INFORME DE AUDITORÍA DE CARÁCTER ESPECIAL SOBRE EL PROCESO SEGUIDO POR LA MUNICIPALIDAD DE BAGACES PARA LA PRIORIZACIÓN DE OBRAS EN LA RED VIAL CANTONAL
Contraloría General de la República, Costa Rica
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización de Servicios de Infraestructura
2020
INFORME Nro. DFOE-IFR-IF-00008-2020
15 de julio, 2020
CONTENIDO
Resumen Ejecutivo ... 3
1. Introducción ... 4
ORIGEN DE LA AUDITORÍA... 4
OBJETIVO ... 4
ALCANCE ... 4
CRITERIOS DE AUDITORÍA ... 4
METODOLOGÍA APLICADA ... 5
GENERALIDADES ACERCA DEL OBJETO AUDITADO ... 5
MEJORAS IMPLEMENTADAS POR LA ADMINISTRACIÓN DURANTE LA AUDITORÍA ... 7
COMUNICACIÓN PRELIMINAR DE LOS RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ... 7
SIGLAS ... 8
2. Resultados ... 9
Ejecución de proyectos programados en Planes Anuales Operativo ………. 10
Inventario de la Red Vial Cantonal ………... 13
Referenciación de la ubicación de los proyectos ……….….. 14
Expedientes integrales por camino ……….. 15
Rendición de cuentas por parte de la Junta Vial Cantonal ……….. 16
3. Conclusiones... 17
4. Disposiciones ... 18
AEVAVÁSQUEZVÁSQUEZ,ENSUCALIDADDEALCALDESAMUNICIPALDEBAGACES,OA QUIENENSULUGAROCUPEELCARGO ... 19
AEVAVÁSQUEZVÁSQUEZ,ENSUCALIDADDEPRESIDENTEDELAJUNTAVIAL CANTONALDEBAGACES,OAQUIENENSULUGAROCUPEELCARGO ... 20
AJAVIERVILLAFUERTERODRÍGUEZ,ENSUCALIDADDECOORDINADORDELAUNIDAD TÉCNICADEGESTIÓNVIALMUNICIPALDEBAGACES,OAQUIENENSULUGAROCUPEEL CARGO ... 20 CUADROS
CUADRO NRO.1RECURSOS DE LA LEY N.°8114 A LA MUNICIPALIDAD DE BAGACES 11 CUADRO NRO.2PROYECTOS PROGRAMADOS EN PAOMUNICIPALIDAD DE BAGACES 11 CUADRO NRO.3EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA PROGRAMA IIIINVERSIONES 12 IMÁGENES
IMAGEN NRO.1NORMATIVA QUE REGULA LA ADMINISTRACIÓN DE LA RED VIAL
CANTONAL 6
IMAGEN NRO.2PROCESO DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS DE LA LEY N.°8114 7 IMAGEN NRO.3PARÁMETROS PARA LA PRIORIZACIÓN DE LOS PROYECTOS VIALES 10 ANEXOS
ANEXO NRO.1CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS 22 ANEXO NRO.2PROYECTOS VIALES PROGRAMADOS EN PROGRAMA IIIINVERSIONES 23
Resumen Ejecutivo
¿QUÉ EXAMINAMOS?
La auditoría de carácter especial tuvo como propósito determinar la razonabilidad del proceso de priorización de inversión de los recursos provenientes de la Ley N.° 8114 en la Red Vial Cantonal y su respectiva ejecución en el período 2016-2018.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE?
Los Gobiernos Locales tienen el deber y el desafío de atender la Red Vial Cantonal. Para ello es importante fortalecer el proceso de definición de prioridades de inversión en los proyectos a intervenir, en procura de la eficiencia en el uso de los recursos públicos a fin de incidir en la calidad de vida de las comunidades mediante obras de infraestructura.
¿QUÉ ENCONTRAMOS?
De conformidad con los parámetros socio-económicos y técnicos establecidos, el proceso seguido por el Gobierno Local de Bagaces para la priorización de las obras anuales es razonable, no obstante se identificaron oportunidades de mejora en el cumplimiento de la ejecución de obras programadas, en virtud de que durante el período 2016-2018 se dejaron sin ejecutar 27 proyectos que habían sido programados, situación que afectó el cumplimiento de los objetivos, las expectativas comunales y la gestión vial municipal.
La actualización del Inventario de la Red Vial Cantonal no fue realizada de conformidad con la periodicidad establecida reglamentariamente, lo cual implicó que durante el último quinquenio no se dispusiera de ese instrumento debidamente actualizado, en perjuicio de la atención de caminos que, teniendo condiciones de pertenecer a la Red Vial Cantonal, no fueron objeto de mantenimiento por no haber estado inventariados.
Los caminos de la Red Vial Cantonal de Bagaces no cuentan con estacionamientos kilométricos de inicio y término para identificar la ubicación exacta de los proyectos de mejoramiento y conservación. La carencia de tales referencias compromete la veracidad de la información necesaria para poder dar seguimiento a las inversiones realizadas.
La Unidad Técnica de Gestión Vial no dispone de expedientes integrales por camino, que incorporen la información sobre las intervenciones que se han efectuado históricamente en la Red Vial Cantonal.
Estas situaciones propician debilidades en el control físico y financiero y conducen a la carencia de información relevante para conocer el verdadero estado de la Red Vial Cantonal de cara a la proyección, planificación, programación y priorización de las inversiones futuras.
¿QUÉ SIGUE?
Se giran disposiciones a las autoridades municipales orientadas a mejorar la gestión vial de los proyectos programados, regular el proceso de actualización del Inventario de la Red Vial Cantonal, y establecer estacionamientos kilométricos en los caminos de dicha red. De igual forma, se dispone la creación de expedientes integrales por camino con base en los registros físicos y financieros de las intervenciones realizadas.
INFORME Nro. DFOE-IFR-IF-00008-2020
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
INFORME DE AUDITORÍA DE CARÁCTER ESPECIAL SOBRE EL PROCESO SEGUIDO POR LA MUNICIPALIDAD DE BAGACES PARA LA PRIORIZACIÓN DE OBRAS EN LA RED VIAL CANTONAL
1. Introducción
ORIGEN DE LA AUDITORÍA
1.1. La presente Auditoría de Carácter Especial se realizó con fundamento en las competencias que le confieren a la Contraloría General de la República los artículos 183 y 184 de la Constitución Política y los artículos 12 y 21 de su Ley Orgánica N.° 7428, en cumplimiento del Plan de Trabajo del Área de Fiscalización de Servicios de Infraestructura de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa.
OBJETIVO
1.2. Determinar la razonabilidad del proceso seguido por la Municipalidad de Bagaces para la priorización de las obras viales por realizar en la Red Vial Cantonal con recursos provenientes de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias N.° 8114.
ALCANCE
1.3. La auditoría de carácter especial realizada se concentró en analizar los procesos de programación, priorización y ejecución de obras viales en la Red Vial Cantonal.
1.4. El análisis realizado abarcó el período comprendido entre enero 2016 y diciembre 2018, el cual se extendió a actividades desarrolladas en el año 2019 cuando se consideró necesario.
