Área Sistema Nacional de Contabilidad
V
El canon en los gobiernos locales: tratamiento
contable
Área
Sistema Nacional de
Contabilidad
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Informe E
special
Autor : Mg. C.P.C.C. Marlon Prieto Hormaza* Título : El canon en los gobiernos locales:
trata-miento contable
Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 44 - Junio 2012
Ficha Técnica
1. Introducción 2. Concepto del canon
3. Utilización de los recursos del canon para actividades de emergencia
4. Registro administrativo en el SIAF-S 5. Tratamiento contable de ingresos y gastos 6. Intereses percibidos por concepto de canon 7. Incorporación de saldos de balance por
con-cepto de canon
8. Incidencia en el EF-2 y EF-4
9. Clasifi cadores presupuestales para el registro del canon
10. Normas legales
Sumario
* Exconsultor del SIAF - MEF. Asesor y consultor de gobiernos locales. Docente universitario - Posgrado.
1. Introducción
Todos los gobiernos locales, incluyendo a las municipalidades provinciales y distritales reciben permanentemente transferencias del Gobierno Central por concepto del canon, esta asignación se convierte en un elemento muy importante para la realización del gasto público, so-bre todo en las municipalidades rurales
que tienen escasos recursos fi nancieros
y que más dependen del Estado que por sí mismas para la obtención de recursos, como es el caso de aquellas que reciben recursos anuales del canon por montos menores a los S/.100,000.00, lo cual,
resulta insufi ciente para realizar obras de
impacto. En tal sentido, en el presente artículo presento el tratamiento contable de las transferencias de dichos recursos que obtienen los gobiernos locales.
2. Concepto del canon
El canon es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos regionales y locales del total de los ingre-sos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos naturales. Siendo la distribución de la siguiente manera:
a) El 20% del total recaudado es para las municipalidades de la provincia o provincias en que se encuentra loca-lizado el recurso natural.
b) El 60% del total recaudado es para las municipalidades provinciales y distritales del departamento o de-partamentos en que se encuentra localizado el recurso natural.
c) El 20% del total recaudado es para los gobiernos regionales, en cuyo territorio se encuentra el recurso natural los mismos que serán invertidos en obras de impacto regional.
Los recursos que los concejos municipales reciban por concepto de canon se utilizarán de manera exclusiva en gastos de inversión, en tal sentido, aquellos gobiernos locales que destinan recursos del canon para aten-der gastos corrientes u operativos estarían incurriendo en una falta muy grave, ya que el principio fundamental es que se destine a gastos de capital, entendiéndose en térmi-nos contables como gastos que incremente el patrimonio de las municipalidades, podemos citar por ejemplo la construcción de: losas deportivas, carreteras, puentes, centros educativos, bibliotecas municipales,
estadios, obras de saneamiento, electrifi
ca-ción rural, etc.
Sin embargo con respecto al gasto corrien-te realizado con los recursos del canon, la ley de Presupuesto del Sector Público para
el año fi scal 2008 establece que se puede
utilizar hasta un veinte por ciento (20%) de los recursos provenientes del canon y sobrecanon en gastos corrientes, para ser destinados al mantenimiento de la
infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local y destinar hasta
el cinco por ciento (5%) para fi nanciar la elaboración de perfi les de los proyectos
de inversión pública que se enmarquen en los respectivos planes de desarrollo concertado. Dicho criterio también fue
ratifi cado por la Ley de presupuesto del
Sector Público del ejercicio 2009, las leyes de presupuesto de los años 2010, 2011 y 2012. También faculta el uso del canon para gastos corrientes, de manera que actualmente los gobiernos locales pueden destinar los recursos del canon para gastos corrientes en lo que la ley señala. La Ley de Presupuesto para el ejercicio 2012, en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final señala que “Las Universidades Públicas, Institutos Tecnoló-gicos y PedagóTecnoló-gicos, comprendidos en las
Leyes 23630 y 23871 y su modifi catoria Ley 27763, durante el año 2012, podrán
destinar hasta un 20% de sus recursos por concepto de canon y sobrecanon y regalías
mineras, para el fi nanciamiento y cofi
-nanciamiento de actividades relacionadas con el proceso de acreditación superior universitaria y no universitaria, según corresponda, para cuyo efecto quedan
autorizados a realizar todas las modifi
ca-ciones en el nivel funcional programático que resulten necesarias”.
