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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

BOLETIN OFICIAL Nº

714

1ra. Quincena de Mayo de 2006

(2)

BOLETIN OFICIAL Nº 714

1 ra. QUINCENA de Mayo 2006

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

DIRECCION GENERAL DE

DESPACHO Y LEGISLACION AUTORIDADES MUNICIPALES

INTENDENTE MUNICIPAL: Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Concejal a/c Dto. Ejecutivo Carlos Castellano

Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Hector A. Prassel Subsecretario Gral. De Gobierno y Administración Dr. Ricardo J. M. Rivas Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo Landivar Secretario de Planeamiento Dr. Carlos Prassel

Secretaria de R. Urbanos Tránsito y C. Comunitarios Sra. Amabella Leonhardt Secretario de Servicios Públicos Sr. Alberto Trípoli

Secretario de Producción y D. Al Consumidor Lic. Pablo Chamatropulos Secretario Privado Sr. Juán Carlos Canal

CONTENIDO DE ESTE NUMERO

ORDENANZAS: 8173 a 8175 DECRETOS: 977 a 1080 RESOLUCIONES S.G.G.y A 397 a 453 RESOLUCIONES SRUTy CC. 224 a 258 RESOLUCIONES ( O. Particulares) 112 a 125 RESOLUCIONES DE PERSONAL 166 a 190 RESOLUCIONES DE S. PUBLICA 395 a 475 RESOLUCIONES DE O. PUBLICAS 55 a 65

(3)

INDICE TEMATICO

Ordenanza: 8173 – Tránsito ( Estacionamiento calle Garibaldi )

Ordenanza: 8174 – Tránsito ( Sentido de circulación calle Padre Acevedo ) Ordenanza: 8175– Tránsito ( Estacionamiento restringido Oficinas Públicas y Escuelas )

(4)

Ref. Expte. Nº 11379-C-2005.-Expte. Nº 9914-G-2005.-SAN ISIDRO, 04 de mayo de

2006.-Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su TERCERA REUNION – TERCERA SESION ORDINARIA de fecha 03 de mayo de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8173, cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8173

TRANSITO

Estacionamiento calle Garibaldi

ARTICULO 1º.- Autorízase el estacionamiento vehicular sobre ambas manos en la calle Garibaldi, entre Gervasio Posadas y Juan B. Justo de la Ciudad de

Beccar.-ARTICULO 2º – Por conducto de la Subsecretaría de Tránsito, procédase a instalar la señalización

pertinente.-ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo,

etc.-Sirva la presente de atenta nota de envío.-p.b.

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

PROMULGADO POR DTO Nª 1044 Del 10-5-2006

(5)

Ref. Expte. Nº 135-T-SAN ISIDRO, 04 de mayo de

2006.-Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su TERCERA REUNION – TERCERA SESION ORDINARIA de fecha 03 de mayo de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8174, cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8174

TRANSITO

Sentido de circulación calle P. Acevedo

ARTICULO 1º.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo, mediante Decreto Nº 50, de fecha 05 de enero del corriente año, por el cual se modificó el sentido de circulación vehicular de la calle Padre Acevedo, asignándole doble sentido de circulación entre las calles Maestro Santana y Charcas, de la Ciudad de

Beccar.-ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo,

etc.-Sirva la presente de atenta nota de envío.-p.b.

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

PROMULGADO POR DTO Nª 1043 Del 10-5-2006

JOSÉ MARIA AMADO Secretario

JULIA RITA KUZIS Vicepresidenta 1ra

(6)

Ref. Expte. Nº

SAN ISIDRO, 04 de mayo de

2006.-Al Sr. Intendente Municipal Dr. Gustavo Angel Posse S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su TERCERA REUNION – TERCERA SESION ORDINARIA de fecha 03 de mayo de 2006, ha sancionado la ORDENANZA Nº 8175, cuyo texto transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8175

TRANSITO

Estacionamiento Restringido Oficinas Públicas y Escuelas

ARTICULO 1º.- Implántase frente a toda Oficina Pública y Escuelas del Partido, que se encuentren en zona de estacionamiento restringido, un reservado para vehículos de

emergencia.-ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo,

etc.-Sirva la presente de atenta nota de envío.-p.b.

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

PROMULGADO POR DTO Nª 1057 Del 11-5-2006

(7)

Ref.: Expte. Nro.3007-C-

SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006.-DECRETO NUMERO

: 9 7 7

VISTO el pedido de suministro originado en la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Licitación de Privada Nro. 23/2006;

QUE del estudio y comparación de las propuestas realizadas por la Dirección de Ingeniería, surge como más conveniente la presentada por la empresa BAUNNION S.R.L.;

QUE a los fines de la fiscalización de la obra y de la realización de todas las tareas inherentes a las mismas, se procede en el presente caso a la designación de un inspector técnico, dado que para el volumen de las obras programadas, el personal municipal ordinariamente previsto resulta insuficiente para cumplir eficientemente aquellas tareas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- Adjudícase a la empresa BAUNNION S.R.L., con domicilio legal *************** en al calle Yapeyú Nro. 3349, de la Ciudad de Martínez y real en Andonaegui Nro. 3570, Capital Federal, la ejecución de la obra “CORRECCION DE NIVELES Y TRABAJOS COMPLEMENTARIOS EN CUNETAS Y CALZADAS DE GRANITO EN CALLES DEL PARTIDO DE SAN ISIDRO”, en jurisdicción de este Partido, por un monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA ($195.340,00), por el sistema de unidad de

medida.-ARTICULO 2do.- La certificación de la obra será quincenal y se pagará dentro de los **************** sesenta (60) días corridos a partir de su presentación, sufriendo las deducciones establecidas en el artículo 12º de las Condiciones Legales Particulares del pliego que sirvió de base para

(8)

cotizar.-Ref.: Expte. Nro.3007-C-

2006.-ARTICULO 3ro.- La obra deberá ejecutarse en un plazo de ciento ochenta (180) días corri *************** dos contados a partir de la fecha del Acta de

Replanteo.-ARTICULO 4to.- La Contratista garantizará el cumplimiento del contrato conforme con lo ************** establecido en el art. 6º-2 / 6º-3 de las Condiciones Legales

Particulares.-ARTICULO 5to.- Desígnase Inspector Técnico de la obra mencionada, al Ingeniero Civil *************** Don Marcelo Luis NAYEM (DNI. Nro. 10.620.346), Matrícula Provincial Nro. 37.048, con domicilio real en la calle Donado Nro. 2226, Capital

Federal-ARTICULO 6to.- El profesional designado en el artículo anterior, percibirá en concepto de ************** única remuneración y en el caso de que la obra se ejecute, el (uno por ciento) 1% del monto que resulte de la obra realizada y debidamente autorizada, importe que la empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de obra, variaciones de costo y/o adicionales o

ampliaciones.-ARTICULO 7mo.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen-*************** te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en

vigencia.-ARTICULO 8vo.- Por conducto de la Secretaría de Obras Públicas, Depto. Obras de *************** Infraestructura, procédase a la devolución de los depósitos de garantía de las

propuestas.-ARTICULO 9no.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(9)

Ref.: Expte.Nro.

