La responsabilidad social empresarial y su corresponsabilidad con el ambiente
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(2) LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL Y SU CORRESPONSABILIDAD CON EL AMBIENTE COMO DERECHO HUMANO. ©José Nuvaez - 2017. ISBN: 978-980-7723-61-9 Deposito Legal: ZU2017000288 Editor: Víctor Inciarte E-mail: [email protected] Contacto: +584124191740 Maracaibo – Venezuela. Diva Mara Cardona Henríquez. Diseño de Portada: Inver-E-Group Venezuela C.A Editorial INVER-E-GROUP VENEZUELA C.A. Maracaibo – Venezuela. TODOS LOS DERECHOS RESERVADO.. Editorial INVER-E-GROUP VENEZUELA C.A Maracaibo - Zulia.
(3) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Índice 5 9. Índice Introducción. Capítulo I La Conciliación como mecanismo de justicia restaurativa para garantizar la paz, Un derecho humano fundamental 17 21 32 36. Introducción Perspectiva Contextual de la Conciliación La Conciliación como la Tercera Vía Teoría del conflicto bajo una perspectiva social 52 Mecanismos jurídicos para la solución de conflictos 61 La conciliación como mecanismo alternativo para la solución de algunos conflictos jurídicos 66 Reflexiones Finales 75 Referencias Bibliográficas. Capítulo II Aspectos legales de Atención al Ciudadano en el Eje Fronterizo Colombo-Venezolano Paraguachón - Maicao 83 92. Narración experiencial Instrumentos legales regulatorios del 5.
(4) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. desplazamiento en la zona fronteriza Colombia-Venezuela 101 Declaración universal de los derechos humanos (1948) 103 Pacto internacional de derechos civiles y políticos (1966) 103 Constitución política de Colombia (1991) 113 Código penal de Colombia – ley 599 (2000) 113 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) 121 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA, 2007) 122 Ley sobre el Delito de Contrabando (2005) 122 Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada (LOCDO, 2012). 123 Ley Orgánica de Aduanas (1999) 123 Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional (2009) 123 Código Orgánico Tributario 124 Ley Orgánica de Hidrocarburos (2006) 124 Resoluciones del Ministerio del Poder Popular de Energía y Petróleo Nos. 75, 141, 248, 335 (2004) 124 Referencias Bibliográficas 6. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Capítulo III De la terminación del contrato estatal en sede administrativa por causales de nulidad absoluta 129 Introducción 133 Aproximación al instituto de la Nulidad contractual en el derecho colombiano 138 La nulidad en los contratos Estatales como privilegio y deber. 144 No afectación del Non Bis In Idem. 147 Audiencia previa como requisito de la terminación del contrato. 152 Privilegio y deber aplicable a todas las tipologías contractuales. 155 De la existencia de otros vicios que ameritan la terminación del Contrato en sede administrativa. 157 Inhabilidades e incompatibilidades versus funcionario incompetente. 162 Expresa prohibición constitucional y legal versus pretermisión de requisitos señalados por la ley. 170 De los efectos de la nulidad en materia de contratos Estatales. 176 Breves Conclusiones.. 7.
(5) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Introducción De reciente fecha el medio ambiente ocupa la atención del derecho internacional, por lo general su importancia se sitúa en la utilidad que representa para la especie humana, bajo la clásica concepción según la cual sin medio ambiente adecuado no hay hombre, o que toda afectación al medio ambiente en última es una afectación a los Derechos Humanos, ¿sería posible pensar que el medio ambiente es sujeto de derechos con independencia del hombre? ¿Esto supondría el nacimiento de un derecho humano que no involucre la especie humana? Y frente a estas realidades o proyecciones, ¿cuál es el papel del Estado y las empresa como actores directos en la conservación y protección del medio ambiente? De la dimensión del derecho al medio ambiente el como un derecho humano y fundamental, deriva el grado de compromisos de sus actores 9.
(6) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. y la respuesta a los interrogantes formulados.. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. conservación, protección y no agresión.. En la actualidad, se halla de boga la eco-. Para lo anterior, el escrito se organizará. logización de la economía, inclusive la eco-. así: del concepto de Derechos Humanos y su. logización del derecho, por tanto, el presen-. relación con el concepto de derechos funda-. te trabajo procurará abordar estas temáticas. mentales, de la concepción e implicaciones del. desde la lupa de la doctrina nacional e inter-. ambiente como derecho humano y fundamen-. nacional, así como desde la jurisprudencia de. tal, tema último que subdividirá en el derecho. las altas cortes colombianas (Corte Constitu-. al medio ambiente como derecho humano y. cional, Corte Suprema de Justicia), y el orga-. el derecho al medio ambiente como derecho. nismo regional de protección de los Derechos. fundamental, seguidamente, de la responsa-. Humanos de Las Américas, al igual que desde. bilidad social empresarial y su relación con el. la normatividad nacional, regional y mundial,. medio ambiente, tema del que se deriva, de los. a fin de servirnos éstos en la construcción de. mecanismos de protección del medio ambien-. un criterio propio.. te, que se subdivide en instrumentos regiona-. Lo que se propone demostrar es la tesis. les de protección e instrumentos internos de. según la cual el derecho al medio ambiente es. protección, finalmente, dentro del ultimo tema. un derecho que concibe a la naturaleza como. en cita, se expondrá, Habeas Corpus como in-. sujeto de derechos aun con independencia del. tento de reconocer a la naturaleza como sujeto. hombre, y que por tanto los Estados y en par-. de derechos.. ticular la empresa se hayan compelidos en su 10. 11.
(7) Capítulo I. Del concepto de Derechos Humanos (DH) y su relación con el concepto de Derechos Fundamentales.
(8) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Análisis Contextual. A pesar de no existir una definición de orden legal del concepto de derechos humanos en Colombia, tanto la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como los pronunciamientos de las altas cortes nacionales han procurado ofrecer importantes precisiones en la materia, que al ser fácilmente comprensible y poseer similitud, han relevado al legislador de un pronunciamiento expreso. De hecho, en el marco de los mecanismos e instrumentos regionales de promoción y protección de los derechos humanos, no se halla per se una definición normativa, empero, aparecen importantes criterios de los que se deriva fácilmente un concepto, tanto del preámbulo la Declaración Universal de los Derechos Humanos, como del mismo aparte de la Convención Americana de los Derechos Humanos, sendas disposiciones introducidas al 15.
