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Convocatoria Estatal Programa de Desarrollo Cultural Municipal de Baja California Sur

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Convocatoria Estatal

2017-2018

Programa de Desarrollo

Cultural Municipal de Baja California Sur

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El Programa de Desarrollo Cultural Municipal de B.C.S. y los municipios de Mulegé, Loreto y Los Cabos, a través del Consejo Ciudadano de los municipios mencionados,

CONVOCAN:

A creadores, artistas, artesanos, grupos artísticos, promotores culturales y ciudadanos en general, interesados en la promoción, rescate, preservación y desarrollo de los Municipios de Mulegé, Loreto y Los Cabos; para participar en el Programa de Desarrollo Cultural Municipal con propuestas de trabajo cuya finalidad sea preservar, promover y difundir la cultura, tanto en sus expresiones locales como regionales, nacionales y universales, a través de acciones de investigación, capacitación, animación y difusión orientadas al desarrollo cultural de cada municipio.

Se otorgarán estímulos económicos a proyectos orientados a fortalecer procesos culturales en torno a uno de los siguientes campos y temas de la cultura municipal:

Difusión y animación cultural

a) Realización de jornadas de actividades culturales y artísticas (ciclos, foros, conferencias, muestras).

b) Apoyo a programas sistemáticos de animación cultural en plazas o foros públicos.

c) Contribución a las actividades culturales o artísticas de fiestas populares o tradicionales.

d) Apoyo a festivales artísticos.

e) Apoyo a presentaciones itinerantes de artistas y grupos foráneos en el municipio.

f) Apoyo a intercambios de artistas y grupos del municipio en el estado.

g) Apoyo a proyectos culturales de grupos o colectivos artísticos locales.

Formación artística: iniciación y actualización

a) Realización de talleres de formación artística para instructores, maestros de casas de cultura, centros culturales, centros o escuelas artísticas municipales.

b) Realización de cursos y talleres de formación en disciplinas artísticas para la comunidad de creadores o productores artísticos y artesanales.

c) Organización de conferencias, seminarios y residencias de formación artística.

Fortalecimiento de la infraestructura cultural

a) Contribución a la realización de equipamiento menor de espacios culturales existentes: archivo municipal, biblioteca municipal, casa de la cultura, centro cultural, foro abierto, teatro, galería o espacio de exhibición, auditorio, ágora, centro o escuela municipal de artes, museos, foros o salas de proyecciones, etcétera.

b) Contribución a las mejoras museológicas y museográficas de recintos patrimoniales locales o espacios de exhibición.

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BASES DE PARTICIPACIÓN

1.-Los participantes deberán ser mexicanos originarios de Baja California Sur, residentes en el municipio en el que proponen desarrollar su propuesta, con una antigüedad comprobable mínima ininterrumpida de los últimos tres años en el estado.

2.- En caso de presentar la propuesta de manera grupal, se deberá designar un responsable del proyecto, a cuyo nombre se entregará el apoyo económico en caso de ser aprobada la propuesta.

3.- Deberán presentar sus propuestas a máquina, computadora o en letra de molde legible, en original y dos copias, que incluyan:

a) Ficha de registro del proyecto.

b) Acta de nacimiento o comprobante de residencia.

c) Currículum vitae, individual.

d) Proyecto artístico o cultural a desarrollar en su municipio y explicar claramente en un documento anexo por qué considera que su proyecto es prioritario para el desarrollo cultural de su municipio.

e) Documento vigente de identificación personal.

f) Comprobante de domicilio.

* Los documentos personales y el material de apoyo que se presenten deberán ser copias, dado que no serán devueltos.

4.- El responsable deberá ser mayor de 18 años de edad al 02 de abril de 2018.

Preferentemente será un miembro que cuente con capacidad para administrar el apoyo económico y elaborar los informes de evaluación y financieros.