CRITERIOS DE AUDITORÍA
1.5. Los principales criterios de auditoría aplicados fueron: Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias N.° 8114 y su Reglamento DE-40138-MOPT; Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal N.° 9329 y su Reglamento DE-40137-MOPT; Lineamientos Generales sobre la Planificación del Desarrollo Local L-1-2009-CO-DFOE; Manual de Normas de Control Interno para el Sector Público N-2-2009-CO- DFOE; y Reglamento DE-40139-MOPT: Norma Técnica para el Desarrollo y la Conservación de la
Red Vial Cantonal, los cuales fueron presentados a funcionarios de la Municipalidad de Bagaces en reunión realizada el 16 de julio 2019.1
METODOLOGÍA APLICADA
1.6. La auditoría se realizó de conformidad con las Normas Generales de Auditoría para el Sector Público, el Manual General de Fiscalización Integral de la CGR y el Procedimiento de Auditoría vigente, establecido por la DFOE.
1.7. Para el desarrollo de esta auditoría se utilizó la información suministrada en reuniones con funcionarios de la Municipalidad, así como las respuestas a consultas planteadas por escrito ante el Alcalde, el coordinador de la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, y el Director de la Unidad Proceso de Planificación Estratégica Multimodal de Infraestructura y Servicios de Transporte de la Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT. También se recopiló información en visitas a proyectos ejecutados o en proceso de intervención.
GENERALIDADES ACERCA DEL OBJETO AUDITADO
1.8. La Ley General de Caminos Públicos N.° 5060 del 22 de agosto 1972 señala que la facultad de administrar la Red Vial Cantonal es responsabilidad de los Gobiernos Locales.
1.9. El Código Municipal, Ley N.° 7794 del 30 de abril 1998, indica que la potestad de fijar la política y las prioridades de desarrollo del municipio, y de aprobar el Plan de Desarrollo Municipal y los Planes Anuales Operativos, es atribución del Concejo Municipal.
1.10. La Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias N.° 8114 del 4 de julio 2001 establece el destino de los recursos provenientes de la recaudación del impuesto único sobre los combustibles, y estipula que el 22.25% de los recursos provenientes de la recaudación de ese impuesto será transferido a las municipalidades exclusivamente para la conservación, el mantenimiento, el mejoramiento y la rehabilitación de la Red Vial Cantonal.
1.11. La Ley General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades N.°
8801 del 28 de abril 2010 señala los principios y disposiciones generales para la transferencia de recursos del presupuesto de la República, y para la transferencia de las competencias administrativas del Poder Ejecutivo a los Gobiernos Locales, a fin de contribuir al proceso de descentralización territorial del Estado.
1.12. La Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias N.° 9329 del 15 de octubre 2015 para la atención plena y exclusiva de la Red Vial Cantonal por parte de los Gobiernos Locales establece que ésta será su competencia, y les corresponderá planear, programar, diseñar, administrar, financiar, ejecutar y controlar su construcción, conservación, señalamiento, demarcación, rehabilitación y reconstrucción, entre otros, de conformidad con su propio Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo.
1.13. El Decreto Ejecutivo DE-40137-MOPT del 12 de diciembre 2016 reglamenta la Ley N.° 9329 en lo que respecta a las competencias municipales en gestión vial. Entre las funciones a ejecutar por personal profesional o técnico idóneo destacan: elaborar y ejecutar los Planes Viales
1 Estos criterios también fueron comunicados por escrito al Alcalde Municipal mediante oficio DFOE-IFR- 0328(10936) del 24 de julio 2019.
Quinquenales de Conservación y Desarrollo, realizar y actualizar el inventario de calles y caminos cantonales, y priorizar los proyectos viales.
1.14. La priorización de los proyectos viales por ejecutar, según el DE-40137-MOPT, debe sustentarse en una evaluación socio-económica de las vías a intervenir, que cuantifique el beneficio a sus usuarios, y tomar en consideración criterios técnicos como conectividad, concepto de red, tránsito promedio diario, acceso a servicios en las comunidades, densidad de población y volumen de producción.
1.15. El Decreto Ejecutivo DE-40138-MOPT del 12 de diciembre 2016 reglamenta el artículo 5 inciso b) de la Ley N.° 8114 en cuanto al destino de los recursos, y otorga a las municipalidades la competencia de administrar y ejecutar dichos recursos. Además, define la conformación, el funcionamiento y las competencias de la Junta Vial Cantonal.
1.16. La Junta Vial Cantonal, según el DE-40138-MOPT, es un órgano asesor de consulta en la planificación y evaluación de la gestión vial, nombrado por el Concejo Municipal ante quien responde por su gestión, al cual le corresponde realizar el seguimiento y la evaluación de los Planes Anuales Operativos.
1.17. El Decreto Ejecutivo DE-40139-MOPT del 12 de diciembre 2016 es la Norma Técnica para el Desarrollo y la Conservación de la Red Vial Cantonal que establece la normativa aplicable y los requisitos técnicos para caminos pavimentados y no pavimentados, con base en el diseño geométrico, el sistema de drenaje y la estructura del pavimento.
Imagen nro. 1
Normativa que regula la administración de la Red Vial Cantonal
Fuente: Elaboración propia con base en la normativa vigente
1.18. La propuesta, programación y priorización de las inversiones a realizar en los proyectos viales a ejecutar en la Red Vial Cantonal, se enmarcan dentro del Proceso de Gestión de los Recursos de la Ley N.° 8114, en el cual participan el Concejo Municipal, la Junta Vial Cantonal y la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal, actores responsables de la gestión vial municipal, los cuales deciden el destino de los fondos transferidos por el Ministerio de Hacienda provenientes de la aplicación de dicha Ley, según se muestra en el siguiente diagrama:
Imagen nro. 2
Proceso de gestión de los recursos de la Ley N.° 8114
Fuente: Informe de seguimiento de las acciones desarrolladas por el MOPT y el Ministerio de Hacienda en la implementación de la Ley N.° 9329, MIDEPLAN, febrero 2018
MEJORAS IMPLEMENTADAS POR LA ADMINISTRACIÓN DURANTE LA AUDITORÍA
1.19. Durante el desarrollo de la presente auditoría, la Administración Municipal de Bagaces efectuó los trámites correspondientes ante la Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT para la actualización de su Inventario de la Red Vial Cantonal.2
COMUNICACIÓN PRELIMINAR DE LOS RESULTADOS DE LA AUDITORÍA
1.20. La comunicación preliminar de los resultados y disposiciones producto de la presente auditoría se realizó por videoconferencia el viernes 26 de junio 2020, previa convocatoria a la institución fiscalizada mediante oficio DFOE-IFR-0379 (09162). Estuvieron presentes: Eva Vásquez Vásquez, Alcaldesa; Álvaro García Alfaro, Vicealcalde; Javier Villafuerte Rodríguez, Coordinador Unidad Técnica Gestión Vial; Cristina Ruiz Vílchez, Promotora Social, y Merling Lacayo Vargas de la Unidad Técnica Gestión Vial, todos ellos funcionarios de la Municipalidad de Bagaces.
1.21. El borrador del informe se remitió mediante oficio DFOE-IFR-0370 (09140), en la fecha de la presentación verbal de resultados, con el propósito de que en un plazo máximo de cinco días hábiles formulara y remitiera a la Gerencia del Área de Fiscalización de Servicios de Infraestructura, las observaciones que considerase pertinentes sobre su contenido.
