• No se han encontrado resultados

NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO IES SIERRA MINERA

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO IES SIERRA MINERA"

Copied!
67
0
0

Texto completo

(1)

CURSO 2016- 2017

NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

IES “SIERRA MINERA”

(2)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 2

ÍNDICE

1 INTRODUCCIÓN 05 2 ÓRGANOS DE GOBIERNO 05 2.1 EL EQUIPO DIRECTIVO 05 EL DIRECTOR 06 JEFE DE ESTUDIOS 07

JEFE DE ESTUDIOS ADJUNTO 08

SECRETARIO 08 2.2 EL CONSEJO ESCOLAR DEL INSTITUTO 09

Carácter y composición del Consejo Escolar 09

Competencias del Consejo Escolar 09

Régimen de funcionamiento del Consejo Escolar 10

Comisiones del Consejo Escolar 11 2.3 EL CLAUSTRO DE PROFESORES 12

Carácter y composición del Claustro 12

Régimen y competencias del Claustro 13

3 ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 14

3.1 COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA 14

Competencias de la Comisión de Coordinación Pedagógica 14

Funcionamiento de la Comisión de Coordinación

Pedagógica 15

3.2 DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS. 15

Competencias de los Departamentos Didácticos 15

Designación de los Jefes de Departamento 16

Cese de los Jefes de Departamentos 17

Competencias de los Jefes de Departamentos 17

Competencias de los Jefes de Departamentos de las Familias

Profesionales 18

3.3 DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y

EXTRAESCOLARES 18

Funciones del Jefe de Departamento de Actividades

Complementarias y Extraescolares 19 3.4 EL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN 19

Composición del Departamento de Orientación 19

Funciones del Departamento de Orientación 20

Designación del Jefe del Departamento de Orientación 21

Competencias del Jefe del Departamento de Orientación 21

3.5 TUTORES 22

Tutoría y designación de tutores 22

Funciones del tutor 22

Tareas en relación con los alumnos 23

Tareas con relación al profesorado 24

Tareas con relación a la familia 25

Tutor del alumnado con materias pendientes 26

Tutor de Formación en Centros de Trabajo 26 3.6 JUNTA DE PROFESORES 27

Funciones de la Junta de profesores 27 3.7 RESPONSABLES DE PROGRAMAS Y PROYECTOS 28

(3)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 3

Responsables de Medios Informáticos 28

Responsable de Biblioteca 29

Responsable de Prevención de Riesgos Laborales 29

Coordinador del Sistema de Enseñanzas de Lenguas

Extranjeras 29

Responsable de Gestión de Calidad 30

Coordinador de Educación para la Salud 30

Representante del claustro en el Centro de Profesores y

Recursos 31

4 EL PROFESORADO 31

Derechos del profesorado 31

Deberes del profesorado 32

Funciones del profesorado 33

Otras funciones 33

Profesorado de guardia de aula 34

Profesorado de guardia de recreo 35

5 EL ALUMNADO 36

Derechos básicos del alumnado 36

Derechos específicos del alumnado 37

Deberes básicos del alumnado 42

Deberes específicos del alumnado 42

Delegado de curso 44

Junta de Delegados. 45

Comisión permanente de la Junta de Delegados 46

Representación en el Consejo Escolar. 46

Asociaciones de alumnos 47

Protestas de estudiantes 47

6 LAS FAMILIAS 48

Derechos básicos de las familias 48

Derechos específicos de las familias 49

Deberes básicos de las familias 49

Deberes específicos de las familias 50

Asociación de madres y padres de alumnos 50

7 PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS 51

Derechos del personal de administración y servicios 51

Personal administrativo 51

Personal de conserjería 51

Conserjes que ocupan la vivienda 52

Auxiliar técnico educativo 53

Fisioterapeuta 53

Personal de limpieza 54

8 INSTALACIONES Y RECURSOS DEL INSTITUTO 54

Aulas 54 Pasillos 55 Aseos 55 Patios de recreo 55 Biblioteca 56 Laboratorios 57

(4)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 4

Aulas de ordenadores 58

Talleres 58

Pabellón de deportes e instalaciones deportivas 58

Cantina 59

Ascensor 59

Patio, porches y jardines 59

Sala de profesores 59

Servicios de reprografía 60

Conservación de las instalaciones y medidas de ahorro 60

Medios educativos comunes 60

Utilización de las instalaciones por otras entidades 61

9 REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ESCOLAR 62

Competencias del equipo directivo 62

Normas generales 62

Normas específicas 63

Actuaciones del conductor 63

Actuaciones del transportista 63

10 ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS 64

Aprobación de las actividades extraescolares y

complementarias 64

Organización de las actividades extraescolares y

complementarias 64

Participación y comportamiento en las actividades

extraescolares y complementarias 65

Viaje de estudios 65

(5)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 5

2. ÓRGANOS DE GOBIERNO

2.1 EL EQUIPO DIRECTIVO

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), establece en su artículo 120.2 que los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y las normas de organización y funcionamiento del centro. El artículo 132 de la LOE, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), establece que le corresponde a la Dirección del Centro aprobar estas Normas, como parte integrante del Proyecto Educativo.

Las presentes Normas son vinculantes para todos los miembros de la comunidad educativa del Centro: alumnado y familias se comprometen a su aceptación una vez efectuada la matrícula en el Centro, y el personal desde el momento de su toma de posesión.

Marco normativo:

 Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).

 Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).

