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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU FACULTAD DE CONTABILIDAD T E S I S

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UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU

FACULTAD DE CONTABILIDAD T E S I S

"LIBROS CONTABLES – TRIBUTARIOS Y EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL, APLICADO DENTRO DE UN ENTORNO COMPUTARIZADO EN LA

EMPRESA RAPIFARMA EIRL”

Presentado por el Bachiller:

JHON EBER MALDONADO LAURENTE

ASESOR: CESAR FRANCISCO PARIONA COLONIO

PARA OPTAR EL TITULO DE:

C O N T A D O R P U B L I C O

HUANCAYO - PERU

2011

(2)

"LIBROS CONTABLES – TRIBUTARIOS Y EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL, APLICADO DENTRO DE UN ENTORNO COMPUTARIZADO

EN LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL”

INDICE

DEDICATORIA AGRADECIMIENTO INDICE

RESUMEN INTRODUCCION

CAPITULO I

MARCO METODOLOGICO DE LA INVETIGACION

1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA………..5

1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA……….….7

1.2.1. PROBLEMA GENERAL……….……7

1.2.2 PROBLEMA ESPECÍFICO……….……7

1.3 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION………7

1.3.1 OBJETIVO GENERAL………7

1.3.2 OBJETIVO ESPECIFICO………...7

1.4 JUSTIFICACIÓN……….7

1.5 FORMULACION DE HIPOTESIS……….8

1.5.1 HIPOTESIS GENERAL………..8

1.5.2 HIPOTESIS ESPECÍFICO……….8

1.6 OPERACIONALIZACION DE VARIABLES………8

1.6.1 VARIABLE INDEPENDIENTE………...8

1.6.2 VARIABLE DEPENDIENTE………...9

1.6.3 VARIABLE INTERVINIENTE……….9

1.7 METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION……….9

1.7.1 TIPO DE INVESTIGACION………....9

1.7.2 METODOS DE INVESTIGACION……….9

1.7.3 POBLACIÓN Y MUESTRA………...…10

1.7.3.1 POBLACIÓN………10

1.7.3.2 MUESTRA………..….11

(3)

1.7.4 TECNICAS DE INVESTIGACION……….…..11

CAPITULO II

MARCO TEORICO DE LA INVESTIGACION

2.1 LIBROS CONTABLES/TRIBUTARIOS………12

2.1.1 ANTECEDENTES………12

2.1.2 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 234-2006/SUNAT NORMAS REFERIDAS A LIBROS Y REGISTROS

VINCULADOS A ASUNTOS

TRIBUTARIOS………... 13 2.1.2.1 PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE LOS LIBROS Y

REGISTROS CONTABLES………. 13 2.1.2.2 FORMA EN QUE DEBERÁN SER LLEVADOS LOS LIBROS Y

REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS…………14

2.1.2.3 PLAZO MÁXIMO DE ATRASO ………15

2.1.2.4 PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LOS LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS Y OTROS ANTECEDENTES DE OPERACIONES O SITUACIONES QUE CONSTITUYAN HECHOS SUSCEPTIBLES DE GENERAR OBLIGACIONES TRIBUTARIAS O QUE ESTÉN

RELACIONADAS A ELLAS

……… 16

2.1.2.5 CONTABILIDAD COMPLETA………. 18 2.1.2.6 INFORMACIÓN MÍNIMA A SER INCLUIDA EN LOS LIBROS Y

REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS, ASÍ

COMO LOS FORMATOS QUE LO

INTEGRAN……….. 20 20

2.2 EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL……… 26

2.2.1 GENERALIDADES……….. 26

2.2.2 COMPARACION DEL PCGE VS PCGR……….. 29

CAPITULO III

SISTEMA CONTABLE DE LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL

3.1 LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL………38

(4)

3.1.1. ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA ………39

3.1.1.1 CONCEPTO………...39

3.1.1.2 CLASIFICACION………39

3.1.1.3 CONSTITUCION………42

3.1.1.3 RELACION CON OTRAS FORMAS DE CONSTITUCION DE EMPRESAS……….. 43

3.2 SISTEMAS DE INFORMACION……….. 48

3.2.1 ANTECEDENTES………... 48

3.2.2 CONCEPTO……… 50

3.2.3 CLASES……….. 50

3.3 SISTEMA CONTABLE………. 52

3.3.1 NATURALEZA……… 52

3.3.2 CONCEPTO DE SISTEMA CONTABLE……… 53

3.3.3 OBJETIVO DE SISTEMA CONTABLE………... 54

3.3.4 CLASES DE SISTEMAS CONTABLES………. 55

3.3.4.1 SISTEMA CONTABLE PATRIMONIAL O HISTORICO……….. 55

3.3.4.2 SISTEMA CONTABLE PRESUPUESTARIO……… 55

3.3.4.3 SISTEMA CONTABLE COMPLEMENTARIO……….. 55

3.3.5 CARACTERISTICAS DE LOS SISTEMAS CONTABLES……… 56

3.3.6 ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA CONTABLE DE LA EMPRESA…. 57 3.3.6.1 ASPECTO CONTABLE……….. 58

3.3.6.2 AREAS……… 59

3.3.6.2.1 ÁREA DE CONTABILIDAD……….. 59

3.3.6.2.1 ÁREA DE COMPRAS……… 60

3.3.6.2.1 ÁREA DE VENTAS……… 61

3.3.6.3 LIBROS CONTABLES……… 61

3.3.6.3.1 LIBROS CONTABLES MANEJADOS……….. 61

3.3.6.4 DOCUMENTACION SUSTENTATORIA DE LAS OPERACIONES... 62

3.3.6.4.1 DOCUMENTOS DE OPERACIONES DE VENTAS……… 62

3.3.6.4.2 DOCUMENTOS DE OPERACIONES DE COMPRAS……….. 63

3.3.6.4.3 DOCUMENTOS DE PAGOS DE TRIBUTOS………. 63

3.3.6.4 TRIBUTOS Y CONTRIBUCIONES AFECTOS A LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL………... 63

(5)

3.3.7 NECESIDADES DE INFORMACION CONTABLE FINANCIERA Y

TRIBUTARIA………. 64

3.3.7.1 NECESIDADES DE LA INFORMACION CONTABLE FINANCIERA. 64 3.3.7.2 NECESIDADES DE LA INFORMACION TRIBUTARIA……… 66

CAPITULO IV CASUISTICA DE APLICACION PARA GENERAR LOS LIBROS Y REGISTROS TRIBUTARIOS APLICANDO EL PCGE EN LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL

4.1 ANTECEDENTES……….67

4.2 OPERACIONES………67

4.3 LIBROS AUXILIARES………..73

4.3.1 REGISTRO DE VENTAS………..73

CAPITULO V ANALISIS E INTERPRETACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL

5.1 ANALISIS BASE 100 O ANALISIS VERTICAL……..……….74

5.2 ANALISIS TENDENCIAL O ANALISIS HORIZONTAL…..………80

5.3 RATIOS FINANCIEROS.………81

CONCLUSIONES RECOMENDACIONES BIBLIOGRAFIAS

(6)

DEDICATORIA

A mis Padres Efrain y Julia, por su amor, comprensión y apoyo incondicional.

(7)

AGRADECIMIENTO

Expreso mi sincera gratitud a las siguientes personas que contribuyeron a este esfuerzo brindando valiosas sugerencias, críticas constructivas, apoyo moral y material.

CPC. Cesar Pariona Colonio, quien asesoro este esfuerzo con preocupación y dedicación.