2 Oficio SPS-PEMIST-2019-336 del 12 de noviembre 2019 de la Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT.
1.22. Al respecto, la señora Alcaldesa Municipal de Bagaces, en correo electrónico recibido el 7 de julio 2020 (NI-19127) manifestó no tener observaciones sobre el borrador del informe.
SIGLAS
SIGLA Significado
CGR Contraloría General de la República
DFOE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la CGR
GIZ Agencia Alemana para la Cooperación Internacional: Deutsche Gesellschaft fur Internnationale Zusammenarbeit
IPRVC Primer Programa de la Red Vial Cantonal IVTS Índice de Viabilidad Técnico-Social JVC Junta Vial Cantonal
LanammeUCR Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales de la UCR MIDEPLAN Ministerio de Planificación y Política Económica
MOPT Ministerio de Obras Públicas y Transportes PAO Plan Anual Operativo
PEMIST Unidad Proceso de Planificación Estratégica Multimodal de Infraestructura y Servicios de Transporte de la SPS del MOPT
PVQCD Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo RVC Red Vial Cantonal
SIPP Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la CGR SPS Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT
TPD Tránsito Promedio Diario UCR Universidad de Costa Rica UNA Universidad Nacional
UTGV Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal
2. Resultados
2.1. El objetivo general de la auditoría consistió en determinar la razonabilidad del proceso de priorización de inversión de recursos en la Red Vial Cantonal. Para ello, el artículo 2 de la Ley N.° 9329, relacionado con la Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a los Gobiernos Locales para la atención plena y exclusiva de la Red Vial Cantonal, constituye el punto de partida al delimitar la competencia municipal de la siguiente forma:
La atención de la red vial cantonal, de forma plena y exclusiva, será competencia de los gobiernos locales, a quienes les corresponderá planear, programar, diseñar, administrar, financiar, ejecutar y controlar su construcción, conservación, señalamiento, demarcación, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción, concesión y operación, de conformidad con el plan vial de conservación y desarrollo (quinquenal) de cada municipio.
2.2. Por lo tanto, los Gobiernos Locales son los actores competentes en materia de inversión de los recursos provenientes de la aplicación de la Ley N.° 8114, al programar, priorizar y ejecutar las obras necesarias para garantizar el mantenimiento y la conservación de la Red Vial Cantonal en sus respectivas jurisdicciones. Tal gestión implica riesgos y desafíos que, de no ser atendidos, podrían representar limitaciones en la gestión vial municipal.
2.3. La normativa que rige el tema de la priorización de proyectos por ejecutar en la Red Vial Cantonal es escasa, y viene establecida únicamente por el inciso j) del artículo 5 del Reglamento DE-40137-MOPT a la Ley N.° 9329, en los siguientes términos:
Artículo 5.- Funciones municipales para la gestión vial: / j) Priorizar los proyectos viales a ejecutar dentro de las respectivas jurisdicciones, tomando en consideración los criterios técnicos. Tal priorización deberá sustentarse en la evaluación socioeconómica de las diferentes vías a intervenir que cuantifique los beneficios a sus usuarios. Dichas evaluaciones involucrarán parámetros como conectividad y concepto de red, tránsito promedio diario, acceso a servicios en las comunidades, densidad de población y volumen de producción.
Complementariamente se podrá utilizar el Índice de Viabilidad Técnico-Social, establecido por la Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT.
2.4. Conforme lo anterior, es importante que cada municipalidad desarrolle una metodología para realizar la priorización de los proyectos viales y la asignación de los recursos a las obras propuestas por intervenir, ello como parte de su propio modelo de gestión vial, siempre y cuando se sustente en una evaluación socio-económica de las vías a intervenir y en los parámetros técnicos antes transcritos, cuya contribución a la programación y priorización de proyectos viales por ejecutar se grafica seguidamente:
Imagen nro. 3
Parámetros para la priorización de los proyectos viales por ejecutar
Fuente: Elaboración propia a partir del Reglamento DE-40137-MOPT a la Ley N.° 9329
2.5. Al respecto, se revisó el modelo de gestión vial municipal y se verificó que contuviese los parámetros de priorización aplicables según la norma comentada. La Municipalidad asigna una calificación y un puntaje para cada uno de los parámetros, dependiendo de los diferentes escenarios considerados, así como un factor de ponderación o peso relativo para cada uno de los criterios, cuyos datos son tabulados por proyecto vial en una Hoja Electrónica y, producto del cálculo particular establecido por la Municipalidad, se obtiene una calificación que constituye el orden de priorización con que se deberá atender cada proyecto. En el Anexo nro. 1 se muestran los criterios de priorización de proyectos y los factores de ponderación propios de esta Municipalidad.
2.6. Se determinó la existencia de criterios de priorización, políticas oficiales de gestión vial, Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo, y un proceso razonable de priorización para la ejecución de los proyectos viales. Sin embargo, se identificaron oportunidades de mejora orientadas a fortalecer el proceso de priorización y, en general, la gestión vial del municipio.
Dichos aspectos se indican en los siguientes apartados.
Ejecución de proyectos programados en Planes Anuales Operativos
2.7. Los montos disponibles con que contó el Gobierno Local de Bagaces en el período 2016-2018 para la ejecución del Programa III Inversiones del respectivo Plan Anual Operativo, provinieron de dos fuentes: el monto girado por el Ministerio de Hacienda por concepto de transferencias del Gobierno Central, correspondiente a la aplicación de la Ley N.° 8114, y el monto del superávit presupuestario del año previo por el mismo concepto:
Cuadro nro. 1
Recursos de la Ley N.° 8114 otorgados a la Municipalidad de Bagaces Monto Ejecutable Programa III Inversiones del PAO
Datos en colones
Período Presupuestario 2016 2017 2018
Transferencia Ley 8114 469.000.000 1.184.609.254 1.631.693.214
Superávit del año previo 0 301.156.901 0
Monto Ejecutado 469.000.000 1.485.766.155 1.631.693.214 Fuente: Sistema de Información sobre Planes y Presupuestos de la CGR
2.8. En los Planes Anuales Operativos de los presupuestos ordinarios 2016, 2017 y 2018 se programaron, respectivamente, 24, 32 y 17 proyectos viales a intervenir con fondos de la Ley N.° 8114. Sin embargo, se encontró que algunos de ellos no fueron ejecutados, tal como se muestra seguidamente:
Cuadro nro. 2
Proyectos programados en Planes Anuales Operativos
Fuente: Planes Anuales Operativos y Liquidaciones Presupuestarias
2.9. En el Anexo nro. 2 de este informe se presenta el detalle presupuestario de los proyectos programados en el período estudiado. La ejecución física de los proyectos programados en el objetivo “Mantenimiento periódico de calles urbanas y caminos vecinales” del Programa III Inversiones de los Planes Anuales Operativos evidenció que se dejaron de ejecutar proyectos en el orden del 50%, 28% y 35% con respecto al número total de obras viales programadas en los respectivos años.