(9) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. ordenamiento interno a través del bloque de. las Naciones Unidas2 esgrime que “Los dere-. constitucionalidad del artículo 93 de la Cons-. chos humanos son derechos inherentes a to-. titución Política.. dos los seres humanos, sin distinción alguna. Para el caso, el preámbulo de la Declara-. de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, ori-. ción Universal de los Derechos Humanos ex-. gen nacional o étnico, color, religión, lengua,. presa: “Considerando que la libertad, la jus-. o cualquier otra condición. (…) Estos derechos. ticia y la paz en el mundo tienen por base el. son interrelacionados, interdependientes e in-. reconocimiento de la dignidad intrínseca y de. divisibles.”. los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana (…)”. Bajo esta misma lupa iusnaturalista Laporta (1987) “los concibe como bienes morales. De allí que en opinión de Hidalgo (2006),. de todos los seres humanos que entrañan ra-. donde expone que por el hecho de serlo el hom-. zones fuertes para deber ser protegidos nor-. bre tiene un cúmulo de derechos constitutivos. mativamente” (p. 52) cuya positivización en el. de su ámbito mínimo de libertad. Se trata de. ordenamiento jurídico resulta un acto decla-. los derechos subjetivos orientados a preservar. rativo y no constitutivo, puesto que el derecho. y salvaguardar la dignidad humana (…) por-. humano existe independiente de su recono-. que los derechos humanos son consustancia-. cimiento, por ende, la norma solo lo declara,. les a la naturaleza misma del hombre. (p. 69). más no lo constituye.. En esa misma línea conceptual la oficina del alto comisionado de derechos humanos de 16. 2 http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx. 17.
(10) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Respecto a éste último tópico, el maestro alemán Alexy (1995) expresa que la positiviza-. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. que reconoce el orden jurídico de un país determinado (…)” (p. 169). ción de los derechos humanos es necesaria,. A nuestro juicio, los Derechos Humanos. por cuanto no se puede garantizar su aplica-. son el conjunto de prerrogativas inherentes. bilidad si no existe una disposición normativa. a la naturaleza humana, cuya protección re-. que lo tutele. (p. 94). En este contexto, no se. quiere de una disposición normativa que ga-. puede obviar que tanto la Declaración Univer-. rantice su aplicación, es decir, si bien su ori-. sal de los derechos del Hombre como la Carta. gen deviene de las reglas de la naturaleza, su. Interamericana de Derechos Humanos, con-. ejercicio requiere de la positivización.. sagran un importante cúmulo de derechos.. De otra parte, resulta innegable que la. De modo que, al intentar definir los de-. dignidad humana emerge como raíz o funda-. rechos humanos los autores se debaten entre. mento de los Derechos Humanos, de éste atri-. posiciones iusnaturalistas, positivistas o in-. buto para Peces – Barba (1989) devienen los. cluso eclécticas. Al paso de los doctrinantes. derechos de libertad e igualdad; símil opinión. expuestos, para Tarsicio Navarrete citado por. esboza Habermas (2010) para quien la digni-. Hidalgo (2006) los Derechos Humanos son el. dad humana comporta la fuente moral de la. “conjunto de atributos y facultades inherentes. que acaece la construcción de los Derechos. a la naturaleza de la persona humana recono-. Humanos, en opinión del connotado filósofo y. cida o no por la ley (…)”, mientras que para el. profesor, se halla incita en todos los Derechos. último, “los derechos humanos son aquellos. Humanos, y su relación directa con éstos que-. 18. 19.
(11) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. da claramente comprendida desde el artículo. Empero, compartimos más la opinión según la. 1°3 de la Declaración Universal de los derechos. cual la dignidad ha estado presente en todas. del hombre, como respuesta a los crímenes de. las civilizaciones, sólo que puede variar según. lesa humanidad del régimen nazi y toda forma. la concepción cultural, económica y jurídica. de abuso.. de una época determinada.. Es innegable que el nacimiento, desarro-. El precepto de dignidad humana no solo. llo y evolución de los Derechos Humanos, se. se dimensiona con relación a los Derechos. halla atado a la dignidad humana, ésta última. Humanos como sostiene Habermas, sino que. justifica la existencia de los primeros, habida. también se ubica como el epicentro de los de-. cuenta de la constante y perpetua intención. rechos fundamentales. En Colombia se sus-. de los Derechos Humanos de garantizarle al. citó al interior de la Corte Constitucional y de. hombre un mínimo de condiciones que le per-. los constitucionalistas contemporáneos im-. mitan su pleno desarrollo. Para Azael (2011). portantes debates respecto a la integración de. los Derechos Humanos nacen de la interac-. los derechos fundamentales, sindéresis que. ción de la persona y su dignidad, discusión. por su relevancia conviene evocar en este es-. que surge a partir del siglo XVIII, aunque re-. crito.. sultan evidentes en la Carta Magna de Juan. En un primer estadio, recién promulga-. sin tierra, el Habeas Corpus y la Bill of Rights.. da la Carta Política de 1991, se pensó que los. 3 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.. 20. derechos fundamentales eran aquellos que se tipificaban en el capítulo 1 del título II de la 21.
(12) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Constitución Nacional, bajo el epígrafe “De los. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. políticos;. derechos fundamentales”, sin embargo, como. Donas (2001) explica que los derechos. relatan Castro y Carvajal (2017) rápidamen-. de segunda generación se incorporan a partir. te la Corte Constitucional rechazó la codifica-. del pensamiento humanista y socialista (p. 2),. ción como criterio esencial de identificación de. los llamados derechos prestacionales o asis-. los derechos fundamentales en la T – 002 de. tenciales, de modo que si los primeros sur-. 1992, por cuanto explicó, la organización de. gen como límite de accionar del Estado frente. títulos y capítulos de la Carta efectuado por. al ciudadano, los segundos emergen como la. la comisión redactora obedeció a fines orga-. responsabilidad del Estado en morigerar las. nizativos y no normativos, que además no fue. desigualdades entre los ciudadanos.. avalado por la constituyente. (p. 12). Avanza Donas (2001) con la aparición a. Así las cosas, se ha recurrido y se recurre. finales del siglo XX de los derechos solidarios. aún a la identificación de los derechos fun-. o colectivos, en los que yace la diversidad cul-. damentales bajo la tesis generacional, esto. tural, el medio ambiente, entre otros, inclu-. es, por la época de su aparición, Luño (1991). so al igual que Azael (2011), propenden por la. como la mayoría de doctrinantes, ubica a los. existencia de una cuarta generación de dere-. derechos fundamentales o de primera gene-. chos en el siglo XXI, atinentes a lo relaciona-. ración como aquellos que surgen en el siglo. do al ciberespacio. Conviene precisar que la. XVIII con el auge de las libertades individua-. estructura organizacional del catálogo de de-. les, (p. 205) conocidos también como civiles y. rechos incorporado a la Constitución política. 22. 23.
(13) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. está organizada así, salvo lo previsto a la cuar-. recuerdan en reciente curso de formación ju-. ta generación de derechos, y ello resulta lógico. dicial que en la sentencia T- 227 de 2003, el. por cuanto la Constitución de 1991 precede a. máximo tribunal constitucional colombiano. esta nueva concepción.. señaló que los derechos fundamentales son. Los autores de reciente cita de forma pa-. aquellos que se relacionan funcionalmente. cífica identifican a cada generación de dere-. con la dignidad humana. (p. 31), entonces,. chos como humanos, empero no como funda-. todo derecho constitucional es fundamental,. mentales, habida cuenta que estos catálogos. por cuanto propenden a la realización de la. los reservan para los de primera generación,. dignidad humana. (p. 37). de modo que bajo este hilo conductor todo de-. Comparte este criterio Díez-Picazo (2003). recho constitucional es derecho humano, pero. quien, citando el caso español, informa que. no todo derecho humano es fundamental, los. todo derecho constitucional es fundamental,. últimos son especie de los primeros. Plantea-. por cuanto se hallan garantizados por la Cons-. mientos que no compartimos, según se expo-. titución. (p.32). En suma, todos los derechos. ne más adelante.. constitucionales son fundamentales, vana es. Pese a la anterior conclusión, los constitucionalistas nacionales abandonan la tesis. la tesis de la generación, y la raíz de tales es la misma, la dignidad.. de las generaciones para identificar los dere-. En lo que respecta a la definición de de-. chos fundamentales, ligan su clasificación al. rechos fundamentales, Ferrajoli citado por. concepto de dignidad, Castro y Carvajal (2017). Díez-Picazo (2003), los define como “aquellos. 24. 25.
