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Configuración y Funcionamiento de los Modelos Fiscales: 111, 190, 115, 180, 303, 340, 390, 347 y 349

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Configuración y Funcionamiento de

los Modelos Fiscales:

111, 190, 115, 180, 303, 340, 390, 347 y 349

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1.0 Configuración General Modelos Fiscales 4 2.0 Modelo 111- Retenciones e ingresos a cuenta.

Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias

patrimoniales e imputaciones de Renta. 8

2.1 Configuración 8

2.2 Funcionamiento - Generación del Modelo 9 3.0 Modelo 190 - Declaración Informativa.

Retenciones e ingresos a cuenta 12

3.1 Configuración 12

3.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 13 4.0 Modelo 115 - Retenciones e ingresos a cuenta.

Rentas o rendimientos procedentes del

arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles

urbanos 17

4.1 Configuración 17

4.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 18 5.0 Modelo 180 - Declaración Informativa.

Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles

urbanos. Resumen anual. 20

5.1 Configuración 20

5.2 Funcionamiento – Generación del modelo 21

6.0 Modelo 303 – Autoliquidación de IVA 23

6.1 Configuración 23

6.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 27

6.2.1 Página Identificación 28

6.2.2 Página de Liquidación 29

7.0 Modelo 340 – Declaración de Operaciones 35

7.1 Configuración 35

7.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 36

7.2.1 Pantalla Modelo 340 36

7.2.2 Condiciones para elaborar el modelo 340 54

8.0 Modelo 390. Resumen Anual IVA 55

8.1 Configuración 55

8.2 Funcionamiento – Generación del Modelo 56

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9.0 Modelo 347 - Declaración anual de operaciones

con terceras personas 68

9.1 Configuración 68

9.2 Funcionamiento- Generación del Modelo 69

10.0 Anexo – Novedades Modelos Fiscales: Versión

23.0 76

10.1 Nueva actualización de tu gestión Sage Eurowin 76

10.1.1 Modelos Fiscales 76

10.1.2 ¿Qué clientes pueden actualizarse? 76

10.2 Actualización de la versión de Modelos (23.0) 76

10.3 Novedades en el Modelo 180 77

10.3.1 Pantalla de asientos 77

10.3.2 Formulario del modelo 180 78

10.3.3 Fichero del modelo 180 79

10.4 Novedades en el modelo 115 79

10.4.1. Formulario del modelo 115 80

10.4.2. Fichero del modelo 115 80

10.3. Novedades del modelo 190 80

10.4.1 Formulario del modelo 190 80

10.4.2 Fichero del modelo 190 80

10.4. Novedades del modelo 303 81

10.4.3 Formulario del modelo 303 81

10.4.4 Fichero del modelo 303 84

10.5. Novedades del modelo 390 84

10.4.5 Formulario del modelo 390 84

10.4.6 Fichero del modelo 390 88

11.0 Anexo 2 – Novedades Modelos Fiscales: versión

24.0 89

11.1 Novedades del modelo 347 89

11.1.1 Tipo identificación fiscal 89

11.1.2 RECC 90

11.1.3 Importe anual de las operaciones devengadas con

RECC 90

11.1.4 ISP 90

11.2 Listado 347 91

11.3 Circular informativa del 347 91

11.4 Circular informativa del 347 91

11.5 Listado de histórico de importes declarados en

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Para el correcto funcionamiento de los Modelos es necesaria su configuración.

Desde la opción de CONFIGURACIÓN DE LOS MODELOS se permite insertar aquellos datos necesarios para poder generar los modelos.

Esta pantalla consta de dos pestañas:

- DATOS GENERALES: En este apartado se indicarán los datos referentes a la empresa necesarios para la generación de los diferentes modelos.

- MODELOS: Esta pestaña permitirá relacionar los diferentes tipos de IVA y de Retenciones que utiliza la empresa con su concepto equivalente en los diferentes modelos.

Datos Generales

Los datos solicitados en DATOS GENERALES, en el subapartado IDENTIFICACIÓN, se capturan automáticamente de la información indicada en el mantenimiento de empresa. El usuario los podrá modificar y completar tal y como sea necesario.

En el subapartado DATOS DE CONTACTO, será necesario identificar la persona de contacto y el teléfono de contacto del responsable de la presentación de los modelos de la empresa. Esta información será la que se incluirá como persona y teléfono de contacto en la generación de los modelos.

Las casillas destinadas a CUENTA DE INGRESO/DEVOLUCIÓN permitirán al usuario predefinir la cuenta bancaria que se desea utilizar en los modelos.

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En DIRECTORIO DE GENERACIÓN DE LOS MODELOS se deberá indicar la ruta en la que se guardarán los modelos generados. Es aconsejable que los modelos se guarden en una carpeta del servidor a la que todos los usuarios tengan acceso, de esta forma se conseguirán centralizar los diferentes modelos generados desde los diferentes puestos de trabajo.

El botón ACTUALIZAR resultará de vital importancia ya que permitirá actualizar los modelos a través de una conexión a Internet. Ello garantiza la disponibilidad inmediata de las diferentes correcciones o actualizaciones que se realicen a los modelos sin necesidad de actualizar todo su EUROWIN. Al pulsar este botón, el programa abrirá una subpantalla que corresponde con la siguiente:

El usuario deberá pulsar el botón COMPROBAR ACTUALIZACIONES, el programa comprobará de forma automática si existen ficheros de actualización no instalados y el programa instalará de forma automática dichas actualizaciones.

- Fichero: Nombre del fichero del FTP - Ult. Actualización: Fecha del fichero - Bytes: Tamaño que ocupa.

En la actualización el programa actualizará las tablas necesarias para el correcto funcionamiento de los modelos.

Una vez finalizada la actualización, el programa avisará de la necesidad de reiniciar el programa para que los cambios se apliquen correctamente.

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Si el proceso de actualización no se realiza correctamente, el programa mostrará los siguientes avisos:

- Si existe alguna incidencia en la actualización de las tablas:

- Si existe alguna incidencia en la actualización de los ficheros, el aviso será el siguiente:

Además, a nivel informativo, el programa mostrará un listado con las incidencias encontradas durante el proceso de actualización:

Puede ocurrir que el usuario no tenga acceso/permiso para copiar las carpetas al PRGERR para poder actualizar. El programa al detectar esta incidencia mostrará el siguiente aviso:

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En el caso de no detectarse nuevas actualizaciones para instalar, el programa mostrará el siguiente aviso:

El botón permitirá descargar la última versión del manual que detallará la configuración así como el funcionamiento de las nuevas opciones incorporadas.

Modelos

Desde la pestaña de MODELOS se podrá configurar cada uno de los diferentes modelos que se pueden generar con EUROWIN:

- Modelo 111. Retenciones e Ingreos a cuenta. - Modelo 190. Resumen Anual del modelo 111.

- Modelo 115. Retenciones e Ingresos a cuenta. Arrendamientos de inmuebles. - Modelo 180. Resumen Annual del modelo 180.

- Modelo 303. Autoliquidación de IVA. - Modelo 340. Declaración de Operaciones. - Modelo 390. Resumen Annual del modelo 303. - Modelo 347. Declaración Informativa de operaciones.