Pilar Aquino, amiga, compañera y colega, gracias por tu apoyo moral.

Un agradecimiento especial a la Familia Marquina, Sr. Ángel Marquina y esposa, mi eterno agradecimiento por su apoyo y su hospitalidad incondicional.

(8)

RESUMEN

La presente tesis titulada “Libros contables – tributarios y el plan contable general empresarial, aplicado dentro de un entorno computarizado en la empresa Rapifarma EIRL”, se inicio con la identificación que gran parte de las empresas y sus directivos, no orientan su atención y preferencia hacia las bondades que ofrece un sistema de contabilidad, esta situación es consecuencia de la inadecuada utilización de los recursos que ofrece el vertiginoso avance tecnológico y que ahora está al alcance de todas las organizaciones empresariales desde las más grandes a la más pequeñas, conllevando por esta razón; a formular la siguiente interrogante ¿Dónde se encuentran contemplados los mecanismos para que se implemente los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro un entorno computarizado en la Empresa Rapifarma EIRL?, ante esta situación; como respuesta a la problemática planteada, se propone como solución la siguiente hipótesis. Los mecanismos para que se implementen los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial, dentro de un entorno computarizado, están contemplados en RS N° 234-2006/SUNAT Para el efecto;

la presente tesis se ha orientado al cumplimiento del siguiente objetivo.

Desarrollar los mecanismos de la RS N° 234-2006/SUNAT para que se implemente los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro un entorno computarizado en la empresa Rapifarma EIRL.

En la parte metodología se explica que la presente tesis, el tipo de investigación es aplicativa, el nivel de investigación es el descriptivo – explicativo, asimismo; los métodos de investigación utilizados son la observación, el de análisis y síntesis, el descriptivo - explicativo. Las técnicas de investigación estuvieron relacionadas en la recopilación, tabulación, tratamiento y análisis de datos. La población estuvo conformada por los trabajadores de la empresa Rapifarma EIRL.

(9)

INTRODUCCION

La presente tesis titulada “Libros contables – tributarios y el plan contable general empresarial, aplicado dentro de un entorno computarizado en la empresa Rapifarma EIRL” cuyo objetivo está orientado en desarrollar los mecanismos de la RS N° 234-2006/SUNAT para que se implemente los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro un entorno computarizado en la empresa Rapifarma EIRL.

La empresa Rapifarma EIRL, aún no logra la utilización de los recursos que ofrece el vertiginoso avance tecnológico y que ahora está al alcance de todas las organizaciones empresariales desde las más grandes a la más pequeñas, de modo que no son capaces de lograr competitividad, por ello se busca en los sistemas contables lineamientos que permitan a la empresa ser competitiva en el mundo empresarial, aprovechando su especialidad de dedicarse a la Distribución de Medicamentos.

Para llegar a solucionar la problemática y alcanzar las pautas de una solución, el trabajo se ha desarrollado en cuatro capítulos

El capítulo I desarrolla el marco metodológico, y constituye la base de la presente tesis

El Capítulo II, contiene el marco teórico - conceptual, con el estudio de las diferentes variables que sustentan la hipótesis de investigación

El Capítulo III, está referido al estudio de los sistemas contables en sus diferentes enfoques.

El capítulo IV, está relacionado al desarrollo de un caso, aplicando las teorías que sustentan el desarrollo de RN° 234-2006/SUNAT en el que se implemente los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro un entorno computarizado en la empresa Rapifarma EIRL.

(10)

CAPITULO I

MARCO METODOLOGICO DE LA INVETIGACION

1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

La SUNAT, mediante la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT ha establecido disposiciones relacionadas con los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, las cuales están vigentes a partir del 1 de julio de 2010, integrando así en un solo cuerpo legislativo las normas vigentes sobre la materia.

Las disposiciones para el tratamiento tributario de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios están referidas a:

El procedimiento para la autorización de los mismos.

La forma en la cuál deberá ser llevados.

Los plazos máximos de atraso.

La pérdida o destrucción de los mismos.

La contabilidad completa - vigencia a partir de julio de 2010.

La información mínima contenida en ellos, así como los formatos que la integran - vigencia a partir de julio de 2010.

Las disposiciones referidas a la contabilidad completa, así como la utilización de los formatos que debe contener cada libro o registro entrarán en vigencia a partir del 1 de julio de 2010, dejando a opción de los deudores tributarios poder llevarlos de acuerdo a las nuevas disposiciones antes de la referida fecha. Si hace uso de dicha opción, ya no se podrá volver llevar los libros y registros de acuerdo a la regulación anterior.

Por lo mismo, las exigencias de información señaladas más arriba son claras y la Contabilidad en su rol de instrumento administrativo destinado a cubrir las necesidades de información por parte de los usuarios, aún no es valorada en su exacta dimensión, observándose que gran parte de las empresas y sus directivos, no orientan su atención y preferencia hacia las bondades que ofrece un Sistema

(11)

de Contabilidad, esta situación es consecuencia de la mala utilización de los recursos que ofrece el vertiginoso avance tecnológico y que ahora esta al alcance de todas las organizaciones empresariales desde las mas grandes a la más pequeñas, el cual como es obvio permite alcanzar mayores ventajas comparativas con respecto a su carencia en una organización en marcha.

Ante tales hechos, como producto de nuestra indagación hemos elegido como muestra de investigación, una empresa que tiene por objeto principalmente la (comercialización, explotación industrial o prestación de servicios), la que sin embargo, carece de un Sistema de Contabilidad que le permita generar los nuevos libros y reportes que la norma tributaria vigente exige, asimismo, que permita el control estricto del movimiento financiero de la empresa y por lo mismo requiere de manera urgente implementar lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N° 234-2006/SUNAT.

Consecuentemente la presente investigación se propone obtener un conocimiento adecuado de la actividad (comercial, productiva, de prestación de servicios) de la entidad muestreada y de las transacciones financieras que realiza, todo con propósito de alcanzar una propuesta de sistema contable dirigido al control, medición y procesamiento contable de las operaciones inherentes a tal proceso así como de los rubros que permiten controlar la situación financiera de la empresa así como generar los libros y reportes tributarios establecidos por la normativa tributaria indicada, debiendo cumplirse con el estudio los objetivos que más adelante detallamos.

Este es el desafío que se plantea a la profesión contable, adecuar nuestros sistemas de información contable a la Resolución de Superintendencia N° 234- 2006/SUNAT y sus modificatorias. La misma que va a cambiar el proceso contable tal como la conocemos y realizamos actualmente por otro que permita generar los libros y registros tributarios exigidos a partir del mes de julio de 2010 y se constituye para nuestro caso en el Objeto de Investigación.

(12)

1.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA 1.2.1. PROBLEMA GENERAL

 ¿Cuáles serian los mecanismos para que se implemente los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro de un entorno computarizado en la Empresa Rapifarma EIRL?

1.2.2 PROBLEMA ESPECÍFICO

 ¿Cuáles serian los efectos de no implementarse los libros contable/tributarios dentro de un entorno computarizado en la Empresa Rapifarma EIRL?

1.3 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION 1.3.1 OBJETIVO GENERAL

 Desarrollar los mecanismos para que se implemente los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial dentro de un entorno computarizado en la Empresa Rapifarma EIRL.

1.3.2 OBJETIVO ESPECIFICO

 Analizar efectos de no implementarse los libros contable/tributarios dentro de un entorno computarizado en la Empresa Rapifarma EIRL.

