Guatemala, C. A.
ACUERDO MINISTERIAL No. .4 to 4 4 — ;S
GUATEMALA, 0 3 13 C 2013
LA MINISTRA DE EDUCACION
CONSIDERANDO:
Que en aplicaciOn del Decreto 1485 del Congreso de la Repthlica, fue emitido el Acuerdo Gubernativo n6mero 188-2013 de fecha 18 de abril de 2013 y el Acuerdo Ministerial niknero 2575-2013 de fecha 22 de noviembre de 2013, por medio de los cuales se estableciO el procedimiento para el nombramiento de personal docente en los niveles de educaci6n preprimaria y primaria de los centros educativos oficiales del pals, basado en concursos de oposiciOn a nivel municipal, correspondiendole al Ministerio de Educaci6n convocar a los docentes interesados y emitir las normas especificas para su ejecuciOn.
CONSIDERANDO:
Que para cubrir la demanda docente existente en el nivel primario de los centros educativos oficiales del pals, se hace necesario convocar a maestros interesados en ocupar los puestos docentes vacantes que se encuentran disponibles. El presente Acuerdo es de estricto interês nacional, por lo que su publicaciOn deberâ realizarse sin costo alguno.
POR TANTO:
En ejercicio de la funci6n que le asigna el articulo 194 incisos a) y f) de la ConstituciOn Politica de la Repliblica de Guatemala; articulos 14 y 16 del Decreto 1485 del Congreso de la Reptiblica de Guatemala; articulo 10 de la Ley de EducaciOn Nacional, Decreto nOrnero 12-91 del Congreso de la RepOblica de Guatemala, Acuerdo Gubernativo 188-2013 de fecha 18 de abril de 2013; y Acuerdo Ministerial niimero 2575-2013 de fecha 22 de noviembre de 2013.
ACUERDA:
CONVOCAR A DOCENTES INTERESADOS Y EMITIR LAS NORMAS DE APLICACION Y EJECUCION DE LA XXV CONVOCATORIA DE PUESTOS VACANTES EN EL NIVEL PRIMARIO DE CENTROS EDUCATIVOS DEL SECTOR
OFICIAL PARA MAESTROS DE GRADO
Articulo 1. El presente Acuerdo Ministerial tiene como objetivo convocar a docentes interesados en ocupar puestos vacantes con demanda docente en el nivel primario de centros educativos oficiales y establecer las normas que regirãn exclusivamente la aplicaciOn y ejecuciOn de la XXV convocatoria de los citados puestos.
Ministerio de EducaciOn
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Guatemala, C. A.Articulo 2. El proceso de oposici6n de la XXV convocatoria, se realizarâ a partir del
dia que inicia la vigencia de este Acuerdo, al 14 de febrero de 2014.
Articulo 3. Se convoca a los docentes interesados en participar en la convocatoria
XXV para ocupar puestos vacantes con demanda docente en el nivel primario de centros educativos oficiales, para cuyo efecto se observara el cronograma respectivo y disposiciones legales contenidas en el presente Acuerdo, y demas normas aplicables al proceso.
Articulo 4. Las Direcciones Departamentales de EducaciOn, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes aplicables al proceso de oposici6n, deberan efectuar dentro de su respectiva jurisdicciOn departamental el proceso de oposiciOn de puestos docentes vacantes del nivel primario en la categoria de maestros de grado, a efecto de garantizar que los puestos se otorguen en su totalidad y sean ocupados por los docentes que obtengan el mayor punteo conforme a los criterios de calificaciOn establecidos. Para el efecto deberan emitir la resoluciOn departamental de convocatoria correspondiente, a la cual debe adjuntarse la n6mina oficial de puestos de su respectivo departamento, sujetos a oposici6n.
Articulo 5. Las Direcciones Departamentales de EducaciOn en coordinaci6n con los
Jurados de OposiciOn, deberan ejecutar el proceso de oposici6n durante los dias habiles del periodo indicado en el articulo 2 de este Acuerdo, sujetandose al cronograma correspondiente.