3910-A-SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006-DECRETO NUMERO:

9 7 8

VISTO lo solicitado a fojas 1 del presente; y Considerando:

QUE lo peticionado se halla contemplado en los alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente;

QUE, se ha practicado en autos la correspondiente encuesta socio-económica;

QUE, en virtud de ello, Dirección General de Rentas en su informe obrante en autos, entiende que corresponde acceder a lo solicitado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de los derechos municipales que corres-*************** pondan abonar en un 100% para la obtención del registro de conductor solicitado por el Sr./Sra. Cristian AGUIRRE - DNI. Nro. 28.307.113, con domicilio en Guillermo Hudson Nro. 2452, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del

trámite.-ARTICULO 2do.- Gírese a la Subsecretaría de Tránsito, para la intervención que le com-***************

pete.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(10)

Ref.: Expte.Nro.

3913-S-SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006-DECRETO NUMERO:

9 7 9

VISTO lo solicitado a fojas 1 del presente;

y

Considerando:

QUE lo peticionado se halla contemplado en los alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente;

QUE, se ha practicado en autos la correspondiente encuesta socio-económica;

QUE, en virtud de ello, Dirección General de Rentas en su informe obrante en autos, entiende que corresponde acceder a lo solicitado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de los derechos municipales que corres-*************** pondan abonar en un 100% para la obtención del registro de conductor solicitado por el Sr./Sra. Julio César SOSA - DNI. Nro. 17.725.962, con domicilio en Bulnes Nro. 1546, de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del

trámite.-ARTICULO 2do.- Gírese a la Subsecretaría de Tránsito, para la intervención que le com-***************

pete.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(11)

Ref.: Expte.Nro.

3907-V-SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006-DECRETO NUMERO:

9 8 0

VISTO lo solicitado a fojas 1 del presente;

y

Considerando:

QUE lo peticionado se halla contemplado en los alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente;

QUE, se ha practicado en autos la correspondiente encuesta socio-económica;

QUE, en virtud de ello, Dirección General de Rentas en su informe obrante en autos, entiende que corresponde acceder a lo solicitado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de los derechos municipales que corres-*************** pondan abonar en un 100% para la obtención del registro de conductor solicitado por el Sr./Sra. Estebán Humberto VARGAS - DNI. Nro. 24.364.766, con domicilio en Luis C. Piedrabuena Nro. 743, de la localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido, debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del

trámite.-ARTICULO 2do.- Gírese a la Subsecretaría de Tránsito, para la intervención que le com-***************

pete.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(12)

Ref.: Expte.Nro.

3912-G-SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006-DECRETO NUMERO:

9 8 1

VISTO lo solicitado a fojas 1 del presente;

y

Considerando:

QUE lo peticionado se halla contemplado en los alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente;

QUE, se ha practicado en autos la correspondiente encuesta socio-económica;

QUE, en virtud de ello, Dirección General de Rentas en su informe obrante en autos, entiende que corresponde acceder a lo solicitado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de los derechos municipales que corres-*************** pondan abonar en un 100% para la obtención del registro de conductor solicitado por el Sr./Sra. Carlos H. GUADAGNINO - DNI. Nro. 17.200.868, con domicilio en Uspallata Nro. 1431, de la Ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del

trámite.-ARTICULO 2do.- Gírese a la Subsecretaría de Tránsito, para la intervención que le com-***************

pete.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(13)

Ref.: Expte. Nº

4776-P-2006.-SAN ISIDRO, 02 de mayo de 2006 DECRETO NUMERO:

982

VISTO la nota obrante a fojas 1, emitida por la Subdirección de Jubilaciones y Pensiones de la Dirección General de Personal; y

Considerando:

QUE el agente Julio Rafael CARDOZO (Legajo Nº 14.963), quien cumple funciones de maestranza en el Campo de deportes Nº 2, dependiente de la Dirección General de Deportes, se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios;

QUE resulta aconsejable no desnaturalizar los principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios el beneficio jubilatorio correspondiente;

QUE el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, faculta al Departamento Ejecutivo a decretar el cese del agente municipal a partir del momento en que haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias;

QUE la situación descripta anteriormente, demuestra que el agente Julio Rafael CARDOZO, ha alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la Ley Nº 9.650, accediendo así al beneficio jubilatorio, y permitiendo disponer el cese del agente en cuestión a partir del 2 de mayo de 2006;

QUE de acuerdo con lo establecido por el artículo 19º inciso f) del estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires Ley 11757, producido el cese de la agente a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho a seguir percibiendo el importe correspondiente al 31% móvil de sus haberes, por el período de hasta doce (12) meses, como anticipo de su jubilación;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Dispónese el cese a partir del 2 de mayo de 2006, del agente Julio ************ Rafael CARDOZO (Legajo Nº 14963), M.I. Nº 5.871.120 conforme lo establece el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, con categoría 06 (C2-F1-P3-1.1.1.1.A:6.C:V), y funciones de personal de maestranza en el Campo de Deportes Nº 2,

(14)

Ref.: Expte. Nº

4776-P-2006.-////

dependiente de la Dirección General de Deportes, atento a acogerse a los beneficios jubilatorios por edad

avanzada.-ARTICULO 2º.- Apruébase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el agente ************* Julio Rafael CARDOZO (Legajo Nº 14.963), que pasa a formar parte del presente Decreto mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al treinta y uno por ciento (31 %) móvil de sus haberes, a partir del 2 de mayo de 2006, y por doce (12) meses como anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro. El monto del convenio jubilatorio asciende a la suma de $

236.-ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el ************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en

vigencia.-ARTICULO 4º.-El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo ************* estipulado, fuere otorgado el beneficio

previsional.-ARTICULO 5º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de ************* la Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo

legal.-ARTICULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. y Comuníquese al Instituto de Pre-************* visión Social de la Provincia de Buenos Aires con remisión de un ejemplar del

convenio.-DESP Y LEGISL

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(15)

Ref.: Expte. Nro.

4128-E-SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006.-DECRETO NÚMERO:

9 8 3

VISTO la nota presentada por el EQUIPO JUAN DE LA CRUZ; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo económico destinado a la participación de dos profesionales de la Institución en el Congreso Internacional de Salud Mental Mar del Plata 2006;

QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 850), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************* por el EQUIPO JUAN DE LA CRUZ, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA ($ 850), destinado a la participación de dos profesionales de la Institución en el Congreso Internacional de Salud Mental Mar del Plata 2006, con oportuna rendición de cuentas;

ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida-**************** mente autorizada/s a tal

efecto.-ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen-************* tario

Nro.1444/85.-ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-*************** sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en

(16)

Ref.: Expte. Nro.

4128-E-2006.-///

ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Dn. Mario Salvador Alonso

(17)

Ref.: Expte.Nro.

3908-R-SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006-DECRETO NUMERO:

9 8 4

VISTO lo solicitado a fojas 1 del presente; y Considerando:

QUE lo peticionado se halla contemplado en los alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente;

QUE, se ha practicado en autos la correspondiente encuesta socio-económica;

QUE, en virtud de ello, Dirección General de Rentas en su informe obrante en autos, entiende que corresponde acceder a lo solicitado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de los derechos municipales que corres-*************** pondan abonar en un 100% para la obtención del registro de conductor solicitado por el Sr./Sra. Carlos Alberto ROSSI - DNI. Nro. 4.560.830, con domicilio en Necochea Nro. 2071, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del

trámite.-ARTICULO 2do.- Gírese a la Subsecretaría de Tránsito, para la intervención que le ****************

compete.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese

.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(18)

Ref.: Expte.Nro.

3909-B-SAN ISIDRO, 02 de Mayo de

2006-DECRETO NUMERO:

9 8 5

VISTO lo solicitado a fojas 1 del presente;

y

Considerando:

QUE lo peticionado se halla contemplado en los alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente;

QUE, se ha practicado en autos la correspondiente encuesta socio-económica;

QUE, en virtud de ello, Dirección General de Rentas en su informe obrante en autos, entiende que corresponde acceder a lo solicitado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- EXIMESE del pago de los derechos municipales que corres-*************** pondan abonar en un 100% para la obtención del registro de conductor solicitado por el Sr./Sra. Franco L. BELLINA - L.E. Nro. 5.551.028, con domicilio en Prilidiano Pueyrredon Nro. 287, de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido , debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del

trámite.-ARTICULO 2do.- Gírese a la Subsecretaría de Tránsito, para la intervención que le com-***************

pete.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(19)

Ref. Expte. Nº

10840-O-2005.-SAN ISIDRO, 2 de Mayo de 2006 DECRETO NUMERO :

9 8 6

VISTO la consulta interpuesta por la empresa Office Group S.A., en su carácter de propietaria del inmueble designado catastralmente como circunscripción IV, sección D, manzana 81, parcela 21, ubicado en la calle Dardo Rocha Nº 3234/36/38, de la ciudad de Martínez, en jurisdicción de este Partido, respecto de la viabilidad de autorizar la ampliación del edificio existente, destinado a “Oficinas”, incorporando la parcela 22, sobre la que se propone ejecutar la ampliación; y

Considerando:

QUE, el bien se localiza, según el Código de Ordenamiento Urbano, en zona Cm4, donde se admite el rubro al cual se pretende continuar destinando el sector ampliado;

QUE, en el sector de la calle Dardo Rocha, ubicado entre las calles Méjico y Paramaribo se dispuso, mediante Decreto Nº 298/ 05, la reglamentación del inciso 2.3. de la respectiva Hoja de Zona, estableciendo que el retiro de frente en la cuadra fuese de 3m.;

QUE, la nueva construcción continuaría la fachada de la edificación existente, retirada 2,30 mts. de la línea municipal, manteniendo el estacionamiento en planta baja y unificando los accesos de ambos edificios, situación que se estima beneficiosa desde el punto de vista urbanístico;

QUE, por lo expuesto y teniendo en cuenta que se proyectan las cocheras necesarias, en base a la superficie destinada a la actividad, el organismo técnico competente que elaboró el informe de fojas 49 y vuelta, opina que, con el cumplimiento de los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, por lo que procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Hácese saber a la empresa Office Group S.A., que podrá autorizarse la ampliación del edificio sito en el inmueble designado catastralmente como circunscripción IV, sección D, manzana 81, parcela 21, con ingreso por

(20)

Ref. Expte. Nº

10840-O-2005.-////

la calle Dardo Rocha Nº 3234/36/38, de la ciudad de Martínez, con la incorporación de la parcela lindera –22-, sobre la cual se ejecutará la ampliación edilicia, según anteproyecto de fojas 4/10 convenientemente

corregido.-ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al *************** cumplimiento de los requisitos que a continuación se detallan:

a) Presentar plano de ampliación, en el que conste:

1.- la planta del último nivel, con dimensiones y retiros reglamentarios;

2.- sanitario cuyas dimensiones e instalaciones lo hagan apto para su utilización por parte de personas discapacitadas físicamente, que se desplacen en sillas de ruedas;

3.- ascensor con dimensiones interiores mínimas de 1,10m. x 1,40m.;

b) El retiro de frente será de 2,30m., a fin de permitir la continuidad de la línea edificatoria del edificio original ubicado en la parcela lindera;

c) Verificar el cumplimiento de los requisitos dispuestos por los Códigos de Edificación y de Ordenamiento Urbano y de toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial y/o municipal, resulte de aplicación al

caso.-ARTICULO 3º.- Otórgase a la empresa propietaria, un plazo de ciento veinte (120) días, *************contados a partir de la notificación de este decreto, a los efectos de presentar los planos del proyecto definitivo ante la Dirección de Obras Particulares, a fin de obtener el pertinente Permiso de

Construcción.-ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y

publíquese.-Desp. y Leg.

EC

(21)

Ref. Expte. Nro.

3847-P-2006.-SAN ISIDRO, 03 de mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

9 8 7

VISTO, la nota obrante a foja 1, emitida por la Subdirección de Jubilaciones y Pensiones de la Dirección General de Personal, y

Considerando:

QUE, la agente Bautista SABINA (Legajo Nº 15798), quien cumple funciones de mucama en el Hospital Central de San Isidro, se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios por edad avanzada;

QUE, resulta aconsejable no desnaturalizar los principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios el beneficio jubilatorio correspondiente;

QUE, el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, faculta al Departamento Ejecutivo a decretar el cese del agente municipal a partir del momento en que haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias;

QUE, la situación descripta anteriormente, demuestra que la agente Bautista SABINA, ha alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la Ley Nº 9.650, accediendo así al beneficio jubilatorio, y permitiendo disponer el cese de la agente en cuestión a partir del 1º de abril de 2006;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

D e c r e t a:

ARTICULOS 1º.- Dispónese el cese a partir del 1º de abril de 2006, de la agente Bautista ************** SABINA (Legajo Nº 15798), conforme lo establece el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, con categoría 06 ( C2.F2.P1.1.1.1.1.A:7.C:V), M.I.: 6.344.793, clase 1940, y funciones de mucama en el Hospital Central de San Isidro, atento a acogerse a los beneficios jubilatorios por edad

(22)

Ref. Expte. Nro.

3847-P-2006.-/////

ARTICULO 2º.- Apruébase el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la agente ************* Bautista SABINA (Legajo Nº 15798) que pasa a formar parte de la presente resolución mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al cuarenta y uno (41 %) por ciento móvil de sus haberes que tenia asignado, por el período de doce (12) meses, a partir del 1º de Abril de 2006, como anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro. El anticipo jubilatorio asciende a la suma de $

403.-ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ***************anterior, serán imputados a la partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en

vigencia.-ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente con anterioridad al plazo ************* estipulado, fuere otorgado el beneficio

previsional.-ARTICULO 5º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la ************** Ley Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo

legal.-ARTICULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese comuníquese al Instituto de Previsión ************* Social de la Provincia de Buenos Aires con remisión de un ejemplar del

convenio.-DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(23)

Ref.: Expte.

Nro.3125-A-SAN ISIDRO, 03 de Mayo de

2006.-DECRETO NÚMERO:

9 8 8

VISTO la nota presentada por la ASOCIACION

UCRANIANA DE CULTURA “PROSVITA” y Considerando:

QUE la citada entidad solicita un apoyo económico destinado al mantenimiento, pago de tasas, limpieza y haberes a profesores;

QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de $ 2.400, pagadero en 1 cuota de $ 800 y 8 cuotas iguales y consecutivas de $ 200 cada una, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************** por la ASOCIACION UCRANIANA DE CULTURA “PROSVITA”, en la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS ($ 2.400), pagadero en 1 cuota de PESOS OCHOCIENTOS ($800) y 8 cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) cada una, destinado al mantenimiento, pago de tasas, limpieza y haberes a

profesores.-ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida-**************** mente autorizada/s a tal

efecto.-ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen-**************** tario

Nro.1444/85.-ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-*************** sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en

(24)

Ref.: Expte. Nro.

3125-C-2006.-///

ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

(25)

Ref.: Expte.

Nro.662-C-SAN ISIDRO, 03 de Mayo de

2006.-DECRETO NÚMERO:

9 8 9

VISTO la nota presentada por el CENTRO DE

JUBILADOS “SAVIA” y Considerando:

QUE la citada entidad solicita un apoyo económico destinado al pago que demandan las actividades propias del Centro;

QUE la Secretaría de Desarrollo Social estima procedente otorgar un subsidio por un importe de $ 6.000, pagadero en 1 cuota de $ 2.000 y 8 cuotas iguales y consecutivas de $ 500 cada una, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental ************** por el CENTRO DE JUBILADOS “SAVIA”, en la suma de PESOS SEIS MIL ($ 6.000), pagadero en 1 cuota de PESOS DOS MIL ($2.000) y 8 cuotas iguales y consecutivas de PESOS QUINIENTOS ($ 500) cada una, destinado al pago que demandan las actividades propias del

Centro.-ARTICULO 2do.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s debida-**************** mente autorizada/s a tal

efecto.-ARTICULO 3ro.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto reglamen-**************** tario

Nro.1444/85.-ARTICULO 4to.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el pre-*************** sente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida correspondiente del Presupuesto General de Gastos en

(26)

Ref.: Expte. Nro.

662-C-2006.-///

ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

(27)

Ref. Expte. Nro.

3311-P-2006.-SAN ISIDRO, 03 de mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

9 9 0

VISTO, la nota obrante a foja 1, emitida por Jubilaciones y Pensiones de la Dirección General de Personal; y

Considerando:

QUE, la agente Ester Nelly ARIAS (Legajo Nº 15717), quien cumple funciones de Mucama en el Hogar Infantil , se encuentra en condiciones de acogerse a los beneficios jubilatorios,

QUE, resulta aconsejable no desnaturalizar los principios que inspiran la legislación previsional, tendientes a garantizar a todo trabajador que haya cumplido determinados tiempos de edad y servicios el beneficio jubilatorio correspondiente,

QUE, el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, faculta al Departamento Ejecutivo a decretar el cese del agente municipal a partir del momento en que haya alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por las leyes jubilatorias,

QUE, la situación descripta anteriormente, demuestra que la agente Ester Nelly ARIAS, ha alcanzado las condiciones de edad y servicios exigidos por la Ley Nº 9.650, accediendo así al beneficio jubilatorio por edad avanzada y permitiendo disponer el cese de la agente en cuestión a partir del 1º de Abril de 2006,

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

D e c r e t a:

ARTICULOS 1º.- Dispónese el cese a partir de1º de Abril de 2006, de la agente Ester Nelly ************** ARIAS (Legajo Nº 15717), conforme lo establece el artículo 11º inciso i) de la Ley Nº 11.757, con Categoría 06 (C2-F5-P1-1.1.1.1.A-7-C.V) y funciones de Mucama, en el Hogar Infantil, atento a acogerse a los beneficios jubilatorios por edad

avanzada.-ARTICULO 2º.- Apruébese el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la agente ************* Ester Nelly ARIAS (Legajo Nº 15717) que pasa a formar parte de la presente resolución mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al cuarenta y siete (47 %) por ciento móvil de sus haberes que tenía asignados, por el período de doce (12) meses, a partir del 1º de Abril de 2006, como anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro.- El anticipo jubilatorio asciende a la suma de $

(28)

411.-/////

Ref. Expte. Nro.

3311-P-2006.-/////

ARTICULO 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo ************* anterior, serán imputados a la partida correspondiente del Presupuesto general de Gastos en

vigencia.-ARTICULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente con anterioridad al ************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio

previsional.-ARTICULO 5º.- Déjase expresa constancia que la aplicación de las disposiciones de la Ley ************* Nº 11.757, no importa la admisión por parte de este municipio de la Constitucionalidad de dicho cuerpo

legal.-ARTICULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. publíquese y comuníquese al Instituto de Previ-************* sión Social de la Provincia de Buenos Aires con remisión de un ejemplar del

convenio.-DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(29)

Ref.: Expte. Nº

14034-P-2005.-SAN ISIDRO, 03 de mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

991

VISTO lo requerido por el ex – agente Horacio José LAUZURICA, obrante a fojas 7; y

Considerando:

QUE el mencionado ex – agente solicita se le reconozca el pago del subsidio previsto por la Ley 9507. argumentando que en la actualidad se encuentra percibiendo jubilación por invalidez del Instituto de Previsión Social, y que para ello, computó servicios fictos por el período comprendido entre el 26 de mayo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983;

QUE dicha Ley está vigente a partir de marzo de 1980, y establece en su artículo 1º, un subsidio para los agentes municipales que sufran ciertas contingencias, entre ellas, como en este caso, incapacidad total, y requiere como requisito ineludible, que esta contingencia se produzca vigente esa relación de empleo; QUE el ex – agente Horacio José LAUZURICA, finalizó su relación de empleo con este Municipio en el año 1976, según consta en Decreto Nº 505, de fecha 26 de mayo de 1976, obrante a fojas 2, y la incapacidad le fue determinada en el año 1984, con fecha de preexistencia el 2 de mayo de 1980, por Dictamen obrante a fojas 4;

QUE del reconocimiento de los servicios fictos, conforme la Ley 11729 y sus modificatorias, no empece esta conclusión ya que se trata de un beneficio especial, de cómputo de servicios, a los fines únicamente provisionales y de antigüedad, pero no conlleva extender la relación de empleo;

QUE de no ser así, se podría dar una superposición de indemnizaciones, por cuanto el mencionado ex – agente al momento de su incapacidad laboral, laboraba en el régimen privado, por lo que hubiera tenido derecho a percibir de su empleador el seguro de vida obligatorio, que es el correlato de la Ley 9507; QUE de acuerdo a lo expuesto, y que la mencionada Ley no se encontraba vigente en el momento de la baja, del agente, no corresponde el pago del subsidio solicitado;

(30)

Ref.: Expte. Nº

14034-P-2005.-////

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Desestímase el requerimiento interpuesto por el ex – agente Horacio José ************* LAUZURICA, obrante a fojas 6 de estas

actuaciones.-ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(31)

Ref.: Expte. Nro. 5869-C-2006

SAN ISIDRO, 03 de Mayo de

2006.-DECRETO NUMERO:

9 9 2

VISTO el Suministro Nro. 2185/2006, originado en la Secretaría de Obras Públicas, y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 86.086,00 por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 28/2006, para “REMODELACION DE ************** SOLADOS Y CANTEROS EN VEREDAS CENTRALES DIVISORIAS Y SEPARADORES DE SENTIDO DE CIRCULACION”, siendo el presupuesto oficial de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($

211.755).-ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el 12 de Mayo de 2006, a las 10:30 horas, ************** en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, San Isidro, dejándose establecido que las consultas al pliego podrán efectuarse los días hábiles de 8 a 13.30

horas.-ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en

vigencia.-ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(32)

Ref. Expte. Nro.

4105-951-2005.-SAN ISIDRO, 04 de mayo de 2006 DECRETO NUMERO:

993

VISTO la Disposición Nº 2336/2003 de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en Los Patos 2530 de Beccar, donde se desarrollan actividades con el rubro “MATRICERIA (FABRICACION Y REPARACION DE MATRICES PARA TERCEROS)”, cuya titularidad es ejercida por la firma Paesano Luis Isidoro y Sarsa Daniel Santiago; y

Considerando:

QUE la firma interesada ha dado cumplimiento a la presentación de la documentación requerida por el Anexo 6 del Apéndice I del Decreto Nº 1741/96 Declaración Jurada con memoria descriptiva de la actividad, cuya veracidad fue constatada en inspección técnica realizada en el establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias de funcionamiento;

QUE en virtud de ello, es necesaria la continuación del trámite referido a la extensión del Certificado de Aptitud Ambiental, conforme los términos del art. 28º del Decreto 1741/96, reglamentario de la Ley 11.459;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Expídase a la firma Paesano Luis Isidoro –DNI 13.512.798- y Sarsa ************** Daniel Santiago –DNI 12.543.101-, con domicilio real en Los Patos 2530 de la Ciudad de Beccar, donde se desarrollan actividades con el rubro “MATRICERIA (FABRICACION Y REPARACION DE MATRICES PARA TERCEROS)”, el Certificado de Aptitud Ambiental de Primera Categoría, de acuerdo con lo establecido por la Ley 11459 Decreto Reglamentario Nº 1741/96, y conforme con lo dispuesto por la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental, Secretaría de Política

Ambiental.-ARTICULO 2do.- Déjase expresa constancia que lo dispuesto tiene validez por el término ************** de dos (2) años a partir de la fecha del presente decreto, conforme a los términos del artículo 33º de la Ley 11.459 y su Decreto

(33)

Ref. Expte. Nro.

4105-951-2005.-/////

ARTICULO 3ro.- Hácese saber a los peticionantes que deberán solicitar la renovación del ************** Certificado de Aptitud Ambiental por igual término, en un plazo de un (1) mes antes de su vencimiento, y en caso de existir ampliaciones, modificaciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido Decreto, con la presentación de la documentación allí

solicitada.-ARTICULO 4to.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************* con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación municipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en consecuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas

correspondientes.-ARTICULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(34)

Ref.: Expte.

SAN ISIDRO, 04 de mayo de 2006 DECRETO NUMERO:

994

VISTO el Decreto nº 3104/05 por el cual se otorgó a la Asociación Cooperadora de la E.P.B. nro. 11 - Gral. Manuel Belgrano, un subsidio de $ 720; y

Considerando:

QUE en autos se verifica que el nombre correcto de la entidad es Asociación Cooperadora de la Escuela nro. 11 - Mariano Moreno;

QUE con el propósito de regularizar dicha anomalía, corresponde modificar el Decreto nro. 3104/2005;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Modifícase el artículo 1° del Decreto nro. 3104/2005, quedando redactado ************* de la siguiente manera:

“ARTICULO 1°. Otórgase un subsidio a la Asociación Cooperadora de la Escuela nro. 11 -************ Mariano Moreno, por la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE ($ 720), para sufragar los gastos que demande el alquiler de un equipo de audio, que se utilizará en el Festival a beneficio, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días

“.-ARTICULO 2do.- Mantiénese en todas sus partes las restantes disposiciones del Decreto ************** nro.

3104/2005.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Desarrollo Social Mario Salvador Alonso

(35)

Ref.: Expte.

SAN ISIDRO, 04 de mayo de 2006 DECRETO NUMERO:

995

VISTO el Contrato obrante en autos; y Considerando:

QUE corresponde registrar el mismo, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- REGISTRESE el Contrato celebrado con el Sr. Angel Casamayor, refe ************* rente a la actualización, a partir del 1° de mayo del corriente, del valor del precio del alquiler mensual del inmueble sito en la calle Marín n° 89 de San Isidro, estableciendo el mismo en la suma de $ 4.750, cuyo texto pasa a formar parte del presente

decreto.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(36)

Ref.: Expte.

10318-S-2003.-SAN ISIDRO, 04 de Mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

996

VISTO el Decreto nro. 1916 de fecha 21 de octubre del corriente, por el cual se exime del pago de los derechos municipales que correspondan abonar en un 70% para la obtención del registro de conductor, solicitado por Karina Verónica Simi; y

Considerando:

QUE debido al tiempo transcurrido y teniendo en cuenta la incomparecencia del solicitante para la continuidad del trámite en cuestión, corresponde dejar sin efecto el acto administrativo antes citado;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1ro.- Déjase sin efecto lo dispuesto mediante Decreto nro. 1916 de ************** fecha 21 de octubre de

2003.-ARTICULO 2do.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(37)

Ref. Expte. Nº 6706-B-2005 - cuerpo

7281-Q-2005

San Isidro, 4 de Mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

997

VISTO la presentación de fs 223/225, el Dictamen de la Asesoria Legal Municipal Nº 6696, demás constancias del legajo, y

Considerando:

QUE a fs 223/225 se interpone recurso de reposición contra Decretos 2834/05 y 325/06 dictados en el presente expediente;

QUE llamada a intervenir, la Asesoría Legal Municipal mediante Dictamen 6696 sugiere, habiendo transcurrido el plazo para decretar la caducidad del procedimiento, se formalice dicha declaración;

QUE decretada la caducidad del procedimiento se torna abstracta la cuestión planteada en el recurso;

QUE compartiendo este Departamento ejecutivo el criterio expuesto por la Asesoría Legal Municipal corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Declarase la caducidad del procedimiento seguida en este expediente Nº ************ 6706-B-2005 - cuerpo O, cuerpo II y

7281-Q-2005.-ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese. publíquese y

Archívese.-DESP Y LEGISL

Cac

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(38)

Ref. Expte. Nro.

060-H.C.D.-2001.-SAN ISIDRO, 04 de mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

9 9 8

VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental; y

Considerando:

QUE al momento de la sanción de la Ordenanza N° 7889 que reglamenta la venta de bebidas alcohólicas en el ámbito del Partido, se proyectaron penalidades en caso de inobservacia de la norma, tales como suspensión de la autorización para la venta de bebidas alcohólicas concedida y/o el decomiso de las mismas;

QUE a la luz de la experiencia recogida en mérito al especial seguimiento y control que realiza el municipio se concluye que, resulta necesario ampliar las especies de sanciones a las infracciones de la referida Ordenanza, incluyendo un régimen sancionatorio que contemple una sanción pecuniaria y específica para este tipo de infracciones;

QUE un régimen sancionatorio pecuniario específico permitiría el tratamiento de las infracciones en forma más acorde con los objetivos de prevención y regulación contenidos en la norma cuya modificación se propugna;

QUE por lo expuesto precedentemente, la Subsecretaría de Inspección General considera necesario modificar el artrículo 18° de la referida Ordenanza, en tal sentido;

QUE dado que el carácter del tema en tratamiento, este Departamento Ejecutivo compartiendo el criterio sustentado por la mencionada repartición, promueve el acto administrativo pertinente, “ad referendum” del Honorable Concejo Deliberante;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- MODIFICASE el Artículo 18° de la Ordenanza N° 7889, el que quedará ***************redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 18°.- Las violaciones a las disposiciones establecidas en la presente Ordenan-****************za, darán lugar especialmente a la aplicación conjunta o indistinta de las siguientes sanciones:

(39)

Ref. Expte. Nro.

060-H.C.D.-2001.-/////

1) Suspención o inhabilitación de 10 a 120 días de la “Autorización de Expendio de Bebidas Alcohólicas” oportunamente otorgada. Durante el Plazo de cumplimiento de esta sanción no se podrá ofertar, publicitar, exhibir, almacenar ni expender bebidas alcohólicas.

2) Decomiso de las bebidas alcohólicas secuestradas preventivamente por la autoridad administrativa y/o decomiso de los bienes y mercadería urtilizados para cometer infracción.

3) Multa de uno (1) a treinta (30) S.M.A.M.

4) Clausura o inhabilitación, temporal o definitiva del establecimiento.

Todo sin perjuicio de la aplicación supletoria y/o conjunta de la normativa contravencional o procesal contravencional en materia de faltas municipales.

Será especialmente tenida en cuenta como agravante en el juzgamiento de infracciones a la presente, la comprobación de la infracción en comercios o instalaciones cercanas a colegios o instituciones

educativas”.-ARTICULO 2do.- El presente Decreto se dicta “ad referendum” del Honorable Concejo De-

***************liberante.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

CD

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(40)

Ref. Expte. Nº

4936-D-2006.-SAN ISIDRO, 4 de Mayo de 2006 DECRETO NUMERO:

9 9 9

VISTO la celebración de las fiestas patronales del Partido “San Isidro Labrador”, el próximo día 15 del corriente; y

Considerando:

QUE, como los años anteriores y en virtud de la amplia participación de la Comunidad sanisidrense en dichas fiestas, es propósito del Departamento Ejecutivo declarar ese día como feriado no laborable;

QUE, en tal sentido, también es necesario adoptar las medidas tendientes a preservar y asegurar las guardias y la prestación de los servicios que fueren imprescindibles;

QUE, en consecuencia corresponde promover el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro .- Declárase “feriado no laborable” el día 15 de mayo próximo, con motivo ***************de celebrarse las fiestas patronales de San Isidro

Labrador.-ARTICULO 2do .- Dispónese que con motivo de lo determinado en el artículo precedente, *************** las respectivas Secretarías adoptarán las medidas conducentes a mantener las guardias asistenciales y la prestación de los servicios que fueren

imprescindibles.-ARTICULO 3ro .- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-Desp. y Leg.

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(41)

Ref.: Expte.

SAN ISIDRO, 04 de mayo de 2006 DECRETO NUMERO:

1000

VISTO el Decreto nº 2449/2005 por el cual se exime del pago de los derechos municipales que correspondan abonar en un 100%, para la obtención del registro de conductor solicitado por el Sr. Claudio J. Martínez; y

Considerando:

QUE en autos se verifica que el número correcto de documento del recurrente es DNI 4.591.064, modificando en tal sentido el acto administrativo antes citado;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- Modifícase el artículo 1° del Decreto nro. 2449/2005, quedando redactado ************* de la siguiente manera:

“ARTICULO 1°.- Exímese del pago de los derechos municipales que corresponden abonar ************* en un 100% para la obtención del Registro de Conductor”, solicitado por Claudio J. Martínez –DNI 4.591.064-, con domicilio en Bogado 145 de Boulogne, debiendo abonar el arancel provincial vigente a la fecha del

trámite“.-ARTICULO 2do.- Mantiénese en todas sus partes las restantes disposiciones del Decreto ************** nro.

2449/2005.-ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(42)

Ref.: Expte.Nro.

2181-L-2006.-SAN ISIDRO, 04 de mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

1 0 0 1

VISTO lo actuado en el presente cuerpo instrumental, respecto de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública Cta. Cte. 120.425 y de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias de la Cta. Cte. 51.190; y

Considerando:

QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a eximir la totalidad de los recargos cuando la causa lo justifique, en virtud del artículo 46º de la Ordenanza Fiscal vigente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1ro.- EXIMESE el pago de los accesorios generados en la Cta. Cte.N° 120.425 ************** por el período 2001/3°A a 2006/2°B de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública, y en la Cta. Cte. N° 51.190, por el período 1999/2°B a 2006/2°B de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias, que recae sobre el inmueble sito en Chacabuco N° 426 de la ciudad de San Isidro, a nombre de Luis Alberto

LUCOTTI.-ARTICULO 2do.- Déjase establecido que, dentro de los diez (10) días de notificado del pre-************** sente Decreto, deberá efectuarse el pago de las sumas no controvertidas, caso contrario, lo dispuesto en el mismo caducará

automaticamente.-ARTICULO 3ro.- Dése intervención al Departamento de Tasas Inmobiliarias y a la Direc-*************** ción de Tasas Varias, a fin de tomar

conocimiento.-ARTICULO 4to.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

CD

(43)

DECRETO 1002

ANULADO

(44)

Ref.: Expte. Nro. 4781-C-2006

SAN ISIDRO, 05 de Mayo de

2006.-DECRETO NUMERO

: 1 0 0 3

VISTO el Suministro Nro. 2216/2006, originado en la Secretaría de Obras Públicas, y

Considerando:

QUE, el importe de la adquisición a efectuarse excede la suma de $ 86.086,00 por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Llámase a Licitación Privada Nro. 30/2006, para la “EJECUCION DE *********** PEQUEÑAS REPARACIONES DE EMERGENCIAS Y/O MEJORAS EN LA VIA PUBLICA, ZONA COMPRENDIDA POR LAS CALLES URUGUAY – AVDA. CENTENARIO – AVDA. MARQUEZ – ACCESO NORTE Y ACCESO TIGRE”, siendo el presupuesto oficial de PESOS DOSCIENTOS MIL ($

200.000).-ARTICULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el 09 de Mayo de 2006, a las 10:00 horas, ************ en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro. 77, 1er. Piso, San Isidro, dejándose establecido que las consultas al pliego podrán efectuarse los días hábiles de 8 a 13.30

horas.-ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, *********** se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos en

vigencia.-ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y

publíquese.-DESP Y LEGISL

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

(45)

Ref.: Expte. 13837-P-2004 y

ag.-SAN ISIDRO, 4 de Mayo de 2006

DECRETO NUMERO:

1004

VISTO el Expediente Nº 2234/04 sobre consulta de construcción para Centro Comercial a cielo abierto con Oficinas, Locales Comerciales, Estudios Profesionales, Bancos Correos, Gastronomía y una Estación de Servicio, en el inmueble delimitado por la calle Colectora Panamericana (Acceso Derivador a Av. Uruguay -Ramal “K”-), Uruguay y prolongación de J.F.Alcorta. designado catastralmente como Circunscripción VI, Secc. A, Fracción XI y el Expediente Nº 13837/04, correspondiente al Estudio de Impacto Ambiental del Centro Comercial a construirse; y

Considerando:

QUE en virtud de las presentaciones efectuadas por los interesados y la documentación acompañada en ambos expedientes administrativos, este Departamento Ejecutivo debe pronunciarse por la Factibilidad Urbana y Aptitud Ambiental de la obra que se pretende realizar, encuadrada como Urbanización Especial para conjunto no habitacional según art. 1.2.1.1. ap. B del Código de Ordenamiento Urbano;

QUE a fs. 360/363 y 383/386 del expediente Nº 2234/02 obran los informes de la Dirección General de Ordenamiento Urbano, que en base a la documentación presentada por los interesados, emitieron su opinión favorable con los condicionamientos necesarios para el otorgamiento de la factibilidad solicitada;

QUE en igual sentido, a fs. 380 del mismo expediente se ha pronunciado la Dirección de Catastro Municipal sobre los temas de su competencia;

QUE en el presente expediente se encuentranagregados los informes de la Dirección General de Ordenamiento Urbano de fs. 245/248 y 275/276, de la Dirección de Catastro a fs. 265 y vuelta y la Dirección de Gestión Ambiental y Seguridad Industria a fs. 254 y vuelta;

QUE con el Boletín Oficial Municipal, Edición Extra Nº 171, agregado al expedient13837/04, se ha dado cumplimiento a la publicación previa del Estudio de Impacto Ambiental presentado por los solicitantes del proyecto, conforme lo dispone el artículo 17 º de la ley Nº 11.723;

(46)

Ref.: Expte. 13837-P-2004 y

ag.-QUE conforme con lo antedicho, se ha pronunciado el Comité Evaluador competente, emitiendo su dictamen favorable, el que se encuentra agregado al expediente de referencia;

QUE la Subsecretaria de Registros Urbanos se expide favorablemente en ambos expedientes, propiciando el dictado del acto administrativo que contemple la Factibilidad Urbana del proyecto y la Aptitud Ambiental del mismo, por medio de la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTICULO 1º.- Hácese saber a la empresa Parque Reconquista S.A, que podrá autorizarse ************ la construcción de una Urbanización Especial para conjunto no habitacional con destino a Centro Comercial a cielo abierto, en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción VI, Secc. A, Fracción XI, delimitado por las calles Colectora Panamericana (Acceso Derivador a Av. Uruguay -Ramal “K”-), Uruguay y prolongación de J.F.Alcorta, de esta ciudad, según anteproyecto obrante a fs. 350/52 y 382 del Expte. 2234/02, convenientemente

corregido.-ARTICULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al ************** cumplimiento de los requisitos que a continuación se detallan:

I. Red Vial Pública

a) Deberá materializarse la apertura de la media calle J.F. Alcorta, en un ancho de 7 metros, para permitir el acceso y egreso vehicular desde la Colectora Panamericana y desde la Avenida Uruguay. En el proyecto se tendrá en cuenta la ubicación de los árboles existentes para su conservación, dentro de las posibilidades técnicas. Una vez abierta esta, en su ancho definitivo de 14 metros, se fijará un solo sentido de circulación de SE a NO, situación que implicará en esa oportunidad el rediseño de los estacionamientos ubicados frente a esta arteria, ubicándolos con el acceso dentro del predio. Esta condición quedará asentada en los planos de construcción.

b) Deberá presentar la autorización del OCCOVI (Órgano de Control de Concesiones Viales), para la nueva propuesta de accesos vehiculares a través de la Colectora.

(47)

Ref.: Expte. 13837-P-2004 y

ag.-a) Los Factores de ocupación máximos y definitivos serán: del Suelo –F.O.S= 0,25 y Total -FOT= 0,45, atento a la cantidad de estacionamiento disponible.

b) Terreno absorbente mínimo = 22,5 % de la superficie del predio (incluye la reducción de un 10% respecto de la requerida, pudiendo considerar para el cálculo todo sector de terreno que tenga capacidad para absorber aguas: canteros, estacionamientos con tratamiento no impermeable, espacios verdes, hoyos para contener la arboleda etc).

c) Alturas: Los edificios se desarrollarán en Planta Baja y hasta dos pisos altos. La altura máxima será de 9,50 m, y el nivel del último piso habitable no superará los 6,50 m. El Plano límite para cumbreras e instalaciones complementarias será de 12 m. Todas las alturas se tomarán a partir de la cota +5,20 m de IGM y podrán modificarse hasta en +/- 0,30 m por ajuste de proyecto.

d) La cota mínima de edificación para locales habitables será de +5,20 IGM y en caso de resultar menor, se justificará la disminución por un estudio hidráulico del predio y se evaluará particularmente la solicitud.

Se presentará la planiatimetría del terreno referida al IGM.

e) Retiros de Frente mínimos: Sobre el frente de Ruta Panamericana = diez metros (10m), que quedarán libres de construcciones, según la restricción contenida en el Plano de Mensura Nº 97-29-05.- Los demás retiros de frente serán de 3 metros, y podrán ocuparse con los Accesos, construcciones para Seguridad, Recintos para Residuos y Cámaras de Servicios, cuando se encuentren por encima del nivel del suelo, y en tanto sean diseñados en conjunto, se desarrollen sólo en planta baja y con las dimensiones mínimas requeridas y/o necesarias.

f) Tratamiento arquitectónico exterior

f1) Las cubiertas y las instalaciones que se colocarán por encima de los edificios, respetarán las alturas determinadas y contarán con tratamiento arquitectónico.

f2) No podrán utilizarse materiales o terminaciones reflejantes que alteren las condiciones del lugar o produzcan encandilamiento.

f3) No deberán quedar a la vista tanques ni instalaciones o equipos de los edificios.

f4) La iluminación interna, sus soportes y los artefactos serán aprobados con la documentación general del proyecto, y deberán ser colocados de modo de evitar impactos en el tránsito.

g) Forestación

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Ref.: Expte. 13837-P-2004 y

-Relevamiento de la forestación existente, debiendo conservar las especies que se encuentren en buen estado dentro de las posibilidades técnicas del proyecto,

-Propuesta de reposición e incorporación de nuevas especies (Ordenanza 6610) para minimizar impactos acústicos y contaminación del aire.

g2) Deberán forestar los Retiros de frente, con cortinas vegetales que suplantarán a la forestación de vereda e incluir forestación en las playas de estacionamiento para minimizar el impacto que la pavimentación de esta área provocará.

g3) La Dirección de Parques y Paseos, previa a la aprobación de los planos por la Dirección de Obras Particulares, deberá expedirse sobre la propuesta de forestación.

h) Cercos y veredas

h1) Los cercos de frente estarán constituidos por elementos que permitan transparencia (rejas alambre artístico o similar), debiendo incluir su diseño en los planos a presentar.

h2) Se señalizarán las salidas con señalización visual de advertencia para peatones: cartel indicador y luz.

h3) Las sendas de circulación peatonal pública tendrán un ancho mínimo de 2m y contendrán protecciones (barandas o cercos tipo “guarda rail”) hacia las calzadas de mayor tránsito (Uruguay y Colectora), colocadas a 0,50 m de la línea de cordón. En su diseño deberá contemplarse: la continuidad de la senda de circulación peatonal con enlaces o rampas en todos los accesos vehiculares y cruces.

i) Estacionamiento carga y descarga.

i1) El estacionamiento verificará las exigencias establecidas por el art. 1.2.2.1 del Código de Ordenamiento Urbano. Se considerará: Un módulo cada 23 m² de locales, oficinas, estudios profesionales y consultorios; Un módulo cada tres comensales en el rubro gastronomía; Un módulo por cada móvil (correo, remises, etc.) y/o según reglamentación particular de cada actividad en el rubro servicios.

i2) Se deberán reservar espacios para discapacitados, abastecimiento, camiones de caudales, transporte de correo, seguridad, urgencias, servicios, entre otros.

i3) Los módulos tendrán dimensiones reglamentarias según art. 1.2.2.1 del C.O.U y deberán ampliarse las circulaciones vehiculares internas, atendiendo a la cantidad de vehículos que circulará por cada lugar y a la necesidad de espacios de maniobras de vehículos de mayor porte.

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Ref.: Expte. 13837-P-2004 y

j) Se deberá dar cumplimiento a todas las reglamentaciones edilicias y de seguridad contenidas en el Código de Edificación, siendo de aplicación supletoria el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. El diseño y cálculo de los medios de salida así como las instalaciones contra incendios se adecuará a lo dispuesto en el mencionado Código.

k) Discapacitados: Las rampas, ascensores y sanitarios para discapacitados deberán ajustarse a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 6631 y demás legislación vigente, asimismo deberá reservarse cocheras para discapacitados, según art. 1.2.4.4 del C.O.U.

l) El o los profesionales firmantes del proyecto y de la Dirección de Obra serán los responsables del Cálculo Estructural y su materialización en obra, debiendo constar la documentación en el correspondiente Permiso de Obra y Aprobación de Planos que otorgue la Municipalidad (Estudio de Suelos).

m) Oportunamente y con la presentación del proyecto definitivo, se dará intervención a la Dirección de Obras Particulares en los aspectos de su competencia.

III. Servicios de Infraestructura:

a) El emprendimiento deberá contar con todos los servicios disponibles en la Zona (Agua Corriente – Cloacas – Electricidad – Gas Natural – Evacuación de aguas pluviales)

b) Deberán ejecutar desagüe cloacal, el que se conectará a la red y de no resultar posible la conexión, se construirá una Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales, que contará con aprobación de los organismos provinciales competentes (autoridad del Agua–Dirección de Hidráulica). Se dejará prevista la futura conexión a la red cloacal.

c) Deberá efectuarse desagües Pluviales y escurrimiento de todo el complejo y su conexión a la red externa. Se determinará mediante un estudio particular si la disminución del área de terreno absorbente provocado por las grandes áreas pavimentadas que se incorporan, provocaría algún inconveniente al sistema de desagüe de la zona, proponiendo de ser necesario las obras de remediación que correspondan.

d) Iluminación y pavimentación externa: Los proyectos deberán contar con aprobación previa del OCCOVI y/o de la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de San Isidro, según corresponda.

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Ref.: Expte. 13837-P-2004 y

e) Se deberá indicar en los planos de obra a presentar, la ubicación de las obras complementarias de los servicios e instalaciones tales como: Planta de Tratamiento de líquidos cloacales, Cámara de transformadores de EDENOR.

IV. Rubros a habilitar

a) Se podrán habilitar los rubros previstos por el Cuadro de Usos del C.O.U, para la Zona Cmb3, quedando prohibido la instalación de la Estación de Servicio por constituir un Uso No Conforme, según el mencionado Código.

b) Cada rubro deberá cumplimentar las normativas edilicias y ambientales específicas. V. Publicidad

La publicidad se tratará en base a lo previsto en el Código de Publicidad: Ordenanza Nº 7938, por medio de solicitud particular, debiendo contar con autorización previa a su

colocación.-ARTICULO 3.- Expídase la presente Declaración de Impacto Ambiental, autorizándose la ************* realización de las obras de carácter privado, complementarias y públicas necesarias, descriptas en los Artículo 1º y 2º de este decreto, conforme lo dispone el artículo 20º, inciso b) de la Ley Nº 11.723. La presente declaración implica el cumplimiento de las siguientes medidas mitigatorias, ya sea en su etapa constructiva como funcional:

I. Condiciones Ambientales Generales del Proyecto a) Residuos

Deberán construir un recinto para colocar los residuos de todo el conjunto y evitar su depósito en la vía pública, previo a su retiro por la empresa concesionaria. Este recinto deberá ser acondicionado con revestimiento impermeable, ventilación y contar con acceso directo desde vía pública.

b) Redes de Infraestructura

Se recomienda que los nuevos tendidos de extensión de redes de infraestructura por cable (electricidad, telefonía, videocable, etc) que se realicen en vía pública con la finalidad de servir a este complejo, se efectúen exclusivamente en forma subterránea a fin de evitar la aparición de mayor tendido aéreo en la Zona.

Referencias

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