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Modelo de Carpeta Fiscal Feminicidio.docx

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(1)

UNIVERSIDAD ANDINA “NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ”

Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

Carrera Profesional de Derecho

Semestre: XI - “A”

CARPETA FISCAL:

DELITO DE

PARRICIDIO

CURSO: PRACTICA FORENCE PENAL

DOCENTE:

OCHATOMA PARAVICINO FELIX

PRESENTADO POR:

MEDINA MAMANI ELIZABETH

MERCEDES

XI – “B”

PUNO – PERU

2015

(2)

A Dios;

A mis padres por darme la mejor

educación y enseñarme que todas las

cosas hay que valorarlas, trabajarlas y

luchar para logras los objetivos de la

(3)

MINISTERIO PÚBLICO

PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL

CORPORATIVA DE PUNO

CUARTO DESPACHO DE ADECUACION

CARPETA FISCAL ORIGINAL

CASO Nro.: 21768470201-2014-301-0

EXPEDIENTE JUDICIAL Nro.: 00080-2014-17-2111-JR-PE-01

IMPUTADO: RAFAEL MAMANI QUISPE

DELITO: FEMINICIDIO

DENUNCIANTE:

FISCAL ENCARGADO: ELIZABETH MERCEDES MEDINA MAMANI

(4)

CARGO DE INGRESO DE CARPETA FISCAL

CASO : 2706124501-2014-39-0 DEPENDENCIA: 1FPPC-PUNO ESPECIALIDAD : PENAL DISTRITO JUDICIAL: PUNO

F. INGRESO : 20/01/2014 08:46

MOTIVO DE INGRESO : INFORME POLICIAL NRO. FOLIOS:

INFORME POLICIAL : INFORME POLICIAL Nº 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-

P/DEPICAJPF-SEINCRI

NUMERO DE OFICIO : OFC.Nº 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P OBSERVACIONES :

DELITO (S) : PARRICIDIO (FEMINICIDIO)

IMPUTADO (S) : RAFAEL MAMANI QUISPE CONDICION: AGRAVIADO (S) :

Tipo Evidencia Sub Tipo Evidencia Cantidad Descripción de la Evidencia Condición

DOCUMENTACION 1 DOCUMENTOS ANEXOS AL INFORME

REMITIDO POR LA PNP

CASOS RELACIONADOS CON LAS PARTES:

CASO FEC. DE HECHO APELLIDOS Y NOMBRES TIPO DE PARTE DOC. INDET. N° DOCUM.

Recibido

Ministerio Público 1FPPC-PUNO SGF

(5)

POLICIA NACIONAL DEL PERU FRENPOL PNP CALLAO – DIVICAJ OFICINA DE CRIMINALISTICA CALLAO

“AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL COMPROMISO CLIMATICO”

Puno, 08 de junio del 2014.

OFC.Nº 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P

SEÑOR : DRA. Elizabeth Mercedes MEDINA MAMANI

Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de Adecuación e Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno.

ASUNTO : Actuados Policiales, por motivos que se indica. REMITE –

Es grato dirigirme a Ud. Con la finalidad de remitir adjunto al presente, los actuados policiales, con relación al presunto Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud (presunto feminicidio), hecho sucedido el día 07JUN2014, de esta ciudad de Puno; adjuntándose al presente los siguientes documentos:

- Un (01) Acta de Intervención Policial

- Dos (02) Acta de constatación policial.

- Una (01) Providencia Fiscal

- Una (01) Copia de of. 673 – OFICRI.

Lo que se cumple en comunicar a su despacho para sar cumplimiento a la ley Nro. 27934, (que regula la intervención de la policía y el ministerio público, en la investigación preliminar del delito). Significándole que una vez analizados los hechos, los actuados deberán der remitidos ante la sección de Investigación

MINISTERIO PÚBLICO 1RA FISCALIA CORPORATIVA

PENAL

MESA DE PARTES

(6)

Criminal (SEINCRI), en vista de que lo sucedido constituirá el grave Delito de Feminicidio.

Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y deferente estima personal.

(7)

ACTA DE CONSTATACION

En Puno, siendo las horas del día presente el instructor, en la

vivienda sito en , de

propiedad de , con años

de edad, natural de estado civil de ocupación,

con instrucción identificado con

DNI N° , domiciliado en

; se procedió a realizar la presente

diligencia de Constatación en presencia del RMP. Dr.

procediéndose a levantar la

presente ACTA DE CONSTATACION, verificando lo siguiente conforme se detalla a continuación:

(8)

La presente diligencia se da por concluida a las

horas del día de la fecha, firmado en señal de conformidad el(la) testigo,

en presencia del RMP y el instructor que certifica.--- ---

EL ISTRUCTOR SOLICITANTE

(9)

POLICIA NACIONAL DEL PERÚ-REGPOL – PUNO

DEPENDENCIA POLICIAL COMISARIA PNP SECCION DE INVESTIGACION DE DELITOS

ACTA DE CONSTATACION

---En la cuidad de Puno, siendo las horas del día , presente el

instructor, en la vivienda sito en en

presencia del denunciante

DNI , se procedió a realizar la presente diligencia de constatación en

presencia del RMP Dr. y peritos de

la OFICRI procediéndose a levantar la presente

ACTA DE CONSTATACION, verificando lo siguiente conforme se detalla a continuación;

(10)

---La presente diligencia se da por concluida a las horas del día de la fecha firmando los presentes en señal de conformidad.

INSTRUCTOR DENUNCIANTE

(11)

POLICIA NACIONAL DEL PERU FRENPOL PNP PUNO – DIVICAJ

OFICINA DE CRIMINALISTICA PUNO

INFORME POLICIAL Nº 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-

P/DEPICAJPF-SEINCRI

Datos de la Fiscalía de turno

Fiscalía : Primera Fiscalía Provincial Penal

Corporativa de Puno

Nombres y Apellidos del Fiscal : ELIZABETH MERCEDES MEDINA

MAMANI

Departamento: Puno. Provincia : Puno. Distrito : Puno.

Datos de la Dependencia Policial

Lugar : Puno.

Dep. Policial que recepciona la denuncia : Sección de investigación de

Delitos de la Comisaría PNP Puno.

Fecha de la Intervención : 07 de Junio del 2014.

Jefe de la Dependencia Policial

Nombre y Apellidos : Víctor Raúl CORDOVA PONCE. Grado

: Alférez PNP. 349997.

CIP Nro : 349997

I. ANTECEDENTES QUE MOTIVAN LA INTERVENCIÓN POLICIAL.

A. Origen de la Denuncia

1. Hecho Delictivo Público

- Tipo de documento: Acta de Intervención Policial., de fecha 07 de Junio del 2014.

- Fecha de recepción: 07 de Julio del 2014.

(12)

diligencias:

Nombres : VICTOR

Apellido paterno : CARTAGENA

Apellido materno : ESCALAYA

Grado Policial : SOT1 PNP.

Dependencia donde presta servicios: SECCIÓN DE

INVESTIGACIÓN DE DELITOS DE LA COMISARIA PNP PUNO.

3. Nombre completo del denunciante:

Nombres : Gina

Apellido paterno : TORREALVA

Apellido materno : MONTESINOS

Relación con la víctima: Arrendadora Documento de identidad: DNI

Numero : 44556677

II. MOTIVO DE LA DENUNCIA:

POR LA COMISION DEL DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD EN SU MODALIDAD DE HOMICIDIO Y EN SU FORMA DE PARRICIDIO.

