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Reforma Fiscal de diciembre de 2012 Prof. Jose María Pérez

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Reforma Fiscal 2012-2013

4 de diciembre de 2012 Prof. Jose María Pérez

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Índice



I.

Introducción



II. Impuesto sobre Sociedades



Limitación deducibilidad gastos financieros.



Limitación deducción fondos de comercio y activos intangibles.



Eliminación de la libertad de amortización.



Limitación Bases Imponibles Negativas.



Limitación deducciones.



Pagos fraccionados.



III. Impuesto sobre Sociedades: nuevas medidas para 2013



Actualización de Balances



Tipo micropymes



Limitación a la amortización

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I.- Introducción:

Marzo 2012 Julio 2012 • Limitación gastos financieros. • Eliminación libertad de amortización. • Limitación FC (del 5% al 1%). • Reducción de deducciones. • Incremento pagos a cta. • Amnistía fiscal. • La reducción de la plusvalía municipal. • Gravamen especial (8%) para rentas de fuente extranj.

• Subida tipos de IVA.

• Limitación compensación BINs.

• Incrementos pagos a cta. • Limitación amortización

intangibles.

• Limitación gastos financieros a todas las empresas.

• Gravamen especial (10%) rentas extranjeras (cuando no proceda el 8%).

• Supresión compensación vvda. Habitual (adq. antes 20/01/2006).

• Subida tipos retención (IRPF). Enero 2012 • Subida de IRPF, retenciones e IBI Junio 2012 Subida And: •ITP •IRPF •IP 2013 • Eliminación deducción vvda. habitual. • Gravamen 20% loterías. • Ganancias patrimoniales < 1 años -> escala. • Actualización balances. • Limitación amortización. Octubre 2012 Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude

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Esquema de liquidación:

II.- Impuesto sobre Sociedades (I)

Novedades incorporadas en 2012 y 2013

Novedades 2012 Novedades 2013 + Ingresos

- Gastos Limitación gastos financieros Permanente Limitación amortización Temporal: 2013 y 2014

Resultado contable

+ / - Ajustes al resultado contable

Limitación libertad de

amortización Permanente

Limitación amortización fiscal fondos de comercio y activos intangibles vida útil indefinida

Temporal: 2012 y 2013

Base Imponible antes de compensación de BIN

- Compensación de BINs Limitación compensación de

BINs Temporal: 2012 y 2013

Base Imponible x Tipo Cuota íntegra

- Deducciones y Bonificaciones

Reducción porcentajes y límite

conjunto Temporal: 2012 y 2013 Incluisión dentro del límite de la

deducción por reinversión Temporal: 2012 y 2013

Cuota líquida

-Retenciones y pagos fraccionados Incremento de tipos Temporal: 2012 y 2013

Pago mínimo Temporal: 2012 y 2013

Cuota diferencial

Otros Actualización de

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Limitación general a la deducibilidad de gastos financieros (medida permanente para los

ejercicios que se inicien a partir de 1 de enero de 2012)

 Afecta a todas las sociedades

 No son deducibles fiscalmente los gastos financieros netos que superen el límite del 30 % del beneficio operativo del ejercicio.



Exceso deducible en los 18 períodos siguientes límite: 30% Bº Operativo.



Cantidades no consumidas (respecto al 30% EBITDA) acumulación 5 períodos siguientes

 Franquicia de 1 millón de euros.

 En el caso de los grupos de consolidación fiscal, los límites señalados se refieren al grupo fiscal.

II.- Impuesto sobre Sociedades (II)

Limitación deducibilidad de gastos financieros

Concepto de “Gastos Financieros Netos”:

(+) gastos financieros (excepto los no deducibles) (-) ingresos derivados de cesión a terceros de cap. propios

Concepto de “Beneficio Operativo”:

(+) resultado de explotación (-) amortización del inmovilizado (-) imputación subvenciones (-) deterioro de inmovilizado

(-) resultados por enajenaciones del inmovilizado (+) ingresos financieros prov. de dividendos o participaciones en beneficios de participaciones de más del 5% o de 6 MM de euros

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6



Ejemplo:

II.- Impuesto sobre Sociedades (III)

Limitación deducibilidad de gastos financieros

750.000 año 4 + 50.000 pendientes de deducir 150.000 € no

consumidos año 1

Año 1 Año 2 Año 3 Año 4

EBITDA 3.500.000 3.333.333 3.000.000 3.500.000 30% EBITDA 1.050.000 1.000.000 900.000 1.050.000 Gastos Financieros Netos 900.000 1.200.000 1.000.000 750.000 Gastos Financieros Deducibles 900.000 1.150.000 1.000.000 800.000

a) Gastos del período, con límite del 30% EBITDA o 1M€ 900.000 1.000.000 1.000.000 750.000 b) Límite no consumido en ej. anteriores (5 años) 0 150.000 0 0 c) Gastos financieros pendientes ej. anteriores (18 años) 0 0 0 50.000

Límite no consumido (30% EBITDA) 150.000 0 0 0 Gastos Financieros pendientes de deducir 0 50.000 50.000 0

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Se reduce del 5% al 1% la deducibilidad anual máxima de los fondos de comercio:

a) Financiero en entidades no residentes (art. 12.5 TRLIS).

b) Generado en adquisiciones de negocios (12.6 TRLIS).

c) Generado en operaciones de reestructuración (89 TRLIS).



Se reduce del 10% al 2% la amortización de los activos intangibles con vida útil indefinida

(12.7 TRLIS).



Medidas temporales -sólo para 2012 y 2013(*)-, por lo que el defecto de deducción podrá

recuperarse en ejercicios futuros.

II.- Impuesto sobre Sociedades (IV)

Limitación deducción fondos de comercio y activos intangibles

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Antes del RDL 12/2012: supuestos de libertad de amortización

a) Libertad de amortización en elementos nuevos, para todos los sujetos pasivos:

 Desde 2009 hasta 03/12/2010, con requisito de mantenimiento de empleo (RDL 6/2010).

 Desde 03/12/2010 hasta 31/12/2015, sin requisito de mantenimiento de empleo (RDL

13/2010).

b) Régimen propio para las PYMES (libertad de amortización con creación de empleo (art. 109 TRLIS) y bienes de escaso valor (art. 110 TRLIS).



Tras el RDL 12/2012:

a) Se elimina el régimen de libertad de amortización para elementos nuevos con efectos 31 de marzo de 2012.

 Régimen transitorio para inversiones realizadas antes de 31 de marzo de 2012.

b) Se mantiene vigente el régimen de libertad de amortización previsto para las PYMES (creación de empleo o bienes de escaso valor).

II.- Impuesto sobre Sociedades (V)

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II.- Impuesto sobre Sociedades (VI)

Eliminación de la libertad de amortización

RDL 6/2010: Mantenimiento empleo Limite del 20% de la BI previa* Limite del 40% de la BI previa* Sin límite Sin límite Sin límite Sin límite RDL 13/2010: No mantenimiento empleo 03/12/10 01/01/09 31/12/09 31/12/10 31/12/11 31/12/12 31/12/13 30/03/12

Si cumple requisitos art. 108.1 TRLIS: cifra de negocios en el ejercicio anterior inferior a: - 2009 y 2010: 8 millones €

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II.- Impuesto sobre Sociedades (VII)

Limitación Bases Imponibles Negativas



El RDL 9/2011 limitó, para los periodos impositivos comprendidos entre 2011-2013,

la compensación de las BINs generadas en ejercicios anteriores para entidades con

INCN > 20 millones de euros.



El RDL 20/2012 aumenta la restricción de la compensación de BINs:

Efectos en los pagos fraccionados.

NO HAY LIMITACIÓN para la

compensación

INCN (12 meses anteriores) < 20 MM de euros

50% de la BASE IMPONIBLE

del ejercicio

20 MM de euros ≤ INCN (12 meses anteriores)

< 60 MM de euros

25% de la BASE IMPONIBLE

del ejercicio

INCN (12 meses anteriores) ≥ 60 MM de euros

LA VARIABLE SOBRE LA QUE SE CALCULA EL LÍMITE NO SON LAS BIN´S PENDIENTES DE COMPENSAR, SINO LA BASE IMPONIBLE DEL EJERCICIO.

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II.- Impuesto sobre Sociedades (VIII)

Limitación en deducciones en cuota: 2012 y 2013…?

Se reduce del 35% al 25% el límite conjunto de aplicación de las deducciones actuales.

Importante novedad: se incluye dentro del límite del 25% la deducción por reinversión

de beneficios extraordinarios, antes no sujeta a límite.

Se reduce del 60% al 50% el límite incrementado para el caso de que el importe de la

deducción por actividades de I+D+innovación tecnológica que corresponda a gastos e

inversiones efectuados en el propio período impositivo exceda del 10% de la cuota

íntegra (minorada en DDI y bonificaciones).

Se amplía el plazo para aplicar las deducciones de 10 a 15 años.

Principales deducciones 2012 2013 2014

Edición de libros 2 1 0

Instalaciones protección medio ambiente 8 8 8

I+D 25/42 25/42 25/42

Innovación tecnológica 12 12 12

Formación 1/2 0 0

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II.- Impuesto sobre Sociedades (IX)

Pagos fraccionados ejercicios 2012 y 2013…?

Porcentaje del pago fraccionado:

INCN (12 meses anteriores) < 10MM €

10 MM de euros ≤ INCN (12 meses ant.) < 20 MM €

20 MM de euros ≤ INCN (12 meses ant.) < 60 MM €

INCN (12 meses ant.) ≥ 60 MM €

21%

23%

26%

29%

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II.- Impuesto sobre Sociedades (X)

Pagos fraccionados ejercicios 2012 y 2013…?

Base: resultado contable del período sin deducción de las bonificaciones, retenciones ni

bases imponibles negativas.

Duda: ¿pueden deducirse los pagos fraccionados anteriores?

Importe mínimo del pago fraccionado:

12%

• INCN (12 meses anteriores) ≥ 20 MM de euros

6%

• INCN (12 meses anteriores) ≥ 20 MM de euros

• 85% total ingresos provienen de rentas sujetas a exenciones y deducciones para evitar la doble imposición internacional reguladas en los arts. 21, 22 y 30.2 del TRLIS.

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Tipo micropymes



Se prorroga para el ejercicio 2013 el tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo para las microempresas.



Limitación a la amortización fiscal



Medida temporal: 2013 y 2014.



Aplicable a sociedades cuyo INCN > 10 M€.



Límite del 70% de la amortización según tablas.

III.- Impuesto sobre Sociedades: nuevas medidas para 2013 (I)

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III.- Impuesto sobre Sociedades: nuevas medidas para 2013 (II)

Actualización de Balances



Actualización de balances (I)

■ Carácter voluntario del régimen.

■ Podrán ser actualizados:



Elementos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias situados tanto en España como en el extranjero que figuren en el primer balance cerrado con posterioridad a la entrada en vigor de la norma.



Elementos anteriores adquiridos en régimen de arrendamiento financiero, condicionado al ejercicio de la opción de compra.



Inmuebles Parece que se podrá optar puede optar por su actualización de

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Actualización de balances (II)

■ Actualización mediante la aplicación de coeficientes que reglamentariamente se

determinen.



Límite: valor de mercado

■ Gravamen único del 5%.

■ Exigibilidad Día en que se presente la declaración del IS. ■ Amortización fiscalmente deducible a partir de 2015.

■ Revalorizaciones contables “Reserva de revalorización de la Ley

xx/2012” que formará parte de los fondos propios.

Reservas de

revalorización de la

Ley xx/2012

Una vez comprobada la declaración o transcurridos 3 años

Una vez transcurridos 10 años

Podrá destinarse a eliminación de resultados negativos o a ampliación de capital

Reserva libre

disposición Distribuible si

Activo amortizado

Activo transmitido

Activo dado de baja en balance

III.- Impuesto sobre Sociedades: nuevas medidas para 2013 (III)

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IV.- Impuesto sobre el Valor Añadido (I)

Incremento de los tipos de gravamen

Entrega de bienes cuyo tipo pasa del 8% al 21%:

■ Las flores y plantas ornamentales y las obras de arte.

Prestaciones de servicios cuyo tipo pasa del 8% al 21%:

■ Los servicios mixtos de hostelería (discotecas, salas de fiesta u otros análogos).

■ La entrada a teatros, circos y espectáculos, parques de atracciones, zoológicos, exposiciones,

visitas a monumentos y parques naturales (salvo servicios exentos).

■ Los servicios prestados por artistas personas físicas (interpretes, directores...). ■ Los servicios funerarios.

■ Los servicios de peluquería.

■ Los servicios de televisión digital.

■ Los servicios prestados a personas física que practique deporte: cuotas de gimnasios, uso

instalaciones deportivas, clases, alquiler equipos (salvo exentos).

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IV.- Impuesto sobre el Valor Añadido (II)

Incremento de los tipos de gravamen

Modificaciones en el tipo superreducido (4%):

■ Parte del material escolar pasa a tributar del 4% al tipo general del 21%.

-

El 4% para los libros de texto, álbumes, partituras, mapas y cuadernos de dibujo.

-

El 21% para, entre otros, los portalápices, agendas, cartulinas y blocs de manualidades, compases, papel coloreado y para manualidades, plastilina, pasta de modelado, lápices de cera, pinturas, témperas, cuadernos de espiral, rollos de plástico para forrar libros, mochilas escolares, puzles y demás juegos didácticos, mecanos o de construcción.

 Independientemente de que por sus características solo puedan emplearse como material escolar.

Referencias

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