Articulo 6. Previo a emitir la resoluciOn departamental a que se refiere el Articulo 4
de este Acuerdo, cada DirecciOn Departamental de EducaciOn bajo su estricta responsabilidad queda obligada a verificar que los puestos docentes sujetos a oposiciOn se encuentren vacantes y no cuenten con banco de elegibles. De verificarse que no se encuentra efectivamente vacante algtin puesto o el centro educativo cuenta con banco de elegibles para la modalidad que corresponda, el puesto no saldra a oposiciOn, debiendo la Direcci6n Departamental de EducaciOn suprimirlo de la convocatoria en dicha resoluciOn departamental. En este Ultimo caso, el puesto debera adjudicarse a quien corresponda en el banco de elegibles.
Articulo 7. En el periodo comprendido a partir de la vigencia de este Acuerdo
Ministerial al 13 de febrero de 2014, cada Direcci6n Departamental de EducaciOn debe publicar el presente Acuerdo por los medios de divulgaciOn a su alcance, colocandolo en lugar visible, en su sede y otros edificios piiblicos; asi como la nOmina oficial completa de puestos docentes sujetos a oposici6n; actividad que tambien deben realizar los Jurados Auxiliares Departamentales y Jurados Municipales de OposiciOn, proporcionando informaci6n a los docentes interesados en participar en el proceso. Cada Direcci6n Departamental de Educaci6n en coordinaciOn con el Jurado Auxiliar Departamental de OposiciOn, debe verificar que en los municipios de su jurisdicci6n, el Jurado Municipal de OposiciOn correspondiente publique desde el primero al Ultimo dia del periodo de recepci6n de expedientes, la totalidad de los puestos.
Articulo 8. Previo al inicio del periodo de recepci6n de expedientes, el Ministerio de
EducaciOn a traves del Jurado Nacional de OposiciOn, proveera de la documentaciOn respectiva a las Direcciones Departamentales de EducaciOn para que estas en coordinaciOn con los Jurados Auxiliares Departamentales de OposiciOn, la distribuyan por los medios que consideren convenientes a los Jurados Municipales de OposiciOn.
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Guatemala, C. A.Articulo 9. Las actividades del proceso de la XXV convocatoria, se realizaràn en las fechas siguientes: No. ACTIVIDAD FECHAS RESPONSABLE Inicio FinalizaciOn 1 Recepci6n de expedientes en as sedes de los Jurados Municipales de OposiciOn
16/12/2013 20/12/2013 JUMOs
2 Traslado de expedientes a los nuevos integrantes de los Jurados Municipales de OposiciOn
06/01/2014 10/01/2014 JUMOs
3 CalificaciOn de expedientes 20/01/2014 24/01/2014 JUMOs
4 NotificaciOn de resultados a participantes
27/01/2014 29/01/2014 JUMOs 5 Presentaci6n de solicitudes de
revision de expedientes de docentes que se consideren afectados, ante Jurados Auxiliares Departamentales de OposiciOn
30/01/2014 05/02/2014 Docentes interesados
6 ResoluciOn de revisiones de expedientes presentadas y notificaciOn de las mismas a docentes interesados
03/02/2014 07/02/2014 JADOs
7 Audiencias de designaciOn de centros educativos y conformaci6n de nOminas de elegibles
06/02/2014 14/02/2014 JUMOs 8 Traslado de expedientes de
docentes que ocuparan puestos vacantes y de los que conforman nOminas de elegibles a los JADOs, con su respectiva certificaciOn o fotocopia certificada del acta de designaciOn y conformaciOn de nOmina de elegibles.