Fecha de los hechos

Año: 2014 Mes: JUNIO Día: 01 Hora: 12:30m.

Lugar de los hechos denunciados

País: PERU Depart: PUNO Provinc: PUNO Distrito: PUNO

Dirección: Jr. JR. El Puerto Nº 345.

Medios para la comisión del delito

- Proyectil de bala de arma de fuego PAF.

(13)

III. DATOS PERSONALES DEL IMPUTADO Y COMPROBACION DEL DOMICILIO

1. Nombre: Zoe del Pilar Rivera Ramos (21)

Dirección: Jr. El Puerto N° 345.

IV. PARTE INVOLUCRADA

Presunto agraviado: Isabella Ramos Garcia (41)

Condición de la victima - Adulto

Especificar si se utilizó armas: - Fuego

Detalle:

V. DESCRIPCION DE LOS HECHOS

---Que, el día 07 de Junio del 2014, siendo las 13:30 m. aprox. En la cuidad de Puno, en el Jr. El puerto N° 345, la persona de ISABELLA RAMOS GARCIA (41), fue víctima del delito contra la vida el cuerpo y la salud (parricidio) con arma de fuego (---), por parte de ZOE DEL PILAR RIVERA RAMOS.

VI. RELACION DE DILIGENCIAS EFECTUADAS - Recepción de la denuncia

- Declaración del denunciante

- Diligencias orientadas a la identificación física de los autores y participes del delito.

VII. ACTAS LEVANTADAS

- Acta de intervención policial con detención del imputado.

- Acta de recojo Y/O recepción y conservación de los objetos e instrumentos relacionados con el delito, así como todo elemento material que pueda servir a la investigación

(14)

- Notificación de detención

- Acta de lectura de derechos de la detenida ZOE DEL PILAR RIVERA RAMOS - Constancia de buen trato del detenido

VIII. ANTECEDENTES POLICIALES Y/O REQUISITORIAS

----Que, solicitamos los antecedentes policiales y requisitorias del imputado detenido, la policía Judicial PNP- Puno, a la formulación del presente documento no se a obtenido resultado.--- ---

IX. ANALISIS DE LOS HECHOS

Que el día 07 de Junio del año 2014, siendo aproximadamente las 13:20 de la tarde la persona de GENOVEVA SUPO TURPO propietaria del inmueble ubicado en el Jirón El Puerto Nº 610-B puso de conocimiento ante el personal de la SEINCRI PNP Puno, que en el interior de la habitación que alquilaba la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, y que estos hechos fueron percatados por la propietaria del inmueble en horas de la mañana en circunstancias que se habría apersonado a la habitación de RAFAEL MAMANI QUISPE con la finalidad de cobrarle el alquiler y que por uno de los agujeros de la puerta de acceso pudo advertir que en el interior por detrás de la puerta se encontraba el cuerpo de una persona de sexo femenino que no respondía a su llamado y que al parecer se encontraba inerte. Y al constituirse el Fiscal Penal de Turno, personal policial de la SEINCRI PNP Puno, peritos policiales de la OFICRI PNP Puno y Médico Legista, se pudo constatar que la habitación alquilada por RAFAEL MAMANI QUISPE donde se hallaba el cuerpo de sexo femenino se encontraba cerrado por su parte exterior con un candado amarillo marca LION el mismo que fue violentado (palanqueado) previa autorización de la propietaria GENOVEVA SUPO TURPO y que al ingresar a la habitación se observo a la fémina que se encontraba en posición de cubito lateral izquierdo y sin vida presentando un orifico a la altura de la cien al parecer de un proyectil de bala de arma de fuego PAF. Asimismo, de las investigaciones preliminares realizadas se a podido determinar que la persona de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA mantenía una

(15)

relación amorosa con el investigado RAFAEL MAMANI QUISPE, desde el mes de agosto del 2010, y que el responsable de los hechos sobre el fallecimiento de la persona de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA es la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE conforme se contribuyen con los indicios y evidencias acopiados preliminarmente, hechos que han sido investigados penalmente conforme a ley.

X. SITUACION DEL IMPUTADO

La persona de RAFAEL MAMANI QUISPE se encuentra como no habido.

XI. ANEXOS

- Una (01) denuncia del hecho delictivo en formato - Un (01) acta de intervención policial

- Una(01) hoja de registro RENIEC del detenido - Tres (04) declaraciones

- Dos (02) constancias de notificación

- Un (01) acta de recepción y cadena custodia

(16)

DECLARACION DE GENOVEVA SUPO TURPO

Fecha : 08 de junio del 2014

Hora de inicio : 10:50

Lugar : oficina de la policía judicial PNP – Puno

DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA

NOMBRES Y APELLIDOS : GENOVEVA SUPO TURPO

EDAD 40

FECHA DE NACIMIENTO : 27-SET-1970

GRADO DE INSTRUCCIÓN : SECUNDARIA COMPLETA

DNI : 41345678

PROFESION U OFICIO : AMA DE CASA

DOMICILIO : JR. EL PUERTO N° 610-B

TELEFONO :

Se procede a tomar declaración, quien en conocimiento de los derechos contemplados en su favor en el artículo 94, 95, 96, del Código Procesal Penal, ha manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razón de lo anterior, expresa lo siguiente:

En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto de la primera fiscalía penal corporativa de Puno.

01. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si para rendir su presente declaración requiere ser

asistido de un abogado defensor? Dijo;

---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP. ---Que soy ama de casa y solo percibo los alquileres de mi casa ubicada en el Jr. El Puerto 610-B.

02. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI

QUISPE de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

(17)

---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es mi inquilino desde marzo del año 2011.

03. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI

CHECALLA de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es conviviente del señor RAFAEL MAMANI QUISPE.

04. PREGUNTANDO DIGA: ¿Narre la forma y circunstancias de cómo se entera del

hecho criminal? Dijo;

---Que, el día 06 de junio del presente año siendo altas horas de la noche se escuchó una discusión desde el cuarto del señor RAFAEL MAMANI QUISPE, luego de unos instantes se oye la puerta que da con la calle, me fije por la ventana y era el señor antes mencionado, no le tome mucha importancia, por lo que pase a dormir, a la mañana siguiente a eso de las 6:30 a.m cuando yo estoy barriendo el patio de mi casa es cuando veo llegar al señor antes mencionado, con una bolsa negra que contenia como una especie de caja dentro de ella, me saludo y lo salude, lo vi nervioso, y se fue directo a su cuarto, después yo pase a mi cuarto que se encuentra dos pisos arriba, fui a preparar mi desayuno y comer respectivamente, luego aproximadamente a las 11:00 a.m. baje para hacer el cobro respectivo de los alquileres, pase primero al cuarto de la señorita EDIT ROXANA RUELAS CCAMA, su cuarto se encuentra al frente del cuarto del señor RAFAEL MAMANI QUISPE, ya que su cuarto de dicho señor se encontraba cerrada, le cobre el alquiler a la señorita y le pregunte si había visto al señor, y me dijo que salió hace como 0 min. Todo apresurado, pero que no había visto salir a la señora con la que vivía, me dijo que lo vio salir apresurado y todo nervioso, por lo que le pedí que fuéramos a la puerta de su cuarto del señor, pero esta estaba cerrada con candado, llame a la puerta, pero nadie contesto es así que por uno de los agujeros de la puerta mire hacia dentro del cuarto y me percate que estaba la señora con la que vivía de forma horizontal e inerte, es así como le digo a la señorita que viera lo que yo veo, y me corroboro que si era su conviviente, entonces es que le dije a la señorita para que me acompañara a la comisaría más cercana, pero ella me

(18)

dijo que debía ir a la universidad, es por eso que seguidamente fui a la comisaria a poner conocimiento sobre este hecho.

