LPN/SCJN/002/2012 Página 1 Servicios “BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NÚMERO
LPN/SCJN/DGRM/002/2012, PARA LA CONTRATACIÓN POR 36 MESES, DEL PROYECTO “IMPLEMENTACIÓN DE UNA RED DE MICROONDAS EN LOS EDIFICIOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DEL ÁREA
METROPOLITANA”
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal, así como el artículo tercero transitorio del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, convoca a las personas físicas y morales que satisfagan los requisitos de las bases, a participar en la presente Licitación Pública Nacional, para la contratación por 36 meses del proyecto “Implementación de una Red de Microondas en los Edificios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del Área Metropolitana”, la cual se regirá por las siguientes:
B A S E S
1. CONSULTA Y VENTA DE BASES
Las bases y sus anexos estarán a disposición de los interesados, para su consulta y adquisición, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicadas en 16 de Septiembre número 38, 7º piso, aula 4, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, del XX de XX al XX de XXX de 2012, en días hábiles, de las 9:30 a las 14:00 horas, documento que también estará disponible para consulta, en la página de internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la siguiente dirección electrónica: http://www.scjn.gob.mx/Transparencia/Paginas/trans_int_adq.aspx
Las bases tendrán un costo de $2,695.32 (dos mil seiscientos noventa y cinco pesos 32/100 moneda nacional), cantidad que no será reembolsable y podrá ser cubierta mediante depósito a la cuenta de cheques número: 40-47450531 con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número 021180040474505317, de la institución bancaria HSBC México, S.A,, sucursal 835 Plaza de la Constitución en favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Una vez efectuado el depósito, los interesados deberán presentarse en la Dirección General de Recursos Materiales, del XX al XX de XXXX en horario de las 9.30 a las
LPN/SCJN/002/2012 Página 2 Servicios 14:00, para recibir las bases y sus anexos, además de un comprobante por la venta de las bases, toda vez que no se permitirá su participación sin el comprobante de pago de bases en el periodo señalado.
Para fines de participación, únicamente tendrán plena validez los documentos impresos proporcionados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
En caso de adquirir las bases y no participar, se agradecerá se presente carta disculpa en la que se informe las razones. El documento de referencia deberá dirigirse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección General de Recursos Materiales, sin personalizar, al domicilio citado en el primer párrafo de este numeral.
No se aceptarán pagos a través del sistema electrónico de compras gubernamentales “COMPRANET”.
2. OBSERVADORES
En términos del artículo 51 del Acuerdo General de Administración VI/2008, en relación con los diversos 57, fracción XV, y 58, fracción XXX, de ese ordenamiento, cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos públicos de la licitación, en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las bases, siempre y cuando se registren dentro de los 30 minutos previos a la celebración de los actos públicos, absteniéndose de intervenir, en cualquier forma en los referidos actos de la licitación. 3. CALENDARIO DE EVENTOS Periodo para adquirir las bases Fecha límite de entrega de pliego de preguntas
Visita a Sitio Junta de Aclaraciones Sesión pública de entrega de documentación legal y financiera, presentación y apertura de propuestas técnica y económica Del XX al XX de XX de 2012, de las 9:30 hasta las 14:00 horas El XX de XX de 2012, de las 9:00 a las 12:00 horas XX de XX de 2012 a las XX horas XX de XX de 2012 a las 10:00 horas XX de XX de 2012 a las 10:00 horas
LPN/SCJN/002/2012 Página 3 Servicios 4. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
Suministro, instalación y puesta en operación de los equipos de comunicación necesarios para interconectar por medio de microondas los inmuebles de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de manera que se puedan transportar los servicios de voz y datos que actualmente están operando a través de la red MPLS. Las especificaciones de los servicios se describen en el Anexo 2a “Requerimiento Técnico” de estas bases.
Las bases se podrán modificar cuando lo autorice la autoridad competente o el representante que ésta designe, debiendo notificarse el contenido de la modificación a todos los participantes por los mismos medios que se usaron para difundir la respectiva convocatoria, lo que deberá realizarse cuando menos con cinco días hábiles previos a la fecha de presentación de las propuestas técnicas y económicas, No será necesario hacer la notificación indicada cuando las modificaciones que se realicen en la junta de aclaraciones consten en el acta respectiva y copia de esta se haya entregado a los asistentes a dicha junta.
En ningún caso, las modificaciones podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de la prestación de los servicios originalmente convocados.
5. VISITA A SITIO Y JUNTA DE ACLARACIONES
5.1 Tendrá lugar una visita a sitio, de carácter obligatorio, a la que deberán acudir los interesados por conducto de las personas que designen, en la fecha y horario señalados en el apartado 3 de estas bases, existiendo una tolerancia de diez minutos para incorporarse a dicho evento; transcurrido dicho plazo, no se registrará a los licitantes que se presenten y serán descalificados.
Este evento tendrá lugar conforme al siguiente calendario:
Orden Visita a Sitio
1 INFOTEC: San Fernando número 37, Colonia Toriello Guerra, Código Postal 14050, Delegación Tlalpan, México, Distrito Federal.
2
Edificio Prisma del Consejo de la Judicatura Federal: Insurgentes Sur número 2065, Colonia San Ángel, Código Postal 01000, Delegación Álvaro Obregón, México, Distrito Federal.
3 Edificio Revolución: Revolución número 1508, Colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, México, Distrito Federal.
LPN/SCJN/002/2012 Página 4 Servicios 4
Edificio Chimalpopoca: Calle Chimalpopoca número 112 (esquina 5 de Febrero), Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06080, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
5
Antigua Escuela de Jurisprudencia: San Ildefonso número 28, esquina Argentina, Colonia Centro de la Ciudad de México, código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
6
Edificio Sede: José María Pino Suárez número 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
7
Edificio 16 de Septiembre: Calle 16 de Septiembre, número 38, Colonia Centro de la Ciudad de México, código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
Al término del evento se levantará acta, la cual deberá estar firmada por los participantes y a esta se agregarán las listas de asistencia de visita a cada uno de los sitios.
5.2 Tendrá lugar una junta de aclaraciones de carácter obligatorio, a la que deberán acudir los interesados por conducto de las personas que designen, en la fecha y horario señalados en el apartado 3 de esta bases, existiendo una tolerancia de diez minutos para incorporarse a dicho evento; transcurrido dicho plazo, no se registrará a los licitantes que se presenten y serán descalificados.