2.10. En cuanto a la ejecución financiera, se solicitó al Gobierno Local información sobre la ejecución del Programa III Inversiones.3 Producto del análisis de los datos recibidos,4 se obtuvo que la ejecución financiera se caracteriza por una baja ejecución, del orden del 55%
del monto presupuestado, y por presentar un elevado número de proyectos trasladados a
“compromisos,” cuyos montos totalizan el 41% con respecto a los de las inversiones programadas, según se aprecia en la siguiente tabla:
3 Oficio DFOE-IFR-0674 (17821) del 15 de noviembre 2019.
4 Oficio MBUTGV-411-2019 (NI-33775) del 27 de noviembre 2019.
Cuadro nro. 3
Ejecución presupuestaria Programa III Inversiones Bagaces Datos en colones
Año Monto
presupuestado
Monto ejecutado
Monto en
compromisos Saldo 2016 246.340.948 103.963.327
(42%)
125.780.800 (51%)
16.595.820 (7%) 2017 899.075.223 471.388.200
(52%)
397.760.112 (44%)
29.9269.12 (3%) 2018 966.009.990 682.194.932
(71%)
280.651.867 (29%)
3.163.191 (0,3%)
Promedio del Trienio 55% 41% 4%
Fuente: Elaboración propia a partir de la información aportada por el Gobierno Local
2.11. Los proyectos no ejecutados en cada ejercicio presupuestario fueron trasladados como
“compromisos” para su ejecución en el primer semestre del siguiente período presupuestario, de conformidad con lo que dispone el artículo 116 de la Ley N.° 7794.5 Sin embargo, la ejecución de tales compromisos limitó la ejecución de los proyectos programados del Plan Anual Operativo subsiguiente.
2.12. Sobre la baja ejecución física y financiera de los proyectos programados, esta Contraloría General consultó al Gobierno Local,6 el cual manifestó lo siguiente:7
En el año 2016 los proyectos que quedaron en compromiso se debieron a proyectos que correspondían al superávit del año anterior y que a esa fecha, con la capacidad instalada que tenía la UTGV, era una tarea difícil de afrontar. Asimismo, del 2016 al 2017 fue el aumento de presupuesto por la entrada en vigencia de la Ley 9329, donde hubo un aumento de aproximadamente el 280% y con la misma capacidad de la UTGV.
2.13. Por lo tanto, el proceso de planificación municipal de los caminos por intervenir no consideró el hecho de que la entrada en vigencia de la Ley N.° 9329 y el Reglamento DE-40138-MOPT, a partir del año 2017, aumentaría sustancialmente el presupuesto a ejecutar por la Unidad Técnica de Gestión Vial, sin que variase su capacidad de gestión, aspecto que no fue ponderado oportunamente.
2.14. En respuesta a la citada consulta sobre la baja ejecución física y financiera anual de los proyectos programados,8 el Gobierno Local también manifestó lo siguiente:9
A finales del 2016, todo el 2018 y hasta el día de hoy, se realizaron la mayoría de las obras de reconstrucción de los caminos del cantón que fueron extremadamente afectados por los efectos del Huracán Otto y la Tormenta Nate, lo que implicó
5 Los compromisos efectivamente adquiridos que queden pendientes del período que termina pueden liquidarse o reconocerse dentro de un término de seis meses, sin que la autorización deba aparecer en el nuevo presupuesto vigente.
6 Oficio DFOE-IFR-0739 (19649) del 11 de diciembre 2019.
7 Oficio MB-UTGV-0428-2019 (NI-35745) del 13 de diciembre 2019.
8 Oficio DFOE-IFR-0739 (19649) del 11 de diciembre 2019.
realizar una fuerte inversión de capital económico de recursos de la Comisión Nacional de Emergencias, obras que coordinó y supervisó la Municipalidad de Bagaces a través de este departamento, situación que influyó en los grandes atrasos en la ejecución de los Planes Operativos.
2.15. Lo anterior evidencia que el Gobierno Local no previó los mecanismos necesarios para que la ejecución se mantuviese dentro de los límites establecidos en los Planes Anuales Operativos, lo cual se contrapone con el artículo 2.11.4 inciso b) de los Lineamientos Generales sobre la Planificación del Desarrollo Local L-1-2009-CO-DFOE, relacionado con la Fase de control de la ejecución, el cual señala que se deberá, al menos: “b) Establecer los mecanismos necesarios para que la ejecución se mantenga dentro de los límites previstos en los planes de desarrollo local…”.
2.16. Además, el artículo 2.1.4 del Manual de Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1- 2012-DC-DFOE, relacionado con la vinculación de la ejecución con la planificación institucional, indica que: “El Subsistema de Presupuesto debe sustentarse en la planificación institucional para que responda adecuadamente al cumplimiento de sus objetivos y contribuya a la gestión de la institución de frente a las demandas sociales…”.
2.17. El efecto de esta situación se tradujo en una baja eficiencia en la gestión vial municipal debido a la limitación en su capacidad de gestión y al consecuente atraso en el ritmo de ejecución, lo cual condujo a la exclusión de proyectos originalmente programados, en perjuicio de las expectativas de los vecinos de las respectivas comunidades en cuanto al mejoramiento de la condición de sus caminos.
Inventario de la Red Vial Cantonal
2.18. La última solicitud de actualización del Inventario de la Red Vial Cantonal de la Municipalidad de Bagaces se presentó ante la Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT a inicios del año 2019,10 mientras que el último inventario había sido presentado en el año 2009, lo cual implica que el tiempo transcurrido entre ambos trámites fue de diez años.
2.19. Dicha situación no se ajustó a la periodicidad establecida en el artículo 5 inciso n) del Reglamento DE-40137-MOPT para la actualización del referido inventario, el cual señala que debe realizarse como mínimo cada 5 años.
2.20. Se consultó al Gobierno Local sobre las razones por las cuales no se actualizó oportunamente el inventario,11 a lo cual informó lo siguiente:12
Sobre las causas de la no actualización del Inventario de la RVC cinco años después del presentado en el año 2009, debemos indicar que vía administración no fue posible realizar la actualización debido a las limitaciones de personal y presupuesto, así como de la falta de suficientes insumos requeridos para este levantamiento. Esto por cuanto la extensión de nuestra red vial es bastante amplia al estar ubicados en un cantón con una extensión territorial mayor a los 1200 km2.
2.21. Esta condición implicó que durante el último quinquenio, el cual incluye el período bajo estudio, la Municipalidad trabajara con un inventario desactualizado, siendo que la
10 Oficio MB-UTGV-0034-2019 del 30 de enero 2019.
11 Oficio DFOE-IFR-0431 (13222) del 6 de setiembre 2019.
12 Oficio MBUTGV-318-2019 (NI-24373) del 11 de setiembre 2019.
actualización de esta herramienta, fundamental para la planificación, programación y priorización de las obras por ejecutar, fue aprobada por parte de la Secretaria de Planificación Sectorial del MOPT hasta finales del año 2019, y adquirió vigencia el 31 de mayo 2020.13
2.22. Además, se determinó que la Municipalidad no cuenta con normativa interna que regule los pasos a seguir para mantener actualizado su Inventario de la Red Vial Cantonal.
2.23. El hecho de que la planificación, programación y priorización de las inversiones no estén basadas en un inventario actualizado de la Red Vial Cantonal genera el riesgo de no atender caminos que podrían ser aptos para formar parte de la Red Vial Cantonal, o bien el riesgo de intervenir caminos no contemplados en dicho inventario.
2.24. El no contar con un inventario actualizado de la Red Vial Cantonal también provoca una afectación en perjuicio del monto de los fondos asignados al cantón por la Ley N.° 8114, en virtud de que, conforme a dicha Ley, la distribución de fondos se calcula, entre otros factores, considerando la longitud total de los caminos inventariados según la Base de Datos del MOPT.
