UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
CARRERA DE DERECHO
MONOGRAFÍA
NECESIDAD DE IMPLEMENTAR MECANISMOS DE
PROTECCIÓN AL TRABAJO DE LOS PRODUCTORES DE LA
HOJA DE COCA (COCALEROS) EN ZONAS TRADICIONALES
DE CULTIVO
(Para Optar el Título Académico de Licenciado en Derecho)
POSTULANTE: OSCAR FÉLIX MENDOZA FLORES
2
La Paz-Bolivia
2011
I
Dedicatoria
A mi familia, en especial a mis padres, por darme la
vida, y soñar junto a mí para verme profesional. A mi
esposa e hijos, por darme fuerza, comprensión y
colaboración para concluir la presente investigación.
II
Agradecimientos
A los funcionarios del Vice ministerio de la Hoja de Coca, por
brindarme la información.
A los señores y señoras productores(as), comercializadores,
vendedoras(es) del mercado de la Coca de Villa Fátima por las entrevistas y
toda la información que me prestaron.
III
ÍNDICE
Pág. PORTADA DEDICATORIA………..…. I AGRADECIMIENTO………..…. II ÍNDICE………..…………..…. II PRÓLOGO………..…. 1 INTRODUCCIÓN……….………..…. 2NECESIDAD DE IMPLEMENTAR MECANISMOS DE PROTECCIÓN AL TRABAJO DE LOS PRODUCTORES DE LA HOJA DE COCA (COCALEROS) EN ZONAS TRADICIONALES DE CULTIVO…...…..…. 4
1. FUNDAMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN…………..………….…. 4
2. DELIMITACIÓN DEL TEMA……….…………..…. 6
2.1. DELIMITACIÓN TEMÁTICA………..………..…..…. 6
2.2. DELIMITACIÓN ESPACIAL………..…. 6
2.3. DELIMITACIÓN TEMPORAL………..…………..….6
3. EVALUACIÓN Y BALANCE DE LA CUESTIÓN O MARCO DE REFERENCIA………..……..…. 6
3.1. MARCO INSTITUCIONAL………..………..…. 6
3.2. MARCO DE REFERENCIA……….………..…. 7
3.3. MARCO TEÓRICO………..…. 8
3.3.1. MARCO TEÓRICO GENERAL……….………….………..…. 8
3.3.2. MARCO TEÓRICO ESPECIAL……….………..…. 9
IV
3.5. MARCO JURÍDICO………...………..…. 12
3.5.1. LEGISLACIÓN NACIONAL……….…. 12
3.5.1.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL…..……….…. 12
3.5.1.2. REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LA HOJA DE COCA EN SU ESTADO NATURAL………..………..…. 13
3.5.1.3 LEY 1008……….………..…. 13
4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA………..………..…... 14
5. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN MONOGRÁFICA……….. 14
5.1. OBJETIVO GENERAL………...………..…... 14 5.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS……….………..…... 15 6. DISEÑO METODOLÓGICO………..…... 16 6.1. MÉTODOS……….………..…... 16 6.1.1. MÉTODO INDUCTIVO………..………..…... 16 6.1.2. MÉTODO DEDUCTIVO………..…... 16 6.1.3. MÉTODO DOGMÁTICO………...…………..…... 17 6.2. TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN………..…... 17 6.2.1. ENTREVISTA………...…... 17 6.2.2. OBSERVACIÓN……….…..…... 17
CAPÍTULO I
EVALUACIÓN DEL TEMA EN BASE AL MARCO REFERENCIAL…... 19V
2. La Hoja de Coca/Colonia………...…………... 20 3. La Hoja de Coca en la actualidad………... 22 3.1. La realidad y la vida cotidiana………..…... 24
CAPÍTULO II
ANTECEDENTES DEL PROCESO DE SIEMBRA Y COSECHA DE LA HOJA DE COCA………..…... 29 1. ANTECEDENTE FOTOGRÁFICO DE LA SIEMBRA Y COSECHA DE LA HOJA DE COCA………..…... 29 2. TÉCNICAS DE CULTIVO DE COCA EN LOS YUNGAS DE LA PAZ... 32 2. 1. Quema y preparación de suelo………..………..…. 32 2. 2. Construcción de terrazas………..… 33 2. 3. Almácigo y Trasplante………..……..…... 35 2. 4. Cultivo de coca joven y primera cosecha……...…………..…... 36 3. MANTENIMIENTO………..…... 37 4. SECADO Y TRANSPORTE DE LAS HOJAS………..………..…... 38
CAPÍTULO III
MARCO JURÍDICO………...……..…... 41 1. LEGISLACIÓN NACIONAL………..…... 41 1. 1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL... 41 1. 2. REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN
DE LA HOJA DE COCA EN SU ESTADO NATURAL………... 42 ATRIBUCIONES DE DIGCOIN………..…... 42 1.- Otorga Licencia de Comercialización……..………..…... 42
VI
2.- Renovación de Licencias de Comercialización……….………..…... 42 3.- Transferencia de Licencia de Comercialización………..…... 43 4.- Duplicados de Licencia de Comercialización………..…... 46 RESTRICCIONES DE DIGCOIN………..…... 46
CAPITULO IV
DIAGNÓSTICO DE LOS DATOS OBTENIDOS
EN LA INVESTIGACIÓN………..………..…... 48 1. DATOS ESTADÍSTICOS DE LA INCAUTACIÓN EN LOS AÑOS
2002, 2003, 2004 EN BOLIVIA………..………..…... 48 2. DATOS ESTADÍSTICOS DECOMISOS DE LA HOJA DE COCA
POR DEPARTAMENTOS ENTRE LOS AÑOS 2002, 2003, 2004…... 49 3. ENCUESTAS Y ENTREVISTAS, PARA DETERMINAR
LOS FACTORES QUE HACEN MÁS DIFÍCIL LA RELACIÓN
ENTRE COCALEROS Y LA FELCN……..………..………..…... 51 3. 1. SEGÚN SU GÉNERO……….………..…... 52 3. 1. 1. VIOLENCIA CONTRA MUJERES Y HOMBRES……...…... 52 3. 2. SEGÚN SU RAZA………..…... 54 3. 3. SEGÚN SU IDIOMA………..…... 55 3. 4. DERECHOS QUE RECONOCEN TENER LOS COCALEROS…. 56 3.5. GRADO DE INSTRUCCIÓN………..………..…... 57 4. ANÁLISIS………...…..…... 57
VII
CAPITULO V
MECANISMOS DE PROTECCIÓN AL TRABAJO
DE LOS PRODUCTORES DE LA HOJA DE COCA (COCALEROS)
EN ZONAS TRADICIONALES DE CULTIVO…………..…………..…... 59
1. MECANISMOS ESTATALES……….………..…... 59
1.1. CREACIÓN DE INSTITUCIONES NACIONALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN……….…..…... 60
CAPÍTULO VI
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES………..…... 61 1. CONCLUSIONES………..……..…... 61 2. RECOMENDACIONES………..…... 62 3. MEDIDAS DE PREVENCIÓN……….……..…... 62 BIBLIOGRAFÍA……….…..…... 63 LEYES Y REGLAMENTOS……….…..…... 64 PRENSA ESCRITA………... 64 ÍNDICE DE SIGLAS………....…... 65 ANEXOS……….…..…... 661
PRÓLOGO
Quiero comenzar agradeciendo al postulante Oscar Mendoza, quien me invitó a hacer este prólogo. Este trabajo de investigación “monografía jurídica”, es rico en su contenido, en el análisis y el desarrollo del mismo, y consecuentemente ofrece muchos ángulos para ser abordado. Presenta también un desafío para revisar algunas creencias sobre nuestra realidad social y económica que de tanto repetirlas las admiramos sin mayor reflexión. Por razones de tiempo y de ventaja comparativa voy a circunscribirme a las dimensiones económicas que de sus planteamientos y aún creo que lo haré parcialmente dada la riqueza de ideas contenidas en el trabajo monográfico. De antemano le pido excusas al postulante si es que en mis comentarios destaco aspectos que a él le pueden resultar secundarios.
