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Reforma Fiscal. Preguntas y Respuestas. Ley del Impuesto Sobre la Renta

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(1)

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

Reforma Fiscal

2014

Preguntas y Respuestas

(2)

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

Pregunta

1.- ¿Cómo puedo acreditar, a solicitud de la autoridad fiscal, la existencia de una doble tributación jurídica, cuando se trate de operaciones entre partes relacionadas?

Respuesta

Con una manifestación bajo protesta de decir verdad firmada por su representante legal, en la que expresamente señale:

 Que los ingresos sujetos a imposición en México y respecto de los cuales se pretendan aplicar los beneficios del tratado para evitar la doble tributación, también se encuentran gravados en su país de residencia.

 Que las disposiciones jurídicas aplicables y

 Documentación que el contribuyente considere necesaria para tales efectos.

Fundamento: Artículo 4, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

2.- ¿Cuál es la tasa que deben aplicar las personas morales para calcular el impuesto anual del 2014?

Respuesta

La tasa es de 30%.

Fundamento legal: Artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

3.- ¿Cuál es el procedimiento para obtener la base gravable para el cálculo de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU)?

Respuesta

A los ingresos obtenidos en el ejercicio se le restan las deducciones autorizadas así como las cantidades que son no deducibles para el ISR, el resultado es la renta gravable que sirve de base para el cálculo de la PTU.

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Pregunta

4.- ¿Cuál es el factor que deben aplicar las personas morales para determinar el impuesto que se debe adicionar a los dividendos o utilidades distribuidas a personas físicas?

Respuesta

El factor es de 1.4286.

Fundamento legal: Artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

5.- ¿Son deducibles las aportaciones de las empresas para la creación o incremento de las reservas destinadas a fondos de pensiones o jubilaciones, complementarias, primas de antigüedad, establecidas en la Ley del IMSS?

Respuesta

Sí,

el monto de la deducción a que se podrá aplicar no debe exceder de 47% de la aportación realizada en el ejercicio de que se trate.

El

porcentaje

será del 53

%

cuando las prestaciones otorgadas

a los

trabajadores en el

año

, no disminuyan respecto de las otorgadas en el año anterior.

Fundamento legal: Artículo 29, fracción VII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que se abroga

y Artículo 25, fracción X de la Ley del Impuesto Sobre la Renta

Pregunta

6.- ¿Cuál es el porcentaje que se puede deducir por concepto de donativos que los contribuyentes efectúen a favor de la Federación, entidades Federativas, Municipios u organismos descentralizados?

Respuesta

El porcentaje que se puede deducir es el 4% del total de utilidad fiscal obtenida o de sus ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior.

Fundamento legal: Artículo 27 fracción I, inciso f), último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la

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Pregunta

7.- ¿Qué requisito se debe cumplir para que los vales de despensa proporcionados a los trabajadores sean deducibles para el patrón que los otorga?

Respuesta

Se deben de otorgar a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

Fundamento legal: Artículo 27, fracción XI de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

8.- ¿A partir de 2014, qué pasa con los vales de despensa impresos?

Respuesta

De enero a junio de 2014, los vales de despensa que otorguen los patrones de manera general en beneficio de todos los trabajadores, podrán deducirse aun cuando no se entreguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT, siempre que se cumplan los demás requisitos de deducibilidad previstos en el artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Fundamento legal: Regla I.3.3.1.2.9. de la Resolución Miscelánea Fiscal 2014.

Pregunta

9.- ¿Cuál es la cantidad que se puede deducir por concepto de gastos por consumos en restaurantes?

Respuesta

El porcentaje de gastos que se puede deducir por consumos en restaurantes es de 8.5%.

Fundamento legal: Artículo 28, fracción XX de la LISR.

Pregunta

10.- ¿Qué otras obligaciones tienen las instituciones bancarias? Respuesta

 Conservar, la información relacionada con los comprobantes fiscales y las retenciones de este impuesto.

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 De los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas de los contribuyentes, cuando el monto mensual acumulado por los depósitos en efectivo que exceda de $15,000.00, salvo por las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.

Fundamento legal: Artículo 55 fracciones III y IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

11.- ¿Qué se entiende por depósitos en efectivo y que conceptos no se consideran como tales?