Todos los funcionarios y servidores públi-cos, así como aquellos elegidos mediante elección popular que administren los recursos públicos transferidos a las enti-dades, son responsables por el buen uso de los mismos, y tienen la obligación de rendir cuentas semestrales de los gastos efectuados a la Contraloría General de la República, conforme al mandato general establecido por el artículo 199º de la Constitución Política del Estado.
La Ley Nº 27506 - Ley del Canon
deter-mina seis (6) tipos de cánones existentes en el país, los cuales son:
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- Canon Minero - Canon Petrolero - Canon Gasífero - Canon Hidroenergético - Canon Pesquero y - Canon Forestal3. Utilización de los recursos del
canon para actividades de
emergencia
Mediante Decreto de Urgencia Nº
008-2012 se dictaron medidas para la realiza-ción de actividades urgentes y oportunas
5. Tratamiento contable de ingresos y gastos
Actualmente, los recursos que se asignan a los gobiernos locales por concepto del canon se administran en subcuen-tas del Tesoro Público y no en cuensubcuen-tas corrientes, de modo que una característica de las subcuentas es que solo son gastadoras y no recaudadoras, y tal como señala la norma general de tesorería NGT-02 Manejo de Fondos del Tesoro Público, menciona que las subcuentas no podrán recibir abonos, solo cargos.Al respecto, vale precisar que una cuenta corriente está enla-zada con la cuenta contable 1101 Caja y bancos, ya sea para operaciones de cargos o abonos, mientras que una subcuenta del Tesoro Público se relaciona con la cuenta contable 2105 Obligaciones del Tesoro Público. Cuyas divisionarias son 210501 Gastos corriente y 210502 Gastos de capital, de manera que en todas las operaciones de gastos realizados con el canon se registra la cuenta contable 2105.
Por otro lado, cada vez que los gobiernos locales reciben trans-ferencias del canon (ingresos) solamente se registra un asiento
Nota de abono Tipo de Recurso
Fase Recaudado
Documento A
Código : 025 Nota de Abono
Banco : Sin Banco (subcuentas del Tesoro Público) solo tiene incidencia presupuestal
Documento B
Código : 025 Nota de Abono
A continuación, se muestra en el registro por la Fase del Recaudado.
Nota de abono Sin Banco
en las zonas afectadas por desastres de gran magnitud. En tal sentido, se autoriza en forma excepcional, a los gobiernos regionales y gobiernos locales en las zonas declaradas en estado de emergencia, a utilizar hasta el 5% de los recursos prove-nientes del canon, y regalía minera, con
el objeto de fi nanciar las actividades
des-tinadas a la atención de desastres como: a) La atención de limpieza y remoción de
escombros, a través de la contratación del combustible necesario para el funcionamiento de las maquinarias y, de ser necesario, mediante el alquiler de dichas maquinarias.
b) El alquiler de vehículos para el trans-porte de agua potable, para consumo humano cuando no exista posibilidad de su aprovisionamiento en el mismo lugar de la emergencia a causa de daños producidos por los propios desastres naturales.
4. Registro administrativo en el
SIAF-SP
Para el registro en el SIAF-SP por concepto de transferencias del canon que reciben los gobiernos locales y regionales se utili-zan los siguientes datos:
Fase Determinado
Código : 025 Nota de Abono
Tipo de recurso : H Canon Minero I Canon Hidroenergético J Canon Pesquero
K Canon y Sobrecanon Petrolero L Canon Forestal
M Canon Gasífero
A continuación, se muestra en el registro por la Fase del Deter-minado.
contable presupuestal, para demostrar la recepción de dicha transferencia, por lo tanto, no se registran cuentas patrimoniales debido a que estas transferencias son administradas en subcuentas del Tesoro Público.
A continuación, se plasmará el tratamiento contable mediante dos ejemplos:
A. Contabilización de ingresos Fase Determinado
No genera ningún asiento contable.