 Reglamento Orgánico de los Institutos de educación secundaria (ROIES), aprobado por el Real Decreto 83/1996, de 26 de enero.  Instrucciones de funcionamiento de los IES, establecidas por la

Orden ministerial de 19 de febrero de 1996.  Decreto 16/2016 de Convivencia -

 Orden de 5 de mayo de 2016 por la que se regula la evaluación.

El Equipo directivo está constituido por el Director, el Secretario, el Jefe de estudios, y, en su caso, los Jefes de estudios adjuntos.

El equipo directivo trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente establecidas.

El director, previa comunicación al Claustro de profesores y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento y cese a la Administración educativa de los cargos de jefe de estudios y secretario.

Todos los miembros del equipo directivo cesarán en sus funciones al término de su mandato o cuando se produzca el cese del director.

(6)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 6

EL DIRECTOR

Son competencias del director:

 Ostentar la representación del centro, representar a la Administración educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.

 Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar.  Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e

impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto educativo del centro.

 Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.  Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.

 Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos y alumnas, en cumplimiento de la normativa vigente, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.

 Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formación integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas.

 Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.

 Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro del profesorado del centro y ejecutar los acuerdos adoptados, en el ámbito de sus competencias.

 Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro, todo ello de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas.

 Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro del profesorado y al Consejo Escolar del centro.

 Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente Ley Orgánica.

 Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

 Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

(7)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 7

 Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3 la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

 Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.  Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración

educativa.

JEFE DE ESTUDIOS.

Son competencias del jefe de estudios:

 Ejercer, por delegación del director, y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.

 Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad.

 Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de profesores y alumnos, en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, garantizar su ejecución.

 Elaborar, en colaboración con los restantes miembros del equipo directivo, los horarios académicos de alumnos y profesores de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como asegurar su estricto cumplimiento.  Disponer las actividades de los jefes de departamento.

 Guiar y dirigir la acción de los tutores, con la colaboración del departamento de orientación y de acuerdo con el plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial.

 Establecer, con la colaboración del representante del claustro en el CPR, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el instituto.

 Preparar los actos académicos.

 Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar, especialmente de los alumnos, facilitando y orientando su organización, y apoyando el trabajo de la junta de delegados.

 Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

 Favorecer la convivencia en el instituto y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en las normas de organización y funcionamiento y los criterios fijados por el Consejo Escolar.

(8)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 8

JEFE DE ESTUDIOS ADJUNTO.

Son competencias del jefe de estudios adjunto:

 Las funciones del jefe de estudios adjunto serán las que en él delegue el jefe de estudios, siéndole asignadas éstas por el director.

 En caso de ausencia o enfermedad del Jefe de Estudios, el Jefe de Estudios adjunto lo sustituirá en la forma y procedimiento que determine el Director, informando de este nombramiento provisional al Consejo Escolar.

SECRETARIO.

Son competencias del secretario:

 Ordenar el régimen administrativo del instituto de conformidad con las directrices del director.

 Velar por la legalidad formal y material de las actuaciones de los órganos colegiados, certificar las actuaciones de los mismos y garantizar que los procedimientos y reglas de constitución y adopción de acuerdos son respetadas.

 Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del instituto, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director.

 Custodiar los libros y archivos del instituto.

 Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.  Realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado.

 Reservar y disponer de la utilización de los medios informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico.

 Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al instituto.

 Elaborar el anteproyecto de presupuesto del instituto.

 Ordenar el régimen económico del instituto, de conformidad con las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

 Velar por el mantenimiento material del instituto en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del director.

 Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.

(9)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 9

2.2 EL CONSEJO ESCOLAR

CARÁCTER Y COMPOSICIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar del Instituto es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa.

El Consejo Escolar del Instituto estará compuesto por los siguientes miembros:  El Director del centro, que es su presidente.

 El Jefe de Estudios.

 Siete profesores elegidos por el claustro.

 Tres representantes de madres y padres de alumnos, uno de los cuales será designado por la asociación de padres de alumnos más representativa, legalmente constituida.

 Cuatro representantes de los alumnos elegibles desde el primer curso de Educación Secundaria Obligatoria. En ningún caso podrá ser elegido un alumno que haya sido objeto de sanción por conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro durante el curso en que tenga lugar la celebración de las elecciones.

 Un representante del personal de administración y servicios.  Un concejal o representante del Ayuntamiento de La Unión.

 Un representante propuesto por las Organizaciones Empresariales o instituciones laborales presentes en ámbito de acción del instituto, con voz pero sin voto.

 El Secretario, que actuará como secretario, con voz pero sin voto.

COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR.

El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias:

 Evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

 Evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

 Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.

 Participar en la selección del director del centro, en los términos que la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros, adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento del director.

(10)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 10

 Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en esta Ley Orgánica y disposiciones que la desarrollen.

 Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.

 Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la igualdad de trato y la no discriminación por las causas a que se refiere el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, la resolución pacífica de conflictos, y la prevención de la violencia de género.

 Promover la conservación y renovación de las instalaciones y del equipo escolar e informar la obtención de recursos complementarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3 de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

 Informar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

 Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

 Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

 Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR.

 El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.

 Las reuniones del Consejo Escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros.

 En las reuniones ordinarias, el Director enviará a los miembros del Consejo Escolar, con una antelación mínima de una semana, la convocatoria y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación.  Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una

antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

(11)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 11

 Siempre que resulte posible, las convocatorias serán remitidas a los miembros del órgano colegiado a través de medios electrónicos, haciendo constar en la misma el orden del día junto con la documentación necesaria para su deliberación.

 Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

 No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.

 Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de votos.

 Cuando los miembros del órgano voten en contra o se abstengan, quedarán exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda derivarse de los acuerdos.

 Quienes acrediten la titularidad de un interés legítimo podrán dirigirse al Secretario del órgano colegiado para que les sea expedida certificación de sus acuerdos.

COMISIONES DEL CONSEJO ESCOLAR

El Consejo Escolar constituirá una Comisión de Convivencia

 El Consejo Escolar conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y velará por que se atengan a la normativa vigente.

 Para facilitar dicho cometido, se constituirá una Comisión de convivencia, formada por el Director, que será su presidente, el Jefe de estudios, un profesor, un alumno y un padre o madre, elegidos por y entre los representantes de cada sector en el Consejo Escolar.

 La Comisión de Convivencia informará al Consejo Escolar sobre la aplicación de las normas de convivencia.

 El Director podrá requerir la intervención de la Comisión de convivencia del Consejo Escolar para que emita su opinión en lo relativo a la prevención y resolución de conflictos.

 La Comisión podrá recurrir a otros miembros o profesionales especializados en la atención educativa, como, entre otros, los departamentos de orientación y los equipos psicopedagógicos, cuando la naturaleza de la actuación emprendida así lo requiera.

Funciones de la Comisión de convivencia

Las funciones de la Comisión de convivencia son las siguientes:

 Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa representados en el Consejo Escolar para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el centro.

(12)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 12

2.3 EL CLAUSTRO DE PROFESORES

 Coordinar el Plan de convivencia escolar y desarrollar iniciativas que favorezcan la integración de todos los alumnos.

 Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia en el centro.

 Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y resultados obtenidos.

 Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas al conocimiento de la resolución de conflictos.

CARÁCTER Y COMPOSICIÓN DEL CLAUSTRO

 El Claustro de profesores es el órgano propio de participación del profesorado en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.

 El Claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad del profesorado que presten servicio en el centro.

COMPETENCIAS DEL CLAUSTRO

El Claustro de profesores tendrá las siguientes competencias:

 Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.  Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos

educativos de los proyectos y de la programación general anual.

 Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.

 Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.  Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la

selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.  Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección

presentados por los candidatos.

 Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.

(13)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 13

 Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.

 Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.  Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o

por las respectivas normas de organización y funcionamiento.

RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE PROFESORES

 El Claustro de profesores se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo.

 En las reuniones ordinarias, el Director enviará a los miembros del Claustro, con una antelación mínima de una semana, la convocatoria y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación.  Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una

antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.

 Siempre que resulte posible, las convocatorias serán remitidas a los miembros del órgano colegiado a través de medios electrónicos, haciendo constar en la misma el orden del día junto con la documentación necesaria para su deliberación.

 Para la válida constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia del Director y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

 No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.

 Los acuerdos serán adoptados por mayoría simple de votos.

 Cuando los miembros del órgano voten en contra, quedarán exentos de la responsabilidad que, en su caso, pueda derivarse de los acuerdos.

 Quienes acrediten la titularidad de un interés legítimo podrán dirigirse al Secretario del órgano colegiado para que les sea expedida certificación de sus acuerdos.

(14)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 14

3.1 COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA 3. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE

Los órganos de coordinación docente del centro son los siguientes:  Comisión de Coordinación Pedagógica.

 Departamentos didácticos.

 Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares.  Departamento de Orientación.

 Tutores.

 Juntas de profesores de grupo.

La comisión de Coordinación Pedagógica estará integrada por el director, que será su presidente, el jefe de estudios y los jefes de departamento. Actuará como secretario el jefe de departamento de menor edad.

El coordinador del Programa de Enseñanza Bilingüe y el responsable de Calidad, serán miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica, con voz y voto.

COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

 Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de la Propuesta Curricular.

 Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de la Propuesta Curricular y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo del instituto.

 Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de las programaciones didácticas de los departamentos, del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial, incluidos en el proyecto educativo.

 Proponer al claustro la Propuesta Curricular para su aprobación.

 Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.

 Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación y el calendario de exámenes o pruebas extraordinarias, de acuerdo con la jefatura de estudios.

 Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar la Propuesta Curricular, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evaluación del rendimiento escolar del instituto y el proceso de enseñanza.

 Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del instituto, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones.

(15)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 15

3.2 DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS

FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

 La Comisión de Coordinación Pedagógica se reunirá como mínimo una vez al mes y celebrará una reunión extraordinaria al comienzo de curso, otra al finalizar este y cuantas otras se consideren necesarias.

 La convocatoria de una reunión se realizará por correo electrónico con una antelación mínima de 48 horas, adjuntando el acta de la reunión anterior y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación. En todo caso, se procurará que los Departamentos Didácticos hayan analizado y debatido previamente los aspectos sobre los que la Comisión de Coordinación Pedagógica haya de tomar una decisión.

 La Comisión de Coordinación Pedagógica adoptará los acuerdos por mayoría simple.

 Si un jefe de Departamento no puede asistir, podrá delegar en otro miembro de su Departamento.

El centro podrá contar con los siguientes departamentos didácticos: Artes plásticas, Ciencias Naturales, Educación Física y Deportiva, Filosofía, Física y Química, Francés, Formación y Orientación Laboral, Geografía e Historia, Inglés, Latín, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Música, Tecnología y los departamentos de las Familias Profesionales de Administrativo y de Electricidad.

Los departamentos de coordinación didáctica se encargarán de la organización y desarrollo de las enseñanzas propias de las asignaturas o módulos que se les encomienden.