Los méritos del trabajo monográfico: ofrece una descripción de cómo se produce la hoja de coca, que en el mundo no se conoce, solo los productores, es decir aquellos que siembras y cosechan dicho producto lo saben y le dan el valor que se merece la producción de la hoja de coca. Además contiene un análisis estadístico de gestiones pasadas de las incautaciones y decomiso que realizo la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN); en algunos caso incautaciones realizadas con violencia y sin ningún fundamento legal.
En la Dirección General de Comercialización e Industrialización(DIGCOIN), en todo este tiempo que se han presentado quejas y denuncias por parte de los comercializadores de la hoja de coca, a los cuales se les decomisa su coca al circular de un lugar a otro en territorio nacional, sin respetar sus derechos como su “derecho al trabajo”
La Paz, Agosto de 2011
MIGUEL CALLISAYA MONTALVO EX PRESIDENTE 6 FEDERACIONES DE LOS YUNGAS
2 INTRODUCCIÓN
La presente monografía jurídica es fruto de la formación académica en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la carrera de Derecho; es un trabajo metodológico, fundamentado en bases doctrinales, jurídicas y conceptuales. El tema trata de la necesidad de implementar mecanismos de protección al trabajo de los productores de la hoja de coca (cocaleros) en zonas tradicionales de cultivo. Dicho tema es necesario para precautelar o garantizar el trabajo y los derechos como el “derecho al trabajo” que en la actualidad está siendo violado por algunas personas que pertenecen a la Fuerza de Lucha contra el Narcotráfico.
Demostrar que la implementación de mecanismos de protección al trabajo de los productores de la hoja de coca (cocaleros) en zonas tradicionales de cultivo va a proteger jurídicamente el derecho al trabajo de un sector específico, aminorará los atropellos que se suscitan y reforzará la protección al bien jurídicamente protegido “el derecho al trabajo” de los productores de hoja de coca evitándose los daños personales y materiales de cada productor/comerciante de la hoja de coca en su estado natural, es nuestro objetivo principal.
Entre nuestros objetivos específicos la investigación monográfica ha definido los siguientes, para concretar la base sólida de nuestra indagación: demostrar que el derecho al trabajo de los Productores Cocaleros ha sido transgredido por la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico (FELCN) provocando daños económicos, psicológicos y físicos.
Demostrar que los productores cocaleros necesitan la implementación de mecanismos jurídicos para defender su fuente laboral y que éstos sean de conocimiento general en todo el territorio. Proponer lineamientos generales
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para la implementación de mecanismos jurídicos de protección al trabajo de los productores de hoja de coca en su estado natural
Las técnicas utilizadas en el desarrollo de la investigación de la tesis fueron las siguientes:
1. Entrevista a las productores/comerciantes de la hoja de coca en sus estado natural del Mercado de Villa Fátima de la ciudad de La Paz. 2. Estadística.
Las fuentes consultadas; bibliografía (libros relacionados a la temática), paginas virtuales en internet de periódicos, estadísticas y entrevistas.
Oscar Félix Mendoza Flores POSTULANTE
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NECESIDAD DE IMPLEMENTAR MECANISMOS DE
PROTECCIÓN AL TRABAJO DE LOS PRODUCTORES DE LA
HOJA DE COCA (COCALEROS) EN ZONAS TRADICIONALES
DE CULTIVO
1. FUNDAMENTACIÓN Y JUSTIFICACIÓN
Para justificar la importancia del tema, se ha tenido como premisa inicial la protección de los derechos individuales y colectivos. Al plantear la investigación se tomó en cuenta principalmente los testimonios de las personas dedicadas a producir y comercializar la hoja de coca; éstos conocidos con el nombre de “COCALEROS”, los mismos que fueron sufriendo atropellos hace seis años por parte de una de las unidades de la policía “Grupo Especial del Control de la Coca” más conocida como “GECC”, dependientes de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) cuya misión es el control, fiscalización y circulación de la hoja en su estado natural dentro el territorio nacional en cumplimiento a las disposiciones legales, entre ellas la ley 1008, el reglamento de circulación y comercialización en dos mercados legalmente establecidos: el mercado de Sacaba en el departamento de Cochabamba (Chapare) y el mercado de Villa Fátima en la ciudad de La Paz, en coordinación con la Dirección General de la Hoja de Coca e Industrialización la cual está bajo la tuición del Ministerio de Gobierno y Vice ministerio de Defensa Social.
Las personas entrevistas en el mercado de la coca en Villa Fátima sostienen que en los viajes que realizan cada tres meses al interior del país desde el año 2005 hasta la fecha, han sufrido atropellos por parte de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico(FELCN), atropellos físicos y verbales con el resultado del decomiso de su producto (hoja de coca en su estado natural), ante tales atropellos se han realizado denuncias al interior de su comunidad
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/sindicato, estas son elevadas ante los dirigentes quienes no pueden hacer nada al respecto porque no cuentan con ninguna norma que regula su actividad, “actividad laboral específica” como ser; “La Comercialización de la Hoja de coca en su estado natural”, lo que significa el atropello a su derecho al trabajo.
Los cocaleros al ser sujetos (como individuos) de derechos y obligaciones tienen derecho al trabajo digno con seguridad sin discriminación, siendo su fuente laboral estable en condiciones equitativas, satisfactorias, esta actividad debe ser lícita y no debe perjudicar al bien colectivo como lo señala la Constitución Política del Estado Plurinacional.
En la realidad, estos derechos no se cumplen, porque al no ser reconocidos como trabajadores la ley no los protege en caso de sufrir alguna agresión que vaya en contra su actividad laboral, y los cocaleros no pueden ejercer su pleno derecho al trabajo, este sector se mueve en base a la ley 1008 y al Reglamento de Circulación y Comercialización de la hoja de coca en su estado natural, la primera; penaliza toda actividad ilícita y no garantiza el derecho al trabajo; la segunda, se refiere a todo el trámite que deben realizar para poder circular y comercializar dicho producto ya sean estos productores o comercializadores. Por todo lo expuesto, la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico
(FELCN) como órgano público del Estado está transgrediendo el derecho al
trabajo del sector cocalero, al decomisar y no devolver las grandes cantidades de hoja de coca, esta actividad es lícita y constitucionalmente garantizada por el Estado como actividad laboral.
6 2. DELIMITACIÓN DEL TEMA
2,1 DELIMITACIÓN TEMÁTICA
El tema de la investigación monográfica abarcara el área socio-jurídica, ya que los hechos sociales crecen y toman diferentes campos para accionarse, quedándose la norma fuera de la realidad social.
2.2. DELIMITACIÓN ESPACIAL
El tema de investigación se realizará en la ciudad de La Paz, concretamente en el mercado de la hoja de coca de Villa Fátima: en dicho mercado están las instalaciones de la Asociación Departamental de la Coca (ADEPCOCA), donde día a día se congregan desde las primeras horas de la mañana los pequeños productores de las tres provincias de los yungas de La Paz (Nor Yungas, Sud Yungas e Inquisivi) con el fin de comercializar la coca en sus estado natural en el departamento como fuera de él.
2.3. DELIMITACIÓN TEMPORAL
La Investigación se trabajará desde los años 2005 al 2011, tiempo en el cual la Hoja de Coca en su estado natural ha tenido mucha apertura por los medios de comunicación y opinión pública.
3. EVALUACIÓN Y BALANCE DE LA CUESTIÓN O MARCO DE REFERENCIA
3.1. MARCO INSTITUCIONAL
La asociación Departamental de la Hoja de Coca en su estado natural del departamento de La Paz, agrupa a más de 683 comunidades productoras de
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la hoja de coca en estado natural de las tres Provincias de los Yungas de La Paz; Nor Yungas, Sud Yungas e Inquisivi.
La Asociación Departamental de la Hoja de Coca (ADEPCOCA) cuenta con un directorio elegido por las tres provincias mencionadas; eligen al directorio todos los afiliados a esta institución, acreditando su afiliación con el carnet de productor que emite la institución. Esta Institución mantiene su funcionamiento con el aporte económico por concepto de circulación de la hoja de coca en su estado natural de provincia a provincia y de departamento a departamento dentro el territorio Boliviano.
La institución tiene sus oficinas en funcionamiento en el segundo piso del Mercado de Coca de Villa Fátima, mercado al que llegan al día miles de libras de coca en estado natural, donde es controlada la llegada, salida y cantidad que cada pequeño productor hace ingresar y salir del mercado para su comercialización según el destino que la hoja de ruta indica.
3.2. MARCO DE REFERENCIA
Para tener una idea de cuantas libras de Hoja de coca en su estado natural circula en todo el territorio Boliviano presentamos una pequeña estadística de los años 1996 al 2000 de cultivos netos que hubo hasta la fecha indicada.
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Fuente: Informe anual gestión 2010 Naciones Unidas oficina contra la droga y el delito.
3.3. MARCO TEÓRICO
3.3.1. MARCO TEÓRICO GENERAL
En la elaboración de la Monografía se tomará como base fundamental la Teoría sociológica del orden social de Peter Berger y Thomas Luckmann. La Teoría del Orden Social, nos muestra que el orden concierne a aquella conciliación que es la “convivencia”. Esta convivencia entre la sociedad (parte de la sociedad productores de hoja de coca) y el Estado (la fuerza especial de lucha contra el narcotráfico) nos muestra:
Primero; La sociedad debe ser razonablemente predecible, de tal manera que
les sea posible a los individuos coordinar sus actividades entre sí. Esto significa desarrollar expectativas estables acerca del comportamiento de los otros. 48.100 45.800 38.000 21.800 19.600
CULTIVO DE HOJA DE COCA EN HECTAREAS (1996-2000)
año 1996 año 1997 año 1998 año 1999 año 2000
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Segundo; Se debe interactuar productivamente y sostener la cooperación
entre los miembros de la sociedad (nuevas normas o mecanismos). En otras palabras, el orden social se produce y mantiene según la capacidad de una sociedad de coordinar y cooperar.
3.3.2. MARCO TEÓRICO ESPECIAL
En lo referente al Marco Teórico Especial se tomará la Teoría del Derecho Constitucional El objeto del derecho constitucional es la explicación de las señas de identidad y las reglas de validez del ordenamiento articulado a partir de una concreta Constitución –en Bolivia la de 1826, por lo que no nos ocupamos sólo de ese texto, sino también de aquellas otras normas que son determinantes para reconocer la estructura del sistema.
Pero antes de profundizar en este objeto hay que determinar primero qué es Derecho, pues “sin clarificar el concepto de derecho que se toma como punto de partida es imposible explicar en qué consiste la Constitución, ya que el concepto que se tenga de ella, y de su función en el ordenamiento jurídico, dependen directamente del concepto mismo de derecho” (Otto y Pardo). Si de admite que el Derecho es un conjunto de normas reguladoras de las relaciones sociales se hace necesario, de una parte, establecer qué es lo que distingue a las normas jurídicas de aquellas otras que también se ocupan de los vínculos sociales y, de otra, explicar por qué obliga lo jurídico.
Esta pretensión, la de identificar el Derecho que consideramos válido, ya fue apuntada por San Agustín, que planteó un interrogante que suele recordarse en las primeras clases de nuestra asignatura: ¿qué es lo que distingue al ordenamiento del Estado del de una banda de criminales?. El elemento que define y separa a la norma jurídica de las demás es la sanción. Pero sanciones, y muy eficaces; la diferencia radica en la consideración de la sanción como
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objeto de la norma jurídica más que como garantía de su mandato. Las jurídicas no son sólo normas sancionadas, normas cuyo cumplimiento se apoya en una sanción; además son normas sancionadoras: contienen prescripciones acerca de los supuestos y las condiciones en los que debe aplicarse la fuerza física. Así, el Derecho, más que reprimir conductas, garantiza que la coacción sólo sea utilizada por los sujetos habilitados para ello en los casos y siguiendo los procedimientos que determina una norma. Las normas de Derecho Constitucional responden a este esquema genérico: son normas sancionadoras, que concretan en qué condiciones y de qué manera se pueden establecer y regular las relaciones de poder dentro de una colectividad. Entonces hay que preguntarse en qué se basa su obligatoriedad y la de las normas que lo componen; en ambos supuestos la respuesta se encuentra en un concepto clave para el Derecho: la validez (Otto y Pardo).
3.4. MARCO CONCEPTUAL
Los siguientes conceptos ayudarán a delimitar el campo de acción de mi investigación.
1. ACULLICO. El "acullico" es la masticación de hojas de coca.
2. CONFISCAR. Sanción penal consistente en la privación de los bienes
al delincuente y su incorporación al patrimonio del Estado.
3. DECOMISAR. Privación, a la persona que comercia en géneros
prohibidos o comete un delito, de las cosas que fueren objeto del tráfico ilícito, a la cual se le da una sanción.
4. DERECHO. El concepto sencillo del Derecho, es aquel que lo define como “reglas de conducta social, cuya inobservancia puede llevar consigo la imposición de una sanción”; tesis de la cual se puede inferir en mayor amplitud que, el Derecho es un conjunto de normas y principios orientados a regular la conducta humana en sociedad,
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ordenamiento que se inspira en postulados que permitan lograr fundamentalmente ideales de justicia, igualdad y libertad, abarcando diversos campos del quehacer del hombre.
5. HOJA DE COCA. La coca, cuyas hojas se cosechan cuatro veces al año, es un arbusto de color verde obscuro y a veces claro, originario de América del Sur, donde los indígenas la cultivan desde tiempos inmemoriales, en la actualidad se la cultiva en Bolivia, Colombia y Perú.
6. ILÍCITO. Lo que no está permitido, la ley lo prohíbe.
7. INCAUTACIÓN. Desposesión que realiza la autoridad competente de bienes y efectos por razones de interés público o de actuaciones ilícitas.
8. LEY. La ley es la fuente primera y fundamental del derecho; su
preponderancia es especialmente notable en el derecho civil. Desde un punto de vista material ley es toda regla social obligatoria, emanada de autoridad competente. Por lo cual no solo son leyes los que dicta el poder legislativo sino también la constitución, los decretos, las ordenanzas municipales. Desde el punto de vista formal se llama ley a toda disposición sancionada por el poder legislativo, de acuerdo con el mecanismo constitucional.
9. LÍCITO. Que está permitido por la ley o por la moral Justo y correcto
de acuerdo con la ley.
10. PROTECCIÓN JURÍDICA. La protección jurídica es un conjunto de
normas organizadas que reglamentan y coordinan la protección a persona y bienes, en diferentes casos. En cuanto a las personas es la Constitución Política del Estado quien protege los derechos de los individuos de forma general.
11. TRABAJO. Trabajo, es todo esfuerzo físico realizado para asegurar un beneficio económico. Es uno de los tres factores de producción principales, siendo los otros dos la tierra (o recursos naturales) y el capital.
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12. PRODUCTOR DE LA HOJA DE COCA. Es aquella persona que se
dedica a cultivar la hoja de coca; siembra cosecha, la seca y embolsa para su comercialización.
13. PRODUCTOR COMERCIANTE DETALLISTA. Es aquella persona
que produce la hoja de coca; siembra y cosecha, pero además este puede comercializarla, es decir venderla. Detallista significa que la hoja de coca se comercializa al detalle “por libras”.
14. COMERCIANTE DETALLISTA. Persona que comercializa la hoja de
coca, vende al detalle “por libras”, este no es Productor, no produce.
