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HACIA LA EDUCACIÓN Y CULTURA DE LOS DERECHOS HUMANOS!

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¡H ACI A L A EDUC ACIÓN Y CULTUR A DE LOS DERECHOS HUM ANOS!

Este producto compilatorio es producto del esfuerzo de todo el equipo multidisciplinar que hace parte del Proyecto de Intervención Colectivo de Santander, de la secretaría de salud de Santander y Dimensión convivencia Social y salud mental, bajo el liderazgo del hospital Psiquiátrico de San Camilo de Santander

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EQUIPO COMPILADOR:

INGRID LARITZA CASTELLANOS CRUZ JUAN SEBASTIAN TORRES MORENO

KATTERIN NYRIETH GALÁN GUTIÉRREZ NATHALIA ELIZABETH ERASO MONTENEGRO

SANDRA MILENA RUIZ GUEVARA GUILLERMO ANDRES OSPINA RODRÍGUEZ

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

1. ¿QUE ES UN SER HUMANO? Y ¿QUE ES UN DERECHO?

2. ¿EN QUE SE APOYAN LOS DERECHOS HUMANOS?

3. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS.

4. ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS HUMANOS

5. MARCOS NORMATIVOS INTERNACIONALES DE

PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.

6. SISTEMAS INTERNACIONALES DE PROTECCIÓN DE LOS

DERECHOS HUMANOS.

7. IMPORTANCIA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN

HECHOS HISTÓRICOS EN COLOMBIA.

8. LA CONSTITUCIÓN DE 1991 Y LOS DERECHOS

HUMANOS.

9. FRENTE A LOS TRATADOS Y CONVENIOS

INTERNACIONALES RATIFICADOS POR COL OMBIA.

9.1. Entre los tratados de dere cho intern acional de de rech os humanos aprobados en el marco del Sistema Un ive rsa l de Protección más rele van tes y ratificados por Co lo mbia.

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9.2. Tratados de De recho Interna cional Humanitario ra tificad os por Co lombia.

9.3. Tratados de de recho penal interna cional ratificados p or Colombia.

9.4. Tratados del Sis te ma Interamericano de Protección de los Derecho s Humanos ratificado s por Colombia.

9.5. Los órganos de a plica ción de nuestro sistema re gion al interamericano.

10. LA CONSTITUCIÓN DE 1991 Y LOS DERECHOS

HUMANOS?

11. ENTIDADES DEL ESTADO COLOMBIANO A LAS QUE

PODEMOS ACUDIR .

a. Personerías municipales . b. Defensoría del Pue blo c. Procu radurías

12. ACCIONES DIRECCIONADAS A L A PROTECCIÓN DE

DDHH.

a. Acción de tutela. b. Habeas Co rpus . c. Habeas Data .

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e. Acción de Cumplimento . f. Acción Popu lar.

g. Acción de Grupo .

13. ¿LAS MUJERES SON SUJETAS DE DERECHOS?

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INTRODUCCIÓN

Para abordar e ste tema, es importarte partir de la ide a de que los derechos humanos se encuentran en todas partes, en cada una de nuestras actuacion es, ento rnos familiares , labora les, comunitario s, académicos y re laciones inte rpe rsonales.

Es por esto que, para comprender un poco más, la noción de la transve rsa lidad de los derecho s humanos, es probable que realicemos un viaje ha cia e l p asado, para lle gar al presente y porqu e no mirar un poco más allá, a partir de la construcción de una concie ncia cole ctiv a. Hemos observado que La sociedad en genera l, históricamente se ha visto afectada por diferentes situacio nes que han implicado la división de posturas po lítica s, económicas, culturales, re ligiosas, é tnicas, entre otras que talve z en momento se nos escapan del imagina rio, pero que han tenido apertura derivada de la d eshumanización y actuar e go ísta frente al quere r d ominar y pre valecer en beneficios d e unos sob re otros, los pre juicios, la xenofobia y en sí esa imposibilidad de reconoce rnos entre nosotros como igu ales.

Ya lo vivimos en la primera y se gunda guerra mundia l, en el holo causto jud ío, en el le vanta miento de muros como el muro de Berlín e inclusive en el aun e xistente muro puesto para personas m igrante s que divide a Mé xico de EEUU, el conflicto entre p alestina e Israe l y otros hecho s

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más cercano s y se ntidos como e l conflicto armado co lombiano. Es po r eso que la memoria nos obliga a ve r la histo ria, nos en señ a que olvida r no es el camino para e vita r su repetición y pe rdonar e s un proceso hacia la recon cilia ción.

En este entendido, el estudio que realizaremos de los derechos humanos es una oportunidad para reconoce rnos com o sujetos de derechos, e xigir su protección y e jercerlos ha sta donde empiecen los derechos de mis se mejantes.

En su momento, a sí tamb ién lo manifestó Eleanor Roose ve lt, frente a su apuesta y vita l colaboración en la redacción de la Decla ración Unive rsa l de lo s d erechos Humanos. Esta es una de la s frases más reconocidas frente a donde están o donde empie zan los de rechos humanos:

“En definitiva ¿dónde empiezan los derechos humanos universales? Pues en pe queños lugare s, cerca de n osotros; en lu gares tan pró ximos y tan pe queños qu e no aparecen en los mapas. Pero esos son los luga res que conforman el mundo del individuo: el barrio en que viv e; la escuela o la unive rsidad en que estudia; la fábrica, e l campo o la oficina en que trabaja. Eso s son los lugare s en lo s que cada hombre, mujer y n iño busca ser igua l an te la ley, en las oportun idades, en la dign idad sin discriminación. Si esos derecho s no significan nada en esos lu ga res tampoco significan nad a en ninguna otra parte. Sin una

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acción decidida de los ciudadanos para defender esos derechos a su alrededor, no se harán progresos en el resto del mundo”1

2. ¿QUE ES UN SER HUM ANO? Y ¿QUE ES UN DERE CHO?

Partir de e stas de finiciones se considera ne cesario p ara entender porque sus sign ificados se encuentra n intrín secamente asociados.

- Humano: Un miembro de la e specie Homo sapien s; un hombre, una mujer o un niñ o/a; una persona.

- Derecho s: Cosa s a las que se tiene d erecho o están permitidas; libe rtades que está n ga rantizada s.

- Derecho s Humanos: Los de recho s que se tiene simp lemente por ser humano.2

2. ¿EN QUE SE APOYAN LOS DERECHOS HUM ANOS?

La comunidad internaciona l ha establecido ampliamente que lo s derechos humanos tienen su fundamento en la dign idad humana, como principio y de rech o del cual pa rte el reconocimiento de todos los derechos.

¿Qué es la dign idad humana?

