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Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico Contratación de Servicios Profesionales en Ingeniería Electromecánica

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Academic year: 2021

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CONDICIONES GENERALES 1.- Invitación

1-1.- El Departamento de Proveeduría del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico, que en lo sucesivo se denominará INCOP, invita a participar en la Contratación Directa 2015CD-000442-01 por “Contratación de Servicios Profesionales en Ingeniería Electromecánica”.

2.- Participantes

2-1.- Podrán ser participantes las personas físicas que presenten ofertas, debiendo estar debidamente inscritas en el Registro de Proveedores del INCOP.

3.- Presentación de Ofertas

3-1.- Las ofertas deberán ser presentadas en original y una copia.

3-2.- Las ofertas deberán ser entregadas en un sobre cerrado en el Departamento de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera, antes de la hora señalada para la apertura de las mismas indicando claramente en el sobre la siguiente leyenda:

Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico Departamento de Proveeduría

Contratación Directa 2015CD-000442-01

“Contratación de Servicios Profesionales en Ingeniería Electromecánica Recepción de ofertas, vence el 15 de Diciembre 2015 a las 10:00horas

3-3.- Las ofertas ilegibles o que contengan omisiones, alteraciones, datos falsos, borrones o tachaduras graves serán rechazadas.

3-4.- Una vez depositada la oferta en el Departamento de Proveeduría del INCOP no podrá ser retirada, entendiéndose que la misma es propiedad de la Institución. La oferta podrá ser modificada o anulada mediante solicitud por escrito del concursante en fecha anterior a la apertura de ofertas.

3-5.- Las ofertas deberán presentarse firmadas por la persona legalmente autorizada para hacerlo.

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3-6.- En la oferta deberá declararse bajo juramento que no les alcanzan las prohibiciones del artículo 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa y que se encuentran al día en el pago de todo impuesto nacional.

3-8.- Se deberá de anotar en la oferta la vigencia de la misma, la cual no debe ser inferior a treinta (30) días hábiles.

4.- Garantías

4.1 Quien resulte adjudicatario en esta contratación deberá depositar el 5% del monto total adjudicado por concepto de Garantía de Cumplimiento, calculado sobre el año de la contratación.

.

4.2 La vigencia de la garantía de cumplimiento debe ser por un período mínimo de sesenta (60) días naturales adicionales a la fecha probable de la recepción definitiva del objeto contractual.

4.3 Las garantías podrán ser rendidas de acuerdo con el artículo 42 del Reglamento General de la Contratación Administrativa. La garantía de cumplimiento quedará bajo custodia del INCOP, y será devuelta dos meses después de vencido el contrato.

5.- Recepción, apertura de ofertas y adjudicación.

5-1.- El plazo de recepción de ofertas vence el día vence el 15 de Diciembre 2015 a las 10:00 horas en Puerto Caldera.

5-2.- La apertura de ofertas se realizará inmediatamente después de vencido el plazo de recepción en la Oficina del Departamento de Proveeduría en Puerto Caldera. 5-3.- El INCOP resolverá este concurso a más tardar diez (10) días hábiles después de la apertura de ofertas.

6.- Aclaraciones

Las consultas deben efectuarse por escrito en el primer tercio del plazo establecido para recibir ofertas, cualquier información adicional o consulta debe dirigirse a:

MBA. Juan Ariel Madrigal Porras – Proveedor General Tel (506) 2634-9185 Fax 2634-9107

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ESPECIFICACIONES TECNICAS

“SERVICIOS PROFESIONALES DE UN INGENIERO (A) ELECTROMECANICO” 1. DESCRIPCIÓN GENERAL DEL OBJETO DE CONTRATACIÓN

1.1 Justificación

La Unidad Técnica de Supervisión y Control de los Contratos de Concesión de Puerto Caldera, es la encargada de velar por el cumplimiento fiel y oportuno de dichos contratos, para lo cual cuenta con un grupo de profesionales en diferentes disciplinas, no obstante los amplios tópicos de dichos contratos hacen necesaria la obtención de más recurso profesional especializado a través de la figura de contratación de servicios profesionales. Similar situación se da con otras áreas del quehacer de INCOP.

1.2 Objeto de la contratación

Contratar servicios de un (a) Ingeniero (a) Electromecánico (a).

1.3 Tareas a ejecutar

El (la) profesional que se contrate deberá ejecutar las siguientes tareas en coordinación con personeros de la UTSC, por el precio que se oferte y se acepte por parte de la Administración:

 Participar activamente en la revisión del plan anual de Mantenimiento de la Infraestructura, específicamente en aspectos eléctricos y mecánicos, presentado por las Concesionaria SPC y SPGC, que regirá para el año siguiente y que será aprobado en definitiva por la Administración de INCOP.

 Gestionar y/o emitir criterio sobre las modificaciones que se presenten sobre el citado plan de Mantenimiento de Infraestructura en los aspectos eléctricos y mecánicos, sean estas sugeridas por el Concesionario, por INCOP, o por acuerdo de ambas partes.

 Inspeccionar las actividades de mantenimiento de las embarcaciones propiedad de Concesionaria SAAM de Costa Rica al servicio de la Concesión, para lo cual tendrá que realizar inspecciones a las embarcaciones con la frecuencia necesaria según la importancia de la actividad y cumpliendo al menos con una visita semanal, o más a criterio de la Jefatura de la UTSC o a quién éste designe, rindiendo informes de las actividades inspeccionadas que

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contengan, en los casos que aplique, los hallazgos, seguimientos, valoraciones, conclusiones y recomendaciones. Cuando amerite y convenga deberá generar comunicados electrónicos donde vierta su conocimiento técnico sobre aspectos de mantenimientos de embarcaciones que considere que el Concesionario debe valorar o la Administración debe tener conocimiento en aras de mejorar las actividades de Supervisión y Control.

 Dar seguimiento del cumplimiento contractual en lo referente en la cantidad de los remolcadores operativos y los plazos correspondientes al mantenimiento de carena (dique).

 Inspeccionar las actividades de mantenimiento de la maquinaria y equipo portuario utilizados por las Concesionarias SPC y SPGC, para lo cual tendrá que realizar inspecciones al recinto portuario con la frecuencia necesaria según la importancia de la actividad y en cumpliendo con al dos visitas semanales, o más a criterio de la Jefatura de la UTSC o de quién éste designe, rindiendo informes de las actividades inspeccionadas que contengan, en los casos que aplique, los hallazgos, seguimientos, valoraciones, conclusiones y recomendaciones. Cuando amerite y convenga generar comunicados electrónicos donde vierta su conocimiento técnico sobre aspectos de mantenimientos de maquinaria y equipos portuarios que considere que el Concesionario debe valorar o la Administración debe tener conocimiento.

 Inspeccionar las actividades de mantenimiento electromecánico ejecutados por SPC y SPGC, para lo cual tendrá que realizar inspecciones a las instalaciones portuarios con la frecuencia necesaria según la importancia de la actividad y en cumpliendo con al menos una visita semanal, o más a criterio de la Jefatura de la UTSC o de quién éste designe, rindiendo informes de las actividades inspeccionadas que contengan, en los casos que aplique, los hallazgos, seguimientos, valoraciones, conclusiones y recomendaciones. Cuando amerite y convenga generar comunicados electrónicos donde vierta su conocimiento técnico sobre aspectos de mantenimientos electromecánicos que considere que el Concesionario debe valorar, o la Administración debe tener conocimiento.

 Aplicar los procedimientos aprobados por la administración a la UTSC en las actividades atenientes a su labor, y en los casos que considere necesario para un mejor desarrollo de sus funciones gestionar ante la Jefatura de la UTSC o de quién éste designe la actualización de los procedimientos o la creación de nuevos, siempre en cumplimiento de la norma de control interno y la trazabilidad en la gestión documental.

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 Ser parte activa de cualquier proyecto generado por la administración relacionado con la maquinaria y equipo portuario donde los productos puedan afectar la naturaleza de las intervenciones de mantenimiento.

 Realizar trimestralmente un estudio de razonabilidad de los costos de las actividades de mantenimiento de maquinaria y equipo portuario.

 Realizar trimestralmente un análisis del grado de cumplimiento por parte de los Concesionarios SPC y SPGC del mantenimiento preventivo recomendado por el fabricante para la maquinaria y equipo portuario.

 Participar activamente en la implementación de buenas prácticas ingenieriles y de controles de Calidad en las actividades de mantenimiento de maquinaria y equipo portuario.

 Implementar las acciones que permitan llevar un seguimiento de los trabajos mantenimiento de maquinaria y equipo portuario ejecutados y su efectividad e impulsar la aplicación de esta práctica por parte de los concesionarios.

 Generar comunicados de respuesta a consultas generadas por otras unidades del INCOP en los temas relacionados con mantenimientos electromecánicos aplicados por las concesionarias SPC y SPGC, embarcaciones, maquinaria y equipo portuario del Puerto Caldera. Lo anterior deberá ser fiscalizado por la dependencia solicitante.

 Elaboración y seguimiento del plan de mantenimiento electromecánico de los Edificios Propiedad del INCOP o administrados por este. Lo anterior deberá ser fiscalizado por la dependencia solicitante.

 Elaboración de Especificaciones y cronogramas de obras de Inversión en temas electromecánicos que se ejecuten en INCOP o dispuestas por este. Lo anterior deberá ser fiscalizado por la dependencia solicitante.

 Elaboración de Especificaciones y cronogramas de Trabajos de Mantenimiento electromecánico que se ejecuten en INCOP o dispuestas por este. Lo anterior deberá ser fiscalizado por la dependencia solicitante.

 En coordinación con el personero definido de INCOP, según el área a la que corresponda el trabajo, dar órdenes de inicio, aprobar órdenes de modificación y emitir los criterios técnicos para la recepción, por parte de la

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Administración en obras electromecánicas. Lo anterior deberá ser fiscalizado por la dependencia solicitante.

 Brindar apoyo técnico en temas electromecánicos a las distintas unidades del INCOP o instituciones adscritas. Lo anterior deberá ser fiscalizado por la dependencia solicitante.

Adicionalmente, el profesional que se contrate, deberá ejecutar las siguientes tareas en coordinación con personeros de la Unidad Técnica de Supervisión y Control, y eventualmente de alguna otra dependencia de INCOP definida específicamente por la Gerencia General y comunicada por el Subgerente. En caso de giras o visitas

fuera del recinto portuario, dicha labor estará sujeta a las horas que se requieran

en cada actividad, por el precio hora, definido para la hora profesional por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica en adelante C.F.I.A.:

 Colaboración en la elaboración de especificaciones de obras de Inversión que se ejecuten en INCOP o dispuestas por este.

 Colaboración en la elaboración de especificaciones de trabajos de mantenimiento que se ejecuten en INCOP o dispuestas por este.

 Colaboración en la elaboración de los cronogramas de los citados trabajos.  En coordinación con el personero definido de INCOP, según el área a la que

corresponda el trabajo, dar órdenes de inicio, aprobar órdenes de modificación y emitir los criterios técnicos para la recepción, por parte de la Administración de dichas obras.

Si alguna de estas labores, como se mencionó, debe realizarse fuera de las instalaciones de INCOP y área Concesionada de Puerto Caldera y a una distancia superior a los diez kilómetros, deberá llegar por sus propios medios, reconociéndosele el costo de transporte en que incurrió para el desplazamiento.

PERFIL PROFESIONAL 2.1. Perfil:

Se requiere de un(a) Ingeniero(a) Electromecánico: Licenciatura, con un alto grado de responsabilidad, capaz de trabajar en equipo y con disposición para el uso de equipo y tecnología existentes en la Institución.

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El oferente debe aportar:

a) Fotocopia de título o títulos profesionales que lo acrediten como tal.

b) Certificación original o documento comprobatorio eficaz de la incorporación vigente del colegio profesional respectivo.

c) Cualquier otro documento comprobatorio de su formación o conocimientos.

d) El INCOP, tendrá la facultad de corroborar y verificar la información suministrada en forma previa a la adjudicación.

2.2. Experiencia Laboral (requisitos de admisibilidad):

Se requiere que el profesional a contratar tenga como mínimo:

 Al menos tres años de experiencia comprobable en el ejercicio profesional de la ingeniería.

 Experiencia comprobable de al menos un año en mantenimiento de maquinaria industrial.

 Experiencia de al menos 1 año en instalaciones mecánicas.

3 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

El plazo contractual será de un año calendario, prorrogable de acuerdo con lo establecido en la ley.

4 FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

La fiscalización de la presente contratación, será efectuada por el Subgerente, a su vez jefe de la Unidad Técnica de Supervisión y Control de INCOP y en ausencia de éste o por delegación temporal, por la persona que él designe. En caso de labores que se le asignen ajenas al quehacer de la UTSC, relacionado con otras áreas del INCOP, la fiscalización de dicha actividad recaerá en la jefatura de dicha unidad solicitante.

5 APORTE DEL INCOP.

5.1 Los pagos se realizarán conforme al avance de las actividades descritas a ejecutar y conforme los procedimientos internos establecidos, y el informe sobre las tareas ejecutadas. Asimismo, todo trámite de pago debe ir acompañado de la factura original, según lo establecido por la ley y los

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reglamentos internos del INCOP. Además deberá aportar un informe de labores mensual al Subgerente, así como cualquier otro informe de avance que se le solicite en cualquier momento, sea verbal, por correo electrónico o mediante oficio.

5.2 El profesional contratado aportará el equipo de cómputo necesario para cumplir con las labores contratadas, y el INCOP por su parte brindará al contratista la documentación e información necesaria para su cabal función en las labores contratadas.

6 PRECIO

El oferente debe indicar el precio cotizado por la totalidad del periodo a contratar (1 año) descrito en el aparte de “Tareas a ejecutar.” Puede la administración ejecutar pagos en forma mensual por las labores enlistadas como principales.

El precio por hora profesional ejecutada será el que fije el CFIA de Costa Rica, para este tipo de Profesional.

7 ASPECTOS A CALIFICAR

Resultara adjudicada quien cumpliendo con los requisitos de admisibilidad ofrezca el menor precio.

En caso de que dos o más ofertas admisibles pudieren obtener la misma calificación, ocupará el primer lugar del orden para adjudicación aquella oferta admisible que posea mayor experiencia.

En caso de que una vez realizado el proceso de desempate anteriormente indicado y continúen empatados dos o más oferentes, se les convocara a las oficinas administrativas del INCOP en Puerto Caldera, para que mediante el lanzamiento de moneda se pueda determinar la oferta ganadora, quedando constancia de lo indicado mediante acta.

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