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1. OBJETO LOTES: 2. DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS COMUNES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN DIVERSOS LOCALES DEL SEPECAM DURANTE 2009, 2010 Y 2011 (24 MESES) A TRAVÉS DE VARIOS LOTES.

1. OBJETO

El objeto del presente contrato es la contratación del servicio de Vigilancia y Seguridad de diversos locales del SEPECAM en Castilla-La Mancha a través de los siguientes lotes:

LOTES:

- Lote 1: Oficinas de Empleo de Albacete capital.

- Lote 2: Servicio Provincial, Oficina de Empleo y Centro Nacional de Formación de Ciudad Real.

- Lote 3: Oficina de Empleo y Centro de Formación de Toledo y Oficinas de Empleo de Talavera e Illescas.

El objeto del contrato comprenderá la totalidad de las prestaciones incluidas en el apartado “servicios a prestar”, que tiene el carácter de mínimas, así como cualesquiera otras actuaciones necesarias para el cumplimiento de los fines del servicio.

Los servicios a contratar, se llevarán a cabo por el adjudicatario con arreglo a lo previsto en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, en el de Cláusulas Administrativas Particulares, y en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como con lo previsto en e la legislación en vigor que regula esta materia, en especial la Ley de Seguridad Privada (Ley 23/1992, de fecha 30 de julio) y en el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

2. DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES

Los locales respecto de los que se efectúa el servicio, son los señalados en las Prescripciones Técnicas correspondientes a cada uno de los lotes.

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Las prestaciones incluidas en este apartado tienen el carácter de mínimas, no excluyendo por tanto, cualesquiera otras actuaciones, periódicas o puntuales, necesarias para el cumplimiento de los fines del servicio.

1° Frecuencia diaria.

- Presencia física de un vigilante de seguridad que ejerza su servicio sin arma de fuego y vistiendo el uniforme preceptivo, durante la jornada laboral para la protección de las personas, para evitar la comisión de actos delictivos o infracciones y en tal caso, poner a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes así como los instrumentos, efectos o pruebas de los delitos en relación al objeto de su protección, sin realizar interrogatorio alguno.

- Inspección del edificio tras la salida del personal, asegurándose que puertas y ventanas estén cerradas y los sistemas eléctricos desconectados, previamente al cierre del inmueble y la conexión de los sistemas electrónicos de seguridad, en su caso.

- Patrullaje por dependencias internas del edificio, inspección periódica de instalaciones y dependencias.

- Manejo del aparato scanner en caso de existir.

- Control de accesos a personal autorizado y no autorizado al inmueble y a los sectores restringidos a la atención al público, sin que pueda retener documentación personal.

- Revisión de la correspondencia y la paquetería con los medios existentes. - Realización de informe o parte diario de incidencias.

- Apertura y cierre del acceso principal del inmueble.

- Conexión y desconexión del sistema de alarma y equipo de vigilancia de circuito cerrado. Ronda de comprobación del estado de las mismas (muebles e inmuebles correspondientes a la planta baja y almacén anexo, primera y segunda).

4. CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La actuación de la empresa adjudicataria y los vigilantes adscritos al servicio se ajustará estrictamente a lo establecido en la Ley 23/1992, de fecha 30 de julio, de Seguridad Privada y en el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento.

Conforme al artículo 1.3 de la Ley 23/1992, de fecha 30 de julio, de Seguridad Privada, el vigilante atenderá en su actuación a los principios de integridad y dignidad, protección y trato correcto a las personas, evitando abusos, arbitrariedades y violencias.

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Se protegerá a las personas y a la propiedad, evitando toda clase de hechos delictivos, y actuar conforme a la legislación vigente cuando éstos se hayan producido.

La acción protectora tendrá carácter eminentemente preventivo. El vigilante habrá de actuar con la iniciativa y resolución que las circunstancias requieran, evitando la inhibición o pasividad en el servicio y no pudiendo negarse, sin causa que lo justifique, a prestar aquellos que se ajusten a las funciones propias del cargo, de acuerdo con las disposiciones reguladoras de la seguridad privada.

