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D E L A P R O V I N C I A D E M A D R I D. Depósito Legal: M PRECIOS DE SUSCRIPCION

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AÑO 1982

M I E R C O L E S 15 D E D I C I E M B R E N U M . 297

BOLETIN

OFICIAL

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A D V E R T E N C I A I M P O R T A N T E

g a t a m e n t e que los señores Alcaldes y Secretarios eiemn!1 e s t e BOLETÍN, dispondrán que se deje un

mP ' a r en el sitio de costumbre, donde permanecerá

hasta el recibo del siguiente.

Telé-caja: t b n A ' .r , l !í rR A C , O N : ca " e de Castelló. núm. 107.

De ni 6 2 1 2 3 2- Madrid-6. - Horario de

" Vai 'C Z a t r ec e horas.-Talleres: Polígono Industrjal a ,P o r t , l i0» . Calle Primera, s/n. Teléfono: 651 37 00.

Alcobendas (Madrid).

Depósito Legal: M-2-1958

P R E C I O S D E S U S C R I P C I O N

Trimestre, 1.500 pesetas; semestre, 3.000 pesetas, y anual, 6.000 pesetas.

Precio de venta de cada ejemplar. 20 pesetas; con más de tres fechas de atraso: 25 pesetas

Suscripciones y venta de ejemplares, en la Administración del BOLETÍN OFICIAL, callc de Castelló, núm. 107, Madrid-6. Fuera de esta Capital, directamente por medio de carta a la administración, con inclusión del importe por giro postal. Gastos de Correos y giros por cuenta del suscnptor.

T A R I F A D E I N S E R C I O N E S

De cada texto que se publique en el B O L E T Í N O por anuncios en general, será de 150 pesetas por línea o

fracción.

Las líneas se miden por el total del espacio que ocupa el anuncio.

ta Biblioteca Provincial y su servicio de Hemeroteca perma-necen abiertos al público desde las diez a las trece horas, todos los dias laborables, en Miguel Angel, 25, segunda planta.

D|p

UTACI0l\l PROVINCIAL

DE MADRID

t A N U N C I O

e' d í a mT L T Í N OFICIAL de la provincia caba Cn d e n o v' e m b r e de 1982 se convo-yen p rCurso Para adjudicar el II Cena-dad/' c° ' a r Provincial "Conoce tu C i u -sentid ^ e C U ar t a queda modificada en el p a d e que el plazo de las inscripcio-e | día r acC O n c ui T Í r al certamen terminará ef e c tU a r, d e enero d e 1 9 8 3« debiéndose n¡fiCa ¡, 'as mismas en el Servicio de Pla-d e M a d °n U r b an í s t i c a de la Diputación ro 5j a r' d (paseo de la Castellana,

núme-Man arta Planta, de diez a trece horas). Secretai ' 3 14 d e diciembre de 1982 — E l

Gallar, 0 8 e r ,e r a l , Fernando Albasanz

(0;—3.910)

<j Sección de Fomento

obra s C?n v°ca concurso-subasta para las

C amin mejora y acondicionamiento del

c0 n ar V e c i n a l 9 0 de Ajalvir a Estremera,

c i° n es °al Proyecto y pliego de

condi-• f ¡n f N e xPue s t o s en esta Sección.

Pía?

V

0 5 1 6

-

2 5 4 Pesetas.

r ja 0 de ejecución: Cinco meses.

G^ a n t ia provisional: 893.871 pesetas.

c io d e Jí a definitiva: 5 por 100 del

pre-el arrí a dJu di c a c i ó n , salvo lo dispuesto en

taciór ! °8 2 del Reglamento de

Contra-d ie n d d e las Corporaciones Locales,

pu-q u ie r a e °n st i t u i r s e ambas fianzas en

cual-tado R ,las formas admitidas por el

ci-BA N CQ ^ a m e n t o , incluidas las cédulas del

Prel Cr é d i t o Local,

p r e s e n t a c i ó n de plicas: Los licitadores

bres c á n s u s proposiciones en dos

so-ción n e r r a do s , que se titularán

"Proposi-b as t a p a r a tomar parte en el

concurso-su-p r i r nP P a r a y se subtitularán, el

" O f e n ' 'deferencias", y el segundo, ráCO n e c o n ó m i c a s " , la cual se redacta-contin a r r e8 l o al modelo que se inserta a

^ n u a c i ó n .

treo!S Proposiciones se admitirán, con

en-S eC C l o^ ° n J u n t a de ambos sobres, en la

ma ñ n de Fomento, de diez a doce de la

Partir H i d u r an t e veinte días hábiles, a

este a 1 S 18uiente al de la publicación de

H s t ad a n„U n ci o en el "Boletín Oficial del

serDa . ' f-os poderes, en su caso, deberán

al ^ ^ ^ " t e a d o s con una antelación de,

fecha d ' c u a r en t a y ocho horas a la

An* ? Presentación de la plica. ciaS'v. r{U r a de los pliegos de

"Referen-A nB ei tn. el Palacio Provincial, Migue

día h á hniU m e r o 2 5- a las do ce horaS A \

Plazo H S l g ui e n t e al de terminación del

a e Presentación.

Reclamaciones: Dentro de los ocho días hábiles siguientes al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia p o d r á n interponerse reclama-ciones contra el pliego de condireclama-ciones, produciéndose, en este caso, la suspensión automática de la licitación. Una vez re-sueltas las mismas, se procederá a un nue-vo anuncio del concurso-subasta.

Existe crédito suficiente en el Presu-puesto de gastos, no precisando la validez de este contrato autorización superior alguna.

Modelo de oferta económica Don en nombre propio (o en representación de ), vecino de con domicilio en , enterado del pro-yecto y pliegos de condiciones a regir en el concurso-subasta para la contratación de se compromete a tomarlo a su cargo, con estricta sujeción a los mismos, por un precio de (en letra y núme-ro), y a concluir su ejecución en un plazo de

(Fecha y firma del licitador.) Madrid, a 9 de diciembre de 1982.—El Secretario general, Fernando Albasanz

G a l l a n . (O.—56.000) Delegación de Hacienda Económica A N U N C I O S Planificación

Verificada la recepción definitiva del trabajo titulado "Elaboración de base de datos para la distribución intermunicipal del F . C . I. en la provincia de M a d r i d " , realizado por "Cise Investigaciones Sociológicas, Sociedad Limitada", se hace p ú -blico por medio del presente anuncio a fin de que puedan formularse ante esta

Diputación (Registro General) y durante

las horas de oficina, en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la

inserción del presente anuncio, las recla-maciones oportunas y pueda ser devuelta

la fianza constituida. N o admitiéndose

re-clamación alguna una vez transcurrido di-cho plazo.

Madrid, a 7 de diciembre de 1982.—El

Secretario general, Fernando Albasanz Gallan.

(O.—55.997)

Verificada la recepción definitiva del

trabajo titulado "Estudio de viabilidad

financiera del proyecto de Caja de Ahorros Provincial", realizado por don José Carlos Teniente Quesada, se hace publico por medio del presente anuncio a

fin de que puedan formularse ante esta

Diputación ¡Registro General) y durante

las horas de oficina, en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la inserción del presente anuncio, las recla-maciones oportunas y pueda ser devuelta la fianza constituida. No admitiéndose reclamación alguna una vez transcurrido d i -cho plazo.

Madrid, a 7 de diciembre de 1982.—El Secretario general, Fernando Albasanz Gallan.

(O.—55.998)

AYUNTAMIENTO DE MADRID

Sección de Ordenación Urbana

A N U N C I O

El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de noviem-bre de 1982, a d o p t ó el siguiente acuerdo:

"Suspender el otrogamiento de licencias por plazo de un a ñ o , para los terrenos con fachada a la plaza Virgen de la A n t i -gua, calle de la Iglesia y plaza de Antonio de Andrés, y que se delimitan en el plano obrante en el expediente, de conformidad con lo previsto en el artículo 27 del texto refundido de la ley del Suelo, en relación con el 118 del Reglamento de Planeamien-to y artículo 8 del Real DecrePlaneamien-to-ley de 16 de octubre de 1981."

Lo que se publica para general conoci-miento, con la advertencia de que contra este acuerdo podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-admi-nistrativo, en el plazo de un mes.

Madrid, 7 de diciembre de 1982.—El Secretario general, P. D . (Firmado).

(O.—55.963) M I N I S T E R I O D E T R A B A J O \ S E G U R I D A D S O C I A L

DIRECCION PROVINCIAL

DE MADRID

A N U N C I O

En la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, Sección de Servicios Sociales y Asistenciales, se instruye expe-diente para la clasificación como de beneficencia particular de la Fundación " C e -prosa", en Madrid.

En cumplimiento de lo que dispone la Instrucción de Beneficencia, se acuerda citar a los representantes de la Fundación e interesados en sus beneficios para que en plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación del presente anun-cio, puedan formular las alegaciones o reclamaciones que tengan por convenien-te, a cuyo efecto se hallará el expediente de manifiesto en las oficinas de la Direc-ción Provincial de Trabajo y Seguridad

Social, Sección de Servicios Sociales y Asistenciales, plaza de Cristino Martos, n ú m e r o 4, segundo, en horas de diez a trece, en días laborales, excepto sábados. El Director provincial de Trabajo y Se-guridad Social, P. O . (Firmado).

(G. C—14.009)

M I N I S T E R I O D E O B R A S P U B L I C A S

Y U R B A N I S M O

Comisión de Planeamiento y

Coordina-ción del Area Metropolitana de Madrid A N U N C I O

La Comisión Delegada del Pleno de la Comisión de Planeamiento y Coordina-ción del Area Metropolitana de Madrid, en sesión celebrada el día 14 de octubre

de 1982, acordó, por unanimidad:

IO Ratificar la resolución adoptada

por cl ilustrísimo señor Delegado del G o

-bierno, de fecha 21 de septiembre de 1982,

por la que se informaba favorablemente,

a los efectos de fiscalización del gasto, el

expediente relativo al proyecto de edificios y pistas de examen para aspirantes al per-miso de conducir a ubicar en el término municipal de Móstoles, promovido por la Dirección General de Tráfico.

2t t Aprobar, con carácter previo, el

proyecto de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.3 del texto refundido de la ley del Suelo, en relación con lo establecido en el artículo

85.2 de dicho texto legal, sometiendo el

expediente a información pública por pla-zo de quince días y audiencia por igual plazo al Ayuntamiento dc Móstoles.

Durante dicho período, cuantas

perso-nas se consideren interesadas p o d r á n

examinar el expediente en los locales de la Comisión del Area Metropolitana de M a

-drid (Ministerio de Obras Públicas y U r -banismo) y formular cuantas alegaciones

estimen pertinentes a su derecho,

dirigién-dolas por escrito al ilustrísimo señor

De-legado del Gobierno en la expresada

Comisión.

Madrid, 26 de noviembre de 1982.—El

Secretario general (Firmado).

(G. C—14.000) (O—55.979)

M I N I S T E R I O D E S A N I D A D

Y C O N S U M O

Subsecretaría para el Consumo

DIRECCION GENERAL DE

INSPECCION DEL CONSUMO

Visto el expediente número

28/555/81-A de la Jefatura Provincial de Comercio Interior de Madrid, contra "Sanclari,

(2)

So-Pág. 2

M I E R C O L E S 15 D E D I C I E M B R E D E 1982 B. O- ?

ciedad A n ó n i m a " , con domicilio en la avenida de Pedro Diez, número 21, M a drid, por infracción a la disciplina del mercado en materia de venta dc produc tos textiles con etiquetas en las que no se hacía constar su composición, que aquélla eleva con propuesta de sanción, asignán-dose en la Subdirección General de Nor-mativa y Procedimientos el número 1.189 de 1982 del Registro General; y

Resultando probado y así se declara que en inspección practicada el día 5 de marzo de 1981 por inspectores de la Jefa-tura Provincial de Comercio Interior de Granada en el establecimiento de confec-ciones propiedad de doña Cecilia Linares Butgardón, sito en la calle de Ganivet, número 5, de Granada, se c o m p r o b ó que tenían a su venta trajes en cuya etiqueta figuraba la siguiente inscripción: "Sancla-ri, garantía de calidad, traje, son creacio-nes Sanclari, traje Sanclari, máster, mode-lo 3-267/1/TG, comode-lor 869, talla 56, drop 6". No se hacía constar, por tanto, la composición del tejido;

Resultando que tramitado el expediente con arreglo a lo dispuesto en los artículos 133 al 137 de la ley de Procedimiento Administrativo y publicados en el BOLETÍN

OFICIAL de la provincia el pliego de

car-gos y la propuesta de resolución, ante la imposibilidad de realizar la notificación postal, la entidad encartada no realiza alegación alguna.

Considerando que los hechos que se • declaran probados constituyen infracción administrativa en materia de disciplina del mercado prevista en el artículo 3.18 del Decreto 3052/1966, de 17 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 15 de diciembre), que declara infracción admi-nistrativa en materia de disciplina del mer-cado en general toda inobservancia, irre-gularidad o negligencia en el cumplimien-to de las disposiciones administrativas dic-tadas en materia dc ordenación de precios y de disciplina del mercado, en relación con la Orden de 21 de abril de 1969 ("Bo-letín Oficial del Estado" del 28), sobre la industria textil, que en su artículo prime-ro establece que en la comercialización de productos textiles éstos deberán estar pro-vistos de una etiqueta descriptiva de su composición y empleando las denomina-ciones de las materias primas utilizadas en su fabricación, y que en la mencionada infracción es responsable en concepto de autor la encartada "Sanclari, Sociedad Anónima";

Considerando que en la citada infrac-ción administrativa debe ser sancionada, de conformidad con lo establecido en el artículo quinto del Decreto 3052/1966, de 17 de noviembre ("Boletín Oficial del Es-tado" de 15 de diciembre), cuya sanción viene atribuida a esta Dirección General de Inspección del Consumo en virtud de competencia conferida por los artículos 15, en relación con el 18, del Real Decre-to 2924/1981, de 4 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 14) y artículo 6, número 2, del citado Decreto.

Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes de general y especial aplicación, esta Dirección General

A C U E R D A

Io Imponer a "Sanclari, Sociedad

A n ó n i m a " la sanción de multa de sesenta mil (60.000) pesetas.

2o Publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la provincia de Madrid las menciones señaladas en el artículo 7 del Decreto 3052/1966, de 17 de noviem-bre ("Boletín Oficial del Estado" de 15 de diciembre).

Conforme a lo previsto en el artícu-lo 122 de la ley de Procedimiento Admi-nistrativo, contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Sanidad y Consumo en el plazo de quince días hábiles, computados a partir del siguiente al de su notificación.

Madrid, a 27 de octubre de 1982.—El Director general de Inspección del Consu-mo, Rafael Miranda Nieves.

(G. C—13.719)

B de*t í , f ?c d Í e D n t e n ú me r o 28/357/79-d e ,d Jefatura Provincial de Comercio

Interior de Madrid, contra doña Mercedes

Mañas Uña, con domicilio en la calle de Esgrima, número 11, Madrid, por infrac ción a la disciplina del mercado en mate-ria de elaboración y venta de pan falto de peso, que aquélla eleva con propuesta de sanción, asignándose en la Subdirección General de Normativa y Procedimiento el número 1.140/1982 del Registro General; Resultando probado y así se declara que en inspección practicada en virtud de denuncia el día 16 de octubre de 1979 por inspectores de la Jefatura Provincial de Comercio Interior de Madrid en la panifi cadora propiedad de doña Mercedes M a ñas Uña, sita en la calle de Esgrima, nú mero 11, de Madrid, se procedió a efec tuar dos pesadas de 10 piezas de pan flama cada una de los siguientes formatos: 125, 250 y 375 gramos; las pesadas del formato de 125 gramos dieron como resul-tado, respectivamente, 1.170 gramos y

1.180 gramos en vez de los 1.212 gramos que debieron dar una vez deducido el margen de tolerancia del 3 por 100, exis-tiendo, por tanto, unos déficits del 3,4 por 100 y del 2,6 por 100; las pesadas del formato de 250 gramos dieron unos resul-tados de 2.250 gramos y 2.230 gramos, respectivamente, en vez de los 2.425 gra-mos que debieron pesar una vez deducido el margen de tolerancia del 3 por 100, existiendo, por tanto, unos déficits en el peso del 7 por 100 y del 7,8 por 100; finalmente, las pesadas del formato de 375 gramos dieron como -Fesultado, res-pectivamente, 3.350 gramos y 3.330 gra mos, en vez de los 3.637,5 gramos que debieron pesar una vez deducido el mar-gen de tolerancia del 3 por 100, existiendo unos déficits, por tanto, del 7,6 por 100 y del 8,2 por 100;

Resultando que la encartada ha sido sancionada por venta de pan falto de pe so con multas de 37.000 pesetas (en

expe-diente 28/121/78-C), 10.000 pesetas

(expe-diente 2 8 / 2 5 4 / 7 8 - A ) , 500.000 pesetas (expediente 28/439/78-A), 10.000 pesetas

(expediente 28/711/78-A), 10.000 pesetas

(expediente 28/758/78-A) y 10.000 pesetas (expediente 28/898/78-A);

Resultando que tramitado el expediente con arreglo a lo dispuesto en los artículos 133 al 137 de la ley de Procedimiento

Administrativo y sancionados los hechos

a que se refiere el resultando primero con

multa de 150.000 pesetas, la interesada presentó recurso de alzada que fue deses-timado; presentado recurso de reposición

se dictó por el Ministerio de Economía y

Comercio resolución de fecha 2 de diciem-bre de 1981, por la que se acordó

retro-traer las actuaciones procedimentales al

trámite siguiente al de la providencia de incoación del expediente al anularse el Decreto 3632/1974, de 20 de diciembre, en virtud de sentencia de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tri-bunal Supremo, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" el 8 de julio de 1981; Resultando que tramitado nuevamente el expediente con arreglo a los artículos

133 al 137 de la ley de Procedimiento

Administrativo, no pudo notificarse por

vía postal a la interesada el pliego de

cargos y propuesta de resolución, por lo

cual éstas fueron publicadas en el BOLETÍN

OFICIAL de la provincia; en la primera

tramitación del expediente la encartada

alega en síntesis lo que sigue:

Convencida de la inexistencia de fraude

alguno, instó al químico don Marcelino

García Junco para que emitiese un

infor-me al respecto, el cual adjuntó al expe-diente; dicho informe afirma que la toma de muestras no se hizo por personal técni-co ni técni-con la balanza preceptiva y que, en todo caso, la supuesta falta de peso debe ser atribuida a la pérdida natural de hu-medad en las piezas controladas, por lo

que no debe deducirse de ello infracción

alguna imputable a la entidad

elabora-dora.

Considerando que los hechos que se

declaran probados constituyen infracción administrativa en materia de disciplina del

mercado prevista en el artículo 3o. 10 del

Decreto 3052/1966, de 17 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 15 de diciembre), que declara infracción admi-nistrativa en materia de disciplina del mer-cado el fraude en el peso; en relación con

lo dispuesto en el apartado 15 de la Orden del Ministerio de Comercio de 26 de mar-zo de 1976 ("Boletín Oficial del Estado" del 27), que establece un margen de tole-rancia de un 3 por 100 en las faltas de peso en el pan en frío, en pesadas globa-les de 10 piezas, y que de la mencionada infracción es responsable en concepto de autora la encartada doña Mercedes Mañas Uña;

Considerando que la citada infracción administrativa debe ser sancionada de conformidad con lo establecido en el artículo quinto del Decreto 3052/1966, de

17 de noviembre ("Boletín Oficial del Es-tado" del 15 de diciembre), cuya sanción viene atribuida a esta Subsecretaría para el Consumo, en virtud de la competencia conferida por el artículo único del Real Decreto 3152/Í981, de 29 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30) y artículo sexto, número 3, del citado De creto 3052/1966;

Considerando que no modifican la an-terior calificación y subsiguiente declara-ción de responsabilidad las alegaciones que formula la encartada, porque:

1Q Está debidamente probado en las actuaciones practicadas que cada una de las dos pesadas globales de 10 piezas de pan de los módulos de 125, 250 y 375 gramos rebasaron el margen máximo au-torizado de falta de peso.

2Q E l repeso del. pan fue efectuado en frío, sin que sea necesario ni obligatorio para la comprobación del peso del pan el análisis del mismo, autorizándose un mar-gen de tolerancia para un posible exceso de coción que ha sido rebasado por la encartada. Asimismo es de significar que los inspectores actuantes son funcionarios de la plantilla del Cuerpo Especial de Agentes de Inspección de la Disciplina del Mercado, que ostentan competencia suficiente para la práctica de las inspeccio-nes propias de esta materia, conforme a la orden de convocatoria de su ingreso en

el Cuerpo en 11 de junio de 1974 ("Bole-tín Oficial del Estado" del 10 del mes

siguiente) y Decreto 2563/1972, de 15 de septiembre.

Y por lo que respecta a la balanza, utilizaron, previa comprobación de su buen funcionamiento, la que obligatoria-mente obraba en la panificadora, a tenor de lo prevenido en la Orden del Ministe-rio de Comercio de 26 de junio de 1976 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de julio).

Vistos los preceptos legales citados y demás concordantes de general y especial a p l i c a c i ó n , esta Subsecretaría para el Consumo

A C U E R D A

Io Imponer a doña Mercedes Mañas Uña la sanción de multa de ciento cin-cuenta mil (150.000) pesetas.

2° Publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la provincia de Madrid las menciones señaladas en el artículo sép-timo del Decreto 3052/1966, de 17 de noviembre.

Conforme a lo previsto en el artículo 122 de la ley de Procedimiento A d m i -nistrativo, contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el excelentísimo señor Ministro de Sanidad y Consumo en el plazo de quince días hábiles, computados a partir del siguiente al de su notificación.

M a d r i d , a 23 de septiembre de 1982.—El Subsecretario para el Consumo, Miguel Marañón Barrio.

(G. C—13.720)

CAJA GENERAL DE DEPOSITOS

Extraviado el resguardo expedido por esta Caja el día 13 de octubre de 1982, con el número 153.305 de registro, propie-dad de "Compañía Mercantil de Seguros, Sociedad Anónima", en garantía de " P u -blinsa, Kenyon & Eckhardt, Sociedad Anónima", constituido en aval bancario y por un nominal de 960.000 pesetas. Se previene a la persona en cuyo poder se halle, que lo presente en este Centro, ya que están tomadas las precauciones oportunas para que no se entregue el

de-posito sino a su legítimo dueño, quedan-do dicho resguarquedan-do sin ningún valor ni efecto transcurridos dos meses desde a publicación de este anuncio, sin haberío presentado con arreglo a lo dispuesto en su Reglamento.—Expediente número

2391/82.

Madrid, 9 de diciembre de 1982.—& Administrador (Firmado).

(A.^45.004)

JUNTAMIENTOS

P A R L A

Convocatoria para proveer, en propiedad, una plaza de Técnico de Administración General.

En cumplimiento del acuerdo de la Cor misión Permanente del Ayuntamiento, ei sesión ordinaria de 29 de noviembre o

'982, se anuncia la provisión, en PT°P1'

dad, mediante oposición libre, de una pi * za de Técnico de Administración Gener con arreglo a las siguientes:

B A S E S

P r i m e r a . Objeto de la con Q,

ria.—Es objeto de la presente co de

ria la provisión, por el procedirn ic0

oposición libre, de una plaza cíe n t a

-de Administración General en ei ^b g ru

-miento de Parla, encuadrada en c

po de Técnicos de Administrado. { e

ral, dotada con el sueldo corresp" s

al nivel de proporcionalidad i ' t r¡D

u-extraordinarias, trienios y demásponda'1

ciones o emolumentos que con -Y con arreglo a la legislación vigen • , ^

Se añadirán las vacantes que, % de

2>e anaairan las va^au^- -i jazo u w producirse hasta que finalice el p^ aCll.

presentación de instancias. Cas ^x¿xC

n-mularse un número de v a c a níe^r.r lOO^e

tes se reservará un cupo del 25 po r ^ c Q Í ].

las plazas para el personal e v e n t u *m¿ o

tratado que se encuentre ^esem^v0cid^

plazas de igual categoría a la co ^Le y

de acuerdo con lo dispuesto en

70/1978, de 26 de diciembre. a s D¡ r a n

-Segunda. Condiciones de los a^i c¡0n

tes.—Para tomar parte en la ° "

sera necesario:

a) Ser español. f c na de

b) Estar comprendido enia ' j t e S de la convocatoria-dentro de 'o SJ ' . D) de' edad que señala el artículo 3 " D|ido* Real Decreto 3046/1977 (tener cu" ¿n t a) . dieciocho años y no exceder de • . ¿Q e íi

De conformidad con lo estaDie

el número 2 del citado artículo ei pa.

de edad máxima señalada no ajee ^ j o -ra el ingreso en el subgrupo de lo ^ QS y

narios que hubiesen pertenecido ¡o S dicho límite podrá compensarse a ) a servicios computados anteriorme ^ h ü. Administración Local, s i e m. P /eA jac i o na I biese cotizado a la Mutualidad ^o C al-de Previsión al-de Administración ^ ,

c) Estar en posesión del tituio p o,¡ t l. cenciado en Derecho o en Cienc

!

jn ten-cas o Económiten-cas o Empresarial^ M| . dente Mercantil o Actuario ^ i c S y

d) Carecer de antecedentes p haber observado buena conducta. ,£ÍeCto

e) No padecer enfermedad o Q ¿c

físico que impida el normal desa

la función. _ ¿e in'

0 No hallarse incurso en cau^ R^ ,a -capacidad, según el artículo 3o o. t r ac i ó n mentó de Funcionarios de Admin Local. . . ¿n ^ L a *

Tercera. Instancias de a d m i s » ^ ' ^ ) a instancias solicitando tomar pa

oposición, en las que los aspiran c a ( J a rán manifestar que reúnen toda ^ b a s e una de las condiciones exigidas e d e ) a segunda, se dirigirán al Pr e S l d e\ Regi s' Corporación y se presentaran e r ejn te-tro General de ésta, debidamem a J í as gradas, durante el plazo de tr ¡e nt e ** hábiles, contados a partir del sl*tici&

en que aparezca el último de lo , e r 1 c de la convocatoria, que se Pu D" ¡ 0 °e

BOLETÍN OFICIAL de la Pr o V!n ¡n oHc1 3 1

oportuno extracto en el "Boie t a ntes

del Estado", publicándose l o s d e ia pf 0' anuncios en el BOLETÍN OFICIAL

vincia de Madrid. ,á n pres e í 1' Las instancias también podra Ren-tarse en la forma que determina Ad

-lo 66 de la ley de Procedirnie' ministrativo.

(3)

0. P.

c i U a * cd e r e c h o s de e xa m e n , que se fijan t l s fe c h ot l d a d de 1 00 0 Pesetas, serán sa-instan ¡por ios opositores al presentar la que en y no P °d rá n ser devueltos más Por fai ¿aJ ° d e no ser admitidos a examen l« en él l o s requisitos para tomar par-l n st a n dÍ n a d o e l plazo de presentación de ción an VA Residencia de la Corpora-^Pirant á l a , i s t a provisional de los hará n-Ki a d mi t i d o s y excluidos, que se

Provine:i en E L BOLETÍN OFICIAL de la ariuncj'a ,y S e r a expuesta en el tablón de * un ní l a C o rP o r a c i ó n , concediéndo-r e c'amP 0 de quince días a efectos de I a s hubi D i c ha s reclamaciones, si «n ia r e r e' serán aceptadas o rechazadas lista DS ° 'U c ió n por la que se apruebe la asimism a' 9U E será hecha pública

Cua„ e n l a forma indicada.

b ünal Paj.rTribunal calificador.—El T n -c on s t i t^ " i c a d o r de la oposición estara

Pre.iH e n , a siguiente forma:

Miembro üt C : E 1 d e l a Corporación o •i la misma en quien delegue, representante del

Profeso-M I E R C O L E S 15 D E D I C I E Profeso-M B R E D E 1982

'ocales I T mis ma en quien delegue.

[?d0 on , n representante del

Profeso-tudios í? d e s i8n a d o por el Instituto de Cretari0 d ,A d r ni n i s t r a c i ó n Local; el

Se-pile fje l 5 ,l a Corporación; un represen-c0 mU n¡ , ^.olegio Oficial respectivo de la l°n°rnico A u t ó no m a o del Ente

preau-t n te desi ° 'de n o haberlo, un

represen-tadong nado Por la Administración del

Ut°norn' C n S u c a s o' Por l a Comunidad

í^esnrmH 0 Ente preautonómico que

d ee ss i e n L' g n a Zn t l aU a ; ; un funcionario de carrera un funcionario de carrera

Cereta P°r l a Corporación Local. c'onari0 r., 0 : E 1 de la Corporación o

fun-EITYÍL , a misma en quien delegue.

P°r los si U?a l R e d a r á integrado, además,

órnente P e n l es respectivos que,

simulta-J'gnarse C o n l o s titulares, habrán de

de-b í a s d3!3 C l S e c re t a r i o del Tribunal y

k L a desi mi smo no delegables. U nal sP ?n a c i ó n de los,miembros del

Stti J hará n ñ K i ^ n Q„ a\ ROIFTÍN

Tri-y de la ara Publica en el BOLETÍN

OFI-? el tamP r o v , nc i a de Madrid, así como

P> ¡ ón °n de anuncios de la Cor-El T • dC t U a r s7n T*1 n o Po d r á constituirse ni i* S us m¡ a s i s t en c i a de más de la mitad d i st i n ta rle m b ro s . titulares o suplentes, Q ü ¡ nt a m e r ,t e . n a c i ó n n0mienzo y desarrollo de la

» habrá ara establecer el orden en

pellos e de a° t u a r los opositores en

,c° n i u n tr c , c , o s qu e no se puedan

reali-, U list a a r n en t e , s e verificará un sorteo.

e°r i e° Do C°n e l número obtenido en el

U e | B o .L C a d a opositor, se hará pública

/ladrid 'T L N,O F I C I A L de la provincia de n un c i0 s y d S e rá expuesta en el tablón de

Qu¡nC e J ,l a Corporación,

fi r ejercí • antes de comenzar el pri-hLETíN n1 0 , e l Tribunal anunciará en el

r a V lup F I C I A L de , a Provincia el día, U s 0 8 a r en que habrá de tener lugar. v a e j e r r °S l t 0 r e s serán convocados para t>C as o d p f1 0 en llamamiento único, sal-T C a do v Z a ma v or debidamente

jus-n bU n a l v apreciado libremente por el c i ¿S e xU

c-l ' ° n . ^ in E j e r c i c i o s de la o p o s i

-s tres c; eJercicios de la oposición serán

• prime 8 u ,entes:

r i° P a r aR T EÍe r c ic i o : De carácter

obligato-rt C° n s is Í 0 S l o s aspirantes.

, r an te, en desarrollar por escrito,

2 tema H p e r í o d° máximo de dos horas,

r r el TriK c a r á ct e r general determinado

^lebrarcp ,n a l inmediatamente antes de

i f r a t r í a e j e r c ic » o v relacionado con el

°r»a," a if ^ue se acompaña a la convoca-i C re t0H .U e no s e atenga al epígrafe J liberta « r n i S m o^ teniendo los

aspiran-c ,° n se J ?n cuanto a su forma de

expo-En r e f'ere.

ció

- J - ' V - I C I U se vaioiaia i a i ^ .

-•eral y universitaria, la claridad y

C S cma~ |e , d e a s> l a facilidad de exposición

t e y su aP°rtación personal del

aspiran-l a . J;fPacidad de síntesis.

r

c*s S e rrl u/ a del ejercicio por los

oposito-£ h0 r a PUbHca v t e n d rá lugar en los días

r i bUnal oportunamente señale el

r¡0 p8 U n do ejercicio: De carácter

obligato-Con?todos l o s aspirantes.

P e r ío d^S t l r a en exponer oralmente, en un

extrae ma xi mo de una hora, seis temas

d'dos e a.l a s uerte de entre los

compren-toria. u Programa anejo a la

convoca-" U no de Derecho Político y

Consti-tucional, uno de Derecho Administrativo

uno de Economía Política, uno de Dere-cho Financiero, uno de DereDere-cho Adminis-trativo Local (parte general) y uno de

Derecho Local Especial.

Los aspirantes dispondrán de un perío-do de quince minutos para elaborar

esque-mas que Ies sirvan de base en la exposi-ción de los temas extraídos a la suerte.

La realización de las pruebas de este

ejercicio será pública.

Se valorarán los conocimientos sobre

los temas expuestos. Si una vez

desarrolla-dos los dos primeros temas o

transcurri-dos veinte minutos de exposición el Tribu-nal apreciara deficiencia notoria en la ac-tuación del aspirante, podrá invitar a éste

a que desista de continuar el ejercicio.

Concluida la exposición dc la totalidad de los temas, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre materias objeto de

los mismos y pedirle cualesquiera otras

explicaciones complementarias. El diálogo podrá tener una duración máxima de

quince minutos.

Tercer ejercicio: De carácter igualmen-te obligatorio.

Se desarrollará por escrito, durante un período máximo de cuatro horas, y con-sistirá en la redacción de un informe con

propuesta de resolución sobre dos

supues-tos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativos a tareas administrativas

propias de las funciones asignadas al

subgrupo.

Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán, en todo momento, hacer uso de los textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consulta de los que acudan provistos.

En este ejercicio se valorará fundamen-talmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formu-lación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normati-va aplicable.

Cuarto ejercicio: De carácter

volun-tario.

Consistirá en la traducción directa, sin ayuda de diccionario, de un texto elegido

por el Tribunal y referido al idioma o

idiomas modernos que al respecto esta-blezca la convocatoria de la oposición.

Séptima. Calificación de los aspiran-tes.—Todos los ejercicios serán eliminato-rios, calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores

que no alcancen el mínimo de cinco

pun-tos en cada uno de ellos.

La calificación del ejercicio voluntario no determinará la eliminación del

oposi-tor de las pruebas selectivas, sirviendo

sólo a efectos de la puntuación final y

determinación del número de orden en la relación de aprobados.

El número de puntos, que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal

en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez.

Las calificaciones se adoptarán suman-do las puntuaciones otorgadas por los dis-tintos miembros del Tribunal y

dividien-do el total por el número de asistentes de

aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones de cada ejercicio se

harán públicas el mismo día en que se

acuerden y serán expuestas en el tablón de anuncios de la Corporación.

El orden de clasificación definitiva esta-rá determinada por la suma de las puntua-ciones obtenidas en el conjunto de los

ejercicios.

Octava. Relación de aprobados,

pre-sentación de documentos y nombramien-to.—Terminada la calificación de los aspi-rantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo éstos rebasar el número de

plazas convocadas, y elevará dicha

rela-ción a la Presidencia de la Corporarela-ción para que se formule la correspondiente

propuesta de nombramiento. A l mismo tiempo remitirá a dicha Autoridad, a los

exclusivos efectos del artículo 11.2 de la Reglamentación General para ingreso en la Administración Pública, el acta de la

última sesión, en la que habrán de figurar

por orden de puntuación todos los

oposi-tores que, habiendo superado todas las

pruebas, excediesen del número de plazas convocadas.

Los opositores propuestos presentarán

en la Secretaría de la Corporación dentro

del plazo de treinta días hábiles, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condi-ciones que para tomar parte en la oposi-ción se exigen en la base segunda y que son:

Io Certificación de nacimiento,

expe-dida por el Registro Civil correspondiente.

2Q Título o testimonio notarial del

mismo de licenciado en Derecho o

Cien-cias Políticas o Económicas o

Empresaria-les, Intendente Mercantil o Actuario

Mer-cantil o el resguardo del pago de los

dere-chos del título. Si estos documentos

estu-vieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de ins-tancias deberá justificar el momento en que terminaron sus estudios.

3Q Certificado negativo del Registro

Central de Penados y Rebeldes, referido a la fecha de terminación de las pruebas selectivas.

4Q Certificado de buena conducta,

expedido por la Alcaldía de su residencia, referido también a la misma fecha.

5C Declaración jurada de.no hallarse

incurso en causa de incapacidad.

6C Certificado acreditativo de no

pa-decer enfermedad o defecto físico que in-posibilite el normal ejercicio de la función.

Este certificado deberá ser expedido por la Jefatura Provincial dc Sanidad.

7Q Quienes tuvieran la condición de

funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las

condicio-nes y requisitos ya demostrados para ob-tener su anterior nombramiento, debien-do presentar certificación del Ministerio, Corporación Local u organismo público del que dependan acreditando su condi-ción y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo inmediato y salvo los casos de fuerza mayor los opositores propuestos no presentaran su documenta-ción o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán eio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instan-cia solicitando tomar parte en la

oposi-ción. En este caso, la Presidencia de la

Corporación formulará propuesta a favor de los que, habiendo aprobado los ejerci-cios de la oposición, tuvieran cabida en el número de plazas convocadas a conse-cuencia de la referida anulación.

Una vez aprobada la propuesta por la

Comisión Municipal Permanente, los

opo-sitores nombrados deberán tomar

pose-sión en el plazo de treinta días hábiles, a contar del siguiente al en que les sea noti-ficado el nombramiento; aquellos que no tomen posesión en el plazo indicado sin causa justificada quedarán en la situación de cesantes.

Novena. Incidencias.—El Tribunal

queda autorizado para resolver las dudas

que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la

oposi-ción en todo lo no previsto en estas bases. Parla, a 1 de diciembre de 1982.—El Alcalde (Firmado).

A N E X O

PROGRAMA PARA EL INGRESO EN FL SUBGRUPO DE TECNICOS DE ADMINISTRACION GENERAL DE

ESTA CORPORACION

Parle primera: Derecho Político y Cons-titucional

T e m a s

1. Teoría del Estado. Justificación y fin del Estado. Elementos del Estado.

2. Formas de Estado.

3. Funciones del Estado. La teoría de la división de poderes.

4. Los órganos de gobierno.

5. Los partidos políticos. Grupos de presión. La opinión pública.

6. El sufragio. Formas y técnicas de

articulación.

7. Lá Constitución. Concepto y clases. El poder constituyente. La reforma cons titucional.

8. La Constitución Española de 1978. Principios generales.

9. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

10. La monarquía. Teoría general. L a

Corona y la Constitución Española.

Pág. 3 11. El poder legislativo. Teoría gene-ral. Las Cortes Generales.

12. E l Gobierno. Relaciones entre el Gobierno y el poder legislativo.

13. El poder judicial.

14. Organización territorial del Esta-do. Los Estatutos de Autonomía: Su significado.

Parte segunda: Derecho Administrativo

1. Administración Pública. Gobierno

y Administración. Principios

constitucio-nales de la Administración Pública

es-pañola.

2. Administración y el Derecho.

Régi-men anglosajón y sistema continental

eu-ropeo o régimen administrativo. 3. El concepto de Derecho

Adminis-trativo. Actividad administrativa de

dere-cho privado. La llamada ciencia de la

administración.

4. La personalidad jurídica de la A d

-ministración Pública. Clases de personas

jurídicas públicas.

5. Sometimiento de la Administración

a la Ley y al Derecho. Fuentes del

Dere-cho Público. La Ley: Clases de Leyes.

6. El Reglamento: Concepto y clases.

Procedimiento de elaboración, límites de la potestad reglamentaria y defensa con-tra los Reglamentos ilegales. Instrucciones y circulares.

7. La costumbre. La práctica

adminis-trativa. Los principios generales del Dere-cho. Otras fuentes.

8. La posición jurídica dc la Adminis-tración Pública. Potestades administrati-vas. Potestad discrecional v reglada.

9. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus cau-sas modificativas. Colaboración y partici-pación de los ciudadanos en la Admi-nistración.

10. Los derechos públicos subjetivos. El interés legítimo. Otras situaciones legí-timas del administrado.

11. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elemen-tos del acto administrativo.

12. El procedimiento administrativo.

La ley de Procedimiento Administrativo y

su revisión. Principios y á m b i t o de apli-cación.

13. Dimensión temporal del

procedi-miento. Recepción y registro de

documen-tos. El interesado y su representación.

Co-municaciones y notificaciones.

14. Las fases del Procedimiento

Admi-nistrativo General. El silencio

adminis-trativo.

15. La eficacia de los actos

adminis-trativos y su condicionamiento.

Ejecutivi-dad y suspensión. La ejecución de los

actos administrativos.

16. La teoría de la invalidez del acto

administrativo. Actos nulos y anulables. La convalidación del acto administrativo. La revisión de oficio.

17. L a contratación administrativa. Naturaleza jurídica de los contratos

públi-cos. Distinción de los civiles. Clases de

contratos públicos. La legislación de

con-tratos del Estado.

18. Elementos de los contratos. Los sujetos. Objeto y causa de los contratos públicos. La forma de la contratación

ad-ministrativa y los sistemas de selección de

'contratistas. La formalización de los

contratos.

19. Derechos y deberes de la Adminis-tración y los contratistas. Modificación de los contratos. Revisión de los precios. Interpretación, resolución, rescisión y de-nuncia de los contratos públicos.

20. La invalidez de los contratos pú-blicos. Los actos separables. La impugna-ción de los contratos públicos. Jurisdic-ción competente.

21. Las formas de la acción adminis-trativa. El fomento y sus medios.

22. La policía administrativa. Evolu-ción del concepto. El poder de la policía y sus límites. Los medios de la policía y cn especial las sanciones administrativas. 23. El servicio público. Evolución del concepto. Servicio público y prestaciones administrativas. Los servicios públicos virtuales o impropios.

24. Los modos de gestión del servicio público. La gestión directa. E l contrato

de gestión de servicios públicos.

(4)

Pág. 4

M I E R C O L E S 15 D E DICIEMBRE D E 1982

B.

O.

P

los administrados. Las prestaciones per sonales.

26. La expropiación forzosa. Concep-to y elemenConcep-tos. ProcedimienConcep-to general. Referencia a los procedimientos especia les. Garantías jurisdiccionales.

27. El dominio público. Concepto y naturaleza. Bienes que lo integran. El ré-gimen jurídico del dominio público. Las mutaciones demaniales.

28. Uso y utilización del dominio pú-blico. Estudio especial de la concesión y la reserva demanial.

29. El patrimonio privado de las enti-dades públicas. La legislación del patrimo nio del Estado. Estudio especial del patri monio mobiliario.

30. La responsabilidad de la Adminis-tración. Evolución y régimen actual

31. Los recursos administrativos. Concepto. Principios generales. Clases. 32. El recurso de alzada. Clases. El recurso de reposición. El recurso de revisión.

33. El recurso económico-administra tivo.

34. Administración y jurisdicción. El Juez ordinario y la legalidad administrati-va. Las reclamaciones administrativas pre-vias a las vías civil y laboral.

35. La jurisdicción Contencioso-Ad-ministrativa. Naturaleza, extensión y lími-tes. Sistemas de organización. Evolución histórica y régimen español vigente.

36. El recurso contencioso-adminis trativo. Las partes. Actos impugnables. Procedimiento general. La sentencia y su ejecución. Procedimientos especiales.

37. La organización administrativa. La potestad organizatoria. Los órganos administrativos. Concepto y clases. Con-sideración especial de los órganos co-legiados."

38. Los principios de la organización administrativa. Competencias, jerarquía y coordinación. Descentralización. Autono-mía y tutela.

39. L o s funcionarios públicos. C o n

-cepto y clases. Estructura de la función

pública española. La legislación sobre fun-cionarios civiles del Estado.

40. Nacimiento y extinción de la ción funcionarial. Contenido de la rela-ción funcionarial. Deberes y derechos de los funcionarios. Los derechos económi-cos.

41. Los derechos pasivos de los fun-cionarios. La Seguridad Social de los funcionarios.

42. Régimen disciplinario de los fun-cionarios. Responsabilidad civil y penal de los servicios públicos.

43. La Administración del Estado. Or-ganos centrales. Consejo de Estado. Ad-ministración periférica.

44. Las Comunidades Autónomas. Principios de organización. Competen-cias.

Parte tercera: Economía Política

1. La economía política. Su concepto y finalidad. Leyes económicas. Métodos de investigación. Relaciones de la econo mía con otras ciencias.

2. Teoría de la producción.

3. El capital: Clases. Ahorro e in-versión.

4. Teoría del mercado. Mercados de competencia. Mercados de monopolios. Formación de los precios de los diversos tipos de mercado.

5. Teoría del consumo.

6. Teoría de la distribución. La renta de la tierra; generalización del concepto. Salarios y precios. Los salarios y el nivel de empleo.

7. El interés. Teorías. El beneficio del empresario: Su formación en los diversos tipos de mercado.

8. El dinero y el sistema monetario. 9. El mercado del dinero.

10. El mercado de capitales. 11. El crédito.

12. El ciclo económico. La coyuntura económica.

13. La renta nacional y el producto' nacional. La distribución funcional y es-pacial de la renta.

14. Teoría política del desarrollo. Los programas económicos.

15. Los sistemas económicos.

16. El comercio internacional. Merca-dos de divisas. La balanza de pagos.

17. Unidades económicas e internacio-nales y áreas monetarias.

8. La Comunidad Económica Euro-pea.

Parte cuarta: Derecho Financiero

1. Actividad financiera y actividad económica. Origen y desarrollo de la Ha-cienda Pública. La fundamentación teóri-ca de la Hacienda Públiteóri-ca.

2. El Presupuesto. Concepto, natura-leza y clases. Los principios presupuesta-rios liberales. Teorías modernas sobre el Presupuesto.

3. El gasto público. Concepto y clases. Aumento real y aparente del gasto públi-co. Efectos económicos del gasto públipúbli-co.

4. Los ingresos públicos. Concepto-y clases. Precios privados y cuasiprivados. Precios públicos y precios políticos, Con-tribuciones especiales.

5. El impuesto y su naturaleza. Distri-bución técnica del impuesto. DistriDistri-bución económica del impuesto. Distribución for-mal del impuesto.

6. La Hacienda extraordinaria. Presu-puestos extraordinarios. Los ingresos de la Hacienda extraordinaria. Considera-ción especial de la deuda pública.

7. El Derecho Tributario español. Sig-nificado y principios inspiradores de la ley General Tributaria.

8. Infracciones y sanciones tributarias. Gestión, liquidación, recaudación e ins-pección de los tributos. La revisión de los actos tributarios en vía administrativa.

9. El presupuesto español. Fuentes de su ordenación jurídica y estructura actual. 10. Régimen jurídico español de gas-tos y pagos del Estado: Su respectiva or-denación y fiscalización.

11. El sistema tributario español vi-gente. Principios estructurales. Imposición directa e indirecta.

12. Impuestos del producto. Impuesto general sobre la renta de las personas físi-cas y jurídifísi-cas.

13. Impuesto general sobre las suce-siones. Impuesto sobre el lujo.

14. Impuesto general sobre transmi-siones patrimoniales y actos jurídicos do-cumentados. Impuesto general sobre el tráfico de empresas. Problemática de la imposición sobre el valor añadido.

15. Régimen financiero de las Comu-nidades Autónomas.

Parte quinta: Derecho Administrativo Local (parte general)

1. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

2. La provincia en el Régimen Local. Historia. La regulación constitucional de la provincia en España.

3. Organización y competencia de la provincia.

4. El municipio. Historia. Clases de entes municipales en el Derecho español. 5. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del ve-cino. El empadronamiento municipal.

6. Organización y competencias mu-nicipales.

7. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales.

Mancomunidades. Agrupaciones. Otras estructuras supramunicipales.

9. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

10. Autonomía municipal y tutela. La función pública local y su organización.

2. Derechos y deberes de los funcio-narios públicos locales. Derecho de sindi-cación. Seguridad Social. La Mutualidad Nacional de la Administración Local.

13. Los bienes de las Entidades Loca-les. Régimen de utilización de los de do-minio público.

14. Las formas de actividad de las En-tidades Locales. La Intervención adminis-trativa en la actividad privada.

15. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otor-gamiento. El condicionamiento de las licencias.

16. El servicio público en la esfera lo-cal. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

17. Las empresas municipales. Los consorcios.

18. Los contratos administrativos de la esfera local.

19. Haciendas Locales: Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

20. Tasas y contribuciones especiales. 21. Imposición local autónoma. 22. Régimen jurídico del gasto públi-co local.

23. Los presupuestos locales. Contabi-lidad y cuentas.

Parte sexta: Derecho Administrativo Local (parte especial)

1. La legislación urbanística española. Antecedentes. La ley del Suelo y Ordena-ción Urbana de 12 de mayo de 1956; es-tructura y principios inspiradores. La re-forma de la ley del Suelo de 2 de mayo de

1975. Legislación sectorial de especial in-cidencia cn el urbanismo.

2. La organización administrativa del urbanismo. Competencias estatales de las Comunidades Autónomas y de los órga-nos provisionales de autonomía. Compe-tencias locales.

3. Significado del plan urbanístico. T i -pología de los planes. La jerarquización de los planes de urbanismo. Municipios sin plan de ordenación.

4. El planeamiento municipal. Los planes generales. Planes parciales. Proyec-tos de urbanización. Programas de actua-ción urbanística. Normas complementa-rias y subsidiacomplementa-rias del planeamiento. Pla-nes especiales.

5. La formación de los planes territo-riales de urbanismo de carácter municipal: Competencia y plazos; estándares urbanís-ticos. Procedimiento de aprobación. La suspensión de licencia. Los planes de ini-ciativa particular.

6. Vigencia de los planes. Modifica-ción, revisión y suspensión. Efecto de la aprobación de los planes.

7. La clasificación del suelo. Limita-ciones y deberes por razón de la clasifica-ción: Cesiones obligatorias, costeamiento de la obra urbanizadora. El patrimonio municipal del suelo: Concepto, naturaleza jurídica y régimen aplicable.

8. La ejecución de los planes de orde-nación: Competencia y principios genera-les. 'Actuación por polígono. Sistemas de actuación: Determinación de la aplicable. Los principios de afectación de plusvalías y de justa distribución de beneficios y cargas.

9. Parcelaciones y reparcelaciones. Las expropiaciones urbanísticas: Clases y criterios de valoración.

10. Edificación y uso del suelo. Edifi-cación forzosa y registro de solares. Orde-nes de ejecución. La declaración de ruina. 11. La licencia urbanística. Naturale-za y régimen jurídico.

12. Infracciones urbanísticas. Respon-sabilidad de la Administración. Acciones y recursos.

13. Competencias locales en materia de abastos. Mataderos, mercados, lonjas de pescado, establecimientos alimentarios. 14. Competencias locales en materia de sanidad y beneficencia. Cementerios.

15. Servicios públicos de suministro: ,

U Ui1 (, u s ue suministro

Competencias de las Corporaciones Loca-les. Especial consideración del suministro de agua potable.

16. Competencias en materia de salu-bridad: Saneamiento, recogida y trata-miento de residuos sólidos. Defensa del medio ambiente.

17. Competencias locales en materia de educación y cultura.

18. Competencias en materia de vías de comunicación, circulación y transporte.

19. Competencias locales en relación con la vivienda y protección civil. Compe-tencias en materia de turismo y deporte.

(G. C—14.030) (O.—55.976)

SALA PRIMERA DE LO CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA

TERRITORIAL DE MADRID

Para que sirva de emplazamiento a las personas que se relacionan, con arreglo a los artículos 60 y 64, en relación con los 29 y 30, de la ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y con la prevención de que si no

comparecie-ren ante esta Sala dentro de los términos expresados en el artículo 66 de la misma, les parará el perjuicio a que hubiere lufar

en derecho, se hace público en cumplimien-to de providencias dictadas en las fechas que se indican.

Providencia de 15 de noviembre de 1982.

Por el presente anuncio se hace saber, para conocimiento de las personas a cuyo favor hubiera derivado o derivase dere-chos del acto administrativo impugnado y de quienes tuvieran interés directo en el mismo, que por la representación de "Ca-nay. Sociedad Anónima", se ha interpues-to recurso

contencioso-administrativo contra fallo del Tribunal

Económico-Ad-n ' Económico-Ad-n. c t r o » ; , , ^ Provmrial de Madrid, Sala

sol-iiiiiiisirauvo riuvuioiai 1 r

*»<;ol-Tercera, de 28 de julio de 1982, que r e s ^ vio reclamación número 2-170 de

lución del Ayu

promovida contra resolución del /vU"*7

miento de Madrid, relativa a exacción de arbitrio de solares edificados y sin edificar por finca sita en la calle de la Fuentelarrei-na, número 6, por el período impositivo de 1 de enero de 1978 a 31 de diciembre de 1980; pleito al que ha correspondido el

número 1.225 de 1982. F, Madrid, a 15 de noviembre de 1982.—f Secretario (Firmado).

(G. c.-nu5)

Providencia de 15 de noviembre de 1982.

Por el presente anuncio se hace s * . para conocimiento de las personas a

favor hubiera derivado o derivase ^ chos del acto administrativo impugn a^ de quienes tuvieran interés directo ^ mismo, que por la representado

Ayuntamiento de Madrid, se ha inte:rp. to recurso contencioso-administ contra fallo del Tribunal E c o n ó m i c o ^ ministrativo Provincial de Madrid. _ Cuarta, que resolvió reclamación nu 3.154 de 1977, promovida por la repre d tación legal de "Vallehermoso, Soci Anónima", sobre exacción por con Y

sita en

de plusvalía, con relación afinca sita w

la calle de Sándalo, número 3, 3o K; p'e''

to al que ha correspondido el número

1-215 de 1982. p| Madrid, a 15 de noviembre de 1982-—fcJ Secretario (Firmado).

(G. C - i 3 . l l

7

)

;mbre

de

Providencia de 15 de novie 1982.

Por el presente anuncio se hace sa para conocimiento de las personas a ^

favor hubiera derivado o derivase der chos del acto administrativo i m p u g n a ^ de quienes tuvieran interés directo en mismo, que por la representación de o Isidro Lázaro Martín, se ha 'n t e rPu^r í J

recurso contencioso-administrativoc ° m

fallo del Tribunal Económico-Admini»»* tivo Provincial de Madrid. Sala Terowj de 28 de julio de 1982, que resolvió red mación número 3.521 de 1981, promoví" contra liquidación girada por el A-v U n n f r J.

miento de Manzanares el Real Po r.c 0"r l.

buciones especiales por obras de alean * nllado en la calle Colmenar, de a i » localidad; pleito al que ha corresponoi el número 1.227 de 1982. , FJ Madrid, a 15 de noviembre de m¿.-~ Secretario (Firmado). (G.C.-13.12D m a g T s t r a t u r a s d e " t r a b a J O M A G I S T R A T U R A D E TRABAJO N U M E R O 1 D E MADRID EDICTO , z

Don Luis Martínez Calcerrada y G°f

Magistrado de Trabajo número I u

de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en el Pr o c^d'S'aba

registrado en esta Magistratura de 1' ¿ f ]

jo, con el número 3.232 de 1979, Vf%rx.

numero 41 de 1980, a instancia de «r

que Fernández Milara, contra Do™ ha

Toral Paredes, en el día de la fecha

-ordenado sacar a pública subasta, pj• .s

mino de ocho días, los siguientes o

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