Respuesta

Depósitos en efectivo:

Los depósitos en moneda nacional o extranjera que se realice en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero.

No se considerarán depósitos en efectivo:

Los que se efectúen a favor de personas físicas o morales mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.

Fundamento legal: Artículo 55, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

12.- ¿Qué obligación tienen ante el SAT los intermediarios financieros que intervengan en la enajenación de acciones realizadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores?

Respuesta

La obligación de informar a más tardar el día 15 de febrero de cada año, el nombre, Registro Federal de Contribuyentes, domicilio, así como los datos de las enajenaciones de acciones realizadas a través de la Bolsa Mexicana de Valores, efectuadas en el año de calendario anterior, respecto de todas las personas que hubieran efectuado enajenación de acciones.

Fundamento legal: Artículo 56 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

13.- ¿En qué régimen deben tributar las personas que se encontraban en el régimen de Consolidación Fiscal?

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En el régimen opcional para grupos de sociedades o en el régimen General de las personas morales.

Fundamento legal: Artículos 59 de de la Ley del Impuesto sobre la Renta y Noveno transitorio,

fracción XVII.

Pregunta

14.- ¿Qué ventajas tiene el nuevo régimen opcional para grupos de sociedades? Respuesta

Simplificación fiscal. Es más fácil la determinación del impuesto por la utilización de un factor que se obtiene de dividir el resultado del grupo entre los resultados individuales.

Certeza del impuesto. El régimen permite que se conozca con certeza el impuesto que se difiere en cada ejercicio, toda vez que en las declaraciones anuales se reflejará tanto el impuesto a pagar en el ejercicio como el que se difiere.

Fácil fiscalización. En virtud de que el impuesto diferido se determina a través de una simple suma del impuesto diferido manifestado en las declaraciones individuales.

Impulsar la competitividad internacional e inversión extranjera en Méxio y una mayor eficiencia recaudatoria.

Fundamento legal: Artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

15.- ¿A quiénes se les considera como sociedades integradoras para poder tributar en régimen Opcional para grupos de sociedades?

Respuesta

A las que reúnan los siguientes requisitos:

 Que se trate de una sociedad residente en México.

 Que sea propietaria de más del 80% de las acciones con derecho a voto de otra u otras sociedades integradas, inclusive cuando dicha propiedad se tenga por conducto de otras sociedades que a su vez sean integradas de la misma sociedad integradora.

 Que en ningún caso más del 80% de sus acciones con derecho a voto sean propiedad de otra u otras sociedades, salvo que dichas sociedades sean residentes en algún país con el que se tenga acuerdo amplio de intercambio de información.

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Pregunta

16.- ¿Quiénes no pueden tributar en el régimen Opcional para grupos de sociedades por no estar consideradas como sociedades integradoras o integradas?

Respuesta

 Las personas morales con fines no lucrativos comprendidas en el Título III de la Ley del ISR.

 Las que componen el sistema financiero y las sociedades de inversión de capitales creadas conforme a las leyes de la materia.

 Las residentes en el extranjero, inclusive cuando tengan establecimientos permanentes en el país.

 Las que se encuentren en liquidación.

 Las sociedades y asociaciones civiles, así como las sociedades cooperativas.

 Las personas morales que tributen como coordinados de autotransporte de carga o de pasaje.

 Las asociaciones en participación.

 Las que llevan a cabo operaciones de maquila.

 Las que tengan pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir, generadas antes de la fecha en que reúnan los requisitos para ser integrada o integradora.

 Las empresas que presten el servicio de transporte público aéreo.

Fundamento legal: Artículo 62, fracción I a X de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

17.- ¿Qué requisitos debe cumplir la sociedad integradora para obtener la autorización para aplicar el régimen Opcional para grupos de sociedades?

Respuesta

 Contar con la conformidad por escrito del representante legal de cada una de las sociedades integradas.

 Presentar la solicitud de autorización ante las autoridades fiscales a más tardar el día 15 de agosto del año anterior a aquél por el que se pretenda determinar el impuesto conforme a dicho régimen, acompañada con la información que señale el SAT.

 En la solicitud, señalar a todas las sociedades integradas.

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Pregunta

18.- ¿Qué ocurre con el régimen de Consolidación fiscal? Respuesta

Se elimina y se establece un esquema de salida para lo cual se prevén dos alternativas para el cálculo del impuesto diferido que se tenga al 31 de diciembre de 2013, así como un esquema de pago fraccionado en cinco ejercicios para el entero del impuesto diferido. Las empresas que aún se encuentren en el periodo obligatorio de 5 años de tributación en este régimen, podrán seguir aplicando las disposiciones de la consolidación fiscal y, una vez que concluya ese periodo, deben calcular y enterar el impuesto diferido que tengan a esa fecha a través del esquema fraccionado de pagos.

Fundamento legal: Artículo 64 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga y Artículo

Noveno, fracción XV de las disposiciones Transitorias de la LISR.

Pregunta

19.- ¿Continúa vigente para 2014 el régimen Simplificado? Respuesta

No. Se elimina este régimen.

Los coordinados o personas morales con la actividad del autotransporte terrestre de carga o de pasajeros y cuyos integrantes personas físicas o morales, también realizan dichas actividades continuarán cumpliendo sus obligaciones fiscales a través de la persona moral en el Régimen Fiscal de Coordinados, en el que se aplica el régimen de flujo establecido para las personas físicas con actividades empresariales.

En el caso de las personas morales del sector primario, deberán tributar en el régimen De las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y de pesca, en el cual también determinan el impuesto con el esquema de flujo de efectivo.

Fundamento legal: Artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga.

Pregunta

20.- ¿Cuáles son las personas que se incorporan al régimen de Personas morales con fines no lucrativos para poder ser autorizadas para recibir donativos?

Respuesta

Las instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia que realicen actividades:

 Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público.

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 De apoyo para el desarrollo de los pueblos y comunidades indígenas.

 De promoción de la equidad de género.

 De servicios para la atención a grupos sociales con discapacidad.

 De apoyo en el aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del ambiente, la flora y la fauna, la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como la promoción del desarrollo sustentable a nivel regional y comunitario, de las zonas urbanas y rurales.

 De promoción y fomento educativo, cultural, artístico, científico y tecnológico.

 De fomento de acciones para mejorar la economía popular.

 De participación en acciones de protección civil.

 De prestación de servicios de apoyo a la creación y fortalecimiento de organizaciones que realicen actividades objeto de fomento en términos de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil.

 De promoción y defensa de los derechos de los consumidores.

Fundamento legal: Artículo 79, fracciones XXV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

21.- ¿En qué régimen fiscal deben tributar a partir de 2014 las sociedades o asociaciones civiles dedicadas a la enseñanza y las organizadas con fines deportivos?.

Respuesta

Las instituciones de enseñanza privadas pueden continuar en el régimen de las personas morales con fines no lucrativos cuando mantengan u obtengan autorización del SAT para recibir donativos deducibles. De lo contrario deben tributar en el régimen General de las personas morales

En el caso de las sociedades o asociaciones con fines deportivos deben tributar conforme el régimen General de las personas morales.

Fundamento legal: Artículo 79, fracción X de la LISR

Pregunta

22.- ¿En qué cosiste el procedimiento de discrepancia fiscal? Respuesta

Consiste en que las autoridades fiscales pueden comprobar el origen de los ingresos de las personas físicas cuando realicen erogaciones o gastos en un año mayores a sus ingresos y no estén inscritas en el RFC o no presenten las declaraciones que les correspondan.

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Cuando se compruebe la discrepancia ésta se entenderá que es un ingreso gravado, se calculará el impuesto con la tarifa de las personas físicas y se emitirá la liquidación respectiva al contribuyente.

Fundamento legal: Artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

23.- ¿Qué conceptos pueden considerarse erogaciones efectuadas por cualquier persona física para efectos del procedimiento de discrepancia fiscal?

Respuesta

Los gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, en inversiones financieras o tarjetas de crédito.

Fundamento legal: Artículo 91, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

24.- ¿Cuál es el procedimiento que debe seguir la autoridad fiscal cuando a las personas físicas se les aplique el procedimiento de discrepancia fiscal?

Respuesta

Las autoridades fiscales:

 Notifican al contribuyente el monto de las erogaciones detectadas, la información que se utilizó para conocerlas, el medio por el cual se obtuvo y la discrepancia resultante.

 Notificarán al contribuyente que cuenta veinte días para informar a las autoridades fiscales, el origen de los recursos con que efectuó las erogaciones detectadas y ofrezca, en su caso, las pruebas para acreditar que los recursos no son ingresos gravados. Las autoridades podrán, por una sola vez, requerirle información o documentación adicional.

 Si la autoridad comprueba la discrepancia, se entenderá que es ingreso gravado y se formulará la liquidación de impuesto a cargo que corresponda.

Fundamento legal: Artículo 91, fracción I y II de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

25.- ¿Cómo comprueban los ejidatarios o comuneros que sus ingresos por la venta de parcelas y ejidos están exentos del ISR?

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Respuesta

Deben demostrar que es la primera venta o transmisión que realizan proporcionando la documentación que los acredite como el ejidatarios originales o titulares de los derechos comuneros, ante el notario fedatario público que formalice la venta.

Fundamento: Artículo 93 XXVIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

26.- ¿Cuál es la cantidad exenta del ISR cuando se obtienen ingresos por la enajenación de casa habitación?

Respuesta

El límite de la exención es de 700 mil UDIS (aproximadamente 3.5 millones de pesos), por el excedente el contribuyente debe pagar el impuesto correspondiente.

Fundamento: Artículo 93, fracción XIX, inciso a) de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

27.- ¿Continúan exentos del ISR los ingresos derivados de la venta de de acciones emitidas por sociedades mexicanas cuando se vendan a través de bolsas de valores?

Respuesta

No. A partir de 2014 se gravan los ingresos derivados de la venta o enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas cuando su enajenación se realice a través de bolsas de valores concesionadas o de acciones emitidas por sociedades extranjeras cotizadas en dichas bolsas de valores.

Fundamento: Artículo 109, fracción XXVI de la Ley del Impuesto sobre la Renta que

se abroga.

Pregunta

28.- ¿Cuál es el porcentaje máximo para aplicarse sobre el excedente del límite inferior en el cálculo de los pagos provisionales de personas físicas?

Respuesta

35%, aplicable aquellas personas que perciban ingresos gravables superiores a 250,001 pesos mensuales.

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Pregunta

29.- ¿Qué obligación tienen los patrones con las personas a las que les realicen pagos por concepto de salarios?

Respuesta

Expedir y entregar comprobantes fiscales en la fecha en que efectúen dichos pagos, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos laborales.

Fundamento: Artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

30.- ¿En qué consiste el régimen de Incorporación fiscal? Respuesta

En un tratamiento fiscal para las personas físicas con actividades empresariales y para las que prestan servicios que no requieran título profesional, con ingresos de hasta dos millones de pesos anuales. Dicho régimen tiene como fin preparar a las personas físicas para ingresar al régimen General, por lo que es aplicable durante un periodo de hasta 10 años, y al décimo primer año, estos contribuyentes se deben incorporar al régimen General de personas físicas con actividad empresarial.

Fundamento: Artículo 111 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

31.- ¿Cuáles son las características del régimen de Incorporación? Respuesta

 Solo se puede tributar en él por un periodo de hasta 10 años, sin posibilidad de volver.

 Se efectúan pagos definitivos bimestrales.

 El ISR a pagar se calcula sobre flujo de efectivo, restando al total de ingresos las deducciones autorizadas y la PTU pagada, y aplicando la tarifa bimestral.

 En caso de que los gastos o deducciones excedan de los ingresos del bimestre pueden deducir la diferencia contra los ingresos del periodo siguiente hasta agotarlo.

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 El impuesto se puede reducir con los porcentajes y de acuerdo al número de años que tengan en este régimen, conforme a la siguiente tabla:

Reducción del impuesto sobre la renta a pagar:

Años: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Por la presentación de información ingresos, erogaciones y proveedores. 100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10%

Fundamento: Artículos 111 a 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

32.- ¿Qué beneficios se otorgan a los contribuyentes en el régimen de Incorporación? Respuesta

 Descuentos en el ISR del 100% del pago, en el primer año, el cual disminuye paulatinamente los siguientes diez años.

 Los pagos se realizarán de manera simplificada bimestralmente.

 Poder calcular y enterar el pago de ISR e IVA mediante la el programa electrónico pre llenado con la información de ingresos y gastos realizados por el contribuyente, dando la opción de realizar correcciones o agregar la información que no considerada.

Fundamento: Artículos 111 a 113 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

33.- ¿Qué obligaciones se deben cumplir en el régimen de Incorporación?

Respuesta

 Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

 Conservar comprobantes con requisitos fiscales, cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación.

 Registrar en los medios o sistemas electrónicos los ingresos, egresos, inversiones y deducciones.

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 Efectuar el pago de sus compras e inversiones, mayores a $2,000.00 con cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.

Efectuar las retenciones de ISR a trabajadores, en caso de tenerlos, y enterarlo bimestralmente, los días 17 del mes posterior al bimestre.

 Presentar en forma bimestral ante el SAT, los datos de los ingresos y erogaciones realizadas, así como la información de las operaciones con sus proveedores en el bimestre anterior.

Fundamento: Artículo 112 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

34.- ¿Cuál es el monto del impuesto que se debe pagar sobre los ingresos de las personas físicas por enajenación de acciones en bolsas de valores?

Respuesta

Deben pagar el impuesto de 10% sobre la ganancia obtenida derivada de la enajenación de acciones. El impuesto pagado se considerará como definitivo.

Fundamento legal: Artículo 129, primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

35.- ¿En qué régimen deben tributar las personas físicas que enajenen acciones a través de la Bolsa de Valores?

Respuesta

En el régimen De la Enajenación de Acciones en Bolsas de Valores, previsto en el Título IV, Capítulo IV, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Fundamento legal: Artículo 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

36.- ¿Cuáles son los conceptos por los que se debe pagar impuesto por enajenación de acciones en bolsa de valores?

Respuesta

Entre otros, los siguientes:

 La enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas o de títulos que representen exclusivamente a dichas acciones.

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 Acciones emitidas por sociedades extranjeras cotizadas en dichas bolsas de valores o mercados de derivados.

 La enajenación de títulos que representen índices accionarios enajenados en las bolsas de valores o mercados de derivados.

 Las operaciones financieras derivadas de capital referidas a acciones colocadas en bolsas de valores concesionadas.

Fundamento legal: Artículo 129 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

37.- ¿Cuáles son los ingresos a los que también se les aplica el mismo tratamiento de intereses para efectos fiscales?

Respuesta

A los pagos efectuados por las instituciones de seguros a los asegurados o a sus beneficiarios, por los retiros parciales o totales que realicen de las primas pagadas, o de los rendimientos, así como a los pagos que efectúen a los asegurados o a sus beneficiarios en el caso de seguros cuyo riesgo amparado sea la supervivencia del asegurado.

Fundamento legal: Artículo 133, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

38.- Las personas físicas que perciban ingresos por intereses reales ¿deben acumularlos a los demás ingresos que obtengan en el año para efectos de presentar declaración anual?

Respuesta

Sí. Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos los intereses reales percibidos en el ejercicio.

Sin embargo, las personas físicas que únicamente obtengan ingresos acumulables por intereses, podrán optar por considerar la retención que se efectúe como pago definitivo, siempre que dichos ingresos no excedan de $100,000.00.

Fundamento legal: Artículos 134 y 135, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

39.- ¿Cuál es la tasa adicional que deben aplicar las personas morales que distribuyan dividendos o utilidades a personas físicas o residentes en el extranjero?

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Respuesta

Se aplica la tasa adicional del 10%. Este impuesto tendrá el carácter de pago definitivo

Fundamento legal: Artículo 140, segundo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

40.- ¿Cómo se debe realizar el pago de salarios y conceptos asimilados por cantidades mayores a 2,000 mil pesos, para que sean deducibles para el ISR?

Respuesta

El pago se debe realizar mediante transferencia electrónicas de fondos de cuentas a nombre del contribuyente en instituciones financieras (bancarias); cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, débito, de servicios, o a través de los denominados monederos electrónicos.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar a través de los medios citados, cuando se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros.

Fundamento legal: Artículo 147 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

41.- ¿Existe alguna condición para que las personas físicas puedan deducir los pagos por honorarios médicos y dentales, gastos hospitalarios y los de transportación escolar obligatoria?

Respuesta

Sí, los pagos deben efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas a nombre del contribuyente en instituciones financieras (bancarias) o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.

Las autoridades fiscales podrán liberar de la obligación de pagar a través de los medios citados, cuando se efectúen en poblaciones o en zonas rurales sin servicios financieros.

Fundamento: Artículo 151, fracción I y VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

42.- ¿Cuál es monto máximo que las personas físicas pueden deducir en la declaración anual por concepto de gastos personales y de las cuentas personales del ahorro?

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Respuesta

La cantidad que resulte menor entre el 10% del ingreso anual total del contribuyente, incluyendo ingresos exentos, y un monto equivalente a cuatro salarios mínimos anuales correspondientes al área geográfica del Distrito Federal. Esta limitante no es aplicable tratándose de los donativos otorgados a personas autorizadas.

Fundamento: Artículo 151, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

43.- ¿Cuál es el monto máximo de los créditos hipotecarios para la adquisición de casa habitación para que se puedan deducir en la declaración anual de las personas físicas los intereses reales pagados por dichos créditos?

Respuesta

El monto total de los créditos otorgados para la adquisición de dicho inmueble no debe exceder de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.

Fundamento: Artículo 151, fracción IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

44.- ¿Cuál es el porcentaje que las personas físicas pueden deducir por concepto de donativos que efectúen a favor de la Federación, entidades Federativas, Municipios u organismos descentralizados?

Respuesta

El 4% del total de utilidad fiscal obtenida o de sus ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior.

Fundamento: Artículo 151, fracción III, penúltimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre

la Renta.

Pregunta

45.- ¿Cuáles son los cambios a la tarifa anual de las personas físicas? Respuesta

Se modifica para establecer que las personas físicas con ingresos mayores de 750 mil pesos anuales tributen a una tasa de 32%, los ingresos superiores a 1 millón de pesos paguen una tasa de 34%, quienes obtengan ingresos por encima de 3 millones de pesos anuales sean gravados con la tasa de 35%.

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Pregunta

46.- ¿Qué requisitos se establecen a las empresas maquiladoras para continuar tributando como tales?

Respuesta

 Que la totalidad de sus ingresos, provengan exclusivamente de su operación de maquila

 Que las mercancías suministradas por el residente en el extranjero al amparo de un Programa de Maquila, se sometan a un proceso de transformación o reparación, sean importadas temporalmente y se retornen al extranjero.

 Que cuando las empresas que realicen los procesos de transformación o reparación, incorporen en sus procesos productivos mercancías nacionales o extranjeras, que no sean importadas temporalmente, éstas deberán exportarse o retornarse junto con las mercancías que hubieren importado temporalmente.

 Que los procesos de transformación o reparación se realicen con maquinaria y equipo propiedad del residente en el extranjero con el que las empresas tengan contrato de maquila, siempre que no hayan sido propiedad de la empresa que realiza la operación de maquila o de otra empresa residente en México de la que sea parte relacionada.

Fundamento: Artículo 181 de la Ley del Impuesto sobre la Renta

Pregunta

47.- ¿Qué plazo tienen los residentes en el extranjero que realicen actividades de maquila a través de la empresa de maquila bajo la modalidad de albergue para aplicar este tratamiento?

Respuesta

Únicamente podrán aplicarlo por un periodo de 4 años consecutivos.

Fundamento: Artículo 183, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Pregunta

48.- ¿Para el 2014 se podrá aplicar la deducción inmediata de inversiones en activos fijos?

Respuesta

No, en virtud que se elimina esta opción para la deducción de inversiones.

Los contribuyentes que hasta el 31 de diciembre de 2013 hayan optado por efectuar la deducción inmediata, no podrán deducir la parte no deducida de los mismos.

(19)

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

Fundamento: Artículo 220 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga.

Pregunta

49.- ¿Cuáles son los regímenes que se eliminan en la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta?

Respuesta

 Régimen Simplificado

Fundamento legal: Se establecía en los artículos del 79 al 85 de la LISR que se abroga y 69

de la nueva Ley del ISR.  Régimen de consolidación fiscal.

Fundamento legal: artículos 64 a 78 de la Ley de ISR que se abroga y Tercero transitorio

fracción XV de la nueva Ley de ISR.  Régimen Intermedio.

Fundamento legal: Se establecía en los artículos del 134 al 136-BIS de la LISR que se

abroga.  Régimen de Pequeños contribuyentes.

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