(14) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. derechos que, en un ordenamiento dado, se re-. nos contentivos en tratados internacionales al. conocen a todas las personas —o, en su caso,. ordenamiento nacional con peso de derechos. sólo a todos los ciudadanos— por el mero he-. fundamentales, y que el artículo 945 advierta. cho de serlo”.. que no sólo son derechos constitucionales los. En suma, sin mayor elucubración se. tipificados en la Carta de 1991, sino además. puede colegir la identidad conceptual entre. todos aquellos que son inherentes a la perso-. derechos humanos y derechos fundamentales,. na humana.. infiere el maestro español en cita que la dife-. En lo tocante a la salvedad del derecho. rencia estriba en el ordenamiento que los pro-. de petición López y Calle (2010) luego de re-. tege, a los derechos humanos el ordenamiento. pasar los pronunciamientos del sistema inte-. internacional y los derechos fundamentales el. ramericano de Derechos Humanos concluyen. ordenamiento jurídico interno, esto es, la Car-. que “…el artículo 44 de la CADH no constituye. ta Política. (p.31). un derecho autónomo e individual y por ende,. Como corolario de lo anterior, afirmamos. no se pueden declarar violaciones a éste”, sin. que en Colombia todos los derechos cons-. embargo, en el sistema europeo de Derechos. titucionales son fundamentales y al tiempo derechos humanos -Salvo la petición-, ello justifica el tenor del artículo 934 de la Carta, según el cual por mérito del bloque de constitucionalidad se introducen derechos huma26. 4 Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los Estados de excepción, prevalecen en el orden interno. Los derechos y deberes consagrados en esta Carta, se interpretarán de conformidad con los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Colombia (…) 5 La enunciación de los derechos y garantías contenidos en la Constitución y en los convenios internacionales vigentes, no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ellos.. 27.
(15) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Humanos se conserva otra postura.. Capítulo II. De la concepción e implicaciones del ambiente como Derecho Humano y Fundamental. 28.
(16) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Introducción Conforme a lo expuesto en líneas precedentes, el medio ambiente goza de la condición de un derecho fundamental y de un derecho humano, por ende, posee mecanismos de protección internos e internacionales, según se trate. Para adentrarnos a la primera arista, esto es, como derecho humano conviene referirnos a su positivización. El derecho al medio ambiente como Derecho Humano. En ese orden, comúnmente se conoce como punto de partida la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano, aprobada el 16 de junio de 1972 en Estocolmo, en el que como primer principio se expresa: “El hombre tiene derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida adecuadas en un medio ambiente de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de bienestar, 31.
(17) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. y tiene la solemne obligación de proteger y mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras.” La Rota (1999) no desconoce esta génesis, sin embargo, arguye que los primeros indicios yacen en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y en Convención Europea de Protección de los Derechos del Hombre y de las Libertades Fundamentales de Roma, sostiene además que en la Cumbre de Río de Janeiro de 1992 quedó demostrado el poder de convocatoria del tema ambiental por la participación de más de 170 Estados. A partir de éste última cumbre señala Santana (2013), la falta de certeza respecto del nivel contaminante de la actividad humana surgió en el ámbito del derecho internacional ambiental, mecanismos de protección vinculantes y no vinculantes, los primeros conocidos como hard law contentivo en pac32. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. tos, tratados y convenios internacionales de obligatorio cumplimiento, mientras los segundos soft law, versan sobre metas a futuro o estándares de comportamientos consagrados en el ámbito de la cooperación internacional, como resultan entre otros los artículo 1, 10 y 11 del protocolo de Cartagena y los artículos 1 y 8 del Convenio de Estocolmo (p.6). Sin duda que se requiere un auge del hard law, para salvaguardar el medio ambiente sano, puesto que un derecho humano de tan alto estatus no puede dejarse a la deriva. No obstante, respecto al soft law, Uprimny, Parra y Guiza (2016) recuerdan que pese al carácter no vinculante de este tipo normas, de criterio auxiliar, o función supletiva, al no integrar la fuentes principales del derecho internacional –no están contenidas en tratados, ni es costumbre internacional- en la práctica judicial colombiana se ha reconocido el ca33.
(18) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. rácter vinculantes a estas normas de derecho. Sin duda, la evidente relación entre dere-. suave verbi gratia, el Consejo de Estado ha. chos humanos y medio ambiente queda ple-. dado aplicación al “código de conducta para. namente demostrada a partir del informe Fat-. funcionarios encargados de hacer cumplir. ma Zhora Ksentini, relatora para la Comisión. la ley” aprobada por la Asamblea General de. de Derechos Humanos de la Naciones Unidas,. las Naciones Unidas mediante la resolución. ente encargado de receptar los casos de viola-. 34/169 de diciembre de 1979, lo que nos lle-. ción de Derechos Humanos de aquellos países. va a concluir que nada impediría que también. que hacen parte del tratado internacional de. fuesen aplicadas este tipo de normas en ma-. Naciones Unidas, cuyo margen de aplicación. teria ambiental.. son los Derechos Humanos.. De modo que, en nuestros términos la. Según el informe Fatma Zhora Ksentini,. convención de Estocolmo creó la necesidad de. la relación entre derechos humanos y medio. preservar el ambiente y consagró los princi-. ambiente se entiende de la siguiente manera:. pios para su protección, mientras que, la con-. “La Comisión de Derechos Humanos aprobó el 6 de marzo de 1990 la resolución 1990/41 titulada “Los derechos humanos y el medio ambiente” en la que pone de relieve el vínculo que existe entre la conservación del medio ambiente y la promoción de los derechos humanos y acoge con satisfacción la decisión de la Subcomisión de que se prepare para su 42º período de sesiones una nota acerca de los métodos para llevar a cabo un estudio sobre los problemas del medio ambiente y su relación con los derechos humanos” (Ksenti-. vención de Río de Janeiro estipuló la aplicación de esos principios a la legislación de cada Estado, en torno al cambio de políticas públicas e incluso de modelo económicos en caso de ser necesario.. 34. 35.