1 Tomado de página de internet:

https://medium.com/colaborarte/por-qu%C3%A9-es-importante-hablar-de-derechos-humanos-con-los-ni%C3%B1os-6f19d15bb4d7

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“Es el valor intrínseco del ser humano como miembro de la especie humana más allá d e cualquier diferencia.”

“Respeto incondicionado que merece todo individuo en razón de su mera condición hu mana, es decir, in dependientemente de cualqu ier característica o aptitud particular que pudiera poseer.”3 Baye rtz.

“Significa tratar a los seres humano s siempre como fines y nunca como medios.” Emanuel Kant.

3. C AR ACTERÍSTIC AS DE LOS DERECHOS HUM ANOS.

a) Unive rsa les: Pe rte necen a todos y cada uno de los sere s humanos, en cualquie r pa rte de l m undo, sin importa r se xo o género , edad, etnia, re ligión, pensamient o ni nin gu na otra condición.

b) Inalienable s : No existen ra zone s para ju stifica r qu e sean irrespetados o despojados los dere ch os de algu ien. Tampoco los puede ceder a otra persona.

c) Irrenun ciab les : Ninguna persona puede renuncia r a sus derechos.

d) Integrale s: El conju nto de los de recho s constitu ye un tod o.

3 BAYERTZ, Kurt, Voz “Menschenwürde”, en: Hans-Jörg Sandkühler (coord.), Enzyklopädie Philosophie, Hamburgo, F. Meiner, 1999, p. 824

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e) Indivisibles : No pueden ser separados como si fueran elementos independientes. De ben ser abo rdados y conceb idos en co njunto. Y por último, son….

f) Interdependientes : La violación de cualqu ie ra de los d erechos humanos tiene con secuencia s ne gativas en los demás.4

4. ANTECEDENTES DE LOS DERECHOS HUM ANOS

1.- Código de Ham murabi de Me sopotamia, hacia e l año 1760 a.c. , fue el primer cód igo escrito. Estab leció derechos en su momento como al Matrimonio, sala rio s para los d istintos trabajos y además estableció un sistema judicia l con tribunales, donde nadie podía ale ga r desconocim iento d e la le y.

2.- No s remontamos al año 539 a.c. , cuando Ciro e l grande tras conqu ista r Babilo nia hizo algo re almente re volucio nario, ordenó decretos como la libertad de los escla vo s, libertad de cu ltos e igualdad racia l. Sus dispo siciones fueron inco rp oradas en una tab la de a rcilla y es lo que ho y en d ía conocemos como el cilindro de Ciro.

3.- En Roma en el año 450 a.c. , se emitió la Le y de las XII Tablas, e l cual conten ía un te xto lega l d irigido a re gula r la con viven cia de l pueb lo romano.

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4.- La Carta Magna de 1215 d.c. , en Inglaterra , fue un suceso importante puesto que sus ciudadano s hicie ron que e l re y estu vie ra de acuerdo con que n adie podía in va lid ar los de recho s d e la gente , ni siquie ra un re y, a demás de estable cer de rechos como el tener y heredar p ropiedade s, habeas co rpus y un sistema de justicia.

5.- La Decla ración de Virginia o inde pendencia de América de 1776: Conside rada la primera de cla ración d e los Dere chos Hu manos, a tra vé s de esta decla ració n se animó a las d emás colonia s a independizarse de Gran Bretaña. Es un documento que p roclama que todos lo s hombres son po r n aturale za , lib res e independientes y tie nen una serie de derechos in here ntes de los cuale s no pueden ser p rivados .

6.- La Ca rta de Derechos de los EEUU, más conocido co mo The Bill of Rights de 1791, f ueron la s prime ras diez enmiendas de la Constitución de los Estados Un idos a tra vé s de las cuales se ga rantizaban una serie de libertade s personales, limita n el poder del gob ierno en los procesos jud icia les entr e otros.

7.- La Re vo lución francesa 1789, es en donde surge un do cumento muy importante “la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano”. Promulgaba derechos como la libertad, la propiedad, la segu ridad y la resistencia a la op resión.

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8.- Mahatma Gandhi en 1915 condujo las protestas en la India y en 1931 se lle varon a cabo los pactos en tre Gandhi e Irwin, en el cual el gobie rno se comprometía a libe rar p resos político s.5

En el desarro llo de estos acontecimie ntos como antecedentes de los derechos humanos, se hará un alto e n el camino en la I y II Guerra Mundia l como su cesos que ma rca ron la historia d ejando como resultado situacio nes nefastas y que pró ximamente serían una motivación pa ra re unir a las naciones en el deseo de vivir en pa z.

- PRIMER A GUERRA MUNDI AL 1914 -1918 Conflicto militar que comenzó en 1914 com o un enfrentamiento loca lizado A ustro-Húnga ro y Se rbia, se transformó a u n enfrentamiento a esca la europea cuando la declara ción de guerr a Au stro -Hún ga ra se extend ió a Ru sia e n 1914, y finalmente pasó a se r una guerra mundial, en la que participa ron 3 2 naciones, 28 d e ella s denominadas aliad as.

- SEGUND A GUERRA MUNDI AL 1939 -1945 Conflicto m ilitar más mortífero de la h istoria con un re sulta do de entre 50 y 70 millones de víctimas, parti ciparon la ma yor p arte de las nacion es del mundo, con más d e cien millones de milita res mo vilizad os en un estado de guerra total marcada por la muerte masiva d e civiles

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-el holocau sto, los bombardeos inten sivo s sob re ciudad es y el uso de armas nucle ares p o r única ve z en un conflicto militar.

8.- Es en este mismo año el 24 de o ctubre de 1945 entró en vigo r La carta de las Na ciones Unidas, firm ada por 51 naciones que se reunie ron en San Francisco, la s cuale s estaban cansadas de la guerra y d ieron paso a tra vés de ese do cumento a la fundación de la Organiza ción de la s Na ciones Un idas con el propó sito d e reafirmar la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dign id ad y el valo r de la persona humana.

Luego, la Asamble a General de las Naciones Unida s aprob ó el primer acuerdo interna cio nal el cua l fue la Declara ción Un iversal de los Derecho s Humanos en 1948 y en 1966 la ONU apro bó otros dos documentos inte rn acionale s, sabe r, e l Pacto interna ciona l de de rechos civile s y po líticos y e l pacto inte rna cional de d erecho s económicos socia les y cu ltu rales, juntos se deno minan le yes intern acionale s de derechos humanos.

5. M ARCOS NORM AT IVOS INTERN ACION ALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUM ANOS.

Las ramas o cuerp os del de recho internaciona l público son 3: (1) e l derecho internacio nal de lo s dere chos humanos (qu e puede ser universal o re giona l), (2 ) el dere cho in ternacional humanitario y (3) e l derecho penal inte rnacional.