05. PREGUNTANDO DIGA: ¿si tiene conocimiento u observo con que objeto la persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

---Que, no conoce dicho objeto.

06. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene conocimiento que el señor RAFAEL MAMANI

QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

---Que, nunca lo he visto en una actitud agresiva, salvo día anterior por su discusión, siempre se portó amable y bueno.

07. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene algo más que agregar, quitar o modificar en

su presente declaración? Dijo; ---Que, no.

(19)

CONSATANCIA DE NOTIFICACION

Señora : GENOVEVA SUPO TURPO

Domicilio : Jr. El Puerto N° 610-B

Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud. Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida su presencia física y para mayor conformidad firma e imprime su índice en señal de conformidad frente al instructor que certifica.

Puno, 08 de junio del 2014.

ENTERADO

GENOVEVA SUPO TURPO CIP. 31239845

(20)

DECLARACION DE EDIT ROXANA RUELAS CCAMA.

Fecha : 08 de junio del 2014

Hora de inicio : 11:50

Lugar : oficina de la policía judicial PNP – Puno

DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA

NOMBRES Y APELLIDOS : ROXANA RUELAS CCAMA

EDAD 20

FECHA DE NACIMIENTO : 27-SET-1991

GRADO DE INSTRUCCIÓN : SECUNDARIA COMPLETA

DNI : 72345678

PROFESION U OFICIO : ESTUDIANTE UNIVERSITARIO

DOMICILIO : JR. EL PUERTO N° 610-B

TELEFONO :

Se procede a tomar declaración, quien en conocimiento de los derechos contemplados en su favor en el artículo 94, 95, 96, del Código Procesal Penal, ha manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razón de lo anterior, expresa lo siguiente:

En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto de la primera fiscalía penal corporativa de Puno.

01. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si para rendir su presente declaración requiere ser

asistido de un abogado defensor? Dijo;

---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP. ---Que soy estudiante universitario de la UNA –Puno.

02. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI

QUISPE de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

(21)

mi vecino de cuarto ya que su cuarto da al frente del mio.

03. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI

CHECALLA de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es conviviente del señor RAFAEL MAMANI QUISPE.

04. PREGUNTANDO DIGA: ¿Narre la forma y circunstancias de cómo se entera del

hecho criminal? Dijo;

---Que, el día 06 de junio del presente año siendo altas horas de la noche se escuchó una discusión desde el cuarto del señor RAFAEL MAMANI QUISPE, luego de unos instantes se oye la puerta que da con la calle, no me fije porque no le tome mucha importancia, por lo que pase a dormir, a la mañana siguiente a eso de las 10:30 se escucha un sonido raro desde el cuarto del señor RAFEL MAMANI QUISPE, yo no le tome mucha importancia, porque yo estaba haciendo mis trabajos de la universidad luego pasado unos 20 minutos, lo vi salir de su cuarto cerrándolo con candado lo salude me saludo y lo vi salir todo apresurado y nervioso con una mochila, seguidamente a esas horas, luego aproximadamente a las 11:00 a.m. oigo el llamado a mi puerta, y era la dueña de casa que estaba cobrando los alquileres, y me pregunto si había visto al señor RAFAEL MAMANI QUISPE, y le dije lo que yo había notado que el salió solo todo apresurado y nervioso con una pequeña mochila, entonces la señora paso a llamar a la puerta del cuartadle señor, pero nadie contesto es así como vio por uno de los agujeros de la puerta, y me dijo que había visto a la su conviviente inerte, y m e dijo que viera para corroborar , hizo eso, y definitivamente así era, es entonces que la señora me pide para que pudiera acompañarla a la comisaria, pero le dije que no podía porque tenía que ir a la universidad, es así que ella sube a su cuarto para poder alistarse e ir a la comisaria a poner en conocimiento el hecho.

05. PREGUNTANDO DIGA: ¿si tiene conocimiento u observo con que objeto la persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

(22)

---Que, no conoce dicho objeto.

06. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene conocimiento que el señor RAFAEL MAMANI

QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

---Que, nunca lo he visto en una actitud agresiva, salvo día anterior por su discusión, siempre se portó amable y bueno.

07. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene algo más que agregar, quitar o modificar en

su presente declaración? Dijo; ---Que, no.

(23)

CONSATANCIA DE NOTIFICACION

Señora : EDIT ROXANA RUELAS CCAMA

Domicilio : Jr. El Puerto N° 610-B

Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud. Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida su presencia física y para mayor conformidad firma e imprime su índice en señal de conformidad frente al instructor que certifica.

Puno, 08 de junio del 2014.

ENTERADO

EDITH ROXANA RUELAS CCAMA CIP.31239845

(24)

DECLARACION DE ALIPIO GOMEZ SOSA.

Fecha : 08 de junio del 2014

Hora de inicio : 13:50

Lugar : oficina de la policía judicial PNP – Puno

DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA

NOMBRES Y APELLIDOS : ALIPIO GOMEZ SOSA

EDAD 28

FECHA DE NACIMIENTO : 23-MAY-1986

GRADO DE INSTRUCCIÓN : TECNICO

DNI : 45678912

PROFESION U OFICIO : MECANICO

DOMICILIO : AV. SIMON BOLIVAR N° 1345

TELEFONO :

Se procede a tomar declaración, quien en conocimiento de los derechos contemplados e n su favor en el artículo 94, 95, 96, del Código Procesal Penal, ha manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razón de lo anterior, expresa lo siguiente:

En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto de la primera fiscalía penal corporativa de Puno.

01. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si para rendir su presente declaración requiere ser

asistido de un abogado defensor? Dijo;

---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP. ---Que soy trabajador

02. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI

QUISPE de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

(25)

ocasiones con mi esposa la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI QUECALLA, ellos mantenían una relación hace un año aproximadamente.

03. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI

CHECALLA de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

---Que, por la persona que me preguntan si la conozco porque es mi esposa, pero estamos separados hace más de un año, ya que nosotros no nos comprendíamos decidimos separamos por acuerdo mutuo.

04. PREGUNTANDO DIGA: ¿Narre la forma y circunstancias de cómo se entera del

hecho criminal? Dijo;

---Que, el día 06 de junio a horas 4:30 p.m. me llamaron a mi celular para que pueda declarar, así como para que pueda hacer el reconocimiento del cadáver por el hecho sucedido, con mi esposa L.Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, es así que ahora me encuentro brindando mi declaración, yo trabajo en un taller mecánico arreglando carros, mi esposa y yo no nos frecuentamos porque como ya lo dije nosotros nos separamos con un acuerdo mutuo hace más de un año porque no nos entendíamos , ella era una persona muy celosa y no confiaba en mí, por esa razón es que nos separamos, y yo me entero aproximadamente hace un año que ella estaba saliendo con otro hombre, no tengo el derecho de reclamarle nada ya que nosotros estábamos aparados ella podía hacer con su vida lo que quiera, estábamos en eso de los trámites de divorcio hace como un mes, yo la vi feliz me dijo que estaba bien, con su nueva pareja.

05. PREGUNTANDO DIGA: ¿si tiene conocimiento u observo con que objeto la persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

---Que, no conoce dicho objeto.

06. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene conocimiento que el señor RAFAEL MAMANI

QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

(26)

QUISPE, además de que yo estoy separado con mi esposa.

08. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene algo más que agregar, quitar o modificar en

su presente declaración? Dijo; ---Que, no.

(27)

CONSATANCIA DE NOTIFICACION

Señor : ALIPIO GOMEZ SOSA

Domicilio : AV. SIMON BOLIVAR N° 1345

Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud. Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida su presencia física y para mayor conformidad firma e imprime su índice en señal de conformidad frente al instructor que certifica.

Puno, 08 de junio del 2014.

ENTERADO

ALIPIO GOMEZ SOSA CIP. 31239845

(28)

DECLARACION DE MARIA SUICHIRE MOLINA

Fecha : 08 de junio del 2014

Hora de inicio : 14:50

Lugar : oficina de la policía judicial PNP – Puno

DATOS DE LA PERSONA QUE DECLARA

NOMBRES Y APELLIDOS : MARIA SUICHIRE MOLINA

EDAD 25

FECHA DE NACIMIENTO : 14-OCT-1989

GRADO DE INSTRUCCIÓN : UNIVERSIDAD COMPLETA

DNI : 42556677

PROFESION U OFICIO : CONTADORA

DOMICILIO : Jr. Villa del Lago N° 375

TELEFONO :

Se procede a tomar declaración, quien en conocimiento de los derechos contemplados e n su favor en el artículo 94, 95, 96, del Código Procesal Penal, ha manifestado su deseo de hacerlo libre y voluntariamente y en razón de lo anterior, expresa lo siguiente:

En presencia del RMP Dra. Elizabeth MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal adjunto de la primera fiscalía penal corporativa de Puno.

01. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si para rendir su presente declaración requiere ser

asistido de un abogado defensor? Dijo;

---Que, por el momento no lo requiero, ya que se encuentra presente el RMP. ---Que soy contadora publica en la institución de Registros Públicos.

02. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de RAFAEL MAMANI

QUISPE de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

(29)

tenemos una relación de 2 años aproximadamente.

03. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si conoce a la persona de JULIA MARIA CHAMBI

CHECALLA de ser así indique que vinculo de amistad, enemistad o parentesco le une con dicha persona? Dijo;

---Que, por la persona que me preguntan no la conozco nunca la he visto.

04. PREGUNTANDO DIGA: ¿Narre la forma y circunstancias de cómo se entera del

hecho criminal? Dijo;

---Que, el día 06 de junio a horas 4:50 p.m. me llamaron a mi celular para que pueda declarar, sobre el hecho ocurrido con la persona de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, es por eso que ahora me encuentro brindando mi declaración, yo con el señor RAFAEL MAMANI QUISPE llevo una relación de 2 años aproximadamente, nosotros no convivimos porque así lo acordamos, ya que para convivir le dije que primero debíamos casarnos, él nunca fue violento ni nada, siempre fue amable conmigo, era una persona muy alegre y divertida, nunca sospeche de que andaba en amoríos y que convivía con otra persona, nunca desconfié de él, es por eso que me parece raro todo esto, nosotros solo nos frecuentamos fines de semana ya que yo trabajo de lunes a viernes, la última vez que lo vi fue el día domingo, salimos comer y a caminar, el se mostraba como siempre, no vi nada raro en el ese día, dijimos que nos veríamos el siguiente sábado, para poder hacer un viaje a la ciudad de Arequipa, para comprar algunas cosas y poder pasear, él se mostró muy emocionado, ambos lo estábamos, y desde ese día no lo he visto.

05. PREGUNTANDO DIGA: ¿si tiene conocimiento u observo con que objeto la persona de RAFAELL MAMANI QUISPE, le ocasiono la muerte a JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

---Que, no conoce dicho objeto.

06. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene conocimiento que el señor RAFAEL MAMANI

QUISPE se comportaba de manera violenta anteriormente con su conviviente en este caso JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA? Dijo;

(30)

mostró agresivo era una persona muy paciente.

08. PREGUNTANDO DIGA: ¿Si tiene algo más que agregar, quitar o modificar en

su presente declaración? Dijo; ---Que, no.

(31)

CONSATANCIA DE NOTIFICACION

Señor : MARIA SUICHIRE MOLINA

Domicilio : JR. VILLA DEL LAGO N° 375

Por intermedio de la presente se le NOTIFICA a Ud. Para que se presente ante, las autoridades competentes las veces que sea requerida su presencia física y para mayor conformidad firma e imprime su índice en señal de conformidad frente al instructor que certifica.

Puno, 08 de junio del 2014.

ENTERADO

MARIA SIUCHIRE MOLINA CIP. 31239845

(32)

ACTA DE RECEPCION DE EVIDENCIAS

En Puno, siendo las horas del día del presentes

en: distrito de ,, el personal de PNP interviniente: y las personas de : a mérito de:

_ y previa coordinación y autorización, se procedió a efectuar la recepción y traslado

de las evidencias que a continuación se indican, sito en

para el análisis respectivo conforme all siguiente

detalle:

1.

2.

3.

Siendo las horas del dia de la fecha, se dio por concluida la presente acata, firmado y poniendo su impresión digital de los presentes en señal de conformidad.

PERSONAL PNP TESTIGO/AGRAVIADO

(33)

NOTIFICACION DE DETENCION

LA PERSONA DE: ……… ……… DOMICILIADO:……… ……… ………...

POR INTERMEDIO DEL PRSENTE DOCUMENTO SE LE COMUNICA A UD. QUE SE ENCUENTRA EN CALIDA DE DETENIDO EN LAS OFICINAS DE LA SECCION DE INVESTIGACION CRIMINAL (SEINCRI) PNP PUNO, POR ENCONTRASE IMPLICADO EN LA COMISION DEL PRESUNTO

DELITO……… HECHO

OCURRIDO……… ……… ---TIENE DERECHO HACER ACESORADO POR UN ABOGADO DE SU ELECCION…---- PUNO…...… DE………..DEL 2014 ENTERADO EL INSTRUCTOR Firma: ………. Nomb. y Apell: ……… DNI: ……….. Fecha y hora: ……….

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Usuario/ Y0BCC (19/01/2014 12:12:40 PM)

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RESTRICCION: NINGUNA

N° de Documento : 44308684 Apellido Paterno : MAMANI Apellido Materno : QUISPE

Prenombre : RAFAEL Aumentar/ Normal

Aumentar/ Normal

Fecha de Nacimiento : 22/12/1984 Sexo : MASCULINO Estado Civil : CASADO Grado de Instrucción : SECUNDARIA

Estatura : 1:65 m

Departamento de Nacimiento : PUNO Provincia de Nacimiento : PUNO Distrito de nacimiento : ACORA

Fecha de Expedición : 29/05/2010 Nombre del Padre : GERARDO Nombre de la Madre : JUANA

Fecha de Inscripción : 31/05/1997 Departamento de Domicilio : PUNO

Provincia de Domicilio : PUNO Distrito de Domicilio : ACORA

Domicilio : AV. YUNGUYO N° 1211

Constancia de Votación :SUFRAGIO

Consulta solo para interno de: MINISTERIO PUBLICO

Usuario/ Y0BCC (19/01/2014 12:12:40 PM)

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Apellido Paterno:

Apellido Materno:

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No registra Antecedentes Policiales

.

MAMANI

QUISPE

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Apellido Paterno:

Apellido Materno:

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No registra Impedimentos de Salida ni Requisitoria

.

MAMANI

QUISPE

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Resultado de la Búsqueda: Rafael MAMANI QUISPE

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ACTA DE RECONOCIMIENTO DE CADÁVER.

En el Hospital Manuel Nuñez Butron de la ciudad de Puno, a los 08 días de junio del año 2014, comparece ante la instrucción una persona de sexo masculino que acreditando su identidad con D.N.I. Nº. 01234565 resulta llamarse JULIAN ANTOLIN GOMEZ SOSA, de nacionalidad peruno, de 36 años, estado civil casado, ocupación catorcente, con domicilio en la AV. Simon Bolivar N° 1045 Seguidamente la instrucción procede a exhibirle el cadáver que se encuentra depositado en el Hospital Manuel Nuñez Butron a disposición del Ministerio Publico la persona compareciente manifiesta RECONOCER el cadáver de la fémina y dijo llamarse JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA y que es la esposa de su hermano ALIPIO GOMEZ SOSA. No hay otro detalle que hacer constar, por lo que se da por finalizado el presente acto, previa lectura dada por los intervinientes, se enteran y ratifican del contenido de la presente y firman al pie para constancia.

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Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuación

Puno, 10 de junio del 2014

OFICIO Nro. 01 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

SEÑOR:

JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP – PUNO PUNO.-

ASUNTO – DISPONGA PERITO Ref. Caso N° 2014 – 001 -0

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se sirva a disponer que personal de criminalística se haga presente en el lugar denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin de participar en una diligencia de RECOJO DE INDICIOS, EVIDENCIAS Y PERENIZACION DE LA ESCENA DEL DELITO.

La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigación, hechos relacionados al delito de FEMINICIDIO.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle mis más distinguidas consideraciones.

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Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuación

Puno, 10 de junio del 2014

OFICIO Nro. 02-2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

SEÑOR:

JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP – PUNO PUNO.-

ASUNTO – DISPONGA PERITO Ref. Caso N° 2014 – 001 -0

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se sirva a disponer que personal de criminalística se haga presente en el lugar denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin de participar en una diligencia de PERICIA DACTILOSCOPICA.

La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigación, hechos relacionados al delito de FEMINICIDIO.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle mis más distinguidas consideraciones.

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Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuación

Puno, 10 de junio del 2014

OFICIO Nro. 03 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

SEÑOR:

JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP – PUNO PUNO.-

ASUNTO – DISPONGA PERITO Ref. Caso N° 2014 – 001 -0

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se sirva a disponer que personal de criminalística se haga presente en el lugar denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin de participar en una diligencia de PERICIA BILOGICA.

La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigación, hechos relacionados al delito de FEMINICIDIO.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle mis más distinguidas consideraciones.

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Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuación

Puno, 10 de junio del 2014

OFICIO Nro. 04 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

SEÑOR:

JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP – PUNO PUNO.-

ASUNTO – DISPONGA PERITO Ref. Caso N° 2014 – 001 -0

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se sirva a disponer que personal de criminalística se haga presente en el lugar denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin de participar en una diligencia de PERICIA BALISTICA FORENCE.

La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigación, hechos relacionados al delito de FEMINICIDIO.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle mis más distinguidas consideraciones.

(43)

Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuación

Puno, 10 de junio del 2014

OFICIO Nro. 05 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

SEÑOR:

JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP – PUNO PUNO.-

ASUNTO – DISPONGA PERITO Ref. Caso N° 2014 – 001 -0

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se sirva a disponer que personal de criminalística se haga presente en el lugar denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin de participar en una diligencia de PERICIA BILOGICA.

La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigación, hechos relacionados al delito de FEMINICIDIO.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle mis más distinguidas consideraciones.

(44)

Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuación

Puno, 10 de junio del 2014

OFICIO Nro. 06 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

SEÑOR:

JEFE DE LA UNNIDAD DE CRIMINALISTICA DE LA PNP – PUNO PUNO.-

ASUNTO – DISPONGA PERITO Ref. Caso N° 2014 – 001 -0

De mi mayor consideración

Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de solicitarle se sirva a disponer que personal de criminalística se haga presente en el lugar denominado JR. EL PUERTO 645-B DE LA CUIDAD DE PUNO, a horas 7:00, a fin de participar en una diligencia de PERICIA DE INSCRIPCION CRIMINAL.

La diligencia se realizara en el domicilio de GENOVEVA SUPO TURPO, lugar donde han ocurrido los hechos materia de investigación, hechos relacionados al delito de FEMINICIDIO.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle mis más distinguidas consideraciones.

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“AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL COMPROMISO CLIMATICO”

OFICIO Nro.

Puno, 12 de junio del 2014. -2014-XII-DITERPOL-P/OFICRI-PNP-PUNO

SEÑOR : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE

PUNO.

ASUNTO : Informe Pericial de Biología Forense. REMITE./

REF. : OFICIO Nro. 03 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO.

REG. 07.168.098

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad de remitirle adjunto al presente el Informe de Biología Forense N° 011/2014, en el cual fue elaborado por personal profesional especializado de esta OFICRI PNP Puno, así mismo se remite la muestra materia de examen consistente en una (01) casaca bicolor marrón y negro marca shavad, con impregnaciones de manchas pardo rojizas, las mismas que fueron recogidas el 08JUN2014, en el Jr. El Puerto 645 – B de la ciudad de Puno, juntamente con la cadena de custodia y resultado.

Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y deferente estima personal.

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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCION DE CRIMINALISTICA

OFICINA DE CRIMINALISTICA

INFORME PERICIAL DE BIOLOGIA FORENSE

A. INTRODUCCION : INOFUENTE RAMOS, Saúl Abel, SO2 PNP, identificado

con DNI N° 41294567, con domicilio legal en el Jr. Deustua N° 546 de la cuidad de Puno, Biólogo egresado de la Universidad Nacional del Altiplano de la Facultad de Ciencias Biológicas C.B.P. 8018; Perito Criminalística y

Perito Especializado en Inspección Criminalística,

egresado de la escuela de Criminalística de la DIRCRI PNP LIMA.

B. PROCEDENCIA : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE

PUNO

C. ANTECEDENTE : OFICIO Nro. 01 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

D. REFERENCIA : Pericia biológica en muestras consistentes en una (01)

casaca bicolor marrón y negro marca shavad, con impregnaciones de manchas pardo rojizas, la misma que fueron recogidas el 09JUN2014 en el Jr. El Puerto N° 645 –B de la cuidad de Puno.

E. MUESTRA : Un (01) sobre de manila amarillo, cerrado y lacrado con

firma ilegible y post firma que se lee “ELIZABETH MERCEDES MEDINA

MAMANI/FISCAL PROVINCIAL (P) CORPORATIVO DE PUNO” en su interior

conteniendo una (01) casaca de material sintético color marrón con negro, marca “ SHAVAD”, sucio en buen estado de conservación; encontrándose las siguientes características de iteres criminalística:

Cara anterior:

- Manchas pardo rojizas tipo goteo y con signos de coagulación, en un área de 3cm. Por 5cm ubicado en el tercio posterior derecho.