Fase Recaudado
Genera asientos presupuestales, debido a que los recursos del canon se administran en subcuentas del Tesoro Público, tal como se muestra en los siguientes ejemplos:
- La Municipalidad de Pilcomayo, durante el mes de enero recibe transferencias por concepto del canon minero la suma de S/.40,000.00.
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- La Municipalidad de Saño, durante el mes de febrero, recibe transferencias por concepto del canon forestal la suma de S/.3,000.00.
- La Municipalidad de Ferreñafe, durante el mes de marzo recibe transferencias por concepto del canon pesquero la suma de S/.12,000.00.
———————————— X ———————————— DEBE HABER 8501 EJECUCIÓN DE INGRESOS 3,000.00
850105 Recursos determinados 85010504 Canon, sobrecanon, regalías
8201 PRESUPUESTO DE GASTOS 3,000.00
820105 Recursos determinados 82010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por la ejecución presupuestal de ingresos del canon forestal mes de febrero
———————————— X ———————————— DEBE HABER 8501 EJECUCIÓN DE INGRESOS 12,000.00
850105 Recursos determinados 85010504 Canon, sobrecanon, regalías
8201 PRESUPUESTO DE GASTOS 12,000.00
820105 Recursos determinados 82010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por la ejecución presupuestal de ingresos del canon pesquero mes de marzo
B. Contabilización de gastos Fase Compromiso Anual
Esta fase genera asientos presupuestales y de cuentas de orden:
Cuentas de presupuesto Cuentas de orden
Fase Girado
El girado tiene incidencia en la contabilidad patrimonial y de orden.
Para el registro de la contabilidad patrimonial se carga a la cuenta 210302 y se abona a la cuenta 210502.
Fase Devengado
El devengado incide en la contabilidad, patrimonial, presupuestal y de orden:
En la contabilidad presupuestal se registra el siguiente asiento
contable: se debita a la cuenta 8401.0504 y se abona a la cuenta 86010504.
En las cuentas de orden se registra el siguiente asiento contable: se debita a la 910202 y se abona a la cuenta 910109.
En la contabilidad patrimonial se registra el siguiente asiento
contable: se debita a la cuenta 1501.070204 y se abona a la
cuenta 210302.
———————————— X ———————————— DEBE HABER 8501 EJECUCIÓN DE INGRESOS 40,000.00
850105 Recursos determinados 85010504 Canon, sobrecanon, regalías
8201 PRESUPUESTO DE GASTOS 40,000.00
820105 Recursos determinados 82010504 canon, sobrecanon, regalías
Por la ejecución presupuestal de ingresos del canon minero mes de enero.
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———————————— 4 ———————————— ———————————— 5 ———————————— ———————————— 6 ———————————— ———————————— 7 ————————————9102 CONTRATOS Y COMPR. POR EL CONTRARIO 80,000.00
910201 Contratos y proyectos por ejecutar
9101 CONTRATOS Y COMPROMISOS APROBADOS 80,000.00
910101 Contratos y proyectos aprobados
Por la atención del contrato suscrito Fase Devengado
1501 EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS 80,000.00 150108 Otras estructuras
15010806 Plazuelas, parques y jardines 1501080601 Por contrata
2103 CUENTAS POR PAGAR 80,000.00 210302 Activos no fi nancieros por pagar
Por el reconocimiento del gasto, construc. del parque Antacoto Fase Devengado
2103 CUENTAS POR PAGAR 80,000.00 210302 Activos no fi nancieros por pagar
2105 OBLIGACIONES TESORO PÚBLICO 80,000.00
210502 Gastos de capital
Por la emisión del cheque de la subcuenta del Tesoro Público Fase Girado
9103 VALORES Y GARANTÍAS 80,000.00 910308 Cheques girados
9104 VALORES Y GARANTÍAS POR EL CONTRARIO 80,000.00 910408 Cheques girados por entregar
Por el control del cheque emitido Fase Girado
———————————— 1 ———————————— DEBE HABER
———————————— 2 ————————————
———————————— 3 ————————————
8301 PRESUPUESTO DE GASTOS 80,000.00 830105 Recursos determinados
83010504 Canon, sobrecanon, regalías
8401 ASIGNACIONES COMPROMETIDAS 80,000.00 840105 Recursos determinados
84010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por el compromiso presupuestal
9101 CONTRATOS Y COMPROMISOS APROBADOS 80,000.00
910101 Contratos y proyectos aprobados
9102 CONTRATOS Y COMPR. POR EL CONTRARIO 80,000.00
910201 Contratos y proyectos por ejecutar
Por la suscripción del contrato Fase Compromiso
8401 ASIGNACIONES COMPROMETIDAS 80,000.00 840105 Recursos determinados
84010504 Canon, sobrecanon, regalías
8601 EJECUCIÓN DE GASTOS 80,000.00 860105 Recursos determinados
86010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por la ejecución presupuestal del gasto Fase Devengado
A continuación, presentamos un caso práctico, en el que se contabilizará todas las fases del ciclo de gastos:
- La Municipalidad de Ingenio, durante el mes de marzo mediante contrato realizó gastos con recursos del canon
minero por la suma de S/.80,000.00 para la construcción del
“Parque Antacoto”, la obra fue realizada bajo la modalidad por contrata.
