¡M unicipaíicfacC (D istritaí ¡M ariano ¡M elgar
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N°
-2013-MDMM
M ariano M elgar, S 0 ^ ! C 2013
VISTO
í
Por Informe N° 087-2013-GECYD-MDMM, la Gerencia de Educación Cultura
y Deportes, propone la aprobación del PROYECTO DE DIRECTIVA: "USO DE LAS
INSTALACIONES DEL GIMNASIO MUNICIPAL MARIANO MELGAR".
Y CONSIDERANDO
Que; los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos De su competencia, según lo disponfe el Artículo 194°
de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades.
Que; según el Artículo 195° Numeral 3 de la Constitución Política del Perú,
los gobiernos locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; lo
que debe concordarse con el Artículo 55° de la Ley N° 27972 referida al Patrimonio
Municipal.
Que; se encuentra en vigencia la Ordenanza Municipal N° 288 que aprueba
el Reglamento sobre Uso y Mantenimiento de las Instalaciones Deportivas del
Distrito.
Que; dentro de este contexto legal debe aprobarse el Proyecto de Directiva
sobre: "USO DE LAS INSTALACIONES DEL GIMNASIO MUNICIPAL MARIANO
MELGAR, formulada por la Gerencia de Educación Cultura y Deportes, según
Informe N° 087-2013-GECYD-MDMM; con la conformidad de la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, según Proveído N° 946-GPyP-2013-MDMM obrante a
fojas 07.
Por estos fundamentos, al amparo de la Cqnstitución Política del Perú, Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley del Código de Ética de la Función Pública, Ley
General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, Ley N° 29151, Ordenanza
Municipal N° 288, Ordenanza Municipal N° 459 que aprueba el ROF de la
Municipalidad, Informe Legal N° 181-2013-GAJ-MDMM; y estando a lo dispuesto por
ésta Alcaldía.
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR,
LA DIRECTIVA: "USO DE LAS
INSTALACIONES DEL GIMNASIO MUNICIPAL MARIANO MELGAR", que consta
de 03 Numerales y una Disposición Final.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DEJAR SIN EFECTO,
toda disposición Municipal
que se oponga a la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER:
la publicación de la Resolución
y
Directiva que obra en autos en el Portal Institucional
M u n icip alid ad (D istrital iM ariano M elgar
DIRECTIVA N° 001-2013-GECYD-MDMM
DIRECTIVA SOBRE USO DE LAS INSTALACIONES DEL GIMNASIO MUNICIPAL MARIANO
MELGAR
1. GENERALIDADES
OBJETIVO
La Presente Directiva establece los principios, normas y procedimientos que regulan el uso de las instalaciones del Gimnasio Municipal Mariano Melgar; en su propósito de alcanzar el cumplimiento de sus fines.
ALCANCES
Las disposiciones de la presente Directiva serán cumplidas por:
Usuarios, El personal instructor, Administrador, Personal de Mantenimiento, etc.
2. DE LA FINALIDAD
DE ASESORIA > ¡ v JURIDICA
2,1. NATURALEZA
El gimnasio cuenta con máquinas modernos de última generación y en óptimas condiciones, presta un servicio establecido por la Municipalidad Mariano Melgar, para proporcionar a los Deportistas un entrenamiento con equipos oficiales que le permitan desarrollar un proceso metodológico orientado al cumplimiento de sus objetivos con el apoyo del instructor. El gimnasio presta el servicio al público en general.
3. HORARIOS DE SERVICIO, FUNCIONES. ETC
El servicio en el gimnasio se prestará de lunes a viernes en el horario de 5:00 am a 11:00 am y de 3:00 pm a 8:00 pm y los sábados de 5:00 am a 12:00 m.
En temporadas especiales los horarios de servicio son modificados por la Administración.
3.1. USUARIOS
A) DEBERES:> Su comportamiento debe ser el más correcto y disciplinado.
> Cualquier expresión o gesto reñidos contra la moral será sancionado, desalojado de inmediato y sujeto a las sanciones que amerite.
> Informar a los responsables de las instalaciones de cualquier anomalía y/o deterioro del material.
> Respetar el tiempo de permanencia en la máquina. > No ingerir alimentos dentro del gimnasio
> Tomar las bebidas hidratantes exclusivamente en el área designada > No mojar el piso con agua y otras sustancias
> No romper las esponjas para limpiar los aparatos
> Está terminantemente prohibido fumar en el recinto deportivo
Administración, para evitar que se les extravié la indumentaria o accesorio deportivo. > El usuario sólo deberá traer al gimnasio su indumentaria deportiva.
> Está prohibido realizar juegos que afectan la atención de los demás usuarios. Así como efectuar cualquier tipo de sonido estridente
> No debe de tomar los objetos de otros usuarios ni del Gimnasio sin autorización o consentimiento.
> Declarar los objetos de valor para su custodia caso contrario la Administración no se hace responsable.
> El usuario deberá acatar las recomendaciones por parte del instructor de lo contario los usuarios serán responsables por accidentes sufridos durante la práctica, así como por los traumas y quebrantos de salud que pudieren presentarse.
B) PROHIBICIONES:
> Incumplimiento del presente Reglamento.