5.- Los interesados deberán acudir al lugar sede del Consejo Municipal de Cultura en las oficinas de las Direcciones de Cultura Municipal, para obtener el formato de elaboración de la propuesta. Una vez llenado, deberán entregarlo al Consejo Ciudadano de Cultura de su municipio, con los documentos anexos señalados en el punto 3.

*Para mayores informes en los teléfonos, direcciones y correos electrónicos anexos en directorio.

6.-El Programa otorgará apoyo económico para la realización de cada propuesta, por un monto no mayor a $50,000.00, pudiendo aprobar el Consejo Ciudadano, en coordinación con la Comisión Estatal, apoyos mayores cuando así lo justifique el proyecto.

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7.- Las propuestas que soliciten pago para instructor(es) o el responsable del proyecto, deberán contemplar en el presupuesto un monto máximo del 25% del recurso total solicitado para cubrir ese concepto, a menos que se trate de un proyecto que requiere en total un monto menor a

$20,000.00 (veinte mil pesos), donde el porcentaje de apoyo podría ser de hasta el 50%.

8.- El Consejo Ciudadano para el Desarrollo Cultural Municipal tendrá explícita facultad para modificar los montos, considerando aquellos recursos que no estén plenamente justificados o que se puedan redistribuir.

9.-Las propuestas que se presenten deberán considerar los puntos que se señalan en la ficha de registro. La duración de las mismas podrá ser máxima de 11 meses para el ejercicio del apoyo económico. En ningún caso el período de culminación excederá este tiempo. Para efecto de la presente convocatoria el periodo de ejecución del proyecto será del 15 de junio de 2018 al 15 de mayo de 2019.

10.- Podrán participar beneficiados de emisiones anteriores con la finalidad de darle continuidad al proyecto, siempre y cuando la evaluación del mismo haya sido satisfactoria y justifique su continuidad.

11.-En los siguientes casos específicos se deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Las propuestas que incluyan el acondicionamiento de espacios culturales (museos comunitarios, foros culturales y salones donde se impartan talleres, entre otros) deberán anexar copia del documento que avale la propiedad del espacio o la situación jurídica del inmueble, y en el caso de edificios o bienes que formen parte del patrimonio histórico o artístico es necesaria la autorización de las autoridades correspondientes (INAH o INBA) especificando que dicho espacio será habilitado para ser utilizado en actividades culturales por parte de la comunidad, anexando cronograma de trabajo, relación de adecuaciones y copia de presupuestos firmados por especialistas en la materia, que incluya conceptos, materiales y costos.

b) En el caso de los proyectos que involucren a otras Instituciones, se deberá contar con oficio o autorización expresa por parte de otras instituciones involucradas en el proyecto.

c) Los proyectos que requieran la compra de equipo o instrumentos musicales, así como la renta de servicios (producción, diseño, sonido, etc.), deberán incluir dos cotizaciones en papel membretado, en moneda nacional, que indiquen las características del equipo, instrumentos o servicios deseados y vigencia de las mismas. No será aceptada la propuesta que no cumpla este requisito y deberán anexar: carta expedida por las autoridades de la comunidad, donde se señale la participación de los proponentes en los eventos de carácter comunitario y sin fines de lucro. Carta elaborada por el grupo musical en donde aceptan que en caso de presentarse la desintegración del mismo en el periodo comprometido de su proyecto, los instrumentos serán entregados al

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Consejo Ciudadano de Desarrollo Cultural Municipal responsable del seguimiento del desarrollo de su proyecto, mismo que junto con la Comisión Estatal, acordarán la nueva asignación de los instrumentos, lo que permitirá garantizar su provecho para uso cultural, con beneficio a la sociedad.

d) Para la realización de actividades en espacios no pertenecientes al grupo o a quien presenta la propuesta (museos comunitarios, escuelas, centros culturales, casas de cultura o cualquier otro tipo de inmueble), será necesario entregar al Consejo Ciudadano copia de la carta del permiso de uso del inmueble extendida por la autoridad responsable o el propietario, en donde se señale la fecha de los eventos.