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El siguiente Mapa, fue elaborado por Rodrigo Uprimy, quien nos

presenta de manera muy esquemática las relaciones,

complementariedad es y diferencias existente s entre los órdene s normativos que con fluyen en la p rotección de lo s de rech os humanos a nivel inte rnaciona l.

6. SISTEM AS INTERN ACION ALES DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUM ANOS .

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7. IMPORT ANCI A DE LOS DER ECHOS HUM ANOS EN HECHOS HISTÓRICOS EN COLOMBI A.

Los momentos más destacados en Colombia en el que se han dado a conocer los de rech os humanos podría mos decir que empiezan po r:

a) Fra y Bartolomé de las C a sas, qu ien se enca rgó de defender la Ley de Indios p roclamada en año de 1542, denunció el maltrato que p roducía la escla vitud, p romo vió la defensa y la pro tección de los nativo s ante la pre sencia españ ola y p roce so de co nquista.

b) El 19 de a gosto d e 1794 , Antonio Nariño y crio llo s ilu strados traduje ron la declaración de los dere ch os humanos en el territorio de la Nue va Grand a y fue publicada e n va rio s territo rios del país, pese a las pe rse cuciones.

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c) Entre los años de 1811 y 1815, en medio de la re volu ción de independencia, se publica ron va rias constitu ciones cu yo punto en común fue la consagración de los derecho s políticos fundamentales y se lo gró alcan za r d iversas libe rtades y soberan ía para el p ueblo neogranadin o .

d) En Ma yo de 1820, Simón Bolíva r, firm ó un decre to po r m edio del cual o rdenaba la devo lución de las tierras de re sguardo a los ind ígenas y su derecho como persona s natura les sob re e llas .

e) El 11 de mayo de 1830: Se creó la Procu raduría General de la Nación: Organ ism o encargado de contro lar, defender lo s intere ses del gob ie rno y de la población.

f) En 1851 Se expid ió la Le y que abo lía la escla vitud en el país. Unos año s despu és, la con stitu ción de 1886 de cla ró que no habrán escla vos e n el territorio neogranadino y de sde entonces los hombres a partir de los 21 años p udieron accede r al voto y alguna s funciones pública s.

g) En la Constitución política de 1863: El Artículo 91, consagró el derecho de gentes por medio del cual se impedía e l e xceso del uso de la fuerza po r pa rte de los a ctores de las guerras, permit ió

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las negociaciones en contienda política y armada por medio de la firma de lo s tratados de larga dura ción.

h) En 1910, se emitió Acto le gislativo No. 3. Po r medio del cua l abolió la pena de muerte.

i) Con la reforma constitu ciona l de 1986, que mod ificó la constitu ción de 193 6. estableció modificaciones frente a l manejo de la prop iedad privada, de jo tenerse como un derecho a bsoluto para concebirse como una función socia l en donde prima el interé s gene ral sobre el inte rés pa rticular6, asimismo, con templó el dere cho individu al de tenencia de la tie rra, el traba jo a sociado y la e xp lotación a graria.

j) Hace 64 años, med iante la ap robación del a cto le gislativo No. 3 de 1954 en la dictadura de Rojas Pin illa, se concedió a la mujer el derecho al voto y a se r ele gida. Ya hasta el 1 de dicie mbre de 1957 se eje rció el voto en el pleb iscito que ap robó e l pa cto del Frente Nacional.

8. L A CONSTITUCIÓN DE 1991 Y LOS D ERECHOS HUM ANOS .

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Con la Carta Política de 1991 se generaron grandes cambios. Entre los más importantes se encuentran la libertad de cu ltos, la acción de tutela, la de scentraliza ción del Esta do, el nacim iento de la Corte Constituciona l y d e la Fisca lía Gene ral de la Na ción. Además de la consagración dentro de la carta magna de un catá lo go de dere chos fundamenta les que van de sde el a rtículo 11 al 41.

Se inclu yeron modificaciones rele vantes como el reconocimiento a las minorías, la e quida d de género, la defensa del medio am biente, re glas para la distribución de las re ga lías, la in stitu ción de la familia como núcleo de la so cied ad, los e stados de excepción, la doble naciona lidad. Se fijó la mayo ría de edad para los indígenas, entre otros Tratados celebrado s por Co lombia, lo cual obligo a la Constitu ció n ajustar su texto a acuerdos internacionale s como el Dere cho Int ernacional Humanitario, la De clara ción Unive rsa l de los De rechos d el Hombre y los Derecho s Huma nos.

Varios pasaron a ser de aplicación inmediata, como “e l derecho a la vida, a la in tegrida d personal, a la igu aldad, intimidad; libre desarrollo de la perso nalidad; libre exp resión; de recho a l buen no mbre, a la lib re circula ción; e l dere cho de petición; a l debido proceso; y los derechos

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políticos, entre otros, que junto con los derechos de los niños y a la salud son tute lable s en el mo mento e n que se sientan vulnerados.”7

9. FRENTE A LOS TRAT ADOS Y CONVENIOS INTERN ACION ALES R ATIFIC ADOS POR COLOMBI A.

Los tratado s y conven ios inte rnacionales de de rech os humanos ostentan un n ivel e quivalente a las no rmas con stitu ciona les, ya que la misma constitución en artícu los c omo el 53, inciso 4, a rticulo 93, 94 y 214, inciso 2, auna dos a pronunciamientos de la Corte Constitucional, se ha reconocido que lo s tratado s inte rnacionale s de dere chos humanos y de d erecho interna cio nal humanita rio constitu yen el denominado bloque de constitucionalidad. “De acue rdo co n esta figura, la Constitución no se agota en su mismo texto, sino que existen otras normas, no in clu id as dentro de e lla, q ue forman pa rte de la misma.”8

9.1. Entre los tra tados de derecho inte rnacional de dere chos humanos a proba dos en el marc o de l Sistema Univers al de Protección más re le vantes y ra tifica dos por Colombia .

Encontramos los siguiente s:

o Pacto Inte rnaciona l de Dere chos Civiles y Po líticos. Ap robado por Co lombia, mediante la Le y 74 de 1 968.