3.5. MARCO JURÍDICO
3.5.1. LEGISLACIÓN NACIONAL
3.5.1.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL. Art. 46. I. Toda persona tiene derecho:
1. Al trabajo digno con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna. 2. A una fuente laboral estable en condiciones equitativa y satisfactorias. II. El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas.
Art. 47. I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o
cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo.
Art. 384. El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio
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de cohesión social; en su estado natural no es estupefaciente. La revalorización, producción, comercialización e industrialización se regirá mediante la ley.
3.5.1.2. REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LA HOJA DE COCA EN SU ESTADO NATURAL.
El contenido del reglamento hace una descripción jurídica y muestra las competencias y atribuciones que el Estado ejerce sobre esta actividad; “Circulación y Comercialización”. Ver el reglamento en su totalidad para mayor comprensión.
3.5.1.3 LEY 1008
Art. 4. Se entienden como consumo y uso lícito de la hoja de coca las prácticas
sociales y culturales de la población boliviana bajo las formas tradicionales, como el “acullico” masticación, usos medicinales y usos rituales.
Art. 5. Otras formas de uso lícito de la hoja de coca que no dañen la salud ni
provoquen ningún tipo de farmacodependencia o toxicomanía, así como su industrialización para usos lícitos, serán objeto de reglamentación especial.
Art. 19. Es responsabilidad del Poder Ejecutivo conocer el origen y destino de
la producción de coca así como definir las rutas y medios de transporte para su traslado a los mercados legales de consumo, para lo cual dicho órgano establecerá un sistema de permisos y controles tanto para productores y como para transportistas y comerciantes. Toda violación a la presente disposición convertirá a la coca en ilegal y estará sujeta a las sanciones establecidas en la presente ley.
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¿La ausencia de libre circulación interna para los pequeños productores de hoja de coca en su estado natural se ha convertido en una limitante para subsistir, ya que su actividad laboral-trabajo (seis a cuatro meses) está siendo transgredido y violentado por la fuerza del orden público al decomisar, quitar, despojar y substraer el producto mencionado, aplicando la subjetividad para tales cometidos?
La Comercialización y Producción de la hoja de coca en su estado natural está reglamentada como una actividad lícita, el problema se suscita cuando los Cocaleros Productores/Comercializadores al detalle de la hoja de coca en su estado natural, se trasladan de un departamento a otro departamento; es decir cuando realizan viajes de un departamento a otro llevando el producto para su comercialización, para este motivo deben cumplir con requisitos contenidos que se encuentran en el reglamento de circulación y comercialización de la hoja de coca.
5. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN MONOGRÁFICA
5.1. OBJETIVO GENERAL
“Demostrar que la implementación de mecanismos de protección al trabajo del sector cocalero de las zonas tradicionales aminorara los atropellos que se suscitan y que reforzara la protección al bien jurídicamente protegido “el derecho al trabajo” de los productores de hoja de coca”.
5.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Demostrar que el derecho al trabajo de los Productores Cocaleros ha sido transgredido por la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico (FELCN) provocando daños económicos, psicológicos y físicos.
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2. Demostrar que los Productores Cocaleros necesitan la implementación de mecanismos jurídicos para defender su fuente laboral y que estos sean de conocimiento general en todo el territorio.
Proponer lineamientos generales para la implementación de mecanismos jurídicos de protección al trabajo de los productores de hoja de coca en su estado natural.
16 6. DISEÑO METODOLÓGICO
6.1. MÉTODOS
6.1.1. MÉTODO INDUCTIVO
El método inductivo será el método universal para el desarrollo del presente trabajo, ya que es el que establece el proceso de conocimiento de lo particular a lo general, siendo que esta parte del estudio profundo de un fenómeno particular, para posteriormente elaborar conclusiones válidas para una amplia gama de fenómenos generales y toda vez que el mismo nos permitirá establecer los lineamientos generales para el reglamento de circulación para pequeños productores de hoja de coca en su estado natural, asimismo establecer las conclusiones.
6.1.2. MÉTODO DEDUCTIVO
Mediante ella se aplican los principios descubiertos a casos particulares, a partir de un enlace de juicios. El papel de la deducción en la investigación es doble:
1. Primero consiste en encontrar principios desconocidos, a partir de los conocidos. Una ley o principio puede reducirse a otra más general que la incluya. Si un cuerpo cae decimos que pesa porque es un caso particular de la gravitación.
2. También sirve para descubrir consecuencias desconocidas, de principios conocidos. Si sabemos que la fórmula de la velocidad es v=e/t, podremos calcular la velocidad de un avión. La matemática es la ciencia deductiva por excelencia; parte de axiomas y definiciones.
17 6.1.3. MÉTODO DOGMÁTICO.
Partiendo de la definición terminológica definiremos al Método Dogmático en su terminología básica como método (del griego “methodos”): literalmente como el camino hacia algo. En su sentido más general como medio de conseguir un fin, actividad ordenada de un modo determinado. Señalando de la misma forma que en el proceso de desarrollo del conocimiento se elaboran principios generales del pensamiento tales como la inducción, deducción, análisis, síntesis, analogía, comparación. En relación al dogma (del griego
“dogma”) y cuyo significado fundamental es el de doctrina, o más
exactamente doctrina fijada.
6.2. TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN
Para la recolección de la información y posterior elaboración de la presente investigación, inicialmente se hará uso de la Técnica de la Entrevista, la misma que se realizara a los cocaleros productores detallistas de la hoja de coca en su estado natural de la ciudad de la paz de las tres provincias de los yungas.
6.2.1. ENTREVISTA. La entrevista es una técnica antigua, pues ha sido
utilizada desde hace mucho en psicología y, desde su notable desarrollo, en sociología y en educación. De hecho, en estas ciencias, la entrevista constituye una técnica indispensable porque permite obtener datos que de otro modo serían muy difíciles conseguir
6.2.2. OBSERVACIÓN. Es el procedimiento de investigación más antiguo y
también el más moderno, por lo que estamos seguros que nunca dejará de usarse como método. Lo general es que una investigación social, comience con la observación directa del medio social, y concluya igualmente con la observación para comprobar el realismo y la valides de las conclusiones a que llegaremos, en tal sentido se hará uso de la
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Observación, como una forma de analizar y estudiar el comportamiento de la policía nacional y de los cocaleros.
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CAPÍTULO I
EVALUACIÓN DEL TEMA EN BASE AL MARCO REFERENCIAL
Las referencias que podemos encontrar sobre el cultivo y el uso de la coca en la alimentación, rituales y otras actividades de las culturas andinas preincaicas son escasas, aunque lo suficientemente importantes como para ser tomadas en cuenta.
Los aportes de etno-historiadores y antropólogos que se han basado en las crónicas españolas, así como los de arqueólogos y del trabajo propiamente histórico, plantean al respecto dos vertientes de análisis. La primera de ellas minimiza la importancia de este producto en las culturas andinas antes de su cultivo organizado por el Estado Inca. La segunda, considera que la hoja de coca fue un producto de gran significación para pueblos como el aymara antes de la dominación cuzqueña, posición que parece contar con mayores argumentos que la anterior1.
1. La Hoja de Coca/Periodo Incaico
Con relación al periodo inca, las investigaciones de los estudiosos no coinciden plenamente, pues algunos de ellos sostienen que su cultivo y consumo fueron reducidos, mientras que otros señalan que no sólo las élites de Imperio tuvieron acceso a ese producto.
La versión que indica que el uso de la coca estuvo restringido a la nobleza, es apoyada por varios cronistas, como Juan Matienzo, que sostiene que las clases populares estuvieron excluidas del derecho a consumir coca, por otra parte Ponca Sanjinés afirma que en el cuarto periodo de esa cultura, el comercio de la hoja de coca entre los yungas y el altiplano ya se había
1 Varios párrafos fueron tomados del libro “La Historia de Bolivia, La Historia de la coca” de
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generalizado. Sin embargo, es en relación a los señoríos aymara que se encuentran más informaciones sobre el cultivo y uso de la coca, la mayoría de las cuales provienen de las fuentes españolas tempranas.
