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Sociedades en Derecho Mercantil

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Academic year: 2022

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Sociedades en Derecho Mercantil

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Sesión No. 4

Nombre: Sociedades mercantiles

Contextualización

¿Qué efectos produce la constitución de una sociedad mercantil?

“La constitución de la sociedad crea un nuevo sujeto jurídico: la persona social, al mismo tiempo que engendra derechos y obligaciones de los que son titulares las partes que en dicha constitución intervienen, derechos y obligaciones cuyo conjunto forma el estado o calidad de socio. Para que se produzca la plenitud de estos efectos precisa la observancia de ciertas formas y requisitos, cuya omisión acarrea la irregularidad de la sociedad”. (Mantilla, 2011, p. 207)

Podemos establecer que la creación de una sociedad mercantil es un acto meramente formal, en virtud de que establece el cumplimento de determinadas formalidades.

¿Cuáles son los requisitos para la constitución de una sociedad mercantil?

Requisitos para  la constitución 

de una  Sociedad  Mercantil

Se debe elaborar  un contrato

Dicho contrato  se debe otorgar 

en escritura  pública

Se debe inscribir  la escritura en el  Registro Público 

de Comercio

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Introducción al Tema

¿Cuál es la diferencia entre patrimonio de la sociedad y capital social?

“No debe, en modo alguno, confundirse el patrimonio de la sociedad con el capital social, aunque originalmente coincidan.

(Mantilla, 2011, p. 212).

¿Cuáles son los tipos de sociedades mercantiles que hay?

¿Qué es la irregularidad de una sociedad?

“La multiplicidad de exigencias legales para la creación de una sociedad mercantil tiene como resultado que, en muchas ocasiones, se descuide satisfacer algunas de ellas, lo que provoca la irregularidad de la sociedad”.

(Mantilla, 2011, p. 241).

El capital social es la cifra en que se estima la suma de las obligaciones de dar de los socios y señala el nivel mínimo que debe alcanzar el patrimonio social para que los socios puedan disfrutar de las ganancias de la sociedad.

El patrimonio social está cambiando continuamente; sujeto a todas las vicisitudes de la sociedad, aumenta cuando sus negocios son prósperos, se menoscaba en caso contrario”.

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Explicación

Naturaleza jurídica

¿Cuál es la naturaleza jurídica de las sociedades mercantiles?

“La sociedad mercantil es una persona jurídica; es un comerciante. No debe confundirse a la entidad sociedad con el acto constitutivo, o sea con el acto del cual nace”. (Cervantes, 2002, p. 36).

Las sociedades mercantiles surgen con la finalidad de realizar acciones que no podían ser ejecutadas por una sola persona. En muchos casos se tiene una gran idea para realizar un negocio pero debido a la gran inversión que se requiere es necesario el recurrir a otras personas, esto con la finalidad de sufragar entre varias personas la inversión y de esta forma poder llevar a cabo el proyecto.

En una sociedad existe una colaboración entre sus integrantes para lograr un fin común, en el caso de las sociedades mercantiles será con fines lucrativos.

El derecho de asociación se encuentra regulado en el artículo noveno constitucional que establece que “no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito”. La asociación de varias personas para formar una sociedad mercantil se presume que es con un objeto lícito, lucrativo pero lícito. Aunado a lo anterior, el artículo tercero de la Ley General de Sociedades Mercantiles determina como nulas a las sociedades que tengan un objeto ilícito:

“Las sociedades que tengan un objeto ilícito o ejecuten habitualmente actos ilícitos, serán nulas y se procederá a su inmediata liquidación, a petición que en todo tiempo podrá hacer cualquiera persona, incluso el Ministerio Público, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar”

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Constitución

Para la creación de una sociedad mercantil es necesario que se elabore un contrato, por medio del cual las partes manifiestan se voluntad de obligarse a combinar recursos y esfuerzos para el cumplimiento de un fin común.

Requisitos para la constitución

¿Cuáles son los requisitos para la constitución de una sociedad mercantil?