1.4 JUSTIFICACIÓN

El estudio investigativo a realizar es importante y necesario fundamentalmente para el conjunto de empresas de la zona central del país y en general para aquellas que con frecuencia afrontan problemas en cuanto al registro contable y tributario computarizado de las operaciones comerciales con el nuevo plan contable empresarial, de manera que garantice obtener información financiera oportuna y confiable que sirva para tomar decisiones así como la determinación de

(13)

los costos de ventas para establecer precios de venta competitivos con los que deben operar en el mercado.

En este contexto el presente trabajo de investigación va a cubrir vacíos o falta de información respecto a los procedimientos necesarios que deben considerar al momento de efectuar los registros contable/tributarios computarizados que permitan cumplir la normativa tributaria, el trabajo adquiere aún más relevancia por cuanto nos permitirá conocer de manera precisa el papel que debe cumplir el Profesional Contable en la implementación y manejo de libros contables y tributarios tal y como establece la normatividad vigente.

1.5 FORMULACION DE HIPOTESIS 1.5.1 HIPOTESIS GENERAL

 “Los mecanismos para que se implementen los libros contable/tributarios y el plan contable empresarial, dentro de un entorno computarizado, están contemplados en la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT”.

1.5.2 HIPOTESIS ESPECÍFICO

 Los efectos de no implementarse los libros contable/tributarios, traerían consigo contingencias tributarias e información financiera irreal en perjuicio de la empresa en estudio

1.6 OPERACIONALIZACION DE VARIABLES 1.6.1 Variable Independiente (X):

Libros Contables/tributarios y el Plan Contable Empresarial.

Indicadores:

 Libros Contables/tributarios

 Plan Contable Empresarial

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1.6.2 Variable Dependiente (Y):

Sistema Computarizado Indicadores:

 Sistema de Información.

 Sistemas Contables

1.6.3 Variable Interviniente (Z):

Empresa Rapifarma EIRL.

Indicadores:

 Organización y estructura.

 Sistema Operativo.

1.7 METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION 1.7.1 TIPO DE INVESTIGACION

El presente trabajo es investigación aplicada; en razón que para su desarrollo se apoyó en los conceptos teóricos existentes.

1.7.2 METODOS DE INVESTIGACION

Para desarrollar el presente trabajo de investigación, se utilizará de manera interrelacionada e interactiva de los métodos de investigación indicados a continuación:

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a) METODO DE OBSERVACION

Proceso de conocimiento por el cual se perciben deliberadamente ciertos rasgos existentes en el objeto de conocimiento.

b) METODO DE INDUCCION - DEDUCCION

El método inductivo es el proceso de conocimiento que se inicia por la observación de fenómenos particulares con el propósito de llegar a conclusiones y premisas generales que pueden ser aplicadas a situaciones similares a la observada.

El método deductivo es el proceso de conocimiento que se inicia con la observación de fenómenos generales con el propósito de señalar las verdades particulares contenidas explícitamente en la situación general.

La inducción y deducción son dos métodos de conocimiento que no son incompatibles sino complementarios.

c) METODO DE ANALISIS.

Es el proceso de conocimiento que se inicia por la identificación de cada una de las partes que caracterizan una realidad. De esta manera se establece una relación causa-efecto entre los elementos que componen el objeto de la investigación.

d) METODO DE SINTESIS.

Es el proceso de conocimiento que procede de lo simple a lo complejo, de la causa a los efectos, de la parte al todo, de los principios a las consecuencias.

1.7.3 POBLACIÓN Y MUESTRA 1.7.3.1 POBLACIÓN

La Población en estudio está conformada por las Micro y pequeñas empresas en general

(16)

1.7.3.2 MUESTRA

Para realizar el presente estudio, se utilizará como muestra a la Empresa

“Rapifarma EIRL”.

1.7.4 TECNICAS DE INVESTIGACION

En el desarrollo práctico de los métodos anteriormente indicados, haremos uso de las técnicas siguientes en la recolección de información de fuentes primarias y secundarias:

a) Recopilación de datos:

Que comprende los procedimientos de:

Fichaje Bibliográfico y de Hemeroteca.

Visitas y observaciones de campo.

Asistencia a eventos profesionales.

b. Tabulación y Selección de Datos:

Procedimiento de ordenación y clasificación de las fuentes de datos recopiladas.

c) Tratamiento de la Información.

Consiste en estructurar los datos procesados de acuerdo con el esquema tentativo.

d) Análisis, Interpretación.

El análisis y la interpretación de datos consistirá en:

La comparación de los datos obtenidos acerca del objeto de estudio con respecto a estándares u objetivos teóricos, tecnológicos, técnicos y administrativos según corresponda

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CAPITULO II

MARCO TEORICO DE LA INVESTIGACION

2.1 LIBROS CONTABLES/TRIBUTARIOS

2.1.1 ANTECEDENTES

Como se recuerda, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/SUNAT, la Administración Tributaria consolidó en un solo cuerpo legal, las normas referidas a los libros y registros vinculados a asuntos tributarios. Sobre el particular, la Octava Disposición Complementaria y Final de la referida resolución estableció que la vigencia de ésta sería a partir del 01.01.2007, salvo en lo referido a la definición de Contabilidad Completa y a las disposiciones de la información mínima a ser incluida en los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, así como de los formatos que las integraban, pues éstas regirían a partir del 01.01.2008. Sin embargo, a través de diversas resoluciones, estas excepciones se han ido prorrogando. En efecto, inicialmente mediante la Res. de Sup. Nº 230-20007/ SUNAT, se dispuso que la vigencia de estos dos últimos aspectos se prorrogue hasta el 01.01.2009. Posteriormente mediante Res.de Sup.

Nº 017-2009/SUNAT se dispuso que sólo la aplicación del artículo 13º antes citado, se prorrogue hasta el 01.01.2010. Finalmente, mediante Res. De Sup. Nº 286-2009/SUNAT, nuevamente se ha vuelto prorrogar hasta el 01.07.2010 la aplicación de este artículo.

Dicha Resolución trae consigo determinadas formalidades y condiciones para el llevado de los Libros y Registros Vinculados a asuntos Tributarios. Sobre el particular, debe precisarse que la mayor parte de estas formalidades y condiciones entraron en vigencia el 01.01.2007. Sin embargo, tratándose de los formatos e información mínima de los citados libros y registros, su aplicación recién es de

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aplicación obligatoria a partir del 01.07.2010, ello en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Modificatoria de la Resolución de Superintendencia Nº 286-2009/SUNAT.

2.1.2 RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 234-2006/SUNAT NORMAS REFERIDAS A LIBROS Y REGISTROS VINCULADOS A ASUNTOS TRIBUTARIOS1

2.1.2.1 Procedimiento Para la Autorización de los Libros y Registros Contables

Los procedimientos para la autorización de los Libros y Registros Contables tal y como establece la R.S Nª 234- 2006/SUNAT, son las siguientes:

Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios deberán ser legalizados antes de su uso, incluso cuando sean llevados en hojas sueltas o continuas.

Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas deberán empastarse, de ser posible, hasta por un ejercicio gravable.

El empaste deberá efectuarse, como máximo, dentro de los cuatro primeros meses del ejercicio gravable siguiente al que correspondan las operaciones contenidas en dichos libros o registros.

Las hojas sueltas o continuas correspondientes a un libro o registro de una misma denominación, que no hubieran sido utilizadas para el registro de operaciones del ejercicio del que se trate, podrán emplearse para el registro de operaciones del ejercicio inmediato siguiente.