El cronista García Diez escribió; que antes del imperio incaico, los ayllus aymaras del reino Lupaqa tenían cocales en tierras de Chicaloma o Chicaruma, es decir, en los yungas que está situado en el departamento de La Paz. Por otra parte, en las visitas a Zongo, realizada en 1568, se recuperó la noticia de que los indígenas del lugar poseían cocales desde mucho tiempo atrás, y la realizada a Chuquito en 1576 recogió el dato de que los "reinos" aymaras de Lago Titicaca tenían cocales en la provincia Larecaja ubicada en el departamento de La Paz.
Sobre una de las funciones principales de la coca en estos grupos étnicos, es muy importante considerar que su cultivo, comercialización y consumo estaban insertos en el contexto del control de diferentes pisos ecológicos practicado por los lupaqas, pacajes y otros pueblos aymaras. Además, cumplió una función cultural como elemento vital en las prácticas rituales y religiosas.
2. La Hoja de Coca/Colonia
Desde las primeras penetraciones de los españoles a la zona del Tahuantinsuyo, éstos se anoticiaron de la existencia de cultivos de coca y, desde muy temprano, los cronistas y visitadores comenzaron a averiguar sobre sus características y usos. Muy pronto se abrió un debate sobre si debía o no permitirse que siga siendo cultivada y consumida por los indígenas. El grupo ligado al clero consideró que debía prohibirse el cultivo y consumo de la
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Pero esta posición perdió vigencia al constatarse que la hoja de coca podía ser utilizada sustituyéndola por el alimento por su alto valor nutritivo y, por lo tanto, se la entregaba al ingresar a las minas. Por otra parte, los españoles, ávidos de riquezas, percibieron que su cultivo y comercialización podían convertirse en otras fuentes de obtención de riqueza o ingresos para la corona española.
Descubierto el Cerro Rico de Potosí, cuya explotación se inició masivamente en la segunda mitad del siglo XVI, la mano de obra que se reclutó forzosamente desde la implantación de la mita por Toledo esta se convirtió en una importantísima consumidora de la hoja coca, junto a la de otros centros mineros como Porco, Oruro, Chichas y Lípez. A partir de ese momento, el cultivo y el consumo de la coca vivieron un importante y acelerado proceso de expansión. Por ejemplo, el cronista español Polo de Ondegardo sostuvo en 1571 que en ese momento había 50 veces más plantaciones de coca que cuando los incas regían el Perú.
También se sostiene que el aumento en el cultivo y consumo de la coca tuvo que ver con el hecho de que la invasión europea había producido una grave crisis de alimentos, causando privaciones nutricionales en la población indígena, quien recurrió a la hoja de coca para paliar esas deficiencias. En todo caso, ya a principios del siglo XVII, la hoja de coca se consolidó como un producto de gran difusión en el mercado colonial y su cultivo y comercialización involucraron a distintos grupos de la sociedad virreinal. Asimismo, el Estado la había incluido como un producto importante en el pago del tributo. En ese siglo, el Cuzco fue la primera zona productora de coca en el territorio bajo jurisdicción del Virreinato de Lima. En la Audiencia de Charcas, hoy Bolivia, sobre salieron la región de los yungas del departamento de La Paz, el valle de Zongo y de la provincia de Larecaja.
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De su comercialización se beneficiaron ciudades como el Cuzco, La Paz y La Plata, que en el siglo XVII fueron rentadas con 80 mil, 70 mil y 40 mil pesos respectivamente, por concepto de impuestos sobre la coca2. El principal centro
consumidor continuó siendo Potosí. En el siglo XVII, la coca fue utilizada también como valor de cambio y con ella se podía obtener ganado y otros productos altamente valorados como la lana. Muchos indígenas se convirtieron en comerciantes de la hoja de coca, llamados "cocanis", que la trasladaban a lomo de bestia, o en sus espaldas por caminos de herraduras, desde los Yungas del departamento de La Paz hasta el departamento de Potosí. Además, según Ana María Lema3, existían diferentes tipos de trabajadores,
como arrendatarios, esclavos trabajadores temporarios todos involucrados con la producción de la hoja de coca, muchos de ellos provenían principalmente de Pacajes, Larecaja y Omasuyos.
3. La Hoja de Coca en la actualidad
Desde la Colonia hasta nuestros días la hoja de coca es una de las plantas que ha caracterizado a los países andinos, en particular en Bolivia en el departamento de La Paz es la Hoja de Coca uno de sus símbolos de trabajo más conocido. Es por eso que la hoja de coca está enmarcada dentro la tradición, como referentes tenemos; las fiestas, rituales, ofrendas, pero una de las más fuertes está ligada al fuerte trabajo físico.
Por otra parte, la ley de la Reforma Agraria de 1953 que se aplicó por una década (1953-1963) estipulaba en su contenido lo siguiente:
- Asignar 10 hectáreas como máximo por cada ex colono (actualmente productor cocalero).
2MUSEF 1978 pág. 186
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- Comercializar la hoja de coca entre vecinos e intercambiarla con otros productos que no se podían encontrar en el lugar.
Estás dos disposiciones limitaban el ingreso económico y alimenticio de este sector por lo que al inaugurarse en 1934 una nueva carretera que vincula a Coripata con Puente Villa y desde allí con La Paz y Chulumani, significo un salto cualitativo para los yungueños, dejándose de usar el transporte a lomo de mula y llamas.
Ahora bien, a partir de la década de los sesenta, comenzó a conocerse de las actividades del narcotráfico en la zona del Chapare, como también la región de los Yungas fue catalogada como productora para fines ilícitos en los años ochenta, lo que produjo grandes conflictos entre los cocaleros y la policía lo que derivó en el abuso físico entre ambas partes. En esos años, por otro lado, se abrió en Sud Yungas una amplia zona de colonización en la Asunta llamada también “sector de adentro”; allí llegaron muchos relocalizados mineros y migrantes rurales. Desde ese momento los gobiernos de turno manifiestan que es una zona que produce coca excedentaria es decir en exceso sin control, como podemos notar la producción y comercialización de la hoja de coca se ha convertido en un masivo sector que emplea a desocupados.
El marco teórico de la tesis a desarrollar está fundamentado en la teoría sociológica del orden social de Peter Berger y Thomas Luckmann.
24 3.1. La realidad y la vida cotidiana
Berger y Luckmann4 empiezan por clarificar la realidad tal como ofrece el
sentido común de quienes componen ordinariamente la sociedad. La vida cotidiana se presenta como una realidad interpretada por los hombres y que para ellos tiene el significado subjetivo de un mundo coherente.
La vida cotidiana no solo se da por establecido como realidad por los miembros de una sociedad en su comportamiento subjetivamente significativo de sus vidas. La sociedad es un mundo que se origina en sus pensamientos y acciones, y que está sustentado como real por la sociedad. Cada persona es capaz de moverse en diferentes esferas de realidad. Dicho de otra forma, cada persona tiene conciencia de que el mundo consiste en realidades múltiples. Entre las múltiples realidades existe una que se presenta como la realidad por excelencia. Es la realidad de la vida cotidiana5. Su ubicación está en la realidad
misma donde el hombre aprende de la vida cotidiana y todos los hechos y actos son algo normal y evidente, vale decir una actitud natural.
Uno aprende la realidad de la vida cotidiana como una realidad ordenada o un orden social construido. La realidad de la vida cotidiana se presenta objetivada, o sea constituida por un orden social. El lenguaje, el derecho, los usos sociales, las costumbre, etc., utilizadas en la vida cotidiana proporciona al hombre objetivaciones de la realidad que le da un significado para el hombre y la sociedad. Cada persona vive en un lugar que tiene un nombre geográfico; vivir en La Paz, la cual pertenece a un Estado como Bolivia, en el Estado hay normas jurídicas, como Códigos civil, penal, tránsito, familia etc., (códigos formales), tienen sus propios usos sociales, costumbres (códigos informales),
4 Peter Berger y Thomas Luckmann: La Construcción social de la realidad.Amorrortur editores,
Argentina, 1978, p. 36.