Se deberá hacer constar por escrito mediante un contrato, dicho contrato deberá otorgarse en escritura pública ante Notario y deberá contener los requisitos que establece el artículo seis de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

Acta constitutiva y modificación

Como ya se ha referido, es necesario que el contrato de sociedad mercantil se otorgue en escritura pública ante Notario, haciéndose constar las modificaciones subsecuentes que se lleven a cabo.

Criterios de clasificación de las sociedades mercantiles

¿Cuáles son los criterios para la clasificación de las sociedades mercantiles?

Existe en la doctrina diversas clasificaciones de las sociedades mercantiles, sin embargo, para el presente trabajo distinguiremos tres tipos de clasificación de las sociedades mercantiles:

Sociedades de personas. En su identificación se consideran datos personales de los socios, tales como los apellidos, el nombre etc., aunado al hecho de que los socios responden frente a terceros de forma ilimitada por las deudas de la sociedad. Por eso es importante que los acreedores puedan identificar plenamente a los socios que integran la sociedad. La sociedad en nombre colectivo y la sociedad en comandita por acciones son sociedades de personas.

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Sociedades de capital. Contrario a las sociedades de personas, en este tipo de sociedades no se consideran aspectos personales de los socios en su identificación, asimismo los socios asumen frente a terceros una responsabilidad limitada por las deudas de la sociedad. Por lo que es importante para los acreedores conocer la suma de las aportaciones de los socios al capital de la sociedad más que la identidad de los socios. La sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad anónima y la sociedad cooperativa son sociedades de capital.

Sociedades mixtas. En este tipo de sociedades existen socios que responden frente a terceros de forma ilimitada y otros que responden de forma limitada por las deudas de la sociedad. La sociedad en comandita simple es una sociedad mixta.

Personalidad jurídica

¿En qué consiste la personalidad jurídica de las sociedades mercantiles?

“La persona moral es la atribución de derechos y obligaciones a otros sujetos que no son los seres humanos.” (Planiol y Ripert, 1935, p. 38).

Verrucoli (citado en Cervantes 2002) establece algunas teorías que explican la institución de la personalidad jurídica de las sociedades:

a) Teoría de la ficción. (Savigny). Según este autor, la persona jurídica es una persona ficta, creada por la ley con vista a la titularidad de un patrimonio. Esta teoría ha sido superada, porque el Derecho no finge;

crea sus propias estructuras, que tienen una realidad ideal, pero ontológicamente tan existente como las realidades materiales.

b) Teoría del patrimonio de afectación. (Brinz). Se ha pretendido que se trata, no de una persona, sino de un patrimonio que se afecta a un destino específico. Patrimonio y persona jurídica son dos instituciones diferentes, que no tienen por qué confundirse.

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c) Teoría del reconocimiento. (Gierke). La personalidad, se ha dicho, “es atributo propio de todo organismo social, capaz de una propia voluntad de acción y respecto del cual el Estado se limita simplemente a reconocer su existencia. No es admisible esta teoría, porque las entidades jurídicas son creaciones del derecho, que derivan siempre de un poder público efectivo.

El ordenamiento jurídico no reconoce, sino crea las estructuras jurídicas.

d) Teoría del sujeto aparente. (Jhering). Esta teoría pretende que la persona jurídica es sólo un sujeto aparente, que nace de la voluntad de un hombre o de una colectividad y que la personalidad real radica sólo en las personas físicas.

Representación de la personalidad jurídica

Una vez constituidas las personas jurídico colectivas, tienen aptitud para ser titular de derechos y obligaciones, estando limitado por el objeto social de la sociedad. Sin embargo, no contrario a las personas físicas, no pueden ejercer sus derechos por sí mismas, pues se trata de un ente ficticio, por lo que es necesario que al momento de su creación se designe un apoderado legal de acuerdo a como lo determina el artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles:

“La representación de toda sociedad mercantil corresponderá a su administrador o administradores, quienes podrán realizar todas las operaciones inherentes al objeto de la sociedad, salvo lo que expresamente establezcan la Ley y el contrato social.

Para que surtan efecto los poderes que otorgue la sociedad mediante acuerdo de la asamblea o del órgano colegiado de administración, en su caso, bastará con la protocolización ante notario de la parte del acta en que conste el acuerdo relativo a su otorgamiento, debidamente firmada por quienes actuaron como presidente o secretario de la asamblea o del órgano de administración según corresponda, quienes deberán firmar el instrumento notarial, o en su defecto lo podrá firmar el delegado especialmente designado para ello en sustitución de los anteriores”.