(19) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. ni 1994). Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. rídico internacional del derecho al medio am-. Esta nota consiste en explicar el derecho. biente, replanteándolo desde las convenciones. al medio ambiente bajo la premisa de ser un. internacionales de Naciones Unidas de con-. derecho humano prioritario, que no debe en-. servación y reconocimiento del derecho al me-. tenderse como un derecho en conexidad con. dio ambiente como un derecho autónomo y. otros derechos para su validez y ejercicio,. de relevancia internacional para todos los se-. sino como un derecho independiente, tenien-. res humanos, la convención de Estocolmo de. do en cuenta que sin él no existe el desarrollo. 1972 de ONU, reconoció el derecho al medio. de ningún otro derecho humano, dado que el. ambiente y la necesidad de crear normatividad. hombre es dependiente del medio ambiente y. para protegerlo y enmarcarlo en un concepto. no el medio ambiente dependiente del hom-. que ahora es llamado desarrollo sostenible,. bre. En otras palabras la naturaleza y el me-. que consiste en disfrutar de los recursos de. dio ambiente no necesitan para subsistir a los. la naturaleza pero teniendo en cuenta los de-. seres humanos, mientras que los seres huma-. rechos ambientales y de uso para las futuras. nos no podrían subsistir sin la naturaleza o. generaciones.. medio ambiente adecuado. En este orden de ideas la relatora Fatma Zhora Ksentini. dividió en varios puntos su. perspectiva del ambiente como derecho humano, no sin antes desarrollar el ámbito ju36. Según Ksentini, entre los conceptos esenciales definidos por la Declaración de Estocolmo cabe destacar el Principio 21 según el cual: “De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano 37.
(20) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. de explotar sus propios recursos en aplicación de su propia política ambiental y la obligación de asegurar que las actividades que se lleven a cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional.”. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. de desarrollo de los Estados. De otra parte, la resolución 37/7 de la Asamblea General de 28 de octubre de 1982, en la que se proclamó la Carta Mundial de la. Lo anterior establece un principio de res-. Naturaleza, establece que la naturaleza tam-. ponsabilidad de los Estados como respuesta. bién tiene derecho a no ser agredida, destrui-. a la afectación del derecho al medio ambiente. da y a desarrollar sus procesos naturales de. por contaminación; ejemplos latentes son las. conservación natural, se proponen realizar los. pruebas nucleares en los océanos o en territo-. estudios ambientales o diagnósticos ambien-. rios cercanos a otros Estados, las malas prác-. tales que determinen si existirá una futura o. ticas en la extracción de recursos naturales. inmediata repercusión de las acciones del ser. como el petróleo y el carbón, los desechos tóxi-. humano que impacten negativamente el medio. cos que surgen como resultado de la activida-. ambiente antes de iniciar cualquier actividad.. des de producción de las plantas de empresas. En relación con lo anterior, dentro de los. multinacionales en otros países diferentes al. instrumentos internacionales de protección de. de las casas matrices.. derechos humanos está el Pacto Internacional. Por ende, el objeto de esta convención es. de Derechos Económicos Sociales y Cultura-. establecer los principios rectores que enmar-. les (DESC) que tiene su soporte jurídico en la. quen la relación de respeto y protección entre. Declaración Universal de Derechos Humanos,. medio ambiente, derechos humanos y modelo. el comité de Derechos Humanos, y la subco-. 38. 39.
(21) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. misión de Derechos Humanos.. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. en materia de derechos económicos, s.f.) .. De manera especial se destaca el artículo. Como resultado de todo lo anterior, en. 24 de la Carta Africana de Derechos Humanos. especial la Convención de Estocolmo, la de-. y de los Pueblos que enuncia que “todos los. gradación de la naturaleza y el derecho a un. pueblos tienen derecho a un medio ambiente. medio ambiente sano, la convención de Río de. satisfactorio y global, propicio a su desarrollo”.. Janeiro de 1994 instituye unos parámetros. (Asamblea de Jefes de Estado y Gobierno de la. para la inclusión del derecho al medio am-. Organización dela Unidad Africana, 1981). biente sano en el marco de la legislación inter-. Por su parte, la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José, 1969), desarrolla en sus lineamientos el derecho a un medio ambiente sano en su artículo. na, al ser un tratado internacional ratificado por los Estados partes. La citada convención consagró los siguientes principios:. 11 (OEA, 1969) que se encuentra enmarca-. “PRINCIPIO 1: Los seres humanos cons-. do en el Protocolo Adicional a la Convención. tituyen el centro de las preocupaciones rela-. Americana de Derechos Humanos en materia. cionadas con el desarrollo sostenible. Tienen. de derechos económicos, sociales y culturales,. derecho a una vida saludable y productiva en. que establece que “todas las personas tienen. armonía con la naturaleza”. derecho a un ambiente general satisfactorio. (…). para su desarrollo” (Protocolo Adicional a la. “PRINCIPIO 4: A fin de alcanzar el desa-. Convención Americana de Derechos Humanos. rrollo sostenible, la protección del medio am-. 40. 41.
(22) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. biente deberá constituir parte integrante del. La segunda idea que plantea Fatma Zho-. proceso de desarrollo y no podrá considerarse. ra Ksentini en su informe, es el concepto de. en forma aislada” (ONU, 1992).. Derecho al desarrollo, desarrollo sostenible y. Ksentini, en su informe, explica la rela-. ambientalmente razonable, donde. hace un. ción medio ambiente y derechos humanos,. llamado a los países en desarrollo para que se. como una cuestión innegable, expresa la te-. responsabilicen por la degradación ambiental. sis según la cual, si no existe el derecho al. que ocasionan en los países en vía de desarro-. ambiente sano no se podría hacer uso efectivo. llo al explotar sus recursos naturales y huma-. de otros derechos como lo son el derecho a la. nos para lograr sus beneficios económicos de. vida, a la salud y el derecho a la alimentación.. manera incorrecta y contaminante.. Con asidero en este punto, recuerda los. Expone que el crecimiento desmedido no. efectos de las actividades humanas en la emi-. es la causa de la desigualdad, sino la falta de. sión de humos produce el calentamiento glo-. responsabilidad social empresarial de las em-. bal, causa del efecto invernadero, afectando. presas procedentes de países desarrollados. la posibilidad que la naturaleza produzca los. en las comunidades donde se radican, inclu-. alimentos y los recursos hidrográficos para la. yendo las malas prácticas que emplean para. supervivencia del planeta tierra, entendiendo. realizar sus actividades industriales, esto es,. este último no sólo de la especie humana si no. “la responsabilidad de contener, reducir y eli-. de todas aquellas formas de vida que confor-. minar los daños al medio ambiente mundial. man el medio ambiente.. debe recaer en los Estados que los causan y. 42. 43.
(23) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. lo permitan en el ámbito privado” (Ksentini,. en las distintas comunidades en el mundo,. 1994).. esto permite un alto grado de conocimiento de. La tala de árboles con fines corporativos. las comunidades, del diagnóstico de riesgos. y de manera indiscriminada crean sequía de. biológicos naturales y de riesgos de contami-. los cauces hidrográficos y extinción de las es-. nación, como instrumento de prevención del. pecies, la contaminación, vertimiento de pro-. daño material a los entornos ambientales vi-. ductos tóxicos y peligrosos y otros fenómenos. tales para la supervivencia. (Ksentini, 1994). que crean una violación latente al derecho al. No son pocas los pronunciamientos del. medio ambiente ya que al envenenar los re-. organismo regional de protección de los de-. cursos naturales como el agua, el aire, la tie-. rechos humanos en salvaguarda de la natu-. rra solo deja un panorama de extinción y de-. raleza y el derecho al medio ambiente sano,. solación de la raza humana y con ella el no. opinan De Oliveira y Teixeira (2015), que el. disfrute efectivo de cualquier derecho humano. fenómeno de la ecologización en la Corte In-. conocido.. teramericana de Derechos Humanos, pasa de. Finalmente como aparece el derecho de. lejos a temas relacionados por la contamina-. información, según el cual, la relación del de-. ción acústica causada por un club nocturno. recho al medio ambiente con el concepto de. o un aeropuerto, y se centra en deforestación,. Derechos Humanos radica en el acceso a la in-. contaminación, extracción de materia prima. formación respecto de las licencias ambienta-. en zonas rurales y de asentamientos indíge-. les y de los proyectos que se van a desarrollar. nas. (p. 28). 44. 45.
