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RESULTANDO. Que, mediante Resolución RES/180/2002 de fecha 19 de

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RESOLUCIÓN Núm. RES/332/2011

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA AUTORIZA LA MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES TERCERA, QUINTA Y SEXTA DEL PERMISO PARA GENERAR ENERGÍA ELÉCTRICA BAJO LA

MODALIDAD DE AUTOABASTECIMIENTO E12151AUT/2002, OTORGADO A PARQUES ECOLÓGICOS DE MÉXICO, S. A. DE C. V.

RESULTANDO

PRIMERO. Que, mediante Resolución RES/180/2002 de fecha 19 de septiembre de 2002, esta Comisión Reguladora de Energía (esta Comisión) otorgó a Parques Ecológicos de México, S. A. de C. V., (la Permisionaria) el Permiso para generar energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/215/AUT/200 2 (el Permiso), utilizando para ello una central que estará integrada por 94 aerogeneradores con capacidad de 0.85 MW cada uno. La capacidad total de generación de energía eléctrica será de 79.90 MW, con una producción anual de energía de 280.00 GWh.

La central está ubicada en las instalaciones de la Permisionaria en diversas parceladas y terrenos rústicos, del poblado de Aguascalientes La Mata, Municipio de Asunción Ixtaltepec y en el Ejido La Ventosa, Municipio de Juchitán, ambos Municipios del Distrito Juchitán, Oaxaca.

SEGUNDO. Que, mediante las Resoluciones RES/014/2003, RES/184/2003, RES/025/2005, RES/184/2005, RES/379/2005, RES/227/2006, RES/291 /2007 y RES/411/2008, de fechas 6 de febrero de 2003, 4 de septiembre de 2003, 23 de febrero de 2005, 1 de septiembre de 2005, 30 de noviembre de 2005, 10 de agosto de 2006, 16 de agosto de 2007 y 11 de diciembre de 2008, esta Comisión autorizó la modificación, entre otras, de las Condiciones Tercera, Quinta y Sexta, quedando en los términos siguientes:

"TERCERA. Aprovechamiento de la energía eléctrica generada. La energía eléctrica que genere la Permisionaria deberá destinarse exclusivamente a la satisfacción de las necesidades de autoabastecimiento de sus socios, de acuerdo a la siguiente distribución:

/b1

(2)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

Hasta

1. Amecom, S. A. de C. V. 1.050

2. Barcal, S. A. de C. V.

Planta Gómez Palacio 0.900

Planta Lerma 1.700

Planta Puebla 0.500

Planta San Luis 1.950

Planta Atitalaquia 0.700

3. Bimbo, S. A. de C. V.

Planta Hermosillo 1.250

Planta Mazatlán 1.200

Planta Bimbo Monterrey 3.200

Planta Marinela Monterrey 1.500

Planta Chihuahua 1.300

Planta San Luis 1.800

Planta González Gallo 0.900

Planta Ocotán 1.750

Planta Marinela Zapopan 1.350

Planta Marilara 1.300

Planta Santa María 0.950

Planta Bimbo Atzcapotzalco 2.950

Planta Wonder 1.400

Planta Marinela Azcapotzalco 1.800

Planta Galletas Lara 0.300

Planta Irapuato 1.600

Planta Bimbo Toluca 1.450

Planta Tía Rosa 1.300

Planta Suandy 0.300

Planta Bimbo Sureste 1.600

Planta Mérida 1.200

Planta Veracruz 1.700

Planta Puebla 2.000

Planta Marinela Sureste 0.850

Planta Fripan 1.400

Planta Gómez Palacio 0.900

4. Cementos Apasco, S. A. de C. V.

Planta Orizaba 8.400

Planta Ramos Arizpe 7.000

Planta Tecomán 12.600

(3)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

(M149 Hasta

Planta Macuspana 17.000

Planta Acapulco 8.000

5. Cadena Comercial Oxxo, S. A de C. V.

Planta Edificio Oficina de Servicio 1.068

Planta Edificio Impulso 0.146

6. Centro de Servicio Diesel, S. A. de C. V. 0.341 7. Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma, S. A. de C. V.

