UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”
FACULTAD JURISPRUDENCIA
CARRERA DERECHO
TESIS DE GRADO
PREVIO LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES
DE LA REPÚBLICA
TEMA
REFORMA AL ARTÍCULO 130 DEL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EN LA PARTE PERTINENTE A LA OBLIGATORIEDAD DEL PAGO DE PENSIONES ALIMENTICIAS.
AUTORA: JOHANA ROCA
TUTOR: MSc. FRANCISCO ALEJANDRO MANTILLA MUÑOZ
PUYO
II
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÒNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
CERTIFICADO DE TUTORÍA DE TESIS
Msc. Francisco Alejandro Mantilla Muñoz, en mi calidad de tutor de la tesis de grado, de
la estudiante Johana Elizabeth Roca Pulla, cuyo tema es “ PROPUESTA DE REFORMA
AL ARTICULO 130 DEL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA, EN LA
PARTE PERTINENTE A LA OBLIGATORIEDAD DEL PAGO DE PENSIONES
ALIMENTICIAS”.
CERTIFICO QUE:
El trabajo presenta las orientaciones metodológicas de la Investigación Científica,
cumpliendo así con las disposiciones emitidas por la Universidad Regional Autónoma de
los Andes “UNIANDES” a través de la Facultad de Jurisprudencia; en tal virtud, puede ser
sometido a sustentación.
Puyo 15 de Enero del 2014
MSC. FRANCISCO ALEJANDRO MANTILLA MUÑOZ
III
DECLARACIÒN DE AUTORÍA DE TESIS
Ante las autoridades de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”
declaro que este trabajo de tesis con el tema “REFORMA AL ARTÍCULO 130 DEL
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EN LA PARTE PERTINENTE A
LAS OBLIGATORIEDAD DEL PAGO DEL PAGO DE PENSIONES
ALIMENTICIAS .” presentado como requisito para obtener el título de Abogada de la
República del Ecuador. Es original, de mi autoría, que se ha citado las fuentes
correspondientes y que en su ejecución se respetaron las disposiciones legales que protegen
los derechos de autores vigentes”.
IV
DEDICATORIA
Dedico este trabajo a Dios y a mi hijo Iker Josue Guato Roca, por haberme dado la
oportunidad de vivir y regalarme una familia maravillosa y por permitirme llegar hasta
este momento tan importante en mi vida.
A mi madrecita, por ser el pilar más importante y por demostrarme siempre su cariño y
apoyo incondicional y por haberme acompañado durante toda mi trayectoria estudiantil y
de vida. A mi hermano que siempre ha estado junto a mí brindándome su apoyo
incondicional. A mi padre a pesar de nuestra distancia siento que está siempre conmigo.
Gracias a todas las personas que me ayudaron directa e indirectamente en la realización de
V
AGRADECIMIENTO
Le Agradezco a Dios por haberme guiado a lo largo de mi carrera, por ser mi fortaleza en
los momentos de debilidad y por brindarme una vida llena de aprendizajes, experiencias y
sobre todo felicidad.
Le doy gracias a mi madre por apoyarme en todo momento, por los valores que me ha
inculcado, y por haberme dado la oportunidad de tener una excelente educación en el
transcurso de mi vida. Sobre todo por ser un excelente ejemplo a seguir. A mi hermano
por estar junto a mí en mis momentos de alegrías y mis tristezas y ser parte importante en
mi vida.
Agradezco la confianza, apoyo y dedicación a todos los profesores que supieron impartir
sus conocimientos y de la misma manera agradezco a la Universidad Regional Autónoma
VI
RESUMEN EJECUTIVO
Todos los Estados y todas las familias deberían dar la máxima prioridad posible a los niños
y Adultos mayores, de acuerdo a la Constitución de la Republica son personas que
pertenecen al grupo vulnerable y tiene los mismos derechos como es tener un nivel de vida
adecuada para su bienestar, así como también tienen derecho a ser cuidados y apoyados
por los padres, la familia y la sociedad.
Tomando en cuenta que los niños son el futuro de la humanidad, se indica que se
encuentran protegidos por la Constitución Política, el Código de la Niñez y la Adolescencia
garantiza a todos los niños ecuatorianos el derecho a desarrollar libremente su personalidad
sin más limitaciones que las impuestas por el orden Jurídico y los Derechos de los demás,
resulta de mucho valor esta investigación sobre las “Reformas al Código de la Niñez y la
Adolescencia”.
En cambio el adulto mayor es una persona que pasa por una etapa de la vida que se
considera como la última, en la que los proyectos de vida ya se han consumado, siendo
posible poder disfrutar de lo que queda de vida con mayor comodidad y tranquilidad.
En actualidad los padres han descuidado mucho en lo que se refiere a cumplir su
responsabilidad y obligación con sus hijos, ya que con nuestra legislación el niño no queda
desamparado en la que si no paga el padre se le puede demandar a un familiar en este caso
al abuelo que es el adulto mayor. La investigación presenta un análisis estadístico que
acredita la necesidad de reformar la ley para mejorar la convivencia familiar, el mismo que
está basado en cambiar la parte pertinente al Derecho a Alimentos, en el Artículo…130 del
Código de la Niñez y Adolescencia en la que manifiesta que están obligados los Abuelos a
VII
SUMMARIZE EXECUTIVE
All States and families should give the highest possible priority to older children and adults,
according to the Constitution of the Republic are persons belonging to vulnerable group
and have the same rights as having a standard of living adequate for welfare, as well as
have the right to be cared for and supported by parents, the family and society.
Taking into account that children are the future of humanity, you indicate that you are
protected by the Constitution, the Code of Children and Adolescents guarantees all children
the right to Ecuadorian freely develop their personality without restrictions other than those
Legal imposed by the order and the rights of others, is of much value this research on "
Reforms to the code of childhood and adolescence."
Instead the older adult is a person who goes through a life stage that is considered as the
last, in which life projects have already been accomplished, making it possible to enjoy the
rest of life with greater comfort and tranquility.
Parents today are largely neglected in regard to fulfilling its responsibility and obligation to
his children, because our legislation is not helpless child in which the father does not pay if
you can sue a relative in this case Grandpa is the elderly.
The research presents a statistical analysis that proves the need to reform the law to
improve family life, the same that is based on changing the relevant part of the Right to
Food, in Article ... 130 of the Code of Children and Adolescents in which states that are
required to pay delivery Grandparents food to their children as it is a right that belongs to
us all, in a lot of cases seniors do not have the necessary economy for their daily
subsistence.
VIII
ÍNDICE GENERAL
PÁGINAS PRELIMINARES PÁGINAS
CERTIFICADO DE TUTORÍA DE TESIS ... II
DECLARACIÒN DE AUTORÍA DE TESIS ... III
DEDICATORIA ... IV
AGRADECIMIENTO ... V
RESUMEN EJECUTIVO ... VI
SUMMARIZE EXECUTIVE ... VII
INTRODUCCIÓN ... 1
ANTESCEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN: ... 1
SITUACIÓN PROBLÉMICA: ... 2
PROBLEMA CIENTÍFICO: ... 2
JUSTIFICACIÓN: ... 3
CAMPO DE INVESTIGACIÓN: ... 3
OBJETO DE ESTUDIO... 4
CAMPO DE ESTUDIO: ... 4
IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: ... 4
OBJETIVO GENERAL: ... 4
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: ... 4
IDEA A DEFENDER: ... 5
VARIABLES DE INVESTIGACIÓN: ... 5
VARIABLE DEPENDIENTE: ... 5
VARIABLE INDEPENDIENTE: ... 5
BREVE EXPLICACION DE LA METODOLOGÍA INVESTIGATIVA A EMPLEAR: ... 6
RESUMEN DE LA EXTRUCTURA DE LA TESIS: BREVE EXPLICACIÓN DE LOS CAPÍTULOS DE LA TESIS: ... 8
1.- INTRODUCCIÓN ... 8
2.- CAPÌTULO I: ... 8
IX
4.- CAPÌTULO III: ... 9
5.- BIBLIOGRAFÍA ... 9
6.- ANEXOS ... 9
APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA ... 10
CAPÍTULO I ... 11
1. MARCO TEÓRICO ... 11
1.1.ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL OBJETO DE INVESTIGACIÓN. ... 11
1 .2. ANÁLISIS DE LAS DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN. ... 11
1.2.1.CONSTITUCIÓN. ... 11
1.2.2.LEY ... 13
1.2.2.1.CLASIFICACIONES DE LA LEY. ... 15
1.2.2.2. CARACTERÍSTICAS DE LA LEY. ... 17
1.2.2.DERECHO ... 19
1.2.4. HISTORIA DEL DERECHO ... 22
1.2.5.DERECHO EN LA SOCIEDAD. ... 26
1.2.6DERECHO DE ALIMENTOS. ... 28
1.2.6.1LOS ALIMENTOS ... 28
1.2.6.2. NATURALEZA DEL DERECHO DE ALIMENTOS. ... 30
1.2.6.3 CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE ALIMENTOS. ... 31
1.2.7. EL DERECHO DE ALIMENTACIÓN COMO DERECHO HUMANO. ... 32
1.2.8.OBLIGACIÓN DEL DERECHO DE ALIMENTOS. ... 33
1.2.9.BENEFICIARIOS AL DERECHO DE ALIMENTOS. ... 34
1.2.10.DEFINICIÓN DE ADULTO MAYOR. ... 34
1.2.11. EL DERECHO A LA DEFENSA. ... 36
1.3.VALORACIÓN CRÍTICA DE LOS CONCEPTOS PRINCIPALES DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN. ... 37
1.3.4.ANÁLISIS CRÍTICO SOBRE EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN, ACTUAL DEL SECTOR. ... 37
1.4.CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO ... 37
CAPÍTULO II ... 39
MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ... 39
2.2. CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR. ... 39
X
2.3.1MÉTODOS TÉCNICAS E INSTRUMENTOS. ... 40
2.3.1MÉTODOS. ... 40
2.3.1.1 INDUCTIVO – DEDUCTIVO ... 40
2.3.1.2.ANALÍTICO – SINTÉTICO. ... 41
2.3.1.3. HISTÓRICO COMPARADO ... 41
2.3.2 TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN. ... 41
2.3.1 INSTRUMENTOS ... 42
2.3.2 UNIVERSO ... 42
CUADRO NO.1 ... 44
2.3.2 ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS DE LAS ENCUESTAS APLICADAS A UN BARRIO DE LA CUIDAD DEL PUYO. ... 45
2.2.4.CONCLUSIONES ... 51
2.2.5.RECOMENDACIONES. ... 51
CAPITULO III ... 52
2.TÍTULO ... 52
3.1.OBJETIVOS. ... 52
3.1.1 OBJETIVO GENERAL ... 52
3.1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ... 52
3.3.BENEFICIARIOS. ... 54
3.4. ENCARGADOS DE PRESENTAR REFORMAS Y LEYES A LA ASAMBLEA NACIONAL. ... 54
3.4.1.1.ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS ASAMBLEÍSTAS. ... 56
3.4.1.2.PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO ... 56
3.4.1.3.CÓMO SE DEBE PRESENTAR UN PROYECTO DE LEY Y ANTE QUIÉN. ... 57
3.4.1.4.TRATAMIENTO DE UN PROYECTO DE LEY EN LA ASAMBLEA NACIONAL. ... 57
3.5.DESARROLLO DE LA PROPUESTA. ... 58
3.6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... 67
3.6.1. CONCLUSIONES ... 67
3.6.2. RECOMENDACIONES A LA ASAMBLEA. ... 68
XI
ÍNDICE DE CUADROS
Cuadro No1.- Tabulación de las encuestas realizadas a la Ciudad Del
Puyo………...…45
Cuadro No.2.- Demanda de pensión alimenticia a un adulto mayor………... 46
Cuadro No.3.- Estabilidad económica de las personas adultas mayores en caso de ser
demandados.………..47
Cuadro No.4.- Pensiones alimenticias pagadas por un familiar y no el
padre………...……...48
Cuadro No.5.- Pago de pensiones alimenticias por los adultos
mayores……….49
Cuadro No.6.- La responsabilidad de los padres hacia sus
hijos………...50
XII
ÍNDICE DE GRÁFICOS
Gráfico No.1.- Demanda de pensiones alimenticias a un adulto mayor.
………. ……….……46
Gráfico No.2.- Estabilidad económica de las personas adultas mayores en caso de ser
demandados………..47
Gráfico No.3- Pensiones alimenticias pagadas por un familiar y no el
padre………..48
Gráfico No.4.- Pago de pensiones alimenticias por los adultos mayores……….49
Gráfico No.5- La responsabilidad de los padres hacia sus
hijos………...50
1
INTRODUCCIÓN
ANTESCEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN:
De las investigaciones realizadas en la Universidad Regional Autónoma de los Andes
“UNIANDES” no se encuentran estudios referentes al tema de cobro de pensiones
alimenticias a los abuelos ya que son personas adultas mayores, se vulneran sus derechos
y se les impone obligaciones como es el pago de pensiones alimenticias a sus
descendientes en la que se encuentra mal interpretada la mala aplicación. Respecto a este
tema que es materia de indagación, no existen otros trabajos análogos, por lo que este
trabajo es de autoría y originalidad exclusiva de su autor.
Desde la vigencia de la Ley Reformatoria al Título V, Libro Segundo, “Del Derecho a
Alimentos”, Del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, la conciencia colectiva de
los ecuatorianos fue impactada por la noticia sobre un acontecimiento indignante: Decenas
de ancianos ecuatorianos han sido demandados porque sus hijos no han pagado pensiones
alimenticias, violentándose de esta manera normas constitucionales y la Ley del Anciano o
llamado también Adulto Mayor.
Se trata de casos que han provocado discusión en el País en torno a la necesidad de proteger
los derechos tanto de niños como de los adultos mayores, ambos considerados grupos
2 SITUACIÓN PROBLÉMICA:
De acuerdo al pago de pensiones alimenticias que se encuentra estipulado en el Artículo
130 del Código de la Niñez y Adolescencia en las cuales se nombran a los adultos mayores
a cumplir obligaciones que nos les pertenecen como es el pago de pensiones alimenticias a
sus descendientes, ya que es un derecho que solo deben cumplir los padres.
En relación paterna familiar procedente de una u otro modo, genera entre ascendientes y
descendientes un cúmulo de derechos y obligaciones que inciden en el convivir de cada uno
de los integrantes de la estructura familiar y especial en la existencia de los descendientes.
Los progenitores son los únicos responsables que tienen la obligación legal y moral de
satisfacer en todos los parámetros la vida de sus descendientes.
PROBLEMA CIENTÍFICO:
La mala aplicación del Artículo 130 en el Código de la Niñez y la Adolescencia en la parte
pertinente a pensiones alimenticias, ocasionan vulneración de derechos de los adultos
3 JUSTIFICACIÓN:
Esta investigación permitirá reformar y modificar el Art. 130 del Código de la Niñez y
Adolescencia, a fin de que permita la aplicación correcta, justa y equitativa en las
obligaciones de los progenitores en el pago de pensiones Alimenticias a sus descendientes.