(24) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. De hecho, un repaso por la jurispruden-. éste último se negó a darle a los primeros in-. cia del órgano americano de derechos huma-. formación sobre un proyecto de deforestación.. nos, devela la relación del medio ambiente y. Finalmente, llama la atención el informe. naturaleza con las comunidades indígenas,. Nº 88/03 del Parque natural de Panamá don-. como ejemplo entre otros, De Oliveira y Teixei-. de un grupo de ciudadanos expresan la viola-. ra (2015) recuerdan los casos: Pueblo Yano-. ción a derechos humanos, por cuanto con la. mami vs. Brasil, Awas Tingni Mayagna (sumo). expedición de una ley se ordena la construc-. Vs. Nicaragua y comunidades indígenas de. ción de un proyecto vial que atraviesa un par-. Toledo Vs. Belice, en donde la corte se refiere. que declarado reserva ecológica, no obstante,. en el primero a la violaciones de derechos hu-. la Corte declara inadmisible la petición con. manos por la construcción de una carretera,. fundamento en el artículo 47 de la convención. en el segundo violaciones derivadas de la con-. americana, por tratarse una petición abstrac-. cesión irregular de maderas y la tercera por. ta sin individualizar a victimas específicas, sin. la tala de árboles, todos estos eventos sin el. duda un yerro procedimental que veda lo que. consentimiento y en las tierras de las comuni-. sería un importante pronunciamiento de fon-. dades indígenas.. do.. Respecto la relación entre el derecho a la. Sea útil recordar entonces, que al ser el. información y el medio ambiente como dere-. derecho al medio ambiente un derecho huma-. chos humanos, los autores en cita evocan el. no goza de mecanismos internacionales para. caso Claude Reyes y otros Vs. Chile, en donde. su protección, - he de allí los pronunciamien-. 46. 47.
(25) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. tos avocados por los organismos de regiona-. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. la educación para el logro de estos fines.”. les de protección de los Derechos Humanos-,. Pese a que se sitúa en el capítulo 3 del. claro está después de realizar el agotamiento. título II bajo el epígrafe “de los derechos colec-. previo de la vía del derecho interno de cada. tivos y el ambiente”, y que florezca la acción. Estado, -los que en los casos de marras no. popular como instrumento de protección en el. prosperaron-.. artículo 886 ibídem, de acuerdo a lo expuesto. Derecho al medio al medio ambiente sano como Derecho Fundamental.. en capítulo 1 de este escrito “del concepto de. Desde la segunda arista, esto es, el Dere-. concepto de Derechos Fundamentales”, el de-. cho al medio ambiente como derecho funda-. recho al ambiente es un derecho fundamental,. mental, conviene precisar su carácter consti-. cuando quiera que con su vulneración se que-. tucional, para tales efectos el ambiente figura. branta la dignidad humana, susceptible de ser. en el artículo 79 de la Constitución Política. amparado también por la acción de tutela7.. así: “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar 48. Derechos Humanos (DH) y su relación con el. 6 La ley regulará las acciones populares para la protección de los derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, la moral administrativa, el ambiente, la libre competencia económica y otros de similar naturaleza que se definen en ella. 7 Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. (…) La ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en Estado de subordinación o indefensión.. 49.
(26) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. La Corte Constitucional colombiana, ha. tación de éstos a aquel. No obstante, en nues-. reconocido el carácter de derecho fundamen-. tro criterio el ambiente ostenta el carácter de. tal del medio ambiente, apelando primera-. fundamentales per se, prescindiendo de la. mente al criterio de conexidad conforme una. teoría de la conexidad, como indicaremos en. visión antropocéntrica, para finalmente reco-. adelante.. nocer el rango de derecho fundamental con independencia y autonomía. En ponencia de. Verbi gratia del criterio de conexidad en Colombia, la T- 536 de 1992 señaló:. que haga referencia directa al medio ambiente. “El ambiente sano y ecológicamente equilibrado es un derecho Constitucional fundamental, pues su violación atenta directamente contra la perpetuación de la especie humana y, en consecuencia, con el derecho más fundamental del hombre: la vida. El derecho a la salud y a la vida son derechos fundamentales porque son esenciales al hombre, la salud se encuentra ligada al medio ambiente”.. adecuado.. Casi una década después, en la C – 671. Rota (1999) la conexidad ha sido un criterio de muchos Estados para elevar el ambiente a derecho fundamental, incluso donde no está positivado, como en Italia donde en la Constitución de 1948 no recoge ningún artículo. A diferencia de Italia y de otros Estados,. de 2001, no habría importantes variaciones. en Colombia el derecho al medio ambiente. en la concepción del ambiente como derecho. presenta raigambre constitucional, y se ha. fundamental, pero se destaca que “conforme. utilizado la conexidad para atarlo a derechos. a las normas de la Carta, el medio ambien-. sociológicamente reconocidos como funda-. te es un derecho constitucional fundamental. mentales, como la vida, brindándole la conno-. para todos los individuos de la especie huma-. 50. 51.
(27) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. na (…)”, pero nuevamente en conexidad con. sión del medio ambiente como derecho funda-. la vida. Posteriormente en la T – 724 de 2011,. mental autónomo.. se reconoce el carácter de fundamental, sólo. Justamente en la T – 622 de 2016 en un. si con la violación del ambiente, se vulnera o. gran avance en materia ambiental, con oca-. amenaza algún derecho fundamental como la. sión de la contaminación al río Atrato por la. vida o el recién ascendido derecho a la salud.. minería ilegal, la Corte reconoce a la natura-. Obviamente estas tesis apelan a la censura-. leza como sujeto de derechos, y. da corriente de las generaciones de derechos.. apelativo de la Carta de 1991 como Consti-. Bajo esta misma línea conceptual en épocas. tución ecológica o. más reciente se halla la T- 341 de 2016.. cuanto retoma los más importantes preceptos. destaca el. Constitución Verde, por. No obstante, el máximo tribunal Cons-. de protección al medio ambiente del derecho. titucional en la C – 449 de 2015 determinó. internacional, concluyendo que “la defensa del. que el medio ambiente presenta una triple di-. medio ambiente sano constituye un objetivo. mensión, como principio que irradia todo el. fundamental dentro de la actual estructura. ordenamiento jurídico, como derecho consti-. del ESD colombiano”. tucional fundamental y colectivo, en este pro-. En este último pronunciamiento invo-. nunciamiento el carácter de derecho funda-. cado, la corporación judicial explica las tres. mental no se ata a la vulneración de ningún. aproximaciones teóricas que sustentan el ran-. otro derecho fundamental, no se considera la. go constitucional del medio ambiente, (i) la. conexidad, lo cual es un paso hacia la compre-. postura antropocéntrica que concibe al ser. 52. 53.
