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TÉRMINOS DE REFERENCIA

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Academic year: 2022

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TÉRMINOS DE REFERENCIA

SERVICIO PROFESIONAL DE ENFERMERA(O) PARA EL SEGUIMIENTO EN SALUD OCUPACIONAL- ENFERMERA SEDE PUNO Y FRONTERA SUR DE

ELECTRO PUNO S.A.A.

1. ÁREA USUARIA

Gerencia y División: Gerencia General – División de Seguridad Integral y Medio Ambiente.

2. FINALIDAD PÚBLICA

ELECTRO PUNO S.A.A., es una empresa de servicio público de electricidad que requiere de trabajadores en condiciones saludables para desempeñar sus labores eficaz y eficientemente, para tal fin se debe establecer un procedimiento de vigilancia de la salud de los trabajadores para identificar, y controlar los riesgos ocupacionales, proporcionando información probatoria para fundamentar las medidas de prevención y control en los ambientes de trabajo.

3. ANTECEDENTES

La pandemia del COVID-19 ha tenido repercusión a nivel mundial, afectando gravemente las condiciones de trabajo por lo que para la asistencia a la salud de los trabajadores contar con una enfermera ocupacional, es de gran importancia en concordancia a la R.M. N° 972-2020/MINSA.

4. OBJETIVO

El presente documento tiene por objeto fijar los alcances y las condiciones para la contratación del Servicio de Profesional de la salud- Enfermera para la empresa Electro Puno S.A.A - Sede Puno, de manera que se cumpla lo establecido en la Ley N° 29783 “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus modificatorias”; así como de su Reglamento y la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 972-2020-MINSA.”

5. BASE LEGAL

- Ley de Concesiones Eléctricas Nº 25844 y su Reglamento D.S. 009-93-EM.

- Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento D.S.

Nº 005-2012-TR.

- Resolución Ministerial N° 111-2013-MEM/DM Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad.

- Decreto Supremo Nº 003-98-S.A. “Normas Técnicas del Seguro Complementario del Trabajo de Riesgos del 13-04-98.

- Ley Nº 26842, Ley General de Salud.

- Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud.

- R.M. 972-2020-MINSA “Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con riesgo de exposición a COVID 19”

- R.M. 597-2006/MINSA; NT Nº 022-MINSA/DGSP-V-02 “Norma Técnica de Salud para la Gestión de la Historia Clínica”.

- D.S. Nº 013-2002-SA. Aprueba Reglamento de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud. Art. 4°,5°,8° b), 9° b), 10° b), 11° b), ,20° c), 21° a), 23°.

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- D.S. Nº 014- 2002-SA. Aprueba Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud. Art. 4° d), 6° f), 1).

- R.M. N° 312-2011-MINSA

- NORMA TÉCNICA DE LOS SERVICIOS DE MEDICINA OCUPACIONAL (Instituto Nacional de Salud, Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente para la Salud – 04,05 diciembre 2008).

6. ALCANCES DEL SERVICIO

El servicio objeto de la presente contratación comprenderá a todo el personal con contrato a plazo fijo, indeterminado y de confianza que labora en las Sedes de Puno y la zona Sur de Electro Puno S.A.A.

7. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

 Control de temperatura del trabajador al ingreso y salida

 Registro sintomatológico COVID -19, de ingreso y periódicamente

 Monitorear las observaciones identificadas en los trabajadores durante las evaluaciones anuales.

 Asesorar en temas de salud a las diferentes áreas de la empresa.

 Brindar consultorías médicas a los trabajadores de ELPU- Sede Puno y Zona Sur.

 Realizar actividad educativa a los trabajadores en temas relacionados a la seguridad y salud en el trabajo, según el Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que serán presentados en el informe mensual.

 Atender la urgencia y emergencia de los trabajadores, de acuerdo a la normativa vigente, así como brindar atención médica en los casos que se requiera.

 Realizar atención al personal comprendido (ELPU) con respecto a la aplicación de inyecciones, suministro de vitaminas y realizar curaciones en el caso de que la situación lo amerite.

 Ejecutar programas de salud ocupacional, según el PASST.

 Dar soporte en el Plan Anual de Salud Ocupacional (Programas de Intervención), basada en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo Ley 29783 y otras normativas complementarias.

 Inspección mensual de los botiquines instalados en las oficinas de ELECTRO PUNO S.A.A

 Llevar y actualizar el registro de los exámenes médicos, enfermedades ocupacionales e informar a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del empleo sobre las enfermedades ocupacionales

 Informar al Jefe de la División de Seguridad y medio Ambiente, ante los problemas de salud detectados en los colaboradores y proponer el Plan de seguimiento.

 Elaborar informes médicos cuando sea requerido por la empresa. Estos deberán ser remitidos dentro de los cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de recibido el requerimiento.

8. SISTEMA DE CONTRATACIÓN Suma Alzada.

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9. REQUISITOS DEL POSTOR 9.1. Perfil Profesional:

 Licenciada en Enfermería, titulado, colegiado y habilitado por el Colegio de Enfermeros del Perú, acreditado con copia simple del título profesional y colegiatura.

 La habilidad de la enfermero(a) se acreditará con copia simple de habilitación para el inicio del servicio.

 Cursos sobre la prevención del COVID 19.

 Conocimientos Excel y Word.

 Adjuntar, declaración jurada de no estar impedido para contratar con el Estado.

 Adjuntar declaración jurada de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

 Copia simple de RNP vigente.

Nota: para el inicio del servicio el contratista deberá portar su prueba serológica COVID – 19 y su respectivo barbijo.

9.2. Competencias Genéricas

 Compromiso ético.

 Respeto por la vida, la salud de las personas y el ambiente.

 Trabajo en equipo.

 Liderazgo.

Orientación al servicio.

Aprendizaje continuo.

10. CONDICIONES DEL SERVICIO

10.1. Obligaciones de Electro Puno S.A.A.

 Facilitar el transporte a los servicios eléctricos de la zona sur e instalaciones adecuadas para la realización de las actividades del servicio objeto.

10.2. Obligaciones del Contratista

 Efectuar con calidad y oportunidad las actividades correspondientes al servicio.

 Contar con SCTR de Pensión y Salud, para el inicio del servicio

 Informar a la supervisión sobre todo lo actuado en cumplimiento del servicio.

 Contar con el equipamiento mínimo necesario para el cumplimiento de las condiciones del servicio.

11. EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

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El contratista deberá contar para el inicio del servicio lo siguiente: equipos de protección personal, vestimenta y entrenamiento sobre las tareas a realizar comprobado en la charla de inducción de seguridad y salud en el trabajo.

12. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

El plazo de ejecución del servicio comprenderá de 150 días calendarios, computados desde el día siguiente de la notificación del Pedido de Compra o similar.

13. ENTREGABLES

Informe de actividades.

14. FORMA DE PAGO

El pago se realizará de acuerdo con la valorización mensual según Informe de cumplimiento de actividades, previa aprobación y conformidad del área usuaria y/o supervisor del contrato, y presentación de:

 Informe de actividades mensuales.

 Comprobante de pago.

 Cuenta bancaria.

Las valorizaciones se realizarán según el siguiente avance del servicio:

 Primera valorización : 20% del monto total contratado vigente.

 Segunda valorización : 19% del monto total contratado vigente.

 Tercera valorización : 20% del monto total contratado vigente.

 Cuarta valorización : 19% del monto total contratado vigente.

 Quinta valorización : 22% del monto total contratado vigente.

15. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

El servicio de enfermera ocupacional se llevará a cabo cumpliendo 40 horas semanales en la Sede Puno: Jr. Mariano H. Cornejo N° 160 y Av. El Sol N° 826 y atención en caso de emergencias de la Zona Sur de Electro Puno S.A.A.

16. SUBCONTRATACIÓN

No procederá la subcontratación de alguna prestación en todo o en parte.

17. PENALIDAD

En el caso de retraso injustificado en la ejecución de la prestación, se aplicará al CONTRATISTA la Penalidad por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente formula:

𝑃𝑒𝑛𝑎𝑙𝑖𝑑𝑎𝑑 𝑑𝑖𝑎𝑟𝑖𝑎 = 0.10 𝑥 𝑚𝑜𝑛𝑡𝑜 𝑓 𝑥 𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑒𝑛 𝑑í𝑎𝑠 Donde f tiene los siguientes valores:

a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución de obras f = 0.40

b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:

b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías f = 0.25

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b.2) Para obras f= 0.15.

Se asignará al proveedor una penalidad hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10 %) del monto del contrato vigente, acumulado dicho porcentaje o excedido este, Electro Puno S.A.A., podrá resolver la orden de servicio y/o similar. Para lo cual bastara con emitir una comunicación al postor tal decisión.

18. OTRAS PENALIDADES

En caso de incumplimiento a las obligaciones se aplicará el siguiente cuadro de penalidades:

UP = Unidad de Penalización = S/. 50

Procedimiento para la aplicación de otras penalidades

Si el contratista incurre en alguno de los incumplimientos señalados en el cuadro que antecede, Electro Puno S.A.A. se lo hará saber a través de comunicación escrita, concediéndole un plazo no mayor a tres (03) días hábiles de recibida esta comunicación para que alcance sus comentarios o descargos adjuntando los medios probatorios que estime pertinentes.

Vencido dicho plazo, con los comentarios y descargos o sin ellos, Electro Puno S.A.A. evaluará el incumplimiento contractual imputado y de considerar que el mismo se ha configurado, remitirá una comunicación escrita al contratista en la que el aplique la penalidad establecida.

Supuestos de aplicación de Penalidad Penalidad Procedimiento Incumplimiento en la emisión de los

informes mensuales solicitados por la empresa en el plazo de 5 días hábiles antes de finalizar el mes.

1/2 UP por

vez Informe del

supervisor del contrato.

Incumplimiento injustificado a la

asistencia en emergencias de salud. 2 UP por

vez Informe del

supervisor del contrato.

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