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se tiene un lenguaje propio que es una red de relaciones humanas. De esta manera todos estos elementos objetivan la realidad social.
En realidad, uno no puede existir en la vida cotidiana sin interactuar ni comunicarse continuamente con otros (e interactuar sin normas). Estas objetivaciones por las cuales se ordena la sociedad son un tipo de construcción social. La realidad de la vida cotidiana se da por establecida como realidad. No requiere verificaciones adicionales sino está ahí como fáctica evidente de por sí e imperiosa.
Pero el sector no problemático de la realidad cotidiana es solamente hasta nuevo aviso, es decir, hasta que su continuidad es interrumpida por la aparición de un problema. Cuando esto ocurre, la realidad de la vida cotidiana busca integrar el sector problemático dentro de lo que ya es no problemático. De algún modo el orden es la regla. Y nos interesa subrayar la necesidad de este orden regulado, sin el cual las sociedades corren el riesgo de extinción6.
El punto de partida es la afirmación de que el conflicto es inherente a toda sociedad7. El conflicto puede ser de distinta forma y proceder de distinta
fuente:
▪ Conflicto de clase ▪ Conflicto jurisdiccional
▪ Conflicto de distribución de recursos, etc.
Los conflictos son siempre parte de la sociedad que se encuentra en conflicto con la otra. Esto vale para las sociedades segmentarias más simples y para
6 Peter Berger; Thomas Luckmann; La construcción…, p. 56.
7Kingsley Davis; La sociedad humana. Argentina, Editorial Universitaria de Buenos Aires, 1986. La
afirmación de Davis de que no hay sociedades humanas sin tensiones y conflictos, y que por ello mismo no existe armonía social preestablecida.
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las sociedades más complejas8, como las sociedades actuales. Se puede
afirmar que no hay sociedad sin conflicto. Una sociedad abandonada a la sola dinámica del conflicto es una sociedad amenazada de desintegración. La lógica pura del conflicto tiende a la ruptura y al desorden9. El conflicto pone en
riesgo la existencia misma de la sociedad, por desbordamiento, en una suerte de cadena de conflictos crecientes.
Entonces, tanto el conflicto como cooperación son las relaciones sociales y como toda relación social, está regulada. En una relación a un comportamiento, no responde cualquier otro comportamiento, sino aquel previsto por la regla. La imprevisibilidad y por tanto la imposibilidad de cooperar no sólo producen “desorden”, sin expectativas estables en una sociedad. El Estar reguladas quiere decir que los comportamientos se rigen por ciertas reglas, en virtud de las cuales se regulan las relaciones sociales. La regla es el principio organizador y funciona como pauta de comportamiento, una regla define lo que está permitido y lo que no está permitido10. Señala el
campo de lo posible y cuáles son sus límites. Las interacciones entre los miembros de una sociedad siguen ciertas reglas que se hacen perennes. Por lo tanto el comportamiento del Estado y los productores de hoja de coca de los Yungas de La Paz establecerán un orden especial con nuevos mecanismos para la protección al trabajo de los productores de hoja de coca en su estado natural de las zonas tradicionales (regularan) coadyuvaran a el cumplimiento de la norma general y especializada como es la Constitución Política del Estado Plurinacional y la ley general del trabajo dos ordenamientos jurídicos que garantizan ese derecho fundamental que cada individuo tiene “el trabajo”.
8M. Duverger; Instituciones políticas y Derecho Constitucional. Barcelona, Ed. Ariel, p. 50. 9 Peter Berger; Thomas Luckmann; La construcción social… p. 165.
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La constitución política del Estado plurinacional como norma general y objetiva dice: Toda persona tiene derecho: Al trabajo digno con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna. A una fuente laboral estable en condiciones equitativa y satisfactorias. Y será el Estado quien protegerá el ejercicio del trabajo en
todas sus formas (Art. 46).
Y que además; toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo (Art. 47).
Con respecto a la hoja de coca la constitución dice: El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social; en su estado natural no es estupefaciente. La revalorización, producción, comercialización e industrialización se regirá mediante la ley (Art. 384).
La asociación Departamental de la Hoja de Coca en su estado natural del departamento de La Paz (ADEPCOCA), agrupa a más de 683 comunidades productoras de la hoja de coca en estado natural de las tres Provincias de los Yungas de La Paz; Nor Yungas, Sud Yungas e Inquisvi, zona de cultivo tradicional los yungas de La Paz.
La Asociación Departamental de la Hoja de Coca (ADEPCOCA) cuenta con un directorio elegido por las tres provincias mencionadas; eligen al directorio todos los afiliados11 a esta institución, acreditando su afiliación con el carnet
de productor que emite la institución. Esta Institución mantiene su funcionamiento con el aporte económico por concepto de circulación de la hoja
11 En la asociación departamental de la Coca de la ciudad de La Paz, todas las comunidades
productoras de hoja de coca están asociadas, ya que sin afiliación no lograrían comercializar su producto.
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de coca en su estado natural de provincia a provincia y de departamento a departamento dentro el territorio Boliviano.
La institución tiene sus oficinas en funcionamiento permanente en el segundo piso del Mercado de Coca de Villa Fátima, mercado al que llegan al día miles de libras de coca en estado natural, donde es controlada la llegada, salida y cantidad que cada pequeño productor hace ingresar y salir del mercado para su comercialización según el destino que la hoja de ruta indica
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CAPÍTULO II
ANTECEDENTES DEL PROCESO DE SIEMBRA Y COSECHA DE LA HOJA DE COCA
1. ANTECEDENTE FOTOGRÁFICO DE LA SIEMBRA Y COSECHA DE LA HOJA DE COCA
La hoja de coca en los Yungas del departamento de La Paz sigue un arduo trabajo, se debe seguir un proceso a mediano plazo para poder comercializarla, la primera fotos describirán algunas características de las zonas en las que se siembra la coca, en un segundo punto se describirá algunas de las técnicas para el cultivo.
FOTO Nº 1
Fuente: Portal electrónico de la Alcaldía de Coripata Provincia Nor Yungas
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Cultivos de coca cerca el cerro Uchumani en los Yungas de La Paz, uno de los cerros en los que se puede evidenciar que ya no sirve para el cultivo de cítricos.
FOTO Nº 2
Fuente. Portal electrónico de las 6 federaciones del Trópico de Cochabamba
Villa Tunari, principal centro del Chapare departamento de Cochabamba, en donde el comercio de la coca es significativo.
31 FOTO Nº 3
Fuente: Monitoreo de la coca, Naciones Unidas, 2010.
La comunidad de Arapata, Nor Yungas Coripata, se la ve rodeada de los cultivos de la hoja de coca.
FOTO Nº 4
Fuente: Alcaldía de Chulumani 2010. Cultivo de la hoja de coca alrededor de la Asunta.
32 FOTO Nº 5
Fuente: Monitoreo de la coca, Naciones Unidas, 2010.
Cultivo de coca en la localidad de Siguani, en el municipio de la Asunta entre los años 2009 – 2010
2. TÉCNICAS DE CULTIVO DE COCA EN LOS YUNGAS DE LA PAZ 2. 1. Quema y preparación de suelo:
La quema normalmente ocurre en la época seca, (mayo - Agosto), pero puede darse inclusive hasta diciembre, si las condiciones climáticas son adecuadas.