(28) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. humano como el epicentro del sistema legal,. aboga por el concepto de desarrollo sostenible.. por tanto, se protege al medio ambiente por su. En suma, desde la lupa del ordenamiento. servicio al hombre. (ii) El punto de vista bio-. jurídico interno el medio ambiente sano es un. céntrico, el cual apela a concepciones globa-. derecho fundamental, para algunos en la me-. les y solidarias, aboga por el deber del hombre. dida que su violación afecta a los derechos del. con la naturaleza y las generaciones venideras. hombre (teoría antropocéntrica), para otros,. y finalmente, (iii) las posturas ecocéntricas,. porque entre la naturaleza y el hombre hay. que conciben a la naturaleza como autentico. una relación de simbiosis (postulado biocén-. sujeto de derechos, independiente de su rela-. trico) y finalmente para quienes arguyen que. ción con el hombre.. la naturaleza es sujeto autónomo de derechos. Si bien ha existido una marcada posición. (razones ecocéntricas).. antropocéntrica en los fallos de la Corte Cons-. No en vano, en la novísima sentencia C. titucional, a partir de la T - 622 de 2016 se. – 219 de 2017 el máximo pivote de la jurisdic-. inicia un importante camino para la consoli-. ción Constitucional recuerda que “(…) el medio. dación de la teorías ecocéntricas, ello no signi-. ambiente fue una de las principales preocupa-. fica que la Corte no avoque o haya avocado un. ciones del Constituyente de 1991 el cual quiso. criterio biocéntrico, tesis que fue acogida en la. imprimir un nuevo paradigma en la relación. C- 339 de 2002, señalando que desde el plano. de la sociedad colombiana con la naturaleza. ético se considera al hombre parte de la na-. y su entorno, al punto que hoy en día (…) se. turaleza, y desde punto de vista económico se. le da el apelativo de “Constitución ecológica” o. 54. 55.
(29) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. “Constitución verde”.”. yor progreso en la materia de Latinoamérica.. En esta misma línea conceptual se desta-. De modo que retornando al ordenamien-. ca la constitución de Ecuador del 2008, donde. to Constitucional colombiano, en torno a los. en el capítulo 7 del título 1 “De los derechos de. mecanismos constitucionales de protección,. la naturaleza” se contemplan derechos a favor. podemos afirmar que si bien el artículo 86 de. de la naturaleza con independencia del hom-. la Carta prevé como medida excepcional la tu-. bre, el artículo 71 consigna. “La naturaleza. tela para proteger el ambiente como derecho. (…) donde se reproduce y realiza la vida, tie-. colectivos, la evolución en la compresión del. ne derecho a que se respete integralmente su. medio ambiente lo sitúa hoy como derecho. existencia y el mantenimiento y regeneración. fundamental propiamente dicho, cuya protec-. de sus ciclos vitales, estructura, funciones y. ción además de la acción popular, es la acción. procesos evolutivo” de hecho, sorprende el ar-. de tutela, sin consideración a la conexidad. tículo 718 donde claramente se diferencias los. con otros derechos catalogados primitivamen-. derechos de los que es titular la naturaleza y. te como fundamentales, esto representa una. los derechos que se desprenden para los indi-. notable evolución en la forma como custodia-. viduos y colectivos que dependen de ella. Se-. mos con los mecanismos jurídicos de derecho. guramente debe ser la Constitución con ma-. interno al medio ambiente.. “La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. (…)”. 56. 57.
(30) Capítulo III. De la Responsabilidad Social Empresarial y su relación con el medio ambiente.
(31) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Contexto Normativo El Nobel de economía Hart (2014), expresa que “la fuerza del crecimiento de las modernas economías capitalistas está constituida, en gran medida, por las empresas” (p. 1) de modo que, el radio de acción de la empresas en el mundo moderno es sin duda alguna, amplio. Bajo esta premisa, la empresa como un actor social relevante, tiene un alto grado de responsabilidad con el entorno que le rodea y al que pertenece, lo que trasciende según Cajiga (2010) a la generación de riquezas, concepción última que no es suficiente ni aceptada. (P. 1) por lo cual, la define como: “el compromiso consciente y congruente de cumplir integralmente con la finalidad de la empresa, tanto en lo interno como en lo externo, considerando las expectativas económicas, sociales y ambientales de todos sus participantes, demostrando respeto por la gente, los valores éticos, la comunidad y el medio ambiente, contribuyendo así a la construcción del bien común.” (p. 4) 61.
(32) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Opinión similar expresa la corte consti-. ción mundial por el ambiente. (p. 89) Expone. tucional colombiana en la providencia T -247. además citando a Austin, profesor de Harvard. de 2010:. Business School, que la responsabilidad so-. “La responsabilidad social como principio de acción empresarial viene a complementar, y a enriquecer, el que hasta ahora había sido el núcleo teleológico de su actividad: el ánimo de lucro. La idea de que la empresa es uno de los principales actores dentro de una comunidad y de que su actividad debe ser un instrumento de mejora social, de protección al medio ambiente y de respeto de los derechos fundamentales, entre otros elementos de construcción social, ha animado la consolidación de principios que guían la construcción de parámetros de responsabilidad social para las empresas.” Para Curaçao (2009) la responsabilidad social empresarial, es “hacer negocios basados en principios éticos y apegados a la ley” en término igualmente sencillos Correa Jaramillo (2007) la define como aquella que tiene la empresa o asume frente a la sociedad en general, ganando amplia aceptación el concepto de sostenibilidad debido a la creciente preocupa62. cial empresarial migró de la filantropía hacia una relación de alianza entre los diferentes sectores de la sociedad. (p. 90). Así las cosas, podemos comprender la responsabilidad social empresarial o corporativa, en la relación de la empresa con sus trabajadores, con sus accionistas, con las comunidades asentadas en su entorno, y de forma muy especial en relación con el medio ambiente y la naturaleza, las dos primeras las concebimos como relaciones internas y las últimas como externas. Es comprensible entender que la relación con los trabajadores implica no solo las de orden legal, sino esfuerzos adicionales en beneficio de éstos, así como de la comunidad circundante a la empresa y aun con sus propios 63.