Este evento tendrá lugar en el Auditorio “José Vicente Aguinaco Alemán”, ubicado en la calle 16 de Septiembre número 38, 7º piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06000, Distrito Federal.
Las bases de la licitación podrán ser modificadas en la junta de aclaraciones por la autoridad competente con base en la opinión del representante del área técnica y de Asuntos Jurídicos en el ámbito de sus responsabilidades, debiendo hacerse constar en la parte final del acta respectiva.
Dichas modificaciones serán parte integrante de las bases para todos los efectos legales.
En ningún caso, las modificaciones podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de la prestación de los servicios originalmente convocados.
5.3 Los pliegos de preguntas y, en su caso, observaciones de los participantes que obtengan las bases deberán ser presentadas por escrito y en archivo electrónico en formato Microsoft Word 2003-2007, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales ubicadas en 16 de Septiembre número 38, 7º piso, aula 4, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, en un horario de las
LPN/SCJN/002/2012 Página 5 Servicios 9:00 a las 12:00 horas, de los días XX, XX y XX de XX de 2012, o enviadas por correo electrónico a la dirección [email protected] y/o [email protected] en formato Microsoft Word 2003-2007, a más tardar a las 12:00 horas del XX de XX de 2012, en caso de optar por esta última vía, es obligación de los participantes cerciorarse de que las preguntas fueron recibidas en tiempo, comunicándose al teléfono 4113 1000 extensión 4365 ó 5704, con Rogelio Carmona Delgado y/o Miguel Esquinca Vila.
5.4 Se hace del conocimiento de los participantes que las preguntas descritas en el párrafo anterior, deberán estar relacionadas con el procedimiento licitatorio.
5.5 Los interesados que acudan a la junta de aclaraciones deberán entregar copia de una identificación oficial (credencial del Instituto Federal Electoral, Cédula Profesional o Pasaporte), si acuden en nombre de una persona moral, cualquier documento que los identifique como trabajador(es) de esta o como su(s) representante(s).
5.6 Se levantará acta de la junta de aclaraciones, así como de las modificaciones de las bases, de la cual se entregará copia al término de dicho acto a todos los participantes que hubiesen asistido. La falta de firma de algún participante no invalidará su contenido y efectos.
5.7 En la junta de aclaraciones, se atenderán las preguntas enviadas en el plazo establecido, así como aquellas que resulten motivo de las visitas a sitio y se permitirá realizar de manera verbal preguntas relacionadas con las respuestas producidas, que se califiquen como procedentes por el representante de la Dirección General de Recursos Materiales, y Unidad Técnica (representante de la Dirección General de Tecnologías de la Información).
5.8 Tomando en consideración las respuestas de la junta de aclaraciones, estas bases, sus anexos y las cláusulas del proyecto de contrato, podrán ser modificados, siempre que se haga constar expresamente en la parte final del acta respectiva y copia de esta, se haya entregado a los participantes que asistan a dicha junta.
5.9 Es responsabilidad del licitante revisar los requisitos solicitados en las presentes bases, así como las precisiones que se hagan en la junta de aclaraciones, por lo que su propuesta deberá considerar, incluso, las modificaciones de las bases y sus anexos, derivadas de dicho acto, y las efectuadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden; en el entendido de que cualquier modificación y/o aclaración de las bases y sus anexos, será considerada como parte integrante de las propias bases.
LPN/SCJN/002/2012 Página 6 Servicios 6. DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FINANCIERA (SOBRES ABIERTOS
NÚMEROS 1 Y 2)
Los participantes en este procedimiento de contratación deberán presentar en la sesión pública indicada en el apartado 10 de estas bases, la siguiente documentación legal y financiera en idioma español, en original o copia certificada ante fedatario público y copia simple, para su revisión, cotejo y posterior devolución de los originales que así corresponda.
6.1 Documentación legal. En el sobre número 1, para efectos de la elaboración del respectivo dictamen resolutivo legal, se deberá acompañar:
6.1.1 Testimonios de los instrumentos notariales debidamente inscritos ante los registros que determine la ley, en que consten su constitución, su representante legal y sus reformas. (original o copia certificada y copia simple).
En el caso de personas físicas, una identificación oficial, entre las cuales podrá exhibirse la Credencial para Votar expedida por el Instituto Federal Electoral, Pasaporte vigente, Cédula Profesional o cualquier otro documento con fotografía, expedido por un órgano del Estado Mexicano. (original o copia certificada y copia simple).
6.1.2 En su caso, testimonio en el que conste el acto jurídico en virtud del cual se haya conferido al apoderado de la empresa participante, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación e incluso en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse. (original o copia certificada y copia simple).
6.1.3 Documento expedido durante el último semestre por algún órgano del Estado Mexicano en el cual conste el domicilio del participante para efectos del procedimiento de contratación y, en su caso, de la relación contractual que llegue a establecerse (Predial, agua, CFE), no se aceptarán recibos expedidos por compañías telefónicas y departamentales. (original o copia certificada y copia simple).
Si dicho documento fue expedido a nombre de una persona diversa al participante que acude al presente procedimiento, para cumplir con este requisito, será necesario que este acredite la existencia del acto jurídico en virtud del cual tiene la propiedad o posesión derivada del inmueble correspondiente. (original o copia certificada y copia simple).
6.1.4 Cédula de identificación fiscal y Registro Federal de Causantes, expedida por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (original o copia certificada y copia simple).
LPN/SCJN/002/2012 Página 7 Servicios La siguiente documentación deberá entregarse en idioma español, en original, en papel membretado del participante y requisitada en su totalidad con nombre de la persona física o moral, fecha de elaboración, nombre y firma del representante o apoderado legal.
6.1.5 Escrito en el cual manifieste que, en el domicilio al que se refiere el numeral 6.1.3 recibirá toda clase de notificaciones de los actos relativos al procedimiento respectivo, incluyendo los derivados de la adjudicación correspondiente, e incluso, todos los relacionados con la contratación que, en su caso, llegue a celebrarse en términos del Anexo 1a.
6.1.6 Conforme al formato que consta en el Anexo 1b de estas bases, declaración firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del participante, persona física o moral, en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaren falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conoce el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X y 58, fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.
6.1.7 Respecto del formato que consta en el Anexo 1c de estas bases, carta de confidencialidad firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del participante, o de la persona física.
6.2 Documentación financiera. En el sobre número 2, para efectos de la elaboración del respectivo dictamen resolutivo financiero, se deberán presentar:
6.2.1 Estados Financieros de los ejercicios 2009 y 2010 (dictaminados) y 2011. (original o copia certificada y copia simple).
Los Estados Financieros dictaminados del 2009 y 2010, a los que se refiere este apartado se tendrán por no presentados cuando el auditor externo emita opinión negativa o bien haya indicado la imposibilidad de emitir su dictamen. En el caso de participantes que conforme a la legislación vigente no están obligados a dictaminar sus Estados Financieros deberán presentar Estados Financieros con cifras al 31 de diciembre de los ejercicios 2010 y 2011, respectivamente, en el entendido de que esta información deberá contener cuando menos el balance general y el estado de resultados, documentos que deberán ser suscritos por Contador Público titulado, acompañando a la información financiera, copia fotostática de su cédula profesional. (original o copia certificada y copia simple).
6.2.2 De los Estados Financieros parciales correspondientes al ejercicio 2012, al menos se entregarán el balance general y el estado de resultados y las cifras
LPN/SCJN/002/2012 Página 8 Servicios serán como máximo de los dos meses anteriores a la fecha en que se publicó la convocatoria, estos deberán estar firmados por Contador Público titulado, acompañando la información financiera con copia fotostática de su cédula profesional. (original o copia certificada y copia simple).
6.2.3 Las declaraciones anuales de los años 2010 y 2011 del Impuesto Sobre la Renta con sus respectivos anexos y la declaración de pago provisional más reciente del año 2012. (original o copia certificada y copia simple).
Los documentos presentados en copia simple sin exhibir original o copia certificada por Fedatario Público para su cotejo, se tendrán por no presentados.
6.2.4 Los participantes podrán indicar si se encuentran registrados en el Catálogo Referencial de Proveedores y Prestadores de Servicios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en cuyo caso, únicamente entregarán la documentación precisada en los numerales 6.1.3, 6.1.5 (manifestación de domicilio) y 6.1.6 (Declaración bajo protesta de decir verdad), así como la documentación contable, fiscal y legal que modifique o actualice los datos o documentos que presentaron para obtener su registro, y los estados financieros correspondientes actualizados a partir de su fecha de registro y hasta el mes de febrero de 2012. (original).
Asimismo, podrán indicar si han participado en un procedimiento de contratación convocado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los pasados doce meses a partir de la fecha de la convocatoria de la presente licitación, identificando los datos del procedimiento conforme el Anexo 1d. (original).
6.2.5 En caso de que algún licitante cuente con su dictamen legal y/o financiero vigente cuyo resultado haya sido favorable, no será necesaria la presentación de la documentación legal y/o financiera solicitada, para lo cual, se podrá consultar previamente ante la Dirección General de Recursos Materiales, sobre el estatus de dictámenes anteriores (Anexo 1e). (original) 7. REQUISITOS GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE
PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS
7.1 Las propuestas técnica y económica deberán ser dirigidas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con atención a la Dirección General de Recursos Materiales, en idioma español.
7.2 En cada sobre la documentación deberá colocarse en el orden señalado en los apartados 8 y 9 de estas bases, en papelería membretada del licitante, en forma completa y firmada por el apoderado o representante legal en todas sus hojas, sin tachaduras ni enmendaduras y preferentemente foliadas en forma consecutiva de manera visible (esto último no implica que su incumplimiento sea motivo de descalificación).
LPN/SCJN/002/2012 Página 9 Servicios 7.3 Las propuestas deberán presentarse, cada una de ellas, en sus respectivos
sobres cerrados en forma inviolable, protegidos con cinta adhesiva transparente, cruzando la solapa con la firma de la persona física o del representante de la persona moral participante. En el exterior de cada sobre se deberá señalar claramente a qué propuesta corresponde, número del procedimiento y el nombre del proveedor que la presenta.
7.4 No se aceptan propuestas alternativas; sólo se aceptará una propuesta por participante.
7.5 Cada una de las hojas de los formatos anexos de las bases deberán ser requisitadas en su totalidad con los siguientes datos:
a. Nombre de la persona física o moral. b. Fecha de elaboración.
c. Nombre y firma del representante legal.
8. PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE CERRADO NÚMERO 3)
Los participantes en esta licitación deberán presentar su propuesta técnica, en la sesión pública indicada en el numeral 10 de estas bases, la cual deberá contener: 8.1 Descripción completa, detallada y ordenada de la partida cotizada; la cual
debe incluir el mínimo de requisitos técnicos especificados en el Anexo 2a Requerimiento Técnico. No se aceptarán propuestas alternativas por lo que, cada participante deberá efectuar una sola propuesta por la partida completa.
8.2 Documento en el cual la empresa compruebe que está facultada legal y técnicamente y con la experiencia suficiente en materia de comunicaciones para atender los servicios solicitados.
8.3 Copia de la concesión otorgada por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que identifiquen los permisos o concesiones para que el licitante preste los servicios de implementación de redes inalámbricas.
8.4 Documento en el que compruebe que el licitante cuenta con los recursos tecnológicos necesarios para brindar los servicios requeridos.
8.5 Documento en el que compruebe que cuenta con el personal calificado necesario para llevar a cabo lo solicitado en estas bases a nivel nacional. 8.6 Con el fin de acreditar la experiencia, relación de tres clientes nacionales que
haya atendido en los últimos tres años (2009, 2010 o 2011), (cualquier año) con servicios similares de esta licitación, debidamente identificados, precisando los contratantes y las fechas de suscripción, acompañando
LPN/SCJN/002/2012 Página 10 Servicios carátula de los contratos, considerando al menos 1 año de experiencia, y cuando menos una de ellas será del sector gobierno.
8.7 Manifestación bajo protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales respecto de los servicios, conforme a la Ley Federal de Metrología y Normalización, así como las demás disposiciones aplicables en la materia. Anexo 2b.
8.8 Curriculum Vitae del licitante conforme al Anexo 2c formato de curriculum vitae.
8.9 Para garantizar la máxima integración y su óptima implementación, todos los equipos propuestos para prestar el servicio deberán ser de la misma marca. 8.10 Dentro de la propuesta técnica, se deberá acompañar un plan de trabajo
completo conforme lo especificado en el Anexo 2a Requerimiento Técnico.
9. PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE CERRADO NÚMERO 4)
Los participantes en esta licitación deberán presentar su propuesta económica, en la sesión pública indicada en el apartado 10 de estas bases, para efectos de la elaboración del respectivo dictamen resolutivo económico, la cual deberá contener: 9.1 En el formato de cotización (Anexo 3) se asentará en moneda nacional: el
precio unitario descuentos, Impuesto al Valor Agregado (IVA) u otros, y precio total, en forma desglosada la partida completa señalando el importe total de la propuesta económica con número y letra.
9.2 Los precios ofertados deberán estar protegidos con cinta adhesiva transparente.
9.3 El anexo 3 formato de propuesta económica debidamente requisitado. a) Plazo de prestación de los servicios.
b) Plazo y forma de pago:
c) Nombre y firma del representante o apoderado legal, o persona física. d) Los licitantes cotizarán, en moneda nacional, precios fijos hasta el
cumplimiento total del contrato. La vigencia de la propuesta deberá ser por 90 días naturales posteriores a la entrega de la propuesta.
9.4 No se pagará ningún costo adicional por concepto de flete, seguro o cualquier concepto análogo. El costo, seguro y flete estarán a cargo del proveedor hasta el destino final.
LPN/SCJN/002/2012 Página 11 Servicios 9.5 Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la contratación de
los servicios, serán pagados por el participante, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
9.6 No se otorgarán anticipos.
9.7 Según lo dispuesto en el artículo 35 del Acuerdo General de Administración VI/2008 y el artículo 50 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria este Alto Tribunal puede celebrar un contrato plurianual para este servicio en virtud de que para los pagos por los servicios prestados en el ejercicio 2013 y 2014 estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal de esos ejercicios.
10. SESIÓN DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FINANCIERA Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA 10.1 La presentación de la documentación legal, financiera, propuestas técnica y
económica y, su apertura respectiva se efectuará conforme lo siguiente: SOBRE ABIERTO NÚMERO 1. Documentación Legal
SOBRE ABIERTO NÚMERO 2. Documentación Financiera SOBRE CERRADO NÚMERO 3. Propuesta Técnica
SOBRE CERRADO NÚMERO 4. Propuesta Económica Fecha y hora: XX de XX de 2012, a las 10:00 horas.
Auditorio “José Vicente Aguinaco Alemán”, ubicado en la Calle 16 de Septiembre número 38, 7° piso, Colonia Centro, de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06000, Distrito Federal.
La tolerancia para asistir será de diez minutos posteriores a la hora señalada en el calendario de actividades. Transcurrido dicho plazo no se permitirá el acceso a ningún participante ni, por ende, la presentación de sus propuestas y serán descalificados, por lo que no podrán continuar en el procedimiento. Los participantes que hayan ingresado oportunamente deberán permanecer en dicho acto hasta su conclusión.
10.2 La sesión será conducida por el representante de la Dirección General de Recursos Materiales, y asistirán también representantes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de la unidad técnica.
10.3 El licitante o el representante legal, que asista, deberá exhibir para cotejo, el original y copia de su identificación oficial, entregando la copia (Credencial del Instituto Federal Electoral, Cédula Profesional, Pasaporte vigente o cualquier otra expedida por un órgano del Estado Mexicano), y en el caso de
LPN/SCJN/002/2012 Página 12 Servicios que acudan en nombre de una persona moral cualquier documento que los identifique como trabajador(es) de esta o como su(s) representante(s).
10.4 Los participantes entregarán, al inicio del acto, la documentación legal y financiera; sus propuestas técnica y económica. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conservará toda la documentación e información comprobatoria de los actos materia de este procedimiento.
10.5 El servidor público de la Dirección General de Recursos Materiales designado para la recepción de la documentación legal, financiera y las propuestas técnica y económica, funcionará como Oficialía de Partes y expedirá un recibo por los cuatro sobres que presente cada uno de los participantes. Una vez entregados los sobres no se recibirá documentación adicional alguna. Las propuestas que sean presentadas fuera de la fecha y hora señaladas no serán consideradas en el presente procedimiento de contratación.
10.6 La persona que materialmente presente los sobres deberá firmar de recibido el documento de acuse correspondiente y, la propia Dirección General, conservará una copia del mismo.
10.7 La apertura de los sobres que contengan la documentación legal y financiera, así como las propuestas técnica y económica se realizará en el propio acto. Iniciada la sesión, no podrá suspenderse hasta en tanto no se hubiesen abierto todos los sobres y hayan sido selladas y rubricadas las hojas. En casos excepcionales se podrá suspender la sesión determinándose en dicho acto la fecha programada de conclusión.
10.8 El representante de la Dirección General de Recursos Materiales leerá, en voz alta, el nombre del licitante al que corresponda cada propuesta técnica, que incluye la descripción de los servicios, verificará que se encuentren debidamente firmadas por el licitante y foliadas las hojas de las propuestas, indicará el número de hojas que la componen, las sellará y rubricará, en compañía del representante de la unidad técnica.
10.9 Concluida la apertura de las propuestas técnicas, de inmediato el representante de la Dirección General de Recursos Materiales procederá a la apertura de las propuestas económicas, dando lectura, en voz alta, al nombre del licitante y el monto total de la oferta económica, incluidos los descuentos y los impuestos que correspondan, asimismo, verificará que los precios estén protegidos, sellará y rubricará cada una de las hojas de la propuesta.
10.10 Las fojas de las propuestas económicas en las que se indiquen las cotizaciones se rubricarán por dos participantes, cuando menos, salvo en el supuesto de que solo se haya presentado una propuesta.
LPN/SCJN/002/2012 Página 13 Servicios 10.11 De la sesión pública se levantará acta circunstanciada que deberá ser
firmada por los participantes al evento y agregarse a esta la lista de asistencia, proporcionando a cada uno de ellos copia del acta. La falta de firma por parte de algún licitante no invalidará su contenido y efectos.
10.12 La documentación será remitida a los órganos competentes para la emisión de los dictámenes resolutivos legal y financiero, respectivamente. Se entregarán las propuestas técnicas a la unidad técnica respectiva y, las propuestas económicas serán conservadas por la Dirección General de Recursos Materiales, para emitir los dictámenes correspondientes. Lo anterior sin perjuicio de que remitan el expediente de los licitantes que se encuentren en el Catálogo Referencial de Proveedores y Prestadores de Servicios al área encargada de realizar el dictamen resolutivo legal, en la inteligencia de que, no se tomarán en cuenta documentos que se presenten en dicho expediente con posterioridad al inicio del procedimiento.