e) Los proyectos que incluyan obras protegidas por Derechos de Autor, Reserva de Derechos al Uso Exclusivo o cualquier otro derecho de propiedad intelectual, deberá contar con la debida autorización expresa del titular de los derechos patrimoniales correspondientes, será en todo tiempo responsabilidad del autor del proyecto el uso y explotación de tales derechos y responderá ante cualquier controversia legal que pueda suscitarse, dejando en todo tiempo en paz y a salvo a las Instituciones convocantes.

f) Las presentaciones públicas que se realicen en el marco de este programa deberán llevarse a cabo en las siguientes fechas:

*07 de julio de 2018

*04 de agosto de 2018

*01 de septiembre de 2018

*06 de octubre de 2018

*10 de noviembre de 2018

12.- La documentación que ampara cada propuesta será absoluta responsabilidad de los solicitantes, y sólo se contará con 5 días hábiles posteriores al cierre de la convocatoria para complementar la documentación en la oficina en la cual se registró la propuesta.

13.- Una vez aprobada la propuesta, todo cambio en las actividades o en el uso del recurso deberá ser solicitado previamente por escrito por el responsable, exponiendo las causas del cambio. Estas modificaciones sólo podrán realizarse con autorización escrita del Consejo Ciudadano de Cultura.

14.- Se aceptará una propuesta por solicitante ya sea individual o de grupo, aun tratándose de disciplinas distintas.

15.- El Consejo Ciudadano de cada municipio participante informará de manera directa los resultados de esta Convocatoria a los responsables de las propuestas aprobadas, y por correo electrónico o por escrito a todos aquellos que no fueron beneficiados con un apoyo económico del Programa.

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16.- El Consejo Ciudadano sesionará para evaluar y, de ser el caso, validar aquellos proyectos que resulten prioritarios para las comunidades; una vez realizada esta validación, el Consejo Ciudadano Municipal los presentará ante la Comisión Estatal; dicho Consejo también tiene la facultad de otorgar los recursos suficientes para los proyectos y/o declarar desiertos algunos campos temáticos.

17.- La Comisión Estatal de Consejos Ciudadanos para el Desarrollo Cultural Municipal de Baja California Sur, en tanto instancia corresponsable de la adecuada ejecución del Programa, está facultada para no autorizar la realización de aquellos proyectos, aun los validados por los Consejos Ciudadanos, que no correspondan con los objetivos, campos temáticos y líneas de acción de este Programa. Esta Comisión dictamina en forma definitiva y su fallo es inapelable.

18.- Los beneficiarios que resulten de la dictaminación, deberán firmar un Convenio con el Instituto Sudcaliforniano de Cultura en el que se presentan las obligaciones sobre el otorgamiento de los recursos, desarrollo y presentación de los informes para los beneficiados;

asimismo firmarán una carta compromiso con el Consejo Ciudadano.

19.- Los apoyos a proyectos no se entregarán en una sola exhibición, sino en el número de ministraciones que requiera de acuerdo con el tipo de proyecto y con base en el presupuesto aprobado para su realización.

20.- No podrán participar en esta convocatoria quienes:

a) Tengan informes pendientes o insatisfactorios derivados de apoyos anteriores, así como de otras convocatorias emitidas por las instituciones convocantes.

b) Hayan recibido hasta tres apoyos de este Programa.

c) Actualmente estén siendo apoyados por otro Programa convocado por el Instituto Sudcaliforniano de Cultura o la Secretaría de Cultura del Gobierno de la República.

21.- Los titulares de los proyectos ganadores son responsables de realizarlos sin que la Secretaría de Cultura del Gobierno de la República, el Instituto Sudcaliforniano de Cultura del Gobierno del estado de Baja California Sur, la Dirección Municipal de Cultura o el Consejo Ciudadano Municipal se comprometan a otorgar apoyos adicionales o de cualquier otra índole que impliquen erogaciones extraordinarias.

22.- Todo proyecto que resulte aprobado deberá retribuir a la comunidad, como un servicio social, a través de: presentaciones gratuitas, donaciones, exhibiciones, talleres u otros mecanismos, de acuerdo a cada proyecto, atendiendo preferentemente poblaciones y comunidades marginadas.

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23.- Los materiales, instrumentos y equipos comprados con recursos del Programa no son propiedad de los beneficiarios, por lo que el responsable de la propuesta deberá firmar un comodato para su utilización durante el periodo como beneficiario. El Consejo Ciudadano tiene la facultad de prestarle los artículos comprados por un periodo mayor o de facilitarlos a instituciones que organizan actividades culturales en su municipio.

24.- El Consejo Ciudadano hará periódicamente una revisión de los informes de avance, presentados en forma mensual por los responsables de los proyectos ganadores. Dicho órgano tiene la facultad de suspender, en cualquiera de sus etapas, las ministraciones de cualquier apoyo en caso de incumplimiento por parte de los beneficiarios del compromiso signado con el Programa de Desarrollo Cultural Municipal. Asimismo, en caso de haberse otorgado uno o más pagos y no demuestre el trabajo comprometido, la Comisión Estatal de Consejos Ciudadanos para el Desarrollo Cultural Municipal de Baja California Sur o el Consejo Ciudadano Municipal podrán exigir la devolución parcial o total del recurso asignado.

25.- Los responsables de los proyectos seleccionados, de acuerdo con lo establecido en la normatividad aplicable sobre la veda electoral, se comprometen a otorgar los créditos correspondientes al Programa de Desarrollo Cultural Municipal de Baja California Sur.

26.- La fecha límite para presentar los proyectos a concurso es el día 02 de mayo de 2018 a las 15:00 horas. Los resultados del concurso se darán a conocer a partir del 15 de mayo de 2018. La primera ministración de los apoyos se otorgara a partir del 15 de junio de 2018.

27.- Las fechas de recepción de proyectos tendrán vigencia del 02 de abril al 02 mayo de 2018.

28.-Las circunstancias no previstas en esta convocatoria serán resueltas en definitiva por la Comisión Estatal de Consejos Ciudadanos para el Desarrollo Cultural Municipal de Baja California Sur.

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El Programa de Desarrollo Cultural Municipal de Baja California Sur (PDCM/BCS)

opera de manera descentralizada. Cada Municipio participante cuenta con

presupuesto propio, administrado por un Consejo Ciudadano de Desarrollo

Cultural Municipal, integrado por un representante del Ayuntamiento, un

representante del Instituto Sudcaliforniano de Cultura (ISC) y miembros de la

sociedad civil, quienes pre dictaminarán las propuestas, que finalmente serán

validadas por la Comisión Estatal de Consejos Ciudadanos para el Desarrollo

Cultural Municipal de Baja California Sur, conformada por dos representantes de

cada Consejo Ciudadano Municipal participante en el Programa, uno del Instituto

Sudcaliforniano de Cultura, uno de la Secretaría de Cultura del Gobierno de la

República, y dos miembros de la iniciativa privada.

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GUÍA PARA LA FORMULACIÓN DE PROPUESTAS Nombre del proyecto.

1. II. Datos de quienes lo presentan:

 Nombre completo del responsable.

 Mencionar el nombre y antigüedad del grupo, asociaciones civiles, cooperativas, etc., postulantes de la propuesta.

 Señalar número, nombres y firmas de las personas que participarán directamente en la propuesta.

 Anotar datos personales y domiciliarios del responsable de la propuesta: domicilio completo (calle, número, colonia, pueblo o municipio, entidad federativa y código postal), teléfono (particular, celular o para dejar mensaje), correo electrónico y firma.

 Describir los antecedentes del trabajo cultural que haya desarrollado el grupo, asociación civil, cooperativa, etc. En caso de ser una iniciativa individual, especificar las experiencias de trabajo cultural comunitario realizadas por el responsable.

2. III. Datos de la propuesta:

 Describa en una cuartilla el tema cultural que se propone desarrollar en la propuesta.

 Problemáticas o necesidades que se atenderán del tema cultural planteado.

 Señalar el (los) objetivo (s) que se pretende (n) alcanzar con el desarrollo del proyecto.

 Si la propuesta se desarrollará en una o varias comunidades indígenas, mencionar el o los grupos étnicos al que pertenecen.

 Indicar el nombre del (los) lugar (es) que serán beneficiados con la propuesta (comunidad, municipio y región).

 Indicar las características de (los) lugar (es) donde se trabajará la propuesta:

Rural, urbano o mixto (características rurales y urbanas).

Mencionar el tipo de población participante en las actividades establecidas en la propuesta: niños, jóvenes o adultos.

Indicar si la población que atiende la propuesta presenta características particulares, como pueden ser: niños de la calle, tercera edad o grupos con capacidades diferentes.

Describir de forma mensual, detallada y calendarizada cada una de las actividades que se llevarán al cabo.

Describir los productos y resultados culturales que se obtendrán al realizar la propuesta.

Señalar la cantidad total de dinero solicitada, especificando tipo de gasto, cantidad de dinero y mes en que lo usará, de acuerdo a los tiempos de ministración establecidos en esta convocatoria.

En caso de que el grupo o la comunidad aporten recursos propios para el desarrollo de las actividades (infraestructura, recursos materiales, humanos y financieros), describir en qué consisten y su aplicación.

Si la propuesta cuenta con recursos y apoyos de otras instituciones, señalar en qué consisten y el nombre de la institución que los otorga.

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DIRECTORIO

Dirección: Casa de Cultura del Estado; Madero entre Salvatierra y Torre Iglesias, Colonia El Esterito, C.P. 23020, La Paz, B.C.S.

Tel. (612) 12 2 90 40

Correo electrónico: [email protected]

Municipio de Mulegé / Consejo Ciudadano

C. Luis Octavio Villavicencio Meza, Coordinador del Consejo Ciudadano municipal para el Desarrollo Cultural de Mulegé, B.C.S.

Dirección: Manuel F. Montoya entre Profesora Rafaela Ahumada y Rosario Altamirano Teléfono (615) 10 4 72 92

Horario de atención: Lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas Correo electrónico: [email protected]

Municipio de Loreto / Consejo Ciudadano

Profr. Jaime González, Coordinador del Consejo Ciudadano municipal para el Desarrollo Cultural de Loreto, B.C.S.

Dirección: Universidad Autónoma de B.C.S. Campus Loreto; Boulevard Paseo Ugarte s/n Teléfonos (613) 13 5 23 47 / 613 10 9 27 66

Horario de atención: Lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas Correo electrónico: [email protected]

Municipios de Los Cabos / Consejo Ciudadano

Profr. Javier José Aja Carballo, Coordinador del Consejo Ciudadano municipal para el Desarrollo Cultural de Los Cabos, B.C.S.

Dirección: Escuela Municipal de Música ¨Concepción Olachea Montejano¨ calle Paseo de Barlovento esquina Mistral, Colonia El Rosarito, San José del Cabo, B.C.S. C.P.23407.

Teléfono (624) 12 0 57 02

Horario de atención: Lunes a viernes, de 8:00 a 15:00 horas Correo electrónico: [email protected]

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IMPORTANTE

Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de impuestos que pagan todos los contribuyentes.

Está prohibido el uso de este Programa con fines políticos,

electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien

haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser

denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y

ante la autoridad competente. Baja California Sur, México,

abril de 2018.

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