(33) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. accionistas, empero centramos la atención en. retoma en el informe Ksentini de cara a la res-. la responsabilidad de la empresa para con el. ponsabilidad social empresarial tal como se. medio ambiente en su condición de derecho. expuso en capítulo precedente.. humano, por cuanto ello impone una carga de obligaciones superior.. Otro importante documento internacional en la materia, es el Pacto Global de Na-. La empresa como actor social tiene una. ciones Unidas, el cual se refiere en concreto. alta carga obligacional de conservación y res-. a la responsabilidad empresarial, como parte. peto por el medio ambiente sano y la naturale-. de una iniciativa que promueve el compromi-. za, para García (2007) a partir de los años 60. so del sector público, privado y la sociedad ci-. inicia el proceso de concientización del papel. vil de cumplir con unos principios estándares. de la empresa en la conservación del medio. que hacen énfasis en cuatro áreas, derechos. ambiente a través del concepto de desarrollo. humanos, estándares laborales, medio am-. sostenible, concepto –explica- se desarrolla en. biente y anticorrupción.. el marco del informe de comisión sobre me-. En lo tocante al área de medio ambiente,. dio ambiente y Desarrollo de 1987 - informe. el pacto global consagro 3 principios, así: El. de la Comisión Brundtland- donde se define. principio 7 reza “Las empresas deberán apo-. como “aquel que satisface las necesidades de. yar un enfoque de precaución respecto a los. la generación presente sin comprometer la ca-. desafíos del medio ambiente”, por su parte. pacidad de las generaciones futuras para sa-. el 8 se lee “Las empresas deberán fomentar. tisfacer las suyas propias”. Concepto que se. las iniciativas que promuevan una mayor res-. 64. 65.
(34) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. ponsabilidad ambiental” y el principio 9 “Las empresas deberán favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente” Por tanto, la empresa debe amalgamar su desarrollo con el respeto a la naturaleza, aun-. Capítulo IV. que nada obsta, que emplee estrategias para la protección del medio ambiente sin que esto tenga relación directa con su actividad productiva. No obstante, cuando en ejercicio de su objeto social la empresa produzca un daño ambiental lo razonable es que se condene a su restablecimiento e indemnización.. 66. Del Daño ambiental por causa de la empresa y los mecanismos de Protección.
(35) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Introducción La doctrina colombiana en palabras de Orejuela (2013) precisa el daño ambiental como: “(…) toda lesión que impida el disfrute del ambiente sano, que puede consistir en deterioro o alteraciones nocivas de las funciones del ambiente como interés colectivo y/o patrimonio común”. Pero, cuando la empresa genera un daño ambiental y con este la afectación al derecho humano, aquella no responde ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos o la instancia regional equivalente, por cuanto ante el organismo internacional solo pueden comparecer los Estados y la persona física; Picolotti (2002) plantea esta disyuntiva bajo el acápite de responsabilidad indirecta de los Estados por acciones de la empresa.. 69.
(36) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Instrumentos Regionales de Protección Revisada la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y los pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se hallan casos en lo que el Estado fue condenado por daños ambientales causado por una empresa, ejemplo y gracia, es el caso San Mateo de Huanchor vs. Perú. La Comisión refiere la responsabilidad de la República del Perú, por la violación de los derechos fundamentales, individuales y colectivos de los miembros de la Comunidad de San Mateo de Huanchor en razón de los efectos que sufren los miembros de la comunidad ocasionados por la contaminación ambiental producida por la permanencia de una cancha de relaves de residuos tóxicos aledaña a la comunidad, daño ambiental producido por una empresa. 70. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Igualmente en el caso la Oraya Vs. Perú se decanta la responsabilidad del Estado de Perú por no aplicar las normas ambientales y de protección a la salud, en la práctica de las actividades desarrolladas por un complejo metalúrgico, las cuales causaron daños ambientales en La Oroya. Sea prudente citar el actual litigio promovido por comunidades indígenas del Ecuador contra la petrolera Chevron Texaco por las malas prácticas en la extracción petrolera. Entonces, la responsabilidad indirecta del Estado se sustenta, de una parte, en una sanción por su postura permisiva al condescender en la violación de derechos humanos incluido el medio ambiente a manos de la empresa, y de otra, por la ineficacia de su sistema jurídico interno para ordenar el cese de la violación y la sanción jurídica por el daño ambiental, dado que el agotamiento de los me71.
(37) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. canismo internos es un requisito de procedibi-. do en la ley 472 de 1998, en virtud de la cual. lidad para acudir a los mecanismos de protec-. se procura evitar el daño contingente, hacer. ción regional.. cesar el peligro, amenaza o vulneración de los. Con todo, la protección que le ha brin-. derechos e interese colectivos, definidos és-. dado los mecanismos regionales a la natura-. tos por la Corte Constitucional en la T – 341. leza, no son entorno a su condición, sino por. de 2016, como el “interés que se encuentra. el grado de afectación que se ha derivado en. en cabeza de un grupo de individuos, lo que. poblaciones humanas, en especial a comuni-. excluye motivaciones meramente subjetivas o. dades indígenas.. particulares…” Contrario sensu, si de la afectación al. Instrumentos Internos de Protección. grupo de individuos se persigue el reconoci-. Si bien en el ámbito internacional una. miento y pago de indemnización de perjuicios,. empresa no es objeto de juzgamiento por una. derivados entre otros del daño ambiental, la. Corte internacional en derechos humanos,. acción procedente será la acción de grupo. De. para el caso colombiano existen instrumentos. modo que si el daño proviene de la empresa. jurídicos a través de los cuales las empresa. está podrá ser enjuiciada a través de la acción. eventualmente respondería por daño ambien-. popular o la acción de grupo.. tal.. Regresando al los intereses y derechos Tal es el caso de la acción popular, ins-. colectivos consagrados en la ley 472 de 1998,. trumento de rango constitucional desarrolla-. del artículo 4 de la citada ley se desprende una. 72. 73.
(38) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. multifacética protección del ambiente como. portación, posesión, uso de armas químicas,. derecho colectivo, por cuanto se le protege. biológicas y nucleares, así como la introduc-. desde distintas aristas. Por cuanto el literal a). ción al territorio nacional de residuos nuclea-. de la disposición normativa sub examine, se-. res o tóxicos”. ñala “el goce de un ambiente sano” mientras el. Por tanto, si la empresa incurre en la. literal c) prescribe “La existencia del equilibrio. vulneración de cualquiera de las anteriores. ecológico y el manejo y aprovechamiento ra-. expresiones de protección del medio ambien-. cional de los recursos naturales para garanti-. te, podrá ser demandada a través de la acción. zar su desarrollo sostenible, su conservación,. popular, o la acción de grupo según se trate.. restauración o sustitución. La conservación. Frente la acción de grupo en la Corte. de las especies animales y vegetales, la protec-. Constitucional en la C – 116 de 2008, sostuvo. ción de áreas de especial importancia ecológi-. que “la jurisprudencia constitucional, apoya-. ca, de los ecosistemas situados en las zonas. da en los artículos 88 de la Carta y 3° de la Ley. fronterizas, así como los demás intereses de la. 472 de 1998, ha sostenido que éstas se origi-. comunidad relacionados con la preservación y. nan en los daños ocasionados a un número. restauración del medio ambiente”. plural de personas que deciden acudir ante la. También, el citado artículo 4 de la ley 472. justicia en acción única, para obtener la res-. de 1998 prescribe como derecho o interés co-. pectiva reparación y que a pesar de referirse a. lectivo asociado al medio ambiente en su li-. intereses comunes, se pueden individualizar. teral k) “La prohibición de la fabricación, im-. en relación con el daño cuya indemnización se. 74. 75.
