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ÍNDICE. I Antecedentes 3. II Criterios de selección 5. III Objetivo de la auditoría 7. IV Alcance 7

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INFORME INDIVIDUAL

DE LA AUDITORÍA ESPECIAL FORENSE REALIZADA

A LAS EVIDENCIAS EN REGISTRO Y APLICACIÓN DE

RECURSOS DEL RUBRO DENOMINADO TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS DEL EJERCICIO 2019

DEL MUNICIPIO DE CASAS GRANDES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

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ÍNDICE

Hoja

I Antecedentes 3

II Criterios de selección 5

III Objetivo de la auditoría 7

IV Alcance 7

V Resultados de la fiscalización efectuada, observaciones, acciones y recomendaciones

V.1 Transferencias internas y asignaciones al sector público V.2 Subsidios y subvenciones

V.3 Ayudas sociales V.4 Pensiones y jubilados

V.5 Resumen de acciones y recomendaciones emitidas

8 9 9 10 21 21

VI Procedimientos de auditoria aplicados 22

VII Opinión 23

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I. ANTECEDENTES

El Municipio de Casas Grandes ubicado en el Estado de Chihuahua se localiza en la latitud norte 30o 22”, longitud oeste 107o 56” colinda al norte con Janos, al este con Galeana y Nuevo Casas Grandes, al sur con Madera e Ignacio Zaragoza y al oeste con el Estado de Sonora. Cuenta con una superficie territorial de 3,741.65 kilómetros cuadrados, lo que representa el 1.51 % de la extensión territorial del estado, con una altitud de 1,480 metros sobre el nivel del mar.

El Municipio es considerado como pueblo mágico por ser la zona arqueológica de Paquimé y sus principales actividades que se realizan son la agricultura, el comercio de la cerámica y el turismo, entre otras. Por segundo periodo consecutivo, es administrado por reelección popular la alcaldesa la cual inició operaciones en 2016-2018 y 2018-2021.

De acuerdo con datos de El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) a nivel municipal, en el año 2010 un 55.6% de la población de Casas Grandes viven en condiciones de pobreza, de los cuales 5,061 (47.8%) presentaban pobreza moderada y 826 (7.8%) estaban en pobreza extrema. El municipio está focalizado a atender necesidades en materia de educación, apoyos sociales, promover el turismo y el acceso de la población a una formación cultural, así como acciones encaminadas al fortalecimiento de las necesidades rurales que apoyen la agricultura y ganadería, considerando la construcción de siete presas derivadoras en el ejido Juan Mata Ortiz, así como la canalización con cemento de dos acequias de las presas derivadoras del Rucio y el Adobe. El Municipio atiende los servicios de limpieza pública, alumbrado público, panteones entre otros.

Ubicación Población Presidente

Localizado a 359 km de la capital del

Estado

11,432 (2015 – 0.32% de la población estatal)

Yesenia Guadalupe Reyes Calzadías

Egresos 2015 - 2019 Distribución de los ingresos 2019 2019: $52,651,034.36 (+5% vs 2018) $31,416,162.17 (60% corresponden de

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• Del Total de Ingresos Propios, destaca que el monto de $3,405,168 es por la vía de Impuestos y $2,141,426 por Aprovechamientos.

• Del monto de las Participaciones, destacan el monto de $18,907,741.49 que corresponden al Fondo General de Participaciones y $4,613,432.60 del Fondo para el Desarrollo Socioeconómico Municipal (FODESEM).

• Respecto al monto de Egresos el 41.5% del presupuesto es destinado a Servicios Personales, mientras que el 2% se destina a Gasto de Capital (Inversión Pública). • Dentro del Gasto Corriente que representa el 98% del presupuesto, destaca entre otros:

el rubro de Ayudas Sociales en donde se asignaron $2,608,325.10, Combustibles, Lubricantes y Aditivos por $3,836,592.37; Reparación y Mantenimiento de Equipo de Transporte por $481,000; Servicios Oficiales por $1,822,050.60, Viáticos por un monto de $945,320.

Índice de Rendimiento Financiero (Gasto administrativo por cada peso que ingresa)

41%

Ingreso/Gasto promedio por persona

(24,761 personas) $4,605.58

Gasto estimado promedio por servidor

público nómina (84 servidores públicos) $137,295.89

COBERTURA

71.9 Habitantes por servidor público

37,761,607.00 40,843,692.78 44,801,286.00 50,047,630.00 52,651,034.36 2015 2016 2017 2018 2019 Ingresos propios 15% Participaciones 60% Aportaciones 25%

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II. CRITERIOS DE SELECCIÓN

La Auditoría Forense realizada a las evidencias en registro y aplicación de recursos del rubro denominado “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” durante del ejercicio 2019 se propuso, bajo las siguientes antecedentes y consideraciones:

El Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) establece principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno en la prevención, detección y sanción de faltas administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de los recursos públicos.

EJES SNA

En este sentido el 27 de mayo de 2015, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas constitucionales en materia anticorrupción y que dan sustento a toda la legislación secundaria en la materia. Consecuente de lo anterior, el 18 de julio de 2016 fueron publicadas en el DOF las leyes secundarias que dan vida al Sistema Nacional Anticorrupción.

Por su parte la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA) establece entre otras disposiciones que todos los Entes públicos fiscalizadores y fiscalizados deberán apoyar en todo momento al Sistema Nacional de Fiscalización para la implementación de mejoras para la fiscalización de los recursos federales y locales.

