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Revelaciones sobre Instrumentos Financieros y Valor Razonable

¿Estamos revelando suficiente información respecto a los riesgos de los Instrumentos Financieros y su Valor Razonable?

 Hans LenonOSORIO MANYARI(*)

I. INTRODUCCIÓN

La introducción de la NIIF 13 (a partir del 1 de enero de 2013) ha llevado a cuestionar el carácter conservador de las Normas Internacionales de Información Financiera; más aún, si tomamos en cuenta el borrador del Marco Conceptual de las NIIF (emitido por el International Acounting Standards Board – IASB o Consejo Internacional de Normas Contables, el 26 de octubre de 2015) ha incluido un comentario respecto al concepto de cautious  prudence (prudencia con cautela), sobre el cual se infiere que dicho concepto ayuda a reforzar el principio de neutralidad en la aplicación de políticas contables, brindando una representación confiable de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos. Si bien algunos estudios, con cierta base estadística y financiera han concluido que el con- servadurismo de los resultados contables puede verse afectado por la aplicación de las NIIF(2), los

requerimientos de revelaciones de valor razonable

(*) Contador público colegiado con experiencia en consultoría, auditoría financiera y planeamiento e inversiones. Ha trabajado en KPMG en México en el Área de Financial Risk Management FRM.

(1) Se toma como referencia el artículo “Hacia el reino de la subjetividad: una crítica al modelo contable del valor razonable” cuyo autor es Carlos Valle Larrea, escritor de artículos de auditoría y profesor de posgrado de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas – UPC.

(2) Artículo “Conservadurismo del resultado contable bajo las Normas Internacionales de Contabilidad: Un estudio comparativo” En: Revista Española de Financiación y Contabilidad. Vol XXVII, N° 138, abril-junio 2008, pp. 197 -210

de los instrumentos financieros han solucionado parcialmente las limitaciones al valor razonable precedentes a la emisión de la NIIF 13. Estas re- velaciones de valor razonable se complementan en gran medida con las revelaciones requeridas por la NIIF 7, las cuales en conjunto tienen como objetivo brindar al lector de los estados financieros, información financiera que refleje la realidad eco- nómica de dichas partidas contables.

El presente artículo ofrece pautas de evaluación de las revelaciones de instrumentos financieros y valor razonable dentro del contexto de las NIIF 7 y 13.

II. REVELACIONES SOBRE INSTRUMENTOS FI- NANCIEROS - NIIF 7 Y NIIF 13

La NIIF 7 define la información a revelar sobre los riesgos financieros y las correspondientes políticas y estrategia de cobertura de los riesgos, sin consi- derar un orden específico, detallamos brevemente el listado de revelaciones:

   I

   N

   F

   O

   R

   M

   E

   E

   S

   P

   E

   C

   I

   A

   L

 A

 partir de la emisión de la NIIF 13: Medición de Valor Razonable  (vigente

desde el 1 de enero de 2013) se ha marcado el ingreso a un nuevo horizonte contable, este horizonte cuya denominación puede ser nombrada “horizonte del valor razonable”, nos trae a la luz una serie de conceptos y requerimientos que deben ser incluidos en las notas de revelación de los estados financieros auditados conforme a NIIF. Si bien el valor razonable presenta ciertas limitaciones(1) , prin-

cipalmente para activos y pasivos no  financieros; el objetivo del presente artículo es brindar una guía de los requerimientos de Valor Razonable de los Instrumentos  financieros; así como, un detalle de las revelaciones que indica la NIIF 7: Instru-  mentos Financieros: Revelaciones.

EN AUDITORÍA

  S S O R Í

el riesgo de que una de las partes del instrumento financiero cause una pérdida financiera a la otra parte por incumplir una obligación. Para ello se deberá revelar el máximo nivel de exposición al riesgo de crédito; es decir, el importe total de los activos financieros. Esta información debe incluir las garantías tomadas, la calidad crediticia de los activos financieros y la gestión del riesgo de crédito por parte de la entidad.

Los modelos propuestos para el deterioro crediticio de la NIC 39 y la NIIF 9 incluyen la pérdida objetiva y esperada, respectivamente. Si bien el objetivo del presente informe no es detallar ambos conceptos, de forma general:

• la pérdida objetiva es estimada en función de la pérdi- da ya incurrida y no considera la expectativa de dete- rioro del activo o activos financieros.

• la pérdida esperada es estimada considerando la expectativa de deterioro del activo o activos finan- cieros.