1 AYALA ZAVALA, Pascual “Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios en el Nuevo Plan

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2.1.2.2 Forma en que Deberán ser Llevados los Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios

En relación a la forma en que deberán ser llevados los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, El artículo 6º de la R.S.

Nº 234-2006/SUNAT y sus modificatorias precisan que los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que los deudores tributarios se encuentran obligados a llevar, deberán contar con la siguiente información mínima necesaria:

Contar con los siguientes datos de cabecera:

Denominación del libro o registro.

Periodo y/o ejercicio al que corresponde la información registrada.

Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón social de éste.

Contener el registro de las operaciones:

En orden cronológico o correlativo, salvo que por norma especial se establezca un orden pre- determinado.

De manera legible, sin espacios ni líneas en blanco, interpolaciones, enmendaduras, ni señales de haber sido alteradas.

Utilizando el Plan Contable General vigente en el país, a cuyo efecto emplearan cuentas contables desagregadas como mínimo a nivel de los dígitos establecidos en dicho plan, salvo que por aplicación de las normas tributarias deba realizarse una desagregación mayor.

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Totalizando sus importes por cada folio columna o cuenta contable hasta obtener el total general del periodo o ejercicio gravable, según corresponda, salvo que se traten de libros y/o registros utilizando hojas sueltas o continuas, en cuyo caso, la totalización se efectuará finalizado el periodo o ejercicio.

Contener folios originales, no admitiéndose la adhesión de hojas o folios, salvo disposición legal en contrario.

Adicionalmente los libros y registros contables deberán contener los registros o asientos de ajuste, reclasificación o rectificación que se realicen. El libro de Inventario y Balances, deberá ser firmado al cierre de cada periodo o ejercicio gravable, según corresponda, por el deudor tributario o su representante legal, así como por el Contador Público Colegiado o el Contador Mercantil responsable de su elaboración.

2.1.2.3 Plazo Máximo de Atraso

Mediante la R.S. Nº 234-2006/SUNAT se establece el Anexo 2, que especifica el tiempo de atraso permitido para la legalización e impresión o llevado de los libros y registros contables vinculados a asuntos tributarios, así como la forma de determinarlos. Por ejemplo:

El Registro de Compras tiene un vencimiento de 10 días hábiles contados desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se recepcione el comprobante de pago respectivo.

Libro Caja y Bancos tiene un vencimiento de 3 meses contados desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel

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en que se realizaron las operaciones relacionadas con el ingreso o salida del efectivo o equivalente del efectivo.

Así mismo este anexo ha sido modificado, mediante R.S Nº 196-2010/SUNAT, publicada el 26 de Junio del 2010;

específicamente referido al plazo máximo de atraso del Libro de Inventarios y Balances y restablece la obligación del llevado Registro de Inventario Permanente en unidades físicas y registro de inventario permanente valorizado.

Tratándose de deudores tributarios pertenecientes al Régimen General del impuesto a la renta el plazo máximo de atraso permitido es de tres (3) meses desde el día hábil siguiente al cierre del mes o del ejercicio gravable.

Tratándose de deudores tributarios pertenecientes al Régimen Especial del impuesto a la renta el plazo máximo de atraso permitido es de 10 días hábiles desde el día hábil siguiente al del cierre del mes o del ejercicio gravable, según del anexo del que se trate.

2.1.2.4 Pérdida o Destrucción de los Libros y Registros Vinculados a Asuntos Tributarios y Otros Antecedentes de Operaciones o Situaciones que Constituyan Hechos Susceptibles de generar Obligaciones Tributarias o Que Estén Relacionadas a Ellas

2.1.2.4.1 Comunicación de la Pérdida o Destrucción

Los Deudores tributarios que hubieran sufrido la pérdida o destrucción por siniestro, asalto y otros, de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios, documentos y

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otros antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o que estén relacionadas con ellas, respecto de tributos no prescritos, deberán comunicar tales hechos a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT dentro del plazo de quince (15) días hábiles establecido en el código tributario.

La citada comunicación deberá contener el detalle de los libros, registros, documentos y otros antecedentes mencionados en el párrafo anterior, así como el periodo tributario y/o ejercicio al que corresponden estos.

Adicionalmente, cuando se trate de libros y registros vinculados a asuntos tributarios, se deberá indicar la fecha en que fueron legalizados, el número de legalización, además de los apellidos y nombres del notario que efectuó la legalización o el número del Juzgado en que se realizo la misma, si fuera el caso.

En todos los casos se deberá adjuntar copia certificada expedida por la autoridad policial de la denuncia presentada por el deudor tributario respecto de la ocurrencia de los hechos materia de este artículo.

2.1.2.4.2 Plazo para Rehacer los Libros y Registros

Los deudores tributarios tendrán un plazo de sesenta (60) días calendarios para rehacer los libros y registros vinculados a asuntos tributarios. Solo en el caso que, por razones debidamente justificadas, el deudor tributario requiera un plazo mayor para rehacer los libros y registros vinculados a asuntos tributarios,

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documentos, la SUNAT otorgará la prórroga correspondiente, previa evaluación. Así mismo el deudor tributario deberá contar con la documentación sustentatoria que acredite los hechos que originaron la pérdida o destrucción, para lo cual los plazos se computaran a partir del día siguiente de ocurridos los hechos.

2.1.2.4.3 Verificación por parte de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT La SUNAT podrá verificar que el deudor tributario efectivamente hubiera sufrido la pérdida o destrucción señaladas, a efectos de acogerse al computo de los plazos señalados en el numeral 10.1 del artículo 10° de la RS N°234-2006/Sunat. De verificarse la falsedad de los hechos comunicados por el deudor tributario, la SUNAT podrá utilizar directamente los procedimientos de determinación sobre base presunta.

2.1.2.5 Contabilidad Completa

Los libros y registros contables/tributarios constituyen las herramientas fundamentales para obtener información, evaluar la eficiencia y desempeño de las diversas áreas y cumplir adecuadamente sus obligaciones.

Así en función a la información anotada en los libros y registros se elaboran los Estados Financieros, permitiendo cubrir las necesidades comunes de información de una amplia gama de usuarios. En efecto, dado que en ellos se anotan las operaciones realizadas por los contribuyentes, se proporciona a la Administración Tributaria evidencia

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documentaria constituyéndose también en una herramienta al momento de realizar sus labores de fiscalización y verificación.

El artículo 33º del Código de Comercio establece que en general todo negocio, sea persona natural o jurídica, debe llevar necesariamente, con la finalidad de proteger los intereses que confluyen en la empresa, los siguientes libros contables: (i) Inventario y balances, Diario, Mayor (Libros Principales) y (ii) los demás libros que ordenen las leyes especiales (Libros y Registros Auxiliares obligatorios).

De esta forma, en general a manera de resumen se puede decir que todo negociante obligado a llevar contabilidad completa debe llevar los siguientes libros y registros:

LIBROS Y REGISTROS

QUE DEBE LLEVAR NEGOCIOTODO

LIBROS PRINCIPALES

Diario, Mayor, Inventarios y Balances LIBROS AUXILIARES OBLIGATORIOS

Reg. De Compras, Ventas, Libro Caja y bancos, Registro de Control de Inventario

Reg. De Control de Bienes del Activo Fijo, Registro del regimen de Retenciones

Registro del Régimen de Percepciones, entre otros.