Al realizar esta investigación, se contribuirá a solucionar los problemas que vive nuestro
País en la actualidad es dar una pequeña muestra a los estudiantes, profesionales del
derecho y demás personas afectadas, ya sea de una manera directa e indirectamente con la
reforma actual del Código de la Niñez y Adolescencia sobre el Derecho a terceras
personas de alimentos y cómo estas reformas ocasionan que los responsables directos del
pago no se vean afectados al momentos de cumplir con dicha pensión impuesta para el
bien del menor que le corresponde.
Por cuanto se recomendará a las autoridades Judiciales, a fin de que se sancione y juzgue de
una manera más eficiente y oportuna a los progenitores para que cumpla con sus
obligaciones. Garantizando de esta forma el respeto a cada uno de los derechos establecidos
para los seres humanos.
CAMPO DE INVESTIGACIÓN:
4 OBJETO DE ESTUDIO
Leyes Ordinarias
CAMPO DE ESTUDIO:
El Estudio al Código de la Niñez y Adolescencia. “Terceras personas obligadas a la
prestación de alimentos”.
IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN:
Protección de Garantías Constitucionales.
OBJETIVO GENERAL:
Diseñar un anteproyecto de Reformatoria al Artículo 130 del Código de la Niñez y
Adolescencia en la parte permitente a la obligatoriedad del pago de pensiones alimenticias
a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los progenitores, asegurando los
derechos de los niños.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
5
- Realizar una investigación de campo que permita conocer el criterio de la ciudadanía en
este caso de las personas afectadas sobre el cobro de pensiones alimenticias, sin observar
la edad y la discapacidad de los adultos mayores en la que provoca malestar social.
- Desarrollar los componentes para una propuesta de Reforma al Artículo 130 del Código
de la Niñez y la Adolescencia en la parte pertinente al cobro de pensiones alimenticias a
los adultos mayores.
IDEA A DEFENDER:
Mediante el Antéproyecto a la Ley Reformatoria en el Código de la Niñez y Adolescencia
en el Artículo 130 se garantizará la Obligatoriedad del pago de Pensiones Alimenticias de
los progenitores hacia sus descendientes.
VARIABLES DE INVESTIGACIÓN:
VARIABLE DEPENDIENTE:
Al fin de evitar que se vulnere los derechos de los niños y violaciones constitucionales.
VARIABLE INDEPENDIENTE:
6 JUSTIFICACIÓN DEL TEMA:
Esta investigación permitirá reformar y modificar el Art. 130 del Código de la Niñez y
Adolescencia, a fin de que permita la aplicación correcta, justa y equitativa en las
obligaciones de los progenitores en el pago de pensiones Alimenticias a sus descendientes.
Al realizar esta investigación, se contribuirá a solucionar los problemas que vive nuestro
País en la actualidad es dar una pequeña muestra a los estudiantes, profesionales del
derecho y demás personas afectadas, ya sea de una manera directa e indirectamente con la
reforma actual del Código de la Niñez y Adolescencia sobre el Derecho a terceras personas
de Alimentos y cómo estas reformas ocasionan que los responsables directos del pago no
se vean afectados al momentos de cumplir con dicha pensión impuesta para el bien del
menor que le corresponde.
Por cuanto se recomendará a las autoridades Judiciales, a fin de que se sancione y juzgue de
una manera más eficiente y oportuna a los progenitores para que cumpla con sus
obligaciones. Garantizando de esta forma el respeto a cada uno de los derechos establecidos
para los seres humanos.
BREVE EXPLICACION DE LA METODOLOGÍA INVESTIGATIVA A EMPLEAR:
La metodología a utilizarse fue mediante la aplicación de métodos técnicas y
procedimientos de la investigación científica. Se realizó una investigación bibliográfica y
una investigación de campo, lo que permitió redactar conclusiones y recomendaciones para
7 Método Inductivo – Deductivo
El Método Inductivo, va de los casos particulares a los generales, con la finalidad de
obtener consecuencias lógicas. En la presente investigación se conocerá el criterio de un
grupo de ciudadanos de la ciudad de Puyo, con lo cual por medio de la deducción se podrá
generalizar conceptos en cuanto al entorno del objeto del presente estudio.
Método Analítico Sintético
Es la descomposición de todas las partes; con la aplicación de este método se hizo posible
la comprensión de todo hecho, idea o caso del presente tema de investigación, es decir se
analizaron los datos y los elementos, a lo simple, de todo el conocimiento obtenido parte
por parte. La síntesis posibilitará a las partes o elementos a estudiarse en un todo.
Técnicas
Para el presente estudio e investigación, se utilizó la Encuesta, con cuestionarios
estandarizados, los mismos que recogieron de forma pormenorizada variables que le dan la
razón a la presente investigación.
Tabulación
Los datos obtenidos en la investigación fueron tabulados y se realizará las
8 Instrumentos
Cuestionarios estandarizados aplicados a un porcentaje de ciudadanos de Puyo.
Procesamiento de la información.
Los resultados de la presente investigación son tabulados, graficados, analizados e
interpretados.
RESUMEN DE LA EXTRUCTURA DE LA TESIS: BREVE EXPLICACIÓN DE LOS CAPÍTULOS DE LA TESIS:
1.- INTRODUCCIÓN
En la introducción se plantearan diferentes aspectos principales para el desarrollo de la
presente tesis, entre ellos destacan los antecedentes de la investigación, planteamiento del
problema, causas y efectos, objeto de investigación, y objetivos.
2.- CAPÌTULO I:
En este capítulo corresponde al marco teórico donde se fundamentara las variables de
estudio y resultados de la investigación bibliográfica mediante libros de investigación
9 3.- CAPÌTULO II:
En el capítulo dos se presenta la caracterización del sector, descripción del procedimiento
de la Metodología de la investigación la que nos permitirá recolectar información sobre el
objeto del presente trabajo.
4.- CAPÌTULO III:
En este capítulo se hará un análisis de los resultados alcanzados de la investigación para
lograr la solución.
5.- BIBLIOGRAFÍA
Se refiere a toda la documentación científica utilizada en forma de libros, impresa o digital.
6.- ANEXOS
10
APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA
Al realizar la presente propuesta es para regular la mala aplicación que se está dando en el
Artículo 130 del Código de la Niñez y Adolescencia en la parte pertinente al pago
obligatoria a pensiones alimenticias a terceras personas como es en este caso a los adultos
mayores ya que se les impone una obligación que nos les pertenece en absoluto ya que los
únicos responsables, en cumplir con estas obligaciones son los padres.
El Beneficio de esta en esta propuesta es que no se violenten los derechos de los niños y
11 CAPÍTULO I
1. MARCO TEÓRICO
1.1. ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL OBJETO DE INVESTIGACIÓN.
1 .2. ANÁLISIS DE LAS DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE
EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN.
1.2.1. CONSTITUCIÓN.
La Constitución y a veces llamada también Carta Magna. Es la norma suprema, escrita o
no, de un Estado de Derecho soberano u organización, establecida para regirlo. “La
Constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado, ( Barberan,
1997) se definen como poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial y de estos con sus
ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las
instituciones en que tales poderes se asientan.
Es el conjunto de normas escritas y no escritas, que determinan el ordenamiento jurídico de
un estado, especialmente, la organización de los poderes públicos y sus competencias, los
12
Para Kelsen el vocablo Constitución tiene dos sentidos, un sentido lógico-jurídico la
Constitución en su sentido lógico-jurídico, “Es la norma fundamental o hipótesis básica; la
cual no es creada conforme a un procedimiento jurídico y, por lo tanto, no es una norma
positiva, debido a que nadie la ha regulado y a que no es producto de
una estructura jurídica, sólo es un presupuesto básico, (Sánchez, 1999).
La Constitución busca garantizar al pueblo sus derechos y libertades.
Así, "…la Constitución política es la fuente del derecho más importante desde el punto de
vista jerárquico, toda vez que ella reviste el carácter de Ley Fundamental de la República, a
la cual debe someterse toda otra norma jurídica sea de carácter legal o no. Ello, la sitúa en
la cúspide de la pirámide normativa, (Barberan, 1997).
Fue creada según ciertos procedimientos instituidos por una comunidad jurídica y que,
como manifestación unificada de la voluntad formalmente expresada a través de sus
órganos e instancias productoras, regula la conducta humana, en un tiempo y lugar
definidos, prescribiendo a los individuos, frente de determinadas circunstancias
condicionantes, deberes y facultades, y estableciendo una o más sanciones coactivas para el
supuesto de que dichos deberes no sean cumplidos.
Establece la forma de ejercicio de esa autoridad, esto significa como ejerce esa autoridad
sus Funciones, Atribuciones, Facultades y Deberes que le competen. Las Funciones son las
acciones asignados a cada cargo dentro de las entidades para desarrollar las atribuciones
propias de estas. Las Atribuciones son potestades concedidos a las entidades para alcanzar
13
Las Facultades son autorizaciones reconocidas a cada cargo para que los servidores
públicos puedan ejercer las funciones que les corresponden y los Deberes son actividades
imperativas de cada entidad o servidor público dirigidas a cumplir con sus atribuciones o
funciones que le son inherentes.
“La Constitución es la ley fundamental sobre la que se asienta un Estado en la cual impone
a los ciudadanos derechos y obligaciones, en la que fue creada con la finalidad de vivir en
armonía entre todos los individuos, (Carpizo, 1999).
Se denomina Constitución al conjunto de leyes fundamentales que determina la
organización del Estado en la cual es emanada por una autoridad pública que ordena,
permite o prohíbe algo, en la cual es obligatoria para todas las personas ya sean nacionales
o extranjeras que se encuentran dentro del territorio nacional.
1.2.2. LEY
“Ley viene del latín lex, legis, esta es una norma jurídica dictada por el legislador. Es
decir, es un precepto establecido por una autoridad competente, en que se manda, prohíbe o
permite algo en concordancia con la justicia y su incumplimiento trae aparejada una
sanción, (Ruiz, 1998).
Aparece como la fuente más importante del derecho en cuanto emana de un órgano
integrado, generalmente, por personas elegidas por la ciudadanía y por ende, en cuanta
manifestación de la voluntad soberana del pueblo que ha de regirse por ella. Es un precepto
dictado por una autoridad competente. Este texto manda o prohíbe algo en consonancia con
14
La ley tiene pues, un aspecto que la hace situarse por encima de las demás fuentes del
derecho, pero bajo la Constitución. Este es un poder superior que la coloca, jurídicamente,
por sobre todas las manifestaciones de las autoridades u órganos estatales. Preferencia que
es consecuencia de que en un Estado democrático la máxima expresión de la soberanía está
entregada al Parlamento o Congreso, a quien corresponde en su mayor parte el ejercicio de
la función legislativa.
Al consultar otros autores se destacan el jurista panameño César Quintero, en su libro
Derecho Constitucional, cuando manifiesta que la ley es una "norma dictada por una
autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben
obediencia." Y el jurista chileno-venezolano Andrés Bello quien definió a la ley, en el
artículo 1 del Código Civil de Chile como "Una declaración de la voluntad soberana, que
manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite, (Pírela,
1980).
Puede decirse que las leyes limitan el libre albedrío de los seres humanos que conviven en
sociedad. Funcionan como un control externo al accionar humano que rige las conductas. Si
una persona considera que está bien realizar un cierto acto pero dicho accionar está penado
por la ley, lo normal es que se abstenga de hacerlo más allá de su creencia individual.
"Regla social obligatoria establecida con carácter permanente por la autoridad pública y
sancionada por la fuerza, (Planiol, 1925). Es decir, que por una parte establece obligaciones
o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto significa que siempre hay una
voluntad que manda, que somete, y otra que obedece. La ley impone sus mandatos, incluso
en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su incumplimiento da lugar a una sanción, a
15
“Las leyes no se emiten para regular o resolver casos individuales, ni para personas o
grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las conducen a la generalidad y se
dictan con carácter indefinido, permanente, para un número indeterminado de casos y de
hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su abrogación, subrogación y derogación
por leyes posteriores, (Planiol, 1925).
Es una norma determinada normalmente por una autoridad competen, tiene la misión
de regular, hacer cumplir o prohibir alguna materia o situación, la ley implica el
cumplimiento obligatorio por parte de todos los individuos que convivan en la comunidad
en la cual la ley se establece, su incumplimiento será sancionada de acuerdo a lo que la
norma legal vigente establece.
En el ámbito del derecho, la ley es un precepto dictado por una autoridad competente en la
que exige o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de la sociedad en su
conjunto.
La ley debe cumplir con diversos principios como:
1.-la generalidad comprende a todos los individuos, la obligatoriedad es imperativa y la
permanencia es dictada con carácter indefinido, entre otros.
1.2.2.1. Clasificaciones de la Ley.
16
Material es cualquier norma general y obligatoria, emanada de autoridad competente “Es
obligatoria para toda la sociedad, (Planiol, 1925). Formal es toda norma emanada desde el
congreso conforme al mecanismo que la Constitución lo determine.
“La ley formal es toda norma “nacida conforme al mecanismo determinado
constitucionalmente, (Aristóteles, 1994).
De derecho estricto y de derecho equitativo, también se denominan rígidas o flexibles. En
las primeras la norma es taxativa y no deja margen para apreciar las circunstancias del caso
concreto ni graduar sus consecuencias simplemente se aplica lo establecido, en muchos
casos esto no es justo pero es legal.
En las segundas, resultan más o menos indeterminados los requisitos o los efectos del caso
regulado, dejando un cierto margen para apreciar las circunstancias de hecho y dar al
Derecho una configuración adecuada al caso concreto, esto se conoce como sana crítica y
es la libertad o espacio del juez para determinar lo que es justo y aplicar la Ley.
Algunos tipos de leyes:
“Ley fundamental es la que establece principios por los que deberá regirse la legislación de
un País, (Leiro,2000). En Ecuador se denomina Constitución.
La Ley Orgánica nace como consecuencia de un mandato constitucional para la regulación
17
“Ley Orgánica es aquella ley que se necesita constitucionalmente para poder regular
determinadas cuestiones inherentes a la vida de la comunidad en la que se sancionan,
(Leiro, 2000).
La Ley Ordinaria, son normas jurídicas con rango legal aprobadas por el Gobierno. No son
propiamente leyes, aunque tienen todos los efectos de éstas, ya que tienen valor, rango y
fuerza de ley. Entre ellas encontramos al Decreto Ley y el Decreto Legislativo entre las que
se incluye la Ley de Presupuestos.
1.2.2.2. Características de la Ley.
La ley comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella,
sin excepciones de ninguna clase.
Con respecto a su obligatoriedad, “la Ley tiene carácter imperativo-atributivo, es decir, que
por una parte establece obligaciones o deberes jurídicos y por la otra otorga derechos. Esto
significa que siempre hay una voluntad que manda, que somete, y otra que obedece,
(Salgado, 2003).
La ley impone sus mandatos, incluso en contra de la voluntad de sus destinatarios. Su
incumplimiento da lugar a una sanción, a un castigo impuesto por ella misma, según la
18
Referida a su permanencia, se dictan leyes con carácter indefinido, permanente, para un
número indeterminado de casos y de hechos, y sólo dejará de tener vigencia mediante su
abrogación, subrogación y derogación posterior.
“Es abstracta e impersonal, las leyes no se emiten para regular o resolver casos
individuales, ni para personas o grupos determinados, su impersonalidad y abstracción las
conducen a la generalidad, es decir a resolver controversias comunes y no comunes bajo la
misma normativa, con equidad para todos, (Pesantes, 2004).
Se reputa conocida, y nadie puede invocar su desconocimiento o ignorancia para dejar de
cumplirla, ya que el desconocimiento no exime de culpa
Ley Natural
“La ley Natural es un orden normativo sistemático y unas relaciones de interdependencia
derivadas de él, a los que todos los seres creados visibles están ligados por el mero hecho
de existir bajo un mismo territorio o legislación,( Hobbes, 1997). Dentro de este
19 Ley Positiva
En cuanto a Derecho el origen de la definición de la Ley se debe al italiano Tomás de
Aquino en su SummaTheologiae tratado en el cual pretende exponer de modo ordenado la
doctrina católica, la define como "La ordenación de la razón dirigida al bien común y
promulgada por el que tiene a su cargo el cuidado de la comunidad",(1274).
Más modernamente, se denomina ley a la norma de mayor rango tras la Constitución de la
República que emana de quien ostenta el poder legislativo.
1.2.2. DERECHO
Considerando el sentido etimológico, Derecho proviene del latín directur (directo, derecho);
a su vez, del latín dirigere (enderezar, dirigir, ordenar, guiar), (Rolero, 2006).
“El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad
inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que
determinan su contenido y carácter.
Podría decirse entonces que es un conjunto de normas jurídicas que forman un sistema
cerrado, al punto que las soluciones hay que buscarlas en las propias normas, criterio válido
durante mucho tiempo y que, por lo demás, hay cierta cuota de certeza que ofrece seguridad
20
También puede ser un conjunto de normas de carácter general, que se dictan para regir
sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación
social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios, y cuyo incumplimiento
debe acarrear una sanción o la respuesta del Estado a tales acciones.
"Estas normas no son resultado solamente de elementos racionales, sino que en la
formación de las mismas inciden otros elementos, tales como intereses políticos y
socioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una
determinada voluntad política y jurídica, que si es dominante se hace valer a través de las
normas de Derecho, (Rolero, 2006).
La diversidad social, metodológica y jurídicamente se pueden agrupar, porque es
consecuencia del nivel de desarrollo no sólo de las relaciones, sino también de la normativa
y de las exigencias de progreso de las mismas, pero aún con la multiplicidad de normativas
existentes.
El Derecho es considerado como un conjunto armónico que puede producirse por la
existencia de la voluntad política y jurídica que en ellas subyace.
En sociedades plurales la armonía de la voluntad política depende de la coincidencia de
intereses de los grupos político partidistas predominantes en el legislativo y en el ejecutivo,
así como de la continuidad de los mismos en el tiempo.
Cambios también se pueden producir con las variaciones de los intereses socioeconómicos
21
En sociedades monopartidistas y con presupuesto de la unidad sobre la base de la
heterogeneidad social existente, la armonía de la voluntad normativa es mucho más factible
si bien menos democrática, lo que no quiere decir que se logre permanentemente; la base de
la armonía radica en los intereses únicos del partido.
Doctrinalmente se defiende la existencia de unidad coherencia; pero lo cierto es que en la
práctica lo anterior es absolutamente imposible en su aspecto formal, aún a pesar de los
intereses y valores en juego, por cuanto las disposiciones normativas se promulgan en
distintos lugares históricos, por órganos del Estado diferentes, incluso dominado estos por
mayorías políticas o con expresiones de voluntades políticas.
En tales situaciones se regulan relaciones sociales de una forma, con cierto reconocimiento
de derechos e imposiciones de deberes, con determinadas limitaciones, se establecen
mandatos de ineludible cumplimiento; y estas disposiciones pueden ser cuestionadas por
otros órganos del Estado, derogadas por los superiores, o modificadas por los mismos
productores meses o años después.
“En el orden fáctico, y usando argumentos de la teoría política, las bases para la armonía las
ofrece, ciertamente, la existencia de una voluntad política predominante y de ciertos y
determinados intereses políticos en juego que desean hacerse prevalecer como ya antes
expusimos, (Morales, 2002).
Y desde el punto de vista jurídico-formal, la existencia de un conjunto de principios que en
el orden técnico jurídico hacen que unas disposiciones se subordinen a otras, que la
producción normativa de un órgano prime sobre la de otros, que unas posteriores puedan
22
Permita que puedan existir leyes generales y a su lado leyes específicas para ciertas
circunstancias o instituciones y que permitan regularla de forma diferenciada, y aun así
ambas tengan valor jurídico y fuerza obligatoria.; o el principio de derogación de la norma
anterior por la posterior, por sólo citar algunos ejemplos.
Derecho es el conjunto de leyes, resoluciones, reglamentos creadas por un Estado, que
pueden tener un carácter permanente y obligatorio de acuerdo a la necesidad de cada una y
que son de estricto cumplimiento por todas las personas que habitan en esa comunidad para
garantizar la buena convivencia social entre estas y que la resolución de los conflictos de
tipo interpersonal lleguen a una armonía.
1.2.4. HISTORIA DEL DERECHO
“La Historia del Derecho es la disciplina histórico-jurídica que analiza el conjunto de
hechos y procesos históricos relacionados con el conjunto de normas jurídicas, así como los
usos sociales fuertes es decir, que tuvieran relación con el Derecho, (García, 2000).
La Historia del Derecho como disciplina, hace que haya de situarse entre otras dos grandes
ramas del saber, como son la Historia y el Derecho. De esta manera, se ha llegado a afirmar
que el historiador del derecho posee una doble ciudadanía, siendo considerado buen
historiador entre los juristas, y buen jurista entre los historiadores.
Nos permite apreciar cómo y por qué surgieron sus normas, a qué contexto corresponden,
23
Se ocupa de la Historia de la formulación, aplicación y comentarios del Derecho, y la
historia de las instituciones sociales reguladas por él; de esta manera, se integra la historia
del mundo del derecho, obtenida de los textos jurídicos, y la historia de las instituciones,
bien sean públicas o privadas.
Derecho expresa una norma que procede “poderes sociales dominantes unas personas, unos
grupos y unas clases dominantes- sobre una comunidad,( GARCÍA MÁYNEZ, Eduardo (2006). Introducción al estudio del Derecho. México: Porrúa). Que es aplicada a unas
relaciones sociales vivas. Sólo por excepción surge de los campesinos o de las clases
estratos más débiles, que, no obstante, suponen fuerzas que pueden contrarrestar las normas
existentes, mediante costumbres o resistencias.
En la época moderna, las costumbres que se generan y prevalecen, la creación de
soluciones por los juristas del derecho común, están orientadas por los poderes del clero, la
nobleza o las oligarquías urbanas.
El Derecho actual, tiene por orígenes las costumbres y el Derecho Romano, títulos enteros
del Código Civil, en especial lo tocante a las obligaciones, han sido sacados de esta fuente.
Derecho es el orden normativo e institucional de la “conducta humana en sociedad
inspirado en postulados de justicia, Cuya base son las relaciones sociales existentes que
determinan su contenido y carácter, (Villoro, 2005). En otras palabras, son conductas
dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver
24
Cabe indicar que el Derecho Moderno se concibe como un ordenamiento universal basado
en el Derecho Romano, entonces la vieja idea que el Derecho Romano era el Derecho
Natural de la Cristiandad se convirtió, gracias a la labor de los comentaristas, en una
realidad jurisdiccional.
Frente a las tendencias prácticas de los glosadores y comentaristas, se inicia un movimiento
humanista en el siglo XVI, consecuencia del Renacimiento. Por tanto se pretende
reconstruir el Derecho Romano en sus distintas fases de formación, liberándolo de las
distintas alteraciones introducidas por los comentaristas.
En el siglo XVII la Escuela del Derecho Natural, defiende un Derecho Universal para todos
los pueblos, fundamentado en el Derecho Romano.
En el siglo XIX la Escuela Histórica Alemana considera del Derecho de un pueblo como el
producto instantáneo de su propio espíritu. Según esta Escuela el Derecho debe ser
considerado como historia y como sistema.
“Tradicionalmente la Historia del Derecho ha sido considerada una asignatura sobre todo
formadora que alarga el horizonte cultural de los juristas al proporcionar la visión del
derecho vivido en las diversas épocas. De esta manera contribuye a marcar la evolución
seguida y permite conocer y comprender los procesos por los que se ha pasado hasta llegar
a nuestro derecho actual.
“Se cultiva un Derecho teórico o de profesores que se distingue del Derecho práctico o de
25
Alemana elaboran la dogmática jurídica y constituyó la base científica para la redacción de
los códigos civiles. Hoy por hoy instaurados casi en todo el mundo, (Luban, 1972).
“El mundo jurídico tiene manifestaciones que trascienden los meros textos legales, de
manera que las fuentes de las que se nutre la Historia del Derecho abarca cualquier
testimonio que aporte datos sobre la realidad jurídica del momento, (Luban, 1972).
Aún en las situaciones más críticas, cuando la violencia era la norma de las relaciones entre
los centros de poder independientes, siempre han existido reglas de juego preestablecidas, o
pactadas de alguna manera por las partes, aceptadas y respetadas como un complemento de
las relaciones de fuerza.
Las antiguas aldeas, ahora grandes ciudades se ven obligadas a diversificar su producción
para competir en un mundo primitivamente capitalista, lo que permite una división del
trabajo y por tanto propicia el surgimiento del comercio, y es aquí al fin donde encontramos
los primeros documentos jurídicos, escritos en alfabeto cuneiforme que tratan sobre dichas
actividades lucrativas.
El derecho es todo sistema de normas con su lógica propia, destinado a regular con justicia
la vida social de una comunidad humana. Es una ordenación de la vida social con
vinculante.
Es el conjunto o sucesión de hechos ocurridos en el pasado. La historia es la elaboración
del conocimiento científico relativo al pasado humano. Este es el fundado en una
26
1.2.5. DERECHO EN LA SOCIEDAD.
El derecho es una ciencia creada por y para el hombre con el fin de vivir pacíficamente en
sociedad regulando su relación con los miembros de la sociedad.
Está presente en todas las épocas de nuestra vida como persona y aun antes de nacer y
después de morir.
El derecho sigue vigente hasta nuestros días con sus diferentes normas que han ido
cambiando a lo largo del tiempo y se seguirán modificando ya que las sociedades, así,
como cada individuo tiene la necesidad de ir evolucionando en su conducta humana de
acuerdo a su medio en el que vive.
“El ser humano le otorga sentido al derecho, en cuanto a su dimensión social, pero para
regular la vida en sociedad y las relaciones entre sujetos es indispensable conocer y
comprender la naturaleza del hombre para que se pueda determinar el tipo de regulación
que brindará el derecho para su vida en coexistencia, (Revista Bimestre Cubana, Diciembre
1995).
El derecho va par junto con la sociedad ha cambiado mucho es por eso que mientras que la
sociedad avanza cultural, tecnológica y rápidamente, el derecho como lo más indispensable
para las personas se actualiza igualmente.
Se asevera que durante décadas los juristas mantuvieron dos errores en cuanto a los
27
Los Derechos Reales eran una relación entre sujetos y cosas, "los sujetos y cosas, son el
resultado o contenido de la relación entre los sujetos. Por ejemplo el derecho de propiedad,
donde el patrimonio no es sujeto de derecho, el sujeto es propietario del objeto y los demás
sujetos deberán respetarlo, (Díez, 1998).
Se la considera como una organización de personas que administra un patrimonio para que
sus frutos sean entregados a otros sujetos ajenos a la administración de la fundación, no
como sostenían los antiguos juristas, un patrimonio afectado a un fin especial.
El derecho regula las relaciones sociales entre todos los individuos en la cual proporcionan
respeto de la conservación hacia sus derechos para establecer la paz y el bien común.
El ser humano tiene un sentido bidimensional, es decir es:
“Libre: Es un ente unitario, indivisible, individual, libre, creativo, estimativo, proyectivo e
intercambiable. Idéntico a sí mismo, ( Ibarrola, 1986).
Social: Coexistencial, vive en constante relación con los demás. Esto es un carácter interno
del ser humano, (Mijares, 1997).
Es inconcebible que el derecho sea posible sin que su creador, el hombre, libre y social,
siendo éste destinado a regular conductas ínter subjetivas de seres libres y capaces. Además
28
De acuerdo a varias concepciones bibliográficas la estructura del derecho está compuesta
por tres objetos heterogéneos, interrelacionados que conforman una unidad donde cada uno
es indispensable para definir el derecho, donde cada una por sí sola no es derecho.
La vida coexistencial
Los valores
Las normas jurídicas.
Derivando de esto la definición del derecho como el resultado de la interacción dinámica de
vida humana social, valores y normas; es decir, la regulación valiosa y obligatoria de la
vida humana socia
1.2.6 DERECHO DE ALIMENTOS.
1.2.6.1Los Alimentos
El derecho de alimentos se puede definir como la facultad jurídica que tiene una persona,
denominada alimentista o acreedor alimentario, para exigir de otra, lo necesario para
subsistir. Es aquel que le asiste a una persona para reclamar de quien está obligado
legalmente a dar lo necesario para su subsistencia cuando no está en capacidad de
procurársela por sus propios medios
Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación, la atención médica y
hospitalaria, los gastos para la educación de los menores y para proporcionarles oficio, arte
29
desarrollo en lo posible, cuando se trate de personas con algún tipo de discapacidad o
declarados en estado de interdicción, así como la atención geriátrica por lo que hace a las
personas mayores.
El derecho de alimentos es aquél que le asiste a una persona para reclamar de quien está
obligado legalmente a darlos. La obligación alimentaria se radica por la ley en cabeza de
una persona que debe sacrificar parte de su propiedad con el fin de garantizar la
supervivencia y desarrollo del acreedor de los alimentos, y tiene su sustento en el deber de
solidaridad que une a los miembros más cercanos de una familia.
Según el Diccionario de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas, sostiene lo siguiente
alimentos son “las necesidades que por ley , contrato o testamento se dan a algunas
personas para su manutención y subsistencia, esto es para comida, bebida, vestido,
habitación y recuperación de la salud, además de la educación e instrucción cuando el
alimentado es menor de edad,( 2008).
