PROGRAMA 922O
COORDINACIÓN Y RELACIONES FINANCIERAS CON LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
1. DESCRIPCIÓN
El programa contiene las actividades necesarias para conseguir la coordinación de las relaciones financieras entre la Hacienda de la Administración General del Estado y las Haciendas de las Comunidades Autónomas.
La coordinación financiera entre las Administraciones Públicas territoriales españolas se desarrolla mediante la aplicación de los diferentes instrumentos tributarios y presupuestarios que se encuentran diseñados en la normativa vigente. Esta puesta en práctica permite que las Comunidades Autónomas dispongan de los medios financieros precisos para cumplir sus funciones en materia de prestación de servicios a los ciudadanos, en el marco de la política macroeconómica del país y del cumplimiento de los compromisos adquiridos en el seno de la Unión Europea.
El programa es gestionado por la Dirección General de Coordinación Financiera con las Comunidades Autónomas que está adscrita a la Secretaría General de Hacienda, y desarrolla el ámbito de competencias que a tal efecto le otorga el Real Decreto 756/2005, de 24 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1552/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda.
La consecución del objetivo anterior se lleva a cabo a través de las siguientes funciones:
1.1. Estudio e informe de medidas relativas al sistema de financiación autonómica El cumplimiento de esta actividad se realiza mediante varios tipos de actuaciones: el estudio, elaboración, informe y propuesta de normas y medidas relativas a los aspectos tributarios, a la financiación y al régimen presupuestario y financiero de las Comunidades autónomas, al sistema de aportación a las cargas del Estado de los territorios de régimen foral y al ejercicio de sus competencias en materia tributaria.
Se incluyen, además, las tareas de asistencia técnica y evacuación de consultas en relación con el régimen presupuestario y financiero de las Comunidades Autónomas.
1.2. Ejercicio de coordinación con las Comunidades Autónomas
A la Dirección General le corresponde actuar como Secretaría permanente y órgano administrativo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, llevando a cabo las tareas de preparación y coordinación necesarias para el adecuado desarrollo de las actividades tanto del Consejo como de los Grupos de Trabajo que se constituyan en su seno. Asimismo, este centro directivo se ocupa de la aplicación de la normativa de estabilidad presupuestaria en lo que se refiere a las Comunidades Autónomas, en los aspectos relativos a la fijación de los objetivos de estabilidad y seguimiento de su cumplimiento, así como a la coordinación de la política de endeudamiento de las Comunidades Autónomas.
1.3. Gestión de los recursos estatales que financian a las Comunidades Autónomas de régimen común y la aplicación de los aspectos financieros de los regímenes forales
La realización de esta actividad consiste en la gestión de los recursos estatales del Sistema de Financiación, en el ámbito de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía,
Asimismo, en el ámbito de las Comunidades Forales, consiste en la aplicación de los aspectos financieros de los regímenes de concierto con el País Vasco y convenio con la Comunidad Foral de Navarra.
Por último, también incluye la gestión de los Fondos de Compensación Interterritorial y de otros recursos estatales que financian a las Comunidades Autónomas, no integrados en el Sistema de Financiación.
1.4. Análisis del presupuesto y elaboración de estadísticas financieras y presupuestarias de las Comunidades Autónomas
Para llevar a cabo este objetivo, se desarrollan actividades de análisis y seguimiento de la actividad financiera de las Comunidades Autónomas, tanto en su vertiente de los ingresos como de los gastos públicos.
Asimismo, se integran dentro de este objetivo la realización de las labores de estadísticas de la actividad económico-financiera de las Comunidades Autónomas y, en general, la valoración y cuantificación de cuantos aspectos económico-financieros les afecten.
2. ACTIVIDADES
Las actividades a desarrollar por esta Dirección General son las siguientes: 2.1. Funciones de análisis, informe y propuesta en relación con el régimen
financiero de las Comunidades Autónomas
– Seguimiento y análisis de la situación económica, financiera y presupuestaria de las Comunidades Autónomas, así como de la asistencia técnica y evacuación de consultas en relación con el régimen presupuestario y financiero de las Comunidades Autónomas.
Estas funciones se desarrollan mediante las siguientes tareas:
El análisis permanente de la evolución y perspectivas de los recursos financieros de las Comunidades Autónomas que son proporcionados por el Sistema de Financiación, tanto desde un punto de vista individualizado como en términos de comparación entre Comunidades Autónomas.