2.25. La actualización del inventario resulta de fundamental importancia porque con el paso del tiempo los caminos van experimentando cambios por factores como mejoras efectuadas, condiciones de desarrollo de la zona, indicadores viales como el Tránsito Promedio Diario y la afectación climática, entre otros, todo lo cual es información relevante para la toma de decisiones relativas a las eventuales intervenciones y priorizaciones sobre esa red vial.
Referenciación de la ubicación de los proyectos
2.26. Los caminos que conforman la Red Vial Cantonal de Bagaces no se encuentran identificados con estacionamientos kilométricos de inicio y término, condición que imposibilita la ubicación exacta, mediante una delimitación kilométrica, de las intervenciones a ejecutar en un sector determinado de camino, a partir de estacionamientos previamente definidos.
2.27. Se consultó al Gobierno Local14 sobre las razones por las cuales se presenta esta situación, a lo cual indicó lo siguiente:15
La principal razón por la cual no se brindó el estacionamiento de las obras es porque se lleva con descripciones más generales como poblados, tramos, viviendas de vecinos, nombres de (cuestas) pendientes, ríos, etc. Otra de las razones por las cuales no se estacionó en su momento también se debe a lo extenso de los caminos y su estacionamiento se debe realizar desde la estación 0+000.
2.28. En contraposición con lo anterior, la norma 4.5.2 inciso d) sobre Gestión de Proyectos, del Manual de Normas de Control Interno para el Sector Público N-2-2009-CO-DFOE indica que:
“Las actividades de control que se adopten para tales efectos deben contemplar: d) El establecimiento de un sistema de información confiable, oportuno, relevante y competente para dar seguimiento al proyecto.”
2.29. Además, el artículo 5 inciso n) del Reglamento DE-40137-MOPT señala que las municipalidades deberán ejercer, al menos, las siguientes funciones para el adecuado
13 Oficio SPS-PEMIST-2019-336 del 12 de noviembre 2019.
14 Oficio DFOE-IFR-0739 (19649) del 11 de diciembre 2019.
desempeño de sus competencias en gestión vial: “n) Velar por la aplicación de lineamientos técnicos emitidos por el MOPT en materia de inventario, clasificación y referencia de la Red Vial Cantonal.”
2.30. A modo de referencia, el artículo 4.12 de la Guía N° 2 del Inventario de Elementos Físicos, que fue uno de los instructivos de la capacitación que se impartió a varias municipalidades16 del país como parte del Programa de la Red Vial Cantonal, con el auspicio del MOPT/BID y con la colaboración de la Agencia Alemana para la Cooperación Internacional (GIZ), indica lo siguiente: “Las estaciones kilométricas se usan para indicar la distancia en kilómetros en las vías, desde un punto determinado. En el inventario, se debe indicar su identificación, su localización y estado.”
2.31. La inexistencia de estacionamientos kilométricos asociados a cada uno de los caminos de la Red Vial Cantonal, va en detrimento de la veracidad de la información necesaria para garantizar una ubicación exacta de las obras programadas, así como para el seguimiento de las inversiones realizadas. Además, perjudica la trazabilidad, la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión vial municipal.
Expedientes integrales por camino
2.32. El Gobierno Local de Bagaces no cuenta con expedientes integrales por camino de la Red Vial Cantonal, según exige la normativa mencionada más adelante, en los cuales se recopilen los datos de cada intervención efectuada históricamente en cada camino. Lo anterior a pesar de que sí se dispone de la información financiera requerida.
2.33. Se consultó al Gobierno Local17 sobre las razones por las cuales se presenta esta situación, a lo cual indicó lo siguiente:18
Referente a los expedientes con la documentación de las intervenciones (trabajos efectuados históricamente en cada uno de los caminos cantonales), esta no se encuentra archivada en un solo expediente básicamente por una cuestión de espacio… / siendo que de forma física se hace prácticamente imposible compilar en un único expediente todas las intervenciones que durante los años se realizan a cada camino.
2.34. Ahora bien, la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal también señaló, en el documento de previa cita, lo siguiente: “Este departamento cuenta con un expediente propio para cada camino, el cual contiene la información correspondiente de acuerdo a los parámetros establecidos por el MOPT.”
2.35. Lo anterior se refiere al cumplimiento de lo indicado en el artículo 5 inciso h) del Reglamento DE-40137-MOPT, el cual señala que las municipalidades deberán: “h) Mantener un expediente de cada uno de los caminos del cantón, que contenga el inventario vial, el inventario de necesidades, la lista de colindantes, las intervenciones e inversiones realizadas, así como las organizaciones comunales involucradas, entre otros.”
2.36. Sin embargo, no se evidenció el cumplimiento de lo indicado en el artículo 5 inciso i) del Reglamento DE-40137-MOPT, el cual señala que las municipalidades deberán: “i) Mantener,
16 Incluida la Municipalidad de Bagaces.
17 Oficio DFOE-IFR-0431 (13222) del 6 de setiembre 2019.
18 Oficio MBUTGV-318-2019 (NI-24373) del 11 de setiembre 2019.
adicionalmente al expediente de caminos, expedientes de proyecto que contengan la documentación generada por cada intervención vial que se realice.”
2.37. Lo anterior refleja que la Unidad Técnica de Gestión Vial no ha considerado prioritaria la conformación de expedientes integrales por camino en los cuales se incluya la información física y financiera de cada una de las intervenciones ejecutadas en la Red Vial Cantonal, no obstante la documentación de las intervenciones ejecutadas se mantiene en diferentes archivos y se guarda por año y por distrito.
2.38. Por lo tanto, la Municipalidad no dispone de expedientes que contengan memorias históricas de las intervenciones que se han ejecutado en cada camino que forma parte de la Red Vial Cantonal, y en consecuencia se carece de información relevante para conocer el verdadero estado de la Red Vial Cantonal de cara a proyectar, planificar, programar y priorizar las inversiones futuras.
Rendición de cuentas por parte de la Junta Vial Cantonal
2.39. Se determinó que la Junta Vial Cantonal de Bagaces no elabora el informe anual de rendición de cuentas que debe dirigir al Concejo Municipal cada mes de enero.
2.40. La razón de ser de la Junta Vial Cantonal es promover la participación ciudadana en la ejecución de los recursos provenientes de la Ley N.° 8114, conforme lo estipula el artículo 8 del Reglamento DE-40138-MOPT, mientras el artículo 9 establece que: “La Junta Vial Cantonal es un órgano nombrado por el Concejo Municipal de cada cantón, ante quien responde por su gestión. Es un órgano asesor de consulta en la planificación y evaluación en materia de gestión vial en el cantón y de servicio vial municipal.”
2.41. Entre las responsabilidades de la Junta Vial Cantonal, el artículo 11 inciso d) del Reglamento DE-40138-MOPT establece que debe: “d) Presentar en el mes de enero ante el Concejo Municipal un informe anual de rendición de cuentas.”, y en materia de gestión vial, el artículo 12 del citado cuerpo normativo estipula que: “La Junta Vial deberá realizar el seguimiento y la evaluación de los planes anuales...”.