La obligación de los alimentos es un acto de voluntad y espiritualidad moral según nuestros
antecesores quienes brindaban alimentos por caridad y deber moral hacia sus hijos, o
personas que la requerían, pero que hoy en día los alimentos son una obligación legal para
que los menores puedan subsistir.
“Tiene su origen en la responsabilidad de quien procrea un hijo a atender sus necesidades
desde su concepción en el vientre materno, desde ese momento los padres le deben atención
30
“Los alimentos son una prestación a favor de ciertas personas que la ley impone a los
padres, (Villegas, 2006). Comprende no solo la satisfacción de sus necesidades fisiológicas,
de lo que la persona ingiere como comida y bebida, sino que comprende también la
satisfacción de necesidades esenciales como la alimentación nutritiva, una vivienda segura,
el vestuario, la salud integral, educación, cuidado, transporte, cultura, recreación y deporte;
y rehabilitación y ayudas técnicas en casos de discapacitados.
No todo debe limitarse a dinero y a satisfacer necesidades materiales, para esta corriente es
también importante el afecto, cuidados y atenciones a las niñas, niños y adolescentes de
parte de sus padres, la familia y la sociedad, ya que una niña, niño o adolescente cuando no
goza de estos derechos su niñez deja de ser tal, la juventud se pierde en la confusión, el
abandono y en muchos casos el resentimiento por el desafecto de sus padres, lo que está
conduciendo hacia una sociedad en decadencia.
1.2.6.2. Naturaleza del derecho de Alimentos.
“Son corresponsables de este derecho el Estado, la sociedad y la familia; son estos quienes
intervienen para su cumplimiento con el fin de procurar el bienestar y desarrollo integral de
niñas, niños y adolescentes, (Baron, 2003).
La Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia estipula que el derecho a
alimentos es connatural a la relación parentesco-filial, es decir este derecho nace como
efecto de esta relación y está vinculado con el derecho a la vida, la supervivencia y a una
31
Corresponde a los padres, como titulares principales de este derecho, la obligación
alimentaria, aunque considero que no debería estipularse desde esa perspectiva sino como
un deber.
En circunstancias de que los padres no puedan cumplir esta obligación, por la relación
parentesco-filial, la capacidad económica que tengan y siempre que no se encuentren
discapacitados, les corresponde atender este derecho a los obligados subsidiarios, o sea las
hermanas o hermanos mayores que no estudien o tengan alguna discapacidad; y a los tíos o
tías, excepto los abuelos porque son personas adultas mayores.
1.2.6.3 Características del Derecho de Alimentos.
De acuerdo a lo que estipula la Ley Reformatoria del Código de la Niñez y Adolescencia,
en el Art. Innumerado 3, este derecho es:
a) Intransferible.- este derecho es personalísimo, no puede ser sujeto a enajenación a título
oneroso o gratuito;
b) Intransmisible.- por ser personalísimo y de orden público familiar no es susceptible de
ser transmitido por sucesión por la muerte del beneficiario;
c) Irrenunciable.- Este derecho no puede renunciarse, cualquier estipulación que signifique
32
d) Imprescriptible.- La prestación de alimentos no extingue, ni está sujeta al recurrir de un
periodo de tiempo determinado para que extinga. Prestación.
1.2.7. EL DERECHO DE ALIMENTACIÓN COMO DERECHO HUMANO.
El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea
sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la
alimentación adecuada o a medios para obtenerla.
Por ello, el derecho a la alimentación debe ser entendido de modo amplio, considerando el
acceso físico y económico a los alimentos adecuados o a medios para obtenerlos, en
cualquier momento, y no de un modo restrictivo que se ciña a una dotación de calorías,
proteínas y otros nutrientes. Igualmente, se reconoce que el derecho a la alimentación
adecuada tendrá que ser alcanzado de un modo progresivo.
Los Estados tienen la obligación básica de adoptar las medidas necesarias para mitigar y
aliviar el hambre, incluso en caso de catástrofe natural o de otra índole, es el derecho a
tener acceso, de manera regular, permanente y libre, sea directamente, sea mediante compra
por dinero, a una alimentación cuantitativa y cualitativamente adecuada y suficiente, que
corresponda a las tradiciones culturales de la población a que pertenece el consumidor y
garantice una vida psíquica y física, individual y colectiva, libre de angustias, satisfactoria y
33
1.2.8. OBLIGACIÓN DEL DERECHO DE ALIMENTOS.
Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los
padres recae en los demás descendientes por ambas líneas que estuvieren más próximos en
grado.
El Art. 100 del Código de la Niñez y Adolescencia determina que el padre y la madre
tienen iguales responsabilidades en la dirección y mantenimiento del hogar, en el cuidado,
crianza, educación, desarrollo integral y protección de los derechos de sus hijos e hijas
comunes, son responsables directos de la sobrevivencia de sus hijos y los dos deben asumir
esta misión de procrear y formar seres proactivos para la sociedad.
Los padres son los encargados de guiarlos, conducirlos y orientar su crianza para que
tengan una vida digna y civilizada. A los progenitores les toca responder ante su
conciencia, la sociedad y el Estado por su sustento material y moral.
En la convivencia diaria vemos que aunque existan disposiciones de orden garantista, estas
no causan el efecto que todos quisiéramos, porque aún encontramos niños en la calle,
trabajando, mendigando, y en estos últimos tiempos niños siendo utilizados para delinquir.
El problema tiene su origen en los hogares de donde provienen estos menores; cuando en
unos hogares no hay precisamente la responsabilidad de los padres, en otros son hogares
disfuncionales producto del abandono del padre o madre, y de la migración, no se puede
34
Entonces la familia se convierte en el punto donde se debe acometer para la solución de
estos conflictos, porque existen leyes pero tal vez está faltando una educación en principios
y moral que se aprende efectivamente en la primera escuela, el hogar.
Sostiene Larrea Holguín que “el Derecho de Familia como pocas partes del Derecho
presenta muchas materias mixtas, o sea de competencia simultánea del Estado y de la
Iglesia, nada tan exacto ya que la experiencia nos enseña que la espiritualidad del ser
humano es el complemento de su intelectualidad, (1999).
1.2.9. BENEFICIARIOS AL DERECHO DE ALIMENTOS.
Los hijos(as) hasta que cumplan 21 años salvo que estén estudiando una profesión u oficio,
caso en el cual cesarán a los 28 años o que les afecte una incapacidad física o mental que
los inhabilite para subsistir por sí mismos.
1.2.10.DEFINICIÓN DE ADULTO MAYOR.
Es una etapa de la vida la vejez ya que a través del envejecimiento es un proceso de
cambios como el tiempo, natural, gradual, continuo, irreversible y completo. Estos
cambios se dan a nivel biológico, psicológico y social, y están determinados por la historia,
35
Cada persona envejece de manera diferente, dependiendo de sus características innatas, de
las que adquiere a través de la experiencia y de las circunstancias a las que se haya
enfrentado durante su vida. El envejecer implica procesos de crecimiento y de deterioro. Es
decir, de ganancia y de pérdida, y se da durante todas las etapas de la vida.
“Denomina Adulto mayor a la etapa en que se encuentran las personas que tienen más de
65 años de edad. Por lo general, se considera que los adultos mayores, sólo por haber
alcanzada este rango de edad, son lo que se conocen como pertenecientes a la tercera edad,
o ancianos. Es necesario, por tanto, aprender a valorar al viejo y darle los cuidados que
necesita para que tenga unos años llenos de vida, más que una vida llena de años,
(Carranza, 2007).
El adulto mayor pasa por una etapa de la vida que se considera como la última, en la que
los proyectos de vida ya se han consumado, siendo posible poder disfrutar de lo que queda
de vida con mayor tranquilidad. Usualmente las personas de la tercera edad han dejado de
trabajar, o bien jubilan, por lo que su nivel de ingresos decrece en forma considerable, lo
que junto con los problemas de salud asociados a la edad pueden traer consecuencias en
todos los ámbitos de su vida.
Esta situación hace que las personas de la tercera edad muchas veces sean consideradas
como un estorbo para sus familias, por lo que un problema creciente en la sociedad actual
es el abandono.
Como vemos, se trata de un grupo de personas que son fuertemente discriminados, ya que
se comete el error de considerarlos como inoperantes o incapaces, enfermos o simplemente
36
“Los gobiernos y los municipios se han ocupado de crear políticas y centros especializados
que se preocupan en forma especial de los adultos mayores, otorgándoles beneficios
especiales en relación a los servicios sociales y de salud, contando además con actividades
especiales creadas especialmente para mantener a esta población activa y partícipe de la
sociedad, (Carranza, 2007).
En la mayoría de los casos se encuentra bastante alejada de la realidad que estas personas
viven. Muchas veces siguen siendo personas perfectamente sanas y activas, llenas de
vitalidad que disfrutan de la tranquilidad de haber cumplido con todos los sus proyectos de
vida, pudiendo disfrutar de la familia, los nietos y los triunfos acumulados durante la vida.
1.2.11. EL DERECHO A LA DEFENSA.
Según el Artículo 75 de la Constitución de la República del Ecuador, “manifiesta que toda
persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y
expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y
celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones
judiciales será sancionado por la Ley, (2008).
Así mismo el Articulo 76 de la misma norma en sus numerales 7 literal a, b, c, h, nos
manifiesta: nadie podrá ser privado del derecho a la defensa en ninguna etapa o grado del
procedimiento, contar con el tiempo y con los medios adecuados para la preparación de su
defensa, ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones, presentar en
forma verbal o escritas las razones o argumentos de los que crea asistida y replicar los
argumentos de las otras partes; presentar pruebas y contradecir las que se presenten en su
37
1.3. VALORACIÓN CRÍTICA DE LOS CONCEPTOS PRINCIPALES DE LAS
DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE EL OBJETO DE
INVESTIGACIÓN.
Los temas escogidos para realizar este trabajo de tesis son de mucha importancia ya que se
basa en los problemas actuales en el que vive el País. Para poder tener clara la idea de
quienes son los obligados a prestar el derecho de pensiones alimenticias con sus
descendientes.
1.3.4. ANÁLISIS CRÍTICO SOBRE EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN, ACTUAL
DEL SECTOR.
En el Derecho de familia se ampara la necesidad que puede tener una persona de recibir lo
que sea necesario para subsistir, dada su incapacidad de procurárselos solo. Dicha
obligación recae normalmente en un familiar próximo (por ejemplo, los padres respecto de
los hijos, o viceversa;
1.4. CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO
En este capítulo existe investigación bibliográfica consultada a profesionales del derecho
para realizar la propuesta de reformar el Artículo 130 del Código de la Niñez y
Adolescencia, en la cual no se puede demandar a los mayores adultos ya que solo se ha
38
Nos podemos dar cuenta que en la actualidad se vulneran bastante los derechos de los
adultos mayores ya que por ser mayores se les discrimina y se les hace a un lado por ser
ancianos.
Pero gracias a nuestra Legislación Ecuatoriana se ha creado una ley que respalde al Adulto
mayor para así poder terminar con el aislamiento de aquellas personas y poder hacer valer
sus derechos y obligaciones como ciudadanos que son.
Se pudo analizar que hay mucha despreocupación de los progenitores hacia sus
descendientes ya que en caso de no tener las posibilidades necesarias de pagar la
39 CAPÍTULO II
2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA
2.1. METODOLÓGICO O INVESTIGATIVO.
Metodología, etimológicamente proviene de los vocablos griegos Meto es la forma de
llegar; Logos tratado del camino estudio del camino que nos va a permitir llegar a alguna
situación.
La investigación propuesta será bibliográfica y de campo; lo primero permitirá conocer
diferentes fuentes de estudio, realizar una compilación de las mismas con lo que se
conseguirá los aspectos teóricos y científicos propuestos, porque la fuente de la
investigación son los libros y documentales escritos referentes al tema.
La investigación se realizará mediante encuestas a una muestra a las personas perjudicadas
de esta cuidad de Puyo tomando así contacto directo con la realidad que serán aplicadas de
conformidad a la muestra.
2.2. CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR.
La encuesta se realizó en un Barrio de esta cuidad de Puyo en el cual es un lugar muy
amplio se encuentra a pocos pasos del centro de la cuidad lo cual podemos observar que
40
personas, en la cual alguno de esas familias a sus familiares se les han impuesto una
obligación que no les pertenece como es el pago de pensiones alimenticias.
2.3. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN.
El tipo de investigación es explicativa, porque permite describir los problemas que le ha
causado a la ciudadanía ante la reformatoria al artículo de la Ley. Respondiendo así al
porqué de los hechos y sus posibles soluciones.
2.3.1 MÉTODOS TÉCNICAS E INSTRUMENTOS.
2.3.1 MÉTODOS.
2.3.1.1 Inductivo – Deductivo
El método Inductivo es una operación lógica que permitirá ir de lo particular a lo general,
de los hechos particulares a las conclusiones universales, es decir permitirá verificar el
sentir de los habitantes ante la aplicación de la ley referida a pensiones alimenticias a
terceras personas para plantear una propuesta de reforma a la ley.
En cambio en el método Deductivo permitirá lograr los objetivos propuestos y ayudar a
verificar las variables planteadas; este método va de lo general a lo particular, es decir del
conocimiento general de la ley para llegar a la aceptación de dicha ley por la ciudadanía de
41 2.3.1.2. Analítico – Sintético.
Analíticamente es la descomposición de todos sus segmentos, es decir este método hará
posible la comprensión de todo hecho, fenómeno, idea o caso.
Sintéticamente es el análisis que procede de lo compuesto a sus elementos simples, es decir
de todo el conocimiento a sus partes en la cual la síntesis posibilitara las partes a estudiarse
en todo.
2.3.1.3. Histórico Comparado
Es aquel que nos permitió conocer el objeto en su proceso de desarrollo, es decir,
concebirlo al objeto desde su aparición, crecimiento y extinción. Este método nos esclarece
las distintas etapas de los objetos en sucesión cronológica, en las forma concretas de
manifestación histórica.
2.3.2 TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN.
Para obtener datos que permitan realizar el análisis estadístico se determinó a la encuesta
42
La encuesta se llevó a cabo mediante el instrumento del cuestionario realizado a personas
perjudicadas de la cuidad de Puyo, provincia de Pastaza con el fin de conocer cuáles son
las expectativas en la presente investigación así como el nivel de aceptación.
2.3.1 Instrumentos
La encuesta es una técnica de recolección de información que se apoya en los instrumentos,
en ésta ocasión se necesitó de un cuestionario para la aplicación de la encuesta, el mismo
que será verificado por personas expertas en el tema, que orientaron su validez.
2.3.2 Universo
El universo está conformado por la población mayor de edad según datos del último
censo, habitantes de la ciudad de Puyo escogidos en forma aleatoria.
Para aplicar la encuesta a los ciudadanos se determinó la muestra de acuerdo a la siguiente
formula:
= ( )
De donde:
n= muestra
N= universo de la población
E= error máximo admisible al cuadrado (0,0025)
= .
43
= .
, ( . )
= .
.
= .
.
= 123