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¿Qué es el modelo 111?

El modelo 111 es el modelo trimestral por el que las empresas, autónomos y demás obligados tributarios, declaran e ingresan las retenciones que han practicado durante el trimestre a trabajadores, a profesionales o a empresarios.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Todo tipo de empresario, profesional o sociedad que durante el trimestre o mes correspondiente (será mensual para Grandes Empresas) hayan retenido (descontado) parte de los importes correspondientes a nóminas de empleados, a facturas de profesionales, a de facturas de compra de algunas actividades, y otros casos más infrecuentes.

2.1 Configuración

La configuración del modelo 111 consiste en relacionar cada uno de los TIPOS DE RETENCIONES creados y utilizados por la empresa con los diferentes GRUPOS DE CONTRIBUYENTES. Estos grupos de contribuyentes se relacionarán con los CONCEPTOS DE RETENCIÓN que se deberán declarar en el modelo 111.

La pantalla de configuración es la siguiente:

Para cada concepto a declarar en el modelo, se debe asociar el correspondiente grupo de contribuyente. Los diferentes conceptos se muestran en la pantalla en color verde. El usuario indicará el código de grupo de contribuyente relacionado con cada concepto.

- Rendimientos de trabajo: nóminas, finiquitos, etc. - Rendimientos de algunas actividades económicas: - Premios de participación en juegos, concursos, rifas…

- Ganancias patrimoniales por aprovechamiento forestal en montes públicos. - Cesiones de imágenes art, 92 LIS.

GRUPOS DE CONTRIBUYENTES:

2.0 Modelo 111- Retenciones e ingresos a cuenta.

Rendimientos del trabajo y de actividades

económicas, premios y determinadas ganancias

patrimoniales e imputaciones de Renta.

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El mantenimiento de grupos de contribuyentes se encuentra dentro del módulo de contabilidad, en el menú Archivos.

Se deberán crear todos los grupos de contribuyentes necesarios para la correcta presentación del modelo.

Una vez creados los grupos de contribuyentes se deberán relacionar con el correspondiente tipo de retención. Un mismo grupo de contribuyente puede asociarse a diferentes tipos de retención.

TIPOS DE RETENCIONES:

Para asociarlos, se deberá acceder al mantenimiento de tipos de retenciones, dentro del módulo de contabilidad, en el menú archivos “TIPOS DE RETENCIONES”.

Finalmente, estos grupos de contribuyentes se deberán asociar a cada concepto dentro de la configuración del modelo 111.

2.2 Funcionamiento - Generación del Modelo

Para poder generar el Modelo 111 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente periodo de retención.

Aunque la liquidación de los diferentes periodos sigue el funcionamiento habitual hay que tener en cuenta los siguientes puntos:

- En primer lugar se debe revisar la configuración de los períodos de retención según si se liquidará trimestral o mensualmente (dependiendo de las características de la empresa), desde el módulo Contabilidad » menú Archivos » opción Períodos de retención.

- Desde el menú Fiscal » opción Liquidar retenciones, se puede generar de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de retención que muestra por defecto el programa, o simplemente marcarlo como liquidado. El período a liquidar no es seleccionable por el usuario ya que Eurowin no permite liquidar un período si el anterior no lo está.

- Una vez liquidado el período en cuestión ya se podrá generar el modelo.

El acceso a la generación del modelo 111 de retenciones e ingresos a cuenta será mediante el Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 111 » pantalla Modelo 111.

Ilustración 2. Grupos de contribuyentes

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Al entrar a la pantalla de generación del modelo 111, aparece la siguiente información:

- Periodo: El programa muestra el periodo que se va a liquidar. Siempre muestre el último periodo liquidado. No es modificable.

- Grupos: Se permite seleccionar el rango de grupos de contribuyentes a incluir en la generación del modelo. Por defecto, el programa muestra desde el primer hasta el último grupo.

Para generar el modelo, se deberá pulsar el botón “Generar Modelo”:

En este apartado se muestran aquellas cuentas que están incluidas dentro de algún registro de retención.

El programa utilizará el Grupo de contribuyente indicado dentro del Tipo de retención para clasificar la retención.

Pulsando el botón GENERAR, el programa generará un fichero que contendrá los datos correspondientes a la declaración. Este fichero quedará almacenado, por defecto, en la ruta configurada en el apartado de configuración de modelos y añadirá de forma automática una

Ilustración 4. Modelo 111

Ilustración 5. Generación del modelo 111

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carpeta con el ejercicio y código de modelo (111). El nombre del fichero estará formado por la siguiente estructura: CIFEMPRESA_EJERCICIO_PERIODO.111.TXT

El fichero generado se deberá recuperar con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria “Informativas” para completar los datos, validar el contenido y generar el fichero definitivo de presentación.

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¿Qué es el modelo 190?

Es el resumen anual del modelo 111 que se presenta trimestralmente, es decir, del modelo por el que las empresas, autónomos y demás obligados tributarios, liquidan las retenciones derivadas (principalmente de las nóminas de los trabajadores y de las retenciones en factura a profesionales). También para casos especiales como premios y determinadas ganancias patrimoniales.

¿Quién está obligado a presentarlo?

Aquellos que están obligados a presentar trimestralmente el modelo 111.

¿Cuándo hay que presentarlo?

Si el papel impreso ha sido generado informáticamente mediante el Programa de Ayuda o el módulo de impresión desarrollado por la Agencia Tributaria, el plazo de presentación del modelo 190 será el comprendido entre los días 1 y 31 de enero de cada año.

3.1 Configuración

Aunque la configuración de este modelo es idéntica a la del modelo 111, se procede a realizar una revisión de la misma:

- Será necesario crear tantos GRUPOS DE CONTRIBUYENTES como conceptos de retención se utilicen en la empresa.

- A cada tipo de retención configurado se deberá indicar el grupo de contribuyente. De esta forma el programa podrá identificar el concepto por el cual se ha realizado la retención.

- Para que al generar el fichero del 190 se pueda identificar el importe de retención realizado en cada uno de los conceptos de retención, será necesario tener indicada en esta pantalla de configuración el GRUPO DE CONTRIBUYENTE correspondiente a cada CONCEPTO DE RETENCIÓN.

3.0 Modelo

190

-

Declaración

Informativa.

Retenciones e ingresos a cuenta

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3.2 Funcionamiento – Generación del Modelo

Para poder generar el Modelo 190 desde Eurowin deben estar liquidados todos los periodos de retención.

Aunque la liquidación de los diferentes periodos sigue el funcionamiento habitual hay que tener en cuenta los siguientes puntos:

- En primer lugar se debe revisar la configuración de los períodos de retención según si se liquidará trimestral o mensualmente (dependiendo de las características de la empresa), desde el módulo Contabilidad » menú Archivos » opción Períodos de retención.

- Desde el menú Fiscal » opción Liquidar retenciones, se puede generar de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de retención que muestra por defecto el programa, o simplemente marcarlo como liquidado. El período a liquidar no es seleccionable por el usuario ya que Eurowin no permite liquidar un período si el anterior no lo está.

