PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL ARRENDAMIENTO MEDIANTE SISTEMA DE RENTING DE 2 VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOGIDA DE RESIDUOS Artículo 1. Objeto de la contratación. Descripción general.-El presente contrato tiene por objeto la contratación del arrendamiento mediante sistema de renting de dos vehículos destinados al Servicio Municipal de Recogida de Residuos –Servicios de Recogidas Especiales y distribuidos en dos lotes –Lotes 1 y 2. El primero de ellos se compone de 1 camión de caja abierta con trampilla elevadora y un segundo lote de 1 camión de caja abierta basculante dotado con pluma hidráulica. El Departamento de Explotación de Recogida de Residuos, para poder realizar con eficacia las labores que tiene encomendadas, necesita disponer de este tipo de vehículos. De este modo, el camión de caja abierta con trampilla elevadora –lote 1 está dirigido para el transporte de material, retirada de contenedores de ropa y calzado usados y retirada de residuos acumulados en los saneamientos de viviendas y dependencias en los que actúa el Ayuntamiento de Madrid.
Por su parte, el camión basculante con pluma –lote 2 será utilizado para la retirada de sacos de RCD’s y contenedores de ropa que se encuentran en la vía pública que por diversos motivos es necesaria su retirada así como ayuda en las labores de saneamiento de viviendas. Artículo 2. Características Técnicas del vehículo. LOTE 1 (1 unidad). Camión de caja abierta con trampilla elevadora Distancia máxima entre ejes de 4.000 mm. Anchura máxima total de 2.600 mm. Potencia mínima de 150Kw. Longitud máxima de 7.200 mm. Carga de la trampilla mínimo 1500 kg Dimensión mínima de la trampilla: 1.200 mm.
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http://www- Número de plazas: 3 asientos. Aire acondicionado. 3 luces rotativas en la parte superior de la cabina del vehículo. Airbag en puesto de conducción. Cadenas para nieve. Traspaleta de horquilla manual. o Capacidad máxima: 2.500 Kg. mínimo. o Máxima altura 200 mm. mínimo. o Largo de horquilla 110 mm. mínimo. o Incluido mantenimiento.
Generador eléctrico de gasolina de potencia mínima 3000 W
monofásico y capacidad mínima de depósito 15 litros.
o Martillo perforador eléctrico acoplable al generador de potencia mínima 1000 W y fuerza de impacto mínima de 10 julios con juego de cinco cinceles.
o 1 amoladora de potencia mínima 1.900 W con juego de diez discos de corte.
o Cable alargador enrollable para exteriores de longitud mínima 20 metros.
o Amoladora auxiliar eléctrica sin cable con batería recargable.
Fondo blanco con rotulación definida por el Área de Gobierno de
Medio Ambiente y Movilidad. LOTE 2 (1 unidad).
Camión de caja abierta basculante dotado con pluma hidráulica y mando a distancia de brazo entre 7 y 9 metros, con capacidad de carga en punta de mínimo 1.300 Kg., necesaria para soportar la retirada de sacos de RCD’s, con las siguientes características: Distancia máxima entre ejes de 4.000 mm. Anchura máxima total de 2.600 mm. Potencia mínima de 150Kw. Longitud máxima de 7.200 mm. Número de plazas: 3 asientos. Aire acondicionado. 3 luces rotativas en la parte superior de la cabina del vehículo. Airbag en puesto de conducción. Cadenas para nieve. Juego de prolongación (2 uds) en 1 metro de cadena de tracción de contenedor, con anillo de enlace y enganche sobre cadena original (4 uds). El eslabón debe ser de 15 mm. de grosor.
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http://www- Eslingas planas (2 uds) de poliéster 100% conforme norma europea con gazas reforzadas, carga de trabajo mínimo de 3.000 Kg. tiro directo, ancho mínimo 35 mm., carga de rotura mínimo 3.000 Kg. longitud total por unidad 1.5 m.. 2 unidades de cáncamo/eslinga de carga mínima de trabajo 3.000 kg. Eslingas planas (2 uds) de poliéster 100 % conforme norma europea con gazas reforzadas, carga de trabajo mínimo 3.000 mínimo tiro directo, ancho mínimo 35 mm., carga de rotura mínimo 3.000 Kg. Longitud total por unidad 1,2 m. total, 4 brazos. 1 ud. Anilla maestra de 2.500 Kg. de carga mínima de trabajo. 4 ganchos de seguridad de 2.000 kg. de carga mínima de trabajo. Eslingas redondas (2 uds) con gaza, conforme a norma europea de ancho mínimo 50 mm. de tiro directo. Eslinga sin fin redonda (1 ud) conforme norma europea conforme norma europea de ancho mínimo 50 mm. tiro directo 1,5 m. De longitud total. Eslinga sin fin redonda conforme norma europea de ancho mínimo 50 mm. Tiro directo 3,5 m. Longitud total. Fondo blanco con rotulación definida por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.