Con base en la Reforma Constitucional en materia de Combate a la Corrupción del 27 de mayo de 2015 y en cumplimiento al Transitorio Segundo de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, el H. Congreso del Estado de Chihuahua, con fecha 07 de septiembre de 2019

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publicó en el Periódico Oficial del Estado, la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua, que sustituiría a la Ley de Auditoría Superior del Estado de Chihuahua que fue emitida en 2007.

En este sentido, la Auditoría Especial Forense inicio su gestión a partir de la emisión del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 01 de febrero de 2020, y consecuente de ello realizó la planeación de las Auditorías Forenses basado en matrices con la ponderación en cuartiles estadísticos para definir objetivamente prioridades, cruce de información estadística entre las diferentes variables de las bases de datos, integración de asuntos mediáticos, solicitudes de la Comisión de Fiscalización del Congreso del Estado de Chihuahua, identificación del porcentaje de presupuesto asignado en los municipios para transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas, segmentación de apoyo social en personas físicas y morales proporcionadas por el Estado, segmentación de trámites y servicios por tipo, costo unitario y obligatoriedad.

Resultado de lo anterior, el Municipio de Casas Grandes está dentro de los 21 Municipios de mayor proporción al rubro de apoyos sociales del presupuesto, con la combinación durante la etapa de planeación de las siguientes referencias:

Municipio Presupuesto de egreso (anteproyecto) Participaciones Estatales Fondo Federal FORTAMUN Fondo Federal FISM Total, Participaciones Federales y Estatales Casas Grandes $52,651,034.36 $31,416,162.00 $7,706,854.00 $5,605,921.00 $44,728,937.00 Ingresos propios y extraordinarios Transferencias internas y asignaciones al sector público % Ayudas Sociales % Ponderación/Cuadrante $7,922,097.00 $1,488,000.00 2.83% $2,608,325.10 4.95% I

Consecuente de lo anterior, el 29 de febrero de 2020, se publicó en el Periódico Oficial del Estado el Acuerdo por el que se aprueba, emite y adiciona el Programa Anual de Auditoría para la

Fiscalización de la Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal 2019, de Municipios y del Gobierno del Estado de Chihuahua, que incluye los Poderes y Organismos Autónomos, en la que se incluyó la

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La Auditoría Especial Forense al amparo del Programa Anual de Auditoría 2020 desarrolló actividades tendientes a su ejecución a partir de la primera semana de marzo de 2020, sin embargo, se vio afectado por la suspensión de términos y plazos de los procesos de fiscalización ante la contingencia sanitaria, lo que incidió considerablemente en la ejecución de las auditorías programadas; aunado a que aún y cuando se levantaron los términos y plazos de fiscalización, la mayoría de los Entes Fiscalizables al situarse al tener estar clasificados como “Servicios de

atención gubernamental y oficinas administrativas NO esenciales” y situadas en “semáforo rojo”

y ”semáforo naranja” después del levantamiento de suspensión de términos y plazos tuvieron

aforos restringidos de 50% y 30%.

III. OBJETIVO DE LA AUDITORÍA

La Auditoría Forense al Municipio de Casas Grandes del Estado de Chihuahua tiene como objetivo revisar y verificar las evidencias en registro y aplicación de recursos del rubro denominado “Transferencias y Ayudas Sociales” durante el ejercicio fiscal 2019, los cuales integran la cuenta contable 4000 denominada “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras

Ayudas”.

IV. ALCANCE

Conforme al Clasificador por Objeto del Gasto, durante el ejercicio sujeto a revisión, refleja un importe total erogado de $4,683,055.71 de los cuales se analizó una muestra de $4,065,681.39, la cual se integra como sigue:

4000

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

Subcuenta Nombre Importe pagado Muestra

4154 Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público $ 1,415,867.48 $ 1,415,867.48 4391 Otros Subsidios 19,000.00 19,000.00 4411 Gastos Relacionados con Actividades Culturales y Deportivas 166,836.60 166,000.60 4412 Gastos Funerarios 17,500.00 17,500.00 4414 Otras Ayudas Sociales 1,142,075.57 1,067,010.61 4415 Combustibles 97,702.63 -4421 Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación 83,900.00 83,500.00 4431 Ayudas Sociales a Instituciones de Enseñanza 443,370.73 -4451 Ayudas Sociales a Instituciones sin fines de lucro 8,000.00 8,000.00 4511 Pensiones y Jubilados 1,288,802.70 1,288,802.70 Total $ 4,683,055.71 $ 4,065,681.39

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V. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN EFECTUADA, OBSERVACIONES, ACCIONES Y RECOMENDACIONES

En cumplimiento al Programa Anual de Auditoría para el año 2020, se realizó la Auditoría Forense a las evidencias en registro y aplicación de los recursos del rubro denominado “Transferencias,

Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” al Municipio de Casas Grandes, Chihuahua,

correspondiente al ejercicio fiscal 2019, misma que se llevó a cabo al amparo de la Orden de Inicio de Auditoría número AEF-98/2020 y Oficio de Comisión número AEF-97/2020, signado por el Auditor Especial Forense de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, y su respectiva Acta Circunstanciada con motivo de la Notificación de la Orden de Inicio de la Auditoría de fecha 24 de marzo de 2020, la cual obra en los papeles de trabajo de la presente Auditoría.

Consecuente de lo anterior y de conformidad a lo establecido por el artículo 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua, el 26 de octubre de 2020, mediante oficio número AEF-300/2020 se notificaron al Titular del Municipio de Casas Grandes los resultados preliminares de la revisión efectuada y se le convocó a la reunión de confronta a celebrarse el 14 de enero de 2021, con el fin de que el Entidad Fiscalizada presentara la documentación y argumentos que considere convenientes para aclarar los hallazgos.

Por tal motivo el 14 de enero de 2021, se realizó la reunión de confronta señalada en el referido artículo 17 de la de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua, en la cual el ente presentó documentación y argumentos para aclarar los resultados preliminares, de tal situación se levantó el acta circunstanciada respectiva.

De conformidad con la norma 6.2 del Nivel 1 de las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización, en este apartado del Informe Individual, de manera sucinta se presentan los resultados obtenidos de la evaluación, objetiva, clara y acotada a la evidencia documental y argumentos proporcionados por el Ente Auditado durante la auditoría y durante el proceso de confronta.

TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS

Las transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas erogadas se integran de la siguiente manera:

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Concepto Universo Muestra % Transferencias Internas y Asignaciones al Sector Público $1,415,867.48 $1,415,867.48 100% V.1

Subsidios y Subvenciones 19,000.00 19,000.00 100% V.2

Ayudas Sociales 1,959,385.53 1,342,011.21 68% V.3

Pensiones y Jubilaciones 1,288,802.70 1,288,802.70 100% V.4 Total $4,683,055.71 $4,065,681.39 87%

V.1 TRANSFERENCIAS INTERNAS Y ASIGNACIONES AL SECTOR PÚBLICO $1,415,867.48

Subcuenta Nombre Concepto Importe

4154

Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Casas Grandes

Transferencia de recursos, para la operatividad del DIF Municipal, por el periodo periodo comprendido de enero a diciembre de 2019

$ 1,415,867.48

Total $ 1,415,867.48

4154 SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTREGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO

Importe que corresponde a los subsidios mensuales otorgados al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio por la cantidad de $102,564.80 por los meses de enero, marzo, abril y mayo, el mes de febrero la cantidad de $102,682.58, los meses de junio y julio la cantidad de $113,875.91 los meses de agosto a diciembre se otorgó subsidio por $125,985.87 y una transferencias adicional correspondiente para el pago proporcional de prima vacacional y aguinaldo de los meses enero-abril DIF 2019 de un importe de $45,000.00, totalizando un total anual de $1,415,867.48.

V.2 SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES

La Entidad Fiscalizada erogó un importe de $19,000.00, correspondiente al pago por canje de armas organizado por el 35 Batallón de Infantería de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) integrándose de la siguiente manera:

Subcuenta Nombre Concepto Importe

4391 Batallón de Infantería No.35 Canje de armas $ 19,000.00 Total $ 19,000.00

V.3 AYUDAS SOCIALES

La Entidad Fiscalizada erogó un importe de $1,959,385.53, de los cuales se revisó una muestra por la cantidad de $1,342,011.21, la cual se integra de la siguiente manera:

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Sucuenta Concepto Universo Muestra % 4411 Gastos Relacionados con Actividades Culturales y

Deportivas

166,836.60

$ $ 166,000.60 99% V.3.1 4412 Gastos Funerarios 17,500.00 17,500.00 100% V.3.2 4414 Otras Ayudas Sociales 1,142,075.57 1,067,010.61 93% V.3.3

Combustibles 97,702.63

-4421 Becas y Otras Ayudas para Programas de Capacitación 83,900.00 83,500.00 100% V.3.4 Ayudas Sociales a Instituciones de Enseñanza 443,370.73

-4451 Ayudas Sociales a Instituciones Sin Fines de Lucro 8,000.00 8,000.00 100% V.3.5 Total $1,959,385.53 $1,342,011.21 68%

V.3.1 GASTOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS

Subcuenta Nombre Concepto Importe

4411

Gastos relacionados con actividades culturales y deportivas

Pagos varios por concepto de eventos deportivos, transporte, compra de balones, eventos culturales, beca deportiva para entrenador de la Escuela Municipal Infantil.

166,000.60 $

Total $ 166,000.60

4411 GASTOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS

Erogaciones correspondientes a diversos apoyos deportivos y culturales tales como: apoyo en compra de balones, pago de transporte y combustible para acudir a eventos deportivos, apoyo en efectivo para premios de los eventos, beca deportiva para entrenador de la Escuela Municipal Infantil, apoyo en uniformes deportivos, renta de sonido para evento de día de muertos, apoyo en concurso de cerámica del municipio, apoyo para el concurso denominado platillo típico, entre otros, correspondiente al periodo de Enero a Diciembre de 2019.

OBSERVACIÓN 1

DE LA SUBCUENTA DE GASTOS RELACIONADOS CON ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS SE EROGÓ, SIN CONTAR CON PROGRAMA SOCIAL Y REGLAS DE OPERACIÓN.

La Entidad Fiscalizada, erogó del capítulo 4000 de “Ayudas Sociales”, el importe de $166,000.60 en apoyo en gastos relacionados con actividades culturales y deportivas, por diferentes conceptos tales como apoyo en compra de balones, pago de transporte y combustible para acudir a eventos deportivos, apoyo en efectivo para premios de los eventos, beca deportiva para entrenador de la Escuela Municipal Infantil, apoyo en uniformes deportivos, renta de sonido para evento de día de muertos, apoyo en concurso de cerámica del municipio, apoyo para el concurso denominado platillo típico, entre otros, por el período 2019; sin contar con programas sociales de apoyos y reglas de operación, donde se fomente la equidad, el acceso a las oportunidades,

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desarrollo de las capacidades de las personas y grupos sociales en situación de pobreza, la igualdad, así como garantizar que se combata la marginación, vulnerabilidad, discriminación y exclusión.

Fundamento Legal

Artículo 5, fracciones I y V y 31 de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado de Chihuahua, que dispone que en el diseño, instrumentación y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social y humano, en los ámbitos estatal y municipal, los ayuntamientos deberán elaborar y publicar en el Periódico Oficial, las reglas de operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes a las diversas regiones y municipios de la entidad, sin perjuicio de transparentar de oficio la información pública establecida en la correspondiente Ley.

En respuesta y como acción derivada de la reunión de confronta notificada mediante oficio AEF- 300/2020, realizada según consta en acta sin número suscrita con fecha del 14 de enero de 2021, misma que se realizó en las oficinas de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, así como documentación y argumentos vertidos por la Entidad Fiscalizada mediante oficio S/N suscrito con fecha del 13 de enero de 2021 por la C. Yesenia Guadalupe Reyes Calzadias, Titular de la Presidencia Municipal de Casas Grandes, Chihuahua, en el cual manifestó que se divide en dos partidas al cierre del ejercicio 2019, de la cantidad de $58,709.69 relacionado con actividades culturales, se tienen por concepto de eventos regionales, patronales, y de fomento a la cultura, y que por error se contabilizó en ayudas sociales, debiendo ser contabilizados correctamente en la cuenta de gastos de orden social y cultural, por lo que mediante póliza de diario número 49 de fecha 31 de diciembre del 2020 se corrigió ese saldo, anexando póliza para su comprobación. Por lo que respecta al importe de $108,126.91 manifestó que son gastos relacionados con actividades deportivas, que bien no tienen el carácter de un programa de acción social o de fomento social, ya que no son apoyos de permanencia, no son destinados al desarrollo de las capacidades de las personas y grupos sociales en situación de pobreza, desigualdad, separación, vulnerabilidad, discriminación o exclusión, así como apoyos otorgados al fomento del deporte en la localidad a las diferentes disciplinas deportivas que se llevan a cabo en el Municipio. Anexando póliza de diario número 49 de fecha 31 de diciembre del 2020 y Manual de Procedimiento para Otorgamiento de Apoyos Deportivos.

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En cuanto al hallazgo por la falta de elaboración de programas de apoyo social a personas y reglas de operación para los mismos, no se aclara toda vez que la Entidad Fiscalizada no anexó evidencia de la elaboración y publicación de estos en el Periódico Oficial del Estado.

RECOMENDACIÓN

En el marco de las atribuciones establecidas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua y del Reglamento Interno de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, en cuanto a las recomendaciones se refiere, las cuales tienen por objeto mejorar o corregir procesos en el ejercicio de atribuciones derivadas de un hallazgo se recomienda que la Entidad Fiscalizada analice las áreas de oportunidad y se elaboren y publiquen en el Periódico Oficial, las Reglas de Operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes. Lo anterior con el propósito de fortalecer el control interno y evitar observaciones futuras que pudieran implicar mayor relevancia.

V.3.2 GASTOS FUNERARIOS

Subcuenta Nombre Concepto Importe

4412 Gastos funerarios Se otrogaron apoyos funerarios a personas de

escasos recursos $ 17,500.00

Total $ 17,500.00

4412 GASTOS FUNERARIOS

Erogaciones realizadas por el pago de 4 servicios funerarios, para habitantes de escasos recursos conforme lo solicitaron al departamento de atención ciudadana del Municipio.

OBSERVACIÓN 2

DE LA SUBCUENTA DE GASTOS FUNERARIOS SE EROGÓ, SIN CONTAR CON PROGRAMA SOCIAL Y REGLAS DE OPERACIÓN.

La Entidad Fiscalizada, erogó del capítulo 4000 de “Ayudas Sociales”, el importe de $17,500.00 en gastos relacionados con apoyos funerarios a personas de escasos recursos, por el periodo 2019; sin contar con programas sociales de apoyos y reglas de operación, donde se fomente la equidad, el acceso a las oportunidades, desarrollo de las capacidades de las personas y grupos

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sociales en situación de pobreza, la igualdad, así como garantizar que se combata la marginación, vulnerabilidad, discriminación y exclusión.

Fundamento Legal

Artículo 5, fracciones I y V y 31 de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado de Chihuahua, que dispone que en el diseño, instrumentación y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social y humano, en los ámbitos estatal y municipal, los ayuntamientos deberán elaborar y publicar en el Periódico Oficial, las reglas de operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes a las diversas regiones y municipios de la entidad, sin perjuicio de transparentar de oficio la información pública establecida en la correspondiente Ley.