2.42. Se consultó al presidente de la Junta Vial Cantonal acerca de la elaboración del informe anual de rendición de cuentas,19 y en su respuesta aportó los correspondientes informes 2016, 2017 y 2018 que presentó ante el Concejo Municipal en el mes de marzo de cada año, e informó lo siguiente:20
La Unidad Técnica de Gestión Vial, en su función de Secretaría Técnica de la Junta Vial Cantonal…, mantiene informado durante el año a dicho cuerpo colegiado sobre los avances de los proyectos, obras y modificaciones. Posteriormente, toda la información de la gestión del departamento es compilada en un informe anual, el cual es remitido a la Alcaldía Municipal para que esta a su vez lo presente ante el Concejo Municipal como parte de la rendición de cuentas.
2.43. Ciertamente, la Unidad Técnica de Gestión Vial elabora un informe anual de gestión vial que dirige al Alcalde, quien lo expone ante el Concejo Municipal a manera de informe de rendición de cuentas, junto con otros temas que forman parte de su gestión administrativa. Sin
19 Oficio DFOE-IFR-0405 (12914) del 2 de setiembre 2019.
embargo, este informe no es emitido por la Junta Vial Cantonal, no se presenta en el período que estipula la normativa, y no es dirigido a la instancia pertinente.
2.44. Por otra parte, los informes aportados en la citada respuesta para los años 2016, 2017 y 2018 no constituyen informes de rendición de cuentas, sino que se trata de informes anuales de gestión vial que la Unidad Técnica de Gestión Vial dirigió al Alcalde. Esto por cuanto un verdadero informe de rendición de cuentas requiere al menos de comparaciones entre las metas programadas, las alcanzadas y las no alcanzadas; entre los trabajos programados, los ejecutados y los no ejecutados; y entre los montos presupuestados, los ejecutados y los no ejecutados, junto con las respectivas razones en cada caso. Los citados informes aportados distan de cumplir con tales prerrogativas.
2.45. Se determinó que, no obstante la Junta Vial Cantonal ejerce su rol en la planificación con la propuesta de obras a ejecutar, no existe la práctica de fortalecer los procesos de rendición de cuentas.
2.46. La carencia del informe anual de rendición de cuentas ante el Concejo Municipal impide conocer las labores de la Junta Vial Cantonal realizadas durante el año en su rol de garante de la participación ciudadana en la propuesta, programación, priorización, seguimiento y evaluación de las inversiones en la Red Vial Cantonal.
3. Conclusiones
3.1. El objetivo general de la auditoría consistió en determinar la razonabilidad del proceso de priorización de inversión de recursos en la Red Vial Cantonal. Al respecto, se revisó el modelo de gestión vial municipal y se verificó que contuviese los parámetros de priorización aplicables estipulados en el artículo 5 inciso j) del Reglamento DE-40137- MOPT. La Municipalidad asigna una calificación y un puntaje para cada uno de los parámetros, dependiendo de los diferentes escenarios considerados, así como un factor de ponderación o peso relativo para cada uno de los criterios, cuyos datos son tabulados por proyecto vial y, producto del cálculo particular se obtiene una calificación que constituye el orden de priorización con que se deberá atender cada proyecto.
3.2. De conformidad con los hallazgos determinados, se considera razonable el proceso seguido por la Municipalidad de Bagaces para la priorización de obras por realizar en la Red Vial Cantonal con fondos de la Ley N.° 8114. Este Gobierno Local cuenta con el Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo, instrumento de enlace con las políticas de gestión vial aprobadas por el Concejo Municipal, a partir del cual desarrolla su función de planificación, programación y priorización de las obras por ejecutar. Sin embargo, se identificaron oportunidades de mejora orientadas a fortalecer el proceso de priorización y, en general, la gestión vial del municipio:
3.3. En el período estudiado 2016-2018 se dejaron de ejecutar 27 proyectos que habían sido programados, y en su lugar se ejecutaron otros no programados inicialmente, así como compromisos del año previo y obras de atención de emergencias, cuyo tiempo de ejecución afectó el cumplimiento de los objetivos anuales y la gestión vial municipal. El
proceso de planificación de los caminos por intervenir no consideró la capacidad de gestión de la Unidad Técnica de Gestión Vial al no ponderar factores como la ejecución de tales compromisos ni la eventual atención de emergencias.
3.4. La actualización del Inventario de la Red Vial Cantonal no fue realizada de conformidad con la periodicidad establecida reglamentariamente, lo cual implicó que durante el último quinquenio, la Municipalidad no dispusiera de un inventario debidamente actualizado, en perjuicio de la atención de caminos que, teniendo condiciones de pertenecer a la Red Vial Cantonal, no fueron objeto de mantenimiento, mejoramiento y conservación por no estar inventariados.
3.5. Los caminos de la Red Vial Cantonal no se identifican con estacionamientos kilométricos de inicio y término a fin de garantizar la ubicación exacta de las obras por intervenir. La carencia de tales referencias compromete la confiabilidad de la veracidad de la información necesaria para poder dar seguimiento a las inversiones realizadas, y perjudica la trazabilidad, la transparencia y la rendición de cuentas sobre los trabajos ejecutados en la Red Vial Cantonal con fondos provenientes de la Ley N.° 8114.
3.6. La Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal no dispone de expedientes integrales por camino, donde se recopile la información sobre las intervenciones que se han efectuado históricamente en cada uno de estos, conforme estipula la normativa. Esta situación conduce a un descontrol de costos y a la carencia de información relevante para conocer el verdadero estado de la Red Vial Cantonal de cara a la proyección, planificación, programación y priorización de las inversiones futuras, en perjuicio de la gestión vial municipal.
3.7. La Junta Vial Cantonal no elabora el informe anual de rendición de cuentas que debe dirigir al Concejo Municipal en el mes de enero de cada año. La carencia de este informe impide conocer las labores realizadas por la Junta en su rol de garante de la participación ciudadana en la propuesta, programación, priorización, seguimiento y evaluación de las inversiones en la Red Vial Cantonal con fondos provenientes de la Ley N.° 8114.
4. Disposiciones
4.1. De conformidad con las competencias asignadas en los artículos 183 y 184 de la Constitución Política, los artículos 12 y 21 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, N.° 7428, y el artículo 12 inciso c) de la Ley General de Control Interno, se emiten las siguientes disposiciones, las cuales son de acatamiento obligatorio y deberán ser cumplidas dentro del plazo, o en el término, conferido para ello, por lo que su incumplimiento no justificado constituye causal de responsabilidad.
4.2. Para la atención de las disposiciones incorporadas en este informe deberán observarse los “Lineamientos generales para el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Contraloría General de la República en sus informes de auditoría”, emitidos mediante resolución N.° R-DC-144-2015, publicada en La Gaceta N.°
242 del 14 de diciembre 2015, los cuales entraron en vigencia desde el 4 de enero 2016.
4.3. Este órgano contralor se reserva la posibilidad de verificar, por los medios que considere pertinentes, la efectiva implementación de las disposiciones emitidas, así como de valorar el establecimiento de las responsabilidades que correspondan, en caso de incumplimiento injustificado de tales disposiciones.