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https://www.elpais.com.co/colombia/cinco-grandes-cambios-que-trajo-la-constitucion-de-1991.html#:~:text=Varios%20de%20ellos%20de%20aplicaci%C3%B3n,debido%20proceso%3B%20a%20no% 20ser

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o Pacto Inte rnacion al de Dere chos Económicos, So ciale s y Cultu rale s. Ap roba do por Co lombia, m ediante la Le y 74 d e 1968.

o Con vención para la Pre vención y la Sanción de l De lito de Genocidio. Ap robado por Co lombia, m ediante la Le y 28 d e 1959.

o Con vención Inte rn acional sobre la Elimin a ción de to das las Formas de Discriminación Ra cia l. Aprobado por Co lombia, mediante la Le y 22 de 1981.

o Con vención sobre la elimina ción de todas las formas de discrim inación contra la muje r – CEDAW . Aprobado por Colombia, mediante la Le y 51 de 198 1.

o Con vención sobre los Derecho s del Niño. Aproba do por Colombia, mediante la Le y 12 de 199 1.

o Con vención contra la Tortu ra y Otro s Tratos o Penas Crue les, Inhumanos o Degradantes. Aprobado por Co lombia, me diante la Ley 70 de 1986.

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o Con vención interna cional sob re la pro tección de los de rechos de todos los trabajado res migratorios y d e sus familiare s. Aprobado por Co lombia, mediante la Le y 146 de 1994.

9.2. Trata dos de De recho Internacional Humanitario ratifica dos por Colombia:

Cuando hablamos de derecho inte rnacional humanita rio (DIH) nos referimos a un con junto de normas dirigidas a prote ge r a la pobla ción no combatiente y a lim itar los usos y medios de la gu erra. Busca i) ga rantiza r la prote cción de la s personas que no participan en las hostilidades, y de las persona s que po r cua lquie r motivo han dejado de hacerlo, po r ejemplo, los heridos e in cluso lo s prisione ros de guerra; ii) p rote ger los bie nes civiles, cultura les, religio sos y sanitarios que pueden resu ltar afectados po r un conflicto a rmado; iii) limitar e l u so de la fuerza, pa ra lo cual proh íbe el uso de cierta s armas y cierto s métodos de gue rra.

El DIH se caracteriza po r ser de ob ligato rio cumplimie nto para los gobie rnos y los e jércitos que lo re presentan, así co mo para los diferentes grupos armados que hace n parte de un conflicto armado. Resultando el DIH un derecho ob liga torio para todas las partes de un conflicto a rmado bien sea al interior d e una nación o inte rnaciona l.

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Los tratados o con ven ios que inte gra n el DIH son p rincipalmente los cuatro con venios de Ginebra de 1 949, complementados con dos protocolo s adiciona les de 1977.

o Con venio de Gine bra de l 12 de a go sto de 1949 para alivia r la suerte que corren los heridos y lo s enfermos de las fuerzas armadas en campaña (Con ven io I).

o Con venio de Gine bra de l 12 de a go sto de 1949 para alivia r la suerte que co rren los herido s, los enfermos y los náufra gos de las fuerzas a rmadas en el mar (Con ve nio II).

o Con venio de Gineb ra del 12 de a gosto de 1949 relativo al trato debido a los p risioneros de guerra (Conven io III) .

o Con venio de Gine bra de l 12 de a go sto de 1949 relativo a la protección deb ida a las personas civiles en tiempo de guerra (Con ven io IV).

Los 4 con venio s señalados p re viamente, fueron aprobados po r Colombia, mediante la Le y 5ª de 1960.

Sus 2 protoco los adiciona les, igualmente aprobados por Co lombia ve rsan sobre - La Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados

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Internacionales y - La pro tección d e las víctimas de los conflicto s armados sin cará cter inte rnacional.

o Protoco lo Adicion a l a los Con venios d e Ginebra del 12 d e ago sto de 1949 relativo a la Protección de las Víctimas de los Co nflictos Armados Inte rnacionales (Protoco lo I). Ap robado Po r Colombia, mediante la disposición 58 transitoria de la Constitu ción Política. Posteriormen te fue declarado e xe quib le mediante Sentencia C -574 de 1992 y p ro mulgado mediante el Decreto 509 de 1996.

o Protoco lo adiciona l a lo s Con venio s d e Gineb ra del 12 d e ago sto de 1949 re lativo a la protección de la s víctimas de los co nflictos armados sin ca ráct er inte rnaciona l (Protoco lo II). Ap robado por Colombia, mediante la Le y 174 de 1994 y p romulgado por el Decre to 082 de 19 96. La Le y fue declarada e xe qu ible mediante Sentencia C -225 d e 1995.

Es impo rtante tene r en cuenta que e l Comité Inte rnacion al de la Cr u z Roja, vigila el cum plimiento del DIH, más no impone sanciones a los infractore s del DIH. Este es un organ ismo realiza comenta rios frente a la normativa del DIH permitiendo com prender e interp retar el a lcance de dichas normativas. Pero, frente a las más gra ves infracciones de l DIH, será la Corte Penal Internacion al la competente para ju zga r de manera subsid iaria, a las pe rson as que han perpetrado lo s denominados críme nes de gue rra.

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9.3. Trata dos de dere cho penal interna cional ratifica dos por Colombia.

En la actualidad, e l tratado más impo rtante es el Estatu to de Roma, por medio de l cua l se creó la Co rte Pe nal Inte rnaciona l (CPI) adoptado el 17 de julio de 1 998 y aprobado po r Co lombia, media nte la Le y 742 del 5 de jun io de 2002. La Ley y el Estatuto fueron dec larado s exe qu ible s mediante Sentencia C -578 de 2002.

9.4. Trata dos del Siste ma Interamericano de Protección de los Derechos Humanos ratificados por Colombia .

El Sistema Inte ram ericano está conformado por una serie de tratados adoptados en el marco de la Orga ni zación de Estados Americanos (OEA)

o Con vención Americana sobre Dere chos Humanos – Aprobado por Colombia, mediante la Le y 16 de 197 2.

o Protoco lo Adicional a la Con vención Americana sob re De rechos Humanos en materia de De rechos Económicos, So ciale s y Cultu rales “Protocolo de San Salvador”. Aprobado por Colombia, mediante la Le y 3 19 de 1996. Declarada e xe qu ible mediante Sentencia C -251 d e 1997.

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o Con vención Inte ra mericana pa ra Pre venir y San ciona r la Tortura. Aprobado por Colo mbia, mediante la Ley 409 de l 28 de octubre de 1997. Decla ra da exe quib le mediante Sentencia C -351 de 1998. Aprobado por Co lombia, mediante la Le y 409 d el 28 de octubre de 1997. Declarada e xe quib le mediante Sentencia C -351 de 1998.

o Con vención Intera mericana sob re Desaparición Forzada de Personas. Aprobad o por Colombia , me diante la Le y 707 d e 2001. Decla rada e xe qu ible mediante la Sentencia C -580 de 200 2.

o Con vención Intera mericana para Pre venir, Sancionar y Errad ica r la Violen cia contra la Muje r. Con ve nción de Belém do Pará. Aprobado por Colo mbia, mediante la Ley 248 de 1995, declarada exe qu ible mediante Sentencia C -408 d e 1996.

9.5. Los órganos de aplicación de nuestro sis tema regional intera mericano .

Son, la Comisión Interame ricana d e De rechos Huma nos y Co rte Interamericana de Derecho s Humanos

10. QUIEN PROTEGE LOS TR AT ADO DE DDHH?

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Sin embargo, e l Sis tema Internaciona l de los DDHH, el DIH y De recho Penal Interna ciona l, han d ispuesto a diciona lmente otro s organ ismos que vigilan e l cum plimiento de los tratados, pactos y convenciones. Entre e llos encontramos: El Comité d e De rechos Human os; Com ité de Derecho s Económicos, Socia les y Cu lturales; Comité contra la Tortura; Comité de los De rechos del Niño; Comité para la Elim inación de la Discriminación Racial; Comité pa ra la Elimina ción de la Discrim inación contra la Mu jer y Comité de Dere chos de los Trabajado re s Migrantes. Los cuales rea lizan observa ciones a lo s Estados y no san ciones.

Igua lmente, encon tramos a lo s tribu nales interna ciona les, como e l Tribunal Inte rnacio nal de Justicia con sede en la Haya, Tribunal Internacional del Derecho de l Ma r, Tribunal Eu ro peo de Derecho s Humanos, el Tribun al Africano de Dere chos Humanos y de los Pueblo s, Corte inte ramerica na de DDHH, la Corte Pena l Inte rna cional, entre otros Tribunale s, inclusiva ad ho c que fueron estable cidos po r e l Consejo de Se gu rid ad de las Naciones Uni das para hace r justicia a la s víctimas de crímenes internaciona les, como el Tribunal Penal Internacional pa ra la ex Yu go sla via y Rwanda.

Además, prote gen y vigilan los tratad os, pactos y con ve nios el Comité Internacional de la Cru z Roja (CICR) en relación co n el DIH y en nuestro sistema regiona l, la Co rte interamericana de DDHH y la Comisión Interame ricana de DDHH qu e observamos ante rio rmente.

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Por otro lado, no se puede descono cer e l papel tan importante que juegan la s o rgan izaciones no gubern amentales y de la sociedad civil frente a los DDHH, ya que su trabajo se ve enfocado en promove r los DDHH, defender a las víctimas de vio lacione s de derech os humanos, a los dere chos de los pueblo ind ígena s, in vestigar atenta dos contra los derechos humanos, incidencia po líticas, presenta ción de informes frente al cumplimiento por parte de l Estado como ga rante de los tratados y entre otras, la elabora ción de propuestas de ley y acue rdo internacionale s. Dentro de las o rga nizaciones más importantes de Derecho s Humano s encont ramos a: Amnistía Interna cional, El Fondo para la Defensa de los Niño s (CDF por sus siglas en in glés), Human Rights W atch, Derechos Humanos Sin Fronteras:(HRW F, de Human Rights W ithout Frontiers) entre otras.

11. ENTID ADES DEL EST ADO COLOMBI ANO A L AS QUE PODEMOS ACUDIR

Defensoría del Pu eblo, Pro curadu ría General de la Nación y las personería s municipales, las cuale s e n conjunto hacen p arte de lo que se denomina el Ministe rio Púb lico, y se constitu yen co mo entidades recto ras de la defensa, promoción, protección y divu lgación de los derechos humanos.

a) Personerías municipales: Son o rganismos de contro l y vigilancia de las respectiva s entidades te rrito ria les, también e jercen contro l

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disciplinario en el municipio de su competencia, la guarda del interé s público, de los p rincipio s del Estado Socia l de De recho y de la p romoción del control socia l de la ge stión pública. Es decir que pueden ade lantar a cciones populares ante el jue z competente, vigilar que los funcionarios público s estén cumpliendo a c ab alidad sus funcion es, so pena de adelantar proceso d isciplina rio ante la pro curaduría, co labora r con la pro yección de acciones de tute la en n ombre de la pe rson a que lo solicite o se encuentre en e stado de indefensión, brindan atención y trámite de quejas , entre otras funciones que se encuentras estipuladas en el artículo 118 de la Constitución Política de Co lombia y el a rtícu lo 178 de la Le y 136 de 1 994 .

b) Defensoría del Pueblo : Fun ge co mo mediadora e ntre los ciudadanos y el Estado. Desde esa función t ram ita solicitudes y queja s y op ina sob re la p roblemática de los dere chos hu manos. Además, la entidad presenta informes anuales al Con greso de la República sob re su gestión; o rganiza y dirige la defensoría pública; inte rpone acciones en d efensa de los d ere chos colectivos y fundamentales; Y divulga los de rechos.9 De manera que, como ciudad anos podríamos a cudir a la Defensoría del Pueblo en caso de encontra rnos en imposibilidad econó mica o

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socia l para sufra gar lo s gasto s de representa ción jud icia l o extra judicial pa ra la defensa de nuestros de rechos; o cuando re quiramos presen tar peticiones, qu ejas, in terpone r a cciones, recu rsos jud iciale s, mecanismos d e protección de derechos fundamentales o solicita r ase soría p or viola ción de de rechos humanos o represe ntació n jud icial o e xtra judicial en e l á rea no solo pena l sino ta mbién en rela ción a otra s á reas del derecho como (civil, familia, labo ral, administrativo); También, sí conocemos de una posible afectación a los derechos de la población civil com o consecuencia de l conflicto armado interno y se re quie re acciones pre ventivas por p arte de las Autorida des del Estado para logra r atención in tegra l; Igua lmente, sí es víctima del conflicto a rmado interno y re quiere aseso ría y o rientación sobre el eje rcicio de sus derechos a la verdad, justicia y reparación inte gral en los p roce sos ju dicia les y administrativos; o, si es víctima de despla zamiento forzo so y re qu iere asesoría y orientación sob re el ejercicio de sus d erechos y los meca nismos para e xigir e l cum plimiento de su s d erechos po r parte de las Entidades obligadas a la atención integral de su situación. Además, ofrece la Defensoría aten ción frente a temas que in volu cran la vu lne ración del de recho a la sa lud y la se gu ridad socia l, es decir, pensiones, riesgo s laborale s y o tros temas relacionados con la privación de la libertad y las cond iciones de reclu sión, o derechos al medio ambiente. En general, atiende

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todas la s afectacio nes en las cuales u n ser humanos pue da verse lesionado en la diversidad que comprende los derechos humanos.