El ámbito de actuación de los servicios de vigilancia será el comprendido por la edificación, el interior de ella y las partes exteriores afectadas a la misma. El vigilante prestará toda la colaboración que sea necesaria a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes.

El vigilante no intervendrá en problemas de tipo laboral o político de la entidad donde prestan servicio, siempre que la alteración no vaya en deterioro de la integridad de los bienes y personas de la entidad.

El vigilante deberá intervenir en evitación y extinción de incendios, siniestros y accidentes en general, y en caso de que se produzcan, actuarán a las órdenes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Bomberos, Protección Civil, etc., en la del os planes de emergencia y evacuación de los inmuebles donde presten sus servicios, que deberán conocer adecuadamente y realizará también cualquier otra clase de funciones o misiones que, dentro de la legislación vigente, el SEPECAM pueda indicar por escrito en cada caso a la empresa, a las que ésta deberá dar su conformidad.

El personal contratado deberá poner inmediatamente en conocimiento del SEPECAM cualquier incidente relacionado con las misiones encomendadas, en evitación de cualquier hecho delictivo o atentatorio a la propiedad, tomando las medidas más urgentes y de petición de auxilio que las circunstancias aconsejen.

Se observarán correctamente las normas de control dictadas por el SEPECAM, en lo referente a la entrada y salida de personas, vehículos, visitas y cuantas se pongan en vigor.

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El número de rondas a realizar tanto en el interior como en el exterior será fijado por el SEPECAM.

Durante las rondas se prestará especial atención a las anomalías que pudieran existir en las diferentes dependencias, prestando especial atención a puertas, ventanas, luces, máquinas, equipos, etc., tomando las medidas de protección que el caso requiera. Asimismo deberá apagar equipos de calefacción y aire acondicionado que estuvieran en funcionamiento en horario no laboral y luces no necesarias.

Queda prohibida la utilización de los ascensores para trasladarse de una planta a otra del edificio, en su caso.

Los vigilantes no podrán ausentarse del puesto de trabajo, salvo causa justificada, y previo aviso previo y permiso del Director del contrato por el SEPECAM.

La empresa adjudicataria deberá respetar la normativa de riesgos laborales, en lo referido a su sector, en especial en lo relativo a la acción preventiva (Art. 15 de la Ley 31/1995), equipos de trabajo y medios de protección (Art. 17 de la Ley 31/1995), formación de los trabajadores (Art. 19 de la Ley 31/1995). Asimismo deberá respetar lo establecido en el Reglamento de los Servicios de Protección (Real Decreto 39/1997, de 17 de enero)

No se podrá revelar información respecto de los recintos y lugares donde se presten los servicios.

Todas las mejoras realizadas por la empresa adjudicataria o la instalación de aparatos establecidos en el presente Pliego y que supongan una mejora en la calidad del servicio, pasarán a ser propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, una vez finalizado el presente contrato, sin que pueda acarrear ningún gasto adicional para el mismo.

5. OTROS SERVICIOS RELACIONADOS.

Con independencia de los servicios relacionados con anterioridad y sus frecuencias el adjudicatario deberá realizar los siguientes servicios complementarios:

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La empresa adjudicataria dotará sin cargo alguno para el SEPECAM con una bolsa de 50 horas de servicio para cada uno de los lotes, excepto para el Lote 3, que será de 200 horas, 50 para cada centro de los que componen el Lote, que se destinarán a aquellos trabajos no regulares que se produzcan con motivo de actos, celebraciones, movimientos o traslado de archivos, obras de acondicionamiento, traslado de personal en los que afecte a la seguridad de personas o instalaciones.

6. OBLIGACIONES A CUMPLIR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA AUTORIZACIONES

La empresa adjudicataria deberá hallarse en posesión de la autorización administrativa de la inscripción de la empresa licitadora en el correspondiente registro del Ministerio del Interior, dentro de la actividad, como mínimo, de “Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones” de acuerdo con lo establecido en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre.

Asimismo, los vigilantes adscritos al servicio y los que, en su caso, sustituyesen a los anteriores, deberán hallarse en posesión de las correspondientes habilitaciones administrativas, de acuerdo con el Art. 10 de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.

UNIFORMES Y EQUIPO.

Será por cuenta del contratista uniformar y equipar a todo el personal durante las horas en que se realice el servicio.

El personal contratado para la prestación del servicio, durante el desarrollo del mismo deberá ir uniformado correctamente, con los atributos y medios que la legislación vigente tipifica en esta materia (Art. 12.1 de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada), incluso en horarios no laborales del edificio, sin perjuicio de la acreditación que pueda suministrar el SEPECAM.

El equipamiento del vigilante deberá incluir, como mínimo: - Placa Insignia del vigilante.

- Título o nombramiento del cargo.

- Uniforme reglamentario homologado por la Dirección General de la Seguridad del Estado del Ministerio del Interior.

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- Equipo de radio, walkie-talkie o teléfono móvil que estará en todo momento enlazado con la central de la empresa, con objeto de atender las necesidades del vigilante en el momento de ser requerido o conectar con las fuerzas de orden público en caso de necesidad.

- Linternas halógenas.

- Cualquier otro elemento necesario para el correcto funcionamiento del servicio.

MATERIAL DE OFICINA

La empresa adjudicataria vendrá obligada a facilitar al personal de servicio todo el material informático, de escritorio y papelería necesario para el desempeño de sus funciones.

También será por cuenta del contratista la conservación y reposición de los bienes puestos a su disposición por el SEPECAM para la prestación del servicio.

FORMACIÓN

La empresa adjudicataria garantizará que los vigilantes adscritos al servicio, y los que pudiesen sustituir a éstos poseen la adecuada formación y capacitación para hacerse cargo de estas funciones en óptimas condiciones físicas, psíquicas y de entrenamiento.

La empresa adjudicataria estará obligada a proporcionar formación específica a u cargo al personal adscrito al servicio, en caso de que no la posean, respecto del manejo de equipos técnicos adscritos al servicio de seguridad que existan en la actualidad o se adquieran durante la vigencia del contrato destinados a las instalaciones.

PLANES DE EMERGENCIA

Los vigilantes que presten los servicios deberán conocer adecuadamente los planes de emergencia y evacuación de los inmuebles donde presten sus servicios, de forma que en caso de que se produzcan incendios, siniestros y accidentes en general, actuarán a las órdenes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Bomberos, Protección Civil, etc., en ejecución de los mismos.

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En la realización de las tareas contenidas en el presente Pliego, el adjudicatario deberá aplicar los métodos, procedimientos establecidos en la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre y en las demás disposiciones que regulen la materia.

CUADRANTES

Una vez iniciado el servicio, la empresa adjudicataria deberá presentar mensualmente al Director del contrato por el SEPECAM un cuadrante donde se reflejen nombre del vigilante, turnos de trabajo y horario de cada uno.

DOCUMENTACIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS

La empresa adjudicataria, con carácter mensual, entregará a la persona designada por el SEPECAM o persona en quién delegue, dentro de los cinco primeros días de cada mes, un parte en el que queden reflejadas las tareas realizadas durante el mes anterior, especialmente aquellas que realice personal especializado, perteneciente a la empresa adjudicataria o cualquier empresa subcontratada.

Asimismo, deberá reflejar las posibles incidencias producidas en el edificio y/o observaciones del personal de servicio que supongan una mejora del mismo. En aquellos casos en los que la incidencia producida sea de notoria importancia, será comunicada con la mayor brevedad posible, entregando inmediatamente parte de la incidencia elaborado por el personal de servicio al Director del contrato por el SEPECAM.

SISTEMA DE CONTROL DE RONDAS

La empresa adjudicataria deberá establecer un sistema de control de rondas. RELEVOS

Los vigilantes deberán realizar los diferentes relevos puntualmente, reflejando por escrito, en los partes de incidencias, las novedades existentes.

DIRECCIÓN DEL SERVICIO

El adjudicatario deberá designar una persona fácilmente localizable que le represente, con los debidos conocimientos en la actividad objeto del servicio y con poderes para adoptar las soluciones que en el momento sean necesarias,

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quien también se responsabilizará de la distribución, control y seguimiento del trabajo de los empleados.

JEFE DE EQUIPO

El Jefe de Equipo, seleccionado por el SEPECAM de entre los vigilantes adscritos al servicio, será el interlocutor con el que el Director del contrato por el SEPECAM pueda resolver las incidencias diarias que surjan en el servicio y se encargará de difundir entre los demás vigilantes las instrucciones dictadas por el SEPECAM.

Este Jefe de Equipo deberá tener asignado un horario laboral coincidente con el horario laboral del Centro durante las mañanas.

INSPECCIÓN

La empresa adjudicataria se comprometerá a realizar un control efectivo y real sobre el servicio prestado y entregar un parte quincenal al Director del contrato por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, pudiendo este a su vez reclamar cuando lo estime oportuno un control del servicio que se realizará acompañado del responsable de la empresa.

8. RELACIÓN LABORAL DEL ADJUDICATARIO Y SU PERSONAL

1. El personal que aporte o utilice el adjudicatario dependerá única y exclusivamente del mismo, que asumirá la condición del empresario con todos los derechos y deberes respecto a dicho personal con arreglo a la legislación vigente o que se promulguen en lo sucesivo, sin que en ningún caso resulte responsable el SEPECAM de las obligaciones del contratista, como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, rescisión e interpretación del contrato.

En ningún caso los trabajadores pueden integrarse en la plantilla laboral de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

2. El adjudicatario estará obligado a respetar en la ejecución del presente contrato, los acuerdos establecidos a través de los Convenios Colectivos correspondientes, así como las disposiciones vigentes o que se promulguen en esta materia, especialmente en lo relativo a la adecuación entre las categorías profesionales del personal que les resulten de aplicación en función de las tareas a desarrollar exigidas para el desarrollo de los trabajos, y los salarios asignados a las mismas a través de los

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correspondientes Convenios Colectivos. El SEPECAM vigilará especialmente el cumplimiento de esta obligación.

3. La empresa adjudicataria vendrá obligada a comunicar al SEPECAM los datos del personal que prestará el servicio antes de su incorporación. Una vez recibido el consentimiento del mismo y comprobada su eficacia no podrá ser cambiado sin la autorización de éste.

4. El personal propio del adjudicatario será sustituido por éste durante sus ausencias por enfermedad, vacaciones, permisos, licencias u otras causas, en el plazo máximo de tres horas, salvo excepcionalmente autorización expresa del SEPECAM, sin que se pueda producir en ningún caso menoscabo en le régimen de jornada y horarios.

5. La empresa adjudicataria habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar mensualmente al SEPECAM, sobre la presencia de la plantilla, ausencias y sustituciones que realice. En caso de hacerse imposible cualquier sustitución oportuna se pondrá, de forma urgente, en conocimiento del SEPECAM.

Asimismo se obliga a comunicar al SEPECAM la relación inicial y todas las variaciones que se produzcan con el personal que por su cuenta se destine a los servicios que se contratan, al objeto de proveerle de la autorización necesaria para el acceso al lugar de trabajo. Caso de despido, se recogerán por el contratista dichas autorizaciones para entregarlas al SEPECAM, quien se reservará el derecho a comprobar que el número de empleados, dedicados a las actividades del servicio que se contrata, se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria en la proposición correspondiente, a cuyo efecto el SEPECAM podrá establecer un parte de entrada, salida y permanencia del personal que permita el control del mismo.

6. El SEPECAM podrá exigir del adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias o no se comporte con la diligencia precisa en el desempeño del cometido.

7. Antes de proceder a la sustitución de cualquiera de los miembros del equipo, la empresa adjudicataria solicitará por escrito permiso para ello, dejándola aplazada hasta recibirla autorización del SEPECAM.

8. Los daños que el personal pudiera ocasionar en el mobiliario e instalaciones, serán indemnizados por el contratista, siempre a juicio del

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SEPECAM, pudiendo detraer la compensación procedente del importe de las facturas que presente el contratista.

9. El SEPECAM podrá cambiar o variar los horarios y servicios a prestar cuando las circunstancias lo requieran, dentro de los límites que establece el presente contrato, con el adjudicatario o directamente con el personal de limpieza para el mejor desarrollo y funcionamiento del servicio.

10. Si durante la vigencia del contrato el SEPECAM estimase que las circunstancias que motivaron la contratación de los medios humanos antes descritos hubieran variado, se reserva el derecho a prescindir de los efectivos que estime conveniente para equilibrar sus nuevas necesidades, modificando proporcionalmente el importe de las facturaciones.

El SEPECAM, si se presenta esta situación, dará conocimiento a la empresa adjudicataria con una antelación mínima de 30 días naturales. 11. Por lo que respecta al compromiso de contratación de nuevo personal para el

desarrollo del servicio mediante contrato laboral por tiempo indefinido o mediante contrato laboral por tiempo determinado, únicamente podrá efectuarse la contratación de nuevo personal a instancias y con autorización expresa del SEPECAM.

12. Dada la necesidad de que el personal de vigilancia conozca las instalaciones materiales y al personal del edificio para cumplir eficazmente su cometido, el personal de nueva incorporación deberá solaparse obligatoriamente al menos durante dos jornadas laborables consecutivas con el personal a sustituir.

9. HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y MEDIOS A CONTRATAR. Los horarios de prestación de los servicios y el número de personas que lo desempeñarán son los señalados en las Prescripciones Técnicas correspondientes a cada uno de los lotes.

10. PERSONAL A SUBROGAR

El personal que viene desempeñando el servicio, en cuyos contratos laborales se subrogará la empresa adjudicataria del contrato que se licita, en virtud de las Instrucción del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha de 1 de abril de 2008, sobre fomento de la estabilidad en al empleo y el establecimiento de otras medidas de tipo social y medioambiental en la contratación de la Junta de

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Comunidades de de Castilla-La Mancha, es el señalados en las Prescripciones Técnicas correspondientes a cada uno de los lotes.

En Toledo, a 24 de noviembre de 2008

EL JEFE DE SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL SEPECAM DURANTE 2009, 2010 y 2011 (24 MESES) A TRAVÉS DE VARIOS LOTES.

LOTE 1: OFICINAS DE EMPLEO DE ALBACETE CAPITAL.

1. DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES. Se trata de las siguientes Oficinas de Empleo:

DEPENDENCIA DIRECCIÓN SUPERFICIE

ÚTIL m2

O.E. ALBACETE

CID C/ CID, 29, BAJO 430,73

O.E.

ALBACETE-CUBAS C/NUESTRA SRA. DE CUBAS, 2, BAJO 500,75

2. MEDIOS A CONTRATAR Y HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El número de personas que se estima necesario para el servicio descrito en el presente pliego es de 2, que trabajarán de lunes a viernes. Los horarios y las condiciones de trabajo se fijarán teniendo en cuenta lo reflejado en los Convenios Colectivos de aplicación y en todo caso manteniendo lo exigido en el presente Pliego según se detalla.

a) En la Oficina de Empleo de C/ Cid: Un vigilante de seguridad sin arma.

Horario: De lunes a viernes, excepto festivos, desde las 9:00 a las 14:00 horas (5 horas).

b) En la Oficina de Empleo de C/ Nuestra Señora de Cubas: Un vigilante de seguridad sin arma.

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Horario: De lunes a viernes, excepto festivos, desde las 9:00 a las 14:00 horas. (5 horas).

3. PERSONAL A SUBROGAR

El personal que viene desempeñando el servicio, en cuyos contratos laborales se subrogará la empresa adjudicataria del contrato que se licita, en virtud de lo establecido en las Instrucción del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha de 1 de abril de 2008, sobre fomento de la estabilidad en al empleo y el establecimiento de otras medidas de tipo social y medioambiental en la contratación de la Junta de Comunidades de de Castilla-La Mancha, es el que se detalla a continuación:

Oficina SEPECAM en Albacete-Cid María Cano Lucas

Antigüedad 3/11/2000 25 horas semanales DNI. Nº 31.615.039-K

Oficina de SEPECAM en Albacete-Nuestra Señora de Cubas Fernando Córdoba Sánchez

Antigüedad 8/3/1996 25 horas semanales DNI Nº 73.540.838-V

4. HORAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO TOTAL HORAS SERVICIO 2009-2010

(10 horas/día x 22 x 12) - (14 x 10)) x 2 = 5.000 horas.

En Toledo, a 24 de noviembre de 2008

EL JEFE DE SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL SEPECAM DURANTE 2009, 2010 Y 2011 (24 MESES) A TRAVÉS DE VARIOS LOTES.

LOTE 2: SERVICIO PROVINCIAL, OFICINA DE EMPLEO Y CENTRO NACIONAL DE FORMACIÓN DE CIUDAD REAL CAPITAL.

1. DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES

a) C/ Ronda de Calatrava nº 5 Servicio Provincial del SEPECAM y Centro Nacional de Formación con aproximadamente 70 puestos de trabajo, más 6 aulas con una media aproximada de 100 alumnos día. Tiene una superficie de 4.900 m2, con las siguientes instalaciones:

a. Zona de oficinas y despachos.

b. Zona de aulas (5 despachos y 3 aulas).

c. Zona de talleres (1 despacho de informática, 1 sala de usos múltiples, 7 aulas-taller y 2 talleres con techos altos)

d. Pasillos, vestíbulos, archivos, bodega y servicios. e. Salón de Actos.

b) Oficina de Empleo de Ciudad Real Capital, C/ Echegaray, 3, con una superficie útil de 508 m2.

Existe una central alarma bidireccional vía radio con 30 zonas configurables, que incluye teclado de conexión/desconexión, sirena de interior, mando a distancia y batería recargable; así como 15 detectores de infrarrojo pasivo vía radio y preinstalación de cámaras de vigilancia, que protegen el Servicio Provincial del SEPECAM y Centro Nacional de Formación, incluyendo bodegas, talleres y zonas de trabajo.

2. MEDIOS A CONTRATAR Y HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El número de personas que se estima necesario para el desempeño del servicio descrito en el presente Pliego es de 2, que trabajarán de lunes a viernes, excepto festivos. Los horarios y las condiciones de trabajo se fijarán teniendo en cuenta lo reflejado en los Convenios Colectivos de aplicación y en todo caso manteniendo lo exigido en el presente pliego según se detalla:

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Un vigilante de seguridad sin arma.

Frecuencia diaria, de lunes a viernes, excepto festivos, en jornada de mañana y tarde (de las 7:15 a 21:45 horas ininterrumpidamente)

B) En la Oficina de Empleo:

Un vigilante de seguridad sin arma.

Frecuencia diaria, de lunes a viernes, excepto festivos, en jornada de mañana (de las 9:00 a las 14:00 horas):

5. PERSONAL A SUBROGAR

El personal que viene desempeñando el servicio, en cuyos contratos laborales se subrogará la empresa adjudicataria del contrato que se licita, en virtud de lo establecido en las Instrucción del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha de 1 de abril de 2008, sobre fomento de la estabilidad en al empleo y el establecimiento de otras medidas de tipo social y medioambiental en la contratación de la Junta de Comunidades de de Castilla-La Mancha, es el que se detalla a continuación:

- D. David Martín Ayuso, DNI nº 05.689.359-X - Antigüedad 22-01-2003. - D. David Sánchez Angulo, DNI nº 20.261.120-Y - Antigüedad 01-06-2002. Todas los/as trabajadores/as poseen la categoría de vigilante de seguridad sin arma.

6. HORAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO TOTAL HORAS SERVICIO 2009-2010

(19,5 horas/día x 22 x 12) - (14 x 19,5)) x 2 = 9.750 horas. En Toledo a 24 de noviembre de 2008

EL JEFE DEL SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE DIVERSAS DEPENDENCIAS DEL SEPECAM DURANTE 2009, 2010 y 2011 (24 MESES) A TRAVÉS DE VARIOS LOTES.

LOTE 3: OFICINA DE EMPLEO Y CENTRO DE FORMACIÓN DE TOLEDO Y OFICINAS DE EMPLEO DE TALAVERA E ILLESCAS.

2. DESCRIPCIÓN Y UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES. Las instalaciones objeto del servicio son:

- Centro de Formación de Toledo, sito en la C/ Dinamarca nº 2, con 4.000 m2 Este Centro dispone de una alarma de intrusión marca SPECTRA modelo 1738, que consta de 1 central, 1 sirena interior, 8 detectores volumétricos 1 Gsm y 1 teclado.

Asimismo, dispone de una central de alarma de incendio marca PASS, modelo 1206 N, con 12 detectores ópticos, 1 centralita, 4 pulsadores y 2 campanas.

- Oficina de Empleo de Toledo, sita en planta baja del inmueble de C/ Bajada de Castilla-La Mancha nº 3, de Toledo, con 691 m2 útiles.

- Oficina de Empleo de Illescas sita en la C/ Aragón, 6 de Illescas, con 410,19 m2 útiles.

- Oficina de Empleo de Talavera de Reina sita en la C/ Cervantes, 22 de Talavera de Reina, con 658 m2.

2. MEDIOS A CONTRATAR Y HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El número de personas que se estima necesario para el servicio descrito en el presente pliego es de 5, que trabajarán de lunes a viernes, excepto festivos. Los horarios y las condiciones de trabajo se fijarán teniendo en cuenta lo reflejado en los Convenios Colectivos de aplicación y en todo caso manteniendo lo exigido en el presente pliego según se detalla:

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CENTRO HORARIO HORAS DIARIA S

HORAS SEMANALE

S

O.E. Toledo 8:30 a 14:30 Mañana de 6 h. 30 h. Centro. Formación Toledo Mañana de 7:00 a 15:00 Tarde de 15:00 a 20:30 13 h. 30’ 67h. 30’. O.E. Illescas 9:00 a 14:00 Mañana de 5h. 25 h. O.E. Talavera

Reina 9:00 a 14:00 Mañana de 5h. 25 h.

7. PERSONAL A SUBROGAR

El personal que viene desempeñando el servicio, en cuyos contratos laborales se subrogará la empresa adjudicataria del contrato que se licita, en virtud de lo establecido en las Instrucción del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha de 1 de abril de 2008, sobre fomento de la estabilidad en al empleo y el establecimiento de otras medidas de tipo social y medioambiental en la contratación de la Junta de Comunidades de de Castilla-La Mancha, es el que se detalla a continuación:

CENTRO DE TRABAJO NOMBRE TRABAJADOR DNI. ANTIGUEDAD

O.E. Toledo Fernando Hontanilla Cano 03.819.626-Q 02/05/2003

Centro Formación

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Centro Formación

Toledo Rubén Pulido López 03.874.941-Q 01/12/06

O.E. Illescas Pedro Luis Nanclares Moreno 03.885.544-Q 12/05/2008

O.E. Talavera de la

Reina Vicenta Rodríguez de Lucas 04.171.653 M 16/06/2008

Todas los/as trabajadores/as poseen la categoría de vigilante de seguridad sin arma.

8. HORAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO TOTAL HORAS SERVICIO 2009-2010

(29,5 horas/día x 22 x 12) - (14 x 29,5)) x 2 = 14.750 horas.

En Toledo, a 24 de noviembre de 2008

EL JEFE DE SERVICIO DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO

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