A EVA VÁSQUEZ VÁSQUEZ, EN SU CALIDAD DE ALCALDESA MUNICIPAL DE BAGACES,OAQUIENENSULUGAROCUPEELCARGO
4.4. Elaborar un procedimiento que establezca un cronograma con los pasos a seguir para mantener actualizado el Inventario de la Red Vial Cantonal (RVC), y proceder a su implementación en las unidades competentes, de conformidad con las regulaciones municipales sobre elaboración de normativa interna (ver párrafos del 2.18 al 2.25).
Dicho cronograma deberá contemplar al menos las tareas, actividades, responsables y plazos que deben verificarse a lo largo del período previo al vencimiento de la vigencia del Inventario a efecto de garantizar que, a la fecha de su vencimiento, la Municipalidad cuente con una versión actualizada del Inventario de la RVC.
Para dar por acreditado el cumplimiento de las acciones señaladas en esta disposición, la Alcaldía deberá remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la CGR, lo siguiente:
i. En un plazo de 6 meses contados a partir de la emisión del presente informe, un oficio que conste la elaboración del procedimiento que establezca el cronograma con los pasos a seguir para mantener actualizado el Inventario de la RVC.
ii. A más tardar 1 mes después de elaborado el procedimiento, copia del oficio dirigido a las unidades competentes que conste las instrucciones giradas para su implementación.
iii. A más tardar 2 meses después de giradas las instrucciones del apartado anterior, una certificación que conste la implementación del procedimiento.
4.5. Elaborar un procedimiento que establezca los pasos a seguir para mantener actualizados los Expedientes de Camino de la Red Vial Cantonal (RVC), y proceder a su implementación en las unidades competentes, de conformidad con las regulaciones municipales sobre elaboración de normativa interna (ver párrafos del 2.32 al 2.38).
Dichos expedientes, indexados por código de camino según el Inventario de la RVC, deberán contener al menos la información física y financiera de cada una de las intervenciones ejecutadas, junto con la documentación que estipula el artículo 5 incisos h) e i) del Reglamento DE-40137-MOPT.
Para dar por acreditado el cumplimiento de las acciones señaladas en esta disposición, la Alcaldía deberá remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la CGR, lo siguiente:
i. En un plazo de 6 meses contados a partir de la emisión del presente informe, un oficio que conste la elaboración del procedimiento que establezca los pasos a seguir para mantener actualizados los Expedientes de Camino de la RVC.
ii. A más tardar 1 mes después de elaborado el procedimiento, copia del oficio dirigido a las unidades competentes que conste las instrucciones giradas para su implementación.
iii. A más tardar 2 meses después de giradas las instrucciones del apartado anterior, una certificación que conste la implementación del procedimiento.
4.6. Elaborar y emitir una directriz a la Unidad Técnica de Gestión Vial (UTGV) para que la programación y priorización de proyectos en Planes Anuales Operativos (PAO) considere, al menos, la capacidad de gestión anual de la UTGV, la disponibilidad de equipo, maquinaria y recursos financieros, la atención de eventuales compromisos presupuestarios, y la previsión resiliente ante posibles eventos climáticos o situaciones de emergencia nacional o local que puedan afectar la normal ejecución de las inversiones (ver párrafos del 2.7 al 2.17).
Dicha directriz deberá señalar la necesidad de cumplir con los objetivos propuestos de intervención de proyectos programados en el PAO, y especificar, en caso de existir alguna desviación excepcional, que ésta debe quedar debidamente justificada en el Expediente del Camino y ser incluida en el Informe Anual de Rendición de Cuentas de la Junta Vial Cantonal.
Para dar por acreditado el cumplimiento de las acciones señaladas en esta disposición, la Alcaldía deberá remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la CGR, lo siguiente:
i. En un plazo de 4 meses contados a partir de la emisión del presente informe, un oficio que conste la elaboración de la directriz que establezca las condiciones indicadas sobre la programación, priorización y ejecución de los proyectos del PAO.
ii. A más tardar 1 mes después de elaborada la directriz, copia del oficio dirigido a la UTGV, que conste las instrucciones giradas para la implementación de la directriz.
iii. A más tardar 2 meses después de giradas las instrucciones del apartado anterior, una certificación que conste la implementación de la directriz.
A EVA VÁSQUEZVÁSQUEZ,EN SUCALIDAD DEPRESIDENTE DELA JUNTAVIAL CANTONALDEBAGACES,OAQUIENENSULUGAROCUPEELCARGO
4.7. Elaborar el Informe Anual de Rendición de Cuentas de la Junta Vial Cantonal (JVC) y presentarlo ante el Concejo Municipal en el mes de enero de cada año, de conformidad con lo que señala el artículo 11 inciso d) del Reglamento DE-40138-MOPT (ver párrafos del 2.39 al 2.46).
Para la acreditación de esta disposición, deberá remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la CGR, a más tardar el 1° de febrero 2021, un oficio que conste la presentación del informe ante el Concejo Municipal.
A JAVIERVILLAFUERTE RODRÍGUEZ,EN SU CALIDAD DE COORDINADOR DE LA UNIDAD TÉCNICADE GESTIÓNVIAL MUNICIPAL DE BAGACES,OA QUIENEN SU LUGAROCUPEELCARGO
4.8. Establecer los estacionamientos kilométricos de inicio y término de todos los caminos de la Red Vial Cantonal (RVC), de manera que la ubicación de cada proyecto particular sea referenciada, dentro del camino, mediante los estacionamientos kilométricos correspondientes (ver párrafos del 2.26 al 2.31).
Para la acreditación de esta disposición, deberá remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la CGR, en un plazo de 6 meses contados a partir de la emisión del presente informe, un oficio que contenga el listado de todos los caminos de la RVC, cada uno con la ubicación del 0+000 y el estacionamiento del punto final.
4.9. Elaborar Expedientes de Camino, indexados según su código en el Inventario de la Red Vial Cantonal (RVC), en los cuales se incluya la información física y financiera de cada una de las intervenciones ejecutadas a partir del año 2020 en la RVC, junto con la documentación que estipula el artículo 5 incisos h) e i) del Reglamento DE-40137-MOPT, de conformidad con la disposición 4.5 anterior (ver párrafos del 2.32 al 2.38).
Para la acreditación de esta disposición, deberá remitir al Área de Seguimiento de Disposiciones de la CGR, en un plazo de 6 meses contados a partir de la emisión del presente informe, un oficio que conste la elaboración de Expedientes de Camino, conteniendo la información física y financiera de cada una de las intervenciones ejecutadas a partir del año 2020 en la Red Vial Cantonal.