LIBROS AUXILIARES VOLUNTARIOS

Registro de control de cuentas por cobrar y cuentas por pagar, Libro bancos, libro de caja chica

Deberán llevar los contribuyentes en tanto resulten obligados y que por ende deben ser legalizados. Asi, respecto al Impuesto a la Renta, se regula la obligación de llevar libros y registros en función al tipo de renta que genere el contribuyente y para el caso de renta de tercera categoría, según el régimen en el

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cual se encuentra. Los contribuyentes del régimen general cuyos ingresos brutos sean mayores a 150 UIT llevaran Contabilidad Completa y de lo contrario contabilidad Simplificada (Registro de compras, ventas y Libro diario simplificado).

2.1.2.6 Información Mínima a ser Incluida en los Libros y Registros Vinculados a asuntos tributarios, así como los formatos que lo integran

Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios deberán contener adicionalmente a lo establecido en el artículo 6°, determinada información mínima, y de ser el caso, estarán integrados por formatos, para efectos del presente trabajo, se orientará a los libros obligatorios y principales de acuerdo a lo señalado a continuación:

LIBRO CAJA Y BANCOS

 En este libro se debe registrar mensualmente toda la información, proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo.

 En caso el deudor tributario lleve sus libros o registros utilizando hojas sueltas o continuas, se encontrara exceptuado de llevar el Libro Caja y bancos siempre que su información se encuentre contenida en el libro mayor.

LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES

 Este libro deberá contener, al cierre de cada ejercicio gravable, como mínimo la información indicada en los numerales 3.3 o 3.4 del presente artículo, según corresponda.

(26)

 Tratándose de fusión, escisión y demás formas de reorganización de sociedades o empresas, asi como de cierre o cese definitivo, los deudores tributarios se encontraran obligados a registrar como mínimo la información indicada en los numerales 3.3 o 3.4 del presente artículo, según corresponda.

 En el caso de deudores tributarios sujetos al Régimen especial del impuesto a la renta, el llevado de este libro se regirá por lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 071-2004/SUNAT.

 Los deudores tributarios que por norma especial utilicen un Plan Contable, Manual de contabilidad u otro similar, distinto al Plan Contable General Revisado, deberán consignar en los formatos incluidos en el numeral 3.5 del presente artículo, la información equivalente a la solicitada en cada uno de ellos.

LIBRO DIARIO

 Se deberá incluir los siguientes asientos: de apertura del ejercicio gravable, operaciones del mes, ajuste de operaciones de meses anteriores, de ser el caso, ajuste de operaciones del mes, cierre del ejercicio gravable.

 Así mismo deberá incluir mensualmente la siguiente información mínima:

o Numero correlativo del asiento contable o código único de la operación.

o Fecha de la operación.

o Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada.

o Referencia de la operación en caso el deudor tributario lleve su libro en forma manual,

(27)

indicando el código del libro o registro donde se registró, el numero correlativo del registro o código único de operación y el número de documento sustentatorio.

 Cuenta contable indicando:

o Código de cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado.

o Denominación de la cuenta contable, salvo el caso en que le deudor tributario utilice un número mayor a cuatro dígitos paras las sub cuentas.

 Movimiento : debe – haber

 Totales.

LIBRO MAYOR

 Fecha de operación.

 Numero correlativo de la operación en el libro diario, para los casos de contabilidad manual.

 Cuenta contable asociada a la operación, según lo siguiente:

o Código y/o denominación de la cuenta contable, según el plan de cuentas utilizado.

o Denominación de la cuenta contable.

o El deudor tributario podrá colocar esta información como datos de cabecera de considerarlo necesario.

 Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada.

(28)

 Saldos y movimientos de la cuenta:

o Saldo deudor, de ser el caso.

o Saldo acreedor, de ser el caso.

 Totales.

REGISTRO DE COMPRAS

 Numero correlativo del registro o código único de la operación de compra.

 Fecha de emisión del comprobante de pago o documento.

 Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energía eléctrica, agua potable y servicios telefónicos, lo que ocurra primero.

Fecha de pago del impuesto que grave la importación de bienes, utilización de servicios prestados por no domiciliados o la adquisición de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.

 Tipo de comprobante de pago o documento, de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT.

 Serie de comprobante de pago o documento. En los casos de la declaración única de aduanas o de la declaración simplificada de importación se consignará el código de la dependencia aduanera.

 Tipo de documento de identidad del proveedor.

 Numero del RUC del proveedor, o numero de documento de identidad según corresponda.

 Apellidos y nombres, denominación o razón social del proveedor. En caso de personas naturales se debe consignarlos los datos en el siguiente orden: apellido paterno, materno y nombre completo.

(29)

 Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación.

 Monto del Impuesto General a las ventas correspondiente a la adquisición registrada.

 Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas.

 Monto del Impuesto General a las ventas correspondiente a la adquisición registrada.

 Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación.

 Monto del Impuesto General a las ventas correspondiente a la adquisición registrada.

 Valor de las adquisiciones no gravadas.

 Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción.

 Importe total de las adquisiciones registradas según comprobantes de pago.

 Numero de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda.

REGISTRO DE VENTAS

 Numero correlativo del registro o código único de la operación de venta.

(30)

 Fecha de emisión del comprobante de pago o documento.

 En los casos de empresas de servicios públicos, adicionalmente deberá registrar la fecha de vencimiento y/o pago del servicio.

 Tipo de comprobante de pago o documento, de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT.

 Numero de Serie de comprobante de pago, documento o de la máquina registradora.

 Tipo de documento de identidad del cliente.

 Numero del RUC del cliente, cuando cuente con este o numero de documento de identidad según corresponda.

 Apellidos y nombres, denominación o razón social del cliente. En caso de personas naturales se debe consignarlos los datos en el siguiente orden: apellido paterno, materno y nombre completo.

 Base imponible de la operación gravada, en caso de ser una operación gravada con el Impuesto selectivo al consumo, no debe incluir el monto de dicho impuesto.

 Importe total de las operaciones exoneradas o inafectas.

 Impuesto selectivo al consumo.

 Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de promoción Municipal, de ser el caso.

 Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible.

 Importe total del comprobante de pago.

 Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia.

 En el caso de las notas de debito o las notas de crédito, adicionalmente se hará referencia al comprobante de

(31)

pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información:

o Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica.

o Tipo de comprobante de pago que se modifica.

o Numero de serie del comprobante de pago que se modifica

o Numero del comprobante de pago que se modifica

El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la exportación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada e inafecta.

2.2 EL PLAN CONTABLE GENERAL EMPRESARIAL 2.2.1 GENERALIDADES

El Consejo Normativo de Contabilidad en merito a sus funciones, realiza la aprobación del nuevo Plan Contable General Empresarial, según Resolución CNC N° 041-2008-EF/94, la misma cuya vigencia fue prorrogada hasta el ejercicio gravable 2011, así mismo se estableció su uso optativo durante los ejercicios 2009 y 2010.

Debemos indicar que el Plan Contable tiene como objetivo proporcionar a las empresas los códigos contables, para el registro sistemático de sus transacciones económicas, financieras, que le permitan tener un grado de análisis adecuado; y en base a ello obtener Estados Financieros que reflejen su situación económica y

(32)

financiera de manera razonable. Así mismo proporcionar a los organismos supervisores y de control, información estandarizada de las transacciones que las empresas efectúan.2

a) DISPOSICIONES GENERALES

Es requisito para la aplicación del Plan Contable General empresarial, observar lo que establecen las NIIF. De manera adicional y sin poner en riesgo la aplicación de lo dispuesto por las NIFF, se debe considerar las normas de derecho, la jurisprudencia y los usos y costumbres mercantiles. En general se debe considerar lo siguiente:

1. Empleo de las Cuentas

La contabilidad de las empresas se debe encontrar suficientemente detallada para permitir el reconocimiento contable de los hechos económicos, de acuerdo a lo dispuesto por este PCGE, y así facilitar la elaboración de los estados financieros completos y otra información financiera.