10.13 La omisión de los requisitos de forma no será motivo de descalificación, en caso de detectarse deficiencias en el foliado de las propuestas técnica y económica, el servidor público que presida el acto procederá a subsanarlas en presencia de los participantes en el procedimiento.
11. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 11.1 CRITERIOS GENERALES:
11.1.1 Ninguna de las condiciones establecidas en las presentes bases, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas y, su incumplimiento, será causa de descalificación o, en su caso, de rescisión del instrumento contractual, haciéndose efectiva la garantía correspondiente. 11.1.2 Se considerará que una propuesta es solvente cuando se obtengan los
dictámenes resolutivos legal, financiero, técnico y económico, favorables. Para tal efecto, los documentos presentados por cada uno de los participantes se someterán a los criterios de evaluación legales, financieros, técnicos y económicos que se precisan en los puntos 11.2, 11.3, 11.4 y 11.5 de las presentes bases.
El resultado de dicha evaluación se plasmará, respectivamente, en los dictámenes resolutivos de mérito, en la inteligencia de que estos serán desfavorables cuando no se presente alguno de los documentos solicitados en estas bases.
11.1.3 No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas en estas bases que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las
LPN/SCJN/002/2012 Página 14 Servicios propuestas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo de desechar sus propuestas.
Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismos, no afecten la solvencia de la propuesta, el proponer un plazo de prestación de los servicios menor al solicitado, en cuyo caso, prevalecerá el estipulado en las bases de licitación; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; o cualquier otro cuyo propósito no sea determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
La evaluación se realizará con la documentación presentada.
11.1.4 Las personas físicas y morales interesadas deberán participar por el total de la partida solicitada y no podrá fraccionarse. La adjudicación será por la partida completa y se llevará a cabo tomando en cuenta la propuesta que resulte solvente porque reúne, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases, las condiciones legales, financieras, técnicas y económicas requeridas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
11.1.5 Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas, se considerará la correcta y suficiente presentación de los documentos solicitados en estas bases. Las propuestas que no cumplan con los requisitos establecidos en estas bases, serán descalificadas, atendiendo los criterios establecidos en el apartado “13. Causas de descalificación” y, con base en la determinación del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones.
11.2 EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL: En el dictamen resolutivo legal se verificará:
11.2.1 Que se haya presentado la documentación legal solicitada;
11.2.2 La adecuada constitución de la persona moral participante, así como su vigencia y regularidad;
11.2.3 En su caso, la adecuada relación entre el objeto social del participante y la materia de la contratación;
11.2.4 En su caso, la capacidad del representante legal o apoderado del participante para actuar en su nombre;
LPN/SCJN/002/2012 Página 15 Servicios 11.2.5 Que se haya presentado en los términos solicitados en el numeral 6.1.6 de estas bases la respectiva declaración firmada por el representante legal o por el apoderado legal del participante, persona física o moral;
11.2.6 La comprobación del domicilio legal del participante y la presentación de la declaración a la que se refiere el numeral 6.1.5 de estas bases en relación con dicho domicilio, y;
11.2.7 En el supuesto de que un participante manifieste encontrarse inscrito en el Catálogo Referencial de Proveedores y Prestadores de Servicios, el referido dictamen se emitirá con base en la documentación que obre en este hasta el día anterior al inicio del procedimiento licitatorio que nos ocupa, conforme la certificación que emita la Dirección General de Recursos Materiales, y con la presentada por aquel dentro del plazo fijado en el numeral 10 de las presentes bases;
11.2.8 Si con base en el análisis de los referidos elementos se advierte que un participante cumplió con todos los requisitos exigidos, se emitirá dictamen resolutivo legal favorable. El incumplimiento de cualquiera de ellos dará lugar a un dictamen desfavorable.
11.3 EVALUACIÓN DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA En el dictamen resolutivo financiero se verificará:
11.3.1 Que la información financiera disponible más reciente de la entregada por el participante, obtenga los siguientes resultados, con base en la aplicación de las razones financieras que a continuación se indican:
Razón Fórmula de medición Resultado requerido Índice de Solvencia Total Pasivo Total Activo = mayor o igual a 1.0
Razón Fórmula de medición Resultado requerido Índice de Liquidez plazo corto a Pasivo Circulante Activo = mayor o igual a 1.0
11.3.2 En el supuesto de que el participante no alcance la puntuación señalada en los índices anteriores, se procederá a aplicar dichos índices a la información financiera de cada uno de los ejercicios que presentó el participante y se aplicará un promedio, el cual para ser satisfactorio deberá cumplir con la condición señalada anteriormente. En caso de mantenerse la situación no satisfactoria, se emitirá dictamen resolutivo financiero “No favorable”.
11.3.3 Los estados financieros se tendrán por no presentados, cuando el auditor externo emita opinión negativa, o bien haya indicado la imposibilidad de emitir su dictamen.
LPN/SCJN/002/2012 Página 16 Servicios El cálculo se hará tomando como base la información presentada.
11.4 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS En el dictamen resolutivo técnico se verificará que:
11.4.1 Los servicios ofertados cumplan con la totalidad de las especificaciones indicadas en el Anexo 2a. Requerimiento Técnico de estas bases.
11.4.2 Las propuestas técnicas incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en el apartado 8 de las bases, por lo que el incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos será causa de descalificación, con base en los criterios señalados en el apartado 13 “Causas de descalificación”.
11.5 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS ECONÓMICAS En el dictamen resolutivo económico se verificará:
11.5.1 Que se cotice la cantidad total de los servicios requeridos; no se considerarán las propuestas que coticen parcialmente los conceptos que integran la partida única.
11.5.2 Que los precios contenidos en la cotización hayan sido expresados en moneda nacional, no se considerarán las propuestas que coticen en moneda extranjera.
11.5.3 Que cada participante cumpla con los requisitos solicitados para la contratación, relativos a plazo de prestación de los servicios y forma de pago.
11.5.4 La evaluación de las propuestas económicas se realizará mediante un análisis de forma comparativa de los precios y condiciones ofertadas por los participantes en la partida solicitada, determinando con ello la solvencia de las mismas, indicando cuál es el precio más bajo.
11.5.5 La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario de la partida completa en su caso, incluyendo descuentos, antes de considerar impuestos.
11.5.6 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá dictaminar en sentido desfavorable las propuestas cuyos precios sean desproporcionados respecto del presupuesto base.