Y, todos y cada u no podemos acudir, má xime si se trata de personas pe rtenecientes a mino rías co mo los pueb los ind ígenas, comunidades ne gras o afrocolombia nas, ra iza les, pa la nquera s, ROM, LBGTI u otra clase de comu nidad y re quie re especia l atención y o rienta ción por en contra rse en una situación de amenaza en contra de sus dere chos.

c) Procu radurías : La Procu raduría De legada Discip linaria –PDD para la Defensa de los DDHH. fue creada mediante la Le y 4 ª de 1990, norma que / Se le asignó en tre otras fun cione s la de adelantar y decid ir la acción disciplin aria po r la s conductas que se configura ran co mo genocidio s, to rturas y desapa ricio nes, en que in currie ran los miembros del Min isterio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, así como los funcionarios o personal de los organismos adscrito s o vin culados a esas in stitu cione s y lo s demás funcionarios y empleado s.

d) Jueces Repúb lica : en la protección de los dere chos humanos, ya que en la actua lida d hemos obse rvado que su s decisione s frente la reso lución de las diferentes acciones constitu ciona les se

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apoyan en la aplicación de diversos instrumentos de carácter nacional e interna cional cu ya e xigen cia es la de ga ran tiza r la protección de lo s d erechos de los ciud adanos.

A continuación señalaremos algun as accione s constitucionales a tra vés de la s cuales se ha logrado alcan zar la prote cción de los derechos de la s personas, a lgunos ejemplos a saber es, el acce so efectivo a la aten ción inte gral en sa lud , los de rechos de lo s estud iantes contra las auto rida des educativa s, los derechos de los re clusos frente a la mejora de las condicione s ca rce larias y los dere chos de los grupos socia les cu yos rec lamos antes los jueces no solían tener éxito, como los sindicalistas, los ind ígenas, las mujeres, las mino rías re ligiosas, los homose xua les, los vendedo res callejeros, lo s enfermos de SIDA o los deudore s del sistema financiero.10

12. ACCIONES DIRECCION AD AS A L A PROTECCIÓN DE DDHH.

Entre esas accione s encontramos : a) Acción de Tutela:

Se enmarca en do s artículo s de la Constitución. Sien do en primera medida el Artícu lo 23, el cua l con sa gra el de recho de petición, a tra vés del cual “Toda persona tiene derecho a pre sentar peticiones

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respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.” Seguidamente, el artículo 86 que espe cíficamente consa gró la a cción de tute la d isponiendo lo siguiente:

Toda persona ten drá acción de tutela para recla mar an te los jue ces, en todo mo mento y lugar, mediante un procedimien to preferente y su ma rio, por sí misma o p or quien actúe a su no mbre, la p rotección in mediata de sus derechos constitucionales funda men tales, cuando quie ra que éstos resulten vulnerado s o a mena zados po r la acción o la o misión de cua lquie r autoridad pú blica.11

Esta acción so lo procederá cuando el afectado no dispon ga de otro medio de defensa judicia l, salvo que aquella se utilice co mo me can ismo transito rio pa ra evitar un pe rju icio irre med iable.

En ningún caso po drán transcurrir má s de die z días entre la solicitud de tute la y su resolu ción.

La ley estab lece rá los ca sos en lo s qu e la acción de tutela procede contra pa rticula res encargado s de la pre stación d e un servicio púb lico o cuya condu cta afecte g rave y

11 República de Colombia (1991). Constitución Política de Colombia. Artículo 86. Disponible en:

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directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se ha lle en estado d e subord inación o indefensión.

La tutela fue regla mentada por el De creto 2591 de 1991.

La tutela es una de las acciones más utilizadas dentro del territo rio nacional, como podemos observa r la s cifras que p rese ntó un estudio realizado po r la Co rporación Exce lencia en la Justicia de l año ante rio r 2019, informó que desde 1992 a diciembre de 2018 el número de tutelas radicadas fue de 7.153.818 y para en 2019 entre los mese s de enero a octub re, só lo en Santande r fue un total de 27.88 6, entre otras cifras que se ven reflejadas en este cuadro.

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b) Habeas Co rpus: te nemos que hace re ferencia a la Protección del derecho a la liberta d.

El Artículo 30 de la Constitución Política dispuso :

Quien e stuviere p rivado de su libe rtad, y creye re esta rlo ilega lmente, tiene derecho a invo car an te cua lquier autoridad jud icial, en todo tiempo, po r sí o por interpuesta

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persona, el Habeas Corpus, el cua l debe resolverse en el término de treinta y seis ho ras.”13

La Ley 1095 de 20 0614 re glamentó este derecho y sus a lca nces.

c) Habeas Data: Se creó con la finalidad de proteger e l derecho al buen nombre

Se re guló por el Artícu lo 15 de la Constitución Po lítica. El cual d ispuso lo que a continuación se cita:

Todas las personas tienen derecho a su intimidad pe rson al y fa miliar y a su bu en nomb re, y e l Estado debe respetarlos y hace rlo s respetar. De igual mod o, tienen derecho a conocer, a ctuali za r y rectifica r la s in forma ciones que se hayan re cogido sobre ellas en ba ncos de dato s y en archivos de entida des públicas y privadas.

En la recole cción, trata miento y circulación de datos se respeta rán la libertad y demá s garantías consagradas en la Constitución.

La correspondencia y de más forma s de co mun ica ció n privada son invio lables. Sólo pueden ser interceptadas o

13 República de Colombia (1991). Constitución Política de Colombia. Artículo 30 Disponible en:

http://www.corteconstitucional.gov.co/inicio/Constitucion%20politica%20de%20Colombia.pdf 14 Congreso de la República. Ley 1095 de 2006. Disponible en:

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registradas median te orden judicia l, e n los casos y con las forma lidade s que e stable zca la ley.

Para efectos tributarios o judiciale s y para los ca sos de inspección, vigilan cia e inte rvención del Estado podrá exigirse la presentación de libros de contabilidad y de más docu mentos p rivad os, en los término s que señale la ley.

La Ley 1581 de 20 12 re glamentó este derecho.

d) El De recho de Petición: tenemos qu e es un instrumento para solicita r informació n y su regu lación e stableció que:

Toda pe rsona tiene derecho a presentar peticion es respetuosas a la s autoridades, por motivo s de interés general o pa rticula r, y a obtener p ronta reso lución co mp leta y de fondo sobre la misma. Toda actuación que inicie cualquie r pe rsona ante las auto ridade s imp lica el eje rcicio del derecho de petición con sagrado e n el artículo 23 de la Constitución Po lítica, sin que sea necesario i nvoca rlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá so licita r: el reconocimiento de un derecho, la intervención de un a entidad o funcion ario, la re solució n de una situación juríd ica, la p restación de un servicio, requerir info rma ció n, consulta r, exa mi n ar y reque rir cop ias de docu mento s, formu lar consu lta s, quejas, denuncias y re cla mos e

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interpone r recu rsos. El ejercicio del de recho de petición es gratuito y puede re ali za rse sin ne cesidad de representa ción a través de abogado, o de persona mayo r cuando se trate de meno res en re lación a las entida des dedicadas a su protección o fo rma ción.

El de recho de petición se encuentra consagrado en la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedim iento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). La posterio r Le y 175 5 de 2015 re guló este dere cho fundamental, precisando los casos en los que éste se ejerce.

Así, el Artícu lo 13° de dicha le y, e xp res ó el ob jeto y mo dalidades del derecho de petició n ante autoridades:

Toda pe rsona tiene derecho a presentar peticion es respetuosas a la s autoridades, en lo s términos seña lad os en este código, po r motivos de interé s general o pa rticula r, y a obtener pronta resolu ción co mp leta y de fondo sobre la misma. Toda actua ción que in icie cu alquie r persona an te las autoridades implica e l e jercicio d el derecho de petición consagrado en el artícu lo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invoca rlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se p odrá so licita r: e l reconocimiento de un derecho, la inte rve nción de una entidad o funciona rio, la resolu ción de una situa ción ju rídica, la p resta ción de un

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servicio, requerir información, co nsulta r, exa mina r y requerir cop ias de docu mentos, fo rmu lar consu ltas, queja s, denuncias y recla mos e inte rponer recursos. El e jercicio del derecho de petic ión es g ratuito y puede reali za rse sin necesidad de representación a travé s de abogado, o de persona mayo r cua ndo se trate de menores en re lación a las entidades dedicadas a su prote cción o forma ción.

e) Acción de Cumplimento: Es un instrum ento para hacer cu mplir el fallo de una le y y p ara ello podemos acudir an te autorida d judicial para hacerlo efectivo.

Artícu lo 87 de la Constitución Política .

Toda pe rsona pod rá acud ir ante la a utoridad judicia l pa ra hacer efectivo el cu mplimiento de una ley o un acto ad min istrativo. En caso de pro spera r la acción, la senten cia ordenará a la auto ridad renuente e l cu mplimiento de l deb er o mitido.

Posteriormente, la Ley 393 de 1997 y la Le y 393 de 1997 , re glamentó esta acción.

f) Acción Popula r: Cuando se pre tenda prote ge r los de re chos e intere ses co lectivo s.

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La Ley 472 de 1998 reglamentó este derecho. El Artícu lo 2° define lo que son las a ccion es populare s:

Son lo s medios procesa les pa ra la protección de lo s derechos e inte reses co lectivos. Las acciones popula res se ejercen pa ra evita r el daño conting ente, hacer cesa r el pelig ro, la a mena za, la vu lneración o agravio sobre los derechos e inte reses colectivos, o restitu ir las cosas a su estado anterior cua ndo fuere posible.

g) Acción de Grupo: Pretende la reivindica ción de los daños causados a una colectividad cu yo grupo no sea menor a 20 personas que ha ya n sido afectadas p or un mismo motivo .

Se enmarca en el Artícu lo 88 de la Constitución.

La Ley 472 de 1998 de sarro llo esta a cción y su Artículo 3° define lo que es e sta acción:

Son aquellas accio nes inte rpuestas po r un nú me ro p lura l o un conjunto de personas que reúnen condicione s unifo rmes respecto de una misma causa q ue originó pe rju icios individuale s para d i chas personas.

13. ¿L AS MUJERES SON SUJET AS DE DERECHOS?

Cuando se hab la de derechos para todos y toda s, significa que la s mujeres e xigimos ser tra tadas como seres humanas, con el dere cho a

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la integridad física, es decir a la integridad de nuestros cuerpos; el derecho al trabajo, a la educación, a la cultura, a l acce so al poder; el derecho a una vid a se xual y rep rodu ctiva plena y sana; el de recho a conserva r nuestros in gresos; el dere cho a accede r a la tierra y a las facilidades financie ras; e l de recho a ser tratadas con d ignidad, a go za r efectivamente, en igualdad de condiciones y oportun id ades, de los derechos de que gozan los hombre s.

Sin embargo, pa ra el caso de nosotras las muje res e sta evo lución frente al recono cimiento como sujetas de derecho s hu manos se dio hasta el año de 1791 con la “DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y LA CIUDADANA” su precursora Olympie de Gouges, abogaba por la afirmación de la igua ldad de lo s dere ch os de ambos se xos (mujer y hombre). También realizó p lanteamien tos sobre la supresión del matrimonio y la instau ra ción del d ivo rcio, la idea de un contrato anual re novab le firmado e ntre con cubinos. Militó por el reconocimiento paterno de los niños n acidos fuera de matrimonio y fue una precu rso ra de la p rotección de la infancia y a lo s de sfavore cidos, al concebir en grandes línea s, un sistema de protección materno -infantil.

La histo ria cuenta qu e Olympie de Gouges, fue gu illo tinada e l 3 de noviembre de 1793 en el mandato de Luis XVI cu yo contexto histó rico fue marcado por la miso gin ia e in visibilización de la mujer en los asuntos de l Estad o y en palab ras de Robesp ierre, manifestó que

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Olimp ya de Gouges fue guillotinada “por el delito de haber olvidado las virtudes p ropias de su se xo pa ra mezcla rse en a suntos de la República”.

Esta mujer nos de jó un gran le gado. Lamentablemente, luego de esta declara ción las lu chas por el reconocimiento de los de rec hos de las mujer siempre estuvieron p resentes, lle vando en muchos casos el destino de esas luchas a sucesos nefastos como por ejemplo el hecho ocurrido en un d ía de marzo 1908, e n donde fueron qu emadas 146 trabajado ras de u na fábrica te xtil llamada Camisas Cotton de Ne w Yo rk, po r reclama r en huelga el m ejoramiento de su s condiciones labora les, es más d esde ese suceso conmemoramos el día de la mujer - 8 de marzo.

En gene ral, la búsqueda de estra tegia s para la no discriminación de la mujer en ra zón de su se x o, etnia , ra za, re ligión o condición so cia l; La eliminación de ba rreras de acceso a la justicia y/o servicios de sa lud; La constante bú squeda de igua ldad real de opo rtu nidades entre hombres y muje res. Y, entre otra s so licitudes que posib ilitan abatir las causas que susten ta y origina la vio lencia basada en género , que no es más que el sometimiento y contro l de las mujeres que histó ricamente se ha basado en el mito de la inferio ridad del se xo femenino a su situación de desigualda d en la sociedad, p erpetuándose sistemática y estructu ralmente ap ro vechando circu nstancia s de vu lnerab ilidad como la irre gu laridad, situación de pob reza e xtrema,

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falta de educación, discrimina ció n, dependencia económica y emocional a tra vés de la man ifestación de violen cia física, psicoló gica, se xual, e conómica y patrimonial.