Las operaciones se deben registrar en las cuentas que corresponde a su naturaleza. Así mismo las empresas deben establecer en sus planes contables hasta cinco dígitos, los que se han establecido para el registro de la información según este PCGE. En algunos casos y por razones del manejo del detalle de información, las empresas pueden incorporar dígitos adicionales, según le sea necesario.

Si las empresas desarrollan más de una actividad económica, se deben establecer las sub cuentas y

2 EFFIO PEREDA, Fernando. “Plan Contable General Empresarial – Análisis, Casos Prácticos y

(33)

divisionarias que sean necesarias para el registro por separado de las operaciones que corresponden a cada actividad económica.

Las empresas pueden utilizar los códigos a nivel de dos dígitos (cuentas) y tres dígitos (subcuentas) que no han sido fijados en el PCGE, siempre que soliciten a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública la autorización correspondiente, a fin de lograr un uso homogéneo.

2. Sistemas y Registros Contables

La contabilidad refleja la inversión y el financiamiento de las empresas a través de la técnica de la partida doble.

Esta se refiere a que cada transacción se refleja, al menos, en dos cuentas o códigos contables, una o más de debito y otras de crédito.3

El registro contable no está supeditado a la existencia de un documento formal. En los casos en que la esencia de la operación se haya efectuado según lo señalado en el marco conceptual para la preparación y presentación de los estados financieros de las NIFF, corresponde efectuar el registro contable correspondiente asi no exista comprobante de sustento. Las transacciones que realizan las empresas, se anotan en los libros y registro contables que sean necesarios, sin perjuicio del cumplimiento de otras disposiciones de ley.

Los libros, registros, documentos y demás evidencias del registro contable, serán conservados por el tiempo que resulte necesario para el control y seguimiento de las

3 EFFIO PEREDA, Fernando. “Plan Contable General Empresarial – Análisis, Casos Prácticos y

(34)

transacciones, sin perjuicio de lo que prescriben otras disposiciones de ley.

2.2.2 COMPRARACION DEL PCGE VS PCGR

El Plan Contable General Empresarial incluye un cuadro de clasificación que separa las cuentas ya no bajo la denominación de Clase sino bajo el término Elementos acorde con los Estados Financieros, así también presenta el catálogo de las cuentas. Dicho catálogo se encuentra desarrollado a un nivel de cinco dígitos (como mínimo) desagregando las cuentas de acuerdo con su naturaleza, cabe señalar que el nivel de dígitos puede ser modificado incrementándose de acuerdo a las necesidades propias de cada entidad empresarial.

Elemento1: Activo Disponible y Exigible COMENTARIO:

1.- La cuenta 11 es una nueva cuenta que constituye la parte corriente de la cuenta 31 Valores del PCGR.

2.- Las cuentas por cobrar a clientes y otras cuentas por cobrar del PCGR se han reclasificado en cuentas por cobrar a terceros y en cuentas por cobrar vinculadas.

3.-La cuenta 38 se ha reclasificado siendo ahora la cuenta 18 cambiando de nombre.

(35)

Elemento2: Activo Realizable COMENTARIO:

1.- Se dio la creación de subcuentas específicas para identificar el origen de las existencias.

2.- La cuenta 24 y 26 del PCGR se han modificado, reclasificando su contenido en la cuenta 24 y 25 del PCGE, el objeto es que la cuenta 24 muestre el saldo de las materias primas.

3.- Se da la creación de una nueva Cuenta 27, “activos no corrientes mantenidos para la venta”, que se utilizará para registrar aquellos activos inmovilizados cuya recuperación se espera realizar principalmente a través de su venta y no de su uso continuo. Ello de conformidad con lo dispuesto por la NIIF

4.- Los bienes adquiridos para ser consumidos de forma inmediata, de acuerdo a la dinámica serán registrados en el rubro 603 “Materiales Auxiliares, Suministros y Repuestos”

divisionaria 6032 “Suministros” según el PCGE, y no formará parte del rubro existencias de la empresa.

PCGE PCGR

10. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO

11. INVERSIONES FINANCIERAS 12. CUENTAS POR COBRAR

COMERCIALES - TERCEROS 13. CUENTAS POR COBRAR

COMERCIALES - RELACIONADAS 14. CUENTAS POR COBRAR AL

PERSONAL, A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS), DIRECTORES Y GERENTES

16. CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS - TERCEROS 17. CUENTAS POR COBRAR

DIVERSAS -RELACIONADAS 18. SERVICIOS Y OTROS

CONTRATADOS POR ANTICIPADO

19. ESTIMACIÓN DE CUENTAS DE COBRANZA DUDOSA

10 CAJA Y BANCO

12 CLIENTE

14 CUENTAS POR COBRAR A ACCIONISTAS Y PERSONAL

16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS

38 CARGAS DIFERIDAS

19 PROVISION PARA CUENTAS DE COBRANZA

(36)

Elemento3: Activo Inmovilizado COMENTARIO:

1.- La cuenta 31 ha cambiado de nombre y código, PCGE es la cuenta 30 Inversiones Mobiliarias, conservando la dinámica de la cuenta 31.

2.- Se ha creado la cuenta 31 Inversiones Inmobiliarias, para registrar operaciones que generen de acuerdo a la NIC 40 Propiedad de Inversión.

3.- La cuenta 32 ha cambiado de nombre y código, siendo ahora la cuenta 36 Desvalorización de Activos Inmovilizados mantiene la misma dinámica.

4.- En el PCGE se ha creado una nueva cuenta 32 para registrar los activos adquiridos bajo el procedimiento de

PCGE PCGR

20. MERCADERÍAS

21. PRODUCTOS TERMINADOS 22. SUBPRODUCTOS, DESECHOS Y

DESPERDICIOS

23. PRODUCTOS EN PROCESO 24. MATERIAS PRIMAS 25. MATERIALES AUXILIARES,

SUMINISTROS Y REPUESTOS 26. ENVASES Y EMBALAJES 27. ACTIVOS NO CORRIENTES

MANTENIDOS PARA LA VENTA

28. EXISTENCIAS POR RECIBIR 29. DESVALORIZACIÓN DE

EXISTENCIAS

20 MERCADERIAS

21 PRODUCTOS TERMINADOS 22 SUB-PRODUCTOS, DESECHOS Y DESPERDICIOS

23 PRODUCTOS EN PROCESO 24 MATERIAS PRIMAS Y AUXILIARES

26 SUMINISTROS DIVERSOS ENVASES Y EMBALAJES

28 EXISTENCIAS POR RECIBIR

29 PROVISION PARA DESVALORIZACION DE EXISTENCIAS

(37)

arrendamiento financiero, en concordancia a la NIC 17 Arrendamientos.

5.- La cuenta 35 del actual plan de cuentas que registra el aumento de los activos por reevaluaciones se ha eliminado en el PCGE estos se registran en las cuentas 33 y 34.

6.- Se ha creado una cuenta nueva 35 para registrar los activos biológicos que se adquieran o se produzcan de acuerdo a la NIC 41 Agricultura.