07/02/2014 17/02/2014 JUMOs
9 Ingreso al Sistema informatico de expedientes de docentes que ocuparan puestos vacantes y de quienes conformaran nOminas de elegibles
10/02/2014 18/02/2014 JADOs
10 Traslado de expedientes de docentes que ocuparan puestos vacantes a las Unidades de Recursos Humanos de las DIDEDUCs
11/02/2014 19/02/2014 JADOs
11 ElaboraciOn de propuestas de nombramiento de docentes que ocuparan puestos vacantes
14/02/2014 21/02/2014 DIDEDUCs
12 Resoluci6n de inconformidades por el Jurado Nacional de OposiciOn
A partir del 13 de febrero de
2014 J NO
Articulo 10. Los Jurados Municipales de OposiciOn proceder6n a la recepciOn de los expedientes que presenten los docentes interesados en participar en el proceso de oposici6n; dando estricto cumplimiento al horario de recepci6n de expedientes apegândose a las normas que lo rigen. Del 16 al 19 de diciembre del presente alio, el horario de recepci6n de expedientes sera establecido por cada DirecciOn
Ministerio de EducaciOn
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Guatemala, C. A.Departamental de Educaci6n en coordinación con el Jurado Auxiliar Departamental de OposiciOn, tomando en consideraci6n las caracteristicas propias de cada lugar, y el dia 20 de diciembre, el horario de recepci6n a nivel nacional sera de 8:00 a 13:00 horas, debiendose recibir Onicamente despues de esa hors, los expedientes de docentes que se encuentren al moment() de concluir el horario indicado, dentro de la sede de recepciOn. Para el efecto, las sedes seleccionadas para la recepciOn de expedientes deben ser ambientes que faciliten el cierre del recinto cuando concluya el horario establecido para recibir expedientes.
Articulo 11. No obstante lo establecido en el Articulo anterior, si en el desarrollo de la recepci6n de expedientes se presentaran circunstancias impeditivas o motivos justificables, solamente en estos casos, podrã ampliarse el periodo de realizaciOn de tal actividad la cual se Ilevarà a cabo dentro del plazo de treinta dias contados a partir del Ultimo dia de recepciOn de expedientes contemplado en el Articulo 9 de este Acuerdo; en consecuencia tambien podia modificarse las demãs actividades programadas en el cronograma.
Articulo 12. Los integrantes de los Jurados Municipales de OposiciOn que recibieron expedientes, harthi entrega de los mismos a los integrantes de los Jurados Municipales de OposiciOn que iniciaran periodo de funciones a partir del mes de enero del alio 2014.
Articulo 13. Los Jurados Municipales de OposiciOn que iniciarân su periodo de funciones en el mes de enero del alio 2014, procederàn a la calificaciOn de los expedientes, sujetândose al instructivo, instrumento de calificaciOn correspondiente y a la normativa legal que rige el proceso de oposiciOn.
Articulo 14. Previo a la realizaciOn de las audiencias para la designaci6n de centros educativos y conformaciOn de n6minas de elegibles por nivel y modalidad, los Jurados Municipales de OposiciOn deberán remitir al Jurado Auxiliar Departamental de OposiciOn la programaciOn de audiencias que correspondan a su municipio.
Articulo 15. Las Direcciones Departamentales de Educaci6n, a traves de la unidad administrativa respectiva, y previo a iniciar el titnite para hacer efectivo el nombramiento, deberân realizar lo que administrativamente corresponda respecto al contenido de la documentaci6n que obra en el expediente. Los expedientes que no presenten ningUn inconveniente tècnico o administrativo, deberan ser remitidos con su propuesta de nombramiento a la Direcci6n de Recursos Humanos de conformidad con la programaci6n de recepci6n que dicha Direcci6n emita para el efecto.
Articulo 16. Los docentes que quieran participar en la XXV convocatoria y tengan expediente o expedientes en Banco de Elegibles deberán retirar dicho expediente, a rriâs tardar el 13 de diciembre de 2013, dentro del horario oficial de actividades de cada Direcci6n Departamental de EducaciOn.
Articulo 17. Los docentes que no actualizaron sus datos de catalogaciOn ante la Junta Calificadora de Personal y que como consecuencia de participar en la XXV convocatoria resulten ganadores de un puesto vacante, o bien ocupen un lugar en N6mina de Elegibles, previo a ser ingresados al Sistema informthico deberân presentarse a las Direcciones Departamentales de Educaci6n correspondientes a efectuar dicha actualizaciOn, de lo contrario no podrán ser ingresados al sistema, sin responsabilidad para el Ministerio de Educaci6n y sus expedientes seràn declarados fuera del proceso de oposiciOn por parte de los Jurados Auxiliares Departamentales de OposiciOn.
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LOS VICEMINISTROS DE EDUC
ADO JACOBO D 4 RA ALFREDO GUST VO GARCIA ARCHILA
COMUNIQUESE
CINTHYA CAROL
Guatemala, C. A.