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Revista Contadores & Empresas 2da Quincena de Febrero

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DIRECTOR

DIRECTOR

Dr. José Carlos Gálvez Rosasco

Dr. José Carlos Gálvez Rosasco

COMITÉ CONSULTIVO

COMITÉ CONSULTIVO Dr. Sandro Fuentes Acurio

Dr. Sandro Fuentes Acurio

CPC. Juan Daniel Dávila Del Castillo

CPC. Juan Daniel Dávila Del Castillo

Dr. Miguel Mur Valdivia

Dr. Miguel Mur Valdivia

Dr. Oswaldo Hundskopf Exebio

Dr. Oswaldo Hundskopf Exebio

Dr. Walter Gutiérrez Camacho

Dr. Walter Gutiérrez Camacho

COMITÉ DIRECTIVO

COMITÉ DIRECTIVO CPC. Julio Catacora Díaz

CPC. Julio Catacora Díaz

Dr. David Bravo Sheen

Dr. David Bravo Sheen

Dr. Javier Dolorier

Dr. Javier Dolorier TTorresorres

Dra. Karina Arbulú Bernal

Dra. Karina Arbulú Bernal

Dr. José Gálvez Rosasco

Dr. José Gálvez Rosasco

Dr. Manuel Muro Rojo

Dr. Manuel Muro Rojo

COORDINADORA

COORDINADORA

Dra. Belissa Odar Montenegro

Dra. Belissa Odar Montenegro

 ASESORÍA TRIBU

 ASESORÍA TRIBUTARIATARIA Dr. David Bravo Sheen

Dr. David Bravo Sheen

Dr. José Gálvez Rosasco

Dr. José Gálvez Rosasco

Dra. Karina Arbulú Bernal

Dra. Karina Arbulú Bernal

Dra. Norma Alejandra Baldeón Güere

Dra. Norma Alejandra Baldeón Güere

CPCC. Jorge Castillo Chihuán

CPCC. Jorge Castillo Chihuán

CP. Pedro Castillo Calderón

CP. Pedro Castillo Calderón

Dra. Belissa Odar Montenegro

Dra. Belissa Odar Montenegro

Dr. Alfredo Gonzalez Bisso

Dr. Alfredo Gonzalez Bisso

CPC. Pablo Arias Copitan

CPC. Pablo Arias Copitan

CPC. Raul Abril Ortiz

CPC. Raul Abril Ortiz

Dr. Saúl Villazana Ochoa

Dr. Saúl Villazana Ochoa

CP

CP. Mabel . Mabel Machuca RojasMachuca Rojas

 ASESORÍA

 ASESORÍA

CONTABLE Y AUDITORÍA

CONTABLE Y AUDITORÍA CPCC. Martha Abanto Bromley

CPCC. Martha Abanto Bromley

CPCC. Jorge Castillo Chihuán

CPCC. Jorge Castillo Chihuán

CP. Pedro Castillo Calderón

CP. Pedro Castillo Calderón

CPC. Jeanina

CPC. Jeanina Rodriguez ToRodriguez Torresrres

 ASESORÍA EMPRE

 ASESORÍA EMPRESARIALSARIAL Dr. Manuel Torres Carrasco

Dr. Manuel Torres Carrasco

Dr. Carlos Martinez Alvarez

Dr. Carlos Martinez Alvarez

Dra. Miriam

Dra. Miriam TTomaylla Rojasomaylla Rojas

Dr. Saúl Villazana Ochoa

Dr. Saúl Villazana Ochoa

 ASESORÍA

 ASESORÍA

LABORAL Y PREVISIONAL

LABORAL Y PREVISIONAL Dr. Javier Dolorier

Dr. Javier Dolorier TTorresorres

Dra. Sara

Dra. Sara Campos TorresCampos Torres

Dra. Noelia Belmira Alva López

Dra. Noelia Belmira Alva López

Dr. Luis Ricardo Valderrama Valderrama

Dr. Luis Ricardo Valderrama Valderrama

Dr. Ronni David Sánchez Zapata

Dr. Ronni David Sánchez Zapata

Dra. Julissa Vitteri Guevara

Dra. Julissa Vitteri Guevara

Dr. Luis Álvaro Gonzales Ramirez

Dr. Luis Álvaro Gonzales Ramirez

DIRECTOR COMERCIAL Y DE

DIRECTOR COMERCIAL Y DE MARKETINGMARKETING César Zenitagoya Suárez

César Zenitagoya Suárez

JEFA DE VENTAS

JEFA DE VENTAS Rosario Rivas Alfaro

Rosario Rivas Alfaro

DISEÑO Y

DISEÑO Y DIAGRAMACIÓNDIAGRAMACIÓN Wilfredo Gallardo Calle

Wilfredo Gallardo Calle

Martha Hidalgo Rivero

Martha Hidalgo Rivero

CORRECCIÓN

CORRECCIÓN

Franco Paolo Teves Calisaya

Franco Paolo Teves Calisaya

DIRECTOR DE PRODUCCIÓN

DIRECTOR DE PRODUCCIÓN Boritz Boluarte Gómez

Boritz Boluarte Gómez

CONTADORES & EMPRESAS AÑO 12 / N° 272 CONTADORES & EMPRESAS AÑO 12 / N° 272

UNA PUBLICACIÓN DE UNA PUBLICACIÓN DE GACETA JURÍDICA S.A. GACETA JURÍDICA S.A. PRIMERA EDICIÓN ENERO 2016 PRIMERA EDICIÓN ENERO 2016

7,550 EJEMPLARES 7,550 EJEMPLARES ©

© Copyright GACopyright GACETA JURÍDICA S.A.CETA JURÍDICA S.A. Primer Número, 2004 Primer Número, 2004

GACETA JURÍDICA S.A.

GACETA JURÍDICA S.A.

710-8950

710-8950 TELEFAX: TELEFAX: 241-2323241-2323

 AV

 AV. ANG. ANGAMOS AMOS OESTE OESTE Nº 5Nº 526 - 26 - MIRAFMIRAFLORLORES - ES - LIMA LIMA / PE/ PERÚRÚ www.contadoresyempresas.com.pe www.contadoresyempresas.com.pe E-mails:

E-mails: ventas@[email protected] [email protected] [email protected] HECHO EL DEPÓSITO LEGAL EN LA

HECHO EL DEPÓSITO LEGAL EN LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚBIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ

2006-10480

2006-10480

ISSN 1813-5080

ISSN 1813-5080

REGISTRO DEL

REGISTRO DEL PROYECTO EDITORIALPROYECTO EDITORIAL

31501221600102

31501221600102

IMPRESO EN:

IMPRESO EN:

IMPRENTA EDITORIAL EL BÚHO E.I.R.L.

IMPRENTA EDITORIAL EL BÚHO E.I.R.L.

SAN ALBERTO 201 - SURQUILLO

SAN ALBERTO 201 - SURQUILLO

LIMA 34 – PERÚ LIMA 34 – PERÚ & EMPRESAS & EMPRESAS

PRESENTACIÓN

PRESENTACIÓN

Presentación de la Declaración Jurada 2015

Presentación de la Declaración Jurada 2015

mediante el Formulario virtual N° 702,

mediante el Formulario virtual N° 702,

 y

 y

ot

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ro

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s

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te

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ma

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de

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co

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yu

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a

a

 Nuestro informe práctico de Impuesto a la Renta desarrolla la

 Nuestro informe práctico de Impuesto a la Renta desarrolla la

pre-sentación de la Declaración Jurada Anual 2015 de tercera

sentación de la Declaración Jurada Anual 2015 de tercera

catego-ría, mediante el Formulario virtual n° 702, el cual, según lo

ría, mediante el Formulario virtual n° 702, el cual, según lo

dis- puesto por la Resolución de Supe

 puesto por la Resolución de Superintendencia N° 358-2015/Sunat,rintendencia N° 358-2015/Sunat,

se encuentra disponible en Sunat virtual desde el 15/02/2016.

se encuentra disponible en Sunat virtual desde el 15/02/2016.

De otro lado, el 14/02/2016 se publicó la Resolución de

De otro lado, el 14/02/2016 se publicó la Resolución de

Superin-tendencia N° 042-2016/Sunat, mediante la que se modifica tanto

tendencia N° 042-2016/Sunat, mediante la que se modifica tanto

el Reglamento de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda

el Reglamento de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda

tributaria por tributos internos como la Resolución de

tributaria por tributos internos como la Resolución de

Superin-tendencia Nº 190-2015/Sunat, que regula la aplicación de la

tendencia Nº 190-2015/Sunat, que regula la aplicación de la

ex-cepción que permite a la Sunat otorgar aplazamiento y/o

cepción que permite a la Sunat otorgar aplazamiento y/o

fraccio-namiento por el saldo de la deuda tributaria de tributos internos

namiento por el saldo de la deuda tributaria de tributos internos

anteriormente acogida al artículo 36 del Código Tributario. En el

anteriormente acogida al artículo 36 del Código Tributario. En el

informe especial tributario de la presente edición, abordamos las

informe especial tributario de la presente edición, abordamos las

modificaciones efectuadas por la Resolución de Superintendencia

modificaciones efectuadas por la Resolución de Superintendencia

 N°

 N° 042-2016/Sunat, 042-2016/Sunat, al al citado citado Reglamento Reglamento de de aplazamiento aplazamiento y/oy/o

fraccionamiento.

fraccionamiento.

Adicionalmente, en los casos prácticos del Impuesto a la Renta se

Adicionalmente, en los casos prácticos del Impuesto a la Renta se

incluyen supuestos en los que se calcula el coeficiente para

incluyen supuestos en los que se calcula el coeficiente para

deter-minar los pagos a cuenta a partir de marzo 2016, tomando como

minar los pagos a cuenta a partir de marzo 2016, tomando como

 base,

 base, según según se se indica indica normativamente, normativamente, los los estados estados financieros financieros alal

cierre del ejercicio 2015.

cierre del ejercicio 2015.

Otro tema de coyuntura que incluimos en la presente edición, como

Otro tema de coyuntura que incluimos en la presente edición, como

 procedimiento tributario, se refiere

 procedimiento tributario, se refiere a la obligación a la obligación de informar a lade informar a la

Sunat sobre los fondos y bienes

Sunat sobre los fondos y bienes recibidos en donación, a propósitorecibidos en donación, a propósito

de la Resolución de Superintendencia N° 040-2016/Sunat,

de la Resolución de Superintendencia N° 040-2016/Sunat,

publi-cada el 12/02/2016.

cada el 12/02/2016.

Por último, no olvidemos que el 09/02/2016 se publicó la

Por último, no olvidemos que el 09/02/2016 se publicó la

Resolu-ción de Superintendencia N° 037-2016/Sunat, mediante la cual se

ción de Superintendencia N° 037-2016/Sunat, mediante la cual se

modifica el anexo

modifica el anexo de la Resolución de la Resolución Nº 036-98-SUNANº 036-98-SUNAT, y que nosT, y que nos

ha permitido abordar la utilización de la Declaración Jurada del

ha permitido abordar la utilización de la Declaración Jurada del

Impuesto a la Renta de quinta categoría no retenido o retenido en

Impuesto a la Renta de quinta categoría no retenido o retenido en

exceso.

exceso.

Contadores & Empresas

(2)

CONT

CONTADORES & EMPRESAS ADORES & EMPRESAS / N° 272/ N° 272

2 2

ÍNDICE GENERAL

ÍNDICE GENERAL

A

A

ASESORÍA TRIBUTARIAASESORÍA TRIBUTARIA

Sec.

Sec. N° N° PágPág Sec. Sec. N° N° PágPág

B

B

ASESORÍA CONTABLEASESORÍA CONTABLE

C

C

ASESORÍA EN AUDITORÍAASESORÍA EN AUDITORÍA

G

G

ASESORÍA EMPRESARIALASESORÍA EMPRESARIAL

I

I

INDICADORESINDICADORES

J

J

APÉNDICE LEGALAPÉNDICE LEGAL ESPECIAL TRIBUTARIO

ESPECIAL TRIBUTARIO

Novedades

Novedades sobre sobre el el aplazamiento aplazamiento y/o y/o fraccionamiento fraccionamiento de de la la deuda deuda tributaria tributaria .. .. A-1 A-1 33

IMPUESTO A LA RENTA

IMPUESTO A LA RENTA

• Informe práctico:Informe práctico: Declaración Jurada Anual del Impuesto a  Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Ren-la

Ren- ta (versión formulario virtual)

 ta (versión formulario virtual) ... ... A-5 A-5 77

• Casos prácticos:Casos prácticos: ¿Cómo determin¿Cómo determinar el ar el nuevo coenuevo coefificiente paraciente para

los

los pagos pagos a a cuenta cuenta 2016? 2016? ... ... A-11 A-11 1313

-

- Cálculo Cálculo del del coecoefificiente para pagos a cuenta cuando se obtieneciente para pagos a cuenta cuando se obtiene

utilidad

utilidad en en el el ejercicio ejercicio anterior ...anterior ... ... A-11 A-11 1313

-

- Cálculo Cálculo de de coecoefificiente para pagos a cuenta cuando se obtieneciente para pagos a cuenta cuando se obtiene

pérdida

pérdida en en el el ejercicio ejercicio anterior anterior ... ... A-12 A-12 1414

-

- Cálculo Cálculo del del coecoefificiente para pagos a cuenta cuando se obtieneciente para pagos a cuenta cuando se obtiene

pérdida

pérdida contable contable y y utilidad utilidad tributaria tributaria en en el el ejercicio ejercicio anterior anterior ... ... A-13 A-13 1515

• Jurisprudencia comentada:Jurisprudencia comentada:Prueba extemporánea y sustento delPrueba extemporánea y sustento del

gasto

gasto con con comprobante comprobante de de pago pago ... . A-14 A-14 1616

IMPUESTO GENERAL A LAS

IMPUESTO GENERAL A LAS VENTASVENTAS

• Informe práctico:Informe práctico: Los pagos indeLos pagos indebidos o en bidos o en exceso en la exceso en la LeyLey

del

del Impuesto Impuesto General General a a las las Ventas ...Ventas ... ... A-17 A-17 1919

• Casos prácticos:Casos prácticos:  La   La vinculación vinculación económica económica en en el el IGV IGV ... ... A-21 A-21 2323

-

- Primera Primera venta venta de de inmueble inmueble al al accionista accionista mayoritario...mayoritario... ... A-21 A-21 2323

-

- Cesión Cesión en en uso uso de de inmueble inmueble a a título título gratuito gratuito a a empresa empresa vinculada vinculada ... ... A-22 A-22 2424

ACTUALIDAD TRIBUTARIA

ACTUALIDAD TRIBUTARIA

Actualización

Actualización del del PDT PDT anual anual del del Impuesto Impuesto a a la la Renta Renta ... ... A-23 A-23 2525

INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIASTRIBUTARIAS

Infracción por no conservar los libros y registros vinculados a asuntos

Infracción por no conservar los libros y registros vinculados a asuntos

 tributarios ..

 tributarios ... ... A-24 A-24 2626

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

Declaración jurada informativa de entidades perceptoras de

Declaración jurada informativa de entidades perceptoras de

donaciones

donaciones ... ... A-27 A-27 2929

TEMAS

TEMAS TRIBUTARIO-LABORATRIBUTARIO-LABORALESLES

Declaración jurada del Impuesto a la Renta de quinta categoría no

Declaración jurada del Impuesto a la Renta de quinta categoría no

rete-nido

nido o o retenido retenido en en exceso exceso ... ... A-30 A-30 3232

COMPROBANTES DE PAGO

COMPROBANTES DE PAGO

Casos en los que se exceptúa de la

Casos en los que se exceptúa de la obligación de emitir comprobanteobligación de emitir comprobante

de

de pago pago ... ... A-33 A-33 3535

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Tratamiento de los gastos cuyo comprobante de pago se recibe en el

Tratamiento de los gastos cuyo comprobante de pago se recibe en el

siguiente

siguiente ejercicio ejercicio ... ... B-1 B-1 3737

INFORME PRÁCTICO

INFORME PRÁCTICO

Diferencia

Diferencia temporal temporal por por gastos gastos preoperativos preoperativos ... ... B-4 B-4 4040

CONTABILIDAD VS. TRIBUTACIÓN

CONTABILIDAD VS. TRIBUTACIÓN

Tratamien

Tratamiento to de de los los viáticos viáticos al al exterior exterior del del país país ... ... B-7 B-7 4343

CASOS PRÁCTICOS

CASOS PRÁCTICOS

Registro

Registro de de gastos gastos devengados devengados sin sin el el respectivo respectivo comprobante comprobante de de pago pago ... ... B-8 B-8 4444

Registro del derecho

Registro del derecho antidumping antidumping... ... B-9 B-9 4545

Entrega

Entrega gratuita gratuita de de bienes bienes (mercaderías) (mercaderías) al al accionista accionista de de la la empresa empresa ... ... B-10 B-10 4646

LIBROS TRIBUTARIOS

LIBROS TRIBUTARIOS

Libro de actas de una Empresa Individual de Responsabilidad

Libro de actas de una Empresa Individual de Responsabilidad

Limitada

Limitada - - EIRL EIRL ... ... B-11 B-11 4747

CONTABI

CONTABILIDAD LIDAD EMPRESARIALEMPRESARIAL

Rubro:

Rubro: 1.306. 1.306. Otras Otras Cuentas Cuentas por por Pagar Pagar ... ... B-13 B-13 4949

CONTABI

CONTABILIDAD LIDAD GERENCIALGERENCIAL

Aplicación

Aplicación de de las las Necesidades Necesidades Operativas Operativas de de Fondos Fondos (NOF) (NOF) ... ... B-14 B-14 5050

ACTUALIDAD CONTABLE

ACTUALIDAD CONTABLE

Modi

Modifificaciones relacionadas con la entrada en vigencia de diferentescaciones relacionadas con la entrada en vigencia de diferentes

NIC/NIIF

NIC/NIIF ... ... B-16 B-16 5252

Cronograma para presentación de Información Financiera 2015 de

Cronograma para presentación de Información Financiera 2015 de

enti-dades

dades no no supervisadas supervisadas por por la la SMV SMV ... ... B-16 B-16 5252

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Revelaciones sobre Instrumentos Financieros y Valor Razonable

Revelaciones sobre Instrumentos Financieros y Valor Razonable

¿Estamos revelando su

¿Estamos revelando sufificiente información respecto a los riesgos deciente información respecto a los riesgos de

los instrumentos

los instrumentosfifinancieros nancieros y y su su valor valor razonable? razonable? ... ... C-1 C-1 5353

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Obligación de los empleadores en materia de contratación

Obligación de los empleadores en materia de contratación de personasde personas

con

con discapacidad discapacidad ... ... D-1 D-1 5353

FISCALIZACIÓN, INFRACCIONES Y SANCIONES LABORALES

FISCALIZACIÓN, INFRACCIONES Y SANCIONES LABORALES

La implementación de

La implementación de lactarios en lactarios en las entidades privadaslas entidades privadas

Características y pormenores dictados mediante Decreto Supremo

Características y pormenores dictados mediante Decreto Supremo

Nº 001-2001-2016-M016-MIMP IMP ... . D-5 D-5 6060

CONTRATACIÓN LABORAL

CONTRATACIÓN LABORAL

Desnaturalización de la tercerización de servicios

Desnaturalización de la tercerización de servicios

Comentario

Comentario de de un un reciente reciente criterio criterio jurisprudencial jurisprudencial ... ... D-8 D-8 6363

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Observaciones al proyecto de ley para que los a

Observaciones al proyecto de ley para que los afifiliados a la AFP retirenliados a la AFP retiren

el

el 95.5 95.5 % % de de su su fondo fondo de de pensiones pensiones ... ... E-1 E-1 6666

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Criterios de evaluación de inversiones:

Criterios de evaluación de inversiones:

Tasa

Tasa Interna Interna de de Retorno Retorno (TIR) (TIR) ... . F-1 F-1 6868

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

La

La junta junta general general de de accionistas: accionistas: naturaleza, naturaleza, característiccaracterísticas as y y funcionefunciones s ... ... G-1 G-1 7070

PROCEDIMIENTOS EMPRESARIALES

PROCEDIMIENTOS EMPRESARIALES

¿Cómo se modi

¿Cómo se modififican can los los estatutos estatutos de de las las sociedades? sociedades? ... ... G-4 G-4 7373

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Vigencia de las obligaciones e infraccione

Vigencia de las obligaciones e infracciones s aduaneras respecto de lasaduaneras respecto de las

empresas

empresas de de servicio servicio de de entrega entrega rápida rápida ... ... H-1 H-1 7474

INDICADORES TRIBUTARIOS

INDICADORES TRIBUTARIOS

• Cronograma Cronograma de de obligaciones obligaciones mensuales mensuales - - Ejercicio Ejercicio 2015 2015 ... . I-1 I-1 7676

INDICADORES FINANCIEROS

INDICADORES FINANCIEROS

• Tasas Tasas de de interés interés en en moneda moneda nacional nacional y y extranjera extranjera ... . I-3 I-3 7878

INDICADORES LABORALES

INDICADORES LABORALES

• Cronograma Cronograma de de pagos pagos y y factores factores de de actualización actualización ... . I-4 I-4 7979

PRINCIPA

PRINCIPALES NORMAS DE LES NORMAS DE LA QUINCENALA QUINCENA

Área

Área tributaria ...tributaria ... ... J-1 J-1 8080

Área

Área laboral laboral y y previsional previsional ... ... J-1 J-1 8080

Área

Áreafifinanciera nanciera ... . J-1 J-1 8080

Otras

Otras normas normas ... ... J-1 J-1 8080

H

H

ASESORÍA EN COMERCIO ASESORÍA EN COMERCIO EXTERIOREXTERIOR

D

D

ASESORÍA LABORALASESORÍA LABORAL

E

E

ASESORÍA PREVISIONALASESORÍA PREVISIONAL

F

(3)

ÍNDICE GENERAL

ÍNDICE GENERAL

A

A

ASESORÍA TRIBUTARIAASESORÍA TRIBUTARIA

Sec.

Sec. N° N° PágPág Sec. Sec. N° N° PágPág

B

B

ASESORÍA CONTABLEASESORÍA CONTABLE

C

C

ASESORÍA EN AUDITORÍAASESORÍA EN AUDITORÍA

G

G

ASESORÍA EMPRESARIALASESORÍA EMPRESARIAL

I

I

INDICADORESINDICADORES

J

J

APÉNDICE LEGALAPÉNDICE LEGAL ESPECIAL TRIBUTARIO

ESPECIAL TRIBUTARIO

Novedades

Novedades sobre sobre el el aplazamiento aplazamiento y/o y/o fraccionamiento fraccionamiento de de la la deuda deuda tributaria tributaria .. .. A-1 A-1 33

IMPUESTO A LA RENTA

IMPUESTO A LA RENTA

• Informe práctico:Informe práctico: Declaración Jurada Anual del Impuesto a  Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Ren-la

Ren- ta (versión formulario virtual)

 ta (versión formulario virtual) ... ... A-5 A-5 77

• Casos prácticos:Casos prácticos: ¿Cómo determin¿Cómo determinar el ar el nuevo coenuevo coefificiente paraciente para

los

los pagos pagos a a cuenta cuenta 2016? 2016? ... ... A-11 A-11 1313

-

- Cálculo Cálculo del del coecoefificiente para pagos a cuenta cuando se obtieneciente para pagos a cuenta cuando se obtiene

utilidad

utilidad en en el el ejercicio ejercicio anterior ...anterior ... ... A-11 A-11 1313

-

- Cálculo Cálculo de de coecoefificiente para pagos a cuenta cuando se obtieneciente para pagos a cuenta cuando se obtiene

pérdida

pérdida en en el el ejercicio ejercicio anterior anterior ... ... A-12 A-12 1414

-

- Cálculo Cálculo del del coecoefificiente para pagos a cuenta cuando se obtieneciente para pagos a cuenta cuando se obtiene

pérdida

pérdida contable contable y y utilidad utilidad tributaria tributaria en en el el ejercicio ejercicio anterior anterior ... ... A-13 A-13 1515

• Jurisprudencia comentada:Jurisprudencia comentada:Prueba extemporánea y sustento delPrueba extemporánea y sustento del

gasto

gasto con con comprobante comprobante de de pago pago ... . A-14 A-14 1616

IMPUESTO GENERAL A LAS

IMPUESTO GENERAL A LAS VENTASVENTAS

• Informe práctico:Informe práctico: Los pagos indeLos pagos indebidos o en bidos o en exceso en la exceso en la LeyLey

del

del Impuesto Impuesto General General a a las las Ventas ...Ventas ... ... A-17 A-17 1919

• Casos prácticos:Casos prácticos:  La   La vinculación vinculación económica económica en en el el IGV IGV ... ... A-21 A-21 2323

-

- Primera Primera venta venta de de inmueble inmueble al al accionista accionista mayoritario...mayoritario... ... A-21 A-21 2323

-

- Cesión Cesión en en uso uso de de inmueble inmueble a a título título gratuito gratuito a a empresa empresa vinculada vinculada ... ... A-22 A-22 2424

ACTUALIDAD TRIBUTARIA

ACTUALIDAD TRIBUTARIA

Actualización

Actualización del del PDT PDT anual anual del del Impuesto Impuesto a a la la Renta Renta ... ... A-23 A-23 2525

INFRACCIONES Y SANCIONES

INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIASTRIBUTARIAS

Infracción por no conservar los libros y registros vinculados a asuntos

Infracción por no conservar los libros y registros vinculados a asuntos

 tributarios ..

 tributarios ... ... A-24 A-24 2626

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

Declaración jurada informativa de entidades perceptoras de

Declaración jurada informativa de entidades perceptoras de

donaciones

donaciones ... ... A-27 A-27 2929

TEMAS

TEMAS TRIBUTARIO-LABORATRIBUTARIO-LABORALESLES

Declaración jurada del Impuesto a la Renta de quinta categoría no

Declaración jurada del Impuesto a la Renta de quinta categoría no

rete-nido

nido o o retenido retenido en en exceso exceso ... ... A-30 A-30 3232

COMPROBANTES DE PAGO

COMPROBANTES DE PAGO

Casos en los que se exceptúa de la

Casos en los que se exceptúa de la obligación de emitir comprobanteobligación de emitir comprobante

de

de pago pago ... ... A-33 A-33 3535

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Tratamiento de los gastos cuyo comprobante de pago se recibe en el

Tratamiento de los gastos cuyo comprobante de pago se recibe en el

siguiente

siguiente ejercicio ejercicio ... ... B-1 B-1 3737

INFORME PRÁCTICO

INFORME PRÁCTICO

Diferencia

Diferencia temporal temporal por por gastos gastos preoperativos preoperativos ... ... B-4 B-4 4040

CONTABILIDAD VS. TRIBUTACIÓN

CONTABILIDAD VS. TRIBUTACIÓN

Tratamien

Tratamiento to de de los los viáticos viáticos al al exterior exterior del del país país ... ... B-7 B-7 4343

CASOS PRÁCTICOS

CASOS PRÁCTICOS

Registro

Registro de de gastos gastos devengados devengados sin sin el el respectivo respectivo comprobante comprobante de de pago pago ... ... B-8 B-8 4444

Registro del derecho

Registro del derecho antidumping antidumping... ... B-9 B-9 4545

Entrega

Entrega gratuita gratuita de de bienes bienes (mercaderías) (mercaderías) al al accionista accionista de de la la empresa empresa ... ... B-10 B-10 4646

LIBROS TRIBUTARIOS

LIBROS TRIBUTARIOS

Libro de actas de una Empresa Individual de Responsabilidad

Libro de actas de una Empresa Individual de Responsabilidad

Limitada

Limitada - - EIRL EIRL ... ... B-11 B-11 4747

CONTABI

CONTABILIDAD LIDAD EMPRESARIALEMPRESARIAL

Rubro:

Rubro: 1.306. 1.306. Otras Otras Cuentas Cuentas por por Pagar Pagar ... ... B-13 B-13 4949

CONTABI

CONTABILIDAD LIDAD GERENCIALGERENCIAL

Aplicación

Aplicación de de las las Necesidades Necesidades Operativas Operativas de de Fondos Fondos (NOF) (NOF) ... ... B-14 B-14 5050

ACTUALIDAD CONTABLE

ACTUALIDAD CONTABLE

Modi

Modifificaciones relacionadas con la entrada en vigencia de diferentescaciones relacionadas con la entrada en vigencia de diferentes

NIC/NIIF

NIC/NIIF ... ... B-16 B-16 5252

Cronograma para presentación de Información Financiera 2015 de

Cronograma para presentación de Información Financiera 2015 de

enti-dades

dades no no supervisadas supervisadas por por la la SMV SMV ... ... B-16 B-16 5252

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Revelaciones sobre Instrumentos Financieros y Valor Razonable

Revelaciones sobre Instrumentos Financieros y Valor Razonable

¿Estamos revelando su

¿Estamos revelando sufificiente información respecto a los riesgos deciente información respecto a los riesgos de

los instrumentos

los instrumentosfifinancieros nancieros y y su su valor valor razonable? razonable? ... ... C-1 C-1 5353

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Obligación de los empleadores en materia de contratación

Obligación de los empleadores en materia de contratación de personasde personas

con

con discapacidad discapacidad ... ... D-1 D-1 5353

FISCALIZACIÓN, INFRACCIONES Y SANCIONES LABORALES

FISCALIZACIÓN, INFRACCIONES Y SANCIONES LABORALES

La implementación de

La implementación de lactarios en lactarios en las entidades privadaslas entidades privadas

Características y pormenores dictados mediante Decreto Supremo

Características y pormenores dictados mediante Decreto Supremo

Nº 001-2001-2016-M016-MIMP IMP ... . D-5 D-5 6060

CONTRATACIÓN LABORAL

CONTRATACIÓN LABORAL

Desnaturalización de la tercerización de servicios

Desnaturalización de la tercerización de servicios

Comentario

Comentario de de un un reciente reciente criterio criterio jurisprudencial jurisprudencial ... ... D-8 D-8 6363

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Observaciones al proyecto de ley para que los a

Observaciones al proyecto de ley para que los afifiliados a la AFP retirenliados a la AFP retiren

el

el 95.5 95.5 % % de de su su fondo fondo de de pensiones pensiones ... ... E-1 E-1 6666

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Criterios de evaluación de inversiones:

Criterios de evaluación de inversiones:

Tasa

Tasa Interna Interna de de Retorno Retorno (TIR) (TIR) ... . F-1 F-1 6868

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

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La junta junta general general de de accionistas: accionistas: naturaleza, naturaleza, característiccaracterísticas as y y funcionefunciones s ... ... G-1 G-1 7070

PROCEDIMIENTOS EMPRESARIALES

PROCEDIMIENTOS EMPRESARIALES

¿Cómo se modi

¿Cómo se modififican can los los estatutos estatutos de de las las sociedades? sociedades? ... ... G-4 G-4 7373

INFORME ESPECIAL

INFORME ESPECIAL

Vigencia de las obligaciones e infraccione

Vigencia de las obligaciones e infracciones s aduaneras respecto de lasaduaneras respecto de las

empresas

empresas de de servicio servicio de de entrega entrega rápida rápida ... ... H-1 H-1 7474

INDICADORES TRIBUTARIOS

INDICADORES TRIBUTARIOS

• Cronograma Cronograma de de obligaciones obligaciones mensuales mensuales - - Ejercicio Ejercicio 2015 2015 ... . I-1 I-1 7676

INDICADORES FINANCIEROS

INDICADORES FINANCIEROS

• Tasas Tasas de de interés interés en en moneda moneda nacional nacional y y extranjera extranjera ... . I-3 I-3 7878

INDICADORES LABORALES

INDICADORES LABORALES

• Cronograma Cronograma de de pagos pagos y y factores factores de de actualización actualización ... . I-4 I-4 7979

PRINCIPA

PRINCIPALES NORMAS DE LES NORMAS DE LA QUINCENALA QUINCENA

Área

Área tributaria ...tributaria ... ... J-1 J-1 8080

Área

Área laboral laboral y y previsional previsional ... ... J-1 J-1 8080

Área

Áreafifinanciera nanciera ... . J-1 J-1 8080

Otras

Otras normas normas ... ... J-1 J-1 8080

H

H

ASESORÍA EN COMERCIO ASESORÍA EN COMERCIO EXTERIOREXTERIOR

D

D

ASESORÍA LABORALASESORÍA LABORAL

E

E

ASESORÍA PREVISIONALASESORÍA PREVISIONAL

F

(4)

Novedades sobre el aplazamiento y/o fraccionamiento

Novedades sobre el aplazamiento y/o fraccionamiento

de la deuda tributaria

de la deuda tributaria

 Jennifer

 JenniferCANANI HERNÁNDEZCANANI HERNÁNDEZ(*)(*)

INTRODUCCIÓN

INTRODUCCIÓN

Mediante Resolución de Superintendencia N°

Mediante Resolución de Superintendencia N°

161-2015/Sunat, publicada el 14 de julio de 2015, y

2015/Sunat, publicada el 14 de julio de 2015, y

vigente a partir del 15 de julio del mismo año, la

vigente a partir del 15 de julio del mismo año, la

Sunat aprobó el “Nuevo reglamento de

Sunat aprobó el “Nuevo reglamento de

aplaza-miento y/o fraccionaaplaza-miento de la

miento y/o fraccionamiento de la deuda tributariadeuda tributaria

por tributos internos”. Esta disposición deroga la

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Resolución de Superintendencia Nº 199-2004/ 

Resolución de Superintendencia Nº 199-2004/ 

Sunat y normas modificatorias.

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Posteriormente, el 14 de febrero de 2016 se publicó

Posteriormente, el 14 de febrero de 2016 se publicó

en el diario oficial

en el diario oficial El PeruanoEl Peruano, la Resolución de, la Resolución de

Superintendencia N° 042-2016/Sunat mediante la

Superintendencia N° 042-2016/Sunat mediante la

que se modifica el Reglamento de aplazamiento

que se modifica el Reglamento de aplazamiento

y/o fraccionamiento de la deuda

y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tri-tributaria por

tri-butos internos y la Resolución de Superintendencia

butos internos y la Resolución de Superintendencia

Nº 190-2015/Sunat.

Nº 190-2015/Sunat.

Esta modificatoria tiene por finalidad facilitar la

Esta modificatoria tiene por finalidad facilitar la

presentación de las solicitudes de aplazamiento

presentación de las solicitudes de aplazamiento

y/o fraccionamiento de la deuda tributaria distinta

y/o fraccionamiento de la deuda tributaria distinta

a la regalía minera o al gravamen especial a la

a la regalía minera o al gravamen especial a la

minería, y posibilita, asimismo, la presentación

minería, y posibilita, asimismo, la presentación

del desistimiento de dichas solicitudes a través

del desistimiento de dichas solicitudes a través dede

Sunat virtual, las cuales serán atendidas de forma

Sunat virtual, las cuales serán atendidas de forma

automatizada.

automatizada.

(*)

(*) Abogada por la Universidad FemeninAbogada por la Universidad Femenina del Sagrado Corazón (Unifé). Con segunda espea del Sagrado Corazón (Unifé). Con segunda especialidad en Derecho Tributcialidad en Derecho Tributario por laario por la Pontificia Universidad Católica del Perú

Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Abogada en el Estudio Miní (PUCP). Abogada en el Estudio Miní Miranda AbogadoMiranda Abogados.s.

I.

I.

APLAZAMIENT

APLAZAMIENT

O

O

Y

Y

FRACCIONAMIE

FRACCIONAMIE

NTO

NTO

T

Tanto el aplazamiento anto el aplazamiento como el fraccionamiento,como el fraccionamiento,

o el otorgamiento conjunto de ambos, califican

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como procedimientos destinados a facilitar el pago

como procedimientos destinados a facilitar el pago

de la deuda tributaria.

de la deuda tributaria.

En la actualidad, la

En la actualidad, la deuda tributaria administradadeuda tributaria administrada

por la Sunat y el Fonavi que deben pagar las

por la Sunat y el Fonavi que deben pagar las

personas naturales puede ser objeto de

personas naturales puede ser objeto de

apla-zamiento y/o fraccionamiento inmediatamente

zamiento y/o fraccionamiento inmediatamente

después de realizada la presentación de la

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De-claración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

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De no ejercerse esta opción, podrá solicitarse

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aplazamiento y/o fraccionamiento transcurrido

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el plazo de cinco (5) días hábiles de presentada

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la referida declaración.

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Para el caso de empresas, el aplazamiento y/o

Para el caso de empresas, el aplazamiento y/o

fraccionamiento de la regularización del Impuesto

fraccionamiento de la regularización del Impuesto

a la Renta podrá solicitarse a partir del primer día

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hábil de mayo del ejercicio en el que se produce

hábil de mayo del ejercicio en el que se produce

su vencimiento, siempre que a la fecha de

su vencimiento, siempre que a la fecha de

presen-tación de la solicitud hayan transcurrido cinco (5)

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días hábiles de la presentación de dicha declaración.

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También es objeto de aplazamiento, la deuda

También es objeto de aplazamiento, la deuda

tributaria generada por tributos derogados, los

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   E

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   P

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   E

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TRIBUTARIA

TRIBUTARIA

RESUMEN EJECUTIVO

RESUMEN EJECUTIVO

 E 

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l 14/02/2016 se publicó la Resolución de Superintendencia N° 042-2016/Su-l 14/02/2016 se publicó la Resolución de Superintendencia N°

042-2016/Su-nat, mediante la que se modi

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de Superintendencia Nº 190-2015/Sunat que regula la aplicación de la excepción

de Superintendencia Nº 190-2015/Sunat que regula la aplicación de la excepción

que permite a la Sunat otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo de

que permite a la Sunat otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo de

deuda tributaria de tributos internos anteriormente acogida al artículo 36

deuda tributaria de tributos internos anteriormente acogida al artículo 36 del Có-del

Có-digo

digo TributarioTributario..

 En el presente informe se abor

 En el presente informe se abordarán las modidarán las modi fi ficaciones efectuadas por la Resolu-caciones efectuadas por la

Resolu-ción de Superintendencia N° 042-2016/Sunat al Reglamento de aplazamiento y/o

ción de Superintendencia N° 042-2016/Sunat al Reglamento de aplazamiento y/o

 fraccionamiento.  fraccionamiento.

  S S O R Í

  S S O R Í

A S E S O R Í A

A S E S O R Í A

(5)

intereses de los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta vencido el plazo para la regularización de la declaración y/o pago del impuesto, la acumulación de dos o más cuotas de los beneficios del RETF, SEAP, o tres o más cuotas del RESIT.

II. SOLICITUD DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE

LA DEUDA TRIBUTARIA POR DEUDA DISTINTA A LA REGALÍA

MINERA O AL GRAVAMEN ESPECIAL A LA MINERÍA

La Resolución de Superintendencia N° 042-2016/Sunat establece el procedimiento electrónico para que los deudores tributarios puedan solicitar el aplazamiento y/o fraccionamiento mediante el Formulario virtual Nº 687 - Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento Art. 36 CT.

Cabe destacar, que la Resolución de Superintendencia N° 042-2016/Sunat ha eliminado la necesidad de instalar el programa de declaración telemática (PDT) para las solicitudes

de aplazamiento y/o fraccionamiento, estableciendo que solo será necesario presentar el Formulario virtual Nº 687 - Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento Art. 36 CT.

Por lo expuesto, para presentar una solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria, por deuda distinta a la regalía minera o al gravamen especial a la minería, deberá seguirse los siguientes pasos:

1. Obtener un reporte de precalificación a través de Sunat virtual. Para ello, deberá ingresarse a Sunat Operaciones en Línea. Este paso es opcional, pues solo tiene carácter informativo, no obstante, es recomendable hacerlo dado que podrá conocer si cumple con los requisitos para acceder al aplazamiento y/o fraccionamiento.

Asimismo, cada reporte de precalificación se genera de manera independiente, según se trate de deuda de Sunat, Fonavi, Essalud, ONP, impuesto a las embarcaciones de recreo e impuesto al rodaje, etc.

2. Obtener la deuda personalizada, esto es, la deuda que es factible de acogimiento al fraccionamiento, aplazamiento o refinanciamiento. Este paso sí es obligatorio, pues es un requisito para la presentación del Formulario virtual Nº 687 – Solicitud

de aplazamiento y/o fraccionamiento Art. 36 CT. La deuda personalizada debe realizarse de manera independiente, según se trate de deuda de Sunat, Fonavi, Essalud, ONP, impuesto a las embarcaciones de recreo e impuesto al rodaje, etc.

(6)

5

ESPECIAL TRIBUTARIO

3. Presentación de la solicitud a través del Formulario virtual Nº 687 - Solicitud de Aplazamiento y/o Fraccionamiento Art. 36 CT en la fecha en que se obtuvo la deuda personalizada. Para ello, el solicitante deberá realizar lo siguiente:

a) Ubicar el Formulario virtual N° 687 - Solicitud de Apla-zamiento y/o Fraccionamiento Art. 36 CT.

b) Verificar la información cargada en el Formulario Vir-tual N° 687 - Solicitud de aplazamiento y/o fracciona-miento Art. 36 CT.

De no estar de acuerdo, completar o modificar dicha in-formación antes de presentar la solicitud a la Sunat, para lo cual debe identificar la deuda por la que se solicita el aplazamiento y/o fraccionamiento, indicando al menos la siguiente información:

- El período, la fecha en que se cometió o detectó la infracción.

- El número del (de los) valor(es) correspondiente(s). - El código de tributo o multa.

- El código de tributo asociado, de corresponder. - El monto del tributo o multa más los intereses moratorios

generados hasta la fecha de presentación de la solicitud. c) De estar de acuerdo con la información cargada en el

Formulario virtual N° 687 - Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento Art. 36 CT, seguir con las instruc-ciones de Sunat Operainstruc-ciones en Línea.

d) Deberá detallar si se solicita solo aplazamiento, solo fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento, así como el plazo de aquellos, considerando para ello los máximos y mínimos.

El plazo máximo de aplazamiento es de hasta 6 meses, y de fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento es hasta 72 meses. El plazo mínimo de aplazamiento es de 1 mes, y el de fraccionamiento es de 2 meses. En caso se otorgue aplazamiento y fraccionamiento de forma con- junta, los plazos mínimos son de 1 mes de aplazamiento

y 2 de fraccionamiento.

e) Designar la garantía ofrecida, de corresponder(1).

(1) Los casos en los que se debe presentar garantías en caso de aplazamient o y/o fraccionamiento se encuentran detallados en el artículo 10 de la Resolución de Superintendencia Nº 161-2015/Sunat.

4. Pago de la cuota de acogimiento: Precisamos, que la cuota de acogimiento para presentar el Formulario Nº 687 se determina en función al monto y plazo de la deuda a fraccionar y/o aplazar, y no puede ser menor al 5 % de la UIT. Asimismo, debe cancelarse a la fecha de presentación de la solicitud o hasta la fecha de ven-cimiento de pago de los intereses del fraccionamiento tratándose de solicitudes de fraccionamiento, o de aplazamiento y fraccionamiento.

No se exige cuota de acogimiento en los siguientes su-puestos:

• En la presentación de las solicitudes de aplazamiento.

• Cuando el solicitante tiene la calidad de buen contri-buyente a la fecha de presentación de la solicitud. • Cuando el plazo y monto de la deuda es menor o

igual a 12 meses y menor o igual a 3UIT respectiva-mente.

(7)

5. Causales de rechazo:

- Es posible que el Formulario virtual Nº 687 - Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento Art. 36 CT, sea rechazado, de presentarse alguna de las siguientes causales:

a) Existe una solicitud de aplazamiento y/o fraccio-namiento en trámite.

b) El Formulario virtual N° 687 - Solicitud de aplaza-miento y/o Fraccionaaplaza-miento Art. 36 CT es presen-tado en fecha posterior a aquella en que el solici-tante obtiene la deuda personalizada.

c) Existe una resolución de pérdida de aplazamien-to y/o fraccionamienaplazamien-to y/o refinanciamienaplazamien-to notificada pendiente de pago.

Debemos precisar que cada resolución de pérdida es inde-pendiente, según se trate de la contribución al Fonavi, al Essalud, a la ONP, etc.

En caso se produzca alguna causal de rechazo, el Formulario virtual Nº 687 se considerará como no presentado. 6. Constancia de presentación del Formulario Virtual

N° 687 - Solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento Art. 36 CT: Si al presentar el formulario virtual el sistema de la Sunat señala que se está incumpliendo algún requisito, el solicitante debe registrar el sustento correspondiente si el incumplimiento ha sido subsanado y confirmar la pre-sentación de la solicitud a fin de que se configure.

En este caso, si se cumple con los requisitos de acogimiento o se confirma la presentación de la solicitud, el sistema de la Sunat almacenará la información y emitirá la constancia de presentación debidamente numerada, la misma que puede ser impresa.

III. DESISTIMIENTO DE LA SOLICITUD DE APLAZAMIENTO Y/O

FRACCIONAMIENTO

La Resolución de Superintendencia N° 042-2016/Sunat ha establecido el procedimiento electrónico a seguir en caso el deudor tributario decida desistirse de su solicitud de aplaza-miento y/o fraccionaaplaza-miento por deuda tributaria distinta a la regalía minera o al gravamen especial a la minería, antes que

surta efecto la notificación de la resolución que aprueba o deniega lo solicitado, simplemente a través de Sunat virtual. Para realizar dicho desistimiento, el solicitante deberá ingresar a Sunat Operaciones en Línea con su código de usuario y clave SOL e indicar de cual(es) solicitud(es) de aplazamiento y/o frac-cionamiento se desiste, seleccionando aquella(s) respecto de la(s) cual(es) no hubiera(n) surtido efecto, a la fecha en que se presenta el desistimiento, la notificación de la(s) resolución(es) que la(s) resuelve(n).

El desistimiento presentado a través de Sunat virtual se resuelve de forma automatizada mediante resolución, la que debe contener la siguiente información:

a) Número y fecha de la solicitud respecto de la cual se pre-sentó el desistimiento.

b) Número de RUC, nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal del deudor tributario.

c) Número y fecha de la solicitud de desistimiento.

d) Imputación del pago de la cuota de acogimiento, de co-rresponder.

e) Nombre, cargo y firma de la autoridad que acepta el de-sistimiento.

Tratándose de:

• Principales Contribuyentes nacionales, el del gerente de Control de Deuda y Cobranza de la Intendencia de Princi-pales Contribuyentes Nacionales.

• Contribuyentes a cargo de la Intendencia de Lima, el del gerente de Control de la Deuda de dicha intendencia. • Contribuyentes a cargo de las demás intendencias de

re-gionales, el del jefe de División de Control de la Deuda y Cobranza de la intendencia regional a la que correspondan. • Contribuyentes a cargo de las oficinas zonales, el del jefe

de la oficina a la que corresponda.

La resolución que aprueba el desistimiento será notificada a través de Notificaciones SOL, a través de la clave SOL.

El procedimiento para presentar la solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por deuda distinta a la regalía minera o al gravamen especial a la minería, así como el procedimiento electrónico a seguir en caso de desistimiento de la solicitud se encuentra vigente desde el 15 de febrero de 2016.

(8)

7

ASESORÍA TRIBUTARIA

Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta

(versión formulario virtual)

 Raul ABRIL ORTIZ(*)

INTRODUCCIÓN

Para la Administración Tributaria, la campaña de regularización anual del Impuesto a la Renta constituye la más importante de todo el ejercicio, pues este impuesto constituye un porcentaje con-siderable de los ingresos tributarios del fisco con los cuales se financia el Presupuesto Nacional de la República.

Por este motivo y con el objeto de facilitar al contribuyente obligado a regularizar el Impuesto a la Renta de tercera categoría, las herramientas que puedan estar a su alcance, el fisco ha puesto a disposición del mismo, el formulario virtual 702, dirigido a aquellas empresas que entre otras condiciones que abordaremos en el desarrollo del presente informe, no superen las 300 UIT anuales (S/ 1’185,000), conteniendo información pre cargada y con menos casillas que el PDT 702, permitiendo también la importación de archivos en Excel para su llenado.

I. OBLIGADOS A PRESENTAR LA

REGULARIZA-CIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA

Para determinar a los obligados a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, nos debemos remitir a lo señalado en el artículo 79 de la Ley del Impuesto a la Renta, en adelante LIR, que establece que quienes obtengan rentas computables para los efectos de dicho cuerpo legal, deberán presentar la declaración  jurada por las rentas obtenidas en el ejercicio gravable, en la forma, plazo, condiciones, medios y lugares que determine la Sunat.

(*) Contador Público Colegiado por la Universidad Nacional del Callao (UNAC). Asesor tributario enContadores & Empresas. Ex asesor tributa-rio de la División Central de Consultas de la Sup erinten dencia N acional de Aduanas y de Adminis traci ón Tributar ia (Sunat). Asesor y consultor en temas tributarios y contables.

(1) Publicada el 31 de diciembre de 2015, disponible en: <http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2015/358-2015.pdf>. (2) Solo aplicable a Principales Contribuyentes.

(3) Se empieza a ampliar el abanico de obligados, incluyendo además de los Principales Contribuyentes a quienes cumplan con alguna de las condiciones establecidas en el artículo 4 de dicha Resolución, como haber presentado la DAOT, tengan derecho a crédito tributario contra el Impuesto por la realización de inversiones o reinversiones, hubieren suscrito convenios de estabilidad jurídica, etc.

De acuerdo con ello, mediante Resolución de

Superintendencia N° 358-2015/Sunat(1), se

de-signan a los sujetos obligados a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, entre los cuales se encuentran aquellos que hubieren generado rentas o pérdidas de tercera categoría como contribuyentes del régimen general del impuesto.

II. MEDIOS PARA PRESENTAR LA DECLARACIÓN

En este capítulo, es importante hacer una pequeña remembranza respecto de los medios para pre-sentar la declaración y que han sido regulados por la Sunat, desde, el ejercicio 1995:

Ejercicio

gravable Norma legal Formulario

1995 Resolución de Superinten-dencia N° 010-1996/Sunat Formulario N° 136 1996 Resolución de Superinten-dencia N° 005-1997/Sunat Formulario N° 138 1997 Resolución de

Superinten-dencia N° 009-1998/Sunat Formulario N° 170 1998 Resolución de Superinten-dencia N° 013-1999/Sunat Formulario N° 172 PDT Renta 98(2) 1999 Resolución de Superinten-dencia N° 019-2000/Sunat Formulario N° 174

PDT-Renta 99(3) 2000 Resolución de Superinten-dencia N° 140-2000/Sunat

Formulario Nº 176 Formulario virtual N° 676 2001 Resolución de Superinten-dencia N° 006-2002/Sunat Formulario Nº 178 Formulario virtual N° 678

RESUMEN EJECUTIVO

   I

   M

   P

   U

   E

   S

   T

   O

   A

   L

   A

   R

   E

   N

   T

   A

 A

demás de la nueva tasa del Impuesto a la Renta para quienes generen ren-tas de tercera categoría, otra novedad relacionada a la Declaración Jurada  Anual del Impuesto a la Renta 2015 es que el contribuyente tiene la posibilidad

de presentar dicha declaración de forma distinta a la convencional: mediante el Formulario virtual N° 702.

 De esta forma los contribuyentes que así lo deseen y siempre que cumplan con los requisitos para ello, podrán presentar de manera virtual su Declaración Jurada  Anual del Impuesto a la Renta.

(9)

Ejercicio

gravable Norma legal Formulario

2002 Resolución de SuperintendenciaN° 018-2003/Sunat Formulario Nº 180 Formulario N° 680 2003 Resolución de Superintendencia N° 019-2004/Sunat Formulario Virtual N° 652 Formulario Nº 952 2004 Resolución de Superintendencia N° 019-2005/Sunat Formulario Virtual N° 654 Formulario Nº 954 2005 Resolución de SuperintendenciaN° 004-2006/Sunat Formulario Virtual N° 656

Formulario Nº 956 2006 Resolución de SuperintendenciaN° 235-2006/Sunat Formulario Virtual N° 658

Formulario Nº 958 2007 Resolución de SuperintendenciaN° 002-2008/Sunat Formulario Virtual N° 660 2008 Resolución de SuperintendenciaN° 001-2009/Sunat Formulario Virtual N° 662 2009 Resolución de SuperintendenciaN° 003-2010/Sunat Formulario Virtual N° 664 2010 Resolución de Superintendencia N° 336-2010/Sunat PDT N° 668 2011 Resolución de Superintendencia N° 289-2011/Sunat PDT N° 670 2012 Resolución de Superintendencia N° 304-2012/Sunat PDT N° 682 2013 Resolución de Superintendencia N° 366-2013/Sunat PDT N° 684 2014 Resolución de Superintendencia N° 380-2014/Sunat PDT N° 692 2015 Resolución de Superintendencia N° 358-2015/Sunat Formulario Virtual N.° 702 PDT N.° 702

Notamos que a partir del año 1998 se inicia la declaración utilizando el PDT, y como en otras ocasiones se inició obligando a los Principales Contribuyentes.

A partir de la Declaración Jurada Anual 1999 se incrementa el número de obligados a la presentación del PDT, incluyendo, además de los Principales Contribuyentes a quienes hayan presentado la DAOT, hubieren suscrito convenios de estabilidad  jurídica, sean deudores tributarios ubicados en la Amazonía, entre otros; incorporando luego a diversos contribuyentes que permitieron ampliar el universo de obligados hasta el año 2007, en el que todos deben presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, mediante el programa de declaración telemática – PDT.

Nótese que a pesar de que en los años 1998 y 1999 se les denominó PDT del año correspondiente, a partir del ejercicio 2000 y hasta el ejercicio 2009, a lo que conocemos como PDT, se le denominaba formulario virtual, sin embargo, en la norma siempre se hizo la acotación de que este era generado por el PDT-renta anual-tercera categoría del ejercicio correspondiente. A partir del ejercicio 2010 se vuelve a nombrar PDT al formulario que sirve para la presentación de la Declaración Jurada Anual, lo que se mantiene hasta el presente ejercicio.

Para la declaración del ejercicio 2015 se ha incorporado como novedad el Formulario virtual N° 702: Renta Anual 2015 – Ter-cera Categoría, que no se trata del formulario virtual que existía antes, que no era más que lo que hoy conocemos como PDT, que necesitaba del envío de un archivo previamente generado por un aplicativo informático llamado PDT.

De esta forma podemos decir que a lo largo de los últimos 20 años, los medios para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta, han evolucionado de la siguiente manera:

III. CARACTERÍSTICAS DEL FORMULARIO VIRTUAL 702

El Formulario virtual 702 es de uso optativo para aquellos con-tribuyentes que hayan generado rentas o pérdidas de tercera categoría en el régimen general durante el ejercicio 2015, salvo que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos:

a) Estén obligados a presentar el balance de comprobación(4).

b) Gocen de algún beneficio tributario. c) Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria.

d) Estén obligados a presentar la Declaración Jurada Anual informativa y/o presentar el estudio técnico de precios de transferencia.

e) Pertenezcan al sistema financiero.

f) Hayan presentado el anexo al que se refiere el artículo 12 del Reglamento del ITAN.

g) Hayan intervenido como adquirentes en una reorganización de sociedades.

h) Deduzcan gastos en vehículos automotores asignados a actividades de dirección, representación y administración.

i) Deduzcan gastos por concepto de donaciones.

 j) Hayan realizado durante el ejercicio 2015, pagos de más del 15 % de las obligaciones de la persona o entidad ge-neradora de rentas de tercera categoría sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.

k) Los contratos de colaboración empresarial que lleven contabilidad independiente de la de sus socios o partes contratantes.

Este formulario virtual tiene como principal característica que la información es llenada en línea y se va grabando conforme se va ingresando la misma. Sin embargo no es, sino hasta el envío de la declaración, que se genera la Constancia de presentación.

(4) A diferenci a de ejercicios anteriores en los que se encontraban obligados a presen-tar el balance de comprobación los contribuyentes que durante el ejercicio gravable hubiesen superado las 500 UIT, para el presente ejercicio (2015), los contribuyentes que hubieran generado ingresos iguales o superiores a 300 UIT correspondientes a dicho ejercicio (para lo cual solamente se considerará el monto de los ingresos gravados), deberán presentar en el PDT N° 702 el balance de comprobación.

Hasta 1997 Formulario físico Desde 1998 hasta 2006 • PDT o • Formulario físico (con restricciones) Desde 2007 hasta 2014 PDT Desde 2015 • PDT o • Formulario virtual

(10)

9

IMPUESTO A LA RENTA

Durante el llenado de la Declaración Jurada Anual en el Formulario virtual 702, se puede notar que se encuentra car-gada la información personalizada del contribuyente: saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, y el ITAN efectivamente pagado que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto.

Dicha información personalizada se encuentra a disposición del contribuyente a partir del 15 de febrero de 2016 y estará actualizada con la información que se hubiere enviado hasta el 31 de enero de 2016.

Quienes habiendo presentado su declaración utilizando para ello el Formulario virtual N° 702, y requieran presentar una rectificatoria y/o sustitutoria de dicha declaración, podrán utilizar de manera indistinta el mismo formulario virtual o el PDT N° 702.

IV. PASOS PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO

VIRTUAL N° 702

La presentación de la declaración mediante el Formulario vir-tual N° 702 se realiza a través de Sunat virvir-tual, para lo cual el deudor tributario debe:

a. Ingresar a Sunat Operaciones en Línea con su Código de usuario y clave SOL.

b. Ubicar el Formulario virtual N° 702.

c. Verificar la información contenida en dicho formulario, referente a:

• Saldo a favor • Pagos a cuenta

• ITAN efectivamente pagado que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto Luego, de corresponder, el contribuyente debe confirmar, modificar o en su defecto completar (existen ocasiones no muy frecuentes en los que no carga la información del contri-buyente), la información correspondiente de acuerdo con los pasos e indicaciones señaladas en el formulario.

Como en la presentación del PDT al que estamos acostumbrados, para proceder con la cancelación de los tributos declarados, el deudor tributario puede optar por cancelar el íntegro del importe a pagar mediante una única transacción bancaria, para lo cual puede elegir una de las siguientes modalidades: a) Pago mediante débito en cuenta

b) Pago mediante tarjeta de crédito o débito

c) Cancelando el importe a pagar en los bancos habilitados utilizando el NPS.

Esquema práctico de los pasos a seguir para la presentación de la Declaración Jurada Anual Formulario virtual 702:

 La empresa Tres 2 8 Solu cion es S.A.C. nos soli cita que  presen temos su Declaración Jurad a Anual del Impuesto a la Renta, para lo cual nos facilita la siguiente infor-mación:

Estado de Ganancias y Pérdidas al 31 de diciembre de 2015

Ventas netas o ingresos por servicios 18,100 (-) Dctos., rebajas y bonif concedidas 0

Ventasnetas 18,100 (-) Costo de ventas (12,100) ResultadoBruto 6,000 (-) Gastos de venta (720) (-) Gastos de administración (540) Resultado de operación 4,740 (+) Ingresos financieros 313 (-) Gastos financieros

(+) Otros ingresos gravados 600

(-) Gastos diversos (585)

Resultado antes del impuesto 5,068

(-) Impuesto a la Renta(5) (1,600)

Resultado del ejercicio 3,468

1

CASO PRÁCTICO

(5) Ver cuadro Cálculo del Impuesto a la Renta, en la página siguiente.

Acceder al Formulario virtual 702, e ingresar el RUC, usuario y contraseña del

contribuyente

Ingresar a Sunat operaciones en Línea

Pasos para presentar la Declaración Jurada Anual,

mediante el Formulario 702 Ingresar los datos informa- tivos del formulario virtual (socios, representante legal,

donaciones, gastos en vehículos, contador, etc.

Acceder a la sección determinativa, revisar la información personalizada y contrastarla con los papeles de trabajo. Enviar la declaración y

realizar el pago del impuesto de corresponder.

(11)

Cálculo del Impuesto a la Renta

Utilidad antes del impuesto 5,068

(+)Adiciones 645

(-)Deducciones 0

Renta neta del ejercicio 5,713

(-) Pérdida de ejercicios anteriores 0

Renta Neta Imponible 5,713

Impuesto a la Renta (28%) 1,600

Con la información correspondiente a los EEFF de la empresa en cuestión ingresamos al portal de la Sunat, si-guiendo los pasos ya señalados:

 A diferencia del PDT convencional en que la información complementaria (como la información del representante legal, socios, contador, etc.) va en la última pestaña, para efectos del formulario virtual, debe completarse primero esa información para luego acceder a la sección determi-nativa.

 En el formulario virtual la información se está grabando de manera automática, es decir, podemos salir e ingresar nuevamente y lo ingresado quedará grabado en el formu-lario sin necesidad de dar click a alguna opción grabar,

como si se haría en el PDT. Asimismo el sistema permite guardar reportes de lo ingresado en formato PDF.

Podemos notar que a diferencia del PDT, en el formula-rio virtual se ingresa menos información complementa-ria, dejando de lado a las mermas y/o desmedros, gastos realizados con no domiciliados, detalle de exportaciones, operaciones financieras, identificación de vehículos, etc. Una vez ingresada la información complementaria, se debe acceder a la sección determinativa como se muestra a continuación:

Un dato importante es el siguiente mensaje que figura en ambos medios para la declaración (Formulario virtual 702 y PDT 702):

“La información de los EEFF debe ser formulada de acuerdo a las Normas y Principios Contables, los ajustes  para determinar la base tributaria deben ser consignados

(12)

11

IMPUESTO A LA RENTA  Importante mensaje que se debe tener en cuenta al momento de

ela-borar los EEFF, para lo cual recalcaremos que los estados financie-ros deben presentarse de acuerdo con el Manual para la Prepara-ción de InformaPrepara-ción Financiera(6) , emitido por la Superintendencia

del Mercado de Valores (ex-Conasev). De esa manera no tendremos dudas para saber en qué casilla se debe incluir cada rubro.  En la medida que se va llenando el formulario podemos ir

notan-do que existe información como los activos y la depreciación que

en el PDT se solicita de manera detallada y en el Formulario virtual no es solicitada de esta forma, solamente se consigna el saldo del rubro (detallado en forma separada el activo y la depreciación) al cierre del ejercicio.

 Es importa nte tene r en cuen ta que existe la posi bili -dad de importar la información correspondiente a los  EEFF, ingresand o a la opci ón seña lada en el form

ula-rio virtual:

Para ello es importante señalar la ruta en la que se podrá encontrar la estructura para la importación(7):

• Ingresar al portal Sunat  • Orientación tributaria • Impuesto a la Renta • Declaraciones anuales • Renta anual 2015

• Archivos Excel para importar datos de casillas Formu-lario Virtual N° 702 (opción 4 en el menú de opciones) Una vez ingresada la información correspondiente a los  EEFF, se ingresa a la pestaña Impuesto a la Renta, en la que se convierten los resultados contables en la base tri-butaria, mediante las adiciones, deducciones y pérdidas de ejercicios anteriores.

 Notamos que la casilla de adiciones y deducciones no tiene detalle, a diferencia del PDT.

(6) Disponibl e en: <http://ww w.smv.gob.pe/Uploads/M IF_2008.pdf>.

(7) Para quienes nos leen por internet, pueden copiar y pegar el siguiente link: <http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=2973:04-archivos-excel-para-importar-datos-de-casillas-formulario-virtual-nd-702&catid=482:renta-anual-2015&Itemid=689>.

(13)

Por último, al ingresar a los créditos contra el impuesto encontramos el detalle de la información personalizada (pagos a cuenta, saldo no aplicado del ejercicio anterior y retenciones de renta de tercera categoría).

Una vez culminado el ingreso de la información automáticamente podemos agregar el formulario a la bandeja para su  posterior declaración y pago, al igual que el sistema PDT al que estamos acostumbrados.

Previamente el formulario nos emite un aviso de confirmación.

(14)

13

IMPUESTO A LA RENTA

CASOS PRÁCTICOS

¿Como determinar el nuevo coeficiente para

los pagos a cuenta 2016?

 Raul ABRIL ORTIZ(*)

INTRODUCCIÓN

omo es sabido, el Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual y su base para el cálculo son los resultados obtenidos al cierre de cada ejercicio gravable, sin embargo, los contribuyentes que se encuentran en el Régimen General del Impuesto a la Renta, están en la obligación de efectuar los pagos a cuenta de dicho impuesto, que tienen por objeto amortizar mes a mes el pago de regularización anual y evitar que al cierre del ejercicio, el contribuyente acumule un monto de impuesto a pagar que no pueda asumir por falta de liquidez.  La cancelación de dichos pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, es igual de exigible que el pago de su regulari- zación anual por lo que de no cumplir con su pago oportuno, la Administración Tributaria puede emitir la corres- pondiente orden de pago que puede ser objeto de cobranza coactiva.

 Es por eso que debido a la importancia de estos pagos a cuenta, en los casos prácticos desarrollados a continua-ción, se mostrarán diversos escenarios en los cuales se debe calcular el coe ficiente para el correcto cálculo de los  pagos a cuenta a partir del periodo marzo, tomando como base para el cálculo, los Estados Financieros al cierre

del ejercicio anterior (2015).

Cálculo del coeficiente para pagos a cuenta cuando se obtiene utilidad en el ejercicio anterior

(*) Contador Público Colegiado por la Universidad Nacional del Callao (UNAC). Asesor tributario enContadores & Empresas. Ex asesor tributario de la División Central de Consultas de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Trib utar ia (Sunat). Asesor y consultor en temas tributarios y contables.

Caso:

Industrias Maquilak S. A. C. Estado de Resultados al 31 de diciembre de 2015 (expresado en nuevos soles)

Ventas netas o ingresos por servicios 19,044,705 (-) Dctos., rebajas y bonif concedidas 0

Ventas netas 19,044,705 (-) Costo de ventas (13,823,211) Resultado Bruto 5,221,494 (-) Gastos de venta (1,500,210) (-) Gastos de administración (1,573,000) Resultado de operación 2,148,284 (+) Ingresos financieros 3,217,370 (-) Gastos financieros (2,857,145) (+) Otros ingresos gravados 371,158

(-) Gastos diversos (40,585)

Resultado antes del impuesto 2,839,082

Cálculo del Impuesto a la Renta

Utilidad antes del impuesto 2,839,082

(+)Adiciones 68,236

(-) Deducciones (1,088,020)

Renta neta del ejercicio 1,819,298 (-) Pérdida de ejercicios anteriores 0

Renta Neta Imponible 1,819,298

Impuesto a la Renta 509,403

Ingresos financieros 2015

Detalle S/  

Rendimientos ganados 128,800

Dividendos 1,088,020

Ganancia por diferencia de cambio 2,000,550

Total ingresos financieros 3,217,370

Gastos financieros 2015

Detalle S/  

Intereses por préstamos (1,037,966) Pérdida por diferencia de cambio (1,819,179)

Total gastos financieros (2,857,145)

La empresa Industrias Maquilak S. A. C., nos solicita le cal-culemos el coeficiente con el cual procederá a determinar culemos el coeficiente con el cual procederá a determinar los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a partir del los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta a partir del periodo marzo de 2016. Para ello, nos facilita la  periodo marzo de 2016. Para ello, nos facilita la informa-ción correspondiente a sus Estados Financieros (EEFF) y al ción correspondiente a sus Estados Financieros (EEFF) y al cálculo del Impuesto a la Renta, de acuerdo con el cálculo del Impuesto a la Renta, de acuerdo con el siguien-te detalle:

te detalle:

Así también nos brinda la información detallada  Así también nos brinda la información detallada

corres-pondiente a los ingresos y gastos financieros:  pondiente a los ingresos y gastos financieros:

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