La base normativa que tomamos es el Marco Regulatorio de Basilea III(3), la cual indica que de forma adicional a la

pérdida objetiva y esperada, se presenta una pérdida no esperada que debe ser cubierta por requerimientos de patrimonio. Si bien un modelo de pérdida no esperada escapa a la evaluación contable, se deja en evidencia que una empresa con un importe significativo de activos financieros puede tener un riesgo crediticio no revelado dentro del marco normativo de las NIIF, específicamente la NIIF 7. Para ello las áreas de riesgos ofrecen pruebas estadísticas con el VaR(4) (Value at Risk, Valor en Riesgo)

que nos proporcionan información númerica respecto al riesgo de crédito.

El cuadro indicado en la parte superior muestra un tenta- tivo orden para revelar la máxima exposición de riesgo de crédito.

como el riesgo que una entidad encuentre dificultades en cumplir obligaciones asociadas con pasivos financieros, para ello debe revelar:

• un análisis del vencimiento de los pasivos finan- cieros en tramos temporales de acuerdo los ven- cimientos contractuales.

• descripción de la gestión de riesgo de liquidez de la entidad.

El cuadro indicado en la parte superior muestra un tentativo orden para revelar el riesgo de liquidez.

como el riesgo que el valor razonable o los flujos de efec- tivo de un instrumento financiero puedan fluctuar como consecuencia de variaciones en los precios de mercado (la NIIF 7 define los riesgos de mercado en riesgo de tipo de cambio, riesgo de tasa de interés y otros riesgos de precios), para ello deberá revelar:

• un análisis de sensibilidad para cada tipo de riesgo de mercado al que la entidad esté expuesta.

• los métodos e hipótesis para elaborar el análisis de sensibilidad

• los cambios realizados desde el periodo anterior en los métodos e hipótesis utilizados.

La NIIF 7 indica la posibilidad de utilizar el VaR para revelar el riesgo de mercado; no obstante, existen diferentes me- todologías para el cálculo del VaR y a la fecha no existe un consenso metodológico para el cálculo del VaR, lo cual puede dejar abierta cierto grado de incertidumbre en este tipo de revelaciones. Análisis de Sensibilidad Cambio en tasas de cambio 20X1 20X2 % Apreciación de la moneda USDólares 5   31,182 62,821 USDólares 10   65,829 97,223 Depreciación de la moneda USDólares 5   -31,182 -62,821 USDólares 10   -65,829 -97,223

(3) Basilea III es un marco normativo emitido por el Basel Comittee on Banking Supervi- sion (Comité de Basilea de Supervisión Bancaria) compuesto por representantes de  Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, Hong Kong SAR, India, Indonesia, Italia, Japón, Korea, Luxemburgo, México, Países Bajos, Rusia, Arabia Saudí, Singapur, Sudáfrica, España, Suiza, Suecia, Turquía, Reino Unido y los Estados Unidos, el cual se reúne usualmente en el Bank for International Settlements – BIS (Banco de Acuerdos Internacionales), ubicado en Basel, Suiza. Basilea III presenta un conjunto de reformas para fortalecer las reglas de capital gl obal y liquidez con el objetivo de promover un sector bancario más resistente a choques económicos.

(4) El VaR es una técnica estadística utilizada para cuantificar un riesgo financiero, puede ser empleada para un solo activo financiero o un portafolio de activos financieros; existen 3 metodologías para estimar el VaR, estas consisten en el VaR Histórico (el cual toma data histórica), VaR Paramétrico (el cual asume que la información está alineada a una distribución estadística normal) y el VaR de Montecarlo (el cual construye una simulación de Montecarlo).

a Riesgo de crédito:

a. Riesgo de crédito: La NIIF 7 define el riesgo de crédito como

b Riesgo de liquidez:

b. Riesgo de liquidez: La NIIF 7 define el riesgo de liquidez

c Riesgo de mercado:

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INFORME ESPECIAL El presente cuadro muestra una revelación de sensibilidad

al riesgo de mercado por tipo de cambio. Esta presentación es la más usual en los estados f inancieros auditados en el entorno local.

ciones deberán estar alineadas a la normativa vigente; es decir, la NIC 39 Instrumentos Financieros: (en caso una Compañía no haya decidido aplicar anticipadamente la NIIF 9: Instrumentos financieros (vigente a partir del 1 de enero de 2018).

del nivel de jerarquía del valor razonable(5) de los instrumentos

financieros cuya medición posterior es a valor razonable. Una representación de este modelo en el siguiente cuadro:

De forma adicional, los activos financieros como préstamos y cuentas por cobrar, bonos clasificados al vencimiento, entre otros cuya medición posterior es al costo amortizado, deben revelar el importe del Valor Razonable de dichos activos o pasivos financieros. Es importante señalar que los pasivos generados por operaciones de arrendamiento financiero, requieren incluir esta revelación en las notas de los estados financieros.

reclasificado un activo financiero, revelará el importe recla- sificado de cada una de las categorías, así como la razón para efectuar dicha reclasificación.

nancieros; sin embargo, dicha transferencia no cumple los criterios para la baja en cuentas indicada en la NIC 39, deberá revelar:

• la naturaleza de los activos

• la naturaleza de los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad

• si la entidad continua reconociendo la totalidad de los activos financieros

• si la entidad continua reconociendo los activos en la medida de su implicación continuada

activos dados en garantía de pasivos financieros o pasivos contingentes.