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http://www-Artículo 3. Aspectos a cumplir por parte del adjudicatario. a) Uso del vehículo . Estará obligado el arrendador a tener en todo momento el material en perfecto estado de conservación, así como debidamente pintado y rotulado de acuerdo con la normativa municipal vigente en cada momento. Los vehículos deberán estar matriculados a nombre del arrendador y en perfecto estado de circulación, tanto funcional como administrativamente, siendo por cuenta del mismo cuantos preceptos legales sean exigibles para su circulación (Inspección Técnica de Vehículos, juego de lámparas, triángulos de señalización de avería, espejos retrovisores, etc.) acompañando con cada vehículo, además de la documentación original, una copia compulsada por la Dirección General de Tráfico. El vehículo deberá ajustarse a las prescripciones técnicas recogidas en este Pliego. b) Mantenimiento. Será por cuenta del arrendador el mantenimiento, tanto del vehículo objeto del contrato como de los elementos adicionales que se instalen o formen parte de este contrato en estos con excepción de: - Limpieza interior y exterior del vehículo. - Combustible para su funcionamiento. que corresponderá al Ayuntamiento de Madrid. Con carácter enunciativo, el arrendador realizará las siguientes tareas:
o Realizar todas las operaciones prescritas por el fabricante del vehículo en su libro de mantenimiento con la sustitución de piezas y líquidos que correspondan por kilometraje y/o tiempo de servicio, realizando un informe mensual de las operaciones de mantenimiento realizadas y prescritas por el fabricante, informe que se remitirá al responsable del servicio.
o Reparación de todas las averías (eléctricas, mecánicas, etc.) de aquellos elementos que integran el vehículo de fábrica y de los elementos que sean consecuencia de la transformación del vehículo una vez carrozado. Se incluye la sustitución de neumáticos deteriorados (según las normas que establece la Dirección General de Tráfico) tanto por el desgaste debido al uso de cada vehículo como el derivado de la conducción que requiere un servicio de urgencia, exceptuando las reparaciones que surjan por accidente con y sin contrario. No se interpretará como accidente, el deterioro de un neumático como consecuencia de golpe o rozadura con bordillo o similares, así como los derivados de objetos cortantes o punzantes
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http://www-habidos en la calzada o zona de vertido. Se incluye el deterioro o rotura por uso de las llaves del vehículo. Igualmente se incluirá el deterioro en el uso de alfombrillas. o Se incluirán igualmente dentro del contrato todas las averías relativas a tiradores de puertas, carcasas de luces y otros componentes de las mismas características que estén deteriorados como consecuencia del uso diario, siendo su reparación competencia de la empresa adjudicataria. Los trabajos a realizar por parte del arrendador como consecuencia de accidentes de tráfico con o sin contrario serán: o La reparación y mantenimiento de la carrrocería y partes estructurales del vehículo, dejando las zonas y órganos afectados por la reparación en perfecto estado, según las características originales marcadas por el fabricante.
o La reparación y mantenimiento de rotulaciones de imagen corporativa, serán según las instrucciones y con los materiales aprobados los
Servicios Técnicos Municipales. o La atención a todas las averías que surgieran derivadas de la reparación efectuada. El arrendador, en todos los casos, asume el coste tanto de las piezas como de la mano de obra necesaria para la realización de las tareas de mantenimiento, quedando ambas reflejadas en la hoja de trabajo correspondiente. Se considerará reparado el vehículo tras el visto bueno del personal del servicio, que ratificará con su firma y sello de la dependencia. Las labores de mantenimiento y reparación se realizarán siempre con aquellos elementos determinados según las características originales marcadas por el fabricante y a cuenta del adjudicatario así como también será a su cuenta si fuese necesario el traslado por vehículo auxiliar (servicio de grúa) así como la devolución a la base central. Si por la magnitud del trabajo fuera necesario pasar el vehículo o material remolcado por la Inspección Técnica de Vehículos de la Comunidad Autónoma, ésta será realizada por el arrendador, valorándose como una unidad dentro del coste de la reparación. En el supuesto de accidentes o averías que se produzcan en la vía pública y como consecuencia de ello queda inmovilizado el vehículo, el arrendador enviará el
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http://www-personal que considere necesario y servicio de grúa si se necesitase, siendo por su cuenta el gasto que este servicio puede suponer. Los repuestos empleados en las reparaciones, serán originales y homologados por el fabricante. Se establecerán los siguientes plazos de reparación: - Cuando afecte a reparaciones previstas en el libro de mantenimiento, no excederán de 24 horas. - Cuando afecte a reparaciones mecánicas o eléctricas o reparaciones de cabina, no excederán de 96 horas.
- Cuando la reparación sea debida a accidente la reparación del
vehículo no será superior a 7 días naturales.
Para reparaciones extraordinarias, fuera del horario señalado, el arrendador contará con un servicio de urgencia 24 horas durante todos los días del año, facilitando un número de teléfono móvil al que se pueda contactar.
El arrendador destinará al presente contrato el personal que estime conveniente para su cumplimiento y durante el horario de trabajo señalado.
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http://www-Artículo 4. Sanciones de tráfico.
Las sanciones que se pudieran derivar del estado del vehículo y de la documentación del mismo, serán por cuenta del arrendador. Las restantes sanciones y las que se pudieran derivar de la conducción, serán por cuenta del Ayuntamiento o, en su caso, del conductor del vehículo (en este último caso las derivadas de un incumplimiento de las normas de circulación). Dichas sanciones deberán ser comunicadas al servicio dependiente en el plazo de 24 horas desde su recepción para poder ser recurridas si ha lugar en tiempo y forma. Artículo 5. Póliza de seguros. El vehículo deberá disponer de póliza de seguro en la modalidad “todo riesgo” y contendrá al menos las siguientes coberturas: - Responsabilidad civil obligatoria - Responsabilidad voluntaria ilimitada - Daños propios sufridos por el vehículo y sus accesorios - Daños por colisión con y sin contrario - Ocupantes, defensa y reclamación de daños - Robo - Incendio - Rotura de lunas - Asistencia 24 horas con cobertura para toda la Comunidad de Madrid y remolcaje a taller. EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EXPLOTACIÓN DE RECOGIDA DE RESIDUOS José Rodríguez Fuertes
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