Fase Pagado
Esta fase, a efectos del SIAF SP, incide únicamente en la conta-bilidad patrimonial.
Contabilización de documentos emitidos
Esta secuencia se realiza, con la fi nalidad de contabilizar las
cuen-tas de orden, como consecuencia de haberse realizado la fase del pagado. Para ello ingresamos a la siguiente ruta del SIAF SP:
De manera que el asiento contable será de la siguiente manera:
se debita la cuenta 910408 y se acredita la cuenta 910308, tal
como se muestra a continuación:
Y para el registro contable de las cuentas de orden se debita a
la cuenta 910308 y se acredita a la cuenta 910408 si el pago se
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———————————— x———————————— DEBE HABER 85 EJECUCIÓN DE INGRESOS 1,250.00
850105 Recursos determinados 85010504 Canon, sobrecanon, regalías
82 PRESUPUESTO DE GASTOS 1,250.00
820105 Recursos determinados 82010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por los intereses percibidos del canon minero mes de abril
———————————— 8 ———————————— DEBE HABER
———————————— 9 ————————————
2105 OBLIGACIONES TESORO PÚBLICO 80,000.00
210502 Gastos de capital
4404 TRASPASOS Y REMESAS DE CAPITAL
RECIBIDOS 80,000.00
440403 Por participaciones de recursos determinados
44040301 Canon y sobrecanon 4404030103 Canon minero
Por la fase pagado por el Banco de la Nación
9104 VALORES Y GARANTÍAS POR EL CONTRARIO 80,000.00 910408 Cheques girados por entregar
9103 VALORES Y GARANTÍAS 80,000.00 910308 Cheques girados
Por el control del cheque pagado
———————————— 1 ———————————— DEBE HABER
———————————— 2 ————————————
———————————— 3 ————————————
8201 PRESUPUESTO DE INGRESOS 18,000.00 820105 Recursos determinados
85010504 canon, sobrecanon, regalías
8101 PRESUPUESTO DE INSTITUC. DE APERTURA 18,000.00 810105 Recursos determinados
81010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por la incorporación de los saldos de balance al presupuesto de ingresos
8101 PRESUPUESTO INSTITUC. DE APERTURA 18,000.00 810105 Recursos determinados
81010504 Canon, sobrecanon, regalías
8301 PRESUPUESTO DE GASTOS 18,000.00 820105 Recursos determinados
85010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por la incorporación de los saldos de balance al presupuesto de gastos
8501 EJECUCIÓN DE INGRESOS 18,000.00 850105 Recursos determinados
85010504 Canon, sobrecanon, regalías
8201 PRESUPUESTO DE GASTOS 18,000.00 820105 Recursos determinados
82010504 Canon, sobrecanon, regalías
Por la ejecución presupuestal de los saldos de balance
6. Intereses percibidos por concepto de canon
Actualmente, los recursos del canon son administrados en subcuentas del Tesoro Público. Aperturadas en el Banco de la Nación, estas generan interéses a favor de las entidades
públicas. En tal sentido, la Ofi cina de Tesorería debe registrar
en el SIAF-SP, los intereses generados, a través de las dos fases del ciclo de ingresos, conocidos como el Determinado y el Recaudado. Cuyo efecto contable será plasmado mediante un ejemplo:
- La Municipalidad de Pilcomayo, durante el mes de abril percibió intereses por concepto del canon minero por la suma de S/.1,250.00.