> Incumplimiento injustificado de sus obligaciones del personal y/o Insubordinación. > Incurrir en actos de violencia o de inmoralidad.
> Evidenciar irresponsabilidad en el cumplimiento de sus obligaciones del personal del gimnasio.
C) SANCIONES.
> Disponer su retiro del gimnasio > Separación definitiva del Gimnasio
El tipo de sanción estará en función de la magnitud de la falta
3.2. DE LA ADMINISTRACIÓN
a. Será ejercida por el Administrador quien contara con el apoyo de personal para la atención y funcionamiento del Gimnasio
b. El órgano administrativo se encargará de organizar, ejecutar y controlar su funcionamiento.
c. Asimismo, se encargará de proporcionar a los instructores, personal de limpieza o mantenimiento y al personal de caja, el material e información que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
d. Se encargará de llevar el control de la asistencia diaria del personal que labora en el gimnasio conjuntamente con la Oficina de Recursos Humanos y Personal de la Municipalidad.
e. Es responsable de la custodia de las maquinas del gimnasio y se encargara de llevar el inventario general de los bienes (máquinas - accesorios), material didáctico y útiles que se les asigne.
f. Tendrá la responsabilidad de llevar el control de los ingresos económicos de los usuarios al gimnasio.
g. Velar por el mantenimiento del local.
h. Hará adoptar las medidas de seguridad para evitar algún accidente en el gimnasio. i. Otras funciones que le designe el Gerente de Educación Cultura y Deportes.
3.3. DEL PERSONAL INSTRUCTOR
i 3 QE ASESORIA
\SV JURIDICA W
permitan la recuperación, desarrollo y mantenimiento de la condición física.
b. Tendrá la responsabilidad conjuntamente con el Administrador el control del inventario general de las maquinas, los mismos que deberán recibir su mantenimiento progresivamente para que su estado sea óptimo.
c. Velara por el óptimo funcionamiento de las maquinas del gimnasio, en caso que se presentara alguna anomalía deberá adoptar las medidas necesarias e informará inmediatamente al Administrador.
d. Vetara por la buena salud de los usuarios.
e. Hará adoptar las medidas de seguridad para evitar algún accidente en el gimnasio. f. Otras funciones que le asigne el Administrador y/o Gerente.
3.4. DEL PERSONAL DE CAJA
a. Hará el cobro del ingreso a las instalaciones del gimnasio, el mismo que hará el depósito en la caja de la Municipalidad, previo informe al área correspondiente como al Administrador del Gimnasio.
b. Hará el control del ingreso y permanencia de los usuarios
c. Apoyará al personal de limpieza en el mantenimiento e higiene de los ambientes del gimnasio.
d. Será responsable de la custodia de las pertenencias de los usuarios.
e. Ante cualquier anomalía deberá adoptar las medidas necesarias e inmediatamente deberá informar" al Administrador.
f. Otras funciones que le asignen el Administrador y/o Gerente.
3.5. DEL PERSONAL DE LIMPIEZA
a. Velará por la limpieza y mantenimiento de todos los ambientes del gimnasio. b. Apoyará en la seguridad y control de las pertenencias de los usuarios.
c. Ante cualquier anomalía deberá adoptar las medidas necesarias e inmediatamente deberá informar al Administrador.
Otras funciones que le asignen el Administrador y/o Gerente.
UTILIZACIÓN DEL ÁREA
Cuando un área o apartado no esté en condiciones de ser usado, puede ser puesto fuera de servicio por el personal del gimnasio.
Cuando en las áreas del gimnasio se encuentre un empleado de mantenimiento en ejercicio de sus funciones, por corta que sea su labor, se inhabilita por razones de seguridad.
Los usuarios deben evitar actividades que pudieran causar daños a los diferentes elementos o a las áreas en general.
En todas las ocasiones el usuario limpia el aparto o equipo que ha usado.
En aras de mantener el buen estado de los equipos, implementos e instalaciones, el mantenimiento de las mismas, solo puede hacerse con el personal entrenado y designado para ello, no se permite ia intervención de otras personas en estas funciones.
Por seguridad, no está permitido la utilización de envases de vidrio al interior del gimnasio, ni en sus alrededores, en donde, además no se permite fumar ni ingerir bebidas alcohólicas.
a. No se permite el uso del gimnasio a los usuarios que presenten señales de embriaguez.
Para utilizar las áreas del gimnasio, los usuarios deben portar prendas deportivas que cumplan con las siguientes características.
- Apropiadas para la diversidad de movimientos que se realizan en el gimnasio. - Estilo terminado que permítan una adecuada sudoración.
- Aptas para la actividad que se lleva a cabo.
- Los zapatos tenis deben ser con suelas blancas o de goma.
- Los zapatos tenis deben estar completamente limpios antes de ingresar a cualquier gimnasio^
- Cada usuario debe portar su respectiva toalla y su termo con líquido para hidratar.
- Bajo ninguna circunstancia se puede realizar apuestas entre los usuarios, ya sea en encuentros amistosos o recreativos que se realicen en el gimnasio.
DISPOSICIÓN FINAL
En todo lo no previsto en la presente Directiva se aplicará la Ordenanza Municipal N° 288 que aprueba Reglamento, sobre Uso y Mantenimiento de las instalaciones Deportivas del Distrito Mariano Melgar.