- Una vez liquidados todos los períodos ya se podrá generar el modelo.

El acceso a la generación del modelo 190 de Resumen Anual de retenciones e ingresos a cuenta será mediante el Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 190 » pantalla Modelo 190.

Al entrar a la pantalla de generación del modelo 111, aparece la siguiente información:

Esta opción permitirá realizar tanto la generación del modelo 190 como la consulta de determinados datos referentes a retenciones, por este motivo se podrán configurar las opciones que se detallan a continuación:

- Grupos: Permitirá indicar desde / hasta los grupos de retención que se desean incluir en la consulta. En el caso de realizar la acotación para generar el modelo 190 deberá recordar excluir el/los grupos de contribuyentes correspondiente que no se deban declarar en este modelo como por ejemplo los arrendamientos.

El botón VER, permitirá acceder al listado de retenciones por grupo de contribuyente. De esta forma se podrán consultar los datos que aparecerán posteriormente en la declaración.

Ilustración 8. Generación Modelo 190

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El botón GENERAR MODELO, será el que permitirá generar el fichero en formato TXT que contendrá los datos de la declaración.

Al pulsar esta opción, el programa mostrará la siguiente pantalla:

En este apartado se muestran aquellas cuentas que están incluidas dentro de algún registro de retención.

El programa utilizará el Grupo de contribuyente indicado dentro del Tipo de retención para clasificar si la retención se mostrará “Imp. Dineraria”, que corresponderá a la base de las retenciones dinerarias, “Ret. Dineraria” que hará referencia al importe de retención dineraria, “Imp. Especie” que mostrará la base de las retenciones en especie y “Ret. Especie” que corresponderá al importe de retenciones en especie.

Además, para los registros informados relativos a trabajadores asalariados es necesario informar de lo siguiente:

- Año nacimiento - Situación familia - NIF cónyuge - Contrato / relación

Ilustración 10. Generación del Modelo 190

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- Tipo Identificador

Para indicar esta información, se deberá acceder al mantenimiento de “Información fiscal por cuenta contable”.

Los registros que precisen esta información y no esté debidamente cumplimentada, el programa los mostrará en color rosa.

INFORMACIÓN FISCAL POR CUENTA CONTABLE:

Se puede acceder desde la propia pantalla de generación del modelo o desde el módulo de contabilidad, Fiscal, Información fiscal por cuenta contable.

Los campos para informar en esta pantalla son los detallados a continuación:

- Código: El usuario seleccionará la cuenta contable correspondiente a los datos a introducir. Normalmente se corresponderá con una cuenta 465.

- Nombre: El programa mostrará la descripción del código de la cuenta seleccionada. - NIF: El programa mostrará el NIF informado en la ficha de la cuenta

(proveedor/trabajador).

- Tipo de Identificación fiscal: Campo necesario para la correcta generación del Modelo 340. Se deberá indicar de qué tipo de identificador se trata. Los posibles son:

o NIF

o NIF/IVA (NIF operador intracomunitario) o Pasaporte

o Documento Oficial

o Certificado de Residencia o Otro documento Probatorio

- Año de nacimiento: El usuario indicará la fecha de nacimiento.

- Situación familiar: Campo necesario para la correcta generación del Modelo 190. Los valores posibles son:

1. Si el perceptor es soltero, viudo, divorciado o separado legalmente y tiene hijos menores de 18 años o mayores incapacitados sujetos a patria potestad que conviven exclusivamente con él, siempre que tenga, al menos, un hijo o descendiente con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes a que se refiere el artículo 58 de la Ley del Impuesto.

2. Si el perceptor está casado y no separado legalmente y su cónyuge no tiene rentas anuales superiores a la cuantía a la que se refiere la situación 2ª de las contempladas en el artículo 81.1 del Reglamento del Impuesto.

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3. La situación familiar del perceptor es distinta de las anteriores o no deseó manifestarla ante la persona o entidad retenedora.

- NIF Cónyuge: Campo necesario para la correcta generación del Modelo 190 si se selecciona como situación familiar la de Tipo 2.

- Contrato: Campo necesario para la correcta generación del Modelo 190. Los valores posibles son:

1. Contrato o relación de carácter general, que comprenderá todas las situaciones no contempladas en los códigos numéricos 2, 3 y 4 siguientes.

2. Contrato o relación de duración inferior al año, con excepción de los supuestos contemplados en el código 4.

3. Contrato o relación laboral especial de carácter dependiente, con excepción de los rendimientos obtenidos por los penados en las instituciones penitenciarias y de las relaciones laborales de carácter especial que afecten a personas con discapacidad, que se considerarán comprendidos en el código 1.

4. Relación esporádica propia de los trabajadores manuales que perciben sus retribuciones por peonadas o jornales diarios, a que se refiere la regla 2ª del artículo 83.2 del Reglamento del Impuesto.

NOTA: Se precisa crear una ficha de proveedor para cada cuenta 465 (ficha de trabajador). Alguna información necesaria para la presentación del modelo 190 se recoge de la ficha de proveedor (trabajador). Es el caso del código postal.

Pulsando el botón GENERAR, el programa generará un fichero que contendrá los datos correspondientes a la declaración. Este fichero quedará almacenado, por defecto, en la ruta configurada en el apartado de configuración de modelos y añadirá de forma automática una carpeta con el ejercicio y código de modelo (190). El nombre del fichero estará formado por la siguiente estructura: CIFEMPRESA_EJERCICIO_PERIODO.190.TXT

El fichero generado se deberá recuperar con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria “Informativas” para completar los datos, validar el contenido y generar el fichero definitivo de presentación.

Dentro de la opción de “Modelo 190”, en la pantalla inicial, también existe la opción “Impresora” o “Pantalla”, de forma que el resultado de la consulta de podrá visualizar por pantalla o bien por impresora. Es importante tener en cuenta que las opciones pantalla o impresora afectan a la opción “Ver”, consistente en un listado y NO a la opción “Generar Modelo” ya que éste solamente se podrá generar en formato fichero.

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¿Qué es el modelo 115?

El Modelo 115, es conocido comúnmente como la declaración trimestral de las retenciones por alquileres.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 115?

Este modelo solo estarán obligados a presentarlos todas aquellas empresas individuales, profesionales o sociedades que paguen alquileres por locales u oficinas. Siempre que sean inmuebles urbanos.

No estarán obligados a presentarlo:

- Cuando sean alquileres de vivienda que las empresas les pagan a sus trabajadores. - Cuando los alquileres pagados no superen los 900 € anuales a un mismo arrendador - Cuando el arrendador (quien alquila), acredite al arrendatario (el inquilino), estar

incluido en alguno de los epígrafes del grupo 861, es decir los relacionados con los alquileres, siempre que la cuota a pagar por estos epígrafes del impuesto de actividades económicas no sea cuota cero. Dentro de este punto, hay que puntualizar que, para poder considerarse exento de la obligación de retener, es necesario que se le pida al arrendador (dueño del local), un certificado de Hacienda donde ésta acredite la exención del propietario.

- Cuando hablamos de arrendamientos financieros, es decir de leasing.

4.1 Configuración

Aunque la configuración de este modelo es idéntica a la del modelo 111 y 190, se procede a realizar una revisión de la misma:

- Será necesario crear tantos GRUPOS DE CONTRIBUYENTES como conceptos de retención se utilicen en la empresa.

- A cada tipo de retención configurado se deberá indicar el grupo de contribuyente. De esta forma el programa podrá identificar el concepto por el cual se ha realizado la retención.

- Para que al generar el fichero del 115 se pueda identificar el importe de retención realizado en cada uno de los conceptos de retención, será necesario tener indicada en esta pantalla de configuración el GRUPO DE CONTRIBUYENTE correspondiente a cada CONCEPTO DE RETENCIÓN.

4.0 Modelo 115 - Retenciones e ingresos a cuenta.

Rentas

o

rendimientos

procedentes

del

arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles

urbanos

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4.2 Funcionamiento – Generación del Modelo

Para poder generar el Modelo 115 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente periodo de retención.

Aunque la liquidación de los diferentes periodos sigue el funcionamiento habitual hay que tener en cuenta los siguientes puntos:

- En primer lugar se debe revisar la configuración de los períodos de retención según si se liquidará trimestral o mensualmente (dependiendo de las características de la empresa), desde el módulo Contabilidad » menú Archivos » opción Períodos de retención.

- Desde el menú Fiscal » opción Liquidar retenciones, se puede generar de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de retención que muestra por defecto el programa, o simplemente marcarlo como liquidado. El período a liquidar no es seleccionable por el usuario ya que Eurowin no permite liquidar un período si el anterior no lo está.

- Una vez liquidado el período en cuestión ya se podrá generar el modelo.

El acceso a la generación del modelo 115 de retenciones e ingresos a cuenta será mediante el Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 115 » pantalla Modelo 115.

Al entrar a la pantalla de generación del modelo 115, aparece la siguiente información:

- Periodo: El programa muestra el periodo que se va a liquidar. Siempre muestre el último periodo liquidado. No es modificable.

Para generar el modelo, se deberá pulsar el botón “Generar Modelo”:

Ilustración 13. Configuración modelo 115

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En este apartado se muestran aquellas cuentas que están incluidas dentro de algún registro de retención.

El programa utilizará el Grupo de contribuyente indicado dentro del Tipo de retención para clasificar la retención. Únicamente se mostrarán registros de asientos con retención cuyo grupo de contribuyente asociado sea el informado en la configuración del modelo 115.

Pulsando el botón GENERAR, el programa generará un fichero que contendrá los datos correspondientes a la declaración. Este fichero quedará almacenado, por defecto, en la ruta configurada en el apartado de configuración de modelos y añadirá de forma automática una carpeta con el ejercicio y código de modelo (115). El nombre del fichero estará formado por la siguiente estructura: CIFEMPRESA_EJERCICIO_PERIODO.115.TXT

El fichero generado se deberá recuperar con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria “Informativas” para completar los datos, validar el contenido y generar el fichero definitivo de presentación.

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¿Qué es el modelo 180?

El modelo 180, es el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes urbanos. Es el resumen anual del modelo 115 que presentamos trimestralmente

¿Quién está obligado a presentarlo?

Estarán obligados a presentarlo aquellos que lo estén de modelo 115, es decir todas aquellas empresas individuales, profesionales o sociedades que paguen alquileres por locales u oficinas. Siempre que sean inmuebles urbanos.

¿Cuándo hay que presentarlo?

Cuando la declaración impresa se genera mediante el programa de ayuda desarrollado por la Agencia Tributaria, o mediante el módulo de impresión desarrollado por la misma, el plazo para la presentación será el comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año.

Hay que tener en cuenta de que los casos en los que los días de finalización del plazo, caigan en sábado, domingo o festivo, el plazo será hasta el siguiente día hábil.

5.1 Configuración

Aunque la configuración de este modelo es idéntica a la del modelo 115, se procede a realizar una revisión de la misma:

- Será necesario crear tantos GRUPOS DE CONTRIBUYENTES como conceptos de retención se utilicen en la empresa.

- A cada tipo de retención configurado se deberá indicar el grupo de contribuyente. De esta forma el programa podrá identificar el concepto por el cual se ha realizado la retención.

- Para que al generar el fichero del 115 se pueda identificar el importe de retención realizado en cada uno de los conceptos de retención, será necesario tener indicada en esta pantalla de configuración el GRUPO DE CONTRIBUYENTE correspondiente a cada CONCEPTO DE RETENCIÓN.

5.0 Modelo

180

-

Declaración

Informativa.

Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos

procedentes del arrendamiento de inmuebles

urbanos. Resumen anual.

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5.2 Funcionamiento – Generación del modelo

Para poder generar el Modelo 118 desde Eurowin deben estar liquidados todos los periodos de retención.

Aunque la liquidación de los diferentes periodos sigue el funcionamiento habitual hay que tener en cuenta los siguientes puntos:

- En primer lugar se debe revisar la configuración de los períodos de retención según si se liquidará trimestral o mensualmente (dependiendo de las características de la empresa), desde el módulo Contabilidad » menú Archivos » opción Períodos de retención.

- Desde el menú Fiscal » opción Liquidar retenciones, se puede generar de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de retención que muestra por defecto el programa, o simplemente marcarlo como liquidado. El período a liquidar no es seleccionable por el usuario ya que Eurowin no permite liquidar un período si el anterior no lo está.

- Una vez liquidados todos los periodos, ya se podrá generar el modelo.

El acceso a la generación del modelo 118 de retenciones e ingresos a cuenta será mediante el Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 118 » pantalla Modelo 118.

Al entrar a la pantalla de generación del modelo 118, aparece la siguiente información:

En este apartado se muestran aquellas cuentas que están incluidas dentro de algún registro de retención.

El programa utilizará el Grupo de contribuyente indicado dentro del Tipo de retención para clasificar la retención. Únicamente se mostrarán registros de asientos con retención cuyo grupo de contribuyente asociado sea el informado en la configuración del modelo 180.

Pulsando el botón GENERAR, el programa generará un fichero que contendrá los datos correspondientes a la declaración. Este fichero quedará almacenado, por defecto, en la ruta configurada en el apartado de configuración de modelos y añadirá de forma automática una

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carpeta con el ejercicio y código de modelo (180). El nombre del fichero estará formado por la siguiente estructura: CIFEMPRESA_EJERCICIO_PERIODO.180.TXT

El fichero generado se deberá recuperar con el programa de ayuda de la Agencia Tributaria “Informativas” para completar los datos, validar el contenido y generar el fichero definitivo de presentación.

(23)

6.1 Configuración

La configuración del modelo 303 consiste en relacionar cada uno de los TIPOS DE IVA creados y utilizados por la empresa con los diferentes CONCEPTOS DE IVA que se deberán declarar en el modelo 303, se adjunta una impresión del modelo oficial para poder ver la relación entre los CONCEPTOS DE IVA y el MODELO OFICIAL.

La pantalla de configuración del modelo es la siguiente:

En la parte superior, el programa muestra los diferentes conceptos que se deberán separar en la generación del modelo oficial y en la parte inferior, el programa permite relacionar los diferentes tipos de IVA utilizados para registrar cada uno de los conceptos. Si analizamos cada uno de los CONCEPTOS:

- IVA Devengado – Primer IVA (casillas 01, 02 y 03 del modelo oficial):

En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 4 %. En el momento de generar el modelo, para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros que sean

6.0 Modelo 303 – Autoliquidación de IVA

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de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 16, 17 y 18 del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos de IVA indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.

- IVA Devengado – Segundo IVA (casillas 04, 05 y 06 del modelo oficial):

En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 10 %. En el momento de generar el modelo, para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 19, 20 y 21 del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.

- IVA Devengado – Tercer IVA (casillas 07, 08 y 09 del modelo oficial):

En este apartado se deberán indicar el o los tipos de IVA que se utilizarán para aquellos movimientos de IVA corriente y nacional al tipo 21 %. En el momento de generar el modelo, para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros que sean de IVA Repercutido nacional y que tengan como TIPO el indicado en esta configuración. En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 22, 23 y 24 del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia. Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .F. y tipo 1.

- IVA Devengado – Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios (casillas 10 y 11):

En este apartado se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS repercutidos ocasionados por compras comunitarias, tanto de bienes como de servicios (es decir, IVA autorepercutido).

En configuraciones estándar, los tipos de IVA utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras comunitarias que generen autofactura.

Los tipos de IVA creados para adquisiciones de servicios, se marcarán como “Tipo de IVA de Servicios” en su mantenimiento.

Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T. y tipo 0.

- Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq.intracom):

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar operaciones de Inversión del Sujeto Pasivo (material recuperable, importaciones de servicios...) excepto para las adquisiciones intracomunitarias de servicios.

(25)

El movimiento realizado en estos códigos de IVA se incluirá como IVA nacional para los registros soportados y en las casillas 12 y 13 para los repercutidos.

- Modificación Bases y Cuotas (casillas 14 y 15):

En este apartado se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS repercutidos ocasionados por rectificaciones de bases y cuotas (Alteraciones del precio una vez hayan sido efectuadas, Créditos incobrables, tipos impositivos no vigentes…). Todo el movimiento generado con estos TIPOS DE IVA configurados en este apartado estará incluido como “Modificación bases y cuotas.

En el caso de trabajar con recargo de equivalencia, esta misma configuración servirá para filtrar los registros que deberán calcular las casillas 25 y 26 del modelo oficial correspondientes al detalle del recargo de equivalencia.

Se desglosan, tanto para régimen general como de recargo de equivalencia casillas en las que consignar las correspondientes modificaciones de bases imponibles y cuotas (antes se declaraban todas, independientemente de la causa que motivara la rectificación, dentro del IVA repercutido general, casillas [01 a 09]

- IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores corrientes: (casillas 28 y 29 del modelo oficial).

Se deberán indicar los tipos de IVA utilizados para registrar los IVAS soportados ocasionados por compras nacionales corrientes, cualquiera que sea el % de IVA utilizado. Para la generación del modelo, el programa filtra los registros de IVA soportado que correspondan con los tipos de IVA aquí indicados y que correspondan a proveedores nacionales. Técnicamente, el programa filtra registros dentro de IVASOPOR que utilicen los tipos indicados en la configuración, que el campo Comunitari sea .F. y que correspondan a proveedores que tengan el campo Comunitari con valor 1 (nacional).

- IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores con bienes de inversión:(casillas 30 y 31 del modelo oficial).

Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las compras nacionales de bienes de inversión. El programa filtrará los registros de IVA soportados que utilicen los Tipos de IVA aquí indicados.

- IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes corrientes: (casillas 32 y 33 del modelo oficial).

Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las importaciones (compras extracomunitarias) de bienes corrientes. El programa filtrará los registros de IVA soportados que utilicen los Tipos de IVA aquí indicados y que el proveedor tenga en su ficha la marca de extracomunitario. Técnicamente, el programa filtrará dentro del IVA soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicado en la configuración y que el campo Comunitari de IVASOPOR sea .F. y que el proveedor tenga el campo Comunitari con valor 3 (extracomunitario).

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- IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión: (casillas 34 y 35 del modelo oficial).

Este apartado recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las importaciones (compras extracomunitarias) de bienes de inversión. El programa filtrará los registros de IVA soportados que utilicen los Tipos de IVA aquí indicados (especiales para bienes de inversión) y que el proveedor tenga en su ficha la marca de extracomunitario. Técnicamente, el programa filtrará dentro del IVA soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicando en la configuración y que el campo Comunitari de IVASOPOR sea .F. y que el proveedor tenga el campo Comunitari con valor 3 (extracomunitario).

- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes: (casillas 36 y 37 del modelo oficial).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados por compras comunitarias de bienes. En configuraciones estándar, los tipos de IVA utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras comunitarias que generen autofactura. Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T.

- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios corrientes: (casillas 36 y 37 del modelo oficial).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados por compras comunitarias de servicios. En configuraciones estándar, los tipos de IVA utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras comunitarias que generen autofactura.

Los tipos de IVA creados para adquisiciones de servicios, se marcarán como “Tipo de IVA de Servicios” en su mantenimiento.

Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T.

- IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión: (casillas 38 y 39 del modelo oficial).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar los IVAS soportados ocasionados por compras comunitarias de bienes de inversión. En configuraciones estándar, los tipos de IVA utilizados para registrar estos movimientos equivalen a los Equivalentes Comunitarios o bien, a aquellos tipos que el usuario indique de forma manual al registrar compras comunitarias que generen autofactura. Técnicamente, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T.

- Rectificación de deducciones (casillas 40 y 41):

Se deberá indicar el o los tipos de IVA utilizados para registrar las bases y las cuotas soportadas rectificadas.

Todo el movimiento realizado con los tipos de IVA configurados se mostrará en estas casillas. - Operaciones asimiladas: (casilla 60).

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En este apartado se indicarán los tipos de IVA de ventas comunitarias que se desea incluir en la casilla 43 Exportaciones y Operaciones Asimiladas en lugar de la casilla 43 Entregas comunitarias.

- Entregas intracomunitarias de bienes y servicios (casilla 59).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA de ventas comunitarias de bienes y servicios - Operaciones no sujetas o con Inversión del Sujeto Pasivo (ISP): (casilla 61).

Se deberá indicar el tipo de IVA utilizado para registrar operaciones de ventas no sujetas o con Inversión del Sujeto Pasivo.

- Tipo de IVA excluidos.

Se informarán los tipos de IVA (o IGIC) que no deben tenerse en cuenta en la generación del modelo 303 y 390.

- Entregas Bienes de Inversión (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar entregas de bienes de Inversión para el Modelo 390.

- Operaciones exentas sin derecho a deducción (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar operaciones exentas sin derecho a deducción para el Modelo 390.

- Adquisiciones interiores exentas (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar adquisiciones interiores exentas para el Modelo 390.

- IVA Dev. – Modificación de bases y cuotas por auto de declaración de concurso de acreedores (Modelo 390).