El registro administrativo en el SIAF, por los intereses generados será de la siguiente manera:
Fase Determinado
Los registros administrativos que se registran en el SIAF por las fases del Determinado y Recaudado son los siguientes:
Fase Recaudado
7. Incorporación de saldos de balance por concepto
de canon
Los recursos del canon, no ejecutados en un ejercicio, constituyen saldos de balance, quiere decir que las entidades públicas no revierten ninguna suma de dinero al Tesoro Público, por lo tanto, dichos saldos, se incorporan al presupuesto del ejercicio en la cual
se ejecutarán, mediante modifi caciones presupuestales en el nivel
institucional de tipo créditos suplementarios. Este procedimiento lo explicaremos con el siguiente ejemplo:
- La Municipalidad de Sicaya, según Resolución de Alcaldía Nº 0056-2012-A incorpora los saldos de Balance del Canon
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8. Incidencia en el EF-2 y EF-4
EF-2 Estado de gestión
Las transferencias recibidas del canon que efectivamente fueron pagadas por las municipalidades se considera en la columna de Ingresos en el rubro Trans-ferencias y remesas recibidas, dichos importes equivalen a la totalidad de registros contables de la fase pagado, en la cual se consideró la cuenta contable 4402 Traspasos y remesas corrientes recibidas y 4404 Traspasos y remesas de capital recibidos, ya sea para gastos corrientes o gastos de capital, respecti-vamente.
EF-4 Flujo de efectivo
Para la elaboración del fl ujo de efectivo,
es bueno diferenciar qué transferencias del canon fueron destinados para gastos corrientes y gastos de capital, en ese orden de ideas debo precisar que si los recursos del canon fueron destinados para gastos corrientes entonces este
Finalmente, para el registro contable de las cuentas presupuestales por el presupuesto de ingresos y de gastos, se registran mediante notas de contabilidad. Para ello ingresamos al modulo contable del SIAF, a la siguiente ruta:
Para la nota contable del presupuesto de ingresos, seleccio-namos el código 100000-020 Proyecciones presupuestarias de Ingresos.
Y para la nota contable del presupuesto de gastos, seleccio-namos el código 100000-021 Proyecciones presupuestarias de Gastos.
debe registrarse como una actividad de operación, en el rubro Transferencias corrientes recibidas que equivale a la cuenta contable 4402 Traspasos y reme-sas corrientes recibidas, Por otro lado, si los recursos son destinados para gastos de capital entonces debe registrase como una Actividad de Financiamiento en el rubro Transferencias de capital recibidas, que equivale a la cuenta contable 4404 Traspasos y remesas de capital recibidos.
9. Clasifi cadores presupuestales
para el registro del canon
Para un buen registro de ingresos en el SIAF-SP, cada vez que se recibentransferencias por concepto del canon, los clasifi
-cadores presupuestales son los siguientes:
Clasifi cadores presupuestales:
- Canon Minero 141413 - Canon Gasífero 141414 - Canon hidroenergético 141415 - Canon pesquero 141416 - Canon forestal 141417 - Sobrecanon petrolero 141412
10. Normas legales
- Ley Nº 27506 - Ley de Canon - Ley Nº 28112 - Ley Sistema de
Admi-nistración Financiera del Estado
- Resolución Directoral Nº 026-80-EF/77.15
- Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto
del Sector Público ejercicio 2008 - Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto
del Sector Público ejercicio 2009 - Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto
del Sector Público ejercicio 2010 - Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto
del Sector Público ejercicio 2011
- Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto
del Sector Público ejercicio 2012
- D.U. 008-2012 Dictan medidas para
la realización de actividades urgentes
Fase Recaudado Fase Determinado