Están integrados por los profesores de las especialidades que impartan las enseñanzas de las asignaturas o módulos asignados a los mismos. Estarán adscritos a un departamento los profesores que, aún perteneciendo a otro, impartan alguna asignatura o módulo del primero.

 A los efectos de organización didáctica, los que se relacionan a continuación tendrán la siguiente adscripción:

 Profesor de Griego  Departamento de Latín.  Profesor de Religión  Departamento de Filosofía.

 Profesor de Ámbito Socio – Lingüístico  Departamento de Lengua Castellana y Literatura.

 Profesor de Ámbito Científico – Técnico  Departamento de Ciencias Naturales.

COMPETENCIAS DE LOS DEPARTAMENTOS

 Formular propuestas al equipo directivo y al claustro sobre la elaboración o modificación del proyecto educativo del instituto y la programación general anual.

(16)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 16

 Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica acerca de la elaboración o modificación de la Propuesta Curricular.

 Elaborar, antes del comienzo del curso académico, la programación docente de las enseñanzas correspondientes a las asignaturas y módulos integrados en el departamento, bajo la coordinación y dirección del jefe del mismo, y de acuerdo con las directrices generales establecidas por la comisión de coordinación pedagógica.

 Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

 Mantener actualizada la metodología didáctica.

 Colaborar con el departamento de orientación, bajo la dirección del jefe de estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y elaborar la programación y aplicación de adaptaciones curriculares para los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de atención a la diversidad.

 Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.

 Disponer y acometer las pruebas necesarias para los alumnos de E.S.O, bachillerato o de ciclos formativos con asignaturas o módulos pendientes.  Resolver las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación que los

alumnos formulen al departamento y dictar los informes pertinentes.

 Elaborar, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo de la programación didáctica, la práctica docente y los resultados obtenidos.  Proponer materias optativas dependientes del departamento, que serán

impartidas por los profesores del mismo.

DESIGNACIÓN DE LOS JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS DIDÁCTICOS

La Jefatura de cada departamento será desempeñada por un funcionario del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria. En ausencia de éste, la jefatura podrá atribuirse a un profesor funcionario perteneciente al cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. Cuando no existiesen ni catedráticos ni profesores de Enseñanza Secundaria, se asignaran las funciones correspondientes a título de suplente a un profesor del departamento, que las ejercerá con carácter excepcional y temporal, por un periodo máximo de un curso escolar, pudiendo designarse de nuevo por igual periodo si persistieran las mencionadas circunstancias.

Los jefes de los departamentos didácticos serán designados, oído el departamento, por el director del instituto y desempeñarán su cargo preferentemente durante cuatro cursos académicos.

(17)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 17

CESE DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO.

Los jefes de departamento cesarán en sus funciones al producirse algunas de las circunstancias siguientes:

 Cuando finalice su mandato.

 Cuando por cese del Director que los designó se produzca la elección de un nuevo director.

 Renuncia motivada aceptada por el director.

 A propuesta del Director, oído el Claustro, mediante informe razonado y audiencia del interesado.

 A propuesta de la mayoría absoluta de los miembros del departamento, en informe razonado dirigido al director, y con la audiencia del interesado.

COMPETENCIAS DE LOS JEFES DE DEPARTAMENTO

 Participar en la elaboración la Propuesta Curricular.

 Coordinar la elaboración de la programación didáctica de las asignaturas o módulos que se integran en el departamento y la memoria final de curso, así como redactar ambas.

 Dirigir y coordinar las actividades académicas del departamento.

 Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar.

 Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a la programación, con especial referencia a los objetivos y los criterios de evaluación y calificación.

 Realizar las convocatorias, cuando corresponda, de las asignaturas y los módulos pendientes, y de las pruebas extraordinarias, para los alumnos de E.S.O., Bachillerato y Ciclos Formativos, siempre de acuerdo con la jefatura de estudios.

 Presidir la realización de los ejercicios correspondientes y evaluarlos en colaboración con los miembros del departamento.

 Velar por el cumplimiento de la programación didáctica del departamento y la correcta aplicación de los criterios de evaluación.

 Resolver las reclamaciones después de la primera o segunda evaluación y de final de curso que afecten a su departamento, de acuerdo con las deliberaciones de sus miembros, y elaborar los informes pertinentes.

 Elaborar, al comienzo de cada curso escolar, un presupuesto de las necesidades de material del Departamento

 Coordinar la organización de espacios e instalaciones.

 Adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento, previa autorización del Secretario y velar por su mantenimiento.

(18)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 18

3.3 DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

 Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo.

 Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y las actividades del instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la administración educativa.

COMPETENCIAS DE LOS JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS DE LAS FAMILIAS PROFESIONALES

Además de las especificadas anteriormente, tendrán las siguientes competencias:  Coordinar la programación de los ciclos formativos.

 Colaborar con el equipo directivo en el fomento de las relaciones con las empresas e instituciones que participen en la formación de los alumnos en el centro de trabajo.

 Velar por el buen funcionamiento y conservación de los talleres y demás instalaciones del Instituto.

 Presentar la programación de una oferta suficiente de empresas para la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo.

 Contactar con las Empresas e Instituciones colaboradoras.

 Realizar el seguimiento sobre la inserción profesional de los titulados a la finalización de sus estudios.

 Coordinar y supervisar la actividad de los tutores de Formación en Centros de Trabajo.

 El departamento de actividades complementarias y extraescolares se encargara de promover, organizar y facilitar este tipo de actividades.

 La Jefatura del Departamento será desempeñada por un profesor con destino en el instituto a propuesta del Jefe de Estudios.

 El Jefe de departamento de actividades complementarias y extraescolares será designado por el Director por un periodo preferentemente de cuatro años.

 El jefe del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares actuará bajo la dependencia directa del Jefe de Estudios y en estrecha colaboración con el Equipo Directivo.

(19)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 19

3.4 DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

FUNCIONES DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

 Participar en la elaboración de la Propuesta Curricular.

 Elaborar el Programa anual de las actividades complementarias y extraescolares en el que se recogerán las propuestas de los departamentos, de los profesores, de los alumnos y de los padres.

 Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del departamento.

 Promover y coordinar las actividades culturales y deportivas en colaboración con el claustro, los departamentos, la junta de delegados de alumnos, la asociación de padres y de alumnos.

 Coordinar la organización de los viajes de estudios, los intercambios escolares y cualquier tipo de viajes que se realicen con los alumnos

 Distribuir los recursos económicos de las actividades complementarias y extraescolares.

 Organizar, en colaboración con el responsable de biblioteca, la utilización de este recurso del instituto.

 Elaborar una memoria final de curso con la evaluación de las actividades realizadas que se incluirá en la memoria de la dirección.

COMPOSICIÓN.

El Departamento de Orientación está formado por los siguientes miembros:  Profesor de la especialidad de Psicología o Pedagogía

 Profesor de apoyo al área de Lengua y Ciencias Sociales.  Profesor de apoyo al área de Ciencias o Tecnología.  Maestro de la especialidad de Pedagogía Terapéutica.  Maestro de la especialidad de audición y lenguaje.  Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad.  Profesor de apoyo al Área Práctica.

(20)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 20

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN

 Formular propuestas al equipo directivo y al claustro, relativas a la elaboración o modificación del proyecto educativo del instituto y la programación general anual.

 Elaborar, de acuerdo con las directrices establecidas por la comisión de coordinación pedagógica y en colaboración con los tutores, las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica, profesional y del plan de acción tutorial, y elevarlas a la comisión de coordinación pedagógica para su discusión y posterior inclusión en la Propuesta Curricular.

 Contribuir al desarrollo de la orientación educativa psicopedagógica y profesional de los alumnos, especialmente en lo que concierne a los cambios de ciclo o etapa, y a la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.

 Favorecer el desarrollo del plan de orientación académica y profesional y del plan de acción tutorial y elevar al Consejo Escolar una memoria sobre su funcionamiento al final del curso.

 Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas especiales, y elevarla a la comisión de coordinación pedagógica, para su discusión y posterior inclusión en la Propuesta Curricular.

 Colaborar con los profesores del instituto, bajo la dirección del jefe de estudios, en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje, y en la programación y aplicación de adaptaciones curriculares dirigidas a los alumnos que lo precisen, entre ellos los alumnos con necesidades educativas especiales y los que sigan programas de atención a la diversidad.

 Emitir la evaluación psicológica y pedagógica en todos los casos que sea necesario.

 Asumir la docencia de los grupos de alumnos que le sean encomendados.

 Participar en la elaboración del consejo orientador que sobre el futuro académico y profesional del alumno, ha de formularse durante la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.

 Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica sobre los aspectos psicopedagógicos de la Propuesta Curricular.

 Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.

 Organizar y realizar actividades complementarias en colaboración con el departamento correspondiente.

(21)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 21

 Coordinar la orientación laboral y profesional con aquellas otras Administraciones o instituciones competentes en la materia.

 Elaborar el plan de actividades del departamento y, a final de curso, una memoria en la que se evalúe el desarrollo del mismo.

 Colaborar con el equipo directivo y el profesorado en el logro del necesario clima de convivencia en el centro.

DESIGNACIÓN DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN.

 El Jefe del departamento de Orientación será designado por el Director y desempeñará su cargo preferentemente durante cuatro cursos académicos.

 La Jefatura de Departamento será desempeñada por un profesor del mismo, preferentemente de la especialidad de Psicología y Pedagogía, o que ostente la titularidad de una plaza de esta especialidad. En caso de cese, la jefatura será desempeñada por otro profesor del departamento que designe el Director, oído el departamento.

 El Jefe del departamento de Orientación actuará bajo la dependencia directa de la Jefatura de Estudios y en estrecha colaboración con el equipo directivo.

COMPETENCIAS DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN.

 Participar en la elaboración de la Propuesta Curricular.

 Redactar el plan de actividades del departamento y la memoria final de curso.

 Dirigir y coordinar las actividades del departamento.

 Convocar y presidir las reuniones ordinarias del departamento y las que, con carácter extraordinario, fuera preciso celebrar.

 Elaborar y dar a conocer a los alumnos la información relativa a las actividades del departamento.

 Coordina la organización de espacios e instalaciones, adquirir el material y el equipamiento específico asignado al departamento y velar por su mantenimiento.

 Promover la evaluación de la práctica docente de su departamento y de los distintos proyectos y actividades del mismo.

 Colaborar en las evaluaciones que sobre el funcionamiento y las actividades del instituto, promuevan los órganos de gobierno del mismo o la Administración educativa.

(22)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 22

3.5 TUTORES

TUTORÍA Y DESIGNACIÓN DE TUTORES

 La tutoría y orientación de los alumnos forma parte de la función docente.

 Habrá un tutor por cada grupo de alumnos. El tutor será designado por el director a propuesta del jefe de estudios, preferentemente entre los profesores que imparten docencia a todos los alumnos del grupo.

 Las tutorías del primer ciclo de la E.S.O. serán asignadas preferentemente, a los maestros que impartan clase a dichos grupos.  Los tutores de los grupos de atención a la diversidad (PMAR) de la ESO

serán preferentemente, profesores del departamento de orientación y se coordinarán con el resto de profesores de sus alumnos.

 El Jefe de Estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el funcionamiento de la acción tutorial.

FUNCIONES DEL TUTOR.

Con carácter general el tutor/a tendrá las siguientes funciones:

 Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y en colaboración con el departamento de orientación del instituto.

 Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos/as de su grupo.  Organizar y presidir la junta de profesores y las sesiones de evaluación

de su grupo.

 Facilitar la integración de los alumnos/as en el grupo y en el Centro y fomentar su participación en las actividades del instituto en un clima de convivencia y compañerismo.

 Orientar y asesorar a los alumnos/as sobre sus posibilidades académicas y profesionales.

 Colaborar con el departamento de orientación del Instituto en los términos que establezca la jefatura de estudios.

 Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el Equipo directivo en los problemas que se plantean.  Coordinar las actividades complementarias para los alumnos/as del

grupo.

 Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos/as del grupo de todo aquello que concierna, en relación con las actividades docentes y

(23)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 23

complementarias y con su rendimiento académico, especialmente tras la realización de las sesiones de evaluación.

 Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de alumnos.

 Coordinar a los profesores del grupo como responsables en primera instancia, de la prevención de conflictos y del respeto a las normas de convivencia en el aula y en el resto de dependencias del centro.

 Dedicar la sesión de tutoría de alumnos previa a cada evaluación a comentar con el grupo todos aquellos asuntos de interés que deban ser tratados por la Junta de Evaluación, así como analizar, en la sesión de tutoría posterior a la evaluación, los resultados obtenidos por el grupo.  Cumplimentar la documentación administrativo-pedagógica del

alumnado de su grupo.

 Velar por el control de asistencia del alumnado de su grupo de acuerdo con el Programa contra el absentismo.

 Convocar al principio de curso y de cada trimestre, en coordinación con el Jefe de estudios, a las familias del alumnado de su grupo, para informarles del horario y del profesorado del grupo, de las faltas y de sus justificaciones, de las horas de tutoría, del Plan de Convivencia, evaluación del proceso de enseñanza/aprendizaje, de los criterios de promoción y titulación de ESO, etc.

 Convocar a las familias del alumnado de su grupo cuando haya algún problema importante que tratar o cuando lo solicite el Jefe de estudios o la mayoría del profesorado del grupo.

 Asegurarse de que el alumnado de su tutoría es consciente de las materias pendientes que pudieran tener de cursos anteriores.

 Controlar y fomentar el uso responsable de la agenda escolar.

TAREAS EN RELACIÓN CON LOS ALUMNOS

 Organizar actividades de acogida, a principio de curso y cuando se incorpore algún alumno.

 Informar y comentar las actividades a realizar en la tutoría, los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia.

 Conocer los antecedentes escolares y familiares del alumnado.

 Recopilar los datos del alumnado del curso para complementar la documentación entregada por el Departamento de Orientación.

 Conocer la dinámica interna del grupo.  Conocer sus aptitudes y motivaciones.

 Favorecer el autoconocimiento y autoestima.

 Estimular al grupo para que planteen sus problemas, necesidades y expectativas.

(24)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 24

 Fomentar la integración en el grupo y en el Centro.

 Informar al grupo sobre la estructura y normativa del Instituto, potenciando su participación en la vida escolar.

 Informar a comienzo de curso en la E.S.O., los criterios que se aplicarán para determinar la promoción al siguiente curso o ciclo, y en el caso de 4º curso, los criterios para la obtención del Título de Graduado en Educación Secundaria.

 Velar por el normal desarrollo del proceso educativo, conociendo la personalidad, los intereses y el grado de integración de los alumnos en el grupo.

 Detectar en su caso dificultades y necesidades especiales de aprendizaje.

 Contribuir a la personalización de los procesos de enseñanza- aprendizaje.

 Proporcionar orientación educativa y profesional.

 Moderar el proceso de elección de delegado/a y subdelegado/a de curso.  Detectar los casos de absentismo y en colaboración con el departamento

de orientación analizar las causas y proponer estrategias de solución.  Coordinar a los profesores del grupo en relación a la prevención de

conflictos y del respeto a las normas de convivencia en el aula y en el resto de dependencias del centro.

 Podrá entrevistarse individualmente con el alumnado de su tutoría en otras horas lectivas, informando a los profesores afectados.

 Entregar las calificaciones a los alumnos de acuerdo con el procedimiento señalado por Jefatura de Estudios.

 Encauzar las demandas e inquietudes de los alumnos y mediar, en colaboración con el delegado y subdelegado del grupo, ante el resto de los profesores y el Equipo directivo en los problemas que se plantean.  Coordinar las actividades complementarias para los alumnos/as del

grupo.

 Informar a los padres, a los profesores y a los alumnos/as del grupo de todo aquello que concierna, en relación con las actividades docentes y complementarias y con su rendimiento académico, especialmente tras la realización de las sesiones de evaluación.

 Facilitar la cooperación educativa entre los profesores y los padres de alumnos.

 Elaborar los informes de los alumnos.

TAREAS CON RELACIÓN AL PROFESORADO

 Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial. (Reunión de tutores con Departamento de Orientación y Jefatura de Estudios).

(25)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 25

 Adquirir una visión global sobre las distintas asignaturas a través de la información de los Departamentos elaborada para sus alumnos y hacer un seguimiento (Junta de Evaluación).

 Mediar en situaciones de conflicto e informar a los padres.

 Mostrar iniciativa y recoger información interna y externa que afecte al grupo o a algún alumno en particular.

 Colaborar con los demás tutores, especialmente con los del mismo nivel y ciclo.

 Analizar conjuntamente problemas puntuales. (Junta de Profesores, Reunión de Tutores)

 Colaborar, programar y coordinar la actividad docente en colaboración con Jefatura de Estudios, Departamento de Orientación y Departamento de Extraescolares.

 Coordinar las tareas de la Junta de Profesores.

 Recoger la información para realizar los informes finales e individuales de los alumnos de su grupo (Consejo Orientador para los alumnos/as de E.S.O), en colaboración con el Departamento de Orientación y con la información suministrada por el resto del profesorado, en el cual se indicarán las competencias adquiridas y los objetivos alcanzados, así como un resumen de las posibles expectativas académicas del alumno/a.

TAREAS CON RELACIÓN A LA FAMILIA

 Propiciar una actitud positiva hacia el Centro.

 Contribuir al establecimiento de relaciones fluidas que faciliten la cooperación centro- familia.

 Realizar una reunión informativa con todos los padres al inicio de curso y de cada trimestre en la que se traten, entre otros, los siguientes puntos:

 Horario de atención a padres.  Horario del grupo.

 Miembros del equipo docente  Calendario de evaluaciones.  Control de asistencia.

 Objetivos y actividades de tutoría.

 Informar sobre los criterios que se aplicarán para determinar la promoción al siguiente curso y en el caso de 4º E.S.O. los criterios para la obtención del título. Así mismo se procederá, en relación con los criterios para la obtención de los títulos de Bachiller y de Formación Profesional.

 Otras informaciones opcionales. (Transporte, extraescolares,...)  Normas de convivencia.

(26)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 26

 Informar periódicamente, de la marcha académica de sus hijos/as, su asistencia a clase, su rendimiento y dificultades o avances en el proceso educativo, y las actuaciones contrarias a las normas de convivencia.  Mantener entrevistas individuales y conseguir colaboración y respeto al

trabajo personal de sus hijos, implicándolos en actividades de apoyo al aprendizaje y a la orientación del alumnado.

 Recoger sugerencias y reclamaciones

 Entregar a los padres las calificaciones de sus hijos y comunicarles las observaciones que sobre su aprendizaje y comportamiento realicen los profesores en las Sesiones de Evaluación.

TUTOR DEL ALUMNADO CON ASIGNATURAS PENDIENTES.

 Coordinar junto con Jefatura de Estudios y los Jefes de Departamento a principio de curso, el calendario de tareas y pruebas a desarrollar por los alumnos/as.

 Contactar con los profesores/as encargados/as de las horas de repaso de las asignaturas pendientes a efectos de conocer la labor desarrollada y controlar la asistencia.

 Comunicar, a principio de curso, a los alumnos/as el calendario de pruebas, los objetivos, criterios de evaluación y calificación, así como el procedimiento para solucionar los problemas que se puedan plantear.  Comunicar a las familias el procedimiento establecido.

 Presidir las sesiones de evaluación de los alumnos/as con asignaturas pendientes, cumplimentando la documentación oportuna.

TUTOR DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO

Por cada una de los ciclos formativos que se imparten en el Instituto, se nombrará un Tutor responsable de Formación en Centros de Trabajo (FCT), con las siguientes funciones:

 La elaboración del programa formativo del módulo, en colaboración con el profesor de Formación y orientación laboral y con el responsable designado a estos efectos por el centro de trabajo.

 La evaluación del módulo de F.C.T que deberá tener en consideración la evaluación de los restantes módulos del Ciclo Formativo y, sobre todo, el informe elaborado por el responsable designado por el centro de trabajo sobre las actividades realizadas por los alumnos en dicho centro.

 La relación periódica con el responsable designado por el centro de trabajo para el seguimiento del programa formativo, a fin de contribuir a que dicho programa se ajuste a la cualificación que se pretende.

 La atención periódica, en el centro educativo, a los alumnos durante el período de realización de la formación en el centro de trabajo, con objeto de atender a los problemas de aprendizaje que se presenten y

(27)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 27

3.6 JUNTAS DE PROFESORES DE GRUPO

valorar el desarrollo de las actividades correspondientes al programa de formación.

 Realizar visitas a la empresa donde los alumnos realizan el módulo de F.C.T.

 Informar al Jefe de Estudios de las incidencias que puedan producirse en el desarrollo de las mismas.

 Realizar los trámites administrativos necesarios para la realización del módulo de F.C.T.

 Elaborar una memoria de fin de curso sobre la FCT.  Colaborar con el Tutor/a de Grupo.

La Junta de profesores de grupo está constituida por todo el profesorado que imparte docencia al alumnado del grupo, y será coordinada por su tutor o tutora. Se entiende por Junta de Evaluación a la Junta de profesores reunida para evaluar el proceso de enseñanza/aprendizaje del alumnado.

Se reunirá según lo establecido en la normativa sobre evaluación, y siempre que sea convocada por el Jefe de Estudios a propuesta, en su caso, del tutor/a del grupo.

FUNCIONES DE LAS JUNTAS DE PROFESORES

 Llevar a cabo la evaluación y el seguimiento global de los/as alumnos/as del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje.  Establecer las actuaciones necesarias para mejorar el clima de convivencia

del grupo.

 Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo las medidas adecuadas para resolverlos.

 Procurar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan a los/as alumnos/as del grupo.

 Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a las familias de cada uno de los/as alumnos/as del grupo.

(28)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 28

3.7 RESPONSABLES DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

Al inicio de cada curso el Director nombrará un profesor responsable/coordinador de los siguientes proyectos y programas:

 Medios Informáticos.  Biblioteca.

 Prevención de Riesgos Laborales.

 Sistema de Enseñanza de Lenguas Extranjeras.  Gestión de Calidad.

 Educación para la Salud.

El Claustro elegirá a su representante en el Centro de profesores y Recursos.

RESPONSABLE DE MEDIOS INFORMÁTICOS

El profesor responsable de medios informáticos tendrá las siguientes funciones:  Coordinar y dinamizar el desarrollo de las Tecnologías de la información y

la Comunicación (TIC) y la utilización de los medios informáticos en el centro.

 Hacer propuestas para el establecimiento de las normas de uso del aula o aulas de informática, y velar por su cumplimiento.

 Proponer al equipo directivo, para su inclusión en la Programación General Anual, el plan de trabajo anual con los medios informáticos del centro disponibles para su uso didáctico, así como coordinar la elaboración de informes por departamentos y general del centro para su inclusión en la Memoria Final del curso.

 Responsabilizarse del material y del correcto uso de los equipos instalados.  Participar en las reuniones de los departamentos destinadas a la

coordinación del uso de los medios informáticos y al establecimiento de programaciones que desarrollen las TIC.

 Instalar y desinstalar los programas educativos en los equipos, asesorando al profesorado sobre el más adecuado para cada actividad y nivel.

 Hacer propuestas al Equipo Directivo para la gestión del presupuesto asignado las TIC.

 Fomentar la utilización del resto del profesorado de las TIC.

 Encargarse de recoger en un estadillo las anomalías e incidentes que diariamente puedan surgir en los equipos y pasar puntualmente los partes de averías al Centro de Apoyo del Plumier (CAP) de la zona.

 Mantener las relaciones técnicas que se consideren oportunas con el Asesor de Tecnologías de la Información y la Comunicación de la zona. Así como con los responsables del Servicio de Gestión Informática de la Consejería de Educación y Universidades en todo lo relacionado con los medios informáticos y programas de gestión.

(29)

Normas de Organización y Funcionamiento (NOF) P.G.A. IES Sierra Minera 29

 Colaborar en la administración de la Web del centro y otras aplicaciones de redes sociales de difusión de las actividades del instituto.

RESPONSABLE DE BIBLIOTECA

El profesor responsable de la Biblioteca tendrá las siguientes funciones:

 Llevar el control del uso de la biblioteca, coordinado con Jefatura de Estudios y la colaboración del profesorado de guardia de biblioteca

 Actualizar el inventario.

 Colaborar con el Departamento de Actividades Extraescolares en la realización de actividades que incentiven el uso de la biblioteca por parte del alumnado.

RESPONSABLE DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

El profesor responsable de Prevención de Riesgos Laborales tendrá las siguientes funciones:

 Coordinar la elaboración del plan de autoprotección del Centro y encargarse, junto con el Equipo directivo, de su puesta en marcha.

 Colaborar con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Educación en todas las actuaciones que se realicen en el Centro.

 Promover las tareas preventivas básicas.

 Elaborar una programación de actividades que quedará incluida en la Programación General Anual y, a final de curso, una memoria que se incluirá en la Memoria Final de curso.

COORDINADOR DEL SISTEMA DE ENSEÑANZAS DE LENGUAS EXTRANJERAS

El director nombrará un coordinador del Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras entre el profesorado que imparta una asignatura en lenguas extranjeras, preferentemente un funcionario de carrera docente con destino definitivo en el centro, para el ejercicio de las siguientes funciones:

 Seguimiento del desarrollo del Sistema de Enseñanza en Lenguas Extranjeras en el centro.

 Coordinación del profesorado que imparta docencia en lenguas extranjeras, para lo cual se establecerá en el horario individual del profesorado una hora de reunión semanal.

 Colaboración con el equipo directivo en la organización y desarrollo de actividades dirigidas a la comunidad educativa para promover el contacto con la cultura y con las lenguas extranjeras (cine, representaciones teatrales o musicales por los propios alumnos del mismo o distinto nivel educativo, cuentacuentos, etc.)

Referencias

Documento similar

Luis Miguel Utrera Navarrete ha presentado la relación de Bienes y Actividades siguientes para la legislatura de 2015-2019, según constan inscritos en el

A continuación vamos a fijarnos en los sujetos en los que se produce acuerdo. El número total de alumnos preferidos identificados es de 17 y el de rechazados de 15. En

Esta legislación académica se refiere exclusivamente al nivel de enseñanza de profesional y contiene las reglas que deben seguir los alumnos inscritos en los planes de estudio

El alumno que haya cursado parte de sus estudios en otra institución podrá obtener la Mención Honorífica, si demuestra tener un promedio igual o superior a 90 en

Dejará este estatus y se convertirá en Regular cuando apruebe todas las unidades de formación en las que haya estado inscrito durante el último periodo académico semestral, siempre

En el caso de un alumno que tenga estatus académico de condicional, de acuerdo a lo definido en el Capítulo VIII del presente reglamento, deberá inscribir una materia menos de

Desde una concepción del aprendizaje que se centra en el alumno como mediador nos interesa, especialmente, el enfoque que investiga el punto de vista que el alumno tiene

Dejará este estatus y se convertirá en Regular cuando apruebe todas las unidades de formación en las que haya estado inscrito durante el último periodo académico semestral, siempre