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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCION DE CRIMINALISTICA

OFICINA DE CRIMINALISTICA

Vista N° 01: cara anterior de la casaca de color marrón

con negro, se observan manchas pardo rojizas en el tercio superior.

Cara posterior:

- Manchas pardo rojizas tipo contacto con signos de coagulación, en un área de 18 cm. Por 7cm. En el tercio posterior derecho.

Vista N° 02: cara posterior de la casaca

marrón con negro, se observa las manchas pardas rojizas por el cuello.

Manga derecha:

- Manchas pardo rojizas tipo goteo, en el área de 5cm. Por 4 cm. Ubicado en el tercio central de la cara anterior.

- Manchas pardo rojizas tipo contacto y goteo en un área de 2.5cm por 3 cm ubicado en el tercio inferior de la cara anterior.

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Manga izquierda:

POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCION DE CRIMINALISTICA

OFICINA DE CRIMINALISTICA

- Mancha pardo rojizas tipo goteo, en un área de 5cm. Por 6cm. Ubicado en el tercio medio de la cara anterior.

Cuello:

- Manchas pardo rojizas tipo contacto y goteo, en un área de 7cm por 10cm ubicado en la cara externa del cuello.

- Manchas pardo rojizas tipo contacto y goteo, en un área de 12 cm. por 6cm ubicado en la cara interna del cuello.

F. EXAMEN DE LABORATORIO:

1. Investigación de machas hemáticas (método indirecto):

Orientación Positivo en E (reacción de Adler)

Certeza Positivo en E (Cristales de Teichman)

Especie Humana (Prueba Antihumana)

Grupo “O” (Sistema ABO)

2. Otros elementos biológicos para su estudio: Ninguna

G. CONCLUSIUONES:

1. En las muestras examinadas casaca de material sintético color marrón y negro, se encontró manchas de sangre humana tipo contacto y goteo en distintas partes correspondientes al grupo sanguíneo “O”, con las características descritas en el examen.

2. Sin otro indicio bilógico de interés criminalística.

H. SITUACION DE LA MUESTRA:

Las muestras son devueltas adjuntas al presente dictamen pericial

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“AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y EL COMPROMISO CLIMATICO”

OFICIO Nro.

Puno, 12 de junio del 2014. -2014-XII-DITERPOL-P/OFICRI-PNP-PUNO

SEÑOR : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE

PUNO.

ASUNTO : Informe de Inspección Criminalística por motivos que se

indica. REMITE./

REF. : OFICIO Nro. 06 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO.

REG. 07.168.098

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con la finalidad de remitirle adjunto al presente el Informe de Inspección Criminalística N° 021/2014, sobre la diligencia realizada en el Jr. El Puerto 645 – B de la ciudad de Puno, lugar donde al parecer se suscitó un hecho D/V/C/S.

Hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración y deferente estima personal.

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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCION DE CRIMINALISTICA

OFICINA DE CRIMINALISTICA

INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014

I. INFORMACION

A. PROCEDENCIA : PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA DE

PUNO

C. ANTECEDENTE : OFICIO Nro. 06 -2011-MP- PFPPC -DJ-PUNO

II. PERITOS

RAMOS CARBAJAL, Braulio, SO2 PNP, identificado con DNI N° 41294567, y CIP N° 31234565 con domicilio legal en el Jr. Deustua N° 536, cercado De Puno, Perito especializado en Inspección Criminalística, Identificación Policial e Investigación Criminal, egresado de la Escuela de Criminalística de la DIRCRI PNP Lima.

CHOQUE LARICO Henry, SO3 PNP, identificado con DNI N° 41234567 y CIP N° 32345567 con domicilio legal en el Jr. Deustua N°536, cercado de Puno, Perito en Inspección Criminalística, capacitado en la XII DIRTERPOL – PNP –P.

III. INSPECCION CRIMINALISTICA

A. Fecha y hora de la solicitud : 10JUN2014, a las 15:00 hrs.

B. Lugar de la inspección : Jr. El Puerto N°456 – B

C. Agraviado :

D. Tipo del delito : C/V/C/S parricidio

E. Fecha y hora de lo ocurrido : 08JUN2014, en horas de la mañana según

refiere.

F. Fecha y hora de la IC : 11JUN2014 a horas 7:30

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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCION DE CRIMINALISTICA

OFICINA DE CRIMINALISTICA

INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014

indicios y evidencias de interés criminalistico.

H. Muestras para análisis : Biológicos, Tricológicos.

I. Participantes : RMP. Dr. Elizabeth Mercedes Medina

Mamani Fiscal Provincial corporativo de Puno, personal, personal de la comisaria de Puno

SOB PNP SONCO CHIPANA Pedro,

Personal de peritos de la OFINCRI-PNP-P

SO2 PNP BENAVENTE CASTILLO Braulio

perito especializado en Inspección

Criminalística. SO3 PNP CHOQUE LARICO Henry perito IC y la Sra. GEONOVEVA SUPO TURPO con DNI 01273456 propietaria del inmueble.

IV. INSPECCION CRIMINALISTICA REALIZADA: 1. Descriptivo y analítico:

2. para el ingreso al escenario del delito se aplicó el METODO DIRECTO y

para la ubicación de los indicios y evidencias se priorizo de lo especifico a lo genérico.

V. RESULTADO DE LA INSPECCION:

A. LLEGADA, DESCRIPCION Y PERENNIZACION DEL LUGAR. 1. Llegada

Presentes en el lugar de los hechos, se procedió a realizar las coordinaciones necesarias con los participantes, a fin de recabar la información primigenia respecto a los suscitado del hecho delictuoso previamente con autorización del representante del ministerio público se dio inicio de la diligencia, realizando un examen panorámico del lugar de los hechos con el propósito de ubicar

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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCION DE CRIMINALISTICA

OFICINA DE CRIMINALISTICA

INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014

Indicios y evidencias de interés criminalistico.

2. Descripción

En el inmueble inspeccionado se ubica en el Jr. El

Puerto 645

– B de la cuidad de Puno, en la propiedad de la Sra.

GENOVEVA SUPO TURPO, corresponde a un inmueble de tres pisos de

material noble, primer piso; presenta como acceso una puerta metálica

de una hoja color azul de 73 cm por 1.70m que presenta su estructura en

general sin características de violencia, designado como pasadizo para

dar lugar con los diferentes cuartos en alquiler, la puerta de metal del

lado izquierdo es el cuarto en investigación, en el cual se puede apreciar

al interior manchas pardo rojizas junto con el cadáver la que responde al

nombre de JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, la que fue víctima contra

el delito C/V/C/S (feminicidio) juntamente ahí se puede apreciar a lado

del cuerpo una arma de fuego, se observa también una cama

desordenada, con algunas ropas encima, un escritorio, con libros y

algunos objetos, una tele, y un ropero, sin signo de mucha atención, el

cadáver se encuentra justo en el suelo y a lado de la cama. Segundo

piso y tercer piso; tiene la misma estructura del primer piso; el segundo

piso viven inquilinos son 4 cuarto en total y en el tercer piso vivo la

dueña.