(39) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. persigue, de ahí que a través de estas acciones. En la jurisdicción ordinaria, existen im-. se amparen los intereses colectivos con objeto. portantes pronunciamientos de la Corte Supre-. divisible e individualizable”. ma de Justicia en materia de responsabilidad. Desde el plano constitucional, también la. civil extracontractual, frente al daño ambien-. tutela tal como hemos expresado en capítulos. tal causado por empresas, Henao (2002) evo-. anteriores se erige como instrumento de pro-. ca un pronunciamiento de la Corte Suprema. tección del medio ambiente, no como derecho. de Justicia de Colombia en el que se condena. o interés colectivo, sino como un autentico. a una industria por contaminar el medio am-. derecho fundamental, incluyendo cuando la. biente con cantidades exageradas de dióxido. fuente del daño deriva de la acción u omisión. de azufre, pese al condena a la reparación de. de una empresa.. equipos a que fue condenada la demandada,. En sintonía con el párrafo anterior, en. el citado profesor cuestiona el yerro en el que. la T-080 de 2015 la Corte Constitucional en. incurre el fallo al considerar que respecto a los. tutela contra providencia judicial, condena a. daños ambientales de esa naturaleza no hay. una empresa de químicos por daños ambien-. víctimas determinadas, limitándolo al carác-. tales en la bahía de Cartagena, si bien no exis-. ter de un daño colectivo. (p. 45). te referencia expresa alguna al concepto de. Para el reconocido autor en cita, un daño. responsabilidad social empresarial ambiental,. ambiental puede ser tanto individual como. el sentido del fallo devela ese propósito.. colectivo, según se trate, por lo cual expresa en su escrito, que existen peticiones para sí. 76. 77.
(40) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. o peticiones para el colectivo –refiriéndose a. Los demandantes pretendían que se de-. las acciones o pretensiones-, dentro del pri-. clarara la responsabilidad civil extracontrac-. mer grupo ubica a la acción tutela, la acción. tual de los demandados por el daño ambiental. ordinaria civil y las acciones de grupo, mien-. causado por el derrame de petróleo en Tuma-. tras que para el segundo, la acción popular y. co y Salahonda en febrero de 1996, cuando en. la acción de cumplimiento.. el proceso de cargue del crudo acaeció sinies-. En otro importante fallo del año 2011, la. tro que derivó en la contaminación del mar,. Sala de Casación Civil de la Corte Suprema. produciendo grave daño ecológico y perjuicios. de Justicia, dentro de un proceso ordinario en. económicos a los pescadores. Pese de resultar. conocimiento del recurso de casación promo-. probado el daño ambiental no resultó probado. vido por una asociación de pescadores artesa-. el perjuicio económico de los actores.. nales de Tumaco, tuvo oportunidad de referir-. Recordó la corte Suprema de Justicia que. se al daño ambiental derivado de la actividad. en añosa sentencias del 11 de abril de 1930,. de una empresa y al régimen de responsabili-. 31 de agosto de 1954, 13 de marzo de 1970 y. dad aplicable, no obstante la sentencia recu-. 30 de abril de 1976, la responsabilidad civil. rrida no fue casada en beneficio de los deman-. por los daños causados con la contaminación. dados un agente marítimo de Mesta Shipping. ambiental se ubicó en el régimen jurídico de. Company Limited y la Empresa Colombiana. actividades peligrosas, por cuanto, ninguna. de Petróleos – Ecopetrol.. actividad por licita que sea esta legitimada para dañar a los demás, concluyendo que se. 78. 79.
(41) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. debe demostrar el daño y la relación de causalidad para obtener reparación, en apego a. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. daño o uso inadecuado de los recursos naturales de propiedad del Estado.”. las exigencias que la legislación en concreto. Nótese que la parte segunda de la disposi-. preceptúen, esgrimiendo que para que proce-. ción transcrita, limita la responsabilidad civil. da la reparación del daño por responsabilidad. de los particulares incluida la empresa, con-. civil extracontractual, a diferencia de la acción. trario sensu de otras legislaciones donde pri-. constitucional de grupo, las exigencias nor-. ma el principio “el que contamina paga”, esto. mativas son mas severas.. es, en donde ha primado un régimen objetivo,. Justamente, la norma especial que al in-. se itera, no así en el ordenamiento jurídico co-. terior de la legislación colombiana define lo. lombiano. Razón por la cual, culmina el fallo. elementos de responsabilidad civil extracon-. adverso a los pescadores esbozando recomen-. tractual por daño ambiental es la ley 23 de. daciones para que existe en el país una legis-. 1973 (salvo existencia de tratados internacio-. lación que se acompase con los lineamientos. nales ratificados por Colombia en donde se re-. internacionales, en los siguientes términos:. gule alguna materia en especifico), cuyo artículo 16 reza: “El Estado será civilmente responsable por los daños ocasionados al hombre o a los recursos naturales de propiedad privada como consecuencia de acciones que generan contaminación o detrimento del medio ambiente. Los particulares lo serán por las mismas razones y por el 80. “A título de colofón, delante de esta temática, tan sensible y significativa para la humanidad, no obstante la normatividad existente en nuestro país, tórnase (sic) oportuno advertir la importancia de una disciplina legislativa singular, clara, completa y actual en materia de responsabilidad civil por contaminación ambiental, según los compromisos internacionales adquiridos, a cuyo efecto, todos “los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a la 81.
(42) Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de contaminación y otros daños ambientales” (Declaración de Río, Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, 3 a 14 de junio de 1992, Principio 13)”.. Responsabilidad Social Empresarial y su Corresponsabilidad con el Ambiente como Derecho Humano Diva Mara Cardona Henríquez. hemos expresado en Colombia no se acompasan con las exigencias internacionales, puesto que su ejercicio se halla limitado. Aunado a lo anterior, evidente resulta es-. Como corolario de lo expuesto, el daño. grimir que en tales procesos civiles no se con-. ambiental causado por la empresa, puede ser. cibe a la naturaleza como sujeto per se dere-. resarcido a través de la intervención del juez. chos, sería propicio soñar con procesos civiles. constitucional, con ocasión acciones de tutela,. de responsabilidad extracontractual donde la. popular, grupo, e inclusive de cumplimiento.. naturaleza sea indemnizada, por lo pronto,. De las anteriores, sólo la tutela se abre. bastaría con exigir normas mas severas que. camino en la comprensión de la naturaleza y. castiguen los daños cometidos a la naturale-. el medio ambiente como sujeto de derechos,. za, no resulta loable que una empresa cometa. mientras que la popular, y la de grupo, sólo. un claro y evidente daño ambiental y resulte. conciben el daño desde la afectación del hom-. indemne. En suma, la responsabilidad social em-. bre. Asimismo, el daño ambiental causado. presarial ambiental no es filantropía, al ser. por la empresa puede ser enjuiciado ante la. el medio ambiente un derecho humano, la. jurisdicción ordinaria civil, siempre y cuan-. empresa está obligada a su respeto y conser-. do se acrediten los elementos exigidos por las. vación, ya no simplemente bajo la egida del. disposiciones normativas vigentes, que como. concepto de desarrollo sostenible, sino bajo. 82. 83.
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