El estudio de la evolución y perspectivas del presupuesto de las Comunidades Autónomas, mediante el seguimiento de los presupuestos de las Comunidades Autónomas y la evaluación de sus ingresos y gastos. Para ello, se desarrolla un seguimiento de la información trimestral enviada por las Comunidades Autónomas al Consejo de Política Fiscal y Financiera.
Estudios y análisis de la situación de endeudamiento y estabilidad presupuestaria de las Comunidades Autónomas.
− La elaboración de cuantos informes, respuestas a cuestionarios y resto de documentos se soliciten desde Organismos Internacionales en relación con las materias de Federalismo Fiscal. También le corresponde la representación del Ministerio de Economía y Hacienda en comisiones y grupos creados en el ámbito de Organismos Internacionales relacionados con cuestiones de federalismo fiscal.
− El estudio, elaboración y propuesta de medidas y normas relativas al régimen tributario de las Comunidades Autónomas de régimen común y el informe sobre la adecuación al ordenamiento jurídico vigente de la normativa tributaria de las Comunidades Autónomas de régimen común.
− Estudio, elaboración y propuesta de medidas y normas relativas al régimen financiero y tributario de los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra, y la resolución de las consultas tributarias que se susciten en relación a la aplicación del Concierto Económico con el País Vasco y del Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra, así como el Informe sobre la adecuación al ordenamiento jurídico vigente de la normativa tributaria emanada por los Territorios Históricos del País Vasco y Navarra.
− La convocatoria de los órganos de composición bilateral País Vasco-Estado y Comunidad Foral de Navarra-Vasco-Estado, para la coordinación de las actuaciones en materia tributaria y la resolución de conflictos, y la tramitación de comunicaciones presentadas por los contribuyentes en relación con la aplicación del Concierto Económico con el País Vasco y del Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra.
− Estudio, elaboración y propuesta de medidas y normas relativas a los regímenes tributarios especiales de Canarias, Ceuta y Melilla, y el informe sobre la adecuación al ordenamiento jurídico vigente de la normativa tributaria emanada de Canarias, Ceuta y Melilla.
− La elaboración de informes sobre proyectos o acuerdos sometidos a deliberación del Consejo de Ministros o Comisiones Delegadas que tengan incidencia sobre el régimen financiero de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
− La preparación de los asuntos tributarios que se planteen en los órganos colegiados de coordinación entre el Estado y las Comunidades Autónomas; en especial, apoyo a los Grupos de Trabajo convocados en el seno de la Comisión Mixta de Coordinación de la Gestión Tributaria, fundamentalmente, Gestión Tributaria de Coordinación Normativa.
− La elaboración de los capítulos de la Memoria Tributaria anual relacionados con las Comunidades Autónomas.
2.2. Ejercicio de coordinación con las Comunidades Autónomas
– El ejercicio de las actividades de apoyo necesarias para el desarrollo de la Secretaría del Consejo de Política Fiscal y Financiera. Esta función incluye las tareas necesarias para la organización, soporte e intendencia de las reuniones tanto del Pleno del Consejo como de sus Grupos de Trabajo; específicamente de los siguientes:
El desarrollo de los trabajos de preparación de reuniones, convocatorias, documentación a entregar a los asistentes, y redacción de actas en las reuniones del Pleno del Consejo de Política Fiscal y Financiera y de sus Grupos de Trabajo.
Preparación de los informes y documentos que sirvan de soporte para que los representantes de la Administración General del Estado desarrollen sus funciones en estas reuniones.
– Coordinación de la política de endeudamiento de las Comunidades Autónomas, analizando las propuestas de Programas Anuales de Endeudamiento presentadas por las Comunidades Autónomas y proponiendo los términos en los que han de ser acordados.
– Informe para la determinación de los objetivos de estabilidad presupuestaria de las Comunidades Autónomas y seguimiento de los mismos, incluyendo el análisis y seguimiento de los planes económico financieros de saneamiento presentados por las Comunidades Autónomas.
2.3. Gestión de los recursos estatales que financian a las Comunidades Autónomas de régimen común y la aplicación de los aspectos financieros de los regímenes forales
– La gestión de los recursos estatales integrados en el Sistema de Financiación a las Comunidades Autónomas de régimen común, de los recursos de la Sección 32 “Entes Territoriales” de los Presupuestos Generales del Estado, que financian la aportación del Estado a Convenios y Contratos-Programa suscritos con Comunidades y Ciudades Autónomas, y de la Sección 33 “Fondos de Compensación Interterritorial”.