En respuesta y como acción derivada de la reunión de confronta notificada mediante oficio AEF- 300/2020, realizada según consta en acta sin número suscrita con fecha del 14 de enero de 2021, misma que se realizó en las oficinas de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, así como documentación y argumentos vertidos por la Entidad fiscalizada mediante oficio S/N suscrito con fecha del 13 de enero de 2021 por la C. Yesenia Guadalupe Reyes Calzadias, Titular de la Presidencia Municipal de Casas Grandes, Chihuahua, en el cual manifestó que los apoyos otorgados a servicios funerarios no se encuentran clasificados como un programa de acción social, ya que no tienen el propósito de atender necesidades de desarrollo de las capacidades de las personas y grupos sociales en situación de pobreza, desigualdad, separación, vulnerabilidad, discriminación o exclusión presentes en la sociedad, más bien el gasto realizado es un propósito social, ya que tiene la finalidad de atender la necesidad inmediata de la persona que solicitó el beneficio y que debido a las circunstancias en las que se encontraba al momento de otorgarle el apoyo económico para pago de funeral, no era posible realizar el pago, por lo que el Departamento de Desarrollo Social realizo un estudio socioeconómico para otorgar el apoyo solicitando, sin que la Entidad Fiscalizada haya proporcionado documentación adicional que permita aclarar el objeto del presente hallazgo.

Al respecto, una vez analizados los argumentos por la falta de elaboración de Programas de Apoyo Social a personas y Reglas de Operación para los mismos, no se aclara, toda vez la Entidad Fiscalizada no anexó evidencia de la elaboración y publicación de estos en el Periódico Oficial del Estado.

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RECOMENDACIÓN

En el marco de las atribuciones establecidas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua y del Reglamento Interno de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, en cuanto a las recomendaciones se refiere, las cuales tienen por objeto mejorar o corregir procesos en el ejercicio de atribuciones derivadas de un hallazgo se recomienda que la Entidad Fiscalizada analice las áreas de oportunidad y se elaboren y publiquen en el Periódico Oficial, las reglas de operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes. Lo anterior con el propósito de fortalecer el control interno y evitar observaciones futuras que pudieran implicar mayor relevancia.

V.3.3 OTRAS AYUDAS SOCIALES

Subcuenta Nombre Concepto Importe

4414 Otras Ayudas Sociales

Pagos varios por concepto de apoyos a personas de escasos recursos, apoyo con medicamento y traslado a citas medicas, apoyo a maestros, entre otros

1,067,010.61 $

Total $ 1,067,010.61

4414 OTRAS AYUDAS SOCIALES

Erogaciones correspondientes a diversos apoyos por concepto de ayudas a personas de escasos recursos por concepto de compra de medicamentos, traslado de citas médicas, apoyo en gastos de sus viviendas, apoyo a viviendas de maestros que imparten clases en las pequeñas comunidades del municipio y apoyo con subsidio de maíz, apoyo a escuelas primarias, integrándose de la siguiente manera:

Concepto Importe

Apoyos varios $ 87,525.21 Eventos deportivos 76,538.00 Apoyo para gastos de vivienda 75,674.91 Apoyo a equipo de beisbol 73,241.00 Apoyo de vivienda para maestros 72,369.16 Comunidades del municipio 61,883.61 Subsidio de maíz 29 toneladas 60,900.00 Apoyo con medicamento 60,547.36 Traslados a citas médicas 59,875.00 Ejido Ignacio Zaragoza equipo de bombeo 56,626.00 Apoyos a personas de escasos recursos 47,450.00 Apoyo de material de construcción para el Club de Leones 45,220.00 Fiestas patrias 36,538.10 Escuelas primarias 31,524.83 Plantas de fresas 27,000.00 Actividades como cronista 24,000.00 Montos menores a $20,000.00 170,097.43 Total $ 1,067,010.61

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OBSERVACIÓN 3

DE LA SUBCUENTA DE OTRAS AYUDAS SOCIALES, SIN CONTAR CON PROGRAMA SOCIAL Y REGLAS DE OPERACIÓN.

La Entidad Fiscalizada, erogó del capítulo 4000 de Ayudas Sociales, el importe de $1,067,010.61 en gastos relacionados con apoyos a personas de escasos recursos por concepto de compra de medicamentos, traslado de citas médicas, apoyo en gastos de sus viviendas, apoyo a viviendas de maestros que imparten clases en las pequeñas comunidades del municipio y apoyo con subsidio de maíz, apoyo a escuelas primarias, por el período 2019; sin contar con programas sociales de apoyos y reglas de operación, donde se fomente la equidad, el acceso a las oportunidades, desarrollo de las capacidades de las personas y grupos sociales en situación de pobreza, la igualdad, así como garantizar que se combata la marginación, vulnerabilidad, discriminación y exclusión.

Fundamento Legal

Artículo 5, fracciones I y V y 31 de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado de Chihuahua, que dispone que en el diseño, instrumentación y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social y humano, en los ámbitos estatal y municipal, los ayuntamientos deberán elaborar y publicar en el Periódico Oficial, las reglas de operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes a las diversas regiones y municipios de la entidad, sin perjuicio de transparentar de oficio la información pública establecida en la correspondiente Ley.

En respuesta y como acción derivada de la reunión de confronta notificada mediante oficio AEF- 300/2020, realizada según consta en acta sin número suscrita con fecha del 14 de enero de 2021, misma que se realizó en las oficinas de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, así como documentación y argumentos vertidos por la Entidad fiscalizada mediante oficio S/N suscrito con fecha del 13 de enero de 2021 por la C. Yesenia Guadalupe Reyes Calzadias, Titular de la Presidencia Municipal de Casas Grandes, Chihuahua, en el cual manifestó que el importe de $569,903.44, considera que no se encuentra clasificado como un programa de acción social ya que no tienen el propósito de atender necesidades de desarrollo de las capacidades de las personas y grupos sociales en situación de pobreza, desigualdad, separación, vulnerabilidad,

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discriminación o exclusión presentes en la sociedad, más bien el gasto realizado es un propósito social, ya que tiene la finalidad de atender la necesidad inmediata de la persona que solicitó el beneficio y que debido a las circunstancias en las que se encontraba al momento de otorgarle el apoyo económico para pago de funeral, no era posible realizar el pago por lo que el departamento de desarrollo social realiza al solicitante un estudio socioeconómico para evaluar el otorgar el apoyo que está solicitando; así mismo señala que el importe de $149,779.00, son apoyos otorgados al fomento del deporte en la localidad a las diferentes disciplinas deportivas que se llevan a cabo en el Municipio; de igual manera menciona que por el importe $208,944.07, son gastos relacionados con el Convenio de Colaboración con Misión Cultural en la Secretaria de Educación del Estado de Chihuahua, misma que debería ir contabilizada en otros subsidios, y que reclasifica como corrección. En cuanta al importe de $101,846.00, son erogaciones realizadas por apoyo económico para la realización de obra pública para el equipo de bombeo en Ejido Ignacio Zaragoza y la construcción del Club de Leones, por lo que debería de estar contabilizada en obra con recursos propios en colaboración con beneficiarios, aunque el Municipio no es el ejecutor de las mismas, participó para que se llevaran a cabo con recursos de ingresos propios; mencionando que se corrigió mediante póliza de diario No 50. Así mismo manifestó que el importe de $36,538.10, gastos relacionados con fiestas regionales, y que debió contabilizarse en gastos de orden social y cultural, se corrigió mediante póliza de diario número 51 de fecha 31 de diciembre del 2020.

Adicionalmente proporcionó póliza de diario No 59 de fecha 31 de diciembre del 2020, póliza de diario No 50 de fecha 31 de diciembre de 2020 y póliza de diario No 51 de fecha 31 de diciembre de 2020, Manual de Procedimiento para Otorgamiento de Apoyos Deportivos, Convenio de Colaboración que se tiene con “Misión Cultural” en la Secretaria de Educación del Estado de Chihuahua y asimismo envía diversa evidencia documental de los apoyos sociales.

Al respecto, una vez analizados los argumentos y documentación proporcionados por la Entidad Fiscalizada, se determina que se aclara parcialmente el hallazgo toda vez que se anexa evidencia documental que acredita haber realizado la reclasificación correspondiente.

En cuanto al hallazgo por la falta de elaboración de Programas de Apoyo Social a personas y Reglas de Operación para los mismos, no se aclara, toda vez que el ente no anexó evidencia de la elaboración y publicación de estos en el Periódico Oficial del Estado.

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RECOMENDACIÓN

En el marco de las atribuciones establecidas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua y del Reglamento Interno de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, en cuanto a las recomendaciones se refiere, las cuales tienen por objeto mejorar o corregir procesos en el ejercicio de atribuciones derivadas de un hallazgo se recomienda que la Entidad Fiscalizada analice las áreas de oportunidad y se elaboren y publiquen en el Periódico Oficial, las Reglas de Operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes. Lo anterior con el propósito de fortalecer el control interno y evitar observaciones futuras que pudieran implicar mayor relevancia.

V.3.4 BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

Subcuenta Nombre Concepto Importe

4421 Becas y otras ayudas para programas de capacitación

Beca a nivel primaria

febrero-diciembre 2019 $ 83,500.00 Total $ 83,500.00

4421 BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN

El importe corresponde a apoyos de becas a nivel primaria entregadas en el período escolar febrero - diciembre del año 2019, por un importe de $400.00 cada una, como apoyo a los estudiantes de bajos recursos, entregadas en efectivo a los tutores de los beneficiarios a través de Tesorería del Municipio.

OBSERVACIÓN 4

DE LA SUBCUENTA DE BECAS Y OTRAS AYUDAS PARA PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN SE EROGÓ LA CANTIDAD DE $83,500.00, SIN CONTAR CON PROGRAMA SOCIAL Y REGLAS DE OPERACIÓN.

La Entidad Fiscalizada, erogó del capítulo 4000 de Ayudas Sociales, el importe de $83,500.00 en apoyos de becas a nivel primaria entregadas en el período escolar febrero- diciembre del año 2019, por un importe de $400.00 como apoyo a los estudiantes de bajos recursos, entregadas en efectivo a los tutores de los beneficiarios a través de Tesorería del Municipio, por el período 2019; sin contar con Programas Sociales de Apoyos y Reglas de Operación, donde se fomente la equidad, el acceso a las oportunidades, desarrollo de las capacidades de las personas y grupos

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sociales en situación de pobreza, la igualdad, así como garantizar que se combata la marginación, vulnerabilidad, discriminación y exclusión.

Fundamento Legal

Artículo 5, fracciones I y V y 31 de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado de Chihuahua, que dispone que en el diseño, instrumentación y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social y humano, en los ámbitos estatal y municipal, los ayuntamientos deberán elaborar y publicar en el Periódico Oficial, las reglas de operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes a las diversas regiones y municipios de la Entidad, sin perjuicio de transparentar de oficio la información pública establecida en la correspondiente Ley.

En respuesta y como acción derivada de la reunión de confronta notificada mediante oficio AEF- 300/2020, realizada según consta en acta sin número suscrita con fecha del 14 de enero de 2021, misma que se realizó en las oficinas de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, así como documentación y argumentos vertidos por la Entidad fiscalizada mediante oficio S/N suscrito con fecha del 13 de enero de 2021 por la C. Yesenia Guadalupe Reyes Calzadias, Titular de la Presidencia Municipal de Casas Grandes, Chihuahua, en el cual manifestó que se realizó convocatoria por escrito al total de escuelas del Municipio de Casas Grandes, misma que fue recibida por las escuelas, adicionalmente proporcionó oficio de convocatoria.

Al respecto, una vez analizados los argumentos y documentos en cuanto a la falta de elaboración de Programas de Apoyo Social a personas y Reglas de Operación para los mismos, no se aclara, toda vez que la Entidad Fiscalizada no anexó evidencia de la elaboración y publicación de estos en el Periódico Oficial del Estado.

RECOMENDACIÓN

En el marco de las atribuciones establecidas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua y del Reglamento Interno de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, en cuanto a las recomendaciones se refiere, las cuales tienen por objeto mejorar o corregir procesos en el ejercicio de atribuciones derivadas de un hallazgo se recomienda que la Entidad Fiscalizada analice las áreas de oportunidad y se elaboren y publiquen en el Periódico Oficial, las Reglas de

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Operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes. Lo anterior con el propósito de fortalecer el control interno y evitar observaciones futuras que pudieran implicar mayor relevancia.

V.3.5 AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO

Subcuenta Nombre Concepto Importe

4451 Escuela Deportiva Municipal de Futbol

Beca para entrenador de escuela

deportiva municipal $ 8,000.00 Total $ 8,000.00

4451 ESCUELA DEPORTIVA MUNICIPAL DE FÚTBOL

El Municipio otorgó beca económica al C. Bernardino Domínguez Ávila, entrenador de la escuela deportiva municipal de fútbol por la cantidad de $2,000.00 por los meses de marzo, mayo, junio y agosto de 2019.

OBSERVACIÓN 5

DE LA SUBCUENTA DE AYUDAS SOCIALES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO, SIN CONTAR CON PROGRAMA SOCIAL Y REGLAS DE OPERACIÓN.

La Entidad Fiscalizada, erogó del capítulo 4000 de ayudas sociales, el importe de $8,000.00 en apoyo a beca económica al C. Bernardino Domínguez Ávila, entrenador de la escuela deportiva municipal de fútbol por la cantidad de $2,000.00 por los meses de marzo, mayo, junio y agosto de 2019, por el período 2019; sin contar con programas sociales de apoyos y reglas de operación, donde se fomente la equidad, el acceso a las oportunidades, desarrollo de las capacidades de las personas y grupos sociales en situación de pobreza, la igualdad, así como garantizar que se combata la marginación, vulnerabilidad, discriminación y exclusión.

Fundamento Legal

Artículo 5, fracciones I y V y 31 de la Ley de Desarrollo Social y Humano para el Estado de Chihuahua, que dispone que en el diseño, instrumentación y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social y humano, en los ámbitos estatal y municipal, y los ayuntamientos deberán elaborar y publicar en el Periódico Oficial, las reglas de operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización

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y las asignaciones correspondientes a las diversas regiones y municipios de la entidad, sin perjuicio de transparentar de oficio la información pública establecida en la correspondiente Ley. En respuesta y como acción derivada de la reunión de confronta notificada mediante oficio AEF- 300/2020, realizada según consta en acta sin número suscrita con fecha del 14 de enero de 2021, misma que se realizó en las oficinas de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, así como documentación y argumentos vertidos por la Entidad fiscalizada mediante oficio S/N suscrito con fecha del 13 de enero de 2021 por la C. Yesenia Guadalupe Reyes Calzadias, Titular de la Presidencia Municipal de Casas Grandes, Chihuahua, en el cual manifestó que son apoyos otorgados al fomento del deporte en la localidad a las diferentes disciplinas deportivas que se llevan a cabo en el Municipio, con el objetivo de fomentar la práctica deportiva en niños y adolescentes; así mismo señaló que el apoyo fue otorgado bajo unos requisitos de selección aprobados por el Ayuntamiento, proporcionando el manual de procedimiento para otorgamiento de apoyos deportivos y evidencia documental de los apoyos.

Al respecto, una vez analizados los argumentos y documentos por la falta de elaboración de programas de apoyo social a personas y reglas de operación para los mismos, no se aclara, toda vez que la Entidad Fiscalizada no anexó evidencia de la elaboración y publicación de estos en el Periódico Oficial del Estado.

RECOMENDACIÓN

En el marco de las atribuciones establecidas en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua y del Reglamento Interno de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, en cuanto a las recomendaciones se refiere, las cuales tienen por objeto mejorar o corregir procesos en el ejercicio de atribuciones derivadas de un hallazgo se recomienda que la Entidad Fiscalizada analice las áreas de oportunidad y se elaboren y publiquen en el Periódico Oficial, las reglas de operación de los programas en la materia, incluidos en el presupuesto de egresos, así como la metodología, normatividad, calendarización y las asignaciones correspondientes. Lo anterior con el propósito de fortalecer el control interno y evitar observaciones futuras que pudieran implicar mayor relevancia.

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V.4 PENSIONES Y JUBILACIONES

Subcuenta Beneficiario Concepto Importe Pagado

4511 Pensionados y Jubilados del Municipio

Nómina quincenal para 14 jubilados y pensionados por el periodo comprendido de enero a diciembre de 2019

1,288,802.70 $

Total $ 1,288,802.70

Erogaciones realizadas correspondiente al pago de las pensiones y jubilaciones del Municipio, detectándose un aumento en la nómina quincenal relativo a la pensión otorgada a Brenda Trevizo Quintana, esposa de Gilberto Corona Ríos, Agente de Seguridad Pública fallecido en el desempeño de sus funciones el día 17 de diciembre de 2018, dicha pensión será otorgada al 100% a partir del 15 de enero del 2019.

V.5 RESUMEN DE ACCIONES Y RECOMENDACIONES EMITIDAS

A continuación, se enuncian las acciones y recomendaciones que se derivaron de las observaciones determinadas durante la práctica de la auditoría, de conformidad con los previsto en los artículos 15, 42 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua.

ACCIONES DETERMINADAS

Solicitud de Aclaración Pliego de Observación

Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa Promoción de Responsabilidad Administrativa Denuncia de Hechos

Denuncia de Juicio Político

RECOMENDACIONES 5

TOTAL 5

VI. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA APLICADOS

1. Comparar el presupuesto de egresos autorizado relativo al capítulo sujeto a revisión contra el total ejercido.

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2. Verificar y cruzar importes del capítulo 4000 entre el Estado de Actividades por Clasificador por Objeto del Gasto, Balanza de Comprobación y Auxiliares para determinar inconsistencias financieras que denoten riesgos.

3. Determinar nombre e importes de los Organismos Paramunicipales, Asociaciones Civiles, personas morales y físicas que recibieron recursos y evidencia de la entrega. 4. Integrar los elementos de las posibles irregularidades o ejercicio indebido de los

recursos.

5. Analizar el cumplimiento a los convenios de colaboración y contratos celebrados. 6. Analizar los procesos de adjudicación y su apego a la normatividad aplicable, así como

la entrega de los bienes o servicios.

7. Elaborar las Cédulas de Notificación de Hallazgo para revelar el resumen y descripción de las inconsistencias financieras e irregularidades.

8. Verificar que los subsidios que se otorgaron a organismos descentralizados, organismos para municipales, instituciones educativas, asociaciones civiles y otros, se hayan otorgado conforme a lo establecido en la Ley de Desarrollo Social y humano para el Estado de Chihuahua.

9. Analizar y determinar si se otorgaron ayudas sociales a miembros de la Administración Municipal y/o el Ayuntamiento.

10. Realizar líneas de Investigación de las Asociaciones Civiles o Instituciones diversas beneficiadas.

VII. OPINIÓN

El presente dictamen se emite el 05 de febrero de 2021, fecha de conclusión de los trabajos de auditoría, la cual se practicó sobre la información proporcionada por la Entidad Fiscalizada y de cuya veracidad es responsable. Con base en los resultados obtenidos en la auditoría cuyo objetivo fue revisar y verificar las evidencias en registro y aplicación de recursos del rubro denominado “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” durante el ejercicio fiscal 2019 del Municipio de Casas Grandes, se ejercieron y registraron conforme a los montos aprobados y a las disposiciones legales y normativas, y específicamente respecto de la muestra revisada que se determina en el apartado relativo al alcance, se concluye que, en términos generales, el Municipio de Casas Grandes cumplió con las disposiciones legales y normativas que son aplicables en la materia, excepto por algunos aspectos observados en el numeral V del presente documento.

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VIII. SERVIDORES PÚBLICOS QUE INTERVINIERON EN LA AUDITORÍA

Para la Auditoría Forense se comisionó y participó personal adscrito a la Auditoría Especial Forense de este órgano de fiscalización, como a continuación se señala:

Titular de la Auditoría Especial Forense:

Mtro. Gerardo Esparza Neumann

Director de Auditoría Comisionado:

Lic. Fernando Alonso López Castillo

Supervisora comisionada:

Lic. Ana Lilia Gallegos Rojas

Auditores Comisionados:

C.P. y Lic. Mara Susana Zamarrón Arvizu C.P. Miriana Villalobos Barrón

C.P. Yarid Alejandro Ibarvo Romo

“En apego a lo dispuesto por los artículos, 64 fracción VII, 83 bis, 83 ter, de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; 2, 3, 7, 8, 14, 15, 17, 19, 20, 21, 24, 36, 39 y 40 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Chihuahua; 11 fracción I, 13, 16, 17, 18, 19 y 20 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Chihuahua, las conclusiones que se emiten relativas al registro y aplicación de recursos del rubro denominado transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas del ejercicio 2019 del Municipio de Casas Grandes del Estado de Chihuahua, tienen efecto por cuanto a los alcances de auditoría, porcentajes de revisión, las pruebas y muestras determinadas del ejercicio 2019, sobre las que se practicó la Auditoría, por lo que las determinaciones no liberan a los servidores públicos, particulares y/o a quienes resulten responsables que se desempeñaron o se desempeñan en el Ente Fiscalizable, de cualquier otro tipo de responsabilidad, sea de carácter civil, administrativa o penal, ni de responsabilidades futuras que pudieran surgir con motivo de la atención de denuncias de terceros, así como por el ejercicio de las facultades que ejerzan otras áreas u órganos de Fiscalización competentes. Por lo anterior, bajo protesta de decir verdad se suscribe el presente Informe Individual de conformidad con los resultados y observaciones que en el presente se determinaron”.

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