En este apartado se indicarán los tipos de IVA utilizados para registrar la modificación de bases y cuotas por auto de declaración de concurso de acreedores para el Modelo 390.

6.2 Funcionamiento – Generación del Modelo

Para poder generar el Modelo 303 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente período de IVA.

Aunque la liquidación de los diferentes periodos sigue el funcionamiento habitual hay que tener en cuenta los siguientes puntos:

En primer lugar se debe revisar la configuración de los períodos de IVA según si se liquidará trimestral o mensualmente (dependiendo de las características de la empresa), desde el módulo Contabilidad » menú Archivos » opción Períodos de IVA.

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Desde el menú Fiscal » opción Liquidar IVA, se puede generar de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de IVA que muestra por defecto el programa, o simplemente marcarlo como liquidado. El período a liquidar no es seleccionable por el usuario ya que Eurowin no permite liquidar un período si el anterior no lo está.

Una vez liquidado el período en cuestión ya se podrá generar el modelo.

El acceso a la generación del modelo 303 de autoliquidación de IVA será mediante el Módulo Contabilidad » menú Modelos » opción Modelo 303 » pantalla Modelo 303.

La pantalla Modelo 303 tiene tres páginas: Identificación, Liquidación e Información Adicional.

6.2.1 Página Identificación

En este apartado se deberán consignar si concurre alguna de las siguientes situaciones: - Si está inscrito en el Régimen de devolución mensual. Si en la configuración de los

modelos está marcada la opción “Inscrito en el régimen de devolución mensual” esta opción aparecerá marcada por defecto.

- Si tributa exclusivamente en el Régimen Simplificado. - Si se trata de una autoliquidación conjunta.

- Si ha sido declarado en concurso de acreedores en el período al que corresponde la liquidación, en cuyo caso se deberá:

o Consignar la fecha dentro del periodo de liquidación en que se dictó el auto de declaración de concurso (día, mes y año)

o Consignar si la autoliquidación incluye los hechos imponibles producidos en el propio período de liquidación con anterioridad a la declaración de concurso (preconcursal) o si incluye los hechos imponibles posteriores (postconcursal). - Si ha optado por el régimen especial de criterio de caja o es destinatario de operaciones

a las que se aplique el citado régimen especial, deberá marcar las casillas correspondientes. Esta opción se marcará por defecto si en el mantenimiento de empresa está activada la opción de configuración “Empresa acogida al régimen especial de criterio de Caja” o bien existe algún proveedor con la marca de “RECC” activada.

También se informa del período de la declaración, según corresponda mensual o trimestral. El programa muestra el número del último período liquidado.

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:: Botón CONSULTAR: Al pulsar este botón se mostrarán los valores en las casillas de las pestañas de Liquidación e Información Adicional para determinar si todos los datos que aparecen son correctos o hay que modificar algún campo.

Al pulsar el botón "Consultar" el resultado de la liquidación puede ser negativo o positivo. Si es negativo, automáticamente se rellena con el mismo importe del resultado la casilla C de Compensación.

La opción Sin actividad se debe marcar cuando no exista movimiento. Se entiende que en el período en cuestión no ha existido movimiento.

Si el resultado en positivo, automáticamente se rellena con el mismo importe la casilla D de Devolución.

También se captura de forma automática la cuenta bancaria a la que se abonará el importe mediante transferencia bancaria. (Cuenta IBAN)

El programa obtiene el número de la cuenta a partir de los datos introducidos en la configuración de los Modelos, página "Datos generales".

NOTA. Si en la configuración está marcada la empresa como inscrita en el Registro de Devolución mensual, por defecto, si el resultado es negativo marca la declaración a devolver y en el caso contrario, a compensar.

6.2.2 Página de Liquidación

RÉGIMEN GENERAL:

Total Cuota Devengada: Importe total correspondiente al IVA devengado en el período seleccionado. Se corresponde a la casilla 27 del Modelo oficial y es la suma de las casillas:

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[03]+ [06]+ [09]+ [11]+ [13]+ [15]+ [18]+ [21]+ [24]+ [26]

- 03: IVA Devengado - Régimen General al tipo 4%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará aquellos registros que sean IVAREPER Nacional.

En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Devengado-Primer IVA.

- 06: IVA Devengado - Régimen General al tipo 10%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará solamente aquellos registros que sean de IVAREPER Nacional o el tipo de IVA configurado como ISP.

En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Devengado-Segundo IVA.

- 09: IVA Devengado - Régimen General al tipo 21%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará aquellos registros que sean IVAREPER Nacional.

En la configuración de modelos serán los informados en: IVA Devengado-Tercer IVA.

- 11: Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración y que tengan el campo Comunitari a .T. y tipo 0. En la configuración de modelos serán los informados en:

Adquisiciones Intracomunitarias de bienes y servicios.

- 13: Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq.intracom). Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración.

En la configuración de modelos serán los informados en:

Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq. Intracom).

- 15: Modificaciones de bases y cuotas. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVAREPER, los registros de los tipos indicados en la configuración, los registros en negativo cuyo número de factura empieza por R (rectificativa) y los que tengan la serie de factura configurada como Rectificativa (en la configuración del modelo 340).

- 18: IVA Devengado – Recargo Equivalencia al tipo 0.5%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 03.

- 21: IVA Devengado – Recargo Equivalencia al tipo 1.4%.Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con

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recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 06.

- 24: IVA Corriente y Nacional al tipo 5.2%. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtrará dentro del IVAREPER Nacional, los registros con recargo de equivalencia de los tipos de IVA indicados en la misma configuración que para la casilla 09.

- 26: Modificaciones bases y cuotas del recargo de equivalencia. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVAREPER, solamente los registros a los que se haya aplicado recargo, los registros de los tipos indicados en la configuración (Modificación de bases y cuotas), los registros en negativo cuyo número de factura empieza por R (rectificativa) y los que tengan la serie de factura configurada como Rectificativa (en la configuración del modelo 340).

Total a deducir: Importe total correspondiente al IVA Deducible (Soportado) en el período seleccionado. Se corresponde a la casilla 45 del Modelo oficial y es la suma de las casillas: [29]+ [31]+ [33]+ [35]+ [37]+ [39]+ [41]+ [42]+ [43]+ [44]

- 29: Por cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra los registros dentro de IVASOPOR nacional. En la configuración de modelos serán los informados en:

IVA Deducible por cuotas soportadas en las operaciones interiores corrientes.

- 31: Por cuotas soportadas en las operaciones interiores con bienes de inversión. Para calcular los valores de estas casillas, el programa recogerá los tipos de IVA utilizados para registrar las compras nacionales de bienes de inversión.

- 33: Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVA soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicando en la configuración.

- 35: Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes de inversión. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro del IVA Soportado, los registros que utilicen el tipo de IVA indicado en la configuración (IVA Deducible por cuotas satisfechas en las importaciones de bienes de inversión).

- 37: En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración.

En la configuración de modelos serán los informados en:

IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes corrientes IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de servicios corrientes

- 39: En adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra, dentro de IVASOPOR, los registros de los

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tipos indicados en la configuración (IVA Deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión).

- 41: Rectificación de deducciones. Para calcular los valores de estas casillas, el programa filtra dentro de IVASOPOR, los registros de los tipos indicados en la configuración del modelo 303 (Rectificación de deducciones). También se deberá añadir en estas casillas los registros de IVA SOPORTADO generados en negativo.

NOTA1: No es posible identificar las facturas rectificativas de compra. Las rectificaciones en negativo ya se incluirán por el hecho de ser negativas, para incluir las positivas, se deberá utilizar un tipo de IVA configurado en este apartado para que se incluyan en estas casillas.

NOTA2: si existen registros positivos generados a tipos No Vigentes, al configurarlos dentro del apartado “IVA Deducible por cuotas soportadas de las operaciones interiores corrientes” si su signo es positivo, se mostrarán en las casillas [28 y 29].

En el caso que por su tipo de operación correspondan otras casillas, al identificar el Tipo de IVA en la configuración de modelos, se mostrarán en las casillas asociadas a la configuración.

- 42: Compensación Régimen Especial A.G y P. En el caso que esta casilla tenga valor se deberá rellenar manualmente.

- 43: Regularización bienes de inversión. En el caso que esta casilla tenga valor se deberá rellenar manualmente.

- 44: Regularización por aplicación de porcentaje definitivo de prorrata. En el caso que esta casilla tenga valor se deberá rellenar manualmente.

Resultado Régimen General: Importe total correspondiente a la diferencia entre el total cuota devengada y el total a deducir. Será la diferencia de las casillas [27] – [45].

Se corresponde con la casilla 46.

Información Adicional:

En el modelo, se crea un nuevo apartado INFORMACIÓN ADICIONAL. En este apartado se incluyen algunas opciones que ya estaban disponibles en el modelo anterior y se añaden casillas nuevas:

- 59: Entregas intracomunitarias de bienes y servicios. Se incluirán las Prestaciones intracomunitarias de servicios cuyos destinatarios sean empresarios o profesionales. Para calcular el valor de esta casilla, el programa filtra dentro de IVAREPER los registros de los tipos de IVA indicados en la configuración del modelo.

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NOTA: En la casilla 59 se deberán mostrar, además de los tipos de IVA configurados en este apartado, las operaciones de ventas comunitarias de bienes y servicios cuyos tipos de IVA no estén configurados en la configuración “Operaciones no sujetas o con inversión del Sujeto pasivo”.

- 60: Exportaciones y operaciones asimiladas. Mostrará las ventas extracomunitarias efectuadas en el período que se declare y las adquisiciones intracomunitarias de bienes cuyo tipo de IVA esté informado en el apartado Operaciones asimiladas en la configuración del modelo 303.

- 61: Operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan derecho a la deducción. Se incluirán aquellas Prestaciones intracomunitarias de servicios cuyos destinatarios sean particulares ubicados fuera del TAI. Por tanto, estamos en el caso de operaciones no sujetas. Para calcular el valor de esta casilla, el programa filtra dentro de IVAREPER los registros de los tipos de IVA indicados en la configuración del modelo dentro del apartado:

Operaciones no sujetas o con inversiones del Sujeto pasivo.

Configurando un tipo de IVA diferente en cada casilla, será el usuario quien determine si se trata de una operación a persona jurídica o persona física.

Régimen especial del criterio de caja

Operaciones a las que se aplica el RECC: aquellas operaciones realizadas y cuyas facturas han sido expedidas por un sujeto pasivo acogido al RECC.

Operaciones afectadas por el RECC: aquellas operaciones realizadas y cuyas facturas han sido expedidas por sujetos pasivos no acogidos al RECC y que tienen como destinatarios sujetos pasivos que están acogidos al RECC y que por ello, deberán liquidar por criterio de caja. Aquellas operaciones realizadas por sujetos pasivos acogidos al RECC y que tienen como destinatarios sujetos no acogidos, que por ser meros receptores de estas operaciones sujetas al RECC deberán liquidar las mismas según criterio de caja.

Exclusivamente en las casillas [62 y 63], para los sujetos pasivos que estén sujetos al RECC, tendrán que cumplimentar los importes que:

- 62 y 63: Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que habiéndoles sido aplicado el régimen especial del criterio de caja hubieran resultado devengadas conforme la regla general de devengo contenida en el art.75 LIVA. Se incluirán los importes facturados en el periodo del cual se realiza la liquidación como si no se les aplicara el RECC, es decir, declararán todo lo facturado por RECC independientemente de que aquellas operaciones que declara se hayan o no cobrado, es decir, como si estuvieran en criterio de devengo.

- Se consignará la base imponible (casilla 62) y las cuotas (casilla 63) de las operaciones del período que se liquida y que están sujetas al RECC.

- Se informarán, única y exclusivamente, aquellas facturas que hayan sido expedidas en el período del cual se procede a realizar la liquidación y estén sujetas al RECC (no se consignarán las facturas que deban liquidarse por devengo).

- Son casillas informativas que no afectan al cálculo del impuesto.

- Se cumplimenta siempre que haya facturas expedidas en el período que se liquida que estén sujetas al RECC, con independencia de que en ese período se haya producido o no un cobro (total / parcial).

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- Únicamente será cumplimentada cuando el declarante esté sujeto al RECC.

- Es decir, en estas casillas se mostrarán los registros de IVA REPERCUTIDO marcados como RECC tanto si están cobrados como si no lo están.

La descripción que se mostrará en el modelo por pantalla será: “Importe entregas acogidas a RECC”

- 74 y 75: Importes de las adquisiciones de bienes y prestaciones de servicios a las que sea de aplicación o afecte el régimen especial del criterio de caja. Se incluirán los importes que provengan de operaciones facturadas por sujetos pasivos acogidos al RECC,por tanto, son operaciones sujetas (aplica) al RECC.

- Sujetos pasivos acogidos al RECC por adquisiciones realizadas que provengan de operaciones facturadas por sujetos pasivos no acogidos al RECC, pero que por el mero hecho de que el sujeto pasivo declarante esté acogido al RECC tiene la obligación de liquidarlas por criterio de caja. Son operaciones afectadas por el RECC.

- Sujeto pasivo no acogido al RECC que es destinatario de operaciones facturadas por sujetos pasivos acogidos al RECC y por tanto sujetas al RECC, y que por el mero hecho de ser receptor de ellas tiene la obligación de liquidarlas mediante criterio de caja. Son operaciones sujetas y a la vez afectadas por el RECC.

- Casilla meramente informativa y que no interviene en el cálculo del impuesto.

- Es decir, en estas casillas se mostrarán los registros de IVA SOPORTADO marcados como RECC tanto si están pagados como si no lo están.

- Diferencia: (casilla 38). Mostrará las diferencias entre las casillas 21 y 37.

- Atribuible a la Administración del Estado: (casilla 39/40). Casilla que se deberá rellenar manualmente.

- Cuotas a compensar de períodos anteriores: (casilla 41). En esta casilla, se mostrará, en aquellos casos que en períodos anteriores se haya marcado la opción de a compensar, el importe compensado de declaraciones anteriores.

- Regularización anual de los sujetos: (casilla 45). Casilla que se deberá rellenar manualmente.

- Resultado: Mostrará el resultado de la liquidación.

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7.1 Configuración

La configuración del modelo 340 consiste en relacionar un Tipo de IVA específico para los bienes de inversión para su diferenciación y correcta presentación en el modelo.

La pantalla de configuración del modelo es la siguiente:

En la parte superior, el programa muestra los diferentes conceptos que se deberán separar en la generación del modelo oficial y que es necesaria una configuración previa y en la parte inferior, el programa permite relacionar los diferentes tipos de IVA utilizados para registrar cada uno de los conceptos. Si analizamos cada uno de los CONCEPTOS:

- Libro registro de bienes de inversión que se debe separar en la generación del modelo oficial. En la parte inferior hay que relacionar los diferentes tipos de IVA utilizados para los bienes de inversión.

- IVA Devengado y Deducible en las adquisiciones intracomunitarias e importaciones de servicios. Hay que relacionar los diferentes tipos de IVA utilizados para este tipo de operaciones (Operaciones de ISP).

- Tipos de IGIC. Si se trabaja con tipos de IGIC (Impuesto general indirecto Canario) se deberán indicar en este apartado.

7.0 Modelo 340 – Declaración de Operaciones

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- Tipos de IVA excluidos. Se informarán los tipos de IVA que no deben tenerse en cuenta en la generación del modelo 340.

- Libro Registro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias. Se informarán los tipos de IVA utilizados para este tipo de operaciones específicas.

Si se trabaja con series de ventas en las facturas rectificativas, también hay que indicar el código de la serie utilizado para este tipo de facturas

7.2 Funcionamiento – Generación del Modelo

Se trata de un modelo de declaración de operaciones incluidas en libros registros. Contiene el detalle de las facturas incluidas en una declaración de IVA.

Deben presentar el Modelo 340 todas las empresas que se acogen al régimen de devolución mensual de IVA (actualmente las exportadoras y las que se acogen voluntariamente a este sistema).

Para ello, los sujetos pasivos deben estar inscritos en el Registro de devolución mensual. La presentación se realiza por vía telemática: soporte CD o vía telemática, pero con registros estandarizados por la Agencia Tributaria.

El modelo 340 incluye los siguientes libros registros: - Libro registro de facturas expedidas

- Libro registro de facturas recibidas - Libro registro de bienes de inversión

- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias

Para poder generar el Modelo 340 desde Eurowin hay que liquidar el correspondiente período de IVA.

Aunque la liquidación de los diferentes períodos sigue el funcionamiento habitual, hay que revisar los siguientes puntos:

- La configuración de los períodos de IVA según si la liquidación es trimestral o mensual (dependiendo de las características de la empresa), en la opción del módulo Contabilidad » Archivos » Períodos de IVA.

- En el módulo Contabilidad » menú Fiscal » opción Liquidar IVA, se puede generar de forma automática el asiento de liquidación correspondiente al período de IVA o simplemente marcar dicho período como liquidado. El período que se puede liquidar es el siguiente al último liquidado.

Una vez liquidado el período de IVA en cuestión ya se puede generar el Modelo 340.

NOTA: Si se presenta el 340, no se presentará en ningún caso, el modelo 347.

7.2.1 Pantalla Modelo 340

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La pantalla Presentación Modelo 340 tiene cuatro páginas: Datos, Ventas, Compras y Metálico.

Página DATOS Filtros

:: Período: El período de IVA liquidado del que se desea generar el Modelo 340. :: Tipo de soporte: Formato de presentación del modelo. Puede ser:

- DVD-R: Soporte directamente legible por el ordenador y exclusivamente individual. Si la declaración tiene más de 5.000.000 de registros es obligatorio este soporte.

- Telemática: A través de Internet. Para declaraciones con menos de 5.000.000 de registros.

Tipo de declaración:

 Normal: Declaración que se presenta por primera vez con los datos correspondientes al período de la declaración.

 Nº Declaración: Número de identificación de la declaración que propone el programa a partir de:

o Modelo 340 o Ejercicio

o Período: (01) Enero, (02) Febrero, (03) Marzo o primer trimestre, etc.

o Contador secuencial: Número siguiente al de la última declaración / liquidación.

Sustitutiva: Declaración que anula y sustituye completamente a una declaración presentada anteriormente en la que se hubieran consignado datos inexactos o erróneos.

Nº Declaración Anterior: En el caso de presentar una declaración sustitutiva indica el número de identificación de la declaración a la que sustituye la actual. En el número de declaración sólo variará el contador secuencial.

:: Fichero: Ruta que propone el programa por defecto, donde se guarda el fichero una vez generado el modelo. El usuario puede modificar esta ruta.

Botones

:: Generar: Una vez comprobado y revisado que todos los datos son correctos, se puede generar el fichero correspondiente a la declaración del Modelo 340.

:: Salir: Cierra la pantalla del Modelo 340 guardando los datos modificados.

:: Consultar: Al pulsar este botón se habilitan las páginas Ventas y Compras para determinar si todos los datos que aparecen son correctos o hay que modificar algún campo.

:: Generar: Realiza la generación del Modelo 340. Para poder generar el modelo deben aparecer todas las líneas con el fondo de color blanco, lo cual significa que todos los datos son correctos. El fichero generado se guarda en la ruta definida en el campo Fichero.

La pantalla informa del número de generaciones realizadas y la fecha de la última.

Con el programa de ayuda de Hacienda se pueden descargar los datos indicando la ruta del fichero. De esta forma se validan y se terminan de cumplimentar los datos para la posterior presentación del Modelo oficial, según los procedimientos establecidos.

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Página VENTAS

En esta pantalla aparecen los datos de las facturas de venta del período que se declara. Es decir, aparecen tantos registros como facturas emitidas existan entre las fechas del período a liquidar.

La información requerida de cada factura para la correcta presentación del Modelo 340 es la que sigue:

:: Factura: Número de la factura. El programa coge el número de la factura de forma automática a partir de las facturas emitidas durante el período.

:: Fecha expedición: Fecha de expedición de la factura. El programa muestra de forma automática la fecha de la factura que figura en el propio documento.

:: Fecha de operación: Fecha der realización de la operación. Sólo se debe rellenar cuando la fecha de operación es diferente de la de expedición. El programa la recoge a partir de la fecha del albarán de venta. Cuando se trate de una factura que incluya más de un albarán, como fecha de operación se considera la del último albarán.

NOTA: En el caso de facturas rectificativas, el programa de ayuda de Hacienda solicita la fecha de la factura a la que hace referencia la rectificativa. Para facilitar esta información, en Eurowin se habilita el botón "Ver asiento" para poder navegar al asiento y a la factura para ver la fecha de la factura que se rectifica.

:: Contado: Marca como contado los clientes que en su ficha tienen marcada la opción "Cliente de solicitud de datos al contado". Para los casos en que la factura no es de tickets, si el CIF, nombre o apellidos son incorrectos, se pueden modificar pulsando sobre cualquiera de los tres campos.

Referencias

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