7.- Las cuentas 36 y 37 que registra la compra de los activos fijos en amparo a dispositivos legales de programas de reinversión en el PCGE han sido suprimidas.

8.- Se ha creado la cuenta 37 para registrar es esta cuentas las diferencias de impuestos y participaciones de los trabajadores que se determinan en la aplicación de la NIC 12 Impuesto a la Renta.

9.-Se ha creado la cuenta 38 Otros Activos para registrar la compra de bienes de arte, cultura y otros

PCGE PCGR

30. INVERSIONES MOBILIARIAS 31. INVERSIONES INMOBILIARIAS 32. ACTIVOS ADQUIRIDOS EN ARRENDAMIENTO

FINANCIERO

33. INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO

34. INTANGIBLES

35. ACTIVOS BIOLÓGICOS 36. DESVALORIZACIÓN DE ACTIVO INMOVILIZADO 37. ACTIVO DIFERIDO 38. OTROS ACTIVOS 39. DEPRECIACIÓN,

AMORTIZACIÓN Y AGOTAMIENTO ACUMULADOS

31 VALORES

32 PROVISION PARA DESVALORIZACION DE LOS BIENES DEL ACTIVO FIJO

33 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO

36 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO- LEYES DE PROMOCION

37 INTANGIBLES-LEYES DE PROMOCION 38 CARGAS DIFERIDAS

39 DEPRECIACION Y AMORTIZACION ACUMULADA

(38)

Elemento 4: Pasivo COMENTARIO

1.- La cuenta 40 del PCGE ha sido ampliada para registrar las deudas a los fondos privados de pensiones.

2.- En la cuenta 41 de se incluye los beneficios sociales de los trabajadores y exceptuándose de la obligaciones con el directorio.

3.- Se han creado dos cuentas nuevas la 43 y 47 para registrar las deudas que tiene la empresa con sus entidades vinculadas por venta de bienes y servicios del giro de negocio y de las que provienes de otros conceptos.

4.- Se ha aperturado divisionarias por cada sujeto involucrado, incluyendo obligaciones con directores y gerentes reclasificando lo que figuraba 45 del PCGR.

5.- Se ha creado la cuenta 45 para registrar las deudas que tiene la empresa exclusivamente por préstamos, arrendamiento financiero e instrumento financieros diversos.

(39)

Elemento 5: Patrimonio neto COMENTARIO:

1.- La cuenta 55 ha cambiado de nombre y código, estos cambios se deben a que las leyes laborales vigentes se han modificado con relación a las normas que regían cuando se aprobó el actual plan de cuentas.

2.- Se ha creado una nueva cuenta 56 Resultados No Realizados, esta cuenta registra las operaciones vinculadas con instrumentos financieras de conformidad a la NIC 32 Insrumentos Financieros, revelación y presentación.

PCGE PCGR

40. TRIBUTOS,

CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR

41. REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR

PAGAR

42. CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES -TERCEROS 43. CUENTAS POR PAGAR

COMERCIALES - RELACIONADAS

44. CUENTAS POR PAGAR A LOS ACCIONISTAS (SOCIOS),

DIRECTORES Y GERENTES 45. OBLIGACIONES FINANCIERAS 46. CUENTAS POR PAGAR

DIVERSAS – TERCEROS 47. CUENTAS POR PAGAR

DIVERSAS - RELACIONADAS 48. PROVISIONES

49. PASIVO DIFERIDO

40 TRIBUTOS POR PAGAR

41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR

42 PROVEEDORES

45 DIVIDENDOS POR PAGAR

46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS

47 BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES

48 PROVISIONES DIVERSAS 49 GANANCIAS DIFERIDAS

(40)

Elemento 6: Gastos por naturaleza

COMENTARIO:

1.- Las cuentas 62, 63,65 y 67 en el PCGE se han modificado cambiando el concepto de cargas por gastos.

2.- Se ha eliminado la cuenta 66 del actual plan de cuentas, esto de debe a que la NIC 1 Presentación de Estados Financieros y los ajustes a de años anteriores se registran directamente en la cuenta 59 Resultados Acumulados en cumplimiento a las NIC 8 Políticas contables, cambios de estimaciones contables y errores.

3.- La cuenta 68 ha cambiado de nombre en el PCGE, sin embargo conserva su dinámica.

PCGE PCGR

50. CAPITAL

51. ACCIONES DE INVERSIÓN 52. CAPITAL ADICIONAL 56. RESULTADOS NO

REALIZADOS 57. EXCEDENTE DE

REVALUACIÓN 58. RESERVAS 59. RESULTADOS

ACUMULADOS

50 CAPÌTAL

55 ACCIONARIADO LABORAL

56 CAPITAL ADICIONAL

57 EXCEDENTES DE REVALUACION

58 RESERVAS

59 RESULTADOS ACUMULADOS

(41)

Elemento 7: Ingreso

COMENTARIOS:

1.- Se ha modificado el nombre de la cuenta 71 sin embargo permanece la dinámica del plan de cuentas actual, el cambio consiste en modificar el concepto de Producción Almacenada (o Desalmacenada) por Variación de la Producción Almacenada.

2.- De igual manera se ha cambiado el nombre de la cuenta 72 Producción Inmovilizada por la 72 Producción de Activo Inmovilizado manteniendo su misma dinámica, se ha incluido el concepto de activo biológico.

3.- Al igual que la cuenta de gastos extraordinarios se ha eliminado la cuenta 76 Ingresos excepcionales, como se explico este cambio se debe a que de acuerdo a la NIC 1 Presentación de Estados Financieros, no considera las partidas extraordinarias, y los ajustes de años anteriores se registra en la cuenta 59 de conformidad con la NIC 8 Políticas Contables, cambios de estimaciones contables y errores.

PCGE PCGR

60. COMPRAS

61. VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 62. GASTOS DE PERSONAL,

DIRECTORES Y GERENTES 63. GASTOS DE SERVICIOS

PRESTADOS POR TERCEROS 64. GASTOS POR TRIBUTOS 65. OTROS GASTOS DE GESTIÓN 66. PÉRDIDA POR MEDICIÓN DE

ACTIVOS NO FINANCIEROS AL VALOR RAZONABLE 67. GASTOS FINANCIEROS 68. VALUACIÓN Y DETERIORO DE

ACTIVO Y PROVISIONES 69. COSTO DE VENTAS

60 COMPRAS

61 VARIACION DE EXISTENCIAS 62 CARGAS DE PERSONAL

63 SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS 64 TRIBUTOS

65 CARGAS DIVERSAS DE GESTION 66 CARGAS EXCEPCIONALES

67 GASTOS FINANCIEROS 68 PROVISION DEL EJERCICIO

69 COSTOS DE VENTAS

(42)

Elemento 8: Saldos Intermediarios de gestión

Las cuentas de este grupo en el PCGE no han sufrido variación, se puede observar que el cambio más importante es la eliminación de la cuenta 87 Saldos Intermediarios de Gestión, por lo demás estas cuentas de cierre mantienen su propia dinámica del actual plan de cuentas.

Elemento 9: Contabilidad Analítica de explotación

Este grupo de cuentas son libres, cada empresa puede acondicionar a sus necesidades, no está normada.

