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Documento 5. Nuevos riesgos de la sociedad digital: Grooming, sexting, adicción a Internet y violencia online en el noviazgo

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Manuel Gámez-Guadix. Universidad Autónoma de Madrid. Esther Calvete. Universidad de Deusto.

DOCUMENTOS

5

Nuevos riesgos de la sociedad digital:

Grooming, sexting,

adicción a Internet y

violencia

online

en el noviazgo

Este artículo revisa varios de los principales riesgos online entre menores y adolescentes. En primer lugar, se describen las características del online grooming, referido al proceso por el cual un adulto manipula a un menor para conseguir algún tipo de contenido o contacto sexual. A continuación, se detallan las principales formas del sexting, un fenómeno caracterizado por la elaboración y el envío de contenidos sexuales propios (fotos, videos o mensajes). Asimismo, se exponen las principales razones para implicarse en sexting y las posibles consecuencias de esta conducta. Un tercer riesgo analizado es la adicción a Internet, también conocida como uso problemático o uso compulsivo de Internet. Finalmente, se revisan los principales tipos y características del abuso online en el noviazgo, una problemática creciente con importantes efectos sobre el ajuste psicosocial de las víctimas. Para terminar, señalamos las futuras líneas de investigación y las estrategias de prevención de estos riesgos.

La sociedad digital es fuente de desarrollo y oportunidades para adolescentes y jóvenes. Les permite nuevas formas de comunicación, obtener información y desarrollar proyectos que serían impensables en un contexto no digital. Sin embargo, a pesar de todas las oportunidades que supone, la sociedad digital también entraña riesgos, especialmente para los y las adolescentes más jóvenes. Lamentablemente, muchos de los problemas que existen en la sociedad offline (abuso, violencia y adicciones) han encontrado su equivalente en internet. De esta manera, el bullying se transforma en cyberbullying y el abuso en las relaciones románticas se convierte en ciberacoso en la pareja. Además, algunas características de internet, tales como su acceso desde cualquier lugar o dispositivo, el anonimato que permite y su inmediatez, agravan los problemas mencionados a la vez que facilitan el surgimiento de nuevos problemas específicos del entorno digital, tales como la adicción a internet y el onlinegrooming. Estos problemas pueden ser especialmente graves en la adolescencia y primeros años de la juventud, una etapa evolutiva en la que el individuo está en busca de su identidad y en la que la auto-regulación de las emociones y de la conducta propia aún está desarrollándose.

A continuación se revisan algunas de las principales problemáticas relacionadas con la sociedad digital. Específicamente, nos centramos en describir las características del online grooming de menores, el sexting, la adicción a Internet y la violencia en el noviazgo a través de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs).

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Online grooming de menores

El online grooming de menores es el proceso por el cual un adulto trata de manipular a un menor para conseguir material sexual (como fotos o vídeos) o para mantener algún tipo de relación sexual en persona con este (O’Connell, 2003; Whittle, Hamilton-Giachritsis, Beech, y Collings, 2013). El online grooming constituye, por tanto, una forma de abuso sexual de menores. El adulto puede ser una persona que el menor ha conocido a través de Internet o un conocido del entorno del menor que desarrolla el abuso a través de las TIC (Gámez-Guadix, De Santisteban, y Alcazar, 2018).

Según los estudios internacionales que se han efectuado hasta la fecha, entre el 5% y el 15% de los menores de edad han sido solicitados sexualmente por adultos a través de las TIC (Bergen et al., 2014). En un estudio con adolescentes españoles entre 12 y 15 años, se encontró que un 12% de los menores habían sido víctimas de solicitudes sexuales por parte de adultos en el último año (De Santisteban y Gámez-Guadix, 2018). El grooming puede tener importantes consecuencias para el ajuste psicosocial de los menores víctimas, como depresión, ansiedad, revictimización futura e ideas e intentos de suicidio (Kloess, Beech, y Harkins, 2014).

En la legislación española, el delito de online grooming se recoge dentro de los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años (edad de consentimiento sexual en España). En concreto, la Ley Orgánica 1/2015 del Código Penal, en el artículo 183 señala que: “El que a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 183 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño. 2) El que a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a

embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.”