33 FOTO Nº 6
Fuente: Monitoreo, Naciones Unidas, 2010. 2. 2. Construcción de terrazas
La mayoría de los campos de coca se establecen en terrazas para evitar erosión y pérdida de nutrientes. Esta práctica prolonga la vida del cultivo. El ancho de las terrazas varía de 45 cm a 1 m, dependiendo de la pendiente. Las líneas de surcos para cultivo de coca se establecen en forma transversal a la dirección del talud. Esta práctica es ampliamente utilizada en las áreas tradicionales, mientras que en el resto de los Yungas de La Paz, no se construyen terrazas. El ancho y la forma de las terrazas varían de acuerdo con el talud y la estructura del terreno.
34 FOTO Nº 7
Fuente: fotos tomadas en Chulumani en julio de 2011. Las Tradicionales terrazas.
FOTO Nº 8
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Son por los surcos de las terrazas que circula el agua para ayudar a crecer el árbol de la hoja de coca, en estos círculos el agua se mantiene estativa filtrando lentamente según transcurra el día.
2. 3. Almácigo y Trasplante
Las semillas de coca se obtienen de plantas de edad de 5 años o más. Las semillas se colocan en camellones de suelo fertilizado y profusamente regado. Los camellones son protegidos del sol por aproximadamente 4 a 6 semanas, antes de su trasplante al cultivo. Plantas de coca jóvenes, listas para ser trasplantadas en el campo.
FOTO Nº 9
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Semillas jóvenes de hoja de coca para ser trasplantadas a surcos o tierra húmeda.
2. 4. Cultivo de coca joven y primera cosecha
Las plantas pequeñas son cuidadosamente trasplantadas en el cultivo, a una distancia de 20 cm cada una, son regadas continuamente en los primeros días. Un cultivo nuevo produce su primera cosecha normalmente después de 12 meses de haber sido trasplantado; sin embargo, se ha reportado primeras cosechas de hasta 8 meses después del trasplante, gracias al uso de fertilizantes.
FOTO Nº 10
Fuente: foto tomada en Chulumani en julio de 2011. Bote del trasplante de la coca.
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Fuente: foto tomada en Chulumani en julio de 2011
En los Yungas de La Paz, la cosecha de coca es realizada principalmente por las mujeres y niños, la cosecha implica un trabajo duro en el cual la persona que se dedica a este trabajo se deshidrata constantemente y presenta dolores de espalda y cabeza.
3. MANTENIMIENTO
Los cultivos de coca en los Yungas de La Paz son tratados con fertilizantes, pesticidas y riego. Típicamente, los pesticidas son aplicados después de la cosecha, para proteger al cultivo de una variedad de plagas, que incluyen larvas, hongos y hormigas. A la edad de 4 a 5 años, las plantas son podadas totalmente, dejando sólo la base del tronco. Esta práctica aumenta notablemente el rendimiento de la planta, comenzando desde la siguiente cosecha, que se produce después de 6 a 8 meses. La vida de un cultivo de coca es de aproximadamente 30 años, pero existen reportes de cultivos que han sido productivos hasta por 50 años, con mantenimiento adecuado.
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El uso intensivo de pesticidas químicos, y fertilizantes foliares produce hojas de coca que no son adecuadas para el consumo tradicional, como la masticación y preparación de infusiones Fertilizante orgánico aplicado a plantas de coca 3 meses después de la poda. El uso de riego por aspersión es común en los campos de coca, ejemplo se poda, después de 3 semanas, las primeras hojas comienzan a re-brotar.
4. SECADO Y TRANSPORTE DE LAS HOJAS
El secado se realiza de manera cuidadosa para protegerlas hojas y mantener su calidad. Después de la cosecha, las hojas de coca frescas se almacenan por al menos una noche en un lugar alejado de la luz, posteriormente, son esparcidas para su secado al sol.
En el área tradicional, las hojas se esparcen en un piso especial construido de piedra llamado “cachi”. El “cachi” acelera considerablemente el tiempo de secado. En otras áreas las hojas se esparcen sobre redes agrícolas. Si las hojas de coca son esparcidas inmediatamente después de la cosecha, se dañan y su precio se reduce considerablemente. Si la lluvia cae sobre las hojas dispuestas para secado o si son recogidas antes de estar completamente secas, también se dañan.
39 FOTO Nº 12
Fuente: foto tomada en Chulumani en julio de 2011. Secado en el “cachi”.
FOTO Nº 13
Fuente: fotos tomadas en el mercado de Villa Fátima en julio de 2011. Hojas de coca secas empacadas y cargadas para su transporte
40 FOTO Nº 14
Fuente: foto tomada en el mercado de Villa Fátima en julio de 2011.
La hoja de coca empacada llega al Mercado de Villa Fátima de la asociación departamental de La Paz (ADEPCOCA) para su Comercialización interna.
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CAPÍTULO III
MARCO JURÍDICO 1. LEGISLACIÓN NACIONAL
1. 1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PLURINACIONAL Art. 46. I. Toda persona tiene derecho:
1. Al trabajo digno con seguridad industrial, higiene y salud ocupacional sin discriminación, y con remuneración o salario justo, equitativo y satisfactorio, que le asegure para sí y su familia una existencia digna. 2. A una fuente laboral estable en condiciones equitativa y satisfactorias. II. El Estado protegerá el ejercicio del trabajo en todas sus formas.
Art. 47. I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o
cualquier actividad económica lícita, en condiciones que no perjudiquen al bien colectivo.
Art. 51. I. Todos los trabajadores (as), tienen derecho a organizarse en
sindicatos de acuerdo con la ley.
Art. 384. El Estado protege a la coca originaria y ancestral como patrimonio
cultural, recurso natural renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social; en su estado natural no es estupefaciente. La revalorización, producción, comercialización e industrialización se regirá mediante la ley.
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1. 2. REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LA HOJA DE COCA EN SU ESTADO NATURAL.
El contenido del reglamento hace una descripción jurídica y muestra las competencias y atribuciones que el Estado ejerce sobre esta actividad; “Circulación y Comercialización”. Ver el reglamento en su totalidad para mayor comprensión.
ATRIBUCIONES DE DIGCOIN
1.- Otorga Licencia de Comercialización
La Licencia de comercialización es el documento que autoriza a su titular dedicarse a la comercialización de hoja de coca al por menor.
La Dirección General de la Hoja de Coca e Industrialización DIGCOIN, es la única facultada para otorgar Licencia de Comercialización previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos en este Reglamento, los cuales garanticen su identidad y solvencia legal.
2.- Renovación de Licencias de Comercialización
El trámite de renovación de Licencia o autorización será considerada procedente cuando cumpla los siguientes requisitos.
a) Memorial de solicitud con firma de abogado dirigido a DIGCOIN. b) Licencia o autorización anterior (original o duplicado).
c) Certificado actualizado de antecedentes otorgado por la DGFELCN (original) o Certificado de antecedentes penales emitido por el REJAP.
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d) Certificado de puesto de venta de hoja de coca, patente de funcionamiento o comprobante de pago de Impuestos otorgado por la Honorable Alcaldía Municipal de la respectiva jurisdicción.
e) Certificado de la Federación y Asociación de Comerciantes Minoristas a la que pertenece, Productores o Empresa ligadas a la actividad de la Hoja de Coca.
f) Certificado domiciliario expedido por la Policía Nacional.
g) Certificado de Cédula de Identidad, expedido por la Policía Nacional. Todos estos documentos deberán ser entregados en un expediente, debidamente foliados a DIGCOIN que extenderá el certificado de recepción e incorporara los datos a su sistema informático.
3.- Transferencia de Licencia de Comercialización
Procede la transferencia de Licencia únicamente en los siguientes son:
I. Del esposo a la esposa o viceversa; del padre o madre al hijo(a) mayor de
edad o viceversa; de hermanos entre sí, acreditando su filiación. El transferente presentará:
a) Memorial con firma de abogado dirigido a DIGCOIN, justificando la solicitud de transferencia.
b) Licencia original que lo acredita como comerciante de la hoja de coca. c) Documento Privado de transferencia y Reconocimiento de Firmas.