Planta Monterrey 14.366

Planta Orizaba 15.750

Planta Guadalajara 4.377

Planta Toluca 4.400

Planta Reciba Pachuca 0.780

Planta Navojoa 0.355

Planta Navojoa (Pozo de Agua) 0.450

8. Cervezas Cuauhtémoc Moctezuma, S. A. de C. V.

Agencia Apodaca 0.249

Agencia Norte 0.180

Hielo Gómez Palacio 0.450

Distribuidora Chihuahua 0.150

9. Conductores Monterrey, S. A. de C. V.

Planta Monterrey 5.430

Planta San Luis 2.100

10. Crisoba Industrial, S. A. de C. V.

Planta Morelia 11.900

Planta Texmelucan 3.000

Planta Ecatepec 38.200

11. Envases Elopak, S. A. de C. V. 7.350

12. Dal-Tile México, S. A. de C. V. 14.850

13. Fábricas Monterrey, S. A. de C. V, Planta Toluca 4.900 14. Formex Automotive Industries, S. A. de C. V. 15.000 15. Grupo Papelero cn e, S. A. ,.. .,

. e C. V.

Planta San Rafael Planta Naucalpan Planta Morelia

Inmuebles del Golfo, S. A. de C. V.

Planta San Cristóbal de las Casas 584 Planta San Cristóbal de las Casas 350 Planta Juchitán

16.

10.954 5.800 20.538 1.215 0.720 0.900

(4)

11111s 1,

Crás;dü~3 O\

e 111.f .5

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Demanda Máxima

(MI 49 Hasta

Núm. Socio

17. Kimberly Clark de México, S. A. B. de C. V.

Planta Tlaxcala 7.791

3.200 13.000 10.200 1.370 2.760 0.500 1.800 1.020 2.500 2.300 0.370 0.500 0.760 0.360 3.260 2.500 0.380 2.500 0.910 7.350 3.100 2.900 1.350 4.500 25.500 3.150 9.500 1.500 1.500 Planta Orizaba

Planta Ramos Arizpe Planta San Juan del Río Lala Acapulco, S. A. de C. V.

Lala Derivados Lácteos, S. A. de C. V.

Planta Torreón Planta Gómez Palacio

Lala Guadalajara, S. A. de C. V.

Lala Mazatlán, S. A. de C. V.

Lala México, S. A. de C. V.

Lala Monterrey, S. A. de C. V.

Lala Sureste, S. A. de C. V.

Lala Torreón, S. A. de C. V.

Planta Durango Planta Torreón

Leche Bell, S. A. de C. V.

Magnekon, S. A. de C. V.

Mexilac, S. A. de C. V.

Planta Aguascalientes Planta Ozuluama Planta Tizayuca Planta Veracruz Nuplen, S. A. de C. V.

Panamco Bajío, S. A. de C. V.

Panamco Golfo, S. A. de C. V.

Planta Coatepec Planta Apizaco Ciel Panel Rey, S. A.

Proeza Grede, S. de R. L. de C. V.

Prolec GE, S. A. de C. V.

Propimex, S.A. de C. V.

Planta Toluca Planta Reyes

Planta Cuautitlán PET 18.

19.

20.

21.

22.

23.

24.

25.

26.

27.

28.

29.

30.

31.

32.

33.

34.

35.

(5)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

Núm. Socio

Demanda Máxima

(M149 Hasta 36. Qualtia Alimentos Operaciones, S. de R. L. de C. V. 1.68 37. I.

Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, P. D.

Planta Norte 4.337

Planta Noreste 2.430

Planta Dulces Nombres 7.500

38. Sílices de Veracruz, S. A. de C. V. 0.800

39. Supermercados Internacionales HEB, S. A. de C. V.

Sucursal Autopista Periférico 3.000

Sucursal Gómez Morín 1.316

Sucursal Country 1.560

Sucursal Anáhuac 1.102

Sucursal Jacarandas 1.080

Sucursal Echeverría 1.488

Sucursal Solidaridad 0.600

Sucursal Chapultepec 1.000

Sucursal Lincoln 0.900

Sucursal Gonzalitos 1.350

Sucursal Morelos 1.093

Sucursal Cárdenas 1.000

Sucursal Díaz Ordaz 0.900

Sucursal Ejército 1.530

Sucursal Juárez 1.250

Sucursal Reforma 0.900

Sucursal Raúl Salinas 0.962

Sucursal Acapulco 1.080

Sucursal Pablo Livas 1.500

Sucursal Penuelas 1.440

Sucursal Sendero Norte 0.900

Sucursal Himno Nacional 1.080

40. Tecnopak de La Laguna, S. A. de C. V. 1.810 41. Tiendas Soriana, S. A. de C. V.

Sucursal Acuña 1.400

Sucursal Aeropuerto 1.450

Sucursal Altamira 0.891

Sucursal Cárdenas Sucursal Carrizo

0.891 1.450

Sucursal Centro 0.690

(6)