PCGE PCGR

70. VENTAS

71. VARIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN ALMACENADA

72. PRODUCCIÓN DE ACTIVO INMOVILIZADO

73. DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES OBTENIDOS

74. DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES CONCEDIDOS 75. OTROS INGRESOS DE

GESTIÓN 76. GANANCIA POR

MEDICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS AL VALOR RAZONABLE 77. INGRESOS FINANCIEROS 78. CARGAS CUBIERTAS POR

PROVISIONES

79. CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTOS Y GASTOS

70 VENTAS

71 PRODUCCION ALMACENADA

72 PRODUCCION INMOBILIZADO

DESCUENTO,REBAJAS Y BONIFICACIONES OBTENIDAS

73 DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES CONCEDIDOS

75 INGRESOS DIVERSOS

76 INGRESOS EXCEPCIONALES

77 INGRESOS FINANCIEROS

78 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES 79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTA DE COSTOS

(43)

CAPITULO III

SISTEMA CONTABLE DE LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL

3.1 LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL

La Empresa de nombre comercial “Rapifarma EIRL” es una empresa con personería Jurídica, cuya actividad empresarial principal es la Distribución y comercialización de productos farmacéuticos (medicamentos).

La empresa fue constituida el 03 de Marzo del 2010; su apertura y funcionamiento de sus operaciones es desde la fecha de su inscripción en el Registro Mercantil; tiene personería jurídica, bajo el Decreto Ley N°

21621, base legal de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limita, cuyas siglas son: “EIRL”

.

Su representante legal es el Señor Reyder Arones Galindo, identificado con D.N.I. N° 28250862, con domicilio fiscal en la Av. Mariscal Cáceres N° 893 en la ciudad de Ayacucho, en su condición de Titular – Gerente de la empresa Comercial. Inscrita en la SUNAT dentro del rubro de la actividad económica de Comercialización de Productos Farmacéuticos.

Primeramente surge como una idea de negocio por parte del titular para dedicarse a las actividades de venta de productos farmacéuticos, en el mes de Marzo del ejercicio 2010, acogido al Régimen General del Impuesto a la Renta con la finalidad de dedicarse a la actividad de comercialización de productos farmacéuticos; de modo que a partir de esa fecha tenía la obligación de efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la renta y el impuesto General a las ventas, ya que como contribuyente ubicado en el régimen general se encontraba afecto a dichos impuestos.

(44)

La empresa inicia con un capital personal de S/ 60,000.00 conformado por bienes muebles y dinero en efectivo. Así mismo se inicia con los trámites para la autorización ante la Dirección Regional de Salud para la comercialización de medicamentos.

3.1.1. ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA 3.1.1.1 CONCEPTO

A la organización empresarial corresponde al proceso de organización de los recursos (humanos, financieros y materiales) de los que dispone la empresa, para alcanzar los objetivos deseados.4

La estructura organizativa del trabajo que tenga una empresa influye directamente en la percepción que pueda tener un trabajador de sus condiciones laborales y en su rendimiento profesional.

La estructura organizacional influye en la cantidad de reglas, procedimientos, trámites y otras limitaciones a que se ven enfrentados los trabajadores en el desarrollo de su trabajo.

La Organización es la combinación de los medios técnicos, humanos y financieros que componen la empresa, en función de la consecución de un fin, según las interrelaciones y dependencias de los elementos que lo constituyen.5

3.1.1.2 CLASIFICACION a) LINEAL

La organización lineal se fundamenta más en la autoridad y la responsabilidad que en la naturaleza de las habilidades, y se ejerce cuando la autoridad procede directamente de un nivel superior y donde cada subordinado es responsable sólo ante su superior jerárquico; es decir, siempre hay un supervisor que con autoridad

4http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3n_de_empresas

(45)

dirige a un subordinado y continúa el mando por escalas ininterrumpidas.

Sus características son:

Autoridad lineal y única: Es la autoridad del superior sobre los subordinados. Cada subordinado se reporta solamente a su superior, tiene un solo jefe y no recibe órdenes de ningún otro.

Líneas formales de comunicación: La comunicación se establece a través de las líneas existentes en el organigrama. Cada superior centraliza las comunicaciones en línea ascendente de los subordinados.

Organización formal: Es un sistema de tareas bien determinadas, cada una de estas tiene en si una determinada cantidad específica de autoridad, responsabilidad y deber de rendir cuentas.

b) FUNCIONAL

La organización funcional fue creada por Frederick Taylor y consiste en dividir el trabajo y establecer la especialización de manera que cada hombre, desde el gerente hasta el obrero ejecute el menor número de funciones.

Se basa en la naturaleza de las actividades a realizar y se organiza específicamente por departamentos o secciones, de acuerdo con los principios de la división del trabajo de las labores de una empresa, y aprovecha la preparación y las aptitudes profesionales del personal en donde puedan lograr mayor rendimiento.

La organización funcional se aplica particularmente en pequeñas, medianas y grandes empresas, donde al frente de cada departamento está un jefe que tiene a su cargo una función

(46)

determinada y como superior de todos los jefes está un director o gerente que coordina las tareas de aquéllos conforme a la concepción y propósitos de la empresa.

c) LINEO FUNCIONAL

Es una combinación de Organización Lineal y Funcional LINEAL: la responsabilidad y autoridad se transmite a través de un sólo jefe

para cada función especial.

FUNCIONAL: La especialización de cada actividad en una función, es más aplicable en las empresas.

Este tipo de organización es lineal, en cuanto que cada uno de los trabajadores, empleados y vendedores rinden cuentas a un solo supervisor en cada caso, con la modalidad de que en la organización de línea y asesoría existen especialistas que hacen las veces de asesores de la dirección en aspectos concretos y determinados. Esto no debe confundirse con que la autoridad se comparta, puesto que la función de los asesores es exclusivamente aportar sus consejos u opiniones, sin dar órdenes, ya que éstas provienen de línea.

Este tipo de organización trata de aprovechar las ventajas y evitar las desventajas de las anteriores estructuras.

d) POR COMITES

Es un cuerpo de personas que se reúnen y comprometen para discutir y decidir en común los problemas que se les encomiendan.

Clasificación:

DIRECTIVO: Representa a los accionistas de una empresa que se encargan de deliberar y resolver los asuntos que surgen de la misma.

EJECUTIVO: Es nombrado por el comité directivo para ejecutar los acuerdos.

(47)

DE VIGILANCIA: Personal de confianza que se encarga de inspeccionar.

CONSULTIVO: Integrado por especialistas que emiten dictámenes sobre asuntos que le son consultados.

e) STAFF

Surge como consecuencia de las grandes empresas y del avance de la tecnología, lo que origina la necesidad de contar con ayuda en el manejo de los detalles.

3.1.1.3 CONSTITUCION

La empresa es la institución o agente económico que toma las decisiones sobre la utilización de factores de la producción para obtener los bienes y servicios que se ofrecen en el mercado. La actividad productiva consiste en la transformación de bienes intermedios (materias primas y productos semi elaborados) en bienes finales, mediante el empleo de factores productivos (básicamente trabajo y capital).

“Una empresa es una organización o institución dedicada a actividades o persecución de fines económicos o comerciales “

Una empresa puede estar constituida legalmente como Persona Natural o Persona Jurídica. Para entender el funcionamiento de una empresa, primero debemos tener en claro cómo es que las empresas pueden organizarse o funcionar legalmente en nuestro país. Para ello es necesario que podamos distinguir entre los conceptos de persona natural, persona Jurídica, empresa, sociedad y empresa individual de responsabilidad limitada.

CONSTITUCION DE LA EMPRESA RAPIFARMA EIRL

Referencias

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