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El transferido presentara:
d) Certificado de Cédula de Identidad, expedido por la Policía Nacional. e) Certificado de antecedentes de la DGFELCN actualizado o Certificado de antecedentes penales emitido por el REJAP.
f) Certificado de puesto de venta de hoja de coca, patente de funcionamiento o comprobante de pago de Impuestos otorgado por la Honorable Alcaldía Municipal de la respectiva jurisdicción.
g) Certificado domiciliario expedido por la Policía Nacional.
h) Certificado de la Federación y Asociación a la que pertenece, para comerciantes minoristas.
i) Certificado de Nacimiento del beneficiario (a), en caso de transferencia del padre o madre al hijo(a).
j) Certificado de Nacimiento del transferente, en caso de transferencia del hijo(a) al padre o madre.
k) Certificados de Nacimiento del beneficiario y transferente, en caso de transferencia de hermanos entre sí.
l) Certificado de Matrimonio, en caso de transferencia de esposos entre sí. Todos estos documentos deberán ser entregados en un expediente, debidamente foliados-a efecto de emitir la correspondiente Resolución Administrativa de transferencia, DIGCOIN entregara la certificación de recepción e incorporara los antecedentes a su sistema informático.
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II. En caso de fallecimiento del titular de la Licencia, el interesado en la
transferencia deberá presentar:
a) Memorial de solicitud con firma de abogado dirigido a DIGCOIN. b) Documento Privado de transferencia y Reconocimiento de Firmas. c) Certificado de Defunción del titular de la Licencia.
d) Certificado de Cédula de Identidad expedido por la policía Nacional.
e) Certificado de antecedentes de la DGFELCN actualizado o Certificado de antecedentes penales emitido por el REJAP.
f) Certificado de puesto de venta de hoja de coca, patente de funcionamiento o comprobante de pago de Impuestos otorgado por la Honorable Alcaldía Municipal de la respectiva jurisdicción.
g) Certificado domiciliario expedido por la Policía Nacional.
Todos estos documentos deberán ser entregados en un expediente, debidamente foliados a efecto de emitir la correspondiente Resolución Administrativa de transferencia, DIGCOIN extenderá la certificación de recepción e incorporara los datos a su sistema informático.
III. Cuando el menor heredero cumpla 18 años de edad, podrá solicitar
transferencia de Licencia de Comercialización, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el parágrafo anterior y siempre que la Licencia del titular esté vigente al momento de su fallecimiento.
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4.- Duplicados de Licencia de Comercialización
Procede expedir duplicado de Licencia previo informe de la Federación a la que pertenece (para comerciantes minoristas), cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) Memorial de solicitud con firma de abogado dirigido a DIGOIN.
b) Certificado de la denuncia interpuesta ante la Policía del lugar donde se presume que se ha suscrito la pérdida de la Licencia.
c) Certificado de antecedentes otorgado por la DGFELCN (actualizado) o Certificado de antecedentes penales emitido por el REJAP.
d) Certificado de la Federación y Asociación a la que pertenece, para comerciantes minoristas.
Todos estos documentos deberán ser entregados en un expediente debidamente foliados, DIGCOIN entregara la certificación de recepción e incorporara los datos a su sistema informático.
RESTRICCIONES DE DIGCOIN
II. La Dirección General de la Hoja de Coca e Industrialización DIGCOIN está
prohibida de extender Licencias o Autorizaciones ha: a) Menores de edad.
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c) Entregar Licencias o autorizaciones a parientes de servidores públicos hasta el 4º grado consanguíneo y 2º grado de afinidad y/o colateralidad.
d) A personas procesadas y que hubiesen tenido sentencia condenatoria por delitos tipificados en la Ley 1008 o con antecedentes vinculados al narcotráfico.
1. 3. LEY 1008
Art. 4. Se entienden como consumo y uso lícito de la hoja de coca las prácticas
sociales y culturales de la población boliviana bajo las formas tradicionales, como el “acullico” masticación, usos medicinales y usos rituales.
Art. 20. El poder Ejecutivo, definirá las características y modalidades del
funcionamiento de los mercados legales, así como los sistemas de comercialización, mayoristas y minoristas que aseguren los destinos lícitos de la producción.
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CAPITULO IV
DIAGNÓSTICO DE LOS DATOS OBTENIDOS EN LA INVESTIGACIÓN 1. DATOS ESTADÍSTICOS DE LA INCAUTACIÓN EN LOS AÑOS 2002, 2003, 2004 EN BOLIVIA
Fuente: Boletín emitido por Naciones Unidas, La Paz, 2004.
Durante esos tres años, que coinciden con la actual gestión gubernamental, Bolivia cosechó 152.675 toneladas de coca.
67; 24%
115; 40% 102; 36%
1,2; 0%
INCAUTACIONES DE LA HOJA DE COCA
2003 67 TONELADAS 2004 115 TONELADAS 2006 102 TONELADAS
49
Fuente: Informe anual de Naciones Unidas, La Paz, 2009.
2. DATOS ESTADÍSTICOS DECOMISOS DE LA HOJA DE COCA POR DEPARTAMENTOS ENTRE LOS AÑOS 2002, 2003, 2004
Fuente: informe anual de naciones unidas 2004
0; 0% 0; 0%0; 0% 1,2; 100% INCAUTACIONES 2008 2008 TONELADAS 6. 565.44 74% 0% 17% 3% 3% 1% 0% 2% 0% DECOMISOS 2002 LA PAZ 31.291 KILOS COCHABAMBA 214 KILOS SANTA CRUZ 7.343 KILOS TARIJA 1.407 KILOS ORURO 1.205 KILOS POTOSI 357 KILOS SUCRE 0 KILOS0 BENI 728 KILOS PANDO 0 KILOS
50
Fuente: informe anual de Naciones Unidas, La Paz, 2004.
33% 17% 31% 7% 7% 2% 2% 1% 0% DECOMISOS 2003 LA PAZ 22.375 KILOS COCHABAMBA 11.105 KILOS SANTA CRUZ 20.828 KILOS TARIJA 4.415 KILOS ORURO 4.682 KILOS POTOSI 1.321 KILOS SUCRE 01.450 KILOS BENI 600 KILOS PANDO 0 KILOS 43% 24% 20% 6% 4% 1% 1% 1% 0% DECOMISOS 2004 LA PAZ 66.396 KILOS COCHABAMBA 37.748 KILOS SANTA CRUZ 30.441 KILOS TARIJA 10.183 KILOS ORURO 6.120 KILOS POTOSI 1.942 KILOS SUCRE 1.448 KILOS BENI 904 KILOS PANDO 0 KILOS
51 Fuente: comité ejecutivo de ADEPCOCA
3. ENCUESTAS Y ENTREVISTAS, PARA DETERMINAR LOS FACTORES QUE HACEN MAS DIFÍCIL LA RELACIÓN ENTRE COCALEROS Y LA FELCN
En la encuesta y entrevistas participaron 600 personas entre hombres y mujeres de las provincias de los Yungas del departamento de La Paz; Inquisivi, Nor Yungas, Sud Yungas. Provincia Inquisivi participaron las comunidades; Cajuata, Guaraguarani Puente Alegre, Villa Barrientos, provincia Sud Yungas las comunidades; Colpar, Las Lomas que pertenecen a la regional “Chulumani”, Agua Clara, Bella Vista que pertenecen a la regional “Chamaca”, Alto Choro, La Glorieta, Challa que pertenecen a la regional “Coroico”, provincia Nor yungas colaboraron las comunidades de Anacuri, Coscoma, Santa Bárbara que son parte de la regional “Coripata”.
48% 0% 8% 28% 6% 2% 1% 7% 0% DECOMISOS 2007, 2008 LA PAZ 88.396 KILOS COCHABAMBA 48.748 KILOS TARIJA 14.451 KILOS SANTA CRUZ 50.441 KILOS ORURO 10.682 KILOS POTOSI 2.942 KILOS SUCRE 2.448 KILOS BENI 12.004 KILOS PANDO 10.123 KILOS