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Patrimonio social y capital social

¿En qué consiste el patrimonio social y el capital social de una sociedad mercantil?

Bonnecase (2002) define al patrimonio como “la personalidad misma del hombre considerada en sus relaciones con los objetos exteriores, sobre los cuales puede o podrá tener derechos de ejercitar; comprende no solamente in acta, los bienes ya adquiridos, sino también in potencia los bienes por adquirirse”. (p. 466).

El patrimonio de una persona jurídico colectiva lo conforma el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que le pertenecen, es decir, su patrimonio está conformado tanto por activos como pasivos de la empresa.

Aportaciones y reservas

¿Qué son las aportaciones y reservas en una sociedad mercantil?

Éstas integran el capital social de la sociedad mercantil, pueden ser obligaciones de dar o de hacer. Así que una aportación puede consistir en transferir la propiedad de un bien o un crédito a favor de la sociedad.

Las aportaciones de los socios permiten a una sociedad mercantil iniciar operaciones, mediante la obtención de recursos para el cumplimiento de sus fines y, en caso de que se incorporen nuevos socios, sus aportaciones permitirán invertir en nuevos proyectos.

Las reservas constituyen una especie de ahorro que sirve para absorber las pérdidas que pudiera tener la empresa derivada de su actividad comercial. De acuerdo con el artículo 20 de Ley General de Sociedades Mercantiles, dicha reserva se constituirá de separar anualmente (como mínimo) el cinco por ciento de la utilidad neta hasta que importe la quinta parte del capital social. Dicha reserva será reconstituida de la misma forma cuando disminuya por cualquier motivo. El artículo 21 de la ley en comento determina como nulos los acuerdos que sean contrarios a lo antes señalado.

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Nombre, domicilio, nacionalidad, finalidad y duración

¿Cuáles son los atributos de la personalidad de las sociedades mercantiles?

El nombre es un elemento esencial para individualizar a las personas, siendo un instrumento para distinguirlas claramente. Las personas jurídico colectivas tienen una razón o denominación social, que es equivalente al nombre de las personas físicas, dicha denominación les permite identificarla de las demás.

Para las personas morales el domicilio constituye su ubicación, el lugar donde se ubica el centro principal de sus negocios. “Cualquier teoría que se adopte sobre la naturaleza de las personas morales, hay que situar sus intereses en un lugar determinado que representara para ellas el papel de un domicilio”. (Planiol y Ripert, 1935, p. 143).

La nacionalidad es el vínculo político que existe entre la persona y un determinado Estado y que trae como consecuencia el surgimiento de determinados derechos y obligaciones.

La finalidad de una sociedad mercantil es el objeto social, “las sociedades mercantiles son comerciantes especializados en una actividad determinada. Se llama objeto social a esa actividad a que la sociedad habrá de dedicarse y ella deberá expresarse en la escritura constitutiva” (Cervantes, 2002, p. 45).

“Como toda persona, la sociedad mercantil tiene un término de vida, que en la escritura constitutiva deberá predeterminarse. Antes de su terminación, el término podrá prorrogarse. Se ha discutido si puede establecerse una duración ilimitada. Así es en las cooperativas y, aunque no es usual, no creemos que haya obstáculo legal para que se establezca en los otros tipos de sociedades.

Suelen fijarse términos de 99 años”. (Cervantes, 2002, p. 45).

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Reparto de utilidades y productos

¿En qué consiste el reparto de utilidades y productos en una sociedad mercantil?

Las ganancias y pérdidas de la sociedad se distribuirán de forma proporcional a sus aportaciones, entre los socios capitalistas sin que se pueda excluir a alguno, esto de conformidad con el artículo 16 de la Ley General de Sociedades Mercantiles:

“En el reparto de las ganancias o pérdidas se observarán, salvo pacto en contrario, las reglas siguientes:

I.- La distribución de las ganancias o pérdidas entre los socios capitalistas se hará proporcionalmente a sus aportaciones;

II.- Al socio industrial corresponderá la mitad de las ganancias, y si fueren varios, esa mitad se dividirá entre ellos por igual, y

III.- El socio o socios industriales no reportarán las pérdidas”.

Sociedades inexistentes, de hecho, irregulares e ilícitas

¿Cuáles son las sociedades mercantiles inexistentes?

Son inexistentes las sociedades que carecen de las formalidades requeridas para su creación, las cuales no existen para efectos legales.

El socio capitalista es aquel que aporta dinero y el socio industrial es el que contribuye con trabajo.

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¿Cuáles son las sociedades mercantiles de hecho?

Las sociedades de hecho son aquellas en donde los socios han convenido su creación, sin embargo, carecen de todas las formalidades. No existe un contrato de sociedad, ni siquiera privado.

¿Cuáles son las sociedades mercantiles irregulares?

Ahora bien, las sociedades irregulares son las que han protocolizado su acta ante un fedatario público, sin embargo, la misma no está inscrita en el Registro Público de Comercio o en el Registro Cooperativo Nacional según sea el caso.

¿Cuáles son las sociedades mercantiles ilícitas?

Las sociedades ilícitas tienen como finalidad la realización de actos prohibidos por las leyes o contrarios a las buenas costumbres.

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Conclusión

Las sociedades mercantiles han ayudado al desarrollo del comercio, permitiendo realizar acciones que difícilmente realizaría por sí solo un comerciante, esto en virtud de que muchos negocios requieren de un enorme capital económico, con el que pocos comerciantes podrían contar, además los socios comparten los riesgos que representa la inversión.

Para la constitución legal de una sociedad mercantil se requiere el cumplimiento de diversas formalidades como son: que la sociedad se cree mediante un contrato por escrito, dicho contrato deberá ser protocolizado por un fedatario público y finalmente se deberá inscribir la escritura en el registro Público de Comercio.

La existencia de varias formalidades complican de algún modo la creación de sociedades mercantiles, pues además de las formalidades antes señaladas es necesario reunir determinada cantidad de dinero (el monto depende del tipo de sociedad de que se trate, lo que se conoce como capital social), lo que hace que muchos comerciantes desistan en su intento de construir una sociedad mercantil.

Un aspecto importante en las sociedades es el tema económico, siendo que la principal razón por la que las personas formen una sociedad es la de obtener un lucro, por eso los socios pueden tener participación en las ganancias de la empresa (si es que existe).

El análisis de las generalidades de las sociedades mercantiles es esencial para comenzar con el estudio en particular de las diversas sociedades mercantiles que contempla la ley, por lo que en la siguiente sesión se analizará de forma particular lo concerniente a la sociedad anónima, por ejemplo:

¿Cuál es la función económica de la sociedad anónima?

¿Cómo se constituye la sociedad anónima?

¿Qué son los accionistas?

¿Cómo se administra una sociedad anónima?

Las respuestas a las preguntas anteriores las conocerás en la siguiente sesión.

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Para aprender más

¿Qué son las sociedades mercantiles?

 Vázquez, F. (s.f.) Sociedades mercantiles, obtenido de:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1368/23.pdf

¿Cuáles son los elementos del contrato de sociedad?

 Barrera Graf, J. (s.f.) Elementos del contrato de sociedad, obtenido de:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/912/5.pdf

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Actividad de Aprendizaje

Instrucciones:

Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, ahora tendrás que resolver un crucigrama sobre los aspectos generales de las sociedades mercantiles.

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Recuerda que esta actividad te ayudará a retener los aspectos referentes a las generalidades de las sociedades mercantiles, los cuales son esenciales para continuar con el estudio de la materia.

En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:

 Tus datos generales

 Crucigrama resuelto

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Bibliografía

 Bonnecase, J. (2002). Tratado elemental de derecho civil. México: Oxford.

 Cervantes, R. (2002). Derecho Mercantil. México: Porrúa.

 Mantilla, R. (2011). Derecho Mercantil. México: Porrúa.

 Muñoz, L. (1973). Derecho Mercantil. México: Cárdenas, Editor y Distribuidor.

 Planiol, M. y Ripert, R. (1935). Tratado práctico de derecho francés.

Donaciones y testamentos. Tomo V. Habana: Cultural

 

Referencias

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