COMISIÓN REGULADORA REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

Hasta

Sucursal City Club San Jerónimo 0.900

Sucursal Club de Precios (Chihuahua) 1.125

Sucursal Club de Precios (Monclava) 1.350

Sucursal Club de Precios (Nuevo Laredo) 1.035

Sucursal Club de Precios (Reynosa) 1.080

Sucursal Club de Precios (Saltillo) 0.849

Sucursal Club de Precios (Tampico) 0.792

Sucursal Club de Precios (Torreón) 1.125

Sucursal Club de Precios (Villahermosa) 1.039

Sucursal Colón 0.874

Sucursal Colosio 1.050

Sucursal Comalcalco 0.896

Sucursal Constitución 1.464

Sucursal Contry 1.618

Sucursal Cuauhtémoc 0.522

Sucursal Cumbres 1.116

Sucursal Del Río 1.630

Sucursal Delicias 0.660

Sucursal Durango 0.880

Sucursal Echeverría 0.890

Sucursal Ejército 1.278

Sucursal El Palmar 1.450

Sucursal Escobedo 1.350

Sucursal Estanzuela 1.485

Sucursal Félix U. Gómez 1.296

Sucursal Francisco Coss 0.950

Sucursal Fresnos 1.163

Sucursal Fuentes Mares 1.485

Sucursal Fundadores 1.332

Sucursal Gómez Palacio 1.100

Sucursal Guadalupe 1.400

Sucursal Hamburgo 1.467

Sucursal Hidalgo 1.450

Sucursal Huinalá 1.440

Sucursal Independencia 2.109

Sucursal Jardines 0.810

Sucursal Juventud 1.485

Sucursal La Fe 1.350

(7)

,

e)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

OWW) Hasta

Sucursal La Puerta 1.215

Sucursal Laguneta 1.500

Sucursal Las Fuentes 0.660

Sucursal Las Palmas 1.170

Sucursal Las Quintas 1.485

Sucursal Las Rosas 1.200

Sucursal Las Torres 1.179

Sucursal Lauro Villar 1.305

Sucursal Linares 0.895

Sucursal Lincoln 1.850

Sucursal Linda Vista 1.376

Sucursal Lourdes 1.100

Sucursal Madero 0.570

Sucursal Mante 1.498

Sucursal Matamoros 1.409

Sucursal Minatitlán 1.395

Sucursal Mirador 0.805

Sucursal Monclava 1.500

Sucursal Niños Héroes 1.000

Sucursal Nueva Rosita 0.891

Sucursal Oriente 1.087

Sucursal Pape 0.900

Sucursal Parral 0.468

Sucursal Periférico 1.530

Sucursal Piedras Negras 1.050

Sucursal Reforma 1.485

Sucursal Ribereña 1.485

Sucursal Río Bravo 1.417

A é' 0.965

ZUW115t11 oail" wuoll u

Sucursal San Andrés Tuxtla 0.900

Sucursal San Isidro 1.450

Sucursal San Jerónimo 1.080

Sucursal San Joaquín 1.530

Sucursal San Nicolás 1.532

Sucursal San Pedro 1.700

Sucursal Santa Catarina 1.450

Sucursal Santa Cruz 1.500

Sucursal Santa María 1.337

(8)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

(MW) Hasta

Sucursal Santo Domingo 1.418

Sucursal Saucito 1.497

Sucursal Sendero 1.460

Sucursal Solidaridad 1.476

Sucursal Tamatan 1.450

Sucursal Tecnológico 0.900

Sucursal Topochico 1.278

Sucursal Triana 1.080

Sucursal Universidad 1.430

Sucursal Vallada 1.250

Sucursal Villahermosa 1.485

42. Tisamatic, S. A. de C. V. 5.600

43. Transportadora de Alimentos, S. A. de C. V. 7.350

44. Ultra Lala, S. A. de C. V. 2.500

45. Zinc Nacional, S. A. 11.700

46. Yesera Monterrey, S. A. 0.800

Total 588.498*

*Este valor es meramente indicativo de la suma de las demandas máximas de los asociados con derecho a recibir energía eléctrica, no de la capacidad de generación autorizada a la Solicitante"

"QUINTA. Descripción de las instalaciones. El proyecto tendrá por objeto la generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, para satisfacer las necesidades de los socios de la permisionaria que se mencionan en la Condición

Tercera anterior, utilizando una central eoloeléctrica con las siguientes características:

a) Estará integrada por 94 aerogeneradores con capacidad de 0.85 MW cada uno. La capacidad total de la central será de 79.90 MW, con una producción estimada anual de energía eléctrica de 280.00 GWh.

b) Los aerogeneradores mencionados en el inciso anterior serán instalados en dos etapas, en los terrenos mencionados en el inciso d) siguiente. En la primera etapa se instalarán 36 aerogeneradores y en la segunda etapa

58 aerogeneradores.

c) Los aerogeneradores a que hace referencia el inciso anterior estarán interconectados mediante líneas propiedad de la Permisionaria, con tensión de 34.50 kV.

(9)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

d) La central se ubicará en el Estado de Oaxaca, en diversas parcelas del Municipio de Juchitán, Distrito de Juchitán, y diversos terrenos rústicos del Municipio de El Espinal.

SEXTA. Programa, inicio y terminación de obras. De acuerdo con el programa de obras presentado por la Permisionaria, éstas comprenderán la fabricación de los equipos principales, continuarán con la obra civil, el montaje y las pruebas de operación y

terminarán con la puesta en operación de la central.

El programa de obras dio inicio el 3 de febrero de 2003.

La primera etapa comprenderá la instalación de 36 aerogeneradores con una capacidad total de 30.60 MW, concluyendo en enero de 2009.

La segunda etapa iniciará en julio de 2007 con la instalación de 58 aerogeneradores con una capacidad total de 49.30 MW, finalizando en abril de 2009."

TERCERO. Que, con fecha 22 de septiembre de 2010, la Permisionaria presentó ante esta Comisión una solicitud para modificar las condiciones del Permiso en los términos siguientes:

a) Excluir del aprovechamiento de la energía eléctrica a generarse, las instalaciones de los socios autorizados en el Permiso que se indican a continuación:

No. Socio Instalación

Demanda Máxima

(MW) Hasta

1 Barcel, S. A. de C. V.

Planta Gómez Palacio 0.900

Planta Lerma 1.700

Planta Puebla 0.500

Planta San Luis 1.950

Planta Atitalaquia 0.700

2 Bimbo, S. A. de C. V.

Planta Hermosillo 1.250

Planta Mazatlán 1.200

Planta Bimbo Monterrey 3.200 Planta Marinela Monterrey 1.500

Planta Chihuahua 1.300

Planta San Luis 1.800

Planta González Gallo 0.900

(10)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

No. Socio Instalación

Demanda Máxima

(MW) Hasta

Planta Ocotán 1.750

Planta Marinela Zapopan 1.350

Planta Marilara 1.300

Planta Santa María 0.950

2 Bimbo, S. A. de C. V.

Planta Bimbo

Atzcapotzalco 2.950

Planta Wonder 1.400

Planta Marinela

Azcapotzalco 1.800

Planta Galletas Lara 0.300

Planta Irapuato 1.600

Planta Bimbo Toluca 1.450

Planta Tía Rosa 1.300

Planta Suandy 0.300

Planta Bimbo Sureste 1.600

Planta Mérida 1.200

Planta Veracruz 1.700

Planta Puebla 2.000

Planta Marinela Sureste 0.850

Planta Fripan 1.400

Planta Gómez Palacio 0.900

3 Lala Acapulco, S. A. de C.V. 1.370

4 Lala Derivados Lácteos, S. A. de C. V.

Planta Torreón 2.760

Planta Gómez Palacio 0.500

5 Lala Guadalajara, S. A. de C V. 1.800

6 Lala Mazatlán, S. A. de C. V. 1.020

7 Lala México, S. A. de C. V. 2.500

8 Lala Monterrey, S. A. de C. V. 2.300

9 Lala Sureste, S. A. de C. V. 0.370

10 Planta Durango 0.500

Lala Torreón, S. A. de C. V. Planta Torreón 0.760

11 Leche Bell, S. A. de C. V. 0.360

12 Mexilac, S. A. de C. V.

Planta Aguascalientes 2.500

Planta Ozuluama 0.380

Planta Tizayuca 2.500

Planta Veracruz 0.910

13 Nuplen, S. A. de C. V. 7.350

14

Supermercados Internacionales HEB, S. A. de C. V.

Sucursal Autopista

Periférico 3.000

Sucursal Gómez Morín 1.316

(11)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

No. Socio Instalación

Demanda Máxima

(MW) Hasta

Sucursal Country 1.560

Sucursal Anáhuac 1.102

Sucursal Jacarandas 1.080 Sucursal Echeverría 1.488 Sucursal Solidaridad 0.600

14

Supermercados Internacionales HEB, S. A. de C. V.

Sucursal Chapultepec 1.000

Sucursal Lincoln 0.900

Sucursal Gonzalitos 1.350

Sucursal Morelos 1.093

Sucursal Cárdenas 1.000

Sucursal Díaz Ordaz 0.900

Sucursal Ejército 1.530

Sucursal Juárez 1.250

Sucursal Reforma 0.900

Sucursal Raúl Salinas 0.962

Sucursal Acapulco 1.080

Sucursal Pablo Livas 1.500

Sucursal Penuelas 1.440

Sucursal Sendero Norte 0.900 Sucursal Himno Nacional 1.080

15 Ultra Lala, S. A. de C. V. 2.500

Total 100.411

b) Aumentar la capacidad autorizada en el Permiso pasando de 79.90 MW a 99.45 MW, mediante la incorporación de 23 aerogeneradores con capacidad de 0.85 MW cada uno.

c) La Permisionaria manifestó que el programa de obras correspondiente a la instalación de los equipos mencionado en el inciso anterior se iniciará en abril de 2011 con la adquisición de los equipos, para continuar con la construcción de la obra civil, así como con el montaje de los aerogeneradores y la realización de las pruebas correspondientes, y se finalizará con la puesta en operación de la central en noviembre 2011.

(12)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que, de acuerdo con lo dispuesto en la fracción XII del artículo 3 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, corresponde a este órgano desconcentrado otorgar y revocar los permisos y autorizaciones que, conforme a las disposiciones legales aplicables se requieran para la realización de actividades reguladas, entre otras, la generación de energía eléctrica que realicen los particulares.

SEGUNDO. Que la solicitud a que se refiere el Resultando Tercero implica la modificación de las Condiciones Tercera, Quinta y Sexta del Permiso, en términos y para los efectos de establecer lo requerido en el citado Resultando.

TERCERO. Que la solicitud no implica cambio de destino de la energía eléctrica generada por la Permisionaria, toda vez que dicha energía eléctrica, en términos de lo dispuesto por la fracción I del artículo 36 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, seguirá siendo destinada a la satisfacción de las necesidades de energía eléctrica la Permisionaria.

CUARTO. Que, mediante el oficio DGE/3881/2010 de fecha 17 de noviembre de 2010, esta Comisión solicitó a la Comisión Federal de Electricidad (la CFE) su opinión con respecto a la solicitud a que se refiere el Resultando Tercero, misma que fue emitida por ese organismo mediante oficio 5.-00001 de fecha 3 de enero de 2011, en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 36, numeral 3), de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y 84 de su Reglamento, señalando que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transacción Energética, corresponde a esta Comisión emitir las disposiciones para regular el acceso de nuevos proyectos de generación y programar su ampliación de manera concertada con los interesados.

QUINTO. Que, de conformidad con lo establecido en el párrafo primero del artículo 85 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, mediante el oficio SE/DGEER/47/2011 de fecha 17 de enero de 2011, se hizo del conocimiento de la Permisionaria la opinión referida en el Considerando Cuarto, requiriéndosele para que manifestara lo conveniente a sus intereses.

(13)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

SEXTO. Que, con fecha 8 de febrero de 2011, la Permisionaria respondió al requerimiento referido en el Considerando anterior, manifestando que "PEM espera a que se emitan a la brevedad las disposiciones de carácter general que establece el artículo 34 del Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento de Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética, solicitando expresamente a esa H. Comisión Reguladora de Energía que deje a salvo nuestros derechos contenidos en la Solicitud de Modificación hasta en tanto se emitan las referidas disposiciones de carácter general".

SÉPTIMO. Que, con fecha 29 de junio de 2011, esta Comisión publicó en el Diario Oficial de la Federación, las "Disposiciones Generales para Regular el Acceso de Nuevos Proyectos de Generación de Energía Eléctrica con Energías Renovables o Cogeneración Eficiente a la Infraestructura de Transmisión de la Comisión Federal de Electricidad" (las Disposiciones).

OCTAVO. Que, de acuerdo con las Disposiciones y a lo manifestado por la CFE en el oficio 5.-00001 de fecha 3 de enero de 2011 a que se refiere el Considerando Cuarto anterior, la Permisionaria deberá llevar a cabo las inversiones necesarias para interconectar la capacidad adicional de 19.55 MW derivado de la instalación de 23 aerogeneradores con capacidad de 0.85 MW cada uno, objeto de la presente solicitud.

NOVENO. Que la Permisionaria cumplió con la presentación del formato de solicitud autorizado, debidamente suscrito por sus representantes legales, los Sres. Federico Everardo Carranza Almaguer y Ricardo Renán Castellanos Berlanga, quienes acreditaron su personalidad y facultades en términos de la copia certificada del primer testimonio de la Escritura Pública número 82 426, de fecha 24 de febrero de 2009, otorgada ante la fe del Lic. Miguel Alessio Robles, Notario Público número 19 del Distrito Federal, en la cual consta el otorgamiento a dichos representantes de un poder general para actos de administración para ser ejercido de manera conjunta.

(14)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

DÉCIMO. Que, en virtud de que la central objeto del Permiso utilizará el viento como fuente de energía, considerada como fuente de energía renovable, la Permisionaria se encuentra exenta de realizar el pago de derechos para la expedición de la presente modificación al Permiso, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 56 Bis de la Ley Federal de Derechos, que a la letra establece:

"Articulo 56 Bis. En ningún caso se pagará el derecho de permiso de generación de energía eléctrica por el análisis, evaluación de la solicitud y, en su caso, la expedición o modificación del título de permiso, exclusivamente, cuando sea bajo las modalidades de fuentes de energía renovables."

UNDÉCIMO. Que la modificación del Permiso, objeto de la presente Resolución, no implica de manera alguna la modificación a las demás Condiciones aprobadas por esta Comisión a la Permisionaria por lo que éstas continúan en pleno vigor.

Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos 17 y 33, fracción VII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, fracciones XII, XVI y XXII, 4 y 11 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 3, fracción I, y 36, fracción I y numeral 3), de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; 1, 3, 16, fracción X, 35, fracción I, 39 y 57, fracción I, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 72, fracción I, inciso b), 77, 78, 84 y 101 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; y 1, 2, 6, fracción I, incisos A y C, 9, 19, 23, fracción VII, y 33, del Reglamento Interior de la Comisión Reguladora de Energía, se:

(15)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

RESUELVE

PRIMERO. Se autoriza la modificación de las Condiciones Tercera, Quinta y Sexta del Permiso para generar energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/215/AUT/2002, otorgado a Parques Ecológicos de México, S. A. de C. V., en términos de lo establecido en el Resultando Tercero, quedando como sigue:

"TERCERA. Aprovechamiento de la energía eléctrica generada. La energía eléctrica que genere la Permisionaria deberá destinarse exclusivamente a la satisfacción de las necesidades de autoabastecimiento de sus socios, de acuerdo a la siguiente distribución:

Núm. Socio

Demanda Máxima

(MW) Hasta

1. Amecom, S. A. de C. V. 1.050

2. Cementos Apasco, S. A. de C. V.

Planta Orizaba 8.400

Planta Ramos Arizpe 7.000

Planta Tecomán 12.600

Planta Macuspana 17.000

Planta Acapulco 8.000

3. Cadena Comercial Oxxo, S. A de C. V.

Planta Edificio Oficina de Servicio 1.068

Planta Edificio Impulso 0.146

4. Centro de Servicio Diesel, S. A. de C. V. 0.341 5. Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma, S. A. de C. V.

Planta Monterrey 14.366

Planta Orizaba 15.750

Planta Guadalajara 4.377

Planta Toluca 4.400

Planta Reciba Pachuca 0.780

Planta Navojoa 0.355

Planta Navojoa (Pozo de Agua) 0.450

6. Cervezas Cuauhtémoc Moctezuma, S. A. de C. V.

Agencia Apodaca 0.249

Agencia Norte 0.180

Hielo Gómez Palacio 0.450

Distribuidora Chihuahua 0.150

7. Conductores Monterrey, S. A. de C. V.

(16)

IDO

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UjrifM

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

(M%49 Hasta

Planta Monterrey 5.430

Planta San Luis 2.100

8. Crisoba Industrial, S. A. de C. V.

Planta Morelia 11.900

Planta Texmelucan 3.000

Planta Ecatepec 38.200

9. Envases Elopak, S. A. de C. V. 7.350

10. Dal-Tile México, S. A. de C. V. 14.850 11. Fábricas Monterrey, S. A. de C. V, Planta Toluca 4.900 12. Formex Automotive Industries, S. A. de C. V. 15.000 13. Grupo Papelero Scribe, S. A. de C. V.