El online grooming es un proceso complejo y gradual, que se produce paulatinamente a través de un conjunto de pasos que pueden incluir el engaño, la implicación afectiva del menor, la sexualización progresiva de las conversaciones, el uso de regalos y las agresiones explícitas (De Santisteban, Almendros, y Gámez-Guadix, 2018; Gámez-Guadix, 2017). Así, el online grooming puede comenzar con el engaño de un adulto sobre su identidad. Por ejemplo, un adulto se puede hacer pasar por un menor, utilizando fotos y perfiles falsos, simulando aficiones y hablando con la jerga de los menores. También puede fingir ser alguien importante para ofrecer a los menores trabajos, participación en televisión, conocer a personajes famosos, etc. En otras ocasiones, el adulto se puede ocultar sus intenciones sexuales. No obstante, lo más habitual es que el menor sepa cuál es la edad real del adulto y sus intenciones (De Santisteban y Gámez-Guadix, 2017; Wolak, Finkelhor, Mitchell, y Ybarra, 2010). El adulto puede presentarse como alguien en quien el menor puede confiar, preocupado e interesado por sus

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problemas y aparentemente dispuesto a ayudarle. El adulto puede ofrecer dinero o regalos a los menores a cambio de que, por ejemplo, este le envíe fotos o de que se conozcan en persona. Suele comenzar con peticiones menores para, progresivamente, ir involucrando a los menores para que accedan a actividades a las que en principio no aceptarían (enviar fotos sexuales, conectarse a través de la webcam, etc.). En otras ocasiones, el adulto puede tratar de establecer una especie de relación emocional, de amistad o de pareja con el menor, embaucándole como si se tratara de una relación equitativa entre ambos (De Santisteban, Del Hoyo, Alcázar-Córcoles, y Gámez-Guadix, 2018).

En el proceso de onlinegrooming se distinguen dos aspectos principales, cualitativamente distintos, denominados “solicitudes sexuales” e

“interacciones sexuales”. Las solicitudes sexuales incluyen la petición de fotos, videos u otra información sexual del adulto al menor (Mitchell, Finkelhor, y Wolak, 2001, 2007). El adulto también puede solicitar al menor mantener algún tipo de contacto sexual, online o en persona. Las interacciones sexuales, por su parte, incluyen las situaciones en las que el menor ha accedido a implicarse en algún tipo de contacto sexual con el adulto, enviándole fotos sexuales, manteniendo cibersexo o quedando en persona (Gámez-Guadix et al., 2018).

Como ocurre en otros tipos de abusos sexuales, la prevalencia del online grooming es mayor entre las chicas (Whittle et al., 2013). Así, las chicas se encuentran en una situación de riesgo para ser víctimas de grooming en Internet, mientras que la mayoría de los adultos son hombres (Schulz, Bergen, Schuhmann, Hoyer, y Santtila, 2016).

Respecto a la edad, los adolescentes más mayores (entre 14 y 15 años) son más propensos a ser víctimas de online grooming en comparación con los niños más pequeños (i.e., 12 años o menos) (Wolak et al., 2010). Una posible explicación para estos resultados es el mayor control y supervisión por parte de los padres en cuanto al uso que los hijos hacen de Internet y con quién se comunican. Asimismo, las actividades que realizan los niños más pequeños a través de Internet son más lúdicas y menos interactivas socialmente que las que realizan los adolescentes más mayores. Por ejemplo, el uso de redes sociales suele estar limitado hasta los 15 o 16 años. Además, la adolescencia es una etapa en la que se inicia el desarrollo de la sexualidad y comienzan a explorarse las relaciones íntimas y sexuales. Esto puede situar a los adolescentes en una situación de mayor vulnerabilidad ante adultos dispuestos a explotarles sexualmente (Wolak et al., 2010).

Sexting

El término sexting hace referencia a la creación y el envío de fotos, videos o mensajes sexuales sobre uno mismo a través de las TIC (Döring, 2014; Drouin, Vogel, Surbey, y Stills, 2013). Estos contenidos pueden enviarse a parejas, amigos o amigas, personas con las que se mantiene un flirteo sexual o amoroso o usuarios que se conocen solo a través Internet (Gámez-Guadix, Almendros, Borrajo, y Calvete, 2015). El envío de mensajes, fotos o videos sexuales, con frecuencia se relaciona con recibir esos mismos contenidos procedentes de otras personas, produciéndose un doble patrón de envío y recepción, lo que se conoce como sexting activo y pasivo, respectivamente (Klettke, Hallford, y Mellor, 2014).

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Son diversos los motivos que pueden llevar a los adolescentes a practicar sexting. A continuación, se revisan los más importantes (para una revisión exhaustiva, véase Döring, 2014; Klettke et al., 2014). En muchos casos, los adolescentes participan en sexting para “coquetear” con otros adolescentes. En la cultura digital, cualquier aspecto de la vida cotidiana puede trasladarse también a Internet y a las redes sociales. Esto mismo ocurre con el flirteo sexual. Este flirteo puede mantenerse simultáneamente con diferentes personas a las que se les envía los contenidos sexuales. Ello se ve favorecido por la inmediatez que proporcionan los sistemas de mensajería actuales, como WhatsApp o aplicaciones como Instagram. Así, el sexting se ha convertido en una forma de mantener relaciones interpersonales para muchos adolescentes (Gámez-Guadix, 2017).

De manera relacionada, el sexting puede representar una manera de explorar la identidad sexual para los menores (Gámez Guadix, de Santisteban, y Resett, 2017). La exploración de la identidad y la orientación sexual es algo normativo y frecuente durante la adolescencia. Internet proporciona una vía aparentemente inofensiva para ello y el sexting constituye un canal importante de exploración para los jóvenes. Otros adolescentes practican el sexting dentro de una relación de pareja en la que el envío de imágenes o contenidos sexuales suele ser recíproco. Según diversos estudios, el intercambio de fotos a través de los Smartphones se ha convertido en una vía preferente de interacción en las relaciones de noviazgo.

Algunos jóvenes se implican en sexting por presión social. El sexting es visto como algo normalizado y muchos adolescentes demandan a otros fotos sexuales. Ante estas peticiones, algunos menores para resistir la presión de alguien que le demanda fotos sexuales, a menudo, estos jóvenes afirman sentirse en deuda con quienes les envían contenidos sexuales. Ello les conduce a generar y enviarles contenidos sexuales propios.

Además, algunos estudios han señalado que la exposición del cuerpo a través de Internet podría ser una forma de aumentar la propia autoestima. Los adolescentes incrementan el sentimiento sobre el valor de sí mismos al comprobar que otros están interesados en sus fotos íntimas, lo cual refuerza positivamente envío de estas imágenes. Este factor, en una etapa como la adolescencia, caracterizada con frecuencia por la inseguridad, puede ser de gran importancia.

Otra razón clave es la ausencia de percepción de riesgo de los

comportamientos de sexting. El envío de contenidos sexuales se percibe como algo insignificante o que no conlleva consecuencias negativas (por ejemplo, que la foto o el video se difunda a terceras personas no deseables o desconocidas).

Sin embargo, es importante mencionar que no todos los adolescentes practican sexting (Gámez-Guadix et al., 2017). La probabilidad de practicar sexting se incrementa progresivamente con la edad. A los 12 años alrededor de un 3% de los menores ha participado en sexting. A los 17 años el

porcentaje se incrementa hasta superar el 35%. A partir de los 15 años hay un incremento considerable en el número de menores que practica sexting. El posible motivo para ello es que algunas de las aplicaciones más usadas entre los jóvenes para el intercambio de fotografías no permiten abrir un perfil a los menores de 15 años (Gámez-Guadix et al., 2017).

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En sí mismo, el envío de contenidos sexuales no es algo negativo. Es más, como se ha señalado, puede favorecer importantes procesos durante la adolescencia como el desarrollo de relaciones interpersonales o la exploración de la identidad sexual (Döring, 2014). El sexting representa un problema cuando expone a diferentes riesgos a los menores, derivados principalmente de un mal uso por parte de otros de los contenidos sexuales que son enviados. Estos riesgos están íntimamente relacionados con la facilidad de trasmitir fotos o videos de una persona a otra en Internet, la ilimitada permanencia de este material en la red y el hecho de que cualquiera pueda acceder a esos contenidos en el futuro (Gámez-Guadix y Mateos-Pérez, 2019).

Al igual que ocurre en el caso del cyberbullying, el hecho de no ver la reacción de la víctima favorece la falta de empatía con la misma. Las consecuencias pueden no ser inmediatas, lo cual hace que la víctima no perciba la relación entre su comportamiento y los efectos que este puede tener o el daño que le puede ocasionar (Smith, Thompson, y Davidson, 2014).

Adicción a Internet

La adicción a Internet incluye el uso compulsivo y la dependencia psicológica de Internet, incluyendo el uso de los Smartphones y los videojuegos online (Caplan, 2002; Gámez-Guadix, Villa-George, y Calvete, 2012). Este uso inadecuado puede provocar problemas de la salud, académicos o sociales en el menor. Algunos de estos problemas incluyen sacar peores notas, relacionarse cada vez menos con familiares o amigos, o dejar de hacer otras actividades aparte de estar conectado, por ejemplo, practicar deporte (Caplan, 2002).

Uno de los debates más controvertidos en el ámbito profesional y en la investigación científica es la calificación como “adicción” de conductas en las que no se produce el consumo de una sustancia química, como ocurre en la adicción a Internet. En este sentido, diversos especialistas recomiendan el uso de términos como uso compulsivo o uso problemático de Internet, en lugar de adicción a Internet (Gámez-Guadix, 2014). Aun siendo conscientes de esta controversia y teniendo en cuenta que las adicciones conductuales no producen los mismos cambios fisiológicos en el organismo a corto plazo ni deterioro orgánico a largo plazo que las adicciones a sustancias, nosotros emplearemos la denominación adicción a Internet de forma intercambiable con uso problemático de Internet debido a que estas denominaciones son la más ampliamente empleadas en la bibliografía para referirse a esta problemática (Gámez-Guadix, 2014). En todo caso, recomendamos cautela a la hora de usar términos como “adicto” o “adicción” en contextos clínicos o educativos, en los que “uso problemático” parece más adecuado.

En la última versión del Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5; APA, 2013) no se reconocen las “adicciones” conductuales, a excepción del juego patológico incluido en el grupo de los trastornos del control de impulsos. No obstante, en la sección III del DSM-5 (“Medidas y modelos emergentes”), se recoge el Desorden de Juego a través de Internet (Internet Gaming Disorder) como una condición que debe ser investigada con mayor profundidad. Esta problemática se define como un uso persistente y recurrente de Internet para implicarse en juegos online, a menudo con otros jugadores, que conduce a un deterioro o un malestar

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clínicamente significativo, que incluye entre otros síntomas, preocupación con los juegos, abstinencia, tolerancia y pérdida de interés por otras actividades placenteras de la vida cotidiana. Es importante señalar que esta problemática es diferente del juego patológico online, que se considera dentro de la categoría de juego patológico.

De manera más general, los principales indicadores del uso problemático de Internet incluyen los siguientes (véase Gámez-Guadix, 2018).

1. Aparece una pérdida de control sobre la conducta de uso de Internet (incluyendo el uso de diferentes aplicaciones en el Smartphone). La persona se siente incapaz de controlar el uso que hace de las TIC y persiste en ello a pesar de las consecuencias negativas.

2. El adolescente piensa de forma continua en conectarse a Internet, jugar online o comprobar el móvil cuando no puede acceder a él. Esta dependencia psicológica también se manifiesta a través del impulso y el deseo recurrente de conectarse.

3. Conforme se desarrolla el problema, aparece una necesidad de incrementar progresivamente el tiempo dedicado a las nuevas

tecnologías. El uso de Internet, el móvil o los videojuegos se incrementan paulatinamente hasta llegar a ser preocupantes y ocasionar efectos adversos.

4. El adolescente presenta cambios emocionales, como la aparición de alteraciones del estado de ánimo, irritación, impaciencia o angustia cuando intenta reducir o interrumpir su uso de Internet, el móvil o los videojuegos.

5. El adolescente prefiere relacionarse a través de Internet o el móvil que hacerlo cara a cara. El contexto online puede ser percibido como menos amenazante y más seguro que las interacciones cara a cara.

6. La persona recurre a Internet para aliviar estados de ánimo negativos. Así, Internet, el móvil o los videojuegos se convierten en una forma de escapar de los problemas de la vida cotidiana, funcionando como un regulador de emociones negativas.

7. Aparecen problemas graves en el colegio, en la familia o en el grupo de amigos derivados del uso problemático de las tecnologías.

La adicción a Internet pueden ser específica o generalizada (Caplan, 2002). La adicción específica se centra en una única aplicación o contenido (p.ej., juegos online, abuso de WhatsApp, Facebook o Snapchat). El abuso generalizado se produce cuando la persona usa sistemáticamente varias aplicaciones de manera compulsiva.

En un reciente metaanálisis de estudios realizados en 31 naciones, Cheng y Li (2014) informaron una prevalencia del 6% para la adicción a Internet. Del mismo modo, una revisión reciente de 12 estudios que examinaron muestras representativas a nivel nacional de adolescentes, Pontes, Kuss y Griffiths (2015) reportaron tasas de prevalencia entre 1 y 18%, con una tasa de prevalencia media del 7,5%.

Diferentes variables psicológicas parecen estar relacionadas con el uso problemático de Internet, tales como una mayor sintomatología depresiva (Gámez-Guadix, 2014), el uso de sustancias (Gámez-Guadix, Calvete, Orue, y Las Hayas, 2015), la impulsividad (Lee et al., 2012), el rasgo de mindfulness

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(Calvete, Gámez-Guadix, y Cortazar, 2017), y otras problemáticas

relacionadas con Internet como el cyberbullying o el online grooming (Wolak et al., 2010).

Violencia online en el noviazgo

La violencia en las relaciones de pareja de adolescentes y jóvenes constituye un problema de gran relevancia social. Incluye cualquier acto de violencia física, emocional o sexual que pueda tener lugar en persona o electrónicamente (Centro para el Control y Prevención de Enfermedades, 2016). No solo afecta a numerosos chicos y chicas adolescentes sino que además tiene efectos negativos en la autoestima, salud mental y bienestar de las víctimas (Fernández-González, O’Leary y Rivas, 2014; Muñoz-Rivas, Graña, O’Leary y González, 2007). A las formas tradicionales de agresiones psicológicas, físicas y sexuales que pueden tener en las relaciones de noviazgo, se suma la violencia online. Aunque el fenómeno ha sido objeto de un interés creciente, hay un gran camino por hacer en su conocimiento y desarrollo de intervenciones preventivas (Yahner, Dank, Zweig y Lachman, 2015; Van Ouytsel, Ponnet y Walrave, 2018). La violencia online en el noviazgo se ha descrito como vigilar, controlar, acosar o abusar de alguna manera de una pareja romántica mediante las nuevas tecnologías (Temple et al., 2016).

Los estudios que han analizado su prevalencia muestran que es un fenómeno de gran magnitud. En Europa se encuentran tasas de victimización de entre 2,5% y 75%, mientras que las tasas de perpetración se encuentran entre 1,8% y 83,5% (e.g., Barter et al., 2017; Borrajo et al., 2015; Sánchez, Muñoz-Fernández y Ortega-Ruíz, 2015; Van Ouytsel et al., 2018). Además, algunas formas de violencia online parecen ser más altas en España (por ejemplo, 80%, Borrajo et al., 2015) en comparación con otros países, donde no superan el 50% (Burke, Wallen, Vail-Smith y Knox, 2011). Respecto a posibles diferencias según el sexo, los resultados no son concluyentes. En cuanto a la victimización, en contraste con estudios realizados en Estados Unidos, en muestras de México y España se encuentran mayores tasas de victimización en las chicas que en los chicos (Domínguez-Mora, Vargas-Jiménez, Castro-Castañeda y Nuñez-Fadda, 2016; Durán y Martínez-Pecino, 2015). Con respecto a las diferencias de sexo en la perpetración, en general no se observan diferencias o estas son pequeñas, salvo en el abuso cibernético sexual, que es más frecuentemente realizado por los chicos (Durán y Martínez-Pecino, 2015; Zweig et al., 2013).

En la violencia en las relaciones de noviazgo de adolescentes y jóvenes tiene lugar una alta reciprocidad. Es decir, los mismos miembros de la pareja que agreden a su pareja son agredidos por esta (Chiodo et al., 2012; Fernández-Gonzalez, Calvete y Orue, 2017). Esta reciprocidad también se observa en la violencia online en el noviazgo (Borrajo et al., 2015; Durán y Martínez-Pecino, 2015). En un estudio, Durán y Martínez-Pecino (2015) encontraron que, cuando la victimización era baja, no había diferencias de sexo en el nivel de perpetración. Sin embargo, cuando la victimización era alta, los chicos tendían a cometer más comportamientos abusivos contra la pareja que las chicas. Los autores interpretaron que puede haber una forma diferente de reaccionar a las agresiones online y que mientras que los chicos tenderían a reaccionar agrediendo a la pareja, las chicas tenderían a ignorar la victimización y no responden con más agresividad.

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Se ha encontrado que existe un solapamiento entre violencia online en el noviazgo y formas presenciales de violencia en las relaciones de noviazgo. En concreto, la mayoría de las víctimas de abuso cibernético en relaciones románticas también experimentan abuso psicológico presencial (Zweig et al., 2013). Este solapamiento podría sugerir que la violencia online en el noviazgo es una modalidad de abuso psicológico en las relaciones de pareja. Sin embargo, algunas características de esta forma de violencia fortalecen la idea de que tiene una identidad propia. Al igual que ocurre con el cyberbullying, algunas características de la violencia online en el noviazgo no tienen lugar en la violencia presencial entre los miembros de la pareja. Por ejemplo, algunos componentes de las agresiones (textos, imágenes, videos) pueden quedar almacenadas permanentemente en internet dado que es sumamente difícil eliminar algunos contenidos que se han difundido a través de internet (Gámez-Guadix, Almendros, Borrajo y Calvete, 2015). Además, los mensajes e imágenes abusivas pueden ser reenviados por terceras personas. Por todo ello, puede tener lugar un proceso de revictimización que contribuye a magnificar los efectos sobre la víctima (Stonard, Bowen, Lawrence y Price, 2014). Más aún, el abuso cibernético a menudo no se realiza en privado sino que hay un acceso público al mismo dado que los mensajes e imágenes pueden propagarse y llegar a muchas personas. Esta dimensión pública puede hacer que la humillación sea especialmente dañina para la víctima (Peskin et al., 2017). Además, la violencia online, al realizarse a través del móvil u ordenador, implica que la persona que agrede realiza la conducta sin contacto directo con la víctima al igual que sucede con el cyberbullying (Smith, 2012). Por ello, pueden atreverse a agredir online jóvenes y adolescentes que no se atreverían a hacerlo presencialmente. Más aún, al no ver la reacción de la víctima no actuaría el mecanismo de empatía que puede disuadir o mitigar la agresión contra la pareja. Finalmente, la violencia online en el noviazgo no solo incluye formas de abuso psicológico sino también de abuso sexual, tal y como se describe más adelante.

Existen numerosas modalidades de violencia online en el noviazgo. Recientemente, en un estudio de revisión, se identificaron cinco formas (Calvete, Gámez-Guadix y Borrajo, 2019). La primera modalidad consiste en agresiones verbales directas en forma de llamadas telefónicas o textos que tienen como objetivo descalificar y/o amenazar a la víctima (Borrajo et al., 2015; Jaén–Cortes, Rivera-Aragón, Reidl-Martínez y García-Méndez 2017; Muñiz, 2017). Es una categoría que claramente tiene su equivalente en la violencia psicológica en el noviazgo que tiene lugar presencialmente. La segunda modalidad consiste en el control y vigilancia de la pareja a través de las nuevas tecnologías (Borrajo et al., 2015; Jaen-Cortés et al., 2017; Sánchez et al., 2015). Por ejemplo, los y las adolescentes o jóvenes estarían comprobando constantemente lo que su pareja está haciendo en internet, con quien se relaciona, que mensajes envía, etc. También incluye restringir el comportamiento de la pareja en las redes sociales, determinando, por ejemplo, con quién puede o no relacionarse. Para llevar a cabo esta forma de abuso, la persona que agrede puede usar la identidad y la contraseña de su pareja o expareja, las cuales las obtiene a menudo a través de la usurpación. En un estudio cualitativo realizado con adolescentes mexicanos, la mayoría de las personas que participaron conocían la contraseña de sus parejas y admitieron que utilizaban las cuentas de sus parejas sin que éstas lo supieran. Además, la mayoría indicó que sus parejas les habían dado la contraseña como una señal de confianza o para enviar o manejar

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información (Alvarado-Bravo, Salinas, Heras y Santana, 2015). Por lo tanto, compartir la contraseña podría representar un símbolo de confianza entre los miembros de la pareja y esto podría ser aprovechado con fines abusivos en algunos casos. El control online de la pareja es una forma de abuso que también tiene su paralelo en el abuso tradicional, por ejemplo a través de comportamientos como evitar que las víctimas se relacionen con sus amistades y familiares, o decidiendo qué pueden o no pueden hacer las víctimas (Ureña, Romera, Casas, Viejo y Ortega-Ruiz, 2015).

Una tercera modalidad de violencia online en el noviazgo consiste en el abuso relacional (Calvete et al., 2019). El objetivo, en este caso, es excluir socialmente a la víctima. Esto puede realizarse de numerosas formas tales como bloqueando la comunicación electrónica, eliminándola de una lista o humillando públicamente a la víctima a través de Internet (por ejemplo, publicar textos y/o imágenes públicas de la víctima que puedan ser humillantes o vergonzosos). La humillación pública de la víctima en internet puede ser especialmente dañina (Borrajo et al., 2015; Jaen-Cortés et al., 2017; Zweig et al., 2013).

Una cuarta modalidad de violencia online en el noviazgo es la comunicación excesiva (Burke et al., 2011), denominada también como comportamientos intrusivos en línea (Sánchez et al., 2015). Incluye conductas tales como llamadas telefónicas o mensajes de texto masivos. Esta comunicación excesiva puede percibirse de una manera muy amenazadora e invasiva por parte de la víctima, especialmente cuando ha habido un conflicto previo con la pareja o cuando es la ex pareja quien se involucra en estos comportamientos.

La quinta modalidad es el abuso sexual cibernético. Este incluye

comportamientos como el envío de textos o imágenes de naturaleza sexual (cuando el o la agresora sabe que la víctima no quiere recibirlos), publicar fotos en las que la víctima aparece desnuda o exhibiendo posiciones o comportamientos de naturaleza sexual, y presionar o incluso amenazar a la víctima para que envíe imágenes sexuales o desnudas de él/ella (Jaen-Cortés et al., 2017; Zweig et al., 2013). Esta es una categoría importante que ha sido menos estudiada y su prevalencia, aunque menor que la de otras categorías, es preocupante (por ejemplo el 13% en el estudio de Dick et al., 2014).

Estos datos muestran que la violencia online en el noviazgo es un fenómeno creciente, que adopta numerosas modalidades y tiene lugar a niveles preocupantes entre adolescentes y jóvenes.

Conclusiones

Como se ha mencionado al comienzo de este artículo, Internet ha conllevado importantes beneficios a nivel social e individual, también para los y las jóvenes y adolescentes. Asimismo, conforme se han desarrollado las TIC, han aparecido diversos riesgos que comenzamos a conocer mejor. El online grooming constituye un riesgo mayor para adolescentes y jóvenes, al representar una nueva forma de abuso sexual. El sexting se ha convertido en una conducta normativa en la adolescencia, sobre la que se requiere mayor información y educación sexual. La adicción a Internet puede

ocasionar importantes consecuencias negativas para adolescentes y jóvenes, provocando problemas de salud y limitando otras actividades importantes. Finalmente, el acoso online en la pareja puede revestir diversas formas

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(control, agresión directa, etc.) que provocan un gran sufrimiento entre sus víctimas.

Se hace imprescindible seguir avanzando en la investigación y la intervención sobre estas problemáticas. Respecto a la investigación, es necesario

llevar a cabo más estudios longitudinales que permitan conocer mejor los predictores y las consecuencias de estos riesgos. Asimismo, futuros estudios transculturales deben analizar las diferencias entre distintos contextos culturales. Finalmente estudios con muestras más amplias y representativas deben examinar la incidencia real de estos problemas.

A nivel de intervención, se hace necesario desarrollar programas de prevención que aborden de forma holística diferentes riesgos relacionados con las TIC. Hasta el momento, se han realizado importantes esfuerzos por prevenir problemas específicos (Garaigordobil y Martínez-Valderrey, 2015; Ortega Ruiz, Rey Alamillo, y Casas Bolaños, 2013). La investigación futura debe avanzar en la integración de la prevención de diversos problemas online, como el cyberbullying, el grooming o el acoso en la pareja, que tienden a aparecer relacionados. A nivel de tratamiento, la intervención debe abordar tanto los factores de riesgo que pueden incrementar la vulnerabilidad en la adolescencia (p.ej., impulsividad, falta de conocimientos), como las posibles consecuencias negativas de la victimización online, tales como la depresión o la ansiedad.

Agradecimientos: Este trabajo ha sido apoyado por la Red PROEMA “Promoción de la salud mental emocional en adolescentes” otorgada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (PSI2017-90650-REDT), así como los Fondos FEDER y la Agencia Estatal de Investigación.

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