_______________________________
Marcela Aragón Sandoval Gerente de Área
_______________________________
Josué Calderón Chaves Asistente Técnico
_______________________________
German Juárez Ariza Coordinador
_______________________________
Marilú Aguilar González Asesora Legal Firmado digitalmente por GERMAN
FRANCISCO JUAREZ ARIZA Fecha: 2020-07-15 08:04
Firmado digitalmente por JOSUE MARTIN CALDERON CHAVES Fecha: 2020-07-15 08:07
Firmado digitalmente por MARILU AGUILAR GONZALEZ
Fecha: 2020-07-15 08:22
Firmado digitalmente por MARCELA ARAGON SANDOVAL Fecha: 2020-07-15 09:30
Anexo nro. 1
Criterios de priorización de proyectos Municipalidad de Bagaces
Criterio Clasificación Puntaje Factor de
ponderación Población beneficiada
(viviendas por km)
Más de 50 viviendas 1,0
De 24 a 50 viviendas 0,8 16%
De 15 a 24 viviendas 0,5
De 10 a 14 viviendas 0,2
Accesibilidad a servicios básicos
Centro de salud y centro educativo 1,0 Centro de salud o centro educativo 0,7 16%
Ruta de transporte público 0,4 Salón comunal, iglesia, plaza deportes 0,2 Tránsito promedio
diario (TPD)
Superior a 3000 vehículos 1,0
16%
Entre 1000 y 3000 vehículos 0,7 Inferior a 1000 vehículos diarios 0,4 Productividad y
turismo
Zona de alta producción y atracción turística 1,0
12%
Zona de alta producción o atracción turística 0,8 Camino en zona de producción media 0,4 Jerarquía
(conectividad)
Ruta primaria 1,0
13%
Ruta secundaria 0,6
Ruta terciaria 0,3
Condición del camino
Buena 1,0
15%
Regular 0,6
Mala 0,3
Obras básicas de infraestructura y
urbanidad
Sistemas de drenaje y estabilidad de taludes 0,2 Sistemas de drenaje en condición buena 0,6 12%
Sistemas de drenaje en condición regular 0,9 Sistemas de drenaje en condición mala 1,0
Fuente: Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo, Municipalidad de Bagaces
Anexo nro. 2
Proyectos viales programados en el Programa III Inversiones del PAO Municipalidad de Bagaces
AÑO 2016 Presupuestado (¢)
1 Cordón y caño, mejoramiento de la base y asfaltado calle Pedro Nolazco * 20.186.182,81
2 Contrapartida BID camino El Chile 24.964.212,74
3 Mantenimiento Zanja del Barro * 19.625.367,18
4 Mantenimiento camino Puente Quemado * 19.713.819,18
5 Mantenimiento Calles urbanas Fortuna * 22.055.322,35
6 Contrapartida para Asfaltado San Bernardo 5.500.000,00
7 Mantenimiento camino Cuipilapa * 10.000.000,00
8 Mantenimiento camino Limonal 8.000.000,00
9 Mantenimiento camino San Isidro 8.000.000,00
10 Mantenimiento camino San Jorge 8.000.000,00
11 Mantenimiento camino Los Ángeles 18.877.968,14
12 Mantenimiento camino Los Aguirre 9.634.449,18
13 Mantenimiento calles urbanas sector este 9.927.399,18
14 Mantenimiento camino Rio Chiquito 8.000.000,00
15 Mantenimiento camino Cerro Plano * 5.383.152,54
16 Tratamiento superficial triple calles urbanas San Antonio 7.700.000,00~
17 Tratamiento superficial triple calles urbanas El Salto 7.300.000,00~
18 Bacheo mezcla asfáltica calles urbanas Bagaces * 4.610.930,73~
19 Construcción de puente sobre Río Cuipilapa 5.000.000,00~
20 Bacheo mezcla asfáltica calles urbanas Fortuna * 3.716.989,82~
21 Bacheo mezcla asfáltica camino Pueblo Nuevo * 2.240.000,00~
22 Bacheo mezcla asfáltica calles urbanas Guayabo * 5.472.432,53~
23 Bacheo mezcla asfáltica camino Guayabo-Fortuna * 2.240.000,00~
24 Mantenimiento camino El Retiro * 7.646.885,17~
-- Soporte Gestión Administrativa 271.132.126,70
TOTAL 2016 469.000.000,00
AÑO 2017 Presupuestado (¢)
1 Rehabilitación camino Puente Quemado 110.431.683,00
2 Rehabilitación calle escuela nueva 112.882.731,00
3 Mantenimiento calles Bebedero 20.700.883,00
4 Mantenimiento camino Agua Caliente 27.485.095,00
5 Rehabilitación calle urbana Bagaces 22.400.486,00
6 Rehabilitación calle La Ceiba 43.927.446,42
7 Drenajes calles urbanas Fortuna 86.710.461,41
8 Mejoramiento Barrio Miravalles * 15.000.000,00
9 Mejoramiento Barrio El Roble * 27.000.000,00
10 Mejoramiento Barrio Bella Vista * 31.149.774,86
11 Mantenimiento camino Rincón de la Cruz * 60.000.000,00
12 Rehabilitación camino San Pedro * 16.003.200,00
13 Drenajes Naranjito 101.532.333,65
14 Mantenimiento camino Los Alvarado 13.068.360,00
15 Mantenimiento camino San Jorge-Cementerio 805.600,00
16 Bacheo mezcla asfáltica calles urbanas Bagaces 960.000,00
17 Mantenimiento camino 5-04-004 sector Fortuna 3.150.000,00
18 Mantenimiento camino 5-04-004 sector Guayabo 1.848.000,00
19 Drenajes El Salto 19.035.024,00
20 Mantenimiento camino Montano 26.505.500,00
21 Mantenimiento calles urbanas Montenegro 15.000.000,00
22 Mantenimiento camino Montenegro –Aguacaliente 15.000.000,00
23 Vado cementerio 12.741.000,52
24 Rehabilitación calles urbanas Fortuna * 18.342.827,53
25 Bacheo camino Cuipilapa 5.000.000,00
26 Rellenos de aproximación puente sobre Quebrada La Giganta 6.000.000,00
27 Mantenimiento camino San Bernardo 9.898.000,00
28 Mantenimiento parcelas Rio Blanco * 20.074.550,00
29 Revestimiento de cunetas Guayabo Fortuna 9.905.127,53
30 Mejoramiento calles urbanas Guayabo 14.822.679,30
31 Mantenimiento camino Rio Chiquito * 19.006.342,12
32 Mantenimiento camino Sector Este * 15.417.250,00
-- Soporte Gestión Administrativa 583.961.799,66
TOTAL 2017 1.485.766.155,00
AÑO 2018 Presupuestado (¢)
1 Mejoramiento calle urbanas Fortuna (escuela centro) 89.158.817,28
2 Mejoramiento Calle Barrio Miravalles 20.000.000,00
3 Mejoramiento calles urbanas Fortuna 25.000.000,00
4 Rehabilitación Camino Cuipilapa 50.000.000,00
5 Mejoramiento Barrio Los Ángeles * 51.287.498,66
6 Mejoramiento Calles Urbanas Guayabo * 50.000.000,00
7 Rehabilitación Calle Colegio * 58.000.000,00
8 Mejoramiento Calle Los Oses 15.000.000,00
9 Mejoramiento Calle Barrio 2000 * 36.000.000,00
10 Rehabilitación calle Rio Chiquito 67.000.000,00
11 Rehabilitación calles Naranjito * 50.000.000,00
12 Rehabilitación calle Sector Este Rio Naranjo * 44.513.960,09
13 Rehabilitación San Antonio- El Arbolito 300.000.000,00
14 Mejoramiento calles urbanas Bagaces 35.000.000,00
15 Mejoramiento Calles urbanas San Antonio 7.500.000,00
16 Mejoramiento calle Montenegro 11.000.000,00
17 Mejoramiento de drenajes camino el Salto 58.268.664,00
-- Soporte Gestión Administrativa 663.964.274,26
TOTAL 2018 1.631.693.214,29
* Proyectos no ejecutados / ~ Montos superávit 2015 Fuente: Oficio MBUTGV-411-2019