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ACUERDOS APRENDER A CONVIVIR (AAC)

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Academic year: 2021

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ACUERDOS APRENDER

A CONVIVIR (AAC)

(2)
(3)

1.-LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Y EL ACUERDO ESCOLAR DE

(4)

1.1¿Qué es la convivencia

escolar?

(5)
(6)

Convivencia

inclusiva

Convivencia

democrática

Convivencia

pacífica

Reconoce el derecho a la dignidad de las personas por el simple hecho de serlo, Dentro de la escuela, se trata de valorar

y respetar la diversidad de los actores educativos, así como eliminar las prácticas discriminatorias y de exclusión

social, principalmente de los niños y adolescentes que son el centro del

quehacer educativo.

Implica la participación y la corresponsabilidad en la construcción de tal forma que las soluciones sean por la vía pacífica,

priorizando el diálogo.

Se refiere a la capacidad de establecer relaciones personales

y colectivas con base en el aprecio, el respeto la tolerancia utilizando el dialogo como medio

de acuerdos.

La convivencia al interior de las escuelas será abordada desde tres dimensiones generales interrelacionadas entre sí:

(7)

1.2 ¿Qué es un Acuerdo

Escolar de Convivencia (AEC)?

El Acuerdo Escolar de Convivencia

es el documento elaborado en cada

uno de los planteles de educación

básica, y para educación media

superior son los acuerdos de

convivencia escolar con la

participación de toda la comunidad

escolar para gestionar la

(8)

En él se definen las conductas deseables y los

compromisos de todos para su logro,

considerando la igualdad, sin discriminación de

ninguna índole, tal como lo prevé la

Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos y el resto de la normatividad

aplicable (Arango, J., Demenegui, D., Sánchez,

P., Contreras, S., Jiménez, S., Riveroll, R.,

Ramírez, F., Zarrabal, R., Pérez, Z., Manríquez,

J., Niembro, M., Perea, M., y Salazar, D., 2015).

(9)

Si partimos de esta idea, una de las tareas principales

de la escuela para el establecimiento de los AEC es

identificar cómo son las prácticas de convivencia.

El proceso de autoevaluación es el elemento básico

para lograrlo. Esto nos ayudará, por ejemplo, a definir

cuál será el sentido de las normas que se incluyan en

los Acuerdos, qué tipo de normas esperamos que se

promuevan en la institución y cómo será la

participación y el compromiso adquirido por todos

(10)

Establecimiento de normas

Clasificación y gradualidad de las faltas

Medidas disciplinarias

Reparación del daño

Contenido

#1 #2

#3

#4

#5

Proceso para la aplicación de la medida

(11)

Acuerdos Aprender a Convivir

Escuelas de Tiempo Completo

Derechos Humanos

Disciplina Formativa

(NME)

¿Qué son? ¿Qué

contienen?

¿Cómo se elaboran?

¿Quién los elabora?

Formativos Participación de toda la

(12)

1. Establecimiento de normas

Planteamiento de conductas esperadas o deseadas que son el comportamiento ideal, regulado por valores

2. Clasificación y gradualidad de las faltas

Falta: es el incumplimiento de acción u omisión por parte de

un educando respecto a las conductas deseadas, establecidas como normas

Gradualidad de faltas

Para evaluar adecuadamente una falta, es necesario que la comunidad educativa defina criterios generales que permitan establecer si se trata de una falta leve, moderada o grave.

(13)

Acoso escolar; robo; tráfico de

drogas

Actitudes y comportamientos que alteran la convivencia, el proceso de

enseñanza-aprendizaje.

No involucran daño físico ni psicologico directo a miembros de la comunidad.

Actitudes y comportamientos que atenten a la integridad física y/o psíquica a otros

miembros de la comunidad escolar. Acciones deshonestas que afecten la convivencia y/o alteren el proceso de

aprendizaje.

Actitudes y comportamientos que atenten directamente y de gravedad, de manera física y/o psicológica, a otros miembros de

la comunidad escolar y el bien común. Agresiones sostenidas en el tiempo.

Conductas tipificadas como délito.

Gradualidad

de la falta

LEVE

MODERADA

GRAVE

Atraso para entrar; olvidar un material; uso

del celular en clases; no entrar a tiempo al salón… Dañar el mobiliario común; ofender o intimidar a un docente; falsear calificaciones…

EJEMPLOS

(14)

3. Medidas disciplinarias

Claramente definidas; graduales; sostener proporcionalidad con la falta cometida; Guardar relación con la edad de los educandos; Respetuosas de los derechos de quienes infringen la norma; Carácter formativo; Proceso que posibilite al educando hacerse responsable progresivamente de sus actos; Aplicación contemplando el contexto de las transgresiones, circunstancias en que acontecen, antecedentes previos; Manteniendo la igualdad ante las normas; garantizando el derecho del estudiante a ser escuchado

Quedan expresamente prohibidas las medidas disciplinarias que atentan contra el derecho a la educación o que impidan la continuidad de los educandos en el sistema educativo; así como aquéllas que atenten contra la dignidad e integridad de la persona.

(15)

4. Reparación del daño

La medida reparatoria no es un acto mecánico, tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del ofensor, junto con la posibilidad de sentir empatía y comprensión por la persona afectada.

• Acciones que restituyen el daño causado

• Acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño • Asunción de la responsbailidad de las partes en conflicto • Surgiran del diálogo, la toma de conciencia y el acuerdo

• El daño y la reparación pueden ser de carácter moral o material.

• Refuerza la capacidad de los involucrados para resolver conflictos

(16)

5. Proceso para la aplicación de la

medida disciplinaria (Debido proceso)

• Garantía que tienen las y los estudiantes a ser escuchados y a que sus opiniones sean tomadas en cuenta.

• Antes de la aplicación de una medida disciplinaria, es necesario conocer la versión de todos los involucrados.

• Toda falta deberá ser informada a las familias (madre, padre, tutor).

• Aplicación de criterios de graduación de faltas.

• Registrarse en el expediente del alumno con una descripción de los hechos.

• Guardando en todo momento la confidencialidad del caso y sin que se realicen o promuevan actos discriminatorios o atentatorios de los derechos humanos del/a alumno/a.

• En casos que ameriten atención especializada se deberá dar seguimiento sistemático a la atención que reciba el alumno, y colaborar activamente con la institución que lo atienda.

(17)

o Lenguaje claro y preciso o Las normas deben establecerse como conductas

deseadas y no como conductas no deseadas (Redactadas en positivo)

o Contar con instrumentos para el registro de

incidencias (bitácora..)

o Normas fundamentadas en los Derechos Humanos.

o Descripción de los procedimientos para evaluar la conducta que vulnera la norma de convivencia.

o Contemplar instancias y mecanismos de difusión y comprensión de los Acuerdos por toda la comunidad escolar.

o Descripción de la gradualidad de las faltas y la medida disciplinaria / reparatoria.

o Contener mecanismos para la revisión (anual), modificación y actualización necesaria en el tiempo, incorporando situaciones no previstas. o Las normas y procedimientos serán

coherentes con las distintas etapas del desarrollo de la infancia y de los adolescentes.

o El AAC de ETC, sea conocido por todos los miembros de la comunidad escolar: alumnado, docentes, familias (madres, padres, tutores), de forma estamental, antes de ponerlo en práctica.

(18)

Ninguna disposición puede contravenir las Normas Legales vigentes de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación, la Convención de los derechos del Niño, la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, entre otros.

Si una disposición vulnera estas leyes, se entenderá por no escrita (es decir no se considerará) y, por tanto no servirá para aplicar una medida disciplinaria.

¿Qué requieren para ser

instrumentos formativos?

(19)

Diagnóstico Consejo Técnico Ruta de mejora Propuesta Participación Integrantes de la comunidad escolar Redacción del documento (positivo) Validación Presentación y firma Publicación y vigencia Revisión , seguimiento

Procedimiento de elaboración

(20)

COMUNIDAD EDUCATIVA

Con la coordinación del director(a) de la escuela se convoca a los representantes de alumnos por grupo, de padres de familia y de docentes para elaborar por consenso la redacción del documento final. El documento debe incluir la fecha de vigencia

del AAC (por lo general el ciclo

escolar).

También incluye los medios por los

que habrá de difundirse entre

la comunidad educativa.

Incluye formas para recuperar las inquietudes sobre el AAC de los miembros de la comunidad educativa, durante todo el ciclo escolar: buzón de quejas y/o sugerencias, página

electrónica de la escuela, etc.

(21)

COMUNIDAD EDUCATIVA

En reunión exprofeso convocada por la dirección escolar, los representantes dan a conocer el AAC a toda la comunidad. En dicha reunión el AAC es validado mediante firma de los representantes. Se levanta un acta para dar legitimidad a los acuerdos, con la firma de todos los

(22)

Expone el problema Enunciar las cuestiones

a decidir

REPRESENTANTE DEL GRUPO

Exponen abiertamente opiniones/ necesidades/ deseos… Enlistan ideas Discuten ideas Desarrolla propuesta de

consenso Valoraciones personales

Comprueba la decisión

Lleva a la práctica

cuestiones a decidir

Transmitir que sería tolerable y qué sería deseable para el grupo

propuesta

postura de los grupos consenso

No hay consenso:

Desarrollar otra propuesta de consenso.

Consenso parcial:

Formular nuevas cuestiones para lo que ha quedado abierto.

INTEGRANTES DEL GRUPO

(23)

Rúbrica de

(24)

Entrega de Acuerdos de Convivencia

Escolar a la Coordinación Nacional.

• Meta 497 acuerdos de

convivencia del estado.

• Entrega: a más tardar el día

(25)
(26)

CONTACTO

SUBDIRECCIÓN DE

PROGRAMAS EDUCATIVOS

Programa Escuelas de

Tiempo Completo

Tel. 910 56 00

ext.4070 y 4074

Referencias

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