– La aplicación de los aspectos financieros en los Regímenes del Concierto con el País Vasco y Convenio con la Comunidad Foral de Navarra. Esta función incluye las tareas consistentes en el cálculo y tramitación de los pagos e ingresos derivados de las liquidaciones de ajustes a consumo por IVA e impuestos Especiales, del cupo y compensaciones financieras de País Vasco y de la aportación de Navarra.
– La preparación de los acuerdos a adoptar y la asistencia a las Comisiones Mixtas previstas en el Convenio con Navarra y en el Concierto con el País Vasco.
– El ejercicio de las competencias que corresponden al Ministerio de Economía y Hacienda en relación con las Comisiones mixtas de transferencias Estado-Comunidades Autónomas; en especial, el análisis y valoración del coste de los servicios y cualesquiera otros aspectos económico-financieros que afecten a las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas.
2.4. Análisis de los aspectos financieros y elaboración de estadísticas financieras y presupuestarias de las Comunidades Autónomas
− Formación y mantenimiento del Inventario General de los entes que componen el sector público autonómico, así como de la Base de Datos Nacional de Presupuestos y Liquidaciones de Comunidades y Ciudades Autónomas.
− Publicación anual de las estadísticas sobre presupuestos y liquidaciones incluidas en el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos sobre mejoras en la transparencia en el ámbito de la información económica y estadística proporcionada por el gobierno.
− Análisis, evaluación y publicación anual de las estadísticas oficiales incluidas en el Plan Estadístico Nacional sobre presupuestos y liquidación de los presupuestos de las Comunidades Autónomas.
− Seguimiento trimestral de la ejecución presupuestaria y de la deuda de las Comunidades Autónomas, a partir de la información contable normalizada que envían a la Secretaría del Consejo de Política Fiscal y Financiera.
− Estudios e informes sobre las actividades económico-financiera de las Comunidades Autónomas.
− Estudios comparativos de la principal normativa presupuestaria y contable vigente en cada Comunidad Autónoma.
− Análisis sectoriales en el ámbito de la actividad económica desarrollada por las Comunidades Autónomas, incorporando las distintas fórmulas de gestión de los servicios públicos utilizadas en cada caso.
2.5. Otras actividades
La gestión de los medios materiales de la Dirección General se realiza a través de una Unidad de Apoyo cuya finalidad es realizar funciones de asesoría, a través de Asesorías Financieras y, a través de una Vocalía Asesora, para atender las materias comunes de recursos humanos, régimen interior y financiero, y servicio informático del Centro directivo.
Entre las competencias de la Vocalía Asesora, cabe destacar la gestión de los recursos humanos adscritos a la Dirección General, la elaboración de los presupuestos de la misma, así como su ejecución y seguimiento, atención del régimen interior y mantenimiento de la sede social del Centro directivo, biblioteca y gestión de las publicaciones, y atención de la red informática del Centro.
En relación a los servicios informáticos, realiza las actividades siguientes: – Soporte técnico en la realización de las estadísticas presupuestarias de la actividad económica-financiera de las Comunidades Autónomas, publicándose dichos datos dentro del canal autonómico de la Web del Ministerio.
– La captura de datos proporcionados por parte de las distintas Comunidades Autónomas, y la difusión electrónica de los datos correspondientes al inventario de entes de las distintas autonomías.
– Coordinación de las actividades informáticas del órgano directivo.
3. OBJETIVOS E INDICADORES DE SEGUIMIENTO OBJETIVO / ACTIVIDAD
1. Coordinación y relaciones financieras con las Comunidades Autónomas
2006 2007 2008
OBJETIVO
Presu-puestado Realizado puestado Presu- Ejecución prevista puestado Presu-De resultados:
1. Realización de estudios, informes,
ponencias y publicaciones (Nº) 1.884 2.300 2.427 2.292 2.459
2. Asistencia y organización reuniones
coordinación con CC.AA. (Nº) 402 422 501 481 485
3. Tramitación de expedientes pago a CC.AA. y control de endeudamiento
(Miles/ ) 149.130.000 155.635.450 161.127.672 166.820.450 166.572.300
4. Notificaciones a CC.AA. (Nº) 720 835 688 983 907
5. Generación bases de datos de
CC.AA. (Nº) 19 81 58 101 101
De medios: