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Código: PRO-092 PROCEDIMIENTO OPERATIVO Edición: 01 Fecha:17/06/2005. Título: OPERACIONES ADUANERAS REALIZADAS EN ADUANAS INTERNAS SAN BARTOLO Y

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OPERACIONES ADUANERAS REALIZADAS EN ADUANAS INTERNAS

SAN BARTOLO Y

Preparado por:

Nombre: Lic. Orlando Olimpo Orellana Cargo : Administrador de Aduanas

Nombre: Lic. José Edis Pérez López Cargo : Administrador de Aduanas

Revisado por:

Nombre: Lic. Hugo Ernesto Balcàceres

Cargo : Inspector de Aseguramiento de la Calidad

Nombre: Lic. Andrés Escobar Escobar Cargo : Coordinador de Zona

Nombre: Lic. Josè Walter Meléndez Cargo : Coordinador de Zona

Aprobado por:

Nombre: Lic. Héctor Gustavo Villatoro Sello: Cargo : Director General de la Renta de Aduana

Contenido: 1. Objetivo. 2. Ambito de aplicación. 3. Definiciones. 4. Responsabilidades. 5. Referencias. 6. Desarrollo. 7. Anexos Observaciones:

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Este Procedimiento tiene como objetivo establecer los pasos mínimos para el desarrollo de los regímenes aduaneros que se realizan en las aduanas internas, para controlar, facilitar, armonizar y simplificar las operaciones tanto de tránsito aduanero que se efectúan entre estas y las demás aduanas; el registro anticipado y la liquidación de Importaciones a través de las modalidades de Autoliquidación, Teledespacho y Registro Ordinario; como de las exportaciones y reexportaciones en la modalidad de Teledespacho; así mismo los pasos mínimos para el control y venta de marchamos oficiales de acero galvanizados y su custodia en las Aduanas Internas del país.

2. AMBITO DE APLICACIÓN:

Este Procedimiento será aplicado por las aduanas internas San Bartolo y Santa Ana, para las Declaraciones bajo el Régimen de Tránsito Aduanero Interno (DMTI) e Internacional (DTI), mediante el cual son transportadas las mercancías que entran y salen del país, desde las Aduanas internas hacia las diferentes aduanas de frontera y viceversa; a las importaciones, Reimportaciones, exportaciones y reexportaciones amparadas en Declaraciones de Mercancías, verificaciones previas y Formularios Aduaneros que son presentadas en las Aduanas Internas; además es aplicable al control ,custodia y venta de los marchamos oficiales, vendidos por la Dirección General de la Renta de Aduanas, a los usuarios que aplican al régimen de tránsito aduanero.

3. DEFINICIONES:

Aforo: Es el acto por el cual la autoridad aduanera verifica la clasificación arancelaria de mercancías, su valor, peso, origen, cantidad o medida, a efectos de determinar o confirmar el adeudo o garantía así como velar por el cumplimiento de las demás obligaciones inherentes al régimen solicitado

Aduana de Frontera: Aduana de entrada y salida al país, ubicada en zona limítrofe por la cual previo control las mercancías cruzan, con motivo de una operación de transito aduanero o de otra índole. Almacén General de Depósito (AGD): Es el depósito de aduanas que además de haber sido autorizados como tales por la autoridad aduanera, ha sido calificado como organización auxiliar de crédito por la autoridad competente, por lo que además de la custodia y conservación de mercancías pueden emitir certificados de depósitos y bonos de prenda sobre las mismas y gestionar la obtención de préstamos de sus clientes a través de la negociación de estos últimos, en razón de lo cual se encuentran además bajo el control de la superintendencia de valores.

Anexo de Información Complementaria (Anexo A): Información de tipo complementaria a la Declaración de Mercancías, que no está contenida en la misma

Autodeterminación: Es la determinación de las obligaciones aduaneras efectuada por el declarante por las que se fijan y pagan los tributos exigibles y se cumplen las demás obligaciones necesarias para la autorización de un régimen aduanero

Autoliquidación: Determinación de la obligación tributaria y el cumplimiento de las demás regulaciones de comercio exterior, por parte del consignatario y además el pago del adeudo, antes de la presentación de la misma en la Aduana.

ARIVU: Autorización para el Régimen de Importación de Vehículos Usados.

Documento utilizado para autorizar el permiso temporal de 60 ó 90 días, a los vehículos usados y para describir las características del vehículo que será sometido a un régimen temporal.

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por la persona o agente que se compromete por contrato a transportarlas.

Código de Registro del Tránsito: Código alfanumérico único correlativo que consta de once caracteres, que el Sistema asigna al tránsito capturado, teniendo la simbología siguiente:

Primeros dos caracteres: País de inicio del tránsito. Ejemplo: SV = El Salvador; GT = Guatemala Tercero y cuarto dígitos: Año de elaboración del tránsito. Ejemplo: 05 = año 2005

Del quinto al onceavo dígito: Número correlativo del tránsito Ejemplo: 0014555 Número completo según el ejemplo anterior: SV050014555

Consolidación de Exportación: Es el acto mediante el cual se agrupan mercancías declaradas por diferentes empresas exportadoras, para su posterior exportación o reexportación en un mismo medio de transporte.

Cotejo Aduanal: Confrontación física de los datos del documento de transporte

Declaración Anticipada (Previa/Pre-pago): Declaración de Mercancías presentada a la Aduana, previo al arribo de las mercancías al Territorio Aduanero Nacional .

Declaración de Mercancías: Documento elaborado en la forma prescrita por el Servicio Aduanero, mediante el cual los interesados expresan libre y voluntariamente el régimen al cual se someten las mercancías y se aceptan las obligaciones que éste impone.

Depósito Temporal: Es el almacenamiento de tipo temporal de mercancías bajo control del Servicio Aduanero, efectuado en locales o en lugares cercados o no, habilitados al efecto, en espera de que se presente la declaración de mercancías correspondiente, en un plazo máximo de 20 días hábiles.

Depositarios: El Concesionario del Depósito privado o público DGRA: Dirección General de la Renta de Aduanas.

DGT: Dirección General de Tesorería.

DTI: Declaración de Mercancías para el Transito Aduanero Internacional Terrestre. DMTI: Declaración de Mercancías para el Transito Aduanero Interno

Documento de Transporte: Término Genérico que comprende el conocimiento de embarque, guía aérea o la carta de porte, el cual constata el derecho de propiedad, la existencia del contrato de transporte y las condiciones en que será entregada la mercancía al consignatario

Documentos Adjuntos: Es toda la documentación agregada a la Declaración de Mercancías que se importan, del medio de transporte, de las condiciones de entrega, entre otras, según el régimen aduanero solicitado.

Exportación de Mercancías: Es el régimen mediante el cual las Mercancías son enviadas para su uso o consumo definitivo en el exterior previo el cumplimiento de todas las formalidades aduaneras y las de otro carácter que sean necesarias.

FAUCA: Formulario Aduanero Único Centroamericano, que ampara la internacion o exportación de mercancías originarias del área centroamericana.

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Firma Electrónica: Es la operación efectuada por el Declarante en el sistema informático que junto con el registro de la Declaración emitida por la vía de Teledespacho, lo responsabiliza electrónicamente por los datos transmitidos al sistema de aduanas.

Mandamiento de Pago Adicional: Documento emitido por el sistema de aduana para realizar los pagos de impuestos, gravámenes y tasas aplicables a las operaciones aduaneras.

Manifiesto de Carga: Documento en el cual se detalla la relación de las mercancías que constituyen la carga de un medio o unidad de transporte y expresa los datos comerciales de las mercancías. Módulo de Selectividad o Semáforo Fiscal: Es el sistema informático configurado dentro del proceso de autoliquidación, en virtud del cual las Declaraciones de Mercancías que se presenten quedan sujetas a ser seleccionadas por las alternativas verde (levante automático), amarillo (aforo documental), azul (inspección a posteriori) y rojo (verificación inmediata)

Pago Electrónico: Es la transmisión electrónica del pago de los impuestos, efectuado por el usuario en los bancos del Sistema Financiero del país, debidamente acreditados por la DGT.

Precinto Aduanero o Marchamo: Dispositivo que permite a la aduana controlar efectivamente la no manipulación de las mercancías en tránsito.

Redirigir: Acción de cambio en el módulo de selectividad

Reexportación de Mercancías: Régimen que permite la salida del territorio aduanero, de mercancías extranjeras llegadas al país y no importadas definitivamente

SATS (Sección de Asistencia Técnica de Sistemas): Unidad conformada por personal especializado para evacuar consultas y resolver problemas de pago electrónico, relacionado con los sistemas informáticos.

SIDUNEA: Sistema Aduanero automatizado, en el cual se procesa y almacena información de los servicios prestados en las aduanas.

SISTRANS: Sistema Informatico de Control de Tránsitos.

Teledespacho: Es el trámite de la Declaración de Mercancías ante la autoridad aduanera, de la información contenida en la misma, utilizando la vía electrónica y la tecnología de comunicación, a efecto de obtener la aplicación del régimen solicitado.

Tránsito Aduanero Internacional: Régimen aduanero con arreglo, en el cual, las mercancías son transportadas bajo control aduanero desde una aduana de partida hasta una aduana de destino en una misma operación, en el curso de la cual se cruzan una o mas fronteras.

Tránsito Aduanero Interno: Régimen aduanero de las mercancías, bajo control aduanero desde una aduana interna de inicio hasta otra aduana interna de destino (dentro del territorio salvadoreño). Zona Franca: Territorio delimitado de un estado signatario, se considera generalmente como si no estuviese en el territorio aduanero, con respecto a los derechos de impuestos de importación y son destinados según su naturaleza, a las operaciones o procesos que establece la legislación nacional. 4. RESPONSABILIDADES:

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sus posteriores modificaciones.

• Es responsabilidad de los Coordinadores de Zona la revisión, la distribución y cumplimiento de los Procedimientos y la Normativa Legal relacionada con las operaciones aduaneras.

• Es responsabilidad de los Administradores de Aduana y/o Encargados de Delegación, la verificación de la aplicación y cumplimiento de este procedimiento; así como de proponer modificaciones o cambios específicos que ayuden a mejorar lo establecido en este documento. • Es responsabilidad de los Contadores Vista y Oficiales Aduaneros y demás personal involucrado,

la aplicación y cumplimiento de este procedimiento; así como el de proponer mejoras al mismo. 5. REFERENCIAS.

Reglamento Orgánico Funcional de la Dirección General de la Renta de Aduanas. Decreto 114. D.O. 204, Tomo 341 del 3 de noviembre de 1998.

Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), según Acuerdo Ejecutivo No. 606, de fecha 8 de julio de 2002, publicado en el Diario Oficial No. 128, Tomo No. 356 de fecha 11 de julio del mismo año.

Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), aprobado por Acuerdo Ejecutivo No. 21, Diario Oficial No. 5, Tomo 358 de fecha 10 de enero de 2003.

Ley Especial para Sancionar Infracciones Aduaneras Decreto 551 Diario Oficial No. 204, Tomo 353 de fecha 29 de octubre de 2001, y sus Reformas.

Reglamento sobre el Régimen de Tránsito Aduanero Internacional Terrestre, Formulario de Declaración e Instructivo, según Acuerdo Ejecutivo 157 de fecha 23 de marzo de 2001.

Ley de Simplificación Aduanera, Decreto No. 529, D. O. No. 23, Tomo 342, del 3 de febrero de 1999.

Circular No. DPR-0224-2003; Circular No. DPR-0129-2003; Circular No. DEL-0193-2003; Circular No. DEL-0206-2003; Circular No. DPR-0025-2004, Circulares: DOP-0117-2003 del 29/05/03, DPR-0137-2003 del 26/06/03, DOP-0183-2003 del 19/08/03; Circular UECE-89-2004; Circular DPR-98-2004 e Instructivos No 01 y 02 del 2005 y Directrices que deroguen o modifiquen las mencionadas anteriormente, así como, otras leyes, decretos, instructivos y circulares relacionados con las operaciones aduaneras vigentes a la fecha de autorizado el presente procedimiento.

Norma Española UNE-EN-ISO 9001:2000, Cláusula 7.5.1: “Control de la Producción y de la Prestación del Servicio”.

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6.1 CONTROL DE TRANSITOS ADUANEROS PASO

No. RESPONSABLE ACCION

A) INICIO DE TRANSITO 1 Oficial Aduanero /

Funcionario Autorizado

Recibe del Usuario los documentos respectivo tales como: • Manifiesto de Carga

• Documento de Transporte Tales como: conocimiento de embarque, Carta de Porte, Guía Aérea u Otro documento equivalente

• Declaración de Tránsito Internacional (DTI)

Para el caso de la Aduana de Santa Ana, es el encargado de la Seguridad Privada de la Aduana, quien recibe los documentos de los transportistas o Usuarios.

Nota: Si el medio de transporte contiene mercancía consolidada, se exigirá el Manifiesto General de Carga.

En el caso de FAUCA, no será necesario el Manifiesto de Carga, ni el formato DOP-GO-111 (Anexo 2)

2 Oficial Aduanero / Funcionario Autorizado

Inspecciona el medio de transporte, verifica y/o anota en una copia (fotocopia) del manifiesto de carga o Manifiesto General de Carga, la siguiente información:

• Datos del medio de transporte (Placa del Cabezal o Camión, No. de Contenedor, Furgón, Rastra o Vehículo), • Identificación del motorista,

• Fecha y hora de ingreso del medio de transporte a los recintos de la aduana,

• Firma y sella

Devuelve documentos al Usuario.

Para el caso de la Aduana de Santa Ana, son los Encargados de la Seguridad Privada de la Aduana, quienes realizan este paso.

B) VERIFICACION DE LA TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA DE LA DTI O DMTI (POR EL USUARIO)

1 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Recibe dos ejemplares de la Declaración de Mercancías para el Tránsito, impresas en papel bond blanco tamaño carta adjuntando las Declaraciones de Mercancía o Faucas, cuando corresponda y otra documentación requerida legalmente, confronta documentalmente, que todos los datos estén completos y en debida forma, tales como:

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No.

• Placa del medio de transporte

• Código de registro del medio de transporte cuando corresponda

• N° de contenedor, cuando corresponda

• N° de Declaración de Mercancías o Fauca, cuando corresponda

Nota: En caso que el número de la declaración o Fauca, no este ingresada en el sistema, el oficial aduanero o funcionario autorizado ingresará dicho dato en la casilla correspondiente. Si el medio de transporte no está registrado, no se autorizará el Tránsito Internacional.

2 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Ingresa al Sistema de Tránsitos, (SISTRANS) y procede a complementar la información siguiente:

• Aduana de Destino,

• Número de Precinto: el marchamo asignado por la aduana(cuando proceda).

• Observaciones, si las hubiera. • Plazo de tránsito:

- Entre Aduanas Internas y/o Delegaciones de Aduanas 12 horas.

- Desde las Aduanas Internas hacia las Aduanas de frontera y viceversa 18 horas.

• Procede a INICIAR TRANSITO

• Imprime dos viñetas con código de barras, las cuales se pegan al reverso de las DTI o DMTI original y copia, en el campo correspondiente, colocando nombre, firma y sello del oficial aduanero o funcionario autorizado, sobre la viñeta del código de barras.

Nota: En caso de no poder imprimir las viñetas, se complementará manualmente la información de la aduana de partida, al reverso de la DTI ó DMTI, en el campo correspondiente, agregando además, en la casilla de observaciones de la aduana de partida, el código del tránsito. Si se detectan errores en los datos transmitidos por el usuario, tiene la facultad de modificarlos en el sistema previa presentación de nota de corrección, a excepción de los datos de peso, clasificación arancelaria, cantidad de bultos, valor de las mercancías y código de transportista, para lo cual deberá presentar una nueva DMTI ó DTI.

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No.

presentar manifiesto del consolidador o transportista y una DTI por cada país de destino, y deberá numerar en la esquina superior derecha todas las DTI’s del medio de transporte, utilizando la nomenclatura: 1/3 , 2/3 y 3/3 que indicará en este ejemplo que existen tres DTI y si son de aduanas diferentes se deberán enviar cada transito a la Aduana que corresponde Si no se presenta el manifiesto del consolidador o transportista, podrá llenar el Formato DOP-GO-111 “Manifiesto General de Carga” (Anexo 2), para cumplir con dicho requisito.

En el caso de aduana de partida deberá dársele cumplimiento al articulo 8 del Reglamento sobre el Régimen Aduanero de Transito Internacional Terrestre; es decir copia de las DM de exportación o reexportación según el caso, con sus documentos anexos por consignatario detallados en el manifiesto de carga.

3 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Entrega documentos originales al usuario y retiene copias de Declaración de Mercancías o FAUCA (cuando corresponda) y DTI o DMTI. Luego procede según lo establecido en el PRO-20.

4 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Para el caso de las DMTI, recibe de parte del usuario los datos para elaboración de DMTI en formato DOP-GO-080 (Anexo 1) debidamente completado, captura los datos en el sistema, procede con los pasos del 2 al 3 de este apartado y obtiene dos copias impresas de la DMTI.

Nota: Cuando sea necesaria el registro de los datos de la DTI o DMTI y éstas contengan más de cinco ítem, el Oficial Aduanero deberá ajustar el quinto ítem como si fuera el último y sumará en dicho ítem los pesos y valores de los restantes. 5 Oficial Aduanero /

Funcionario Autorizado

Recibe del usuario el marchamo, verifica número según viñeta de inicio de tránsito y si está conforme, procede a la colocación del o los marchamos y devuelve documentos al usuario.

Para el caso de la Aduana de Santa Ana, el Oficial Aduanero extrae de las Existencias, el respectivo marchamo, continuando con la verificación del número según viñeta y demás.

6 Controlador de Medios de Transporte/ Funcionario Autorizado

A la salida del medio de transporte del recinto de aduanas: Solicita al usuario fotocopia de la DTI o DMTI, la cual confronta contra los datos del medio de transporte como: placas, número de contenedor, número de marchamo y código del transportista, si corresponden dichos datos permite la salida del medio de transporte, de lo contrario retiene documentos y remite al Administrador de Aduanas para su respectiva corrección.

(9)

No.

de Transporte/ Funcionario Autorizado

transporte, el plazo del tránsito está vencido, retiene documentos del transportista y remite al Administrador quien procederá a evaluar y si no existiere justificación válida, asignara un contador vista para que elabore la discrepancia y proceda según PRO-56.

8 Controlador de Medios de Transporte/ Funcionario Autorizado

Completa el formato de salida DOP-GO-124 de medios de transporte (Anexo 5), el cual será remitido en su oportunidad al archivo según PRO-20

C) TRANSITOS CHEQUEO CONTROL ADUANERO 1 Controlador de Medios

de Transporte/ Funcionario Autorizado

Si llegasen tránsitos a una Aduana distinta a la de destino (casos de consolidados) o el plazo del tránsito se encuentre vencido, se realizará lo siguiente:

Al ingreso del recinto aduanero se procesará en el Sistema en la opción CHEQUEOCONTROL ADUANERO una verificación para certificar la llegada del medio de transporte, retiene documentación y envía al Administrador de Aduana.

2 Administrador de Aduana o Funcionario Autorizado

Revisa y analiza y si no hubieren causas justificadas por arribo de Aduana de destino diferente o plazo vencido, asigna a contador vista, con el objeto de elaborar la discrepancia respectiva y procede según PRO-56, de lo contrario prosigue con el paso siguiente

3 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Una vez cancelada la multa respectiva, se autoriza la finalización o el reinicio del tránsito, luego imprime la viñeta al reverso de la DMTI o DTI de finalización y si es reinicio de DTI la estampa al frente en la parte inferior izquierda

D) FINALIZACION DE TRANSITOS

1 Controlador de Medios de transporte/ Funcionario Autorizado

Recibe del transportista :

• El original y una copia de la DTI o DMTI

• Otros documentos legalmente exigibles que amparan el tránsito tales como: Manifiesto de Carga, Guía Aérea, Carta de Porte

• El original de la DTI, quedará en poder de la Aduana. 2 Controlador de Medios

de Transporte/ Funcionario Autorizado

Inspecciona el medio de transporte y verifica los siguientes datos del documento presentado:

• Aduana de Origen

• Aduana de Destino (verificar que el destino corresponda a la Aduana donde se está finalizando)

• Consignatario / Consolidador

• Que el(o los) marchamo(s), número de contenedor (cuando proceda) y placa del medio de transporte,

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No.

correspondan a lo establecido en la DTI o DMTI.

• Verifica que el plazo del tránsito no esté vencido, de lo contrario efectúa lo establecido con los pasos número 1 y 2 del literal C.

3 Controlador de medios de transporte/ Funcionario Autorizado

Ingresa al Sistema de Tránsitos (SISTRANS) a efecto de finalizar el tránsito por medio de las siguientes acciones:

• Selecciona la opción “FINALIZAR TRÁNSITO”, • Procede a finalizar tránsito.

• Una vez finalizado el tránsito en el sistema, se imprime y se coloca la viñeta de finalización en la casilla correspondiente en la DTI o DMTI colocando el nombre, firma y sello en la viñeta respectiva.

• Completa el Formulario DOP-GO-136 (Anexo 4). 4 Controlador de medios

de transporte/ Funcionario Autorizado

Retiene documentos originales hasta ser retirados por el propietario de la mercancía o por el tramitador autorizado. Archiva documentos temporalmente, mientras se cumple lo establecido en el PRO-020.

NOTA:

En el caso de DTI con mercancía procedente de Panamá, el Controlador de Medios de Transporte la remitirá mediante libro a la Administración de la Aduana, en donde será retirada por el interesado. En horas no hábiles, en la Aduana de Santa Ana, la cual no cuenta con controlador de medios de transporte o funcionario autorizado, el transportista será responsable de entregar la DTI o DMTI con sus documentos de transporte, a la seguridad privada de la Administración, quien deberá estampar en la DTI / DMTI fecha y hora de ingreso, agregando sello de la empresa de seguridad; además esta será responsable de remitir a la Administración de la Aduana, el Reporte de Entrada de Medios de Transporte ( DOP-GO-136, Anexo 4 ) a primera hora y día hábil siguiente al arribo de los medios de transporte.

E ) CONTROL Y SEGUIMIENTO DE TRANSITO

1 Administrador Consulta el SISTRANS antes de las diez de la mañana, con el objeto de verificar la existencia de tránsitos vencidos no finalizados.

2 Administrador Determina la existencia de tránsitos vencidos no finalizados, procede a obtener las justificaciones legales del caso. Si existen negligencias por parte del responsable o empleado de aduana, informa por medio de memorando a la Unidad de Control de Tránsitos, quedando a la espera de autorización para finalizar el transito mediante auto administrativo; caso contrario, lo reporta a la Unidad de Control de Tránsitos, mediante el formato DOP-GO-153 (Anexo 3) por correo electrónico o vía fax.

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No.

3 Administrador Informa en horas de la mañana, sobre los tránsitos, importaciones o reexportaciones de hidrocarburos (Combustible) procesados en la Aduana el día anterior, a la Unidad de Control de Tránsitos, en formato DOP-GO-170 , vía correo electrónico o por fax.

NOTA.- Esto es aplicable únicamente en Aduanas de Frontera y Aduanas Marítimas.

4 Administrador Remite las Infracciones del día anterior aplicadas según el Articulo 5 literal a) de la LESIA, así como los hechos de arribo forzosos por casos fortuitos o de fuerza mayor establecidos en el Instructivo 1-2005 en su literal 4.2 inciso segundo del día anterior, a la Unidad de Control de Tránsitos según DOP-GO-153 (Anexo 3), vía correo electrónico o por fax, durante la mañana.

5 Administrador Responde a requerimientos de la Unidad de Control de Tránsitos, en atención a lo dispuesto en la Normativa Aduanera, que exige las justificaciones en todo lo relativo a tránsitos.

6.2 IMPORTACION DE MERCANCÍAS

A) CORRECCION DE UNA D M O FAUCA

1 Oficial Aduanero Cuando el usuario solicite corrección y la declaración de mercancías o FAUCA aun no se encuentre recibida por la aduana (con doble registro), se procede con la modificación, previa autorización del Administrador de Aduana, la corrige en el sistema informático y anota en la casilla 31 la leyenda DM CORREGIDA, y se adjunta solicitud al FAUCA o DM según corresponda.

La CORRECCION, procederá siempre y cuando no haya iniciado el proceso de selectividad.

2 Oficial Aduanero Recibe nuevo ejemplar de declaración ya corregida cumpliendo con todas los requisitos legales y formales que la ley exige y procede con lo establecido en el literal B) de este procedimiento, si todo esta correcto, elimina la leyenda DM CORREGIDA de la casilla 31, para que pueda generarse la selectividad en periférica o al arribo de las mercancías en la aduana de frontera y procede según el tramite solicitado.

(12)

No.

B) RECEPCIÓN Y REGISTRO DE LA DM Y FAUCA 1 Oficial Aduanero Recibe del usuario:

Si es Teledespacho, dos ejemplares originales de la declaración de mercancías

Si es Autoliquidación, Formulario Aduanero y hojas adicionales si hubieran, debidamente pagada en cualesquiera de las Instituciones Financieras Autorizadas por la DGT.

Si es Liquidación Ordinaria, documentos correspondientes de acuerdo al Art. 84 del RECAUCA.

En todos los casos recibe los documentos adjuntos correspondientes y otros (Anexo A, Solicitud de corrección, si hubiesen), según normativa aduanera vigente.

2 Oficial Aduanero En caso que sea Declaración de Mercancías o FAUCA, firmado por un Agente de Aduana, Despachante o Apoderado Especial Aduanero, solicita carné vigente otorgado por la DGRA para realizar trámites. Si el FAUCA no esta firmado por un agente de aduana, podrá ser presentada, por el Transportista, Importador o su representante debidamente acreditado, quienes podrán realizar el trámite correspondiente 3 Oficial Aduanero Revisa que la Declaración de Mercancías o FAUCA y

documentos adjuntos se presenten completos y en debida forma, conforme a la normativa vigente; tales como:

a) Que el declarante legitime su carácter de consignatario o propietario de la mercancía (verificando su nombre en el Documento de Transporte, o el endoso del mismo, o escritura de compra venta si fuera necesario)

b) En el caso que los documentos presentados no sean originales (facturas, Fauca, carta de porte certificado de Origen) deberá cumplirse lo establecido en el Art. 84 del RECAUCA y disposiciones administrativas vigentes (memorando 1/2003), excepto los permisos especiales de las entidades correspondientes: Cuarentena Agropecuaria, Ministerio de Defensa, Ministerio de Salud, Consejo Superior de Salud Publica, Junta de Química y Farmacia, etc. En caso de Teledespacho, cuando esto proceda, deberá estar anotada en la casilla 50 la leyenda según documento NO ORIGINALES, Ejemplo: FACTURA NO ORIGINALES.

(13)

No.

c) Que presente el Sello, P.O.S. o Franqueo de las Instituciones Financieras, como comprobante de haberse pagado los derechos e impuestos correspondientes, si es pago electrónico, verifica en casilla No. 20 de la declaración de mercancías los códigos que correspondan d) Se amparen mercancías de un solo Manifiesto de Carga y

se refieran a un solo régimen autorizado.

e) Que la D.M o FAUCA, esté libre de manchas, borrones, tachaduras, malas impresiones, copias ilegibles, enmendaduras o con daños a información o datos que afecten el adeudo, (cantidad de bultos, peso, valor y clasificación arancelaria).

f) En caso de presentarse Declaraciones de Desprendimiento, deberá venir adjunto el anexo con el detalle de los desprendimientos que existan a la fecha así como también de la(s) Declaración(es) de Depósito de donde se desprende(n).

g) Cuando se esté presentando el último de los desprendimientos de la de Depósito, deberá(n) adjunta(s) fotocopia(s) de la(s) Declaración(es) de Desprendimiento(s) anterior(es).

h) En el caso de no admitir la Declaración o FAUCA, se elabora Hoja de Devolución de Documentos en original (formato DOP-GO-002, Anexo 6). En estos casos, colocará las siglas H. D. (Hoja de Devolución) en la casilla D. CONTROL DE LA ADUANA DE DESTINO de la Declaración de Mercancías o en la casilla 31 del FAUCA, siendo esta hoja parte de los documentos de soporte de la operación.

4 Oficial Aduanero Accesa al sistema informático en la Aduana que le corresponde y realiza lo siguiente:

Si es Autoliquidación, digita en el sistema los datos contenidos en el FAUCA y continúa con literal D, Paso 1.

Si es Ordinaria, digita los datos según los documentos anexos en el sistema, registra y continua con literal E, Paso 1.

Para Teledespacho, accesa a la declaración registrada en el sistema, mediante la opción de Modificación de una Declaración Registrada y realiza lo siguiente:

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No.

- Identifica la Declaración de Mercancías registrada y coteja la concordancia entre la información en el Sistema y Documentos Adjuntos o en el FAUCA, especialmente los datos siguientes:

a) Número de Referencia b) Régimen c) Cantidad de bultos d) Consignatario e) Divisa f) Total Factura

g) Liquidación de los Impuestos Nota:

- Si es transmisión electrónica del FAUCA realizada por la SAT, se agregarán los datos que sean necesarios para completar la información.

5 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Si es Declaración Anticipada; verifica los datos en el sistema, firma, sella y coloca fecha de aceptación en la Declaración de mercancías, en la casilla correspondiente, luego estampa sello personal en los documentos adjuntos y devuelve al usuario solamente un ejemplar de la DM, solicitando nombre y firma al reverso de la DM que queda en poder de la Aduana, quedando en espera del arribo del medio de transporte de las mercancías, para generar la selectividad si no se le generó en periférica o en frontera.

Nota: En el caso de Delegación de Aduana Tres Torres, solo se aceptaran Declaración de Mercancías y FAUCAS Anticipadas, traslados y desprendimientos de deposito de Aduana Terrestre San Bartolo y FAUCAS que no requieren permiso o corrección de Aduana Terrestre de Santa Ana. C) SELECTIVIDAD DE LA DM Y FAUCA

1 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

En caso de ser declaración Anticipada, Solicita al usuario la DTI y el ejemplar de la DM firmada y sellada por el Oficial Aduanero, anexándolos a los documentos que fueron presentados previamente a la Aduana. Coteja en el sistema la concordancia de la información con los documentos, verifica: el segundo registro en el sistema, el número de la Declaración, aduana de registro, el consignatario, cantidad de bultos y la casilla 31.

(15)

No.

que no requieran corrección, permiso o visado, no será necesario el segundo registro.

Para el caso de la Aduana de Santa Ana, el tramitador solo debe presentar el ejemplar de la DM firmada y sellada por el Oficial Aduanero, ya que la DTI, ha sido entregada por la seguridad privada de la Administración

2 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Para cualquier tipo de Declaración de Mercancías, incluyendo las formalizaciones de traslado:

a. Genera la selectividad, la cual puede dar como resultado los códigos:

• 01 Levante Automático (verde), • 02 Verificación Documental (amarillo),

• 03 Revisión Física o Verificación Inmediata (rojo) • 04 Revisión a Posteriori (azul);

b. Imprime viñeta(s), según selectividad.

c. En caso de verificación inmediata y aforo documental la viñeta se pegará en la casilla C de aduana de salida, de la DM y para FAUCAS se estampará al reverso del mismo, colocando nombre, firma y sello personal sobre la viñeta. Si es levante automático o revisión a posteriori, solo se imprimirá una viñeta.

NOTAS:

Las mercancías que hayan sido revisadas por medio de una VERIFICACIÓN PREVIA, deberán ser inspeccionadas obligatoriamente por la aduana, para lo cual se le dará selectividad como liquidación ordinaria.

En el caso de fallas en el sistema de impresión de viñetas se anotara manualmente la selectividad según el detalle siguiente: 01LEVANTE AUTOMATICO (en caso de verificación a

posteriori aplica como 01) 02 AFORO DOCUMENTAL 03 VERIFICACION INMEDIATA

Anota fecha, hora, firma y sello personal en la casilla respectiva.

(16)

No.

1 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

a) Levante Automático (verde)

Solicita al usuario que anote nombre, firma y código en el reverso de la DM o FAUCA que queda en poder de la Aduana y le entrega un original de la misma, luego envía toda la documentación al encargado del Archivo. Si el que solicitó la selectividad es el motorista en caso de ser un FAUCA previo, solicita firma del motorista y código del transportista al cual pertenece, si lo hubiera.

NOTA:

Cuando la Declaración de Mercancías o FAUCA presente estampado el sello de INSPECCION FISICA o INSPECCION colocado por Cuarentena Agropecuaria y el resultado de selectividad sea levante automático, estampará sello de INSPECCION FÍSICA POR CONTINGENCIA y remitirá al administrador de aduanas la declaración de mercancías o FAUCA y continúa con literal F, Paso1

b) Aforo Documental (amarillo)

Efectúa la operación de redirigir la selectividad de amarillo a verde, completa formato DOP-GO-141, (Anexo 7) “Bitácora del proceso de verificación inmediata” anotando en la casilla de observaciones del formato la leyenda INSPECCION DOCUMENTAL y entrega al usuario un ejemplar de la declaración de mercancías o del FAUCA, solicitándole anote su nombre, firma y código al reverso del ejemplar que queda en poder de la Aduana.

El original de estos documentos con sus anexos se remiten al Encargado de Archivo, mediante el formato DOP-GO-083. (Anexo 8), quien firma de recibido.

Cuando la Verificación inmediata sea para vehículo usado (caso Aduana San Bartolo), se continuará con el paso 1 del literal G).

c) Verificación Inmediata (rojo)

Verifica el Contador Vista Asignado por el sistema y anota código en la casilla D (Control de la Aduana de Destino), de la declaración; si es FAUCA en la parte donde firma y sella dicho Funcionario.

Completa la parte A del formato DOP-GO-141 (Anexo 7) y entrega documentos a Contador Vista quien firma de recibido en formato DOP-GO-083 (Anexo 8), luego los documentos

(17)

No.

originales son remitidos al archivo en el formato respectivo. NOTA: En caso que sea necesario reasignar la Declaración de Mercancías a otro Contador Vista; traslada al Administrador para que revise si procede a realizar la Reasignación (Ref. Circular No. DEL-0206-2003), documentando esta actividad en el Formato DOP-GO-154

“Auto para Reasignación de Declaraciones de Mercancías a Contadores Vista”. (Anexo 11).

Además registra la Reasignación en el Sistema Informático d) Revisión a posteriori (azul)

Procede de acuerdo al literal a) Levante Automático. E) VERIFICACIÓN INMEDIATA

1 Contador Vista Recibe declaración de mercancías y documentos adjuntos y verifica en el sistema de discrepancias a través de número de NIT del importador, las infracciones de dicho consignatario con el objeto de establecer la conducta del mismo, luego realiza la inspección documental y física de acuerdo a los Artículos 92, 97, 99 y 101 del RECAUCA

Nota: Si la declaración de mercancías se realizó bajo el sistema de declaración anticipada, deberá esperar a que el tramitador le presente el ejemplar de la declaración de mercancías y la DTI respectiva, donde conste que la mercancía ha ingresado a la Aduana para su revisión física. Para las demás mercancías, realiza la verificación inmediata completando la información requerida en la “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” (DOP-GO-141, Anexo 7). Si existe conformidad entre lo declarado y lo verificado, ingresa al sistema, redirige, realiza la liquidación, firma y estampa sello personal en la Declaración de Mercancías o FAUCA.

Remite todos lo documentos al Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado, utilizando el formato DOP-GO-095 (anexo 9), obteniendo firma de recibido en dicho formato.

Nota:

De existir discrepancias, aplica lo establecido en PRO-056. En el caso de existir dudas respecto a la materia constitutiva de la mercancía, procede conforme a lo establecido en el PRO-008.

(18)

No.

1 Administrador Recibe documentos, asigna el Contador Vista y le remite la documentación.

2 Contador Vista Coordina la inspección física. Sin embargo, dicha inspección sólo será ejecutada por Cuarentena Agropecuaria.

3 Contador vista Entrega documentos al Inspector de Cuarentena, para que efectúe la revisión de la mercancía y autorice los documentos, los cuales, después de la revisión le serán devueltos.

4 Contador Vista Recibe documentos y traslada al Oficial Aduanero por medio del formato DOP-GO-095, (Anexo 9). Continúa con, literal D, paso 1 a).

NOTA:

Para los casos en que la selectividad sea “VERIFICACIÓN INMEDIATA” (Rojo), dicha inspección será coordinada entre el Contador Vista y el Inspector de Cuarentena.

G) INSPECCION FÍSICA DE VEHÍCULOS USADOS (SAN BARTOLO)

1 Oficial Aduanero Recibe del tramitador autorizado la solicitud de finalización de ARIVU en el formato DOP-GO-171 (ANEXO 10) debidamente completado, con los siguientes documentos adjuntos:

• ARIVU original • Copia de DTI

• Boleta de Recepción del Predio de Vehículos • Hoja de Corrección (si procede)

Revisa documentos, procede con la finalización del ARIVU y las correcciones si las hubiere, y sella todos los documentos los cuales devuelve al tramitador mediante el formato DOP-GO-083 (Anexo 8).

2 Oficial Aduanero Recibe del tramitador autorizado la declaración de mercancías y documentos adjuntos, los revisa que estén completos, correctos y elabora Bitácora de Verificación Inmediata, formato DOP-GO-141 (Anexo 7). La somete a selectividad de conformidad al literal D). En caso de ser Verificación Inmediata entrega una fotocopia de la D. M. al interesado, estampando en ella el sello y la fecha (dicha fotocopia servirá para que se realice la inspección física al vehículo). Entrega los documentos al Contador Vista asignado por el sistema por medio del formato DOP-GO-083 (Anexo 8).

3 Contador Vista de Predio de vehículos

Recibe del tramitador autorizado la copia de DM sellada por el oficial aduanero procede a realizar la inspección física, de

(19)

No.

existir errores, anota los datos correctos en la casilla correspondiente, coloca firma, fecha y hora de inspección física, luego entrega la fotocopia de la D. M. al Contador Vista que fue asignado por el Sistema (SIDUNEA++).

4 Contador Vista Recibe la fotocopia de la D. M. y efectúa inspección documental de la declaración si todo esta conforme, redirige y liquida en el Sistema Informático; de existir disconformidad procede de acuerdo a la legislación vigente.

5 Contador Vista Coloca Sello de Seguridad en el Original del ejemplar de la Declaración de Mercancía del Usuario, así también al Anexo A, Hoja de corrección y Declaración de Mercancías complementarías cuando las hubieren; anota el numero del sello en el ejemplar de la Aduana y traslada los documentos al Oficial Aduanero por medio del formato DOP-GO-095, (Anexo 9), quien firma de recibido.

6.3 EXPORTACION DE MERCANCÍAS 1 Oficial Aduanero/

Funcionario Autorizado

Recibe dos ejemplares de la Declaración de Mercancías u original y copias del FAUCA, los cuales en ambos casos tendrían que haberse transmitido previamente por la vía electrónica.

Incluye los documentos adjuntos correspondientes y otros (Por ejemplo: Anexo de Información Complementaria, Solicitud de Corrección, si hubiesen, etc.), según normativa aduanera vigente al momento de su presentación.

2 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Revisa la Declaración de Mercancías o FAUCA y coteja con los documentos adjuntos.

• En caso de encontrar inconsistencias se elabora Hoja de Devolución de Documentos formato DOP-GO-002 (Anexo 6) en original, colocando en la casilla de observación de la Declaración las siglas “H.D.” (Hoja de Devolución) si es FAUCA anota las siglas en la parte superior derecha, la cual pasa a formar parte de los documentos anexos de la declaración o FAUCA. En caso de Teledespacho las siglas “H.D” se colocarán en la casilla C. ADUANA DE SALIDA del ejemplar de la Declaración de Mercancías impresa del sistema. Devuelve los documentos al usuario.

• En caso de estar conforme continua con el siguiente paso.

3 Oficial Aduanero/ Funcionario Autorizado

Ingresa al sistema informático mediante la opción de modificación de una Declaración Registrada, verifica la información del sistema con los documentos adjuntos y para

(20)

No.

el caso de declaraciones del CENTREX completa en sistema las casillas 8, 18, 19, 27, 30, 31, y 40.

Si existe hoja de corrección procederá a realizar los cambios respectivos y se solicitará al usuario que imprima nuevamente la Declaración de Mercancías o FAUCA con las correcciones realizadas, adjuntando la solicitud de corrección a la Declaración.

En caso que no se haya establecido la conexión CENTREX – ADUANA se realiza lo siguiente:

Registra en el sistema informático los datos contenidos en la Declaración de Mercancías o FAUCA y documentos anexos, haciendo énfasis en los datos siguientes:

- Identificación del Medio de Transporte

- N° de Marchamo, cuando la naturaleza del medio de transporte permita colocarlo

- N° del contenedor, cuando la clase de vehículo lo permita - Código de la Aduana de Salida

- Anotación del número de registro y fecha de aceptación en las casillas correspondientes.

4 Oficial Aduanero Anota fecha de aceptación, estampa sello y firma en la Declaración de Mercancías o FAUCA en las casillas correspondientes. En los demás documentos que la acompañan estampa sello personal.

Nota: En el caso que el FAUCA no tenga estampado el número de registro, lo anota manualmente.

5 Oficial aduanero Realiza la operación de liquidar en el Sistema el cual asigna el Resultado de Selectividad.

En el caso de la declaración del CENTREX la selectividad se anotará en la casilla 59. caso contrario en la casilla C. ADUANA DE SALIDA, de la Declaración de Mercancías con los códigos 01 (Levante Automático), 02 (Aforo Documental) ó 03 (Verificación Inmediata). En caso de Selectividad Revisión a Posteriori, se anota 01.

En el caso de FAUCA escribirá la leyenda correspondiente junto a los datos indicados en el paso 4.

Nota:

Las declaraciones de Exportación y Reexportación, inclusive las procedentes de Depósitos de Aduana y DPA, deberán ser Teledespachadas y presentadas en la aduana interna

(21)

No.

correspondiente, donde se someterán al proceso de selectividad, se realizará la verificación inmediata cuando proceda, y posteriormente, se enviarán en tránsito hacia la aduana de salida.

6 Oficial Aduanero Procede a la entrega de documentos, según el resultado de la selectividad:

a) Levante Automático

En declaraciones de mercancías; solicita al usuario que anote nombre, firma y código en el reverso del ejemplar de la DM que queda en poder de la aduana, luego entrega documentación original a tramitador respectivo.

En FAUCA; entrega al Cliente los documentos originales, quedándose con una copia del FAUCA y el anexo de información complementaria, solicitándole al usuario que anote nombre, firma y código, al reverso de la copia del FAUCA. Continúa con Paso 12.

b) Aforo Documental

Procede a completar la información de la Sección A del Formato DOP-GO-141 “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” (Anexo 7)

Redirige y liquida en el sistema informático de aduanas y entrega documentos originales de la Declaración de Mercancías o del FAUCA, solicitando fotocopias de los mismos y anota su nombre y firma, al reverso de la declaración o FAUCA.

Continúa con el Paso 12

c) Resultado de Selectividad Verificación Inmediata.

Anota en la casilla C u observaciones de la Declaración el código 03, que indica Verificación Inmediata. En caso de FAUCA coloca la leyenda: Verificación Inmediata.

Procede a completar la información de la Sección A del Formato DOP-GO-141 “Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata” (Anexo 7)

7 Oficial Aduanero Consulta el código del Contador Vista asignado por el sistema y lo anota en la casilla D en la Declaración de Mercancías y en el caso de FAUCA, donde firma y sella dicho funcionario. Entrega documentos al Contador Vista, incluyendo la Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata, quien firma de recibido en formato DOP-GO-083 (Anexo 8).

(22)

No.

8 Administrador de Aduana En caso que sea necesario reasignar la Declaración de Mercancías a otro Contador Vista; procede a realizar la Reasignación respectiva (Ref. Circular No. DEL-0206-2003), documentando esta actividad en el Formato DOP-GO-154 “Auto para Reasignación de Declaraciones de Mercancías a Contadores Vista”. (Anexo 11).

Además registra la Reasignación en el Sistema Informático. 9 Contador Vista Indica al usuario que prepare la mercancía para su verificación

inmediata (aforo físico). Realiza la inspección de acuerdo a los Artículos 92, 97, 99 y 101 del RECAUCA.

Así mismo ingresa al sistema de discrepancias con el número de NIT del consignatario, con el objeto de establecer un criterio sobre la conducta tributaria del importador.

Nota:

Si en el análisis documental, el Contador Vista considera que la inspección física no es necesaria, no la realizará siendo necesario dejar constancia en la bitácora de verificación inmediata con la leyenda en la casilla de observaciones INSPECCION DOCUMENTAL y continua con paso Nº 11

10 Contador Vista Efectúa la Verificación Inmediata complementando la información de las casillas correspondientes a la Sección B del formato DOP-GO-141 (Anexo 7).

En caso de existir discrepancias, refiérase al PRO-056. 11 Contador Vista Ingresa al sistema, redirige y liquida, estampando firma y sello

en la casilla asignada para ello en la Declaración de Mercancías o FAUCA y traslada los documentos al Oficial Aduanero utilizando para ello el formato DOP-GO-095 (Anexo 9), obteniendo la firma de recibido correspondiente.

12 Oficial Aduanero/

Funcionario autorizado Solicita al usuario que anote nombre, firma y código y entrega al usuario un ejemplar de la Declaración de Mercancías. En caso que se trate de FAUCA, retiene copia de éste y entrega al usuario el original con el resto de copias.

13 Oficial Aduanero Completa la información en la Sección C del Formato DOP-GO-141 (Anexo 7).

14 Oficial Aduanero Traslada los documentos procesados al Encargado del Archivo (cuando aplique), mediante el Formato DOP-GO-083 (Anexo 8).

(23)

No.

6.4 CONTROL Y VENTA DE MARCHAMOS

1 Administrador de Aduana Solicita a la Sección Almacén de Suministros la cantidad de marchamos a utilizar en la Aduana, mediante requisición mensual (la que se recibirá del 20 al 25 de cada mes ), ó cuando sea necesario.

2 Administrador de Aduana/ funcionario

Autorizado

Realiza el retiro de los marchamos en la Sección Almacén de Suministros y los entrega al Encargado de Marchamos.

3 Encargado de

Marchamos / Funcionario Autorizado

Recibe, verifica la cantidad, numeración de los marchamos y anota en Formulario de Control de Marchamos DOP-GO-138 (Anexo 12), la cantidad y el rango de la numeración de marchamos recibidos, quedando bajo su control, anota nombre, firma y estampa sello en requisición de materiales dando como recibidos los marchamos.

Nota: Para el caso de los marchamos se utilizará una sola requisición de materiales al almacén, por cada aduana.

4 Encargado de

Marchamos / Funcionario Autorizado

Recibe solicitud de compra de marchamos DOP-GO-106, (Anexo 13) por parte del Usuario y elabora mandamiento de pago formato DOP-GO 107, (Anexo 14) a nombre de la Empresa / transportista solicitante, revisando que contenga todos los datos requeridos así como la documentación que ampara el tránsito. Trasladándolo al Administrador para su aprobación.

5 Administrador de Aduana Revisa, firma y sella la solicitud y mandamiento de pago trasladándolo al encargado de marchamos.

6 Encargado de Marchamo/ Funcionario

Autorizado

Entrega a cliente solicitud de compra de marchamo y mandamiento de pago para su cancelación en Sistema Bancario o Colecturía

7 Encargado de Marchamo / Funcionario Autorizado

Recibe solicitud y copia original verde del RUI, con el respectivo sello de cancelado; y completa las casillas correspondientes del Formulario de Control de Marchamos DOP-GO-138, (Anexo 12) y entrega el o los marchamos respectivos al funcionario Autorizado.

En Aduana de San Bartolo se le entrega al usuario para que este se lo entregue al Oficial Aduanero/ Guardalmacén quien es el Funcionario Autorizado

8 Funcionario Autorizado Se traslada al lugar donde se encuentra el medio de transporte y coloca el o los marchamos, confrontando con la DTI o DMTI

(24)

No.

autorizada.

9 Encargado de

Marchamos / Funcionario Autorizado

Al finalizar el día elabora reporte de marchamos vendidos en el día y traslada a oficial aduanero.

10 Oficial Aduanero Realiza control de pago en sistema. 11 Encargado de Marchamo

/ Funcionario Autorizado

Archiva solicitud de compra, mandamiento de pago y recibo de ingreso en el archivo particular de la Aduana.

12 Encargado de Marchamo / Funcionario Autorizado

Elabora informe sobre el total de ventas efectuadas en el mes recién finalizado y lo remite al Administrador a mas tardar dos días hábiles después de finalizado cada mes.

INSTRUCCIONES GENERALES:

♦ En todos los casos procesados el Oficial Aduanero registrará la información solicitada en el Informe Diario de Operaciones, Formato DOP-GO-083 (Anexo 8).

♦ En igual forma el Contador Vista registrará la información solicitada en el Resumen Diario de Operaciones del Contador Vista, formato DOP-GO-095 (Anexo 9)

♦ Durante el desarrollo del presente procedimiento será responsabilidad del Oficial Aduanero y Contador Vista o Funcionarios Autorizados, llenar los espacios que les correspondan en la Bitácora del Proceso de Verificación Inmediata, formato DOP-GO-141 (Anexo 7), según lo establece el procedimiento.

Al finalizarse el proceso, este documento pasará a formar parte del expediente de la Declaración de Mercancías, según el caso, para efectos de control estadístico del tiempo de atención.

7. ANEXOS

ANEXO 1: Formato DOP-GO-080 Datos para Elaboración de DMTI ANEXO 2: Formato DOP-GO-111 Manifiesto General de Carga

(25)

ANEXO 3: Formato DOP-GO-153 Informe de tránsitos

ANEXO 4: Formato DOP-GO-136 Control de entrada de medios de transporte ANEXO 5: Formato DOP-GO-124 Control de salidas de medios de transporte ANEXO 6: Formato DOP-GO-002 Hoja de Devolución de Documentos ANEXO 7: Formato DOP-GO-141 Bitácora de Verificación Inmediata

ANEXO 8: Formato DOP-GO-083 Informe Diario de Operaciones de Oficiales Aduaneros y Contadores Vista

ANEXO 9: Formato DOP-GO-095 Resumen Diario de Operaciones Realizadas por el Contador Vista.

ANEXO 10: Formato DOP-GO-171 Solicitud para finalización de ARIVU.

ANEXO 11: Formato DOP-GO-154 Auto para Reasignación de Declaraciones de Mercancías a Contadores Vista”.

ANEXO 12: Formato DOP-GO-138 Formulario de Control de Marchamos

ANEXO 13: Formato DOP-GO-107 Mandamiento de Pago para Compra de Marchamos ANEXO 14: Formato DOP-GO-106 Solicitud de Compra de Marchamos

(26)

DOP-GO-080 Rev. 11/05/05

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISION DE OPERACIONES

DATOS PARA ELABORACIÓN DE TRANSITO ADUANERO

Nombre del Motorista

Número de Licencia Clase de Vehículo

Número de Placa Cabezal o Camión Número de Furgón ó Contenedor Número de Placa Rastra

Número(s) de Marchamo(s) Aduana de Destino

Número de Declaración cuando corresponda

Cantidad total de Bultos Peso Total de Kg

Nombre y Firma del Agente Aduanal, Tramitador o Motorista, Consolidador

Numero de Registro de Transportista

(27)

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS ANEXO 2 DIVISIÓN DE OPERACIONES DOP-GO-111

Rev. 17/06/05

“MANIFIESTO GENERAL DE CARGA”

Aduana de Ingreso__________________________ Fecha ______________________ Empresa Transportista Responsable: ______________________________________________ Nombre del(los) Motorista(s): ____________________________________________________ No. de licencia(s) de Conducir: __________________________________________________ Identificación del(los) Medio(s) de Transporte (Placa, No. de Contenedor, etc.):

_____________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________ No. de Marchamos: _____________________________________________________________ TIPO DE DOCUMENTO Nº DE DOCUMENTO CANTIDAD DE BULTOS CONSIGNATARIOS DESTINO

Cantidad total de documentos. ___________ Firma del motorista.________________________ La veracidad de la información contenida en el presente documento, es de total responsabilidad de la persona o empresa que lo llena. Cualquier falsedad u omisión, estará sujeta a las sanciones establecidas por la normativa correspondiente.

(28)

DOP-GO-153

Rev. 11/05/05

DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISIÓN DE OPERACIONES INFORME DE TRANSITOS ADUANA_________________________________________PERIODO____________________________ DOCUMENTO CODIGO ADUANA DE ORIGEN PLACA MEDIO TRANSP. NUMERO DE CONTENEDOR TRANSPORTISTA TIPO DE MERCANCIA MULTA ($) CERTIFICA- CION DE PNC No. RESOLU- CION OBSERVACIONES NOMBRE Y FIRMA_________________________________________________________ ADMINISTRADOR O ENCARGADO DE DELEGACIÓN DE ADUANA

(29)

DIVISIÓN DE OPERACIONES DOP -GO-136

Rev. 17/06/05

CONTROL DE ENTRADA DE MEDIOS DE TRANSPORTE N° Placa Número

Fecha de Ingreso

Hora de Ingreso

Cabezal Furgón DTI DM

Nombre

del Motorista o Consignatario.

No. de VIN Aduana de Ingreso al país. No. Registro SISTRANS/ ARIVU. (*) Cantidad de Bultos

(*) En el caso de Mercancías, se anotara el Registro generado por SISTRANS y para Vehículos Usados, anotara el ARIVU respectivo. _______________________________________________________

(30)

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS ANEXO 5 DIVISIÓN DE OPERACIONES DOP-GO-124

Rev. 22/06/05

CONTROL DE SALIDAS DE MEDIOS DE TRANSPORTE FECHA_____________________________________

Número No. Nombre del Consignatario

O Destinatario Medio de transporte Impreso de DTI / ARIVU Declaración de Mercancías Fecha de salida Hora de salida No. de bodega Total de horas desde el ingreso hasta su despacho _______________________________________________________

Nombre, Firma y Sello de Controlador de Medios de Transporte

(31)

DIVISION DE OPERACIONES DOP-GO-002 Rev. 11/05/05 HOJA DE DEVOLUCION DE DOCUMENTOS

ADUANA:

CONSIGNATARIO: No. DE REGISTRO:

FECHA NOMBRE, FIRMA Y SELLO OFICIAL ADUANERO NOMBRE Y FIRMA DE QUIEN RECIBE LA HOJA DE DEVOLUCION

NOTA.-SR. USUARIO NO OLVIDE ANEXAR ESTA HOJA CUANDO PRESENTE NUEVAMENTE LA DOCUMENTACION.

BASE LEGAL: Art.85 del RECAUCA

(32)

Rev. 11/05/05

BITACORA DE VERIFICACIÓN INMEDIATA

ADUANA / DELEGACIÓN DE ADUANA____________________________________________________

A. OFICIAL ADUANERO/ FUNCIONARIO AUTORIZADO:

___________________________________________________________Firma:_________________________ No. Declaración:____________________________________Fecha:__________ Hora:_______

Nombre del Importador / Exportador:____________________________________________________ Tipo de Operación: Importación de Mercancías [ ] Importación de Vehículo Usado [ ] Exportación / Reexportación. [ ] FUTB [ ]

No. de ítems:_________

Entrega: Fecha:_________________________Hora:___________________

B. CONTADOR VISTA :_________________________________ Firma:_______________ Sello:

Recibe: Fecha:___________________________________ Hora:___________ Presencia del Tramitador :Fecha:____________________ Hora:___________ Inicio de Inspección Física: Fecha:___________________ Hora:___________ Fin de Inspección Física: Fecha:_____________________ Hora:___________ Liquidación en Sistema: Fecha:______________________ Hora:___________

CORRESPONDE A LO DECLARADO? CARACTERISTICA INSPECCIONADA SI NO OBSERVACIONES 1. Clasificación Arancelaria 2. Valores 3. Cuantía 4. Origen 5. VIN CORRECTO PORCENTAJE REVISADO:

Firma de Contador Vista:_____________________________________________ Sello:

C. OFICIAL ADUANERO / FUNCIONARIO AUTORIZADO:__________________________________

Firma:_________________

Entrega de documentos: Fecha:________________________ Hora:__________

Observaciones:_______________________________________________________________ ___________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________ Nota.- La Parte C no será utilizada en Zonas Francas.

(33)

DOP-GO-083

Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES.

INFORME DIARIO DE OPERACIONES DE OFICIALES ADUANEROS

NOMBRE DE ADUANA O DELEGACION DE ADUANA :

NOMBRE DEL FUNCIONARIO: Fecha :

No. Declaraciones o FAUCA IMPORT EXPORT Total

de Destru Dona Equipaje FUTB de Contador Vista Recibido por

Documento

Nombre de la Empresa

DMTI / DTI FIN TTO. ARIVU FIN ARIVU H. D. RECTIFIC. CE cciòn cion Reg. No Reg. Ent Sal Previas

01 02 03 01 02 03

Operac. Firma Código

H. D. : Hoja de Devolución CE : Confirmación de Exportación FUTB : Formulario Unico de Traslado de Bienes

(34)

DOP-GO-095 Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISION DE OPERACIONES

RESUMEN DIARIO DE LAS OPERACIONES REALIZADAS POR EL CONTADOR VISTA NOMBRE DE ADUANA O DELEGACION DE ADUANA:_______________________________________ CONTADOR VISTA:____________________________ Saldo anterior de Declaraciones:________ Fecha:_________________ Pendientes de liquidar:________________

No. de Hora de Pendientes de Liquidar Total de Recibido por Oficial Aduanero Documento Recibido Valoración Jurídico Laboratorio Discrepanc ia Liquidar Firma Hora

Cumple con las 24 horas TOTAL En esta se detallan las operaciones que no están

registradas en el sistema: N°. de Equipajes N°. de Vehículos N°. de Traslados No. de Clareos ______ ___

Declaraciones pendientes de liquidar

Saldo (+) Recibidas (-) Liquidadas al (=) Pendientes Anterior en el día final del día de Liquidar OBSERVACIONES:

(35)

DOP-GO-171 Rev. 17/06/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISION DE OPERACIONES

SOLICITUD PARA FINALIZACION DE ARIVU Ilopango, _____ de _________________de 2005.

Señor

Administrador de la Aduana Terrestre de San Salvador Presente

Yo, ___________________________________________, Agente de Aduanas con Código número _____, de generales conocidas en dicha institución gubernamental, solicito a usted la Finalización del ARIVU número _______________, el cual ampara el vehículo con VIN _____________________________________, el cual ingresó amparado en el Documento de Transporte número ______________ en fecha _____de __________________ de 2005, a efectos de proceder a la transmisión, pago e impresión de la Declaración de Mercancías para Vehículos Usados correspondiente.

Adjunto la Boleta de recepción del predio de vehículos de esta Aduana y Documento de Tránsito respectivo.

Por lo anterior vengo ante usted a solicitarle la finalización del ARIVU relacionado y me permita continuar con el proceso de transmisión de la Declaración de Mercancías para Vehículos Usados.

Cordialmente.

(36)

Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISION DE OPERACIONES

AUTO PARA REASIGNACION DE DECLARACIONES DE MERCANCIAS

A CONTADORES VISTA

Administración de la Aduana____________________________________________, a las

______ con ____________minutos del día _________________ de ______________ de dos

mil ___________: Reasígnase la Declaración de Mercancías / FAUCA No.__________, con

número de referencia _____________, de fecha ______________ de _______________ de

dos mil __________, a nombre de_______________________________________________,

al Contador Vlista __________________________________________, con

Login____________, para que proceda a realizar la Verificación Inmediata, la cual había sido

asignada originalmente al Contador Vista

____________________________________________, con Login _____________, quien no

podrá efectuar dicha verificación por el motivo siguiente:

___________________________________________________________________________

___________________________________________________________________________

____________________________________________________________

______________________________________________________________________

F __________________________ F ________________________

Administrador de Aduana Contador Vista Reasignado

(37)

DOP-GO-138

Rev. 11/05/05

DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DIVISIÓN DE OPERACIONES

FORMULARIO DE CONTROL DE MARCHAMOS

ADUANA O DELEGACIÓN DE ADUANA:_______________________________________________________________________________ Cantidad de Marchamos Recibidos:___________ Número de Requisición:_______________________

(1) Fecha

(2) Entrada del No. al No.

(3) Salida del No. al No.

(4) Cantidad

Vendida

(5) Existencia del No. al No.

(6)

Saldo Empresa / Transportista (7) No. de Recibo (8) de Ingreso (9) DM/DTI/ DMTI (10) Firma de Recibido

NOTA: Para el caso de las Zonas Francas NO APLICA lo establecido en las columnas 9 y 10

Para el caso de Aduanas de Frontera NO APLICA lo establecido en las columnas 8, 9 y 10 OBSERVACIONES:_____________________________________________

_____________________________________________________________ Nombre, firma y sello de Administrador Aduana o

(38)

DOP-GO-107 Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

MANDAMIENTO DE PAGO PARA COMPRA DE MARCHAMOS

Aduana _________________________, ____ de ______________de ______________ Señor Colector de Tesorería

Señores Banco: ___________________ Presente.

Sírvase percibir la cantidad de ___________________________________________________,

Valor que corresponde a la venta de ______________marchamo(s) oficiales, numerados desde el ____________ al ____________.

Solicito extender el correspondiente recibo de ingreso a nombre de: ________________________________________________________________________

____________________________________ Administrador / Encargado de Delegación

De Aduana

Original: Colecturía Duplicado: Aduanas

(39)

DOP-GO-106 Rev. 11/05/05 DIRECCION GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS

DIVISIÓN DE OPERACIONES

Solicitud de Compra de Marchamos

Señor Administrador de Aduana _________________________ Presente

Yo, ___________________________________, Agente de Aduanas, Tramitador o Apoderado Especial con código _______; Motorista con Licencia de Conducir No. ___________________ , por este medio solicito a usted la venta de ______________ marchamo (s) que será (n) utilizado (s) en el camión placas No. ___________________ furgón No. ______________contenedor No. __________________ del transportista____________________________, teniendo como destino la Aduana o Delegación __________________________ amparado en:

DTI No. : __________________ DMTI No. : __________________ DM No. : __________________ FAUCA No.: __________________ OTRO No. : __________________ F) ________________________ F) ________________________

Solicitante Administrador Aduana o Funcionario Autorizado

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