11.5.7 Los precios ofertados en la propuesta económica no serán sujetos a ningún ajuste y, cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del participante. En caso de encontrarse errores numéricos en las operaciones aritméticas o en los precios, se reconocerá como correcto el
LPN/SCJN/002/2012 Página 17 Servicios precio identificado como precio unitario (sin considerar Impuestos). En el caso de que las operaciones aritméticas contengan errores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación efectuará las correcciones correspondientes y, el monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones, por lo que únicamente habrá lugar a la corrección en las operaciones aritméticas cuando se presente un error de cálculo en las cantidades o volúmenes solicitados.
11.5.8 En el caso en que se presenten diferencias en las operaciones aritméticas de su propuesta económica, el participante acepta las correcciones que realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
12. GARANTÍAS
El participante que resulte adjudicado deberá otorgar las siguientes fianzas en favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
12.1 Fianza expedida por institución debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al 10% del monto total contratado sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, para garantizar el cumplimiento del contrato, y hasta un 20% más del contrato, en el supuesto de que por algún motivo lleguen a incrementarse los servicios contratados, conforme al formato del Anexo 4.
12.2 La fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere firmado el instrumento contractual respectivo, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En el caso de que dicha fianza no se presente dentro del plazo estipulado, queda a consideración de este Alto Tribunal la rescisión del contrato, sin que medie declaración judicial.
12.3 La fianza permanecerá vigente desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios materia del contrato que en su oportunidad llegue a suscribirse, hayan sido recibidos y prestados en su totalidad, y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
13. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN
Serán causas de descalificación los siguientes supuestos:
13.1 Cuando las propuestas no se entreguen con la formalidad y en la fecha y hora señaladas.
13.2 Acordar con otro participante fijar el monto de la propuesta, algún precio o condiciones de contratación respecto de los servicios materia de esta licitación.
LPN/SCJN/002/2012 Página 18 Servicios 13.3 Proporcionar información falsa para participar en el presente procedimiento. 13.4 Cuando el participante esté inhabilitado por los órganos de la Administración
Pública o por el Poder Judicial de la Federación impedido para celebrar contratos o por cualquier otra disposición legal.
13.5 Cuando exista incongruencia en la información presentada entre la propuesta técnica y la económica.
13.6 Cuando algún participante, durante el desarrollo del procedimiento y antes de la emisión del fallo, sea objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
13.7 Cuando exista incumplimiento de las condiciones establecidas en las bases y la contravención de lo dispuesto por el Acuerdo General de Administración VI/2008 por parte de algún participante, lo cual se hará de su conocimiento en cualquiera de las etapas del procedimiento, debiéndose fundar y motivar la causa para desechar su propuesta.
13.8 Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación obtenga información fehaciente de que algún participante se ubica en alguno de los supuestos respecto de los cuales, bajo protesta de decir verdad, manifestó no encontrarse, en el documento legal al que se refiere el numeral 6.1.6 de estas bases.
13.9 Cuando el participante incluya en su propuesta más de una alternativa, de conformidad con lo señalado en el numeral 7.4 de las presentes bases.
13.10 Cuando los participantes no asistan a la visita a sitio o a la junta de aclaraciones previstas en las presentes bases.
14. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, REPOSICIÓN O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA
14.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá cancelar o suspender, en todo o en parte el presente procedimiento en cualquiera de sus etapas, siempre y cuando existan razones suficientes que la motiven o en caso de que se pudiera ocasionar un daño a este Alto Tribunal.
14.2 La Suprema Corte notificará cualquier resolución de cancelación o suspensión a todos los participantes mediante notificación por escrito y a través de publicación en la página de Internet.
14.3 Una vez analizadas las causas que dieron origen a la suspensión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación instruirá para subsanarlas en caso de ser posible y efectuado ello continuará con el procedimiento.
LPN/SCJN/002/2012 Página 19 Servicios 14.4 La cancelación de la presente licitación procederá cuando no puedan
subsanarse las causas que dieron origen a la suspensión, cuando existan causas debidamente justificadas que extingan la necesidad de realizar la contratación respectiva, o bien, cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La cancelación del procedimiento se notificará a todos los participantes por escrito.
14.5 Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación advierta algún vicio en el procedimiento, podrá ordenar su reposición, tomando en cuenta los principios del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
14.6 En caso de que no se registre ningún participante a la licitación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarará desierto el procedimiento.
15. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
15.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con base en el resultado de la valoración de los dictámenes resolutivos legal, financiero, técnico y económico; adjudicará la partida completa a quien presente la propuesta solvente cuyo precio sea el más bajo.
15.2 En este procedimiento bastará con sólo una propuesta que resulte viable para adjudicarse.
15.3 Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación, que celebre la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el propio acto de emisión de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada, los que se depositarán en una urna de la que se extraerá, en primer lugar, el boleto del participante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
16. NOTIFICACIÓN DEL FALLO
16.1 El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, previa recepción de todos los dictámenes resolutivos, emitirá por escrito, debidamente fundado y motivado, el fallo correspondiente, en el que se adjudicará la partida completa al participante que habiendo presentado propuestas solventes haya ofertado el precio más bajo.
16.2 En dicho fallo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá declarar la partida desierta de la licitación, si ninguna propuesta reúne los requisitos señalados en las bases: si ninguna obtiene resultado favorable en todos los
LPN/SCJN/002/2012 Página 20 Servicios dictámenes resolutivos; o si los precios no fueran aceptables de conformidad con la información disponible, con base en el dictamen resolutivo correspondiente.
16.3 El fallo se notificará a los participantes en sesión pública a celebrarse en la hora, fecha y lugar que previamente se notifique. El extracto del fallo se
publicará en la página de Internet
http://www.scjn.gob.mx/Transparencia/Paginas/trans_int_adq.aspx y
hará los efectos de notificación respecto de los participantes que no acudan a la referida sesión pública, sin perjuicio de que la documentación respectiva quedará a su disposición, para consulta, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales.
16.4 Las propuestas que no obtengan resolución favorable, así como todos sus anexos podrán ser devueltos a los participantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se formalice el contrato respectivo, o se notifique la cancelación o declaración desierta de la licitación, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso, las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes, por lo que una vez agotados dichos plazos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación procederá a su devolución o destrucción.
17. PROPIEDAD INTELECTUAL
El licitante adjudicado asumirá la responsabilidad total para el caso de que al prestar los servicios infrinja o viole registros de patentes, marcas o derechos de autor, así como respecto a su origen, y por lo tanto libera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de cualquier responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.