Si la entidad ha recibido una garantía y está autorizada para venderla o a pignorarla, sin que se haya cumplido incumplimiento por parte del propietario de la garantía, revelará:

• el valor razonable de la garantía poseída

• el valor razonable de la garantía vendida o dada en garantía

• los plazos y condiciones asociados a la utilización de la garantía

deterioro y lo presenta de forma separada en lugar de deducir directamente el importe en libros, incluirá una conciliación de las variaciones de dicha cuenta durante el periodo.

Si la entidad ha emitido un instrumento que contenga un componente de pasivo y de patrimonio, y este instrumento tiene derivados implícitos que requieren ser separados y reconocidos de forma independiente, deberá revelar la existencia de esas características.

III. REVISIÓN DE LAS REVELACIONES DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS Y VALOR RAZONABLE POSTERIOR A LA CRISIS FINANCIERA

La crisis financiera del 2008, o también conocida como la crisis inmobiliaria, sobre la cual se puede revisar una gran cantidad de literatura que explica el impacto del riesgo de crédito en el valor de mercado de Instrumentos financieros complejos y el papel de los derivados financieros (específica- mente los de riesgo de crédito) para generar un apalanca- miento negativo en el mercado financiero. Las implicancias que tuvo esta crisis traspasó el mercado fina nciero y abarcó incluso el escenario global, contagiando a las bolsas de valores de diferentes países.

No obstante, la serie de acontecimientos detallados en el párrafo anterior, la revelación de los Instrumentos financieros aún no puede revelar la naturaleza económica de los Instru- mentos financieros. A la fecha del presente artículo, existen acercamientos en el resto de normas contables respecto a la contabilidad del Valor Razonable, no obstante las normas de reconocimiento, medición y revelación de los instrumentos financieros (incluyendo la NIIF 9), no logran captar toda la complejidad de su riesgo financiero inherente.

IV. CONCLUSIONES

Las Revelaciones de riesgos de los instrumentos financieros y su valor razonable han sufrido mejoras a partir de la llamada “crisis de la burbuja inmobiliaria”; sin embargo, existen con- ceptos y metodologías que aún están pendientes de alinear y cuantificar. Esta ausencia de información incrementa el uso del  juicio profesional por parte del auditor de los estados financieros para la opinión de la razonabilidad de los estados financieros auditados de acuerdo a los NIIF.

(5) Jerarquía del Valor Razonable: La NIIF 13 indica 3 niveles de jerarquía de valor razonable:

• Nivel 1: Precio cotizado para un activo idéntico en un mercado activo disponible. Respecto a esta consideración, no deben de considerarse activos que coticen en bolsas con bajos niveles de negociación, esto aplica para la mayoría de acciones de la bolsa de valores de nuestro entorno local.

• Nivel 2: Precios cotizados con ajustes y con variables no significativas que no sean observables. Los múltiplos comparables y la construcción de una tasa de descuento ingresarían en esta jerarquía siempre y cuando los insumos que se utilicen para su construcción sean de mercado.

• Nivel 3: Corresponde a variables significativas no observables. Considerar tran- sacciones individuales no comparables o supuestos que no tengan soporte de información de mercado caen dentro de esta jerarquía.

d Categorías de los Instrumentos financieros:

d. Categorías de los Instrumentos financieros: Estas Revela-

e Requerimiento de Revelación del Valor Razonable de los e. Requerimiento de Revelación del Valor Razonable de los

Activos y pasivos financieros:

Activos y pasivos financieros: La NIIF 7 requiere la revelación

f Reclasificación de activos financieros:

f. Reclasificación de activos financieros: Si la entidad hubiera

g Baja en cuentas:

g. Baja en cuentas: Si la entidad ha transferido activos fi-

h Garantía:

h. Garantía: La entidad revelará el importe en libros de los

i Cuenta correctora:

i. Cuenta correctora: Si la entidad reconoce un importe por

j Instrumentos financieros compuestos:  j. Instrumentos financ ieros compuestos:

LABORAL

RESUMEN EJECUTIVO

Obligación de los empleadores en materia de