Planta San Rafael 10.954

Planta Naucalpan 5.800

Planta Morelia 20.538

14. Inmuebles del Golfo, S. A. de C. V.

Planta San Cristóbal de las Casas 584 1.215 Planta San Cristóbal de las Casas 350 0.720

Planta Juchitán 0.900

15. Kimberly Clark de México, S. A. B. de C. V.

Planta Tlaxcala 7.791

Planta Orizaba 3.200

Planta Ramos Arizpe 13.000

Planta San Juan del Río 10.200

16. Magnekon, S. A. de C. V. 3.260

17. Panamco Bajío, S. A. de C. V. 3.100

18. Panamco Golfo, S. A. de C. V.

Planta Coatepec 2.900

Planta Apizaco Ciel 1.350

19. Panel Rey, S. A. 4.500

20. Proeza Grede, S. de R. L. de C. V. 25.500

21. Prolec GE, S. A. de C. V. 3.150

22. Propimex, S.A. de C. V.

Planta Toluca 9.500

Planta Reyes 1.500

Planta Cuautitlán PET 1.500

23. Qualtia Alimentos Operaciones, S. de R. L. de C. V. 1.68 24. Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey,

(17)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

Núm. Socio

Demanda Máxima

W1/49 Hasta I. P. D.

Planta Norte 4.337

Planta Noreste 2.430

Planta Dulces Nombres 7.500

25. Sílices de Veracruz, S. A. de C. V. 0.800 26. Tecnopak de La Laguna, S. A. de C. V. 1.810 27. Tiendas Soriana, S. A. de C. V.

Sucursal Acuña 1.400

Sucursal Aeropuerto 1.450

Sucursal Altamira 0.891

Sucursal Cárdenas 0.891

Sucursal Carrizo 1.450

Sucursal Centro 0.690

Sucursal City Club San Jerónimo 0.900

Sucursal Club de Precios (Chihuahua) 1.125

Sucursal Club de Precios (Monclava) 1.350

Sucursal Club de Precios (Nuevo Laredo) 1.035

Sucursal Club de Precios (Reynosa) 1.080

Sucursal Club de Precios (Saltillo) 0.849

Sucursal Club de Precios (Tampico) 0.792

Sucursal Club de Precios (Torreón) 1.125

Sucursal Club de Precios (Villahermosa) 1.039

Sucursal Colón 0.874

Sucursal Colosio 1.050

Sucursal Comalcalco 0.896

Sucursal Constitución 1.464

Sucursal Contry 1.618

Sucursal Cuauhtémoc 0.522

Sucursal Cumbres 1.116

Sucursal Del Río 1.630

Sucursal Delicias 0.660

Sucursal Durango 0.880

Sucursal Echeverría 0.890

Sucursal Ejército 1.278

Sucursal El Palmar 1.450

Sucursal Escobedo 1.350

Sucursal Estanzuela 1.485

Sucursal Félix U. Gómez 1.296

(18)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

Hasta

Sucursal Francisco Coss 0.950

Sucursal Fresnos 1.163

Sucursal Fuentes Mares 1.485

Sucursal Fundadores 1.332

Sucursal Gómez Palacio 1.100

Sucursal Guadalupe 1.400

Sucursal Hamburgo 1.467

Sucursal Hidalgo 1.450

Sucursal Huinalá 1.440

Sucursal Independencia 2.109

Sucursal Jardines 0.810

Sucursal Juventud 1.485

Sucursal La Fe 1.350

Sucursal La Puerta 1.215

Sucursal Laguneta 1.500

Sucursal Las Fuentes 0.660

Sucursal Las Palmas 1.170

Sucursal Las Quintas 1.485

Sucursal Las Rosas 1.200

Sucursal Las Torres 1.179

Sucursal Lauro Villar 1.305

Sucursal Linares 0.895

Sucursal Lincoln 1.850

Sucursal Linda Vista 1.376

Sucursal Lourdes 1.100

Sucursal Madero 0.570

Sucursal Mante 1.498

Sucursal Matamoros 1.409

Sucursal Minatiflán 1.395

Sucursal Mirador 0.805

Sucursal Monclava 1.500

Sucursal Niños Héroes 1.000

Sucursal Nueva Rosita 0.891

Sucursal Oriente 1.087

Sucursal Pape 0.900

Sucursal Parral 0.468

Sucursal Periférico 1.530

Sucursal Piedras Negras 1.050

(19)

COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA

Núm. Socio

Demanda Máxima

Hasta

Sucursal Reforma 1.485

Sucursal Ribereña 1.485

Sucursal Río Bravo 1.417

Sucursal San Agustín 0.965

Sucursal San Andrés Tuxtla 0.900

Sucursal San Isidro 1.450

Sucursal San Jerónimo 1.080

Sucursal San Joaquín 1.530

Sucursal San Nicolás 1.532

Sucursal San Pedro 1.700

Sucursal Santa Catarina 1.450

Sucursal Santa Cruz 1.500

Sucursal Santa María 1.337

Sucursal Santo Domingo 1.418

Sucursal Saucito 1.497

Sucursal Sendero 1.460

Sucursal Solidaridad 1.476

Sucursal Tamatan 1.450

Sucursal Tecnológico 0.900

Sucursal Topochico 1.278

Sucursal Triana 1.080

Sucursal Universidad 1.430

Sucursal Vallarta 1.250

Sucursal Villahermosa 1.485

28. Tisamatic, S. A. de C. V. 5.600

29. Transportadora de Alimentos, S. A. de C. V. 7.350

30. Zinc Nacional, S. A. 11.700

31. Yesera Monterrey, S. A. 0.800

Total 488.087*

*Este valor es meramente indicativo de la suma de las demandas máximas de los asociados con derecho a recibir energía eléctrica, no de la capacidad de generación autorizada a la Permlsionaria"

(20)

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COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA

"QUINTA. Descripción de las instalaciones. El proyecto tendrá por objeto la generación de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento, para satisfacer las necesidades de los socios de la permisionaria que se mencionan en la Condición Tercera anterior, utilizando una central eoloeléctrica con las siguientes características:

e) Estará integrada por 117 aerogeneradores con capacidad de 0.85 MW cada uno. La capacidad total de la central será de 99.45 MW, con una producción estimada anual de energía eléctrica de 323.40 GWh.

f) Los aerogeneradores mencionados en el inciso anterior serán instalados en tres etapas, en los terrenos mencionados en el inciso d) siguiente. En la primera etapa se instalaron 36 aerogeneradores, en la segunda etapa se instalaron 58 aerogeneradores y en la tercera etapa se instalarán 23 aerogeneradores.

g) Los aerogeneradores a que hace referencia el inciso anterior estarán interconectados mediante líneas propiedad de la Permisionaria, con tensión de 34.50 kV.

h) La central se ubicará en el Estado de Oaxaca, en diversas parcelas del Municipio de Juchitán, Distrito de Juchitán, y diversos terrenos rústicos del Municipio de El Espinal.

SEXTA. Programa, inicio y terminación de obras. En lo relativo a los 94 aerogeneradores autorizados en el Permiso para la primera y segunda etapa, éstos se encuentran instalados.

Por lo que se refiere a los 23 aerogeneradores con capacidad de 0.85 MW relativos a la modificación de la central de generación de energía eléctrica, la Permisionaria manifestó que las obras se iniciarán en abril de 2011 con la adquisición de los equipos, para continuar con la construcción de la obra civil, así como con el montaje de los aerogeneradores y la realización de las pruebas correspondientes, y se finalizará con la puesta en operación de la central en noviembre 2011."

SEGUNDO. Notifíquese la presente Resolución a Parques Ecológicos de México, S. A. de C. V., y hágase de su conocimiento que contra el presente acto administrativo podrá interponerse el recurso de reconsideración que prevé el artículo 11 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, y que el expediente respectivo se encuentra y puede ser consultado en las oficinas de esta Comisión Reguladora de Energía, ubicadas en Horacio 1750, Colonia Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, 11510, México, Distrito Federal.

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TERCERO. Inscríbase la presente Resolución con el número RES/332/2011 en el registro a que se refiere la fracción XVI del artículo 3 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.

México, Distrito Federal, a 8 de septiembre de 2011.

Francisco J. Salazar Diez de Sollano Presidente

Referencias

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b) El Tribunal Constitucional se encuadra dentro de una organiza- ción jurídico constitucional que asume la supremacía de los dere- chos fundamentales y que reconoce la separación