18. FORMALIZACIÓN DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL.
18.1 El participante adjudicado deberá firmar el contrato respectivo dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación del fallo, por lo que el ganador o su representante, se deberá presentar a firmar el instrumento contractual respectivo, en la Dirección General de Recursos Materiales, sita en la Calle 16 de Septiembre número 38, 7° piso, aula 4, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06000, México, Distrito Federal, en horario de lunes a viernes de las 9:00 a 17:00 horas. En caso de no hacerlo dentro del plazo determinado, por causas imputables a él, será imposibilitado temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos, en términos de lo dispuesto en los artículos 48, fracción V, inciso c, y 188 del Acuerdo General de Administración VI/2008. Como Anexo 5, se presenta para su conocimiento proyecto del instrumento contractual a suscribir.
LPN/SCJN/002/2012 Página 21 Servicios 18.2 En ese caso se podrá adjudicar de manera directa al participante que
hubiere ofertado la siguiente mejor propuesta siempre que el precio de su oferta no supere el 20% al monto de la oferta ganadora.
18.3 En caso de que se autorice la adjudicación a la segunda propuesta, se notificará por escrito dirigido al licitante que la ofertó.
18.4 Los derechos y obligaciones que el proveedor adquiera con la firma del contrato correspondiente no podrán cederse en forma total o parcial, gravarse, transferirse o afectar bajo cualquier título a favor de otra persona.
19.
PLAZO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, LUGAR DE ENTREGA DE LOS ENLACES, PLAZO Y FORMA DE PAGO Y OTRAS CONSIDERACIONES.
19.1 PLAZO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Para todos los servicios de suministro, instalación y puesta en operación de los equipos de comunicación necesarios para interconectar por medio de microondas los inmuebles, el plazo de entrega será como máximo 25 días naturales posteriores a la firma del contrato.
Todo el equipo se entregará en los edificios indicados en la Tabla 1 del Anexo 2a de las presentes bases.
Todos los servicios se entregaran funcionando al 100% de conformidad con el calendario para la implementación del proyecto que se establezca con la Dirección General de Tecnologías de la Información.
19.2 LUGAR DE ENTREGA DE LOS ENLACES
19.3 PLAZO Y FORMA DE PAGO:
INMUEBLE INTERFACE LUGAR DE ENTREGA
Edificio de Infotec Ethernet 10/100 Mbps MDF de Infotec Edificio Prisma del CJF Ethernet 10/100 Mbps MDF Piso 7 Edificio de Revolución Ethernet 10/100 Mbps MDF Piso 6 Edificio del CENDI Ethernet 10/100 Mbps IDF del Piso 1 Antigua Escuela de Jurisprudencia Ethernet 10/100 Mbps Planta Alta Edificio Sede de la SCJN Ethernet 10/100 Mbps MDF Piso 1 Edificio de 16 de Septiembre Ethernet 10/100 Mbps MDF del Piso 4
LPN/SCJN/002/2012 Página 22 Servicios El proveedor que resulte adjudicado, deberá considerar como requisito previo para iniciar el trámite de pago, contar con las facturas correspondientes que reunan los requisitos fiscales aplicables, validadas por la Dirección General de Tecnologías de la Informacíón, así como con la fianza de cumplimiento con dictamen favorable emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
Los pagos procedentes tanto del pago único como de las 36 mensualidades, se realizarán mediante transferencia electrónica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la presentación de las facturas previamente validadas por el área respectiva, en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicada en la Calle de 16 de Septiembre número 38, planta baja, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, en la Ciudad de México, horario: lunes y miércoles de 8:30 a 14:00 horas; para lo cual el licitante ganador deberá entregar la siguiente documentación:
1. Carta membretada en la que se indique sus datos bancarios. (original). a. Cuenta
b. Clave bancaria estandarizada a 18 posiciones (CLABE) c. Banco
d. Sucursal e. Beneficiario
2. Factura a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con número de Registro Federal de Contribuyentes SCJ 950204 6P5, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación de la materia, con el Impuesto al Valor Agregado, desglosado. (original).
3. Copia del instrumento contractual para efectos de pago.
4. Copia del oficio de validación del área técnica de que los servicios se prestaron en los términos contratados.
5. Copia de la póliza de fianza dictaminada de cumplimiento del instrumento contractual.
Los pagos se realizarán previa verificación de la prestación de los servicios y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
No se realizará el pago de facturas por la prestación de los servicios que no se hayan recibido en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
LPN/SCJN/002/2012 Página 23 Servicios 1. Se realizará un pago único del 100% por concepto de instalación y puesta en
operación de la red de microondas metropolitana de la SCJN, este se efectuará una vez que la empresa encargada de proveer el servicio entregue a plena satisfacción de la Dirección General de Tecnologías de la Información el proyecto, con base al procedimiento de entrega-recepción acordado por las partes; esto incluye todos los servicios, trabajos y documentación correspondiente a la ejecución solicitada.
2. El pago de los servicios de mantenimiento y soporte, se realizará en 36 mensualidades vencidas una vez validados los servicios a entera satisfacción de la Dirección General de Tecnologías de la Información.
La factura correspondiente a cada mes sólo se podrá presentar una vez concluido dicho periodo de tiempo.
Cada factura debe ir acompañada de un informe que contenga: o Revisión Física de Hardware
o Revisión de parámetros de configuración y monitoreo del sistema de radios o Desempeño del enlace durante ese mes.
19.4 PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
La empresa adjudicada será responsable de que el suministro, instalación y puesta en operación de los equipos de comunicación necesarios para interconectar por medio de microondas los inmuebles de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de manera que se puedan transportar los servicios de voz y datos que actualmente están operando a través de la red MPLS de UNINET S.A. de C.V., sean recibidos a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en los domicilios identificados como lugar de entrega de los enlaces, por lo que el riesgo correrá a cargo del licitante hasta ese momento, bajo los siguientes términos:
I. El tipo de transporte a utilizar será aquel que el licitante considere conveniente y que garantice la entrega oportuna, así como que los bienes sean entregados en óptimo estado, con el empaque necesario para evitar daños en el transporte y soportar las maniobras a las que estarán sujetos, a prueba de humedad y polvo; de forma que preserven su calidad y condiciones óptimas durante el transporte, manejo y almacenaje, sin merma de su vida útil.
II. El licitante será responsable de cubrir los costos de traslado y seguro de los bienes, desde sus instalaciones, hasta el lugar de destino final.
III. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros y otros costos adicionales para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
LPN/SCJN/002/2012 Página 24 Servicios “Responsabilidad objetiva: El licitante que resulte adjudicado, responderá por los daños que se causen a las personas o bienes con motivo de la contratación que derive del presente procedimiento aún cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar”
20. PENAS CONVENCIONALES
Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado y conforme a lo siguiente:
20.1 En caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el instrumento contractual que en su oportunidad llegue a celebrarse, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá aplicar a los proveedores o prestadores de servicios una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de los servicios (sin incluir I.V.A.) que no se hayan prestado, o bien no se hayan hecho a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
20.2 En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual a cargo del prestador de servicio, se le aplicará una pena convencional por retraso en la prestación de los servicios o en la ejecución de los trabajos, una vez pasadas los 25 días naturales convenidos para la entrega de los servicios solicitados, o las 4 horas convenidas para la restitución del servicio cuando se trate de un reporte de falla, en el entendido de que para este tipo de servicios en ningún caso se otorgará prórroga, con el 5% diario calculado a partir del total de la partida correspondiente, pena que no podrá exceder del 10% del monto total del contrato, sin incluir I.V.A. 20.3 En las operaciones en que se pacte ajuste de precios, la penalización se
calculará sobre el precio ajustado.
20.4 El proveedor o prestador de servicios responsable del incumplimiento se hará acreedor a las sanciones previstas en los numerales anteriores con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas.
20.5 Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte, al proveedor o prestador de servicios.
21. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
21.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá autorizar el incremento o disminución en la cantidad de los servicios o del plazo de prestación de los
LPN/SCJN/002/2012 Página 25 Servicios mismos, mediante modificaciones al contrato vigente, siempre que el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente.
21.2 En casos excepcionales podrán realizarse convenios aclaratorios, cuando no impliquen modificar lo originalmente pactado y únicamente busquen precisar las condiciones de contratación, para lo cual se atenderá a los antecedentes que revelen fehacientemente el error entre el contrato acto jurídico y el contrato como documento.
21.3 La Suprema Corte de Justicia de la Nación se abstendrá de hacer modificaciones en los contratos en lo que se refiera a precios, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones ventajosas al licitante adjudicado, comparadas con las establecidas originalmente.
Para acreditar lo anterior, se considerarán los siguientes aspectos:
a. Que se respeten las condiciones de precio originalmente establecidas y, que se demuestre que el precio en el mercado del servicio sustituto no es inferior al pactado en el contrato. Si lo fuere, el prestador de servicios deberá otorgar el descuento correspondiente.
b. Que el área técnica emita opinión sobre las características técnicas y la procedencia de su aceptación, destacando las ventajas de la modificación.
c. Que la solicitud del prestador de servicios se realice en el plazo de prestación de servicios originalmente convenido, para lo cual, en todo caso, la contabilización del mismo únicamente se suspendería durante el tiempo en que se de respuesta a su solicitud.
d. Que la modificación técnica no haya sido motivo de descalificación para otro licitante en el procedimiento de contratación correspondiente.
21.4 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá, dentro de un plazo que no exceda de diez meses posteriores a la publicación del fallo, autorizar la ampliación de los servicios adjudicados, siempre que por la cuantía a contratar no rebasen el 30% del monto total adjudicado en la licitación pública, incluyendo impuestos, descuentos y gastos de instalación, y el licitante(s) ganador(es) sostenga los mismos precios de la licitación, en moneda nacional.
22. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL 22.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá suspender el plazo de
ejecución del contrato cuando existan causas de interés general, por necesidades del servicio público o en caso de irregularidades en el
LPN/SCJN/002/2012 Página 26 Servicios cumplimiento del objeto del contrato, señalando la interrupción del plazo de ejecución, así como los hechos que motivan la suspensión.
22.2 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá dar por terminado el contrato por el cumplimiento de su objeto o de manera anticipada, cuando existan causas justificadas o razones de interés general como son:
A. Por nulidad. B. Por rescisión.
C. Por sobrevenir caso fortuito o fuerza mayor. D. Por mutuo consentimiento.
23. RESCISIÓN
23.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá determinar de manera unilateral, la rescisión de la relación contractual, sin necesidad de declaración judicial, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor o prestador de servicios, por causas imputables a él.
23.2 En caso de rescindir de pleno derecho el contrato, parcialmente o en su totalidad se podrá adjudicar al participante que conforme a su propuesta técnica y económica represente la segunda mejor oferta y así sucesivamente, siempre que la diferencia con respecto a la propuesta que inicialmente haya resultado ganadora, no sea superior al 20%. (veinte por ciento).
23.3 Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación no firmare el contrato respectivo o cambiara las condiciones de las bases de la licitación, el licitante ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado a prestar el servicio; en este supuesto tendrán derecho los licitantes, previa solicitud escrita, al pago por los gastos no recuperables en que hubieren incurrido para elaborar y preparar su propuesta, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación, siempre que no rebasen el 15% del monto estimado de la propuesta.
24. INCONFORMIDADES
Los participantes que acrediten su interés jurídico podrán interponer el recurso de inconformidad en los términos previstos en los artículos 189 a 195 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
LPN/SCJN/002/2012 Página 27 Servicios Cuando se suscite alguna controversia respecto de lo pactado en el contrato que se llegase a celebrar con motivo de este procedimiento, los prestadores de servicios podrán presentar su solicitud de conciliación en los términos previstos en los artículos 196 a 201 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
26. TRIBUNAL COMPETENTE
Para la interpretación y cumplimiento del instrumento derivado de este procedimiento de contratación, las partes se someten a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, renunciando en forma expresa a cualquier fuero que, en razón de su domicilio, o vecindad, tengan o llegaren a tener, con fundamento en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Anexo 1a Manifestación de domicilio legal.
Anexo 1b Carta Protesta de no impedimento para contratar. Anexo 1c Carta de Confidencialidad.
Anexo 1d Antecedentes de participación. Anexo 1e Situación legal.
Anexo 2a Requerimiento Técnico. Anexo 2b Cumplimiento de normas. Anexo 2c Formato de curriculum vitae.
Anexo 3 Formato de Propuesta Económica.
Anexo 4 Formato de garantía de cumplimiento de contrato. Anexo 5 Proyecto de contrato.
ATENTAMENTE
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
LIC. MARÍA ESTHER HERNÁNDEZ Y CHÁVEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
LIC. OTILIO ESTEBAN HERNÁNDEZ PÉREZ
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN