos especiales.
NTP 210.09:2003
f) whisky (whiskey): Bebida
alcohólica obtenida por destilación de un mosto de cereales: sacarificado por la diastasa de malta que contiene con o sin otras enzimas naturales, fermentado bajo la acción de la levadura, destilado de forma que el producto de la
destilación tenga sabor y olor
procedentes de las materias primas utilizadas, y envejecido en recipientes de roble por un tiempo determinado
para adquirir características de aroma y sabor propias de esta bebida.
NTP 210.09:2003
4.3.4.2 bebidas alcohólicas
destiladas compuestas: Son aquellas
obtenidas por la mezcla de destilados en diversas proporciones, aromatizadas, saborizadas, edulcoradas y coloreadas o no con sustancias permitidas por el organismo de control correspondiente. Algunas de las bebidas alcohólicas que se incluyen en este grupo son:
NTP 210.09:2003
a) amargo
(bitter):
Bebida
alcohólica
de
sabor
amargo
preponderante,
obtenida
por
aromatización de alcohol etílico
rectificado o neutro o extraneutro
con
sustancias
aromatizantes
naturales y/o idénticas a las
naturales.
NTP 210.09:2003
b) anís (anisado): Bebida alcohólica
obtenida por aromatización de alcohol etílico rectificado o neutro o extraneutro con extractos naturales de anís estrellado (illicum verum), de anís verde (pimpinella anissum), o de hinojo (foeniculum vulgare), por uno de los procedimientos siguientes: maceración y/o destilación; redestilación del alcohol con presencia de las semillas u otras partes de las plantas mencionadas anteriormente; adición de extractos destilados naturales de plantas anisadas; o empleo combinado de los tres métodos precedentes. Estas bebidas podrán ser adicionadas de azúcares, así como de otros aditivos permitidos por el correspondiente organismo de control.
NTP 210.09:2003
c) cóctel [cocktail]: Producto
obtenido a partir de la mezcla de una o más bebidas alcohólicas, con la adición o no, de ingredientes permitidos para consumo humano como jugos o zumos de frutas y amargos. Puede ser edulcorado o adicionado de sustancias aromáticas o productos alimenticios diversos y aditivos permitidos por el correspondiente organismo de control.
NTP 210.09:2003
d) gin (ginebra): Bebida alcohólica
obtenida por aromatización de alcohol etílico rectificado o neutro o extraneutro, con bayas de enebro (Juniperos communis) incluyendo o no otras sustancias vegetales aromáticas, por uno de los procedimientos siguientes: maceración y/o destilación; redestilación del alcohol con presencia de bayas de enebro y de otros productos vegetales naturales; o adición de sustancias aromatizantes naturales y/o sustancias idénticas a las naturales, de forma que el sabor de enebro sea predominante.
NTP 210.09:2003
4.3.5
bebidas alcohólicaspreparadas
: Productos a base de
bebidas alcohólicas destiladas,
fermentadas, macerados, licores o
mezclas de ellos y que pueden
adicionarse otros ingredientes y
aditivos
permitidos
por
el
organismo
de
control
correspondiente.
NTP 210.09:2003
4.3.6 Licor: Bebida alcohólica que se
obtiene por destilación de bebidas fermentadas o mostos fermentados, por mezcla de alcohol etílico rectificado o aguardientes con sustancias de origen vegetal o con extractos obtenidos por infusiones, percolaciones o maceraciones de los citados productos o con sustancias aromatizantes; edulcorados o no, a la que eventualmente se le puede añadir ingredientes y aditivos permitidos por el organismo de control correspondiente. En su denominación, por lo general se hace referencia, a la materia prima que le otorga sus características de aroma y sabor, por ejemplo: licor de cacao, licor de menta, etc., también se puede denominar por un nombre específico.
NORMAS TÉCNICAS PARA
VINOS
NORMAS DE REQUISITOS
NORMAS DE ENSAYOS
Normas Técnicas para
Vinos
NORMAS DE REQUISITOS: OIV, NTP
NTP 212.014:2002. Bebidas
Alcohólicas. Vinos. Requisitos.
Normas Técnicas para
Vinos
Es la bebida que se obtiene por la
fermentación completa o parcial
de la uva fresca o de su mosto. No
podrá designarse con el nombre de
VINO precedido o seguido de
cualquier calificativo ningún otro
líquido salvo aquellos
específicamente definidos en la
presente Norma Técnica Peruana.
Normas Técnicas para
Vinos
6. Clasificación:
6.1. Por su grado alcohólico
Vinos ligeros de 7,0 a 10,0 GL
Vinos mas de 10° hasta 14° GL
Vinos generosos mas de 14° GL
(naturales y
alcoholizados)
Normas Técnicas para
Vinos
6.2. Por su calidad
6.2.1. Vinos finos Grandes vinos Vinos reservas 6.2.2. Vinos de mesa 6.2.3. Vinos corrientesNormas Técnicas para
Vinos
6.3. Por su color
6.3.1. Vinos tintos 6.3.2. Vinos blancos
Normas Técnicas para
Vinos
6.4. Por su contenido de azúcares
reductores.
6.4.1. Vino seco
6.4.2. Vino semi-seco 6.4.3. Vino semi-dulce 6.4.4. Vino dulce
Normas Técnicas para
Vinos
6.5. Vinos espumantes o
espumosos
6.5.1. Naturales o champaña 6.5.2. Vinos gasificantes
6.6. Vinos aperitivos o compuestos
6.7. Por su origen:
6.7.1.Variedad: Pinot, Cabernet,
Quebranta,
6.7.2. Origen: Ica, Chincha,
Normas Técnicas para
Vinos
Normas de ensayos:
NTP 212.006. Vinos. Determinación de sulfatos NTP 212.030. Vinos. Determ. de grado
alcohólico.
NTP 212.032. Vinos. Determinación de
metanol.
NTP 212.008. Vinos. Determinación de cloruros NTP 212.031. Vinos. Determinación de acidez
Normas Técnicas para
Pisco
Normas de Requisitos Normas de Ensayos
Proyectos:
Buenas practicas de elaboración Buenas prácticas agrícolas
NTP 211.001:2006. PISCO
REQUISITOS.
BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Pisco.
Requisitos.
Alcoholic Beverages. Pisco.
Requeriments.
NTP 211.001:2006. Pisco
4.DEFINICIÓN DE PISCO:
Es el aguardiente obtenido
exclusivamente por destilación de mostos frescos de “Uvas Pisqueras”
recientemente fermentados, utilizando métodos que mantengan el principio
tradicional de calidad establecido en las zonas de producción reconocidas1.
NTP 211.001:2006. Pisco
5. CLASIFICACIÓN
5.1. Pisco puro
5.2. Pisco mosto verde
5.3. Pisco acholado
NTP 211.001:2006. Pisco
6. ELABORACIÓN Y EQUIPOS
6.1Elaboración:
6.1.1. Variedades de uvas pisqueras: El Pisco de be ser elaborado exclusivamente utilizando las variedades de uva de la especie Vitis
vinifera L, denominadas “Uvas Pisqueras” y cultivadas en las zonas de producción reconocidas. Estas son:
NTP 211.001:2006. Pisco
Quebranta Negra Criolla Mollar Italia Moscatel Albilla Torontel Uvina[1]NTP 211.001:2006. Pisco
6.1.2 Uvas no aromáticas y uvas
aromáticas
6.1.3 Los equipos, máquinas, envases y
otros materiales utilizados en la elaboración de Pisco así como la instalación o área de proceso deben cumplir con los requisitos sanitarios establecidos por la entidad competente para asegurar la calidad del producto.
NTP 211.001:2006. Pisco
6.1.4. Fermentación sin o con
maceración parcial o completa de orujos
6.1.5 El inicio de la destilación
inmediata a excepción del pisco mosto verde.
6.1.6 El Pisco debe tener un reposo
NTP 211.001:2006. Pisco
6.1.7 El Pisco debe estar excento de
coloraciones, olores y sabores extraños causados por agentes contaminantes o artificiales que no sean propios de la materia prima utilizada.
6.1.8 El Pisco no debe contener
impurezas de materiales tóxicos o sustancias que causen daño al consumidor.
NTP 211.001:2006. Pisco
6.2. Equipos:
La elaboración del pisco será por destilación directa y discontinua, separando las cabezas y colas para seleccionar únicamente la fracción central del producto llamado cuerpo o corazón. Los equipos serán fabricados de cobre o estaño; se puede utilizar pailas de acero inoxidable. A continuación se describen estos equipos:
NTP 211.001:2006. Pisco
NTP 211.001:2006. Pisco
6.2.2
NTP 211.001:2006. Pisco
6.2.3
Alambique
con calienta
vinos:
NTP 211.001:2006. Pisco
No se permitirán equipos que
tengan columnas rectificadoras de
cualquier tipo o forma ni cualquier
elemento que altere durante el
proceso de destilación, el color,
olor,
sabor
y
características
propias del Pisco.
NTP 211.001:2006. Pisco
7.REQUISITOS
7.1.Requisitos
organolépticos
7.2.
Requisitos
fisicoquímicos
NTP 211.001:2006. Pisco
7.1.1 El Pisco no debe presentar olores y
sabores o elementos extraños que recuerden a aromas y sabores de sustancias químicas y sintéticos que recuerden al barniz, pintura, acetona, plástico y otros similares; sustancias combustibles que recuerden a kerosene, gasolina, y otros similares; sustancias en descomposición que recuerden a abombado; sustancias empireumáticas que recuerden a quemado, leña, humo, ahumado o cocido y otros similares así como otros semejantes a las grasas, leche fermentada y caucho.
NTP 211.001:2006
8.MUESTREO
Las muestras se deberán extraer de conformidad con la PNTP 210.0011.
9.MÉTODOS DE ENSAYO
Los métodos de ensayo a seguir serán los establecidos en el capítulo 2. REFERENCIAS NORMATIVAS.
NTP 211.001:2006
10.ROTULADO
10.1 El rotulado debe estar de acuerdo con la
Norma Técnica Peruana NTP 210.027, NTP 209.038 y NMP 001.
10.2 En la etiqueta se debe indicar la fecha de
envasado del producto.
10.3 El uso de la denominación de la “Zona de
Producción” está reservado exclusivamente al Pisco que se elabore y envase en la misma zona de donde proceden las uvas pisqueras utilizadas en su elaboración.
NTP 211.001:2006
11.ENVASE
11.1 El envase utilizado para conservar,
trasladar y envasar el pisco debe ser sellado, no deformable y de vidrio neutro u otro material que no modifique el color natural del mismo y no transmita olores, sabores y sustancias extrañas que alteren las características propias del producto.
11.2 El envase utilizado para comercializar el
Pisco debe ser sellado y sólo de vidrio o cerámica.
11.3 El envase debe proteger al Pisco de la