Es por e llo que a l pasar de los tiemp os se h izo nece saria la creación de nuevo s te xto s e instrumentos con objetivo s claro s pa ra atender las necesidades urgentes de la mujer, como por ejemplo las convenciones internacionale s so bre lo s de rechos de la muje r, e lab orados po r la Comisión de la Co ndición Jurídica y Social de la Mu jer de la ONU, dentro de la s cuale s encontramos:

- La Conven ción sob re los De recho s Políticos de la Muje r de 1953, que fue el p rimer instrumento de derecho internacio nal en reconoce r y p rote ger lo s dere chos políticos de las mujeres. Y lo s prime ros acue rdos inte rnacionale s sobre los de recho s de la mujer en el matrimonio, a saber,

- La Con vención so bre la Nacionalida d de la Muje r Casada de 1957.

- La Con vención sobre el consentimie nto para el matrimonio, la edad mín ima para contrae r matrimo nio y el re gistro de los matrimonios de 19 62.

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- El Con ven io re lativo a la igua ldad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por u n tra bajo de igual valo r de la Organiza ción Interna cional del Trabajo (1951), que con sagró e l principio de igual sala rio po r trabajo igua l.

- La Con vención so bre la eliminación de todas las formas de discrim inación contra la muje r (CEDAW ) de 1979, el cual e s un instrumento juríd icamente vin culante cuya redacción también corrió a cargo de la Comisión y En 1 999, se creó el Protocolo Facultativo de la Con vención, e l cu al in trodu jo el derecho de presentar una d emanda para la s mujere s víctimas de discrim inación.

- A nive l re gional encontramos La Con ve nción Inte ramerica na para Pre venir, Sancion ar y Erradica r la Violencia contra la Mujer. Denominada “Convención de Belém do Pará” de 1994.

A nivel nacional fue necesario la implementa norma tivas como :

- Ley 1257 de 20 08 “Por la cual se dictan normas de

sensib ilización, p reven ción y sanció n de formas de violencia y discrim inación con tra las muje res, se reforman lo s Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la L ey 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones.”

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- Ley 1761 de 2015 que lleva el nombre de Rosa Elvira Cely, conmemorando el h echo e xace rbado d e la violen cia mach ista po r la cual fue empalada por un compañe ro de trabajo en e l parque Naciona l de Bo gotá y tip ificó el de lito de Feminicidio .

- Ley 1773 de 2016 que tipificó lo s ata ques con agente s qu ímicos – entre ellos el ácido en el Código Penal como un delito autónomo y no como le sione s persona les, tras el ata que que tu vo Natalia Ponce de León por Jonathan Vega un hombre obsesiona do por ella.

Observamos una gráfica de la CEP AL que no s muestra la problemática del feminicid io a nivel de Latinoa mérica, siendo Brasil, Me xico, Honduras, Argentin a y Co lombia, los paíse s más afecta dos por e stas manifestaciones e xacerbadas de vio le ncia.

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Por lo anterior, e s importante re co nocernos e identificarno s como personas en medio de una cultu ra qu e está e volucionan do y en ese progreso es importante conoce r lo s fenómenos sociales como la violen cia machista que a queja a las mujeres y a l inte rior de nuestro departamento establecer p rotoco los, es trate gias, ru tas de atención y capacitaciones a funcionarios que le permitan utiliza r las normas sin genera r re victim ización en las mu jeres víctimas de cua lquie r tipo de violen cias. Y, en el marco de ese trata miento establece r la articulación

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entre entida des co mo la Fisca lía, Ca sa de Justicia, Co misaría s de Familia, CAI de Policía , Centros de Atención en Salu d y líneas de atención, como por ejemp lo la línea de atención na cion al a muje res víctimas de violen cia 155 o la línea siempre mujere s va liente s de Santander 691098 0. Con la primicia de no queda rn os ca lladas y denunciar cua lquie r tipo de violación a nuestros dere chos humanos indiferentemente del conte xto, b ien sea en la relación d e la mujer con su familia, la econ omía, la pob re za, la educación y capa cita ción de la mujer, las re lacion es sentimentales, e l medio ambiente, e l e jercicio de l poder y la adopció n de decisiones, la salud o lo s conflictos armados.

14. CONCLUSIONES

¿Quienes go zan de Dere chos humanos? Respuesta: TODOS Y TODAS

Luego de habe r h echo este viaje e n la historia de los derecho s humanos, reconocer in strumentos que materializan los derechos, conocer acciones que promue ven el cumplimiento y e je rcicio de lo s mismos, además de saber que e xisten órganos y entidades encargadas de su promoción y prote cción. Nos pe rmite e videncia r qu e somos una sociedad que busca alcan zar la PAZ y el camino hacia su consecu ción no puede ser otro que a tra vé s de la ga rantía de los de rechos humanos. Colombia, enfrenta problemática s derivadas del impacto de distintos fenómenos, los cua les tienen sus causas, a saber, en los efectos de la

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implementación del Acuerdo de Paz suscrito entre el Gobierno y las FARC-EP el cual se encuentra en plena implementación in volucrando nuestra pa rticipación cole ctiva en el tránsito de una nu e va vida pa ra partes acto ras y víctimas del conflicto, nuestra re siste ncia ante el ingreso de nue vo s actores vio lentos que se d isputan el control de nuestro te rrito rio y disputa ante la eco nomía ile gal.

El incremento de la violencia y ase sinato contra lídere s socia les y defensores de d erechos humanos, cu yas cifras so n realmente alarmantes, pues e n lo corrido del 20 20 van 100 lídere s y defensores de derechos humanos asesinado s15 y se conside ra que 27 se de esos crímenes ocu rrie ron durante la cuarentena obligatoria po r la emergencia del Co vid -1916. Asimismo el impacto ambiental, la re victim ización d e grupos sociales y m inoría s vulne rable s; nuevamente, el reclutamiento forzado de ni ños, niña s y a dolescentes (NNA) a la s filas de grupo s armados al margen de la le y. La corrup ción, violen cia, injusticia, la impunidad, la migración ve nezo lana, el desempleo, la d iscriminación, el ma chismo y estigmatiza ción de la protesta so cia l, so n entre otras cau sas las más e vidente s, sin deja r de lado las consecuen cias nefastas de to do anterio r.

De manera que nu estro Departamento Santander nos e s ajeno a la realidad que enfrenta el pa ís. Y edu can os, in vo lucrarno s e intere sarnos

15https://www.elnuevosiglo.com.co/articulos/05-2020-van-100-lideres-sociales-asesinados-indepaz 16

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por estas temática s, es ac e rca rnos como sociedad a la construcción de una cultu ra de d erechos humanos. Pues ho y más que nunca vemos que su ap licación e s necesa ria.

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