3. Perennizacion

Se realiza por medio del método descriptivo y fotográfico.

B. UBICACIÓN Y RECOJO DE INDICIOS

1. BIOLOGICOS.

a. Muestra N° 01:

Manchas pardo rojiza tipo charco en un área de 17cm por 23

ubicado en el piso a lado de la cama de 2 plazas, en el primer

piso del cuarto de lado izquierdo del fondo.

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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

DIRECCION DE CRIMINALISTICA

OFICINA DE CRIMINALISTICA

INFORME PERICIAL DE INSPECCION CRIMINALISTICA Nro 021/2014

b. Muestra N° 02:

Un arma de fuego a lado de la víctima.

VI. APRECIACION CRMINALISTICA

Realizada la inspección criminalística en el Jr. El Puerto 645 – B de

la ciudad de Puno, en la propiedad de GENOVEVA SUPO TURPO, por

los indicios y/o evidencias encontrados al momento de la inspección de

determina que en dicho lugar se suscitó un hecho delictuosa contra la

vida el cuerpo y la salud.

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rimera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno

Cuarto Despacho de Adecuación CASO Nº 2014-0495-0

DISPOSICIÓN Nº 001-2014-1FPPC-4DA-P. ABRE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR.

Puno, catorce de junio Del dos mil catorce.-

DADO CUENTA EN LA FECHA: La Carpeta Fiscal Nro. 21768470201-2014-301-0, y demás actuados en torno a la investigación seguida en contra de RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de

FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.

ATENDIENDO: El Oficio Nº 844-2014-DIRPOL- SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI-P mediante la cual se remite el Informe Nº 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP-D/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI, por el que se pone de conocimiento de que en el interior del inmueble del JR. El Puerto Nº 610-B se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino.

Y CONSIDERANDO: Los fundamentos que

sustentan la presente disposición son los siguientes:

PRIMERO: HECHOS FACTICOS.

Que, el día 07 de Junio del presente año en curso, siendo aproximadamente las 13:20 p.m personal de la SEINCRI PNP Puno, tomo conocimiento por parte de la ciudadana GENOVEVA SUPO TURPO propietaria del inmueble ubicado en el Jirón El Puerto Nº 610-B que en el interior de la habitación que alquilaba la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino, en razón a que en horas de la mañana la propietaria antes referida se habría apersonado a la habitación de RAFAEL MAMANI QUISPE con la finalidad de cobrarle el alquiler en circunstancias que por uno de los agujeros de la puerta de acceso pudo advertir que en el interior por detrás de la puerta se encontraba el cuerpo de una persona de sexo femenino que no respondía a su llamado y que al parecer se encontraba inerte, hechos que han sido puestos de conocimiento y que al constituirse el Fiscal Penal de Turno, personal policial de la SEINCRI PNP Puno, peritos policiales de la OFICRI PNP Puno y Médico Legista, se pudo constatar que la habitación alquilada por RAFAEL MAMANI QUISPE donde se hallaba el cuerpo de sexo femenino se encontraba cerrado por su parte exterior con un candado amarillo marca LION el mismo que fue violentado (palanqueado) previa autorización de la propietaria GENOVEVA SUPO TURPO y que al ingresar a la habitación se observo a la fémina que se encontraba en posición de cubito lateral

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izquierdo y sin vida presentando un orifico a la altura de la cien al parecer de un proyectil de bala de arma de fuego PAF, hechos que merecen ser investigados penalmente conforme a ley.

SEGUNDO: TIPO PENAL.

Que, los hechos anteriormente denunciados

presuntamente se enmarcarían dentro del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, previsto en el Artículo

107° de nuestro Código Penal.

TERCERO: DE LA INVESTIGACIÓN PRELIMINAR: Que, habiéndose tomado conocimiento de un hecho susceptible de investigación, es necesario verificar la existencia de los elementos constitutivos del delito, el aseguramiento de los elementos materiales de su comisión, así como la individualización e identificación de los presuntos autores, acorde con las normas del nuevo Código Procesal Penal, por tanto, resulta necesario recabar los requisitos de procedibilidad que ameriten una investigación de contenido penal.

PRELIMIANR.

CUARTO: PLAZO DE LA INVESTIGACIÓN

Que es obligación del Ministerio Público actuar con objetividad, indagando los hechos constitutivos del delito a fin de determinar la responsabilidad o inocencia del imputado, como prescribe el inciso 2 del Artículo IV del Título Preliminar del Código Procesal Penal. En tanto que las diligencias preliminares tienen como finalidad determinar si han tenido lugar o no los hechos objeto de investigación y su delictuosidad, así como el aseguramiento de los elementos materiales en caso de su comisión siendo pre requisito para la formalización y continuación de la Investigación Preparatoria, el tener por satisfechos los elementos de procedibilidad pertinentes. Así mismo, el inciso 2 del Artículo 334º del Código Procesal Penal establece “El plazo de las diligencias preliminares,

conforme el Artículo 3, es de veinte días, salvo que se produzca la detención de una persona: No obstante ello, el Fiscal podrá fijar un plazo distinto, según las

características, complejidad y circunstancias de los hechos objeto de investigación...”. Entonces, se desprende que el plazo para la realización de

diligencias en la Investigación Preliminar, es de veinte días o los días que el Fiscal considere razonable y proporcional.

QUINTO: De autos se desprende la existencia de falta de suficientes medios probatorios e indicios razonables sobre la realidad de los hechos denunciados para poder realizar una calificación positiva, de tal manera ejercitar la acción penal por ante la autoridad jurisdiccional, por ende una de las funciones del Ministerio Público es la persecución de delitos de ejercicio público de la acción penal, a cuyo mérito resulta necesario adquirir e incorporar medios probatorios e indicios pertinentes de manera lícita, respecto a actos que vulneren, pongan en peligro o menoscaben un determinado bien jurídico protegido penalmente, concordante con lo previsto en los Artículos 68º, 329º, 330º, 332º y 334º inciso 2) del Código Procesal Penal.

Por lo que; la señora Fiscal que al final suscribe con las atribuciones que confieren los Artículos 159° inciso 4) de la Constitución Política del Estado, Artículos 1° y 5° de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

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DISPONE:

PRIMERO.- ABRIR INVESTIGACIÓN PRELIMINAR encomendando a la Policía de

la SECCION DE INVESTIGACION CRIMINAL - SEINCRI PNP PUNO, para que en el

plazo de TREINTA DÍAS, con participación activa del representante del Ministerio Público, realice una labor exhaustiva en la investigación seguida en contra de

RAFAEL MAMANI QUISPE, por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el

Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, en agravio de los herederos legales de que en vida fuera JULIA MARIA CHAMBI

CHECALLA.

SEGUNDO.- Recabar las pruebas suficientes e indispensables sobre los hechos materia de la presente Investigación Preliminar. Para tal fin cúmplase con realizar las siguientes diligencias:

1.- Se reciba la declaración indagatoria de RAFAEL MAMANI QUISPE en AUDIENCIA INMEDIATA, debiéndose apersonarse por ante la Sección de

Investigación Criminal SEINCRI PNP Puno, quien declarara en relación a los hechos que se le imputa, además de concurrir obligatoriamente con su abogado defensor de libre elección. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente con

grado o fuerza.

2.- Se reciba la declaración indagatoria de GENOVEVA SUPO TURPO (Propietaria del Inmueble del Jr. El Puerto Nº 610-B) en AUDIENCIA INMEDIATA, debiéndose

apersonarse por ante la Sección de Investigación Criminal SEINCRI PNP Puno, quien declarara en relación a los hechos materia de la presente investigación.

3.- Se reciba la declaración indagatoria de ALIPIO GOMEZ SOSA (Esposo de la Q.E.V.F) en AUDIENCIA INMEDIATA, debiéndose apersonarse por ante la Sección

de Investigación Criminal SEINCRI PNP Puno, quien declarara en relación a los hechos materia de la presente investigación.

4.- Se realice la prueba de APSORCIÓN ATOMICA, en la persona de la que en vida

fuera JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Código Procesal Penal. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICIR PNP Puno.

5.- Se realice la prueba de APSORCIÓN ATOMICA, en la persona de ALIPIO GOMEZ SOSA, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Código

Procesal Penal. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICIR PNP Puno.

6.- Se realice la prueba de APSORCIÓN ATOMICA, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Código

Procesal Penal. Bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente. Debiendo, de oficiarse a los peritos de la OFICIR PNP Puno.

7.- Se realice el examen PSIQUIATRICO, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Código Procesal

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8.- Se curse oficio y se recabe de los peritos efectivos policiales OFICRI PNP Puno,

el INFORME PERCIAL DE ESCENA DEL CRIMEN Y DE VALISTICA realizado en el lugar de los hechos el día 07 de junio del 2014, en eln interior del inmueble del

Jirón El Puerto Nº 610-B, a fin de ser valorados oportunamente conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional y de remitirse copias a inspectoría.

9.- Se curse oficio y se recabe de la Dependencia Médico Legal de Puno, el PROTOCOLO DE NECROPCIA realizado a la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA realizado el día 08 de junio del 2014, a fin de ser valorados

oportunamente conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional.

10.- Se realice el LACRADO y VIGILANCIA, de la habitación ubicada en el interior

del inmueble del Jirón El Puerto Nº 610-B de Puno, lugar en donde fue hallado el cadáver de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA. Bajo responsabilidad

funcional de los instructores a cargo de la presente investigación.

11-. Se actúen las pruebas de cargo y de descargo que ofrezcan las partes

intervinientes en la presente investigación.

12.- Actúese todas aquellas diligencias necesarias, a fin de tener mayores elementos

de prueba en la presente investigación preliminar y este Despacho, pueda pronunciarse con arreglo a ley.

13.- Al término del plazo otorgado, REMITASE los actuados al Despacho Fiscal, para

el pronunciamiento conforme a ley. Bajo responsabilidad funcional.

TERCERO.- Notifiquese, la presente Disposición a las partes intervinientes. Conforme a las normas del Código Procesal Penal. Sin perjuicio de notificarse VIA EDICTO.

(58)

Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa - Puno Cuarto Despacho de Adecuación

CASO SGF : 2014-0164

EXPEDIENTE : 2014-

Especialista :

REQUERIMIENTO DE DETENCION PRELIMINAR

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TURNO DE LA PROVINCIA DE PUNO

ELIZABETH MERCEDES MEDINA MAMANI, Fiscal

Provincial (P) del Cuarto Despacho de Adecuación e Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Puno, con domicilio procesal en el Jirón Teodoro Valcarcel Nº 118 de esta ciudad de Puno; ante usted con el debido respeto me presento y expongo:

Al amparo de lo dispuesto por el Artículo 159º numerales 1) y 5) de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos 11º y 94º numeral 2) del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público, conforme a lo prescrito en el Artículo 261º del Código Procesal Penal, solicito:

I.- REQUERIMIENTO:

Se dicte mandato de DETENCION PRELIMINAR en contra de la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE por la presunta comisión del delito Contra la Vida, el Cuerp y la Salud, en su modalidad de Homicidio, en su forma de FEMINICIDIO, previsto y sancionado en el Artículo 107° del Código Penal, en agravio de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, representada por su herederos legales.

Para lo cual cumplo con alcanzar los datos de identificación del imputado que se detallan a continuación:

Nombre y apellidos: RAFAEL MAMANI QUISPE.

Documento de identidad Nº 42833627. Sexo: Masculino.

Fecha de Nacimiento: 21 de enero de 1985. Edad: 27 años.

Lugar de Nacimiento: TARACO. País: PERU.

Departamento: PUNO. Provincia: HUANCANE. Distrito: TARACO. Esta do Civil: Soltero

Dirección domiciliaria: COMUNIDAD REQUENA Domicilio procesal: No apersonado.

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II.- FUNDAMENTOS DE HECHO QUE FORMAN

CONVICCIÓN DEL REQUERIMIENTO:

2.1.- El Oficio Nº 844-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R-PNP/DIVPOL-P/DEPICAJPF-

SEINCRI mediante la cual se remite el Informe Nº 042-2014-DIRPOL-SUR-ORI/R- PNP-D/DIVPOL-P/DEPICAJPF-SEINCRI, por el que se pone de conocimiento de que en el interior del inmueble del JR. El Puerto Nº 610-B se encontraba el cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino que fue identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA.

2.2.- El Acta de Constatación Fiscal, realizada el día 07 de junio del 2014, a horas

14:40 de la tarde en el interior del inmueble ubicado en el Jirón El Puerto Nº 610-B, en donde se encontró el cadáver de la Q.E.V.F. JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA en la que se detalla las circunstancias y forma en que se hallo el cuerpo sin vida.

2.3.- El Acta de Levantamiento de Cadáver de la persona de sexo femenino que

posteriormente fuera identificada como JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA, en la que se realiza la descripción de la occisa (Posición, descripción de la ropa, descripción física de la occisa, signos de violencia, registro personal, diagnostico de muerte, tiempo aproximado de muerte.

2.4.- El Acta de Reconocimiento de Cadáver realizado por la persona de JULIAN

ANTOLIN GOMEZ SOSA, quién pudo reconocer el cadáver de la fémina y dijo llamarse JULIA MARIA CHAMBI CHECALLA y que es la esposa de su hermano ALIPIO GOMEZ SOSA.

2.5.- La declaración indagatoria de GENOVEVA SUPO TURPO, quien detalla las

circunstancias y la forma en que pudo advertir que en el interior del cuarto que alquilaba a la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, se encontraba un cuerpo sin vida de una persona de sexo femenino.

2.6.- En virtud a lo referido anteriormente, y siendo la persona de RAFAEL MAMANI

QUISPE el posible autor y/o responsable del delito que se viene investigado, es imprescindible y necesario realizar diligencias de investigación tales como:

La declaración indagatoria del imputado RAFAEL MAMANI QUISPE.

La prueba de APSORCIÓN ATOMICA, en la persona de RAFAEL MAMANI

QUISPE, bajo las formalidades de ley y conforme a las normas del Código

Procesal Penal, por parte de los peritos de la OFICIR PNP Puno.

La Constatación Fiscal en el lugar de los hechos con personal especializado y en presencia del imputado RAFAEL MAMANI QUISPE, a fin de poder recabar mayores indicios o evidencias de interés Criminalístico.

El examen PSIQUIATRICO, en la persona de RAFAEL MAMANI QUISPE, a

fin de determinar su estado mental.

Se realice la toma de muestras DACTILARES por parte de